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Mg. CPC Marco Antonio Alvarado Chávez - AUDITOR INDEPENDIENTE,
994649852, malvaradoc@ unfv.edu.pe, maach2465@ gmail.com
CASO PRÁCTICO DE AUDITORÍA TRIBUTARIA
LA EMPRESA INDUSTRIAL EL CORCEL SAC, omitió presentar varias declaraciones jurada s
mensuales en el Ejercicio 2020 por motivos de la pandemia (PDT 621), que debió presentar en el
23 de Julio del 2020, después que la Administración Tributaria, había indicado mediante sendas
resoluciones que no había sanciones tributarias hasta el 30 de Junio 2020; sin embargo el Auditor
Tributario de SUNAT, ha comprobado a través de información de terceros dichas omisiones y a su
vez la empresa no presentó el registro de ventas requerido por el Auditor de Sunat.
A continuación se presenta la siguiente información sobre las omisiones de ingresos halladas por los
señores de SUNAT, en los meses siguientes:
MES
MONTO
DECLARADO S/
IGV 18%
ENERO 210,000 37,800
MARZO 470,000 84,600
MAYO 630,000 113,400
JUNIO 515,000 92,700
JULIO 432,000 77,760
AGOSTO 371,000 66,780
TOTAL 2,628,000 473,040
El Gerente General, lo contrata a Ud. como especialista tributario (AUDITOR TRIBUTARIO), a fin de
que establezca responsabilidad en su personal, del porque esas falencias en su personal y si existe
IGV y el IR, por pagar y si existe alguna multa al respecto.
Asimismo, le otorgó el plazo de que regularice el 28 de Agosto 2020, por mesa de partes virtual la
información correspondiente.
En la entrevista que realiza al contador, le indica que el declara toda la información que le remite
el área de sistemas, convalidadas con el área de ventas, que esto lo realizan mensualmente y que
si en el transcurso de los meses ha existido algunos meses observados por la sunat, que no le
comunicaron a contabilidad, si habían emitido algunas Notas de Créditos, para poder rectificar, por
lo tanto el área de ventas con sistemas, indicaron que esas emisiones de Notas de Créditos, no
comunicaron a contabilidad, por cuanto el sistema está integrado y el contador con su person al
deben tener conocimiento; a lo que el contador, indica que esa clave de acceso sólo lo manej an
el área de sistemas y el área contable sólo tiene acceso en la fecha que va a declarar el PDT 621.
SE SOLICITA:
PROGRAMA DE AUDITORIA (8 PROCEDIMIENTOS)
CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO (8 PREGUNTAS CON 4 RIESGO ALTO)
INFORME A GERENCIA
DESARROLLO
Artículo 64.- SUPUESTOS PARA APLICAR LA DETERMINACION SOBRE BASE PRESUNTA
La Administración Tributaria podrá utilizar directamente los procedimientos de determinación sobre base
presunta, cuando:
1. El deudor tributario no haya presentado las declaraciones dentro del plazo en que la
Administración se lo hubiere requerido.
Artículo 65.- PRESUNCIONES
1. Presunción de ventas o ingresos por omisiones en el registro de ventas o libro de
ingresos, o en su defecto, en las declaraciones juradas, cuando no se presente y/o no
se exhiba dicho registro y/o libro.
Artículo 67-A.- PRESUNCIÓN DE VENTAS O INGRESOS EN CASO DE OMISOS
Tratándose de compras omitidas, se imputarán como ventas o ingresos en los meses
en los cuales se hallaron las omisiones, el monto que resulte de adicionar a las
compras halladas el margen de utilidad bruta. Dicho margen se obtendrá de la
comparación de la información que arroja la última declaración jurada anual del
Impuesto a la Renta del último ejercicio gravable que hubiera sido materia de
presentación del contribuyente o la obtenida de las Declaraciones Juradas Anuales del
Impuesto a la Renta de otros negocios de giro y/o actividad similar del último ejercicio
gravable vencido. Si el contribuyente fuera omiso a la presentación de la Declaración
Jurada Anual del Impuesto a la Renta, el monto que se adicionará será el porcentaje de
utilidad bruta promedio obtenido de las declaraciones juradas anuales que corresponda
a empresas o negocios de giro y/o actividad similar.
DETERMINACIÓN DE INGRESOS PRESUNTOS Y CALCULO DEL IGV
PERIODO MONTOS
DECLARADOS
INGRESOS
PRESUNTOS
IGV
ENERO 210,000 51,750
FEBRERO 51,750
MARZO 430,000 51,750
ABRIL 51,750
MAYO 630,000 630,000
JUNIO 515,000 515,000
JULIO 432,000 51,750
AGOSTO 371,000 51,750
SETIEMBRE 51,750
OCTUBRE 51,750
NOVIEMBRE 51,750
DICIEMBRE 51,750
2,828,000 6,262,500 1,127,250
FECHA PRESENTACIÓN DJ ANUAL 15 DE MARZO 2020
FECHA DE REGULARIZACIÓN ANTE SUNAT 28 DE AGTO 2020
SE TENDRA QUE ACTUALIZAR EL IGV CONLOS INTERESES DE ACUERDO A LA TASA QUE APLICA LA
SUNAT.
MARZO = 16
ABRIL = 30
MAYO = 31
JUNIO = 30
JULIO = 31
AGOSTO = 28
DÍAS = 167
IGV OMITIDO 1,127,250 X 167 X 0.033 % = S/ 67,122.75
IMPUESTO ALA RENTAOMITIDO :6,262,500 X 29.5% = 1,847,438
ACTUALIZAR CON LOS INTERESES MORATORIOS DE SUNAT
1,847,438 X 167 X 0.033% = S/ 101,812.28 X 167 X 0.033% = S/101,812.28
INTERESES 101,812
TOTAL IMP, RENTA S/ 1,949,250
APLICACIÓN DE LA MULTAMAS LOS INTERESE ACTUALIZADOS
ART.176 NUMERAL 1 1 UIT 4,300
GRADUALIDAD = 95% = 215.00 X 167 X 0.033 % = 11.85
11.85
TOTAL MULTAE INT. 226.85
QUE MAS PIDE EL CASO
PROGRAMADE AUDITORIA 5 PROCEDIMIENTOS
CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO 6 PREGUNTAS
EL CORCEL SAC
PROGRAMA DE AUDITORIATRIBUTARIA
OBJETIVO : Evaluar el estado de situación tributaria y verificar el cumplimiento de la normativa
aplicable.
ITEM CONCEPTO HECHO POR REVISADO POR REF/ PT
1 Determinar que los saldos que
aparecen en el estado de
situación financiera,
representara los recursos con
liquidez inmediata de
propiedad de la empresa al 31
dic 2020.
2 Verificar las declaraciones
juradas mensuales del IGV e
IR. Con los libros y los
papeles de trabajo de lo
declarado en los meses
verificados.
3 Prepare una cedula de los
datos de las DJ mensuales y lo
facturado con la emisión de las
guias de remisión.
4 Verificar que en los libros , se
encuentran anotados las notas
de crédito, notas de debito, se
consigne el tipo, serie y
numero del comprobante de
pago.
5 Solicitar lo informes de
auditoria externa del ejercicio
2019, asi como las
resoluciones de sunat.
AREA : CONTABILIDAD
RESPONSABLE : JOSE DE LA CRUZ ARMAS
ITEM CONCEPTO SI NO N/A OBSERVACIÓN
1
2
3
4
5
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  • 1. Mg. CPC Marco Antonio Alvarado Chávez - AUDITOR INDEPENDIENTE, 994649852, malvaradoc@ unfv.edu.pe, maach2465@ gmail.com CASO PRÁCTICO DE AUDITORÍA TRIBUTARIA LA EMPRESA INDUSTRIAL EL CORCEL SAC, omitió presentar varias declaraciones jurada s mensuales en el Ejercicio 2020 por motivos de la pandemia (PDT 621), que debió presentar en el 23 de Julio del 2020, después que la Administración Tributaria, había indicado mediante sendas resoluciones que no había sanciones tributarias hasta el 30 de Junio 2020; sin embargo el Auditor Tributario de SUNAT, ha comprobado a través de información de terceros dichas omisiones y a su vez la empresa no presentó el registro de ventas requerido por el Auditor de Sunat. A continuación se presenta la siguiente información sobre las omisiones de ingresos halladas por los señores de SUNAT, en los meses siguientes: MES MONTO DECLARADO S/ IGV 18% ENERO 210,000 37,800 MARZO 470,000 84,600 MAYO 630,000 113,400 JUNIO 515,000 92,700 JULIO 432,000 77,760 AGOSTO 371,000 66,780 TOTAL 2,628,000 473,040 El Gerente General, lo contrata a Ud. como especialista tributario (AUDITOR TRIBUTARIO), a fin de que establezca responsabilidad en su personal, del porque esas falencias en su personal y si existe IGV y el IR, por pagar y si existe alguna multa al respecto. Asimismo, le otorgó el plazo de que regularice el 28 de Agosto 2020, por mesa de partes virtual la información correspondiente. En la entrevista que realiza al contador, le indica que el declara toda la información que le remite el área de sistemas, convalidadas con el área de ventas, que esto lo realizan mensualmente y que si en el transcurso de los meses ha existido algunos meses observados por la sunat, que no le comunicaron a contabilidad, si habían emitido algunas Notas de Créditos, para poder rectificar, por lo tanto el área de ventas con sistemas, indicaron que esas emisiones de Notas de Créditos, no comunicaron a contabilidad, por cuanto el sistema está integrado y el contador con su person al deben tener conocimiento; a lo que el contador, indica que esa clave de acceso sólo lo manej an el área de sistemas y el área contable sólo tiene acceso en la fecha que va a declarar el PDT 621. SE SOLICITA: PROGRAMA DE AUDITORIA (8 PROCEDIMIENTOS) CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO (8 PREGUNTAS CON 4 RIESGO ALTO) INFORME A GERENCIA
  • 2. DESARROLLO Artículo 64.- SUPUESTOS PARA APLICAR LA DETERMINACION SOBRE BASE PRESUNTA La Administración Tributaria podrá utilizar directamente los procedimientos de determinación sobre base presunta, cuando: 1. El deudor tributario no haya presentado las declaraciones dentro del plazo en que la Administración se lo hubiere requerido. Artículo 65.- PRESUNCIONES 1. Presunción de ventas o ingresos por omisiones en el registro de ventas o libro de ingresos, o en su defecto, en las declaraciones juradas, cuando no se presente y/o no se exhiba dicho registro y/o libro. Artículo 67-A.- PRESUNCIÓN DE VENTAS O INGRESOS EN CASO DE OMISOS Tratándose de compras omitidas, se imputarán como ventas o ingresos en los meses en los cuales se hallaron las omisiones, el monto que resulte de adicionar a las compras halladas el margen de utilidad bruta. Dicho margen se obtendrá de la comparación de la información que arroja la última declaración jurada anual del Impuesto a la Renta del último ejercicio gravable que hubiera sido materia de presentación del contribuyente o la obtenida de las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto a la Renta de otros negocios de giro y/o actividad similar del último ejercicio gravable vencido. Si el contribuyente fuera omiso a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, el monto que se adicionará será el porcentaje de utilidad bruta promedio obtenido de las declaraciones juradas anuales que corresponda a empresas o negocios de giro y/o actividad similar. DETERMINACIÓN DE INGRESOS PRESUNTOS Y CALCULO DEL IGV PERIODO MONTOS DECLARADOS INGRESOS PRESUNTOS IGV ENERO 210,000 51,750 FEBRERO 51,750 MARZO 430,000 51,750 ABRIL 51,750 MAYO 630,000 630,000 JUNIO 515,000 515,000 JULIO 432,000 51,750 AGOSTO 371,000 51,750 SETIEMBRE 51,750 OCTUBRE 51,750 NOVIEMBRE 51,750 DICIEMBRE 51,750 2,828,000 6,262,500 1,127,250 FECHA PRESENTACIÓN DJ ANUAL 15 DE MARZO 2020 FECHA DE REGULARIZACIÓN ANTE SUNAT 28 DE AGTO 2020 SE TENDRA QUE ACTUALIZAR EL IGV CONLOS INTERESES DE ACUERDO A LA TASA QUE APLICA LA SUNAT.
  • 3. MARZO = 16 ABRIL = 30 MAYO = 31 JUNIO = 30 JULIO = 31 AGOSTO = 28 DÍAS = 167 IGV OMITIDO 1,127,250 X 167 X 0.033 % = S/ 67,122.75 IMPUESTO ALA RENTAOMITIDO :6,262,500 X 29.5% = 1,847,438 ACTUALIZAR CON LOS INTERESES MORATORIOS DE SUNAT 1,847,438 X 167 X 0.033% = S/ 101,812.28 X 167 X 0.033% = S/101,812.28 INTERESES 101,812 TOTAL IMP, RENTA S/ 1,949,250 APLICACIÓN DE LA MULTAMAS LOS INTERESE ACTUALIZADOS ART.176 NUMERAL 1 1 UIT 4,300 GRADUALIDAD = 95% = 215.00 X 167 X 0.033 % = 11.85 11.85 TOTAL MULTAE INT. 226.85 QUE MAS PIDE EL CASO PROGRAMADE AUDITORIA 5 PROCEDIMIENTOS CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO 6 PREGUNTAS EL CORCEL SAC PROGRAMA DE AUDITORIATRIBUTARIA OBJETIVO : Evaluar el estado de situación tributaria y verificar el cumplimiento de la normativa aplicable. ITEM CONCEPTO HECHO POR REVISADO POR REF/ PT 1 Determinar que los saldos que aparecen en el estado de situación financiera, representara los recursos con liquidez inmediata de propiedad de la empresa al 31 dic 2020. 2 Verificar las declaraciones juradas mensuales del IGV e IR. Con los libros y los papeles de trabajo de lo declarado en los meses verificados. 3 Prepare una cedula de los datos de las DJ mensuales y lo facturado con la emisión de las guias de remisión. 4 Verificar que en los libros , se encuentran anotados las notas de crédito, notas de debito, se consigne el tipo, serie y numero del comprobante de pago. 5 Solicitar lo informes de auditoria externa del ejercicio 2019, asi como las resoluciones de sunat.
  • 4. AREA : CONTABILIDAD RESPONSABLE : JOSE DE LA CRUZ ARMAS ITEM CONCEPTO SI NO N/A OBSERVACIÓN 1 2 3 4 5 6