El documento resume el Artículo 27 de la Constitución Política de Colombia. El artículo garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Estas libertades están dirigidas a la comunidad en general, así como a instituciones educativas públicas y privadas, docentes e investigadores. La libertad de cátedra permite a los docentes enseñar según su criterio académico.
El derecho subjetivo son las facultades o potestades jurídicas inherentes al hombre por razón de naturaleza, contrato u otra causa admisible en derecho.
El derecho subjetivo son las facultades o potestades jurídicas inherentes al hombre por razón de naturaleza, contrato u otra causa admisible en derecho.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdf
Artículo 27 de la Constitución política de Colombia
1. ARTÍCULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE COLOMBIA
JHON ANDERSON FLOREZ PEREZ
2. ARTÍCULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE COLOMBIA
• Articulo 27
• La libertad
• Libertad de Catedra
3. ARTICULO 27
• El Estado garantiza las libertades de
enseñanza, aprendizaje, investigación y
cátedra.
Va dirigido
• Son titulares de la libertad de enseñanza,
aprendizaje, investigación y la comunidad
en general .
• En particular las instituciones de
enseñanza, sean publicas o privadas, los
docentes, investigadores y los
estudiantes.
4. LA LIBERTAD
Es un derecho fundamental, que se funda en la coexistencia de la
difusión cultural del estado con la que realizan los particulares,
siempre que, estos cuenten con títulos de idoneidad y reúnan
determinadas condiciones para ello. Consiste en la facultad para
instruir y educar al ser humano en forma tal, que se coloque al
hombre y a cada cual en su especialidad, en condiciones de
desarrollar lo aprendido e investigar y descubrir algo nuevo por
cuenta propia.
5. LIBERTAD DE CATEDRA
Es un derecho fundamental, que se
funda en la coexistencia de la
difusión cultural del estado con la
que realizan los particulares siempre
que, estos cuenten con títulos de
idoneidad y reúnan determinadas
condiciones para elloConsiste en la facultad para instruir y
educar al ser humano en forma tal, que
se coloque al hombre y a cada cual en su
especialidad, en condiciones de
desarrollar lo aprendido e investigar y
descubrir algo nuevo por cuenta propia.
Cuando el Estado enajene su
participación en una empresa,
tomará las medidas conducentes a
democratizar la titularidad de sus
acciones, y ofrecerá a sus
trabajadores, a las organizaciones
solidarias y de trabajadores,
condiciones especiales para acceder
a dicha propiedad accionaria. La ley
reglamentara la materia.
6. CONCLUSIONES
• El estado promoverá, de acuerdo con la ley, el acceso a la
propiedad.
• La libertad de cátedra es el derecho garantizado
constitucionalmente a todas las personas que realizan una
actividad docente.