La AFP aprueba o rechaza los prospectos y estatutos de las Administradoras de Fondos de Pensiones y autoriza su existencia, fiscaliza su funcionamiento jurídico, administrativo y financiero, vela por el cumplimiento de los requisitos de capital y encaje, propone reformas para perfeccionar el sistema, interpreta la legislación e impone multas o disuelve administradoras; también autoriza la operación de la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía, la supervigila y puede imponer sanciones o nombrar un administrador provisional