1. CAPITULO 5DE LA FORMACIÓN Y LA CAPACITACIÓN Artículo 69.- De la Formación de las y los servidores públicos.- La formación es el subsistema de estudios de carrera y de especialización de nivel superior Artículo 70.- Del subsistema de capacitación y desarrollo de personal.- orientado al desarrollo integral del talento humano Artículo 71.- Programas de formación y capacitación.- el Estado garantizará y financiará la formación de los servidores públicos
2. Artículo 72.- Planeación y dirección de la capacitación.- Ejecución del Plan Nacional de Formación de servidores públicos. Artículo 73.- Efectos de la formación y la capacitación.- La formación y capacitación efectuada a favor de los servidores públicos; poner en práctica los nuevos conocimientos Artículo 74.- Incumplimiento de obligaciones.- El servidor estará obligado a reintegrar a la institución respectiva el valor total o la parte proporcional de lo invertido en su formación
3. Artículo 75.- Del pago de honorarios a instructores.- los servidores públicos que por sus conocimientos tendrán derecho a percibir honorarios. CAPÍTULO 6 DEL SUBSISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Artículo 76.- Subsistema de evaluación del desempeño.- Es el conjunto de normasse orienta a evaluarlas funciones Artículo 77.- De la planificación de la evaluación.- El Ministerio de Relaciones Laborales y las Unidades Institucionales de Administración del Talento Humano, planificarán un sistema de evaluación del desempeño
4. Artículo 78.- Escala de calificaciones a) Excelente; b) Muy Bueno; c) Satisfactorio; d) Regular; y, e) Insuficiente. Artículo 79.- De los objetivos de la evaluación del desempeño.- La evaluación del desempeño de los servidores públicos debe apegarse a lo señalado en los artículos 1 y 2 de esta Ley. Artículo 80.- Efectos de la evaluación.- el servidor que obtuviere la calificación de insuficiente, será destituido de su puesto.
5. TÍTULO VI DE LA CARRERA DEL SERVICIO PÚBLICO CAPÍTULO 1GENERALIDADES Artículo 81.- Estabilidad de las y los servidores públicos.- Se establece dentro del sector público, la carrera del servicio público, con el fin de obtener eficiencia en la función pública Artículo 82.- La carrera del servicio público.- Es el conjunto de políticas, normas, métodos orientados a motivar el ingreso de las personas para desarrollarse profesionalmente.
6. Artículo. 83.- Servidoras y servidores públicos excluidos de la carrera del servicio público.- Exclúyase Quienes tienen a su cargo la dirección política y administrativa del Estado: Los gobernadores Tenientes políticos Ministros, viceministros y subsecretarios de Estado, etc.