La demandante solicita ampliar su demanda original de filiación extramatrimonial contra el demandado para incluir una pretensión de alimentos para la hija de ambos. Solicita que se fije una pensión de alimentos del 60% de los ingresos y beneficios del demandado. También solicita añadir como nuevo medio de prueba un oficio a la unidad educativa donde trabaja el demandado para verificar sus ingresos.
MODELO DE QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO. Cuando se presenta una denuncia al fiscal penal, éste podría disponer el archivo de la denuncia, supuesto en el cual se puede presentar una queja (autor José María Pacori Cari).
APERCIBIMIENTO JUDICIAL: Es una amenaza que hace el juez a una de las partes en caso incumpla con su mandato, se muestra como hacer efectivo este apercibimiento (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
MODELO DE QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO. Cuando se presenta una denuncia al fiscal penal, éste podría disponer el archivo de la denuncia, supuesto en el cual se puede presentar una queja (autor José María Pacori Cari).
APERCIBIMIENTO JUDICIAL: Es una amenaza que hace el juez a una de las partes en caso incumpla con su mandato, se muestra como hacer efectivo este apercibimiento (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. Huacho: Calle Guillermo Velásquez N° 194
Lima – Perú
Secretaria : Vallejo Calderón Esther
Expediente: Nº 00831-2012
Escrito Nº : 03
Cuaderno : Principal
SUMILLA : SOLICITO AMPLIACION DE
DEMANDA.
SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA:
MARLENY MAYRA CHIRRE COSTILLA, en los seguidos contra CESAR
AUGUSTO CAMPOS HERRERA, sobre FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL, a
Ud., digo:
I.- FUNDAMENTO DE AMPLIACIÓN DE DEMANDA.-
Conforme a los artículos 83º, 85º, 87º y 88º inc. 1), del Código Procesal
Civil, se indica: “La acumulación objetiva originaria puede ser subordinada,
alternativa o accesoria. Es subordinada cuando la pretensión queda sujeta a
la eventualidad de que la propuesta como principal sea desestimada; es
alternativa cuando el demandado elige cual de las pretensiones va a cumplir;
y esaccesoria cuando habiendo varias pretensiones, al declararse fundada la
principal, se amparan también las demás. Si no se demandan pretensiones
accesorias, sólo pueden acumularse éstas hasta el día de la audiencia de
conciliación. Cuando la accesoriedad está expresamenteprevista por la ley, se
consideran tácitamente integradas a la demanda”
II.- ANTECEDENTES.-
PRIMERO.- Que, con fecha 03 de mayo del 2012, he presentado mi
demanda judicial ante su despacho de FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL
contra CESAR AUGUSTO CAMPOS HERRERA, para que judicialmente se le
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reconozca como padre biológico de la menor DASHA AFRICA CAMPOS
CHIRRE, de 01 años y 08 meses de nacida.
SEGUNDO.- Que, mediante escrito de fecha 03 de mayo del 2012 se
solicito el AUXILIO JUDICIAL, afín que se me exonere los gastos judiciales
(aranceles judiciales, cedulas de notificación y la prueba genética), la misma
que fue admitida mediante Resolución Nº 01 de fecha 07 de mayo del 2012, y
Resolución Nº 04 de fecha 13 de noviembre del 2012.
TERCERO.- Que, la demanda de FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL
formulada contra CAMPOS HERRERA CESAR AUGUSTO, de fecha 03 de mayo
del 2012, para que judicialmente se reconozca como padre biológico de la
menor DASHA AFRICA CAMPOS CHIRRE, de 01 años y 08 meses de nacida,
fue admitida mediante Resolución Nº 03, de fecha 10 de diciembre del 2012.
III.- AMPLIACIÓN DE PETITORIO.-
Que, como tercera pretensiónaccesoria, solicito que se fije una pensión
de ALIMENTOS, mensual y adelantada para la indicada niña en el orden de
los 60% del total de sus remuneraciones, así mismo el 60% de los
beneficiospor gratificacionesdeEscolaridad,FiestasPatrias, Navidad y
otras utilidades que podría percibir.
IV.- AMPLIACIÓN NUEVO MEDIO DE PRUEBA.-
Demanda de FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL formulada contra
CESAR AUGUSTO CAMPOS HERRERA, de fecha 03 de mayo del 2012,
admitida mediante Resolución Nº 03, de fecha 10 de diciembre del 2012, la
misma que obra en autos.
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V.- AMPLIACIÓN DE LOS FUNDAMENTOSDE HECHO Y DE DERECHO.
PRIMERO.- Que, luego de que nuestra hija sea reconocida por el
demandado, solicito, que se fije una pensión de ALIMENTOS mensual y
adelantada en el orden de 60% del total de sus remuneraciones, así
mismo el 60% de los beneficios por gratificaciones de Escolaridad,
Fiestas Patrias, Navidad y otras utilidades que podría percibir, monto
que servirá para la manutención y atención primaria de la menor; debo
precisar al juzgado, que no existe incompatibilidad para que se fije una
pensión de alimentos en la misma acción judicial de filiación, considerando,
que se trata de pretensiones conexas para la misma menor y que el pedido se
tramita bajo la misma vía procedimental.
SEGUNDO.- Que, el emplazado, se encuentra en buenas condiciones
económicas para acudir con el monto solicitado, por cuanto, debo acotar
Señor Juez, que el demandado está en condiciones de poder cumplir con su
obligación de padre ya que es trabajador dependiente de la Institución
Educativa Fray Melchor Aponte, con dirección en la av. Los Libertadores S/N
del distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima. Quien
percibe un remuneraciónaproximada de S/. 1,300.00 (Mil Trescientos00/100
Nuevos Soles), asimismo, no tiene carga familiar que atender
TERCERO.- Que, la Institución Educativa Fray Melchor Aponte, donde
labora el demandado, pertenece a la jurisdicción de la Unidad de Gestión
Educativa Local – UGEL Nº 09, con dirección sito en la calle Juan B.
Rosadio Nº 193 del distrito de Hualmay, provincia de Huaura,
departamento de Lima.
Por lo Expuesto:
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A usted Señor Juez, pido acceder al presente pedido de ampliación de
demanda.
PRIMER OTROSI DIGO: Que, de conformidad con el artículo 80 del
Código Procesal Civil, OTORGO las facultades generales de representación al
Letrado que autoriza el presente recurso así como lo establece el artículo 74º
de la norma acotada al Letrado que autoriza la presente acción judicial, con
domicilio real señalado líneas arriba; declarando de estar instruido del tal
representación y sus alcances.
SEGUNDO OTROSI DIGO: Que, solicito a su judicatura que antes de
emitir sentencia se curse oficio a la Unidad de GestiónEducativa Local – UGEL
Nº 09, con dirección sito en la calle Juan B. Rosadio Nº 193, del distrito de
Hualmay, provincia de Huaura, departamento de Lima, afín de precisar
exactamente el monto que percibe por remuneraciones el demandado como
trabajador dependiente de la Institución Educativa Fray Melchor Aponte.
Huacho Mayo 15 del 2013