El documento presenta una serie de artículos de la ley de educación física y deporte en Venezuela. Estos artículos establecen que la educación física es un derecho humano y obligatoria en todos los niveles educativos, protegen a los deportistas seleccionados para competencias nacionales e internacionales, garantizan el apoyo al deporte sin discriminación, y establecen directrices para estudiantes con discapacidades o impedimentos. También presenta la organización del ministerio y entidades deportivas a nivel nacional y regional.
El deporte es un factor de corrección de desequilibrios sociales porque fomenta la igualdad de oportunidades, la cooperación y el mantenimiento y desarrollo e la salud en todos los que lo practican.
Este es el informe para la Segunda Discusión en la Asamblea Nacional que presenta la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral con relación al Proyecto de Ley Orgánica del Deporte, Actividad Física y Educación Física. Esta Ley, en sus artículos del 8 al 11, declara de interés social y servicio público todo lo relacionado con la práctica y realización de deportes (Artículos del 8 al 11).
El deporte es un factor de corrección de desequilibrios sociales porque fomenta la igualdad de oportunidades, la cooperación y el mantenimiento y desarrollo e la salud en todos los que lo practican.
Este es el informe para la Segunda Discusión en la Asamblea Nacional que presenta la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral con relación al Proyecto de Ley Orgánica del Deporte, Actividad Física y Educación Física. Esta Ley, en sus artículos del 8 al 11, declara de interés social y servicio público todo lo relacionado con la práctica y realización de deportes (Artículos del 8 al 11).
Fundamentos legales para la educación en VenezuelaZaidaAmado
Fundamentos legales para la educación en Venezuela, como expresión de los valores de la sociedad y su relación con la educación incluyendo los artículos mencionados de la constitución de la republica bolivariana de Venezuela finalmente mencionando la ley orgánica de educación.
HISTORIA DE LA SELECCIÓN PERUANA DE FUTBOL I _1924-1977.pdfEdwin Jimenez Rojas
Todos los partidos oficiales y no oficiales de la selección peruana de futbol desde 1924 hasta 1977. Lista de los jugadores que intervinieron en los encuentros así como las incidencias del juego.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO.
INGENIERIA EN TELECOMUNICACIONES.
DEPARTAMENTO DE EDUCACION FISICA
DANIELA AGOSTINI
CI: 24.155.312
PROF: SAMIR MATUTE
ATLANTA 10 DE ENERO 2018.
2. BASES
LEGALES DE LA
EDUCACION
FISICA
ART 102:: En resumen la
educación es un derecho
humano, obligatoria,
democrática, y gratuita. Es un
servicio público; está
fundamentada en el respeto a
todas las corrientes el
pensamiento
ART 85: Los alumnos de
cualquier nivel o modalidad del
sistema educativo que sean
seleccionados para participar en
juegos deportivos nacionales e
internacionales disfrutaran del
permiso legal necesario para
entrenar, desplazarse,
permanecer en concentración y
asistir a las competencias.ART 111: El Estado garantizará la
educación integral de los deportistas
sin discriminación alguna, así como
el apoyo al deporte de alta
competencia y la evaluación y
regulación de las entidades
deportivas del sector público y
privado, de conformidad con la Ley.
Todas las personas tienen derecho
al deporte y a la recreación como
actividades que benefician la calidad
de vida individual y colectiva.
ART 86:Los alumnos que presenten
impedimentos físicos o psíquicos
que no les permitan realizar las
actividades prácticas de la
educación física y el deporte, serán
sometidos a un régimen docente
diferenciado. A tal efecto,
presentaran al Director del
respectivo plantel la certificación
correspondiente, expedida por un
servicio médico oficial, con la
especificación de el tipo de
impedimento, su duración y
actividad de la cual se les exceptúa.
ART 142: Para el estímulo, desarrollo
y coordinación del deporte
universitario, en cada Universidad
funcionará adscrita al Rectorado una
Dirección de Deportes, de acuerdo
con el Reglamento que dicte el
Consejo Universitario.
ART 103: La educación es
obligatoria en todos sus niveles. Él
Estado creará y sostendrá
instituciones y servicios
suficientemente dotadas para
asegurar el acceso, permanencia y
culminación en el sistema
educativo. Toda persona tiene
derecho a una educación integral,
de calidad, permanente, en
igualdad de condiciones y
oportunidades, sin mas
limitaciones que las derivadas de
sus aptitudes, vocación y
aspiraciones.
3. LEY DEL
DEPORTE
Considera el deporte como
parte de la formación integral
del sujeto.
Señala las jerarquías
organizacionales
Protege al deportista
y valoriza su
participación como
representante del
país.
Controla y señala los
lineamientos
generales de la
planificación
deportiva.
Crea los organismos
de dirección y
planificación del
deporte y delimita las
funciones de los
integrantes de las
organizaciones
directivas del
Deporte.
Declara la
obligatoriedad del
Deporte en todos los
niveles y modalidades
de la Educación
Venezolana.
Delimita el campo de acción
de las organizaciones
deportivas aficionadas y se
establecen las jerarquías y
responsabilidades de cada
una: Comité Olímpico
Venezolano – Federación
deportiva - Asociaciones -
Clubes.
4. ORGANIZACIÓN
DEPORTIVA
NACIONAL
DESPACHO DEL
MINISTERIO
JUNTA MINISTERIAL
Dirección del despacho
Oficina estratégica de
seguimiento y evaluación
de políticas públicas
Consultoría jurídica Auditoria interna
Oficina de planificación y
presupuestos
Oficina de relaciones
institucionales
Dirección de control
de gestión
Dirección de
presupuestos
Dirección de
planificación
Dirección de
cooperación
nacional e
internacional
Dirección de
relaciones públicas
5. Despacho del
viceministro de la
actividad física
Despacho del
viceministro de deporte
de rendimiento
Dirección general de
masificación y
desarrollo deportivo
Dirección general de
actividad física
Dirección general de
formación deportiva
Dirección general de
alta competencia