Para funcionar como autónomo sin darse de alta en la Seguridad Social, es necesario cumplir con los requisitos de realizar la actividad de forma habitual, personal y directa a título lucrativo. Si la actividad no supera el umbral anual de 9,034.20 euros y la persona tiene otro empleo, podría demostrarse la no habitualidad de la actividad y no ser obligatorio darse de alta como autónomo. De lo contrario, sería prudente consultar por escrito a la Seguridad Social para asegurarse de no ser dado de alta de oficio