90
BOLETÍN DE OFERTA TARJETA MILITAR
Dimensión: Identificación
Logros: 2
Municipios: MR 44 excepto Cartagena.
La Agencia para la superación de la Pobreza extrema ANSPE- Red Unidos en
articulación con el Ministerio de Defensa - Distrito Militar No. 14 y el PES,
brindan el acceso preferente a la oferta del trámite de Libreta Militar a los
hombre entre 18 a 50 años.
Cogestor (a) Social:
Siga el siguiente paso a paso para realizar la convocatoria de los
beneficiarios:
 La primera prioridad son los beneficiarios que se encuentran en
Promoción.
 Visite a la persona interesada y entregue los requisitos para acceder a la
oferta.
 Cite al interesado según cronograma establecido. (Señor cogestor Social
acordará con su Coordinador Local la fecha y lugar de entrega de
documentos y los cupos establecidos por cogestor).
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2010 -2014 Prosperidad para Todos,
asegura la gratuidad en la emisión de la Libreta Militar para la población de
la Red Unidos. Este beneficio, el cual incluye cuota de expedición, cuota de
compensación militar y multas, aplica a los varones entre 25 y 50 años y
aquellos entre 18 y 25 años que cumplen con las exenciones.
90
REQUISITOS:

Mayores de 25 años.
 Aportar fotocopia cédula de ciudadanía ampliada 150% o Contraseña.
 Aportar 3 fotografías 3x4 fondo azul, para libreta militar. (Saco y
corbata).
 Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento.
 Estar en el sistema de información SI Unidos.
 Consultar e imprimir el puntaje del Sisbèn DNP en la dirección.
www.sisben.gov.co/inicio/ConsultadePuntaje.aspx
<
Cartagena:
maxmax: 61,91 y los 20 municipios: 62,2.
 Es muy importante que el ciudadano a beneficiarse por el programa se
encuentre en el sistema de información de ANSPE con su documento
de identidad actualizado a cédula de ciudadanía.
 Entrega la carpeta con los documentos.

Menores de 25 años
 Aportar fotocopia cédula de ciudadanía ampliada 150%. o contraseña.
 Aportar 3 fotografías 3x4 fondo azul, para libreta militar. (Saco y
corbata).
 Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento.
 Estar en el sistema de información SI Unidos.
 Consultar e imprimir el puntaje del Sisbèn DNP en la dirección.
www.sisben.gov.co/inicio/ConsultadePuntaje.aspx
 Fotocopia del documento de los padres (para menores de 25 años)
 Fotocopia del diploma y acta de grado (en caso de ser bachiller)
 Recuerde señor cogestor que además de los anteriores requisitos,
debe anexar los documentos que se requiera para cumplir con la
exención.( Revise exenciones según caso).
90
EXENCIONES (Menores de 25 años)
1.

2.

3.

4.
5.
6.

7.
8.
9.

Varones con limitación física y sensorial permanente. (Certificado médico
donde se indique el tipo y grado de inhabilidad / discapacidad). Las personas
que presenten alguna inhabilidad médica para prestar el servicio militar,
aparte de presentar la historia clínica donde se indique el tipo y grado de
discapacidad/inhabilidad médica, deberán ser valoradas por los médicos de
los diferentes distritos militares.
Indígenas (que residan en su territorio) y conserven su integridad cultural,
social y económica. La carta del gobernador del resguardo certificando que el
indígena se encuentra en el censo indígena. La certificación del Ministerio del
Interior de existencia de dicho resguardo y que el indígena se encuentra en el
censo.
Los inhábiles relativos y permanentes. Historia Clínica donde se indique el
tipo y grado de inhabilidad/discapacidad médica (si aplica). Las personas que
presenten alguna inhabilidad médica para prestar el servicio militar, aparte de
presentar la historia clínica donde se indique el tipo y grado de
discapacidad/inhabilidad médica, deberán ser valoradas por los médicos de
los diferentes distritos militares.
Clérigos y religiosos (así mismo los similares jerárquicos de otras religiones o
iglesias, dedicados permanentemente a su culto).
Los que hubieren sido condenados a penas que contengan la pérdida de
derechos políticos, mientras no obtengan su rehabilitación.
Hijo único de parto (de matrimonio, unión permanente, viudo (a), divorciado
(a), separado (a) o madre/padre soltero (a)- Anexar Certificado de núcleo
familiar expedido por la EPS o el SISBEN.
Huérfanos de padre o madre que contribuya con el sustento de su hogar.
(Certificado)
Hijos de padres discapacitados para trabajar o mayores de 60 años (que
carezcan de rentas de subsistencia). (Certificado)
Hermano o hijo de quien haya muerto o adquirido una inhabilidad absoluta
en actos de combate, durante la prestación del servicio militar obligatorio o
como consecuencia del mismo.
90
10.

11.

a.
b.

c.

12.

Hijos de oficiales, suboficiales y agentes y civiles de la fuerza pública
que hayan fallecido o adquirido una inhabilidad absoluta en
combate.
Los casados que hagan vida conyugal o que se encuentren en Unión
Marital de Hecho. Anexar certificado o declaración marital de
hecho, fotocopia de los registros civiles de los hijos. Fotocopia
Registro Matrimonio o Declaración de la Unión Marital de Hecho (si
aplica). La ley 979 de 2005 establece tres instrumentos para probar l
as Uniones Marital de Hecho. Para hacer válida la exención del
servicio militar a personas entre
18 y 25 años que se encuentren en una Unión Marital de Hecho, se
debe anexar uno de los siguientes documentos a su carpeta:
Escritura pública ante Notario por mutuo consentimiento de los
compañeros permanentes.
Acta de Conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en
centro legalmente constituido. La legitimidad del centro de
conciliación que emite el acta podrá ser consultada, en caso de ser
necesario, en la siguiente dirección electrónica del Ministerio de
Justicia y del Derecho, htlp://conciliacion.gov.co/centros buscar.aspx
Sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba
consagrados en el Código de Procedimiento Civil, con conocimiento
de los Jueces de Familia de Primera instancia.
La población Victima del Desplazamiento, (Ley 1448 - Junio 10 de
2011) queda exenta de la prestación del servicio militar obligatorio.
90
Departamento

Municipio

Distrito
Militar

CUPO 2013

BOLÍVAR

ARROYOHONDO

14

76

BOLÍVAR

MARÍA LA BAJA

14

50

BOLÍVAR

ARJONA

14

68

BOLÍVAR

MAHATES

14

234

BOLÍVAR

TURBACO

14

61

BOLÍVAR

TURBANÁ

14

170

BOLÍVAR

CALAMAR

14

30

BOLÍVAR

SANTA ROSA

14

22

BOLÍVAR

SOPLAVIENTO

14

53

BOLÍVAR

SANTA CATALINA

14

26

BOLÍVAR

SAN ESTANISLAO

14

12

BOLÍVAR

VILLANUEVA

14

34

BOLÍVAR

SAN CRISTOBAL

14

9

BOLÍVAR

CLEMENCIA

14

21

BOLÍVAR

SAN JUAN DE NEPOMUCENO

14

342

BOLÍVAR

SAN JACINTO

14

206

BOLÍVAR

EL CARMEN DE BOLÍVAR

14

94

BOLÍVAR

ZAMBRANO

14

82

BOLÍVAR

EL GUAMO

14

82

BOLÍVAR

CÓRDOBA

14

10

Boletin 90 libretas_militares[1]

  • 1.
    90 BOLETÍN DE OFERTATARJETA MILITAR Dimensión: Identificación Logros: 2 Municipios: MR 44 excepto Cartagena. La Agencia para la superación de la Pobreza extrema ANSPE- Red Unidos en articulación con el Ministerio de Defensa - Distrito Militar No. 14 y el PES, brindan el acceso preferente a la oferta del trámite de Libreta Militar a los hombre entre 18 a 50 años. Cogestor (a) Social: Siga el siguiente paso a paso para realizar la convocatoria de los beneficiarios:  La primera prioridad son los beneficiarios que se encuentran en Promoción.  Visite a la persona interesada y entregue los requisitos para acceder a la oferta.  Cite al interesado según cronograma establecido. (Señor cogestor Social acordará con su Coordinador Local la fecha y lugar de entrega de documentos y los cupos establecidos por cogestor). El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2010 -2014 Prosperidad para Todos, asegura la gratuidad en la emisión de la Libreta Militar para la población de la Red Unidos. Este beneficio, el cual incluye cuota de expedición, cuota de compensación militar y multas, aplica a los varones entre 25 y 50 años y aquellos entre 18 y 25 años que cumplen con las exenciones.
  • 2.
    90 REQUISITOS: Mayores de 25años.  Aportar fotocopia cédula de ciudadanía ampliada 150% o Contraseña.  Aportar 3 fotografías 3x4 fondo azul, para libreta militar. (Saco y corbata).  Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento.  Estar en el sistema de información SI Unidos.  Consultar e imprimir el puntaje del Sisbèn DNP en la dirección. www.sisben.gov.co/inicio/ConsultadePuntaje.aspx < Cartagena: maxmax: 61,91 y los 20 municipios: 62,2.  Es muy importante que el ciudadano a beneficiarse por el programa se encuentre en el sistema de información de ANSPE con su documento de identidad actualizado a cédula de ciudadanía.  Entrega la carpeta con los documentos. Menores de 25 años  Aportar fotocopia cédula de ciudadanía ampliada 150%. o contraseña.  Aportar 3 fotografías 3x4 fondo azul, para libreta militar. (Saco y corbata).  Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento.  Estar en el sistema de información SI Unidos.  Consultar e imprimir el puntaje del Sisbèn DNP en la dirección. www.sisben.gov.co/inicio/ConsultadePuntaje.aspx  Fotocopia del documento de los padres (para menores de 25 años)  Fotocopia del diploma y acta de grado (en caso de ser bachiller)  Recuerde señor cogestor que además de los anteriores requisitos, debe anexar los documentos que se requiera para cumplir con la exención.( Revise exenciones según caso).
  • 3.
    90 EXENCIONES (Menores de25 años) 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Varones con limitación física y sensorial permanente. (Certificado médico donde se indique el tipo y grado de inhabilidad / discapacidad). Las personas que presenten alguna inhabilidad médica para prestar el servicio militar, aparte de presentar la historia clínica donde se indique el tipo y grado de discapacidad/inhabilidad médica, deberán ser valoradas por los médicos de los diferentes distritos militares. Indígenas (que residan en su territorio) y conserven su integridad cultural, social y económica. La carta del gobernador del resguardo certificando que el indígena se encuentra en el censo indígena. La certificación del Ministerio del Interior de existencia de dicho resguardo y que el indígena se encuentra en el censo. Los inhábiles relativos y permanentes. Historia Clínica donde se indique el tipo y grado de inhabilidad/discapacidad médica (si aplica). Las personas que presenten alguna inhabilidad médica para prestar el servicio militar, aparte de presentar la historia clínica donde se indique el tipo y grado de discapacidad/inhabilidad médica, deberán ser valoradas por los médicos de los diferentes distritos militares. Clérigos y religiosos (así mismo los similares jerárquicos de otras religiones o iglesias, dedicados permanentemente a su culto). Los que hubieren sido condenados a penas que contengan la pérdida de derechos políticos, mientras no obtengan su rehabilitación. Hijo único de parto (de matrimonio, unión permanente, viudo (a), divorciado (a), separado (a) o madre/padre soltero (a)- Anexar Certificado de núcleo familiar expedido por la EPS o el SISBEN. Huérfanos de padre o madre que contribuya con el sustento de su hogar. (Certificado) Hijos de padres discapacitados para trabajar o mayores de 60 años (que carezcan de rentas de subsistencia). (Certificado) Hermano o hijo de quien haya muerto o adquirido una inhabilidad absoluta en actos de combate, durante la prestación del servicio militar obligatorio o como consecuencia del mismo.
  • 4.
    90 10. 11. a. b. c. 12. Hijos de oficiales,suboficiales y agentes y civiles de la fuerza pública que hayan fallecido o adquirido una inhabilidad absoluta en combate. Los casados que hagan vida conyugal o que se encuentren en Unión Marital de Hecho. Anexar certificado o declaración marital de hecho, fotocopia de los registros civiles de los hijos. Fotocopia Registro Matrimonio o Declaración de la Unión Marital de Hecho (si aplica). La ley 979 de 2005 establece tres instrumentos para probar l as Uniones Marital de Hecho. Para hacer válida la exención del servicio militar a personas entre 18 y 25 años que se encuentren en una Unión Marital de Hecho, se debe anexar uno de los siguientes documentos a su carpeta: Escritura pública ante Notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes. Acta de Conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido. La legitimidad del centro de conciliación que emite el acta podrá ser consultada, en caso de ser necesario, en la siguiente dirección electrónica del Ministerio de Justicia y del Derecho, htlp://conciliacion.gov.co/centros buscar.aspx Sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba consagrados en el Código de Procedimiento Civil, con conocimiento de los Jueces de Familia de Primera instancia. La población Victima del Desplazamiento, (Ley 1448 - Junio 10 de 2011) queda exenta de la prestación del servicio militar obligatorio.
  • 5.
    90 Departamento Municipio Distrito Militar CUPO 2013 BOLÍVAR ARROYOHONDO 14 76 BOLÍVAR MARÍA LABAJA 14 50 BOLÍVAR ARJONA 14 68 BOLÍVAR MAHATES 14 234 BOLÍVAR TURBACO 14 61 BOLÍVAR TURBANÁ 14 170 BOLÍVAR CALAMAR 14 30 BOLÍVAR SANTA ROSA 14 22 BOLÍVAR SOPLAVIENTO 14 53 BOLÍVAR SANTA CATALINA 14 26 BOLÍVAR SAN ESTANISLAO 14 12 BOLÍVAR VILLANUEVA 14 34 BOLÍVAR SAN CRISTOBAL 14 9 BOLÍVAR CLEMENCIA 14 21 BOLÍVAR SAN JUAN DE NEPOMUCENO 14 342 BOLÍVAR SAN JACINTO 14 206 BOLÍVAR EL CARMEN DE BOLÍVAR 14 94 BOLÍVAR ZAMBRANO 14 82 BOLÍVAR EL GUAMO 14 82 BOLÍVAR CÓRDOBA 14 10