Guia para trabajar con la unidad curricular proyecto trayecto IIIBetsabe Rodríguez
Esta guía ha sido diseñada para que los y las docentes que adminsitran la unidad curricular proyecto trayecto III del PNFA tengan un apoyo en las diferentes sesiones que desarrollarán con los y las aprendientes, asi como para la adminsitración de la HTI(horas de trabajo independiente)
Guia para trabajar con la unidad curricular proyecto trayecto IIIBetsabe Rodríguez
Esta guía ha sido diseñada para que los y las docentes que adminsitran la unidad curricular proyecto trayecto III del PNFA tengan un apoyo en las diferentes sesiones que desarrollarán con los y las aprendientes, asi como para la adminsitración de la HTI(horas de trabajo independiente)
PEIC (Proyecto Educativo Integral Comunitario)Yohana Rivas
Universidad de Santa María "Núcleo Barinas".
Decanato de Postgrado.
Grupo de Maestría "Ciencias de la Educación".
Seminario: Gestión Proyecto y Diseño.
Título: PEIC (Proyecto Educativo Integral Comunitario)
El proyecto y la participacion comunitaria desde la concepción ubevistaMArianelaUr
Resumen
La Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV) comprometida con lo social y lo local busca transformar la realidad a través de sus proyectos comunitarios. Un proyecto es una investigación de un tema/problema que por su pertinencia y relevancia amerita estudiarse en y con las comunidades. Considerando los aportes teóricos de Freire (1977), Kliksberg (1998), Geilfus (1998), Nogueiras (1996) y Sánchez (1991) y los basamentos legales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se persigue describir la participación comunitaria desde la concepción ubevista. Concebida esta como la herramienta esencial en la cual todos los actores involucrados (estudiantes, docente y comunidad) persiguen alcanzar un fin social, educativo y político e implica diálogo, compromiso humano, responsabilidad, interacción ética y sensibilidad. En este sentido, la educación basada en el trabajo comunitario es una forma de trabajar en y con las comunidades para devolverle el poder al pueblo y consolidar así aquellos sectores que por años han sido excluidos de la sociedad. Con la educación centrada en los proyectos comunitarios se persigue formar ciudadanos con un profundo sentido de pertenencia, sensibilidad social y pertinencia social.
Palabras claves: Universidad Bolivariana de Venezuela, proyecto comunitario, Participación, interacción.
Guía Metodológica Planificación Curricular Educación de Personas Jóvenes y Ad...Luis Angel
La Guía Metodológica para la Planificación Curricular en Centros de Educación Alternativa, que contempla
la Educación de Personas Jóvenes y Adultas – EPJA. El documento orienta y complementa la elaboración del Proyecto Sociocomunitario
Productivo para los procesos educativos que guiarán el trabajo de la planificación curricular en los CEA del Estado Plurinacional
Trabajo realizado en relación a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la nación, en el marco de la asignatura DIN de la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (UNEFA)
PEIC (Proyecto Educativo Integral Comunitario)Yohana Rivas
Universidad de Santa María "Núcleo Barinas".
Decanato de Postgrado.
Grupo de Maestría "Ciencias de la Educación".
Seminario: Gestión Proyecto y Diseño.
Título: PEIC (Proyecto Educativo Integral Comunitario)
El proyecto y la participacion comunitaria desde la concepción ubevistaMArianelaUr
Resumen
La Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV) comprometida con lo social y lo local busca transformar la realidad a través de sus proyectos comunitarios. Un proyecto es una investigación de un tema/problema que por su pertinencia y relevancia amerita estudiarse en y con las comunidades. Considerando los aportes teóricos de Freire (1977), Kliksberg (1998), Geilfus (1998), Nogueiras (1996) y Sánchez (1991) y los basamentos legales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se persigue describir la participación comunitaria desde la concepción ubevista. Concebida esta como la herramienta esencial en la cual todos los actores involucrados (estudiantes, docente y comunidad) persiguen alcanzar un fin social, educativo y político e implica diálogo, compromiso humano, responsabilidad, interacción ética y sensibilidad. En este sentido, la educación basada en el trabajo comunitario es una forma de trabajar en y con las comunidades para devolverle el poder al pueblo y consolidar así aquellos sectores que por años han sido excluidos de la sociedad. Con la educación centrada en los proyectos comunitarios se persigue formar ciudadanos con un profundo sentido de pertenencia, sensibilidad social y pertinencia social.
Palabras claves: Universidad Bolivariana de Venezuela, proyecto comunitario, Participación, interacción.
Guía Metodológica Planificación Curricular Educación de Personas Jóvenes y Ad...Luis Angel
La Guía Metodológica para la Planificación Curricular en Centros de Educación Alternativa, que contempla
la Educación de Personas Jóvenes y Adultas – EPJA. El documento orienta y complementa la elaboración del Proyecto Sociocomunitario
Productivo para los procesos educativos que guiarán el trabajo de la planificación curricular en los CEA del Estado Plurinacional
Trabajo realizado en relación a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la nación, en el marco de la asignatura DIN de la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (UNEFA)
How to Build Brand Image with Creative Gift DesignYANG DESIGN
The first gift design guidebook in the world, and lists the seven gift design strategies that Yang Design summarized over the few years of design practice.
As one of the responsible design consultancies, YANG DESIGN need to face 3 levels in product design: the first level is to create commercial value for commissioned clients, the second level is to meet the needs of users, and the third level is not to increase the burden and resource consumption of earth.
Deseas saber cuales son las pautas para poder inscribir tu candidatura para las proximas elecciones en el Ecuador 2014, como hacer alianzas, etc... aqui lo encontraras
Es un trabajo muy interesante, en donde esta plasmado El Sistema Electoral, JNE, ONPE, RENIEC, TEORÍA DE LA REPRESENTACIÓN, EL SUFRAGIO, Técnicas del Sufragio, entre otras.
OFICIO PARA OFICIALIZAR LAS CANDIDATURAS DE LOS COMPAÑEROS QUE PARTICIPARAN EN LAS PRIMARIAS DEL 6 DE AGOSTO DEL MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
EL DESENCUENTRO DE DOS RAZONES REVOLUCIONARIAS
INDIANISMO Y MARXISMO*
ÁLVARO GARCÍA LINERA**
Elementos para pensar la reconfiguración
del campo político boliviano*
María Teresa Zegada Claure
MOVIMIENTOS SOCIALES, MOVIMIENTOS SOCIETALES Y LOS NO LUGARES DE LA POLÍTICA*
LUIS TAPIA**
Guía para hacer un Plan de Negocio para tu emprendimiento.pdfpppilarparedespampin
Esta Guía te ayudará a hacer un Plan de Negocio para tu emprendimiento. Con todo lo necesario para estructurar tu proyecto: desde Marketing hasta Finanzas, lo imprescindible para presentar tu idea. Con esta guía te será muy fácil convencer a tus inversores y lograr la financiación que necesitas.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID. The international successful Case Study of Banco de Desarrollo Rural S.A. in Guatemala - a mixed capital bank with a multicultural and multisectoral governance structure, and one of the largest and most profitable banks in the Central American region.
INCAE Business Review, 2010.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
Dr. Luis Noel Alfaro Gramajo
REGLAMENTO DE ELECCIONES PRIMARIAS INTERNAS DEL MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK PARA EL 6 DE AGOSTO DE 2016
1. TRIBUNAL NACIONAL ELECTORAL
MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
LISTAS 18
REGLAMENTO INTERNO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL PROCESO DE
DEMOCRACIA INTERNA PARA ELEGIR CANDIDATO A LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK LISTAS 18
INTRODUCCION
El Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik, es una organización Política
electoral, nace en 1995, constituye como un Movimiento social - político, pluralista,
progresivo y democrático, con autonomía organizativa y de profundas relaciones con
las diferentes nacionalidades, pueblos y movimientos sociales del Ecuador; abierto a
la más amplia participación ciudadana y comunitaria por el cambio radical de las
estructuras económicas y sociales de opresión y explotación.
El Tribunal Nacional Electoral, expone el presente reglamento interno, previa la
autorización conferida por la Coordinación Nacional del MUPP, a fin de llevar a cabo
todo el proceso de democracia interna, de acuerdo a los artículos que establece en el
nuevo régimen del movimiento, para desarrollar el Congreso Nacional siendo esta, el
máximo organismo de Dirección, Administración, Planificación y Control del
Movimiento en sus diferentes niveles.
El Tribunal Nacional Electoral del Movimiento de Unidad Plurinacional
Pachakutik
CONSIDERANDO:
QUE, La constitución de la República del Ecuador dispone en el artículo 61 numerales
2, 4 y 8 la participación de los ecuatorianos/as en los asuntos de interés público, a ser
consultados y a conformar partidos y movimientos políticos, afiliarse o desafiliarse
libremente de ellos y participar en todas las decisiones que éstos adopten.
QUE, El Régimen Orgánico Del Movimiento De Unidad Plurinacional Pachakutik En
los artículo 3 numeral 3.2:
Art. 3. Proclamamos y declaramos, nuestra total predisposición, para asumir
como compromiso propio la construcción de un Ecuador Plurinacional e
Intercultural, en el marco de los principios y filosofía descritos en la Carta de
las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la
Carta de la Organización de los Estados Americanos, los Convenios de la
Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de los Derechos de los
Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, la Constitución de la República del
Ecuador, y en otras normas que reconocen y garantizan los derechos
individuales y colectivos de nacionalidades, pueblos y sectores sociales.
2. TRIBUNAL NACIONAL ELECTORAL
MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
LISTAS 18
3.2. El Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik, es un espacio
de participación abierto a todos los/as ecuatorianos/as, organizaciones
sociales, hombres, mujeres, jóvenes, niños, ancianos, adultos,
profesionales, artesanos, microempresarios, organizaciones clasistas,
sociales y étnicas (nacionalidades y pueblos). Promueve el
fortalecimiento organizativo e institucional con iniciativas e
intervenciones desde las bases, individuales y comunitarias,
garantizando una democracia interna activa a través de un sistema de
comunicación social integral, del diálogo intercultural y el consenso,
considerados como un derecho de los adherentes.
QUE, el artículo 11 del mismo Régimen Orgánico que habla sobre los deberes de
los/las adherentes permanentes del Movimiento en su literal 2 dice:
Actuar leal y decididamente en función de los propósitos y principios
programáticos del Movimiento, defendiendo y difundiendo su ideología
política;
QUE, El artículo 51 que habla de las atribuciones del Tribunal Electoral Nacional,
Provincial o del Exterior:
1. Procurar el financiamiento del proceso electoral nacional y
provinciales internos;
2. Publicar los padrones electorales, con treinta días antes de la
elección, permitiendo su verificación que será hasta quince días antes
del proceso electoral;
En uso de sus atribuciones, resuelve:
CAPITULO I
Del Tribunal Nacional Electoral
Art. 1 De acuerdo al artículo 48 del Régimen Orgánico interno, El Tribunal Nacional
Electoral, es el organismo que tiene a su cargo exclusivamente la realización de todas
las etapas de los procesos electorales nacionales internos, en el marco de los
procedimientos de Democracia Interna, el reglamento de democracia interna de las
organizaciones políticas, establecidas en el Código de la Democracia, solicitando el
apoyo, asistencia técnica y supervisión del Consejo Nacional Electoral, en todas las
etapas del proceso electoral, y en este caso es el responsable del proceso de
democracia interna para elección del candidato presidencial del MUPP.
3. TRIBUNAL NACIONAL ELECTORAL
MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
LISTAS 18
Art. 2 De acuerdo al art. 28, literal 1 del régimen Orgánico Interno; El Congreso
Nacional del Movimiento Pachakutik, estará conformado en calidad de adherentes con
voz y voto los siguientes:
a. Coordinadores y directivas provinciales del MUPP
b. Autoridades nacionales, provinciales, cantonales y parroquiales electos con el
auspicio del movimiento
c. Afiliados o adherentes que se encuentran registrados en el padrón nacional
emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Art. 3 Realizar el proceso electoral de primarias cerradas para elecciones del
Presidente de la República del MUPP, con la participación de todos los adherentes
permanentes que se encuentran registrados en el Consejo Nacional Electoral, los que
deberán acudir a ejercer su derecho al voto con su cédula de identidad y de ser
posible con los símbolos del movimiento Pachakutik, en cada una de las delegaciones
provinciales del Consejo Nacional Electoral a la provincia a la cual pertenecen.
Art. 4 Para el ejercicio de este proceso democrático participarán como autoridades
provinciales el Tribunal Electoral nombrado en cada Provincia y el acompañamiento
de los diferentes miembros de las juntas receptoras del voto que para el efecto
deberán ser nombradas por el tribunal correspondiente de cada provincia.
Art. 5 Cada junta receptora del voto contará con 500 sufragantes en cada uno de sus
padrones ubicados en orden alfabético, según corresponda y contará con el kit
electoral necesario para el efecto.
Art. 6 Los coordinadores provinciales son los responsables de generar una
concurrencia de al menos el 10% de los adherentes que se encuentran registrados en
el padrón nacional electoral que corresponde a su provincia, y actualizar hasta el 20
de julio de 2016 la nómina de las autoridades que conforman el Consejo Ejecutivo
Provincial correspondiente a cada provincia.
Art. 7 Los adherentes que acudan a este evento democrático tendrán derecho a
recibir una nueva credencial y gozarán del derecho de participar en los procesos
electorales representativos venideros.
Art. 8 El Tribunal Nacional Electoral abrirá una oficina en la sede nacional desde el 5
de julio al 9 de agosto del 2016 a fin de llevar todo el proceso de democracia interna,
para lo cual establece el siguiente cronograma de acuerdo al nuevo régimen del
MUPP, lo siguiente:
4. TRIBUNAL NACIONAL ELECTORAL
MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
LISTAS 18
ACTIVIDADES
14
DE
JUN
DEL 14
AL 30
JUN
25 JUN -
5 DE
JUL
1 AL 5
DE
JULIO
6 DE
JULIO
DEL 7 AL
22 JULIO
23 DE
JULIO
24 DE
JULIO
DEL 13
JUNIO AL
5 DE
AGOSTO
6 DE
AGOSTO
REMITIR LOS PADRONES PROVINCIALES
PARA CAMBIAR, COMPLETAR O
RATIFICAR A LOS DELEGADOS DE LAS
PROVINCIAS
FECHA LIMITE DE REGISTRO DE LOS
DELEGADOS POR PROVINCIA Y DE LAS
ORGANIZACIONES NACIONALES Y
FRATERNAS
PUBLICACION DE LA METODOLOGA DEL
PROCESO
TIEMPO PARA ELAVORAR EL PADRON
DEFINITIVO
PUBLICACION DEL REGISTRO ELECTORAL
CONVOCATORIA PUBLICA
INSCRIPCION DE CANDIDATOS
INPUGNACIONES Y RECURSOS
RESOLUCION DE LAS INPUGNACIONES
CAMPAÑA Y GASTO ELECTORAL
CONFORMACION DE JUNTAS
RESEPTORAS DEL VOTO
PROCESO ELECTORAL
PROCLAMACION DE RESULTADOS
CAPITULO II
Del Tribunal Nacional Electoral
Art. 9 De acuerdo al artículo 51 del Nuevo régimen del movimiento Pachakutik, son
atribuciones del Tribunal Nacional Electoral los siguientes:
a. Procurar el financiamiento del proceso electoral de democracia interna para elegir
candidato a Presidente de la República por el MUPP;
b. Publicar los padrones electorales, con treinta días antes de la elección,
permitiendo su verificación que será hasta quince días antes del proceso electoral;
c. Realizar la convocatoria a elecciones internas del Movimiento y de elección
popular, con al menos treinta días antes de la fecha de la elección;
d. Realizar la inscripción de candidatos, hasta quince días después de realizada la
convocatoria;
e. Promover de manera justa y equitativa las campañas electorales internas;
f. Organizar, dirigir y realizar el escrutinio parcial y final de los votos, y, proclamar los
resultados;
g. Resolver sobre las impugnaciones presentadas;
h. Proclamar las candidaturas ganadoras y declarar como oficiales;
i. Levantar las actas con el informe detallado del proceso electoral; y,
j. Publicar en la página web del MUPP, la información de los/as candidatos/as.
5. TRIBUNAL NACIONAL ELECTORAL
MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
LISTAS 18
En ese contexto, se ve la necesidad de normar el desarrollo del IX Congreso Nacional
a través del presente reglamento interno.
CAPITULO III
De la elección del candidato presidencial del MUPP
Art. 10 Para la elección de la candidata o del candidato a la presidencia de la
Republica por el MUPP se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
a. Estar al día con sus aportes y obligaciones con el MUPP tanto a nivel nacional
como en su respectiva provincia y cantón;
b. Entregar una declaración que contenga su hoja de vida;
c. Haber desempeñado cargos de elección popular a nivel cantonal, provincial o
nacional en la que se haya evidenciado el apego a los principios ideológicos del
MUPP;
d. Ser miembro activo del MUPP, por lo menos dos años antes de la definición de
candidaturas;
e. Demostrar en los hechos una conducta coherente desde el punto de vista ético,
político e ideológico, con los principios del Movimiento;
f. Firmar el documento: Compromisos del Candidato/a del MUPP.
g. La campaña de los/las candidatos deberá ser estructurada en razón del plan de
gobierno definido por el MUPP.
Art. 11 El Tribunal Nacional Electoral de entre sus integrantes designará una
secretaría, cuya función será la de atender de manera permanente desde el 6 de julio
al 9 de agosto de 2016 en la sede nacional del MUPP, y se encargará de recibir toda
la correspondencia del tribunal y de inscribir a los candidatos que cumplan con los
requisitos establecidos en el presente reglamento de elecciones internas.
CAPITULO IV
Del pre candidato/a Presidencial
Art. 12 Los pre candidatos presidenciales que se inscriban para terciar en el presente
proceso de democracia interna, podrán inscribirse hasta las 18h00 del día 22 de julio
de 2016 y solamente podrán hacerlo a través del formulario de inscripción de
candidaturas elaborado por el Tribunal Nacional Electoral, adjuntando la copia de la
cédula y papeleta de votación a colores y solo podrán referirse en su campaña al plan
de gobierno elaborado por el MUPP.
CAPITULO V
FINANCIAMIENTO
6. TRIBUNAL NACIONAL ELECTORAL
MOVIMIENTO DE UNIDAD PLURINACIONAL PACHAKUTIK
LISTAS 18
Art. 13 Para el financiamiento de este proceso democrático interno se dispone lo
previsto en el numeral 2 literal a y b del artículo 24 del régimen orgánico interno, que
dispone el pago del 5% de su remuneración mensual por dos meses consecutivos al
comité ejecutivo nacional, y por esta vez deberán aportar los concejales urbanos y
rurales de la misma manera que los alcaldes, prefectos y asambleístas, lo cual será
considerado como aportaciones correspondientes a los meses atrasados.
CAPITULO VI
De las disposiciones transitorias
DISPOSICIÓN ÚNICA: Todo lo que no está previsto en el presente reglamento, será
de tratamiento exclusivo del Tribunal Nacional Electoral y sus resoluciones deberán
estar acordes con la legislación nacional en la materia que nos ocupa y a lo dispuesto
en el Régimen Orgánico.
Quito a 05 de julio de 2016
Enrique Morales Villaruel
VOCAL TRIBUNAL ELECTORAL -
PRESIDENTE
Dina Farinango
VOCAL TRIBUNAL ELECTORAL -
VICEPRESIDENTA
Jorge Taco
VOCAL TRIBUNAL ELECTORAL –
PRO TESORERO
Karla Aroca
VOCAL TRIBUNAL ELECTORAL -
SECRETARIA
Pablo Mera
VOCAL TRIBUNAL ELECTORAL –
TESORERO