EXONERACIÓN DE PAGO DE AUTOVALÚA PARA ADULTO MAYOR: Ahora el adulto mayor no pensionista al igual que el pensionista tiene derecho a esta exoneración (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
La Asociación Civil Espacio Público solicitó a la Contraloría General de la República información acerca de los salarios del personal de la institución. La CGR respondió negativamente, y por ende se acudió a la jurisdicción contencioso administrativa, la cual declaró improcedente in limine litis el asunto. En tal sentido, se interpuso una petición en contra del Estado Venezolano por violación del acceso de información pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual se encuentra en espera de admisión.
MODELO DE DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD. Se ofrece un modelo de demanda de alimentos a favor de un menor de edad (autor José María Pacori Cari). Puede acceder al modelo en
https://docs.google.com/document/d/1--EH2ImaotOikCsHEGuJLrjQAU1Fnh4s/edit?usp=sharing&ouid=108671166047432341215&rtpof=true&sd=true
#Alimentos #DerechoMenores
EXONERACIÓN DE PAGO DE AUTOVALÚA PARA ADULTO MAYOR: Ahora el adulto mayor no pensionista al igual que el pensionista tiene derecho a esta exoneración (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
La Asociación Civil Espacio Público solicitó a la Contraloría General de la República información acerca de los salarios del personal de la institución. La CGR respondió negativamente, y por ende se acudió a la jurisdicción contencioso administrativa, la cual declaró improcedente in limine litis el asunto. En tal sentido, se interpuso una petición en contra del Estado Venezolano por violación del acceso de información pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual se encuentra en espera de admisión.
MODELO DE DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD. Se ofrece un modelo de demanda de alimentos a favor de un menor de edad (autor José María Pacori Cari). Puede acceder al modelo en
https://docs.google.com/document/d/1--EH2ImaotOikCsHEGuJLrjQAU1Fnh4s/edit?usp=sharing&ouid=108671166047432341215&rtpof=true&sd=true
#Alimentos #DerechoMenores
CUMPLIMIENTO DE CONVENIO COLECTIVO: Un sólo trabajador puede solicitar que respecto de él se ejecute un convenio colectivo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Autorización para contraer matrimonio. Mirna GautoSilvia Profesora
Defensa final del Masterado en Ciencias Jurídicas de la Universidad Tecnológica Intercontinental (UTIC), sede Caacupé. Cátedra Derecho de la Niñez y la Adolescencia.
CUMPLIMIENTO DE CONVENIO COLECTIVO: Un sólo trabajador puede solicitar que respecto de él se ejecute un convenio colectivo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Autorización para contraer matrimonio. Mirna GautoSilvia Profesora
Defensa final del Masterado en Ciencias Jurídicas de la Universidad Tecnológica Intercontinental (UTIC), sede Caacupé. Cátedra Derecho de la Niñez y la Adolescencia.
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A DIVERSAS AUTORIDADES DEL DISTRITO FEDERAL, REMITAN UN INFORME DETALLADO SOBRE LA ACEPTACIÓN Y EL CUMPLIMIENTO A LA RECOMENDACIÓN NÚMERO 32/2013 EMITIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
En mi defensa y por los derechos fundamentalesErbol Digital
Comunicado de Gualberto Cusi, Magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional respecto a la revelación de manera pública de la enfermedad que sufre.
El Ministro del Interior del Ecuador desvincula a un CBOS de Policía, violando sus derechos constitucionales por una acción u omisión de una autoridad pública.
Contrato de Petrocarabobo a Clavellino I C.A. para Servicio de Transporte de ...Informe 25
Contrato de Petrocarabobo a Clavellino I C.A. para Servicio de Transporte de Personal de guardia operacional desde Soledad hasta las instalaciones de Morichal, firmado después de prestados servicios.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
En esta segunda entrega, el periódico Tierra se adentra en la operación «Inherent Resolve», una de las dos en las que participa el Ejército de Tierra en Irak. Personal de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra y del Mando de Operaciones Especiales forman parte de la coalición internacional para la lucha contra el Dáesh.
Este documento presenta una guía para encontrar soluciones a problemas complejos. Explica qué es un problema público, cómo podríamos definir un problema público, cómo podríamos definir un problema público de forma innovadora, cómo podríamos resolver un problema público con herramientas de pensamiento sistémico, sistemas complejos y pensamiento sistémico: ¿con qué herramientas contamos?
Con esta píldora formativa podrás comprender cómo implementar herramientas como el Arco del proceso de resolución de problemas (Beth S. Noveck / The GovLab), GovLab's Public Problem Solving Canvas o la Guía Un conjunto de herramientas introductorias al pensamiento sistémico para funcionarios públicos del Government Office for Science del Gobierno de Reino Unido.
Libro secundaria de lo humano y lo comunitario.pdf
Argumentos para solicitud de medidas cautelares de la CIDH a favor de venezolano en Panamá
1. 1
20 de diciembre del 2018.
Sres.
COMISIÓN INTERAMERICANA
de DERECHOS HUMANOS
de la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS.
E. S. D.
Por la presente cumplo en hacer llegar a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos
I. PERSONA, LA PETICIÓN.
Solicitud de Medidas cautelares en atención a la posición solicitada por mi persona
(...).
Como se demuestra nuestra Solicitud, la amenaza de daños irreparables a la vida
e integridad personal, salud, física, emocional, económica de mi persona.
III. ESTADO MIEMBRO DE LA OEA CONTRA EL CUAL SE PRESENTA LA
DENUNCIA.
República Panamá.
IV. HECHOS DENUNCIADOS.
Que el proceso da inicio mediante una denuncia hecha por el señor JUAN
MANUEL HENRIQUEZ, varón, mayor de edad, panameño con CIP 8-753-1888.
De primera instancia a quien fuera el responsable y luego a mi persona (...) varón,
venezolano, mayor de edad con Pasaporte (...), y que yo lo estaba Extorsionando,
razón por la cual se producen el allanamiento de mi residencia ubicada en Costa
del Este, Avenida Paseo del Mar, Edificio Ocean 2, (...). a) Pasamos a describir
de manera cronológica los hechos:
● El día 14 de abril de 2015 mi apartamento fue allanado a las 10:45
de la mañana por la Fiscalía Especializada Contra la delincuencia
Organizada del Crimen Organizado en este lugar sin ningún informe
y orden de cateo se registró el apartamento.
● Resulta conveniente el destacar que inicialmente y luego de la
denuncia en contra de mi persona se da por la supuesta Extorción,
hay que destacar que al momento de ser detenido y trasladado a la
Dirección de Investigación Judicial, mi persona fue expuesta de
manera exhibitoria y mal intencionada por parte de la Policía
Nacional de Panamá, se me baja del patrulla esposado y con
2. 2
grilletes y debo caminar por más de 50 metros por la avenida,
ocasionándome esto un daño moral y psicológico y a la fecha estoy
bajo consulta médica psiquiátrica y bajo tratamiento.
● Desde ese día y hasta el sol de hoy inicia mi calvario judicial, la
solicitud de parte de funcionarios de coimas en ese despacho todo
esto bajo el amparo del Fiscal Especializada Contra la Delincuencia
Organizada con el correr de los días la situación se fue agravando,
obligando a entregar dinero ante los reclamos y amenaza de
allanamiento y persecución.
● La denuncia del señor JUAN MANUEL HENRIQUEZ, varón, mayor
de edad, panameño con CIP 8-753-1888, se da por los mensajes de
texto de whasaap, que llegaron a su celular, sin embargo, el insiste
en que soy una persona requerida por la interpol y eso es totalmente
falso, y así consta en el expediente, foja 267.
Es que el artículo 25 de la Convención Americana dispone que:
1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro
recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra
actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la
ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas
que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
2. Los Estados Partes se comprometen:
a) a garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del
Estado decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso;
b) a desarrollar las posibilidades de recurso judicial; y
c) a garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión
en que se haya estimado procedente el recurso.
SEÑALAMIENTO DE LA VIOLACIONES A MIS DERECHOS
● Hostigamiento de parte de los entes jurídicos mencionados en esta
encuesta penal, Policía Nacional de Panamá, Fiscalía Especializada Contra
la delincuencia y Crimen Organizado, Juzgado Décimo de Circuito Penal
del Primer Circuito Judicial. (Inviabilidad del Domicilio).
● Venganza y Persecución de por parte de los civiles que emos mencionado,
ya que el demandante el señor JUAN MANUEL HENRIQUEZ PORTUANO,
las Firma MORGAN & MORGAN y del señor LAURENTINO CORTIZO
3. 3
COEN, quien en este momento se promulgo como posible candidato
presidencial y suegro del denunciante ante de cualquiera sentencia judicial
ya había sido condenado. (Derecho a la igualdad ante la ley.)
● Desde el año 2015 año de la denuncia fue interpuesta se dio un calvario
judicial luego de 3 años y medio en la esfera inquisitiva ante el Juzgado
Décimo de Panamá este despacho estaba completamente parcializado,
aqui se me violaron todas mis garantías procésale y el derecho a una
justicia rápida y expedita.
● En la esfera del derecho acusatorio se necesitó de 3 audiencia dilatoria del
proceso donde se solicitaba un documento que indicara de donde se
obtenía los fondo de mi cliente para pagar la multa, requisito este que no lo
plantea la ley y mucho menos se enuncia en ningún artículo. JUAN
MANUEL HENRIQUEZ PORTUANO, la Firma MORGAN & MORGAN y la
Juez HORMELINDA MIRANDA y EL Ministerio Publico todos se unieron en
una patente de corso para imponer justicia a su manera. (Tráfico de
Influencia).
● La Audiencia de Apelación luego ser debatida por mas de 2 horas se me
sanciona con una multa extraordinaria por un delito como este, jamás visto
y no reposa en ninguna sentencia o jurisprudencia multa de tal magnitud de
10400.00 y solo 30 días para cancelar. (Igualdad de Justicia Para todos)
● La persecución hacia mi persona no solo ha sido de índole personal, se me
ha ocasionado un daño económico, físico, mental contra mi persona, del
cual en este momento sigo recibiendo tratamiento psicológico y psiquiátrico
donde mi familia se ha visto afectada.
● No conforme con dicha arbitrariedad inicia el calvario en el Servicio
Nacional de Migración sin ninguna notificación se nos cancela el carnet de
residente permanente. Se no llama y se nos monta una persecución que
vamos a ser deportado, que vamos a ser detenido, que nos va a remitir a
Venezuela. Todo esto bajo el amparo de grandes funcionarios del Servicio
Nacional de Migración.
● Debido al la inestabilidad de la Corte Suprema de Justicia, Ministerio
Publico, Órgano Judicial, Sistema Penal Acusatorio y el Servicio Nacional
de Migración y la persecución se ha ejercido contra mi persona y mi familia
se ha visto afectada me he retirado a otro país.
SOLICITUD ESPECIAL
4. 4
En base al propósito de las medidas cautelares no es constituir una decisión
sobre el fondo del asunto, su función es la de proteger la acción de la justicia
(internacional) por la vía de mantener las condiciones de eficacia de una
eventual decisión favorable al afectado, y de evitar un daño que no podría ser
reparado por una orden judicial futura. En base a ello solicito se me brinde
las medidas cautelares necesaria para salvagurdar la integridad física, mental
y por ende la de mis familiares,
FIRMA:
...........................................................................................................
(...)
PASAPORTE: (...)