El documento presenta información sobre el concepto de familia desde una perspectiva legal y sociológica en Chile. Explica los diferentes tipos de familias, la legislación relevante, principios que rigen el derecho de familia en el código civil chileno, y el ciclo evolutivo de la familia, incluyendo etapas como el embarazo, matrimonio, llegada de hijos, y partida de los hijos. También describe crisis comunes en diferentes etapas como la adolescencia y posible síndromes del adolescente.
Abordaje y aprendizaje de la salud familiar mediante el análisis de la estructura de las familias, el ciclo vital y las crisis transitorias y no transitorias.
Abordaje y aprendizaje de la salud familiar mediante el análisis de la estructura de las familias, el ciclo vital y las crisis transitorias y no transitorias.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
ESTA ES UNA REVISION BASICA SOBRE LAS FAMILIAS RECONSTRUIDAS, SU DEFINICION, SU ESTRUCTURA, CARACTERISTICAS, CICLO EVOLUTIVO Y ALGUNAS SUGERENCIAS TERAPEUTICAS PARA EVITAR LA DISFUNSION FAMILIAR EN ELLAS POR PARTE DEL MEDICO FAMILIAR, ORIENTADOR Y PSICOTERAPEUTA FAMILIAR.
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
3. ...procede de “Famulia”, desviación de “Famulus”, significando al grupo de personas y esclavos que moraban con el señor en su hogar. Familia...
4. La ley chilena no ha definido a la familia. Doctrinariamente: conjunto de normas y preceptos que regulan las relaciones que mantienen entre sí los miembros de la familia. Concepto legal de Familia
5. Jurídicamente, los vínculos entre los integrantes de la familia surgen del matrimonio y parentesco, que puede ser: por consanguinidad, por afinidad o por adopción.
6. La legislación sustantiva, está contenida en el Código Civil (de 1855) y las leyes de adopción que lo complementan. Legislación de la familia
7. La normativa especial más importante está en: a) Código Penal, (de 1874) b) Ley de Matrimonio Civil c) Ley 16.618, sobre menores, d) Ley 14.908 y su modificación (Ley 19741, D. O. de 24 de julio de 2001), sobre pago de pensiones alimenticias. e) Ley de violencia intrafamiliar. f) Ley de Tribunales de Familia Legislación de la familia
8. a) “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad” y “es deber de Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia y propender al fortalecimiento de ésta”. (Art. 1ª). Aspectos Constitucionales
9. b) Al tratar la nacionalidad, otorga el derecho a la nacionalidad chilena a todos los nacidos en territorio nacional y a los hijos de chilenos nacidos en el extranjero (Art. 10). Aspectos Constitucionales
10.
11. d) Otorga acción cautelar de protección en relación al derecho a la vida y el derecho a la honra. Aspectos Constitucionales
12. Es deber de los órganos del Estado, el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, garantizados por los tratados internacionales suscritos por Chile, que se encuentren vigentes. Tratados internacionales
13. (1904, 1910,1921- Diario Oficial de 18 de junio de 1935 y 20 de junio de 1930) Convenios internacionales sobre protección y represión a la trata de mujeres y niños Convención sobre obtención de alimentos en el extranjero Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales
14. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 1989 Convención de los Derechos del Niño 1990 Convención sobre los Aspectos Civiles del Secuestro Internacional de Niños 1994
15. Convención sobre Protección del Niño y Cooperación en Materia de Adopción Internacional 1999 Convención de San José-1969
16. a) Contenido eminentemente ético. b) Es disciplina de condiciones personales de estados. c) Predominio del interés social sobre el individual. Características del Derecho de Familia
17. * De orden público, esto es, imperativas e inderogables. * El principio de la autonomía de la voluntad no se aplica. * Se considera la desigualdad de los sujetos involucrados en la situación jurídica. * Los derechos generalmente sean recíprocos. * Los derechos son inalienables, intransmisibles, irrenunciables e imprescriptibles * Los actos y contratos no admitan modalidades. * La mayor parte de sus actos sean solemnes. Consecuencias: Las normas de familia son:
18. a) Matrimonio civil y religioso b) Administración concentrada y unitaria del marido en la sociedad conyugal c) Patria potestad exclusivas y con poderes absolutos d) Constitucionalización del derecho de familia Principios que informan el Derecho de Familia en el Código Civil Chileno