El documento establece los procedimientos y requisitos para la selección y designación del Contralor General del Estado de Bolivia por parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Describe el proceso de convocatoria pública, evaluación de postulaciones, verificación de requisitos, etapa de impugnación y evaluación final de méritos de los candidatos. Los requisitos para los candidatos incluyen nacionalidad boliviana, título universitario en áreas económicas, experiencia profesional mínima de 8 años y no tener antecedentes
Reglamento de preselección de candidatas y candidatos para la conformación de...InfoElectoralBolivia
Reglamento de preselección de candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional y Tribunal Supremo de Justicia.
Elección de altas autoridades del sistema de justicia y Tribunal Constitucional Plurinacional.
Elección de diciembre de 2017.
Segunda elección de ese tipo.
Reglamento de preselección de candidatas y candidatos para la conformación de...InfoElectoralBolivia
Reglamento de preselección de candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional y Tribunal Supremo de Justicia.
Elección de altas autoridades del sistema de justicia y Tribunal Constitucional Plurinacional.
Elección de diciembre de 2017.
Segunda elección de ese tipo.
Convocatoria para la contratación temporal, en régimen laboral, de un puesto ...CEDER Merindades
Bopbur 2014-115-anuncio-201404469
Convocatoria para la contratación temporal, en régimen laboral, de un puesto de médico de medicina general a media jornada para los servicios de la Diputación Provincial de Burgos
Plazo presentación solicitudes veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos (19/06/2014)
Un trabajo del equipo de Legales y de Capacitación de la Red Ser Fiscal para conocer en detalle las últimas dos reformas del Código Electoral Nacional.
Modificaciones del sistema de registro (DNIs y troqueles)
Voto Joven
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión, con cará...CEDER Merindades
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión,
con carácter interino, del puesto de Secretaría-Intervención
de clase tercera, del Ayuntamiento de la ciudad de Frías
reglamento electoral aprobado en la asamblea de delegados del SUTE Maynas del 03 de noviembre y que regirá las I primeras elecciones de nuestro sindicato. eL ACTO ELECTORAL SER EL PRÓXIMO 18 DE DICIEMBRE
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carác...CEDER Merindades
BOPBUR-2014-075-anuncio-201402936
Ayuntamietno de Merindad de Valdivielso
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carácter interino del puesto de Secretaría-Intervención de clase tercera de esta Corporación
Plazo de presentación: cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, así como la documentación
acreditativa de los méritos que se aleguen.
OFICIO PARA OFICIALIZAR LAS CANDIDATURAS DE LOS COMPAÑEROS QUE PARTICIPARAN EN LAS PRIMARIAS DEL 6 DE AGOSTO DEL MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
Ley 1904 por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública prev...JUAN DIEGO BARRERA ARIAS
Ley 1904 por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública previa a la elección de Contralor General de la Repúbluca por el Congreso de la República
Convocatoria para la contratación temporal, en régimen laboral, de un puesto ...CEDER Merindades
Bopbur 2014-115-anuncio-201404469
Convocatoria para la contratación temporal, en régimen laboral, de un puesto de médico de medicina general a media jornada para los servicios de la Diputación Provincial de Burgos
Plazo presentación solicitudes veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos (19/06/2014)
Un trabajo del equipo de Legales y de Capacitación de la Red Ser Fiscal para conocer en detalle las últimas dos reformas del Código Electoral Nacional.
Modificaciones del sistema de registro (DNIs y troqueles)
Voto Joven
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión, con cará...CEDER Merindades
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión,
con carácter interino, del puesto de Secretaría-Intervención
de clase tercera, del Ayuntamiento de la ciudad de Frías
reglamento electoral aprobado en la asamblea de delegados del SUTE Maynas del 03 de noviembre y que regirá las I primeras elecciones de nuestro sindicato. eL ACTO ELECTORAL SER EL PRÓXIMO 18 DE DICIEMBRE
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carác...CEDER Merindades
BOPBUR-2014-075-anuncio-201402936
Ayuntamietno de Merindad de Valdivielso
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carácter interino del puesto de Secretaría-Intervención de clase tercera de esta Corporación
Plazo de presentación: cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, así como la documentación
acreditativa de los méritos que se aleguen.
OFICIO PARA OFICIALIZAR LAS CANDIDATURAS DE LOS COMPAÑEROS QUE PARTICIPARAN EN LAS PRIMARIAS DEL 6 DE AGOSTO DEL MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
Ley 1904 por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública prev...JUAN DIEGO BARRERA ARIAS
Ley 1904 por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública previa a la elección de Contralor General de la Repúbluca por el Congreso de la República
El JNE estableció el número de escaños del Congreso de la República que corresponde a cada Distrito Electoral, así como la aplicación de la Cuota de Género y el número máximo de candidatos designados por el Partido Político en las Elecciones Generales del año 2016.
El JNE estableció precisiones de los plazos para renunciar de las autoridades y altos funcionarios que pretendan postular a los cargos de Presidente, Vicepresidente, Congresistas y Representantes al Parlamento Andino; así como, para solicitar Licencia sin goce de haber para ser candidatos, en caso de funcionarios y trabajadores del Estado
Convocatoria pública a candidatas y candidatos para la conformación del Tri...InfoElectoralBolivia
Convocatoria pública a candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
Elección de altas autoridades del sistema de justicia y Tribunal Constitucional Plurinacional.
Elección de diciembre de 2017.
Segunda elección de ese tipo.
#ReformaPolíticaPAN Propuesta del Partido Acción NacionalLaura Rojas
En conferencia de prensa con el presidente nacional del PAN, Gustavo Madero Muñoz, el coordinador en el Senado de la República, Jorge Luis Preciado; el diputado Fernando Rodríguez Doval, así como senadores y diputados de los Grupos Parlamentarios de Acción Nacional, asistí a la presentación de la propuesta de Reforma Política-Electoral.
Se propone la conformación de un nuevo sistema electoral para el país, con un Instituto Nacional Electoral, un Tribunal de Justicia Electoral y la legislación única en esta materia.
Con ello, se quita la injerencia de los gobernadores en los institutos locales, sobre todo en aquellos estados donde no ha habido alternancia y supone el ahorro de recursos en aquellas funciones que hoy se duplican por el IFE y por esos organismos electorales.
La propuesta contempla el voto de los mexicanos que residen en el extranjero y la regulación del voto electrónico.
Se prevé fortalecer las instituciones y ampliar la participación de los ciudadanos en la vida democrática del país, al fomentar la democracia deliberativa que permita la participación ciudadana en la toma de las decisiones del Gobierno.
Se prevé la reelección de legisladores federales y locales, así como de los Presidentes municipales y los Jefes Delegacionales; y propone la ratificación por parte del Congreso de los Secretarios de Hacienda y de Relaciones Exteriores, así como del responsable de la seguridad pública del país, entre otros. Septiembre 23, 2013.
Similar a Reglamento Convocatoria Designación Contralor General del Estado. (20)
Reglamento para la Difusión de Méritos e Información. Elección de Altas Autor...S Ardaya
Reglamento para la Difusión de Méritos e Información. Elección de Altas Autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional.
#Judiciales2017
Estándares de libertad de expresión para una radiodifusión libre e incluyente.S Ardaya
Estándares de libertad de expresión para una radiodifusión libre e incluyente.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH.
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión RELE.
Datos abiertos: Un nuevo desafío para los gobiernos de la regiónS Ardaya
Datos abiertos un nuevo desafío para los gobiernos de la región.
Gastón Concha
Alejandra Naser
Un libro de CEPAL.
Nuevo modelo de gestión pública.
Gobierno Abierto.
Datos Abiertos.
Democracia, elecciones y violencia en america latinaS Ardaya
El libro reúne ocho capítulos divididos en cuatro secciones: una introducción general; dos perspectivas geográficas (América Central, región andina); dos enfoques temáticos (persecución de delitos electorales, género). Además de mi capítulo, incluye las valiosas contribuciones de José Woldenberg, Julieta Castellanos, Luís Mario Rodríguez, Héctor Briceño, Carlos Meléndez, Santiago Nieto y Luís Espíndola (coautoría), y Gloria Ardaya.
La obra estudia las causas, los impactos, las consecuencias de la violencia en los procesos electorales latinoamericanos, desde abordajes plurales, ángulos metodológicos variados, y alternando la mirada de conjunto con el estudio de casos nacionales. Presta atención a las dimensiones histórica, sociológica, política e institucional de la violencia electoral, un asunto importante y complejo, pero cuyo estudio comparado es aún incipiente.
Acceso a la Información en Asambleas Legislativas DepartamentalesS Ardaya
El acceso a la información es importante porque los
ciudadanos tienen derecho a estar bien informados,
no solamente para poder tener opinión pública
bien formada, sino para poder deliberar, participar
y controlar la gestión pública en la sociedad
democrática. Es tan importante el ejercicio de
este derecho que se lo cataloga como catalizador
para el desarrollo, puesto que la gente cuanto más
informada, más preparada para la vida.
Algunos contenido:
1. Estándares Interamericanos de Acceso a Información Pública.
2. Declaración para la Transparencia Parlamentaria.
3. Resultados de implementación del Índice de Transparencia Legislativa Departamental.
4. Resultados de encuestas de percepción ciudadana sobre Acceso a la Información.
5. Resultados de entrevistas a profundidad a actores clave sobre estado de situación del derecho de acceso a la información.
6. Compendio normativo Internacional y Nacional de artículos que garantizan el derecho de acceso a la información.
Tomo 1. Departamentos de Beni, Cochabamba, La Paz y Tarija.
Tomo 2. Departamentos de Oruro, Potosí y Santa Cruz.
Redacción:
Twitter: @sardaya
El periodista de investigación en la era digitalS Ardaya
Este documento producido por la Iniciativa para el Periodismo de Investigación en las Américas del International Center for Journalists (ICFJ) en alianza con CONNECTAS ha sido retroali- mentado e ilustrado con ejemplos recopilados por reconocidos periodistas de investigación y organizaciones periodísticas del continente, como el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS Perú y Venezuela), el Foro de Periodismo Argentino (Fopea), el Foro de Periodistas Paraguayos (Fopep), el Centro de Investigación e Información Periodística chileno (Ciper), y la organización colombiana Consejo de Redacción (CdR). También ha contado con los valiosos aportes de Jorge Luis Sierra en la elaboración del capítulo de seguridad, los de Carlos Eduardo Huertas en la estructuración del resto del contenido, y el invaluable trabajo de Nathalia Salamanca, quien fue la paciente tejedora de las ideas construidas desde la práctica del trabajo periodístico.
Manual de Incidencia Política desde sociedad civilS Ardaya
Manual de incidencia de CIPPEC
El objetivo de este manual es doble:
1) apunta a contribuir a la sistematización de lecciones aprendidas por los profesionales y activistas de su participación a través de redes de OSCs en foros globales y regionales; y
2) basándose en estas lecciones, busca ofrecer algunas guías y herramientas prácticas que puedan ayudar a que las redes mejoren su impacto a través del uso de la evidencia y el conocimiento en las políticas públicas globales y regionales, y en los procesos de desarrollo de políticas.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
Reglamento Convocatoria Designación Contralor General del Estado.
1. ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
VICEPRESIDENCIA DEL ESTADO PLURINACIONAL
PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN
DE LA CONTRALORA O CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
Artículo 1. Objeto.
El presente Reglamento establece los procedimientos y
plazos para la convocatoria, selección y designación de la
Contralora o Contralor General del Estado, por parte de
la Asamblea Legislativa Plurinacional, de acuerdo con la
Constitución Política del Estado, la Ley Nº 381 de 20 de
mayode2013LeydeAplicaciónNormativayelReglamento
General de la Cámara de Diputados.
Artículo 2. Convocatoria.
La Asamblea Legislativa Plurinacional convocará
públicamente a la presentación de postulaciones para ocupar
el cargo de Contralora o Contralor General del Estado.
El proceso de selección y designación se hará mediante
calificación de capacidad profesional y méritos a través de
concurso público, de conformidad a los Artículos 214 y 215
de la Constitución Política del Estado.
La convocatoria será difundida en al menos tres medios de
comunicación nacionales impresos y en las páginas web
de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional y de las
Cámaras de Senadores y de Diputados.
Artículo 3. Principios.
El proceso de convocatoria, selección y designación de la
Contralora o Contralor General del Estado, se regirá bajo
los siguientes principios enunciativos y no limitativos:
a. Ética e integridad personal.
b. Publicidad.
c. Transparencia.
d. Idoneidad.
e. Responsabilidad.
f. Igualdad.
g. Equivalencia.
h. Plurinacionalidad.
i. Meritocracia.
j. Imparcialidad.
k. Competencia.
Artículo 4. Publicidad, Transparencia e Igualdad de
Oportunidades.
En virtud a los principios de Publicidad, Transparencia
e Igualdad de Oportunidades, la Asamblea Legislativa
Plurinacional garantizará que el proceso de convocatoria,
selección y designación de la Contralora o Contralor
General del Estado sea de carácter público garantizando la
igualdad de oportunidades en la participación de mujeres
y hombres.
Artículo 5. Requisitos, Condiciones y Causales de
Inelegibilidad e Incompatibilidad.
Las y los postulantes, para ser incluidos en el proceso
de evaluación, deben cumplir con lo establecido en la
Constitución Política del Estado y presentar la siguiente
documentación al momento de la postulación:
Requisitos, Causales de
Inelegibilidad e Incompatibilidad
Fuente de verificación
1. Contar con nacionalidad
boliviana.
ü Certificado de Nacimiento del
Estado Plurinacional de Bolivia.
2. Haber cumplido 30 años al
momento de la designación.
ü Fotocopia simple de cédula de
identidad.
3. Tener título profesional a ni-
vel licenciatura en rama afín
al cargo (Ciencias Económi-
cas, Financieras, Adminis-
trativas y Comerciales, Au-
ditoría, Contaduría Pública
o Derecho).
ü Original o fotocopia del Título
Profesional Académico o en Pro-
visión Nacional. Cuando se pre-
sente fotocopia se acompañará
declaración jurada de autentici-
dad del título.
4. Haber ejercido la profesión
por un mínimo de 8 años en
las áreas de Ciencias Econó-
micas, Financieras, Adminis-
trativas y Comerciales, Au-
ditoría, Contaduría Pública
o Derecho Administrativo.
ü Curriculum Vitae que acredite
un mínimo de 8 años en el ejer-
cicio de la profesión.
5. Haber cumplido con los debe-
res militares (sólo varones).
ü Libreta de Servicio Militar ori-
ginal o fotocopia legalizada o
certificación emitida por el Mi-
nisterio de Defensa, en los casos
que corresponda.
2. 6. No podrá postularse quien
tenga sentencia condenato-
ria ejecutoriada, pendiente
de cumplimiento, incluyen-
do aquellas relativas a las
Leyes N° 348, Ley integral
para garantizar a las muje-
res una vida libre de violen-
cia, N° 243 contra el acoso y
violencia política hacia las
mujeres y N° 548 Código
Niña, Niño y Adolescente.
ü Certificado original de antece-
dentes penales del REJAP (emi-
tido con fecha posterior a la pu-
blicación de la Convocatoria).
7. No podrá postularse quien
tenga pliego de cargo ejecu-
toriado.
ü Certificado original de Informa-
ción de solvencia con el fisco de
la Contraloría General del Esta-
do (emitido con fecha posterior
a la publicación de la Convoca-
toria).
8. Estar inscrita o inscrito en el
Padrón Electoral.
ü Certificación del Órgano Elec-
toral Plurinacional con antigüe-
dad máxima de tres meses o Fo-
tocopias simples de Certificado
de sufragio o de impedimento
de sufragio del último proceso
electoral.
9. Hablar al menos dos idio-
mas oficiales del Estado.
ü Fotocopia simple del certifica-
do de estudios emitido por una
academia o instituto, o declara-
ción jurada en caso de lengua
materna.
10. No podrá postularse quien
tenga parentesco hasta el
cuarto grado de consangui-
nidad y segundo de afinidad
con el Presidente y Vicepre-
sidente del Estado Plurina-
cional; Senadoras y Senado-
res, Diputadas y Diputados
de la Asamblea Legislativa
Plurinacional.
ü Declaración Jurada.
11. No podrá postularse quien
haya sido servidor público
designado o electo en el car-
go de Ministra o Ministro,
Viceministra o Viceministro,
Embajadora o Embajador,
Gobernadora o Gobernador,
Alcaldesa o Alcalde, Secre-
taria o Secretario y Oficial
Mayor o cargos equivalentes
de Gobiernos Autónomos
Departamentales y Muni-
cipales, en los últimos diez
(10) años.
ü Declaración Jurada.
12. No podrá postularse quien
haya sido o sea parte de al-
guna acción o proceso judi-
cial por afectación a los inte-
reses económicos del Estado.
ü Declaración Jurada.
13. No podrá postularse quien
haya sido miembro del Direc-
torio o Gerencia de una em-
presa cuya quiebra hubiese
sido declarada fraudulenta.
ü Declaración Jurada.
14. No podrá postularse quien
haya sido destituido como
resultado de un proceso ad-
ministrativo disciplinario
por responsabilidad por la
función pública.
ü Declaración Jurada.
15. Haber ejercido la profesión
con idoneidad, ética y ho-
nestidad.
ü Declaración Jurada.
16. No podrá postularse quien
haya sido dirigente de orga-
nizaciones políticas, o can-
didata o candidato a cargos
electivos en los últimos cinco
(5) años.
ü Certificación original emitida
por el Órgano Electoral Plurina-
cional.
17. No podrá postularse quien
tenga militancia en partidos
políticos o agrupaciones
ciudadanas que hayan par-
ticipado en la administra-
ción del gobierno nacional,
gobiernos departamentales
o prefecturas, o gobiernos
municipales en los últimos
veinte (20) años.
ü Certificación original emitida
por el Órgano Electoral Plurina-
cional.
Las declaraciones juradas ante Notaría de Fe Pública po-
drán realizarse en un solo documento.
Artículo 6. Recepción de Postulaciones.
Las personas interesadas, de forma individual, presenta-
rán sus postulaciones en sobre cerrado adjuntando carta de
interés, ante la Secretaría de la Comisión de Planificación,
Política Económica y Finanzas de la Cámara de Senadores
hasta horas 18:00 del último día establecido en la Convoca-
toria. La recepción de las postulaciones se realizará en libro
notariado y el Notario de Fe Pública certificará el listado de
los postulantes al cierre del libro.
Artículo 7. Sesión permanente.
La Comisión Mixta de Planificación, Política Económica y
Finanzas declarará sesión permanente por tiempo y materia
por mayoría absoluta de sus miembros, a partir de la apertura
de sobres, pudiendo sesionar los días sábados, domingos y
feriados, hasta la remisión del informe de evaluación a la Pre-
sidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
A fin de garantizar el carácter público y la transparencia
del proceso, la ciudadanía podrá presenciar la sesión per-
manente de la Comisión Mixta de Planificación, Política
Económica y Finanzas, de acuerdo a lo establecido en los
Artículos 84 y 85 del Reglamento General de la Cámara de
Diputados.
Artículo 8. Verificación de Requisitos, Condiciones y
Causales de Inelegibilidad e Incompatibilidad.
Finalizada la etapa de recepción de postulaciones, la
Comisión Mixta de Planificación, Política Económica y
Finanzas, en sesión pública, realizará la apertura de sobres.
La o el Presidente de la Comisión Mixta, el mismo día de
3. la apertura de sobres, emitirá el informe con el listado en
orden alfabético de todas las postulaciones recibidas.
La Comisión Mixta realizará la verificación del
cumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo
5 del presente Reglamento, en un plazo máximo cinco (5)
días. A la conclusión de la verificación, la Presidenta o el
Presidente de la Comisión Mixta emitirá informe con el
listado, en orden alfabético, de las postulaciones habilitadas
para el proceso de evaluación de méritos.
Artículo 9. De las personas habilitadas.
Únicamente las y los postulantes que cumplan con todos los
requisitos serán habilitados para el proceso de evaluación de
méritos. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos
dará lugar a la inhabilitación, sin recurso ulterior.
Artículo 10. Publicación de postulaciones habilitadas.
La Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional
publicará el listado de postulaciones habilitadas, en orden
alfabético, en al menos tres medios impresos de alcance
nacional, en un plazo máximo de dos (2) días de concluida
la verificación de requisitos.
Además, se publicarán las Hojas de Vida de las y
los postulantes habilitados en las páginas web de la
Vicepresidencia del Estado Plurinacional y de las Cámaras
de Senadores y de Diputados.
Artículo 11. Etapa de impugnación.
Una vez publicada la lista de postulaciones habilitadas,
se establece un periodo de siete (7) días hábiles para la
impugnación de las postulaciones. Toda ciudadana o
ciudadano debidamente identificado podrá presentar, ante
la Comisión Mixta de Planificación, Política Económica
y Finanzas, la impugnación por no cumplimiento de lo
establecido en el Artículo 5 del presente Reglamento, la
cual deberá ser escrita, fundada y documentada.
Las impugnaciones serán consideradas y resueltas por
la Comisión Mixta de Planificación, Política Económica
y Finanzas, en un plazo máximo de hasta dos (2) días de
concluido el plazo para impugnación. Las resoluciones de
la Comisión Mixta serán inapelables e irrevisables.
La Comisión Mixta de Planificación, Política Económica
y Finanzas, de oficio, por decisión de la mayoría de
sus miembros presentes podrá solicitar información a
cualquier instancia pública o privada para verificar la
probada integridad personal, ética e idoneidad de las y
los postulantes, en cumplimiento de los Artículos 214 y
215 de la Constitución Política del Estado. La Comisión
podrá excluir de la siguiente etapa del proceso a las y los
postulantes que no cumplan con estas características.
La lista oficial de postulaciones habilitadas que pasarán a la
etapa de evaluación de méritos se publicará en las páginas
web de la Vicepresidencia del Estado y de las Cámaras de
Senadores y de Diputados, en el plazo de dos (2) días.
Artículo 12. Evaluación de Méritos.
Las postulaciones habilitadas que no hayan sido excluidas
en la etapa de impugnación pasarán a la etapa de evaluación
de méritos. La Comisión Mixta de Planificación Política
Económica y Finanzas tendrá un plazo máximo de tres (3)
días para evaluar méritos.
El sistema de evaluación de méritos comprende tres (3)
categorías: Formación Profesional, Experiencia Profesional
y Producción Intelectual. Cada categoría está conformada
por uno o más criterios de evaluación, no excluyentes entre
sí, que hacen un total de ocho (8) criterios. La Comisión
Mixta determinará si las y los postulantes cumplen o no
cumplen cada uno de los criterios.
Las categorías y criterios de evaluación son los siguientes:
Categoría Criterios
Fuente de
verificación
Cumple
No
cumple
FORMACIÓN
PROFESIONAL
Licenciatura
en Ciencias
Económicas,
Financieras,
Contaduría,
Auditoria o
Derecho.
Fotocopia
de Título
académico o
en provisión
nacional.
Post grado en el
área de Ciencias
Financieras,
Administrativas
y Comerciales,
Auditoría,
Contaduría
Pública,
Derecho
Administrativo
o Gestión
Pública.
Fotocopia
de Título o
Diploma.
4. EXPERIENCIA
PROFESIONAL
Experiencia
profesional
general de al
menos ocho (8)
años.
Certificado
de Trabajo o
documentación
de respaldo
Experiencia
de trabajo
en cargos
jerárquicos en el
sector público
o privado, en el
área Económica,
Financiera,
Contaduría,
Auditoria
o Derecho
administrativo
de al menos dos
(2) años.
Certificados
de Trabajo o
documentación
de respaldo.
Experiencia
de trabajo
en el sector
público en áreas
relacionadas
al control
gubernamental
de al menos dos
(2) años.
Certificados
de Trabajo o
documentación
de respaldo.
Docencia en pre
grado o post
grado.
Fotocopia
simple del
Certificado,
Memorándum
o Contrato.
Participación
en procesos de
investigación o
denuncias que
facilitaron la
recuperación
de bienes o
recursos del
Estado.
Documentación
de respaldo.
PRODUCCIÓN
INTELECTUAL
Publicaciones e
investigaciones
en temas
relacionados
a auditoría
y control
gubernamental.
Fotocopias
simples u
originales de las
publicaciones o
investigaciones.
TOTAL
Artículo 13. Entrevista.
Como parte de la evaluación, la Comisión Mixta de
Planificación, Política Económica y Finanzas entrevistará a
cada postulante habilitado con el fin de evaluar de forma
oral su conocimiento en los siguientes criterios:
Categoría Criterios
Fuente de
verificación
Cumple
No
cumple
ENTREVISTA
Conocimiento de
la Constitución
Política del
Estado.
Pregunta
Conocimiento de
la Ley Nº 1178 de
Administración
y Control
Gubernamentales.
Pregunta
Conocimiento de
la Ley N° 004 Ley
Marcelo Quiroga
Santa Cruz y
lucha contra la
Corrupción.
Pregunta
Conocimiento de
los Reglamentos
de la Ley Nº 1178
en lo relativo a la
administración de
bienes y servicios.
Pregunta
Conocimiento de
los Reglamentos
de la Ley Nº 1178
en lo relativo
al control
gubernamental.
Pregunta
Retos del control
gubernamental
y propuestas
de trabajo
institucional.
Exposición
TOTAL
A efectos de la evaluación en entrevista, la Comisión
Mixta de Planificación, Política Económica y Finanzas
elaborará, por temática, una batería de un mínimo de diez
(10) preguntas para los criterios 1, 2, 3, 4 y 5. Cada persona
elegirá por sorteo una (1) pregunta por criterio, evitando
la repetición de preguntas. Para la evaluación del criterio
6, las y los habilitados deberán realizar una exposición de
conocimientos (3 minutos).
La etapa de entrevistas concluirá tres (3) días después de
finalizada la evaluación de méritos. La Comisión Mixta de
Planificación, Política Económica y Finanzas podrá realizar
las entrevistas paralelamente a la evaluación de méritos.
5. Los medios de comunicación también podrán realizar
cobertura periodística de esta etapa del proceso.
Artículo 14. Informe de evaluación.
Para pasar a la etapa de designación a cargo de la
Asamblea Legislativa Plurinacional, las personas
postulantes deben obtener la evaluación de “Cumple”
en al menos, nueve (9) de los catorce (14) criterios
establecidos en este Reglamento.
La Comisión Mixta de Planificación, Política
Económica y Finanzas elaborará y aprobará el informe
de evaluación, en un plazo máximo de dos (2) días de
finalizadas las entrevistas. El informe deberá incluir
los antecedentes generales del proceso y el listado
en orden alfabético, de las personas que cumplan los
requisitos para pasar a la etapa de designación a cargo
de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Se anexarán
los informes de las etapas previas.
El informe con sus antecedentes será remitido a la
Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Artículo 15. Designación de la Contralora o Contralor
General del Estado.
Una vez recibido el informe de evaluación de la Comisión
Mixta de Planificación, Política Económica y Finanzas,
la Presidenta o el Presidente de la Asamblea Legislativa
Plurinacional convocará a Sesión Plenaria de la Asamblea
Legislativa Plurinacional con el objetivo de designar por el
voto de dos tercios de las y los asambleístas presentes, a la
Contralora o Contralor General del Estado.
Paraladesignaciónseutilizaráunapapeletaconellistadode
todas las personas habilitadas, ordenado alfabéticamente.
Si en la sesión plenaria no se lograra elegir en una primera
vuelta de votación a la Contralora o Contralor General del
Estado, se declarará la sesión por tiempo y materia hasta
lograr la designación.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa
Plurinacional a los trece días del mes de abril de dos mil
dieciséis años.
Álvaro García Linera
PRESIDENTE
ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
www.vicepresidencia.gob.bo
www.senado.gob.bo
www.diputados.bo