Excedente del productor y del consumidor Adilene Bello DíazAdilene bello diaz
El excedente productor es un concepto basado en la Ley de la Oferta y la Demanda, y es el beneficio adicional que obtienen por la venta de sus productos, ya que son capaces de venderlos a un precio mayor del que estarían dispuestos a cobrar.
Podemos definir el excedente del consumidor como la diferencia entre el precio máximo que estaría dispuesto a pagar y el precio que realmente paga. Consideremos la siguiente curva de demanda de un individuo, si el precio de mercado es pE demandara qE. Gráficamente, la zona que muestra la divergencia entre la disposición marginal a pagar y el precio satisfecho reflejaría el excedente del consumidor.
Excedente del productor y del consumidor Adilene Bello DíazAdilene bello diaz
El excedente productor es un concepto basado en la Ley de la Oferta y la Demanda, y es el beneficio adicional que obtienen por la venta de sus productos, ya que son capaces de venderlos a un precio mayor del que estarían dispuestos a cobrar.
Podemos definir el excedente del consumidor como la diferencia entre el precio máximo que estaría dispuesto a pagar y el precio que realmente paga. Consideremos la siguiente curva de demanda de un individuo, si el precio de mercado es pE demandara qE. Gráficamente, la zona que muestra la divergencia entre la disposición marginal a pagar y el precio satisfecho reflejaría el excedente del consumidor.
Presentacion para la plataforma de SAIA, Sobre Politicas de Precios, Materia: Investigacion de Mercado (S7) - Luis Maita, Barcelona - Estado Anzoategui
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
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Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
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Charla 5 grupo 7
1. Eficiencia y Equidad Economica
Integrantes:
Jose Mendoza
Adrius Peña
Norma Guerrel
Lino Klifor
2. 6.1.1 Que es la eficiencia.
6.1.2 Que es la no eficiencia
6.1.3 El beneficio marginal
6.1.4 El costo marginal
6.1.5 Valor, precio y excedente del consumidor
6.1.6 Demanda, disposición a pagar y beneficio marginal
3. “El consumo es el único fin y propósito de toda producción y el interés del
productor debe ser atendido sólo tanto como sea necesario para promover
el del consumidor.”
Adam Smith
4. Que es la eficiencia.
El objetivo básico de cualquier proceso de producción es la eficiencia, entendiéndose que
un proceso productivo es eficiente cuando:
• Maximiza el nivel de productos resultantes (outputs) para un nivel de recursos
productivos dados.
• Minimiza los factores productivos aplicados para alcanzar un determinado nivel de
productos (outputs).
5. Que es la eficiencia.
Para valorar la eficiencia de cualquier sistema productivo es necesario comparar en nivel
de entradas (factores productivos empleados) con el nivel de salidas (bienes y servicios
producidos). Dicha comparación se puede establecer mediante unidades físicas, en cuyo
caso estamos haciendo un análisis técnico, o bien a través de valores monetarios, lo que
implica realizar un análisis económico.
Así, para llevar a cabo el análisis técnico del sistema productivo, utilizaremos como
indicador la eficiencia técnica, mientras que para valorarlo económicamente lo haremos a
través de la eficiencia económica.
6. Que es la no eficiencia.
La no eficiencia define el uso incorrecto de recursos para realizar una tarea. Esto significa
el no sabio consumo de insumos a través de los cuales el trabajo se realizara. Una vez que
no se logren las metas es fundamental el revisar como no pueden ser nuevamente hechas
, para logra una eficiencia con el menor esfuerzo posible. El mejorar la eficiencia significa
que la empresa entra en una política de reducción de desperdicios y menor consumo de
insumos para entregar el mismo o un mayor nivel de valor.
7. El Beneficio Marginal
El beneficio marginal es uno de los conceptos básicos pero claves en la economía, cuando
hablamos de beneficio marginal nos referimos al beneficio, satisfacción, placer o felicidad
que recibe una persona por el consumo de una unidad adicional de un bien o servicio.
Otra forma de definirlo es como la máxima cantidad de dinero que una persona está
dispuesta a pagar por una unidad adicional del bien o servicio.
8. El Beneficio Marginal
Dentro del ámbito de la economía, su función es vital para el estudio del consumidor y las
variables económicas. El fenómeno que produce la disminución de beneficio marginal
conforme al aumento de las unidades adicionales, es producto de la satisfacción cada vez
mayor del consumidor que lo hace pagar menos a medida que se aumentan dichas
unidades. Existe una estrecha relación entre el beneficio marginal y el excedente del
consumidor, siendo este último la diferencia entre lo que un consumidor está dispuesto a
pagar por un bien y servicio y lo que realmente la persona va a pagar por el mismo.
9. El Costo Marginal
Costo Marginal es el Costo adicional en que se incurre para generar una anidad más de producción. En
otros palabras, el Costo Marginal es el aumento en el Costo total debido a incrementar la producción en
una unidad.
El concepto de costo marginal es fundamental para el análisis del Precio de un Bien. En efecto, dado un
precio de Mercado, producir y vender una unidad extra incrementa tanto los Costos como
los Ingresos del productor. De manera que se producirán y venderán unidades adicionales del bien hasta
cuando el costo adicional de producción (costo marginal) sea igual al Ingreso adicional que proporcionan
esas unidades extras.
10. Valor, precio y excedente del consumidor
No siempre tenemos que pagar el precio que estamos dispuestos a pagar, ya que muchas veces
obtenemos rebajas. Cuando las personas compran algo por menos de lo que consideran que vale,
reciben un excedente del consumidor. El excedente del consumidor es el valor (o beneficio marginal)
de un bien menos el precio que se pagó por él sobre el total de la cantidad adquirida.
11. Valor, precio y excedente del consumidor
Ejemplo: El excedente del consumidor de Elisa cuando el precio de una rebanada de pizza es de 1 dólar. A este
precio, Elisa compra 30 rebanadas al mes porque, para ella, la rebanada número 30 vale sólo 1 dólar. Pero Elisa
está dispuesta a pagar 2 dólares por la décima rebanada, así que el beneficio marginal que obtiene de esta
rebanada es 1 dólar más de lo que paga por ella, es decir, recibe un excedente del consumidor de 1 dólar por la
décima rebanada..
12. Demanda, disposición a pagar y beneficio marginal
En la vida diaria, siempre buscamos “obtener valor por nuestro dinero”. Al usar esta expresión, hacemos una
distinción entre valor y precio. Valor es lo que obtenemos y precio es lo que pagamos. El valor de una unidad
adicional de un bien o servicio es su beneficio marginal, y medimos este beneficio marginal mediante el precio
máximo que se está dispuesto a pagar por cada unidad adicional del bien o servicio. Sin embargo, la disposición a
pagar es lo que determina la demanda. Una curva de demanda es una curva de beneficio marginal
13. Demanda, disposición a pagar y beneficio marginal
Ejemplo:
Elisa está dispuesta a pagar 1 dólar por la rebanada número 30 de pizza y este monto es el beneficio marginal de
dicha rebanada. En la gráfica (b) de la figura 5.1, Nicolás está dispuesto a pagar 1 dólar por la décima rebanada de
pizza y este monto es el beneficio marginal de dicha rebanada. Pero ¿por cuál cantidad la economía está dispuesta
a pagar 1 dólar? La respuesta la ofrece la curva de demanda de mercado