El fiscal dispone iniciar una investigación preliminar de 60 días contra Pedro Daniel Calderón Aliaga por presuntas agresiones físicas y psicológicas contra Loida Salazar Daza. Como parte de la investigación, se citará a declarar a la denunciante, investigado, y testigos. También se solicitará información a divisiones policiales y médicas legales. El objetivo es establecer los hechos denunciados dentro del plazo de la investigación preliminar.
El fiscal Miguel Antonio Reátegui Mesía inició una investigación preliminar de 60 días contra Roberto Ronald Sinche Moscoso por el delito de agresiones contra la mujer e integrantes del grupo familiar en agravio de Teodocia Alcantara Raffo. Como parte de la investigación, el fiscal dispuso recabar declaraciones de la denunciante, un testigo menor de edad e investigado, así como solicitar informes a diversas instituciones para esclarecer los hechos.
El fiscal dispone iniciar una investigación preliminar de 60 días contra Lider Alvarado Aguirre por el delito de incumplimiento de obligación alimentaria en agravio de sus hijos. Se ordenan diversas diligencias como tomar declaraciones a los agraviados y el investigado, solicitar antecedentes penales y registrales, e información a otras entidades para esclarecer los hechos.
Este documento presenta una sentencia civil sobre un caso de violencia familiar. Resume que la demandante, Primera Fiscalía Provincial Civil y Familiar de Puno, solicitó que se declare la existencia de violencia familiar en la modalidad de maltrato físico en agravio de Sonia Herminia Quispe Checalla por parte de su conviviente Yosimar Denis Flores Pacho. Luego de analizar los hechos y medios probatorios presentados, como un certificado médico y declaraciones, la sentencia concluye que se ha acreditado que el demandado agredió
La fiscalía presenta una acusación penal contra Pedro Juan Calisaya Rosas por el delito de lesiones graves en agravio de Mercedes Alicia Romero Saucedo. Se alega que el 29 de octubre de 2009, Calisaya Rosas ingresó a la vivienda de la víctima y la atacó con golpes, causándole lesiones que requirieron más de 30 días de atención médica. La fiscalía solicita 3 años de prisión para Calisaya Rosas basándose en la gravedad de los hechos y circunstancias del caso. Se adj
El juez dicta medidas de protección a favor de Maritza Gutiérrez, quien denunció actos de violencia psicológica por parte de su exconviviente Juan Carlos Salas. Se prohíbe todo maltrato y en caso de incumplimiento o nuevos hechos de violencia, la policía podrá detener a Salas por 24 horas. La policía deberá informar sobre el cumplimiento de las medidas y realizar rondas para verificar la seguridad de Gutiérrez. Las medidas se mantendrán vigentes mientras persistan las condiciones de ries
Yonely Huamani Zamora presenta una denuncia penal contra Santiago Dennis Fernandez Ccollque, su ex pareja, por violencia contra la mujer y acoso permanente. También denuncia a Juan Carlos Sánchez Fernández por agresión física y psicológica, y amenazas de muerte contra ella y sus hijos. Finalmente, denuncia haber sido despedida de manera arbitraria de su trabajo en la UNDQT, violando sus derechos laborales. Solicita al fiscal que inicie una investigación penal contra los denunciados y la proteja a ella y a
Este documento presenta la resolución de un juzgado de familia en un caso de violencia familiar. Admite a trámite la denuncia de violencia física y psicológica interpuesta por Angelica Santa Huarcaya Coro contra su suegro y cuñado. Como medidas de protección, ordena el cese y abstención de cualquier acto de violencia por parte de los denunciados, y la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la denunciante. Además, exhorta a los denunciados a cambiar su conducta agresiva y
El documento presenta los alegatos de la defensora pública en un caso de lesiones dolosas. En primer lugar, solicita que se confirme la sentencia condenatoria contra el acusado por el delito de lesiones dolosas en agravio de la víctima. Luego, resume los hechos del caso, la tipificación legal correspondiente, y argumenta que los hechos han sido probados a través de la declaración de la víctima, un testigo, y el certificado médico. Finalmente, solicita que se tengan en cuenta estos alegatos al resolver el
El fiscal Miguel Antonio Reátegui Mesía inició una investigación preliminar de 60 días contra Roberto Ronald Sinche Moscoso por el delito de agresiones contra la mujer e integrantes del grupo familiar en agravio de Teodocia Alcantara Raffo. Como parte de la investigación, el fiscal dispuso recabar declaraciones de la denunciante, un testigo menor de edad e investigado, así como solicitar informes a diversas instituciones para esclarecer los hechos.
El fiscal dispone iniciar una investigación preliminar de 60 días contra Lider Alvarado Aguirre por el delito de incumplimiento de obligación alimentaria en agravio de sus hijos. Se ordenan diversas diligencias como tomar declaraciones a los agraviados y el investigado, solicitar antecedentes penales y registrales, e información a otras entidades para esclarecer los hechos.
Este documento presenta una sentencia civil sobre un caso de violencia familiar. Resume que la demandante, Primera Fiscalía Provincial Civil y Familiar de Puno, solicitó que se declare la existencia de violencia familiar en la modalidad de maltrato físico en agravio de Sonia Herminia Quispe Checalla por parte de su conviviente Yosimar Denis Flores Pacho. Luego de analizar los hechos y medios probatorios presentados, como un certificado médico y declaraciones, la sentencia concluye que se ha acreditado que el demandado agredió
La fiscalía presenta una acusación penal contra Pedro Juan Calisaya Rosas por el delito de lesiones graves en agravio de Mercedes Alicia Romero Saucedo. Se alega que el 29 de octubre de 2009, Calisaya Rosas ingresó a la vivienda de la víctima y la atacó con golpes, causándole lesiones que requirieron más de 30 días de atención médica. La fiscalía solicita 3 años de prisión para Calisaya Rosas basándose en la gravedad de los hechos y circunstancias del caso. Se adj
El juez dicta medidas de protección a favor de Maritza Gutiérrez, quien denunció actos de violencia psicológica por parte de su exconviviente Juan Carlos Salas. Se prohíbe todo maltrato y en caso de incumplimiento o nuevos hechos de violencia, la policía podrá detener a Salas por 24 horas. La policía deberá informar sobre el cumplimiento de las medidas y realizar rondas para verificar la seguridad de Gutiérrez. Las medidas se mantendrán vigentes mientras persistan las condiciones de ries
Yonely Huamani Zamora presenta una denuncia penal contra Santiago Dennis Fernandez Ccollque, su ex pareja, por violencia contra la mujer y acoso permanente. También denuncia a Juan Carlos Sánchez Fernández por agresión física y psicológica, y amenazas de muerte contra ella y sus hijos. Finalmente, denuncia haber sido despedida de manera arbitraria de su trabajo en la UNDQT, violando sus derechos laborales. Solicita al fiscal que inicie una investigación penal contra los denunciados y la proteja a ella y a
Este documento presenta la resolución de un juzgado de familia en un caso de violencia familiar. Admite a trámite la denuncia de violencia física y psicológica interpuesta por Angelica Santa Huarcaya Coro contra su suegro y cuñado. Como medidas de protección, ordena el cese y abstención de cualquier acto de violencia por parte de los denunciados, y la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la denunciante. Además, exhorta a los denunciados a cambiar su conducta agresiva y
El documento presenta los alegatos de la defensora pública en un caso de lesiones dolosas. En primer lugar, solicita que se confirme la sentencia condenatoria contra el acusado por el delito de lesiones dolosas en agravio de la víctima. Luego, resume los hechos del caso, la tipificación legal correspondiente, y argumenta que los hechos han sido probados a través de la declaración de la víctima, un testigo, y el certificado médico. Finalmente, solicita que se tengan en cuenta estos alegatos al resolver el
La ley establece que cualquier persona que sufra lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de un integrante de su grupo familiar puede denunciarlo ante un juez de familia y solicitar medidas cautelares. El juez puede ordenar la exclusión del agresor del hogar familiar, prohibirle el acceso al domicilio de la víctima, y decretar provisionalmente alimentos y tenencia de hijos. Dentro de las 48 horas, el juez convocará a una audiencia de mediación e instará a las partes y su familia a asist
La ley establece que cualquier persona que sufra lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de un integrante de su grupo familiar puede denunciarlo ante un juez de familia y solicitar medidas cautelares. El juez puede ordenar la exclusión del agresor del hogar familiar, prohibirle el acceso al domicilio de la víctima, y decretar provisionalmente alimentos y tenencia de hijos. El juez convocará a una audiencia de mediación dentro de las 48 horas para instar a la familia a asistir a programas educativos
Este documento es una denuncia penal por desobediencia a la autoridad contra una persona. La denunciante afirma que el denunciado no ha cumplido con las reglas de conducta establecidas por el fiscal en un caso de violencia física y psicológica, incluyendo la prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la denunciante. La denunciante solicita al juez que formalice la denuncia ante un juez penal para que el caso sea tramitado debidamente.
El fiscal Yeder Ibarra Mendoza citó a Urbano Sabino Faustino Alejandro para una audiencia sobre la aplicación del principio de oportunidad por el delito de conducir en estado de ebriedad. Faustino Alejandro aceptó la aplicación del principio y acordó pagar 300 soles de reparación civil más 30 soles de gastos administrativos. El fiscal advirtió que si no cumple con el acuerdo se continuará con la investigación y proceso judicial.
Ley 12569 de Protección contra la violencia familiarLuciano Palacios
Este documento es la Ley 12569 de la provincia de Buenos Aires sobre violencia familiar. Define violencia familiar y establece que cualquier persona puede denunciar actos de violencia, incluidos menores, incapaces y representantes legales. El juez debe ordenar medidas como exclusión del agresor del hogar y brindar asistencia a la víctima. También crea registros, capacitación y programas de prevención, asistencia y tratamiento de la violencia familiar.
Este documento presenta una denuncia penal por el delito de agresiones contra la mujer o integrantes del grupo familiar en la modalidad de violencia psicológica. La denuncia se presenta contra Rosa Rodas Montenegro, quien supuestamente ha estado acosando e insultando de forma reiterada a Esteban Tello Rodríguez y María Lorenza Walter Vásquez, amenazándolos de muerte. La denuncia solicita que se realicen pericias psicológicas a los denunciantes y otras diligencias necesarias para esclarecer los hechos.
Este documento describe la organización de la administración de justicia en España, incluyendo la división territorial y los diferentes tipos de juzgados y tribunales. También describe las funciones del Instituto Vasco de Medicina Legal, incluyendo la realización de peritajes médico-legales, la investigación de supuestas agresiones sexuales y el levantamiento de cadáveres. Además, explica conceptos legales relacionados con las lesiones, la violencia de género y las agresiones sexuales.
Ley de proteccion_contra_la_violencia_familiar_argentina 24417CPAS
La ley protege a las víctimas de violencia familiar al permitir que denuncien los maltratos ante un juez y soliciten medidas cautelares. El juez puede ordenar la exclusión del agresor del hogar familiar, prohibirle el acceso al domicilio de la víctima y decretar provisionalmente alimentos y tenencia de los hijos. El juez convocará a las partes y al ministerio público a una audiencia de mediación e instará a asistir a programas educativos o terapéuticos.
El acusado fue absuelto del delito de violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones. Según el juez, no se pudo probar que el acusado intimidó a la oficial de policía sacando un cuchillo ni que impidió que ella realizara un acto propio de sus funciones, ya que solo le pidió que se retire del lugar donde se estaba peleando. La versión del Ministerio Público no fue corroborada durante el juicio oral. Por lo tanto, el juez determinó que no quedó acreditada la comisión del delito imp
1. El documento describe el marco jurídico vigente en materia de violencia familiar y de género a nivel nacional y provincial, incluyendo las leyes 26485, 5019 y otras. 2. Detalla las medidas cautelares que puede adoptar el juez, como la exclusión del agresor del hogar o prohibiciones de acercamiento. 3. Incluye estadísticas sobre denuncias recibidas en tribunales de familia de Corrientes que muestran un aumento en los casos entre 2015-2017.
Este decreto legislativo modifica la Ley No 30364 para fortalecer la prevención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Las principales modificaciones incluyen ampliar las medidas de protección a favor de las víctimas, ordenar las funciones de los operadores del sistema de justicia, y dar celeridad al proceso de otorgamiento de medidas de protección. También se fortalecen los mecanismos de atención y protección de las víctimas, especialmente el marco que regula las medidas de protección
El resumen describe un caso judicial en el que Richard Edwin Torres Pineda es acusado de homicidio culposo y lesiones culposas luego de que el vehículo que conducía se despistara e impactara contra un poste, ocasionando la muerte de una persona y lesiones en otras. El Ministerio Público solicita 5 años y 9 meses de prisión efectiva para Torres Pineda, mientras que los actores civiles solicitan 150,000 soles y 65,960.91 soles respectivamente por concepto de reparación civil. La defensa alega que solo debe sancionarse una
El documento contiene 3 oficios de la Policía Nacional del Perú en la región La Libertad dirigidos a diferentes funcionarios. El primer oficio remite un certificado médico legal de una víctima de agresión física. El segundo oficio solicita un dosaje etílico en muestra de sangre de una persona involucrada en un accidente de tránsito. Y el tercer oficio solicita una apreciación médica de 5 personas investigadas por un presunto delito de entorpecimiento del transporte.
Ensayo la denuncia la querella y la acusacionMOURROES
Este documento explica los procesos legales de denuncia, querella y acusación según la ley venezolana. La denuncia es una declaración para notificar a las autoridades sobre un delito. La querella es una denuncia formal presentada ante un juez para investigar un delito. La acusación es un acto legal contra una persona culpable presentado ante un juez. El fiscal debe basar su acusación en las pruebas de la investigación y informar al acusado de los resultados sin ocultar información.
La ley establece un régimen para abordar situaciones de violencia familiar en la provincia de Santa Fe, Argentina. Define el ámbito de aplicación de la ley y los tipos de violencia cubiertos. Designa a los jueces de familia como competentes para tratar estos casos y establece procedimientos iniciales como evaluaciones médicas y medidas cautelares para proteger a las víctimas. También crea mecanismos de asistencia para agresores y víctimas y modifica otros códigos para fortalecer la aplicación de esta ley.
ANGEL ABEL CRUZ ALVARADO CERRO DE PASCO NI UNA MENOSYilliam Armado
El juez dicta medidas de protección a favor de Milly Heidy Camacho Lope, quien denunció a su esposo Angel Abel Cruz Alvarado por violencia familiar. Las medidas incluyen prohibir al esposo cometer más actos de violencia, someterse a terapia psicológica, y notificar al fiscal sobre el seguimiento del cumplimiento de las medidas.
El demandante solicita el divorcio por causal de separación de hecho por más de dos años de su cónyuge. Indica que contrajeron matrimonio en 2002 y fruto de ello tuvieron tres hijos. Señala que desde agosto de 2006 dejaron de convivir debido a continuas discusiones. Solicita que se declare disuelto el vínculo matrimonial y que no proceda pensión alimenticia para el cónyuge. Pide que se fije la pensión alimenticia para los hijos en el 36% de sus ingresos y que ambos ejerzan la pat
Este documento presenta una demanda por violencia familiar en contra de Nelida Ccenhua Espinoza y Juan Alfredo Ccenhua Espinoza por parte de Santiago Omar Romín Luyo. Se solicita el cese de los actos de violencia física y psicológica, así como medidas de protección como prohibiciones de contacto y terapias familiares. Se presentan como pruebas denuncias policiales, certificados médicos y testimoniales que acreditan los hechos de violencia.
La ley establece que cualquier persona que sufra lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de un integrante de su grupo familiar puede denunciarlo ante un juez de familia y solicitar medidas cautelares. El juez puede ordenar la exclusión del agresor del hogar familiar, prohibirle el acceso al domicilio de la víctima, y decretar provisionalmente alimentos y tenencia de hijos. Dentro de las 48 horas, el juez convocará a una audiencia de mediación e instará a las partes y su familia a asist
La ley establece que cualquier persona que sufra lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de un integrante de su grupo familiar puede denunciarlo ante un juez de familia y solicitar medidas cautelares. El juez puede ordenar la exclusión del agresor del hogar familiar, prohibirle el acceso al domicilio de la víctima, y decretar provisionalmente alimentos y tenencia de hijos. El juez convocará a una audiencia de mediación dentro de las 48 horas para instar a la familia a asistir a programas educativos
Este documento es una denuncia penal por desobediencia a la autoridad contra una persona. La denunciante afirma que el denunciado no ha cumplido con las reglas de conducta establecidas por el fiscal en un caso de violencia física y psicológica, incluyendo la prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la denunciante. La denunciante solicita al juez que formalice la denuncia ante un juez penal para que el caso sea tramitado debidamente.
El fiscal Yeder Ibarra Mendoza citó a Urbano Sabino Faustino Alejandro para una audiencia sobre la aplicación del principio de oportunidad por el delito de conducir en estado de ebriedad. Faustino Alejandro aceptó la aplicación del principio y acordó pagar 300 soles de reparación civil más 30 soles de gastos administrativos. El fiscal advirtió que si no cumple con el acuerdo se continuará con la investigación y proceso judicial.
Ley 12569 de Protección contra la violencia familiarLuciano Palacios
Este documento es la Ley 12569 de la provincia de Buenos Aires sobre violencia familiar. Define violencia familiar y establece que cualquier persona puede denunciar actos de violencia, incluidos menores, incapaces y representantes legales. El juez debe ordenar medidas como exclusión del agresor del hogar y brindar asistencia a la víctima. También crea registros, capacitación y programas de prevención, asistencia y tratamiento de la violencia familiar.
Este documento presenta una denuncia penal por el delito de agresiones contra la mujer o integrantes del grupo familiar en la modalidad de violencia psicológica. La denuncia se presenta contra Rosa Rodas Montenegro, quien supuestamente ha estado acosando e insultando de forma reiterada a Esteban Tello Rodríguez y María Lorenza Walter Vásquez, amenazándolos de muerte. La denuncia solicita que se realicen pericias psicológicas a los denunciantes y otras diligencias necesarias para esclarecer los hechos.
Este documento describe la organización de la administración de justicia en España, incluyendo la división territorial y los diferentes tipos de juzgados y tribunales. También describe las funciones del Instituto Vasco de Medicina Legal, incluyendo la realización de peritajes médico-legales, la investigación de supuestas agresiones sexuales y el levantamiento de cadáveres. Además, explica conceptos legales relacionados con las lesiones, la violencia de género y las agresiones sexuales.
Ley de proteccion_contra_la_violencia_familiar_argentina 24417CPAS
La ley protege a las víctimas de violencia familiar al permitir que denuncien los maltratos ante un juez y soliciten medidas cautelares. El juez puede ordenar la exclusión del agresor del hogar familiar, prohibirle el acceso al domicilio de la víctima y decretar provisionalmente alimentos y tenencia de los hijos. El juez convocará a las partes y al ministerio público a una audiencia de mediación e instará a asistir a programas educativos o terapéuticos.
El acusado fue absuelto del delito de violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones. Según el juez, no se pudo probar que el acusado intimidó a la oficial de policía sacando un cuchillo ni que impidió que ella realizara un acto propio de sus funciones, ya que solo le pidió que se retire del lugar donde se estaba peleando. La versión del Ministerio Público no fue corroborada durante el juicio oral. Por lo tanto, el juez determinó que no quedó acreditada la comisión del delito imp
1. El documento describe el marco jurídico vigente en materia de violencia familiar y de género a nivel nacional y provincial, incluyendo las leyes 26485, 5019 y otras. 2. Detalla las medidas cautelares que puede adoptar el juez, como la exclusión del agresor del hogar o prohibiciones de acercamiento. 3. Incluye estadísticas sobre denuncias recibidas en tribunales de familia de Corrientes que muestran un aumento en los casos entre 2015-2017.
Este decreto legislativo modifica la Ley No 30364 para fortalecer la prevención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Las principales modificaciones incluyen ampliar las medidas de protección a favor de las víctimas, ordenar las funciones de los operadores del sistema de justicia, y dar celeridad al proceso de otorgamiento de medidas de protección. También se fortalecen los mecanismos de atención y protección de las víctimas, especialmente el marco que regula las medidas de protección
El resumen describe un caso judicial en el que Richard Edwin Torres Pineda es acusado de homicidio culposo y lesiones culposas luego de que el vehículo que conducía se despistara e impactara contra un poste, ocasionando la muerte de una persona y lesiones en otras. El Ministerio Público solicita 5 años y 9 meses de prisión efectiva para Torres Pineda, mientras que los actores civiles solicitan 150,000 soles y 65,960.91 soles respectivamente por concepto de reparación civil. La defensa alega que solo debe sancionarse una
El documento contiene 3 oficios de la Policía Nacional del Perú en la región La Libertad dirigidos a diferentes funcionarios. El primer oficio remite un certificado médico legal de una víctima de agresión física. El segundo oficio solicita un dosaje etílico en muestra de sangre de una persona involucrada en un accidente de tránsito. Y el tercer oficio solicita una apreciación médica de 5 personas investigadas por un presunto delito de entorpecimiento del transporte.
Ensayo la denuncia la querella y la acusacionMOURROES
Este documento explica los procesos legales de denuncia, querella y acusación según la ley venezolana. La denuncia es una declaración para notificar a las autoridades sobre un delito. La querella es una denuncia formal presentada ante un juez para investigar un delito. La acusación es un acto legal contra una persona culpable presentado ante un juez. El fiscal debe basar su acusación en las pruebas de la investigación y informar al acusado de los resultados sin ocultar información.
La ley establece un régimen para abordar situaciones de violencia familiar en la provincia de Santa Fe, Argentina. Define el ámbito de aplicación de la ley y los tipos de violencia cubiertos. Designa a los jueces de familia como competentes para tratar estos casos y establece procedimientos iniciales como evaluaciones médicas y medidas cautelares para proteger a las víctimas. También crea mecanismos de asistencia para agresores y víctimas y modifica otros códigos para fortalecer la aplicación de esta ley.
ANGEL ABEL CRUZ ALVARADO CERRO DE PASCO NI UNA MENOSYilliam Armado
El juez dicta medidas de protección a favor de Milly Heidy Camacho Lope, quien denunció a su esposo Angel Abel Cruz Alvarado por violencia familiar. Las medidas incluyen prohibir al esposo cometer más actos de violencia, someterse a terapia psicológica, y notificar al fiscal sobre el seguimiento del cumplimiento de las medidas.
El demandante solicita el divorcio por causal de separación de hecho por más de dos años de su cónyuge. Indica que contrajeron matrimonio en 2002 y fruto de ello tuvieron tres hijos. Señala que desde agosto de 2006 dejaron de convivir debido a continuas discusiones. Solicita que se declare disuelto el vínculo matrimonial y que no proceda pensión alimenticia para el cónyuge. Pide que se fije la pensión alimenticia para los hijos en el 36% de sus ingresos y que ambos ejerzan la pat
Este documento presenta una demanda por violencia familiar en contra de Nelida Ccenhua Espinoza y Juan Alfredo Ccenhua Espinoza por parte de Santiago Omar Romín Luyo. Se solicita el cese de los actos de violencia física y psicológica, así como medidas de protección como prohibiciones de contacto y terapias familiares. Se presentan como pruebas denuncias policiales, certificados médicos y testimoniales que acreditan los hechos de violencia.
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
1. MINISTERIO PÚBLICO
Segunda Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Huánuco – Primer Despacho.
___________________________________________________________________
Ministerio Público
CASO Nº : 2006014502-2019-35-0.
Denunciado : Juan Manuel Ballón Tueto.
Delito : Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar.
Agraviado : Carmela Alejandrina Montes Cáceres.
Fiscal : Abog. Miguel Antonio Reátegui Mesía.
DILIGENCIAS PRELIMINARES
DISPOSICIÓN N° 01-2019-MP-FN-2FPPC-HUÁNUCO-1DI.
Huánuco, diez de enero
del dos mil diecinueve.--
DADO CUENTA: La denuncia de parte presentada ante el Juzgado de
Familia de Huánuco, por LOIDA SALAZAR DAZA, en contra de PEDRO
DANIEL CALDERÓN ALIAGA, por la presunta comisión del delito contra la
Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Agresiones en contra de las
Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar (afectación psicológica), en
su agravio; y,
ATENDIENDO:
Primero. - De la denuncia denuncia presentada ante el Juzgado de Familia
de Huánuco, se tiene: El día 21 de diciembre del 2018, al promediar las
22:00 horas, el denunciante Julio Atanacio Rufino, se dirigió a la casa de su
hijo Mailer Atanacio Apostol, ubicado en el AA.HH. Jorge Chavez S/N, Las
Moras -Huánuco, con la finalidad de recoger una bolsa que le había
encargado. Cuando se encontraba conversando con su hijo en la puerta de
dicha vivienda, salió del interior su ex conviviente la investigada Cecilia
Apostol Palomino, provista de un palo en la mano, comenzando a agredirlo
sin motivo alguno, propinándole golpes en diferentes partes del cuerpo, y
profiriendo insultos con palabras soeces, por lo que su hijo intervino para
impedir que continúe la agresión, instantes que el investigado procedió a
retirarse del lugar.
Segundo.- El delito por el cual se está iniciando investigación preliminar es
por Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo
Familiar (lesiones corporales y afectación psicológica), tipificado en el
artículo 122-B° del Código Penal (Ley 30819 -Del 12/07/18), que señala:
Artículo 122-B°. “El que de cualquier modo cause lesiones corporales que requieran
menos de diez días de asistencia o descanso según prescripción facultativa, o algún tipo
de afectación psicológica, cognitiva o conductual que no califique como daño psíquico a
una mujer por su condición de tal o a integrantes del grupo familiar en cualquiera de los
2. MINISTERIO PÚBLICO
Segunda Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Huánuco – Primer Despacho.
___________________________________________________________________
Ministerio Público
contextos previstos en el primer párrafo del artículo 108-B, será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años e inhabilitación conforme a
los numerales 5 y 11 del artículo 36 del presente Código y los artículos 75 y 77 del
Código de los Niños y Adolescentes, según corresponda".
(...),
Tercero.- Las diligencias preliminares tienen por finalidad inmediata
realizar los actos urgentes o inaplazables destinados a determinar si han
tenido lugar los hechos objeto de conocimiento y su delictuosidad, así como
asegurar los elementos materiales de su comisión, individualizar a las
personas involucradas en su comisión, incluyendo a los agraviados, y,
dentro de los límites de la Ley, asegurarlas debidamente. Inc. 2 del art. 330
del Código Procesal Penal.
Por lo expuesto, el suscrito Fiscal Adjunto Provincial encargado del Primer
Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco de
conformidad a lo establecido en el artículo 330° del Código Procesal Penal.
DISPONE:
Primero: INICIAR INVESTIGACIÓN PRELIMINAR en SEDE FISCAL por
el plazo de SESENTA DÍAS, en contra de PEDRO DANIEL CALDERON
ALIAGAA, por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la
Salud en la modalidad de Agresiones en contra de las Mujeres o
Integrantes del Grupo Familiar (agresiones físicas y psicológicas), en
agravio de Loida Salazar Daza.
Segundo: PRACTÍQUESE LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS con el fin de
establecer los hechos denunciados:
RECÁBESE la declaración de la denunciante LOIDA SALAZAR
DAZA, con la finalidad que explique respecto a los hechos materia de
investigación. Diligencia a realizarse el día miércoles 23 de enero
del 2019, a las 08:15 horas, en esta Segunda Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Huánuco, sito en el Jr. San Martín N° 765 -2do,
piso -Huánuco.
RECÁBESE la declaración del investigado PEDRO DANIEL
CALDERON ALIAGA, para que explique respecto a los hechos
denunciados en su contra. Diligencia a realizarse el día miércoles 23
de enero del 2019, a las 11:00 horas, en este Despacho ubicado
en el Jr. San Martín N° 765 -2do, piso -Huánuco. Debiendo concurrir
obligatoriamente acompañado de su abogado defensor de libre
elección. Bajo apercibimiento de nombrarse un Defensor Público que
asuma su defensa. En caso de inconcurrencia injustificada se
dispondrá su conducción compulsiva por la autoridad policial.
REQUIÉRASE al denunciante {
JULIO ATANACIO RUFINO, para que informe si concurrió a su cita
psicológica o la fecha que la programaron, conforme al oficio
recepcionado por su persona en la Comisaría de Huánuco y que obra
3. MINISTERIO PÚBLICO
Segunda Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Huánuco – Primer Despacho.
___________________________________________________________________
Ministerio Público
en la carpeta fiscal.
RECÁBESE la declaración de la investigada CECILIA APOSTOL
PALOMINO, para que explique respecto a los hechos denunciados en
su contra. Diligencia a realizarse el día lunes 21 de enero del
2019, a las 15:00 horas, en este Despacho ubicado en el Jr. San
Martín N° 765 -2do, piso -Huánuco. Debiendo concurrir
obligatoriamente acompañado de su abogado defensor de libre
elección. Bajo apercibimiento de nombrarse un Defensor Público que
asuma su defensa. En caso de inconcurrencia injustificada se
dispondrá su conducción compulsiva por la autoridad policial.
REQUIÉRASE a la investigada CECILIA APOSTOL PALOMINO,
para que dentro del plazo de veinticuatro horas de notificado con la
presente Disposición, nombre Abogado Defensor de libre elección.
Bajo APERCIBIMIENTO de nombrar un Defensor Público del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos -Huánuco, para que asuma su
defensa.
OFÍCIESE a la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos -sede -Huánuco, para que designe un defensor
que asuma la defensa de la investigada, en caso no designe un
Abogado Defensor.
OFÍCIESE a la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos -Sede -Huánuco, para que designe un Defensor
Público de víctimas que asuma la defensa del denunciante.
OFÍCIESE a la Unidad de Víctimas y Testigos del Ministerio Público
UDAVIT, con la finalidad que ingrese al programa al denunciante para
que le brinden los asesoramientos (Legal, social y psicológico), que
correspondan.
OFÍCIESE a la División Médico Legal de Huánuco, para que informe
si el denunciante Julio Atanacio Rufino, se apersonó para su
evaluación psicológica y si fuera afirmativo remita los resultados
correspondientes, solicitado mediante oficio N° 12898-2018-V-MRP-
HSU/REGPOL-HCO/DIVPOS/CDH-FAM., de fecha 24 de diciembre del
2018. Y en caso tener cita pendiente informe la fecha programada.
RECÁBESE los antecedentes penales, policiales y judiciales de la
investigada.
OFÍCIESE al RENADESPPLE para que remita el reporte de casos que
pudiera registrar la investigada.
REALÍCESE cuanta diligencia resulte necesaria, para el mejor
esclarecimiento de los hechos denunciados.
Tercero: NOTIFÍQUESE la presente Disposición Fiscal a quienes
corresponda, conforme a lo establecido en el Código Procesal Penal.
El suscrito interviene conforme a la Resolución de la
Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito
Fiscal de Huánuco N° 6044-2018-MP-PJFS-DFH, de fecha 27
de diciembre del 2018, por cuanto la Fiscal Provincial del
Despacho se encuentra de vacaciones.
OFMA/MARM.