Contiene un cuadro sobre diferencias, similitudes y contradicciones entre el Código Civil, Ley 247 de Regularización del Derecho propietario sobre bienes inmuebles urbanos y el Proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado. Puede también hallar mas artículos en nuestro sitio www.abogadossantacruz.blogspot.com o en nuestra red social http://www.facebook.com/abogadossantacruz
Un amplio desarrollo sobre aquellos aspectos que se deben considerar a la hora de elaborar contratos y; aquellos que no se deben cometer para no invalidar los mismos. No olvidemos que los abogados tienen responsabilidad por su actos.
Contiene un cuadro sobre diferencias, similitudes y contradicciones entre el Código Civil, Ley 247 de Regularización del Derecho propietario sobre bienes inmuebles urbanos y el Proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado. Puede también hallar mas artículos en nuestro sitio www.abogadossantacruz.blogspot.com o en nuestra red social http://www.facebook.com/abogadossantacruz
Un amplio desarrollo sobre aquellos aspectos que se deben considerar a la hora de elaborar contratos y; aquellos que no se deben cometer para no invalidar los mismos. No olvidemos que los abogados tienen responsabilidad por su actos.
El Proceso Extraordinario en Bolivia —en el Nuevo Código Procesal Civil— no se trata de una creación netamente nacional sino la adaptación de aquél Modelo Iberoamericano de Proceso Civil ya incursionado desde Uruguay. Lo que sí es netamente regional es el afán del legislador de obtener un proceso extraordinario en todo el sentido de la palabra que dirima en una sola audiencia particularmente toda aquella controversia en materia de posesión (interdictos posesorios), tenencia (desalojo de vivienda) y otros aspectos que eventualmente se irán incorporando. Este y no otro es el motivo del presente trabajo a fin que el Juzgador como los operadores del derecho puedan obtener una visión lo más técnica posible del instituto en cuestión.
Analizo los pasos o etapas que debiera tenerse en cuenta para planificar, estructurar y finalmente escribir un artıculo o “paper”. Lógicamente, lo que pretendo es que el lector conozca la experiencia del autor para que con ello, pueda animarse a producir su propio trabajo.
Realizo una introducción diferenciando estafa y defraudación para luego efectuar un breve análisis del tipo penal "estafa'' previsto en el art. 335 del Código Penal de Bolivia.
Posteriormente, incursiono en la `"estafa procesal'' como una modalidad de defraudación de factible tipicidad y consecuente aplicación por parte del Ministerio Público, del querellante, cuanto no por parte de la defensa técnica legal a asumir.
Finalizo, como paso previo a las conclusiones, observando otras derivaciones que pueden surgir a partir de la tipificación del delito en cuestión.
Trabajo presentado y expuesto en fecha 25 de Mayo de 2012 en la “Conferencia Arbitraje en Bolivia” que fuera organizado por la Universidad Católica Boliviana San Pablo a iniciativa de su Centro de Estudiantes de Derecho. A los fines pedagógicos, tratándose de una conferencia destinada a los estudiantes universitarios de pregrado, se abordó el Arbitraje efectuando en primera instancia una introducción de todo su iter procesal explicando la forma ordinaria de conclusión del proceso: el Laudo Arbitral. Posteriormente, entrando de lleno en el Recurso de Anulación, se estudiaron sus antecedentes,
naturaleza jurídica, requisitos sustantivos como adjetivos concluyendo con las causales de anulación.
Analizo, en el marco de la ley de deslinde jurisdiccional, la trascendencia y necesidad de conferir a la jurisdicción indígena originaria campesina competencia para la cualificación y cuantificación de los daños a reparar debido a las lesiones ambientales que pudieren sufrir los pueblos indígenas y tribales en sus territorios y hábitat. Para ello, abordo la especialidad de la "Responsabilidad Civil Extracontractual" en cuanto a su temática y presupuestos ingresando, luego de ello, al daño ambiental como interés supraindividual en sí mismo, su especial concurrencia de presupuestos y su resarcibilidad aún tratándose de intereses difusos o colectivos. Finalizo proponiendo una serie de observaciones a tener en cuenta a modo de conclusiones arribadas en esta investigación.
Incursiono en el estudio de la querella nullitatis romana, la que durante el transcurso del tiempo se fué amoldando con el paso de los siglos a una y otra legislación hasta nuestros días,todo ello con la finalidad de lograr la revisión efectiva de la res iudicata. En ello, la labor pretoriana del Tribunal Constitucional de Bolivia tuvo una extensa labor, con lo cual, existe una tesis permisiva de la Acción Autónoma de Nulidad por la Cosa Juzgada Írrita y, a su vez, delimita que la jurisdicción y competencia del Alto Tribunal ---en verdad--- solo lo es para concisas y precisas vulneraciones de raigambre constitucional, no así una tercera instancia a la cual los operadores del derecho solemos acudir vía la acción de amparo. Finalizo efectuando las conclusiones del caso estudiado como punto inicial de futuras investigaciones a realizar por parte del lector.
Determino las estrategias que debiera tenerse en cuenta para planificar, estructurar y finalmente escribir un artículo o "paper" de Ciencias Sociales conforme a la Asociación Americana de Psicología (APA) Sexta Edición. Se pretende que el lector produzca su propio trabajo.
El Proceso Extraordinario en Bolivia —en el Nuevo Código Procesal Civil— no se trata de una creación netamente nacional sino la adaptación de aquél Modelo Iberoamericano de Proceso Civil ya incursionado desde Uruguay. Lo que sí es netamente regional es el afán del legislador de obtener un proceso extraordinario en todo el sentido de la palabra que dirima en una sola audiencia particularmente toda aquella controversia en materia de posesión (interdictos posesorios), tenencia (desalojo de vivienda) y otros aspectos que eventualmente se irán incorporando. Este y no otro es el motivo del presente trabajo a fin que el Juzgador como los operadores del derecho puedan obtener una visión lo más técnica posible del instituto en cuestión.
Analizo los pasos o etapas que debiera tenerse en cuenta para planificar, estructurar y finalmente escribir un artıculo o “paper”. Lógicamente, lo que pretendo es que el lector conozca la experiencia del autor para que con ello, pueda animarse a producir su propio trabajo.
Realizo una introducción diferenciando estafa y defraudación para luego efectuar un breve análisis del tipo penal "estafa'' previsto en el art. 335 del Código Penal de Bolivia.
Posteriormente, incursiono en la `"estafa procesal'' como una modalidad de defraudación de factible tipicidad y consecuente aplicación por parte del Ministerio Público, del querellante, cuanto no por parte de la defensa técnica legal a asumir.
Finalizo, como paso previo a las conclusiones, observando otras derivaciones que pueden surgir a partir de la tipificación del delito en cuestión.
Trabajo presentado y expuesto en fecha 25 de Mayo de 2012 en la “Conferencia Arbitraje en Bolivia” que fuera organizado por la Universidad Católica Boliviana San Pablo a iniciativa de su Centro de Estudiantes de Derecho. A los fines pedagógicos, tratándose de una conferencia destinada a los estudiantes universitarios de pregrado, se abordó el Arbitraje efectuando en primera instancia una introducción de todo su iter procesal explicando la forma ordinaria de conclusión del proceso: el Laudo Arbitral. Posteriormente, entrando de lleno en el Recurso de Anulación, se estudiaron sus antecedentes,
naturaleza jurídica, requisitos sustantivos como adjetivos concluyendo con las causales de anulación.
Analizo, en el marco de la ley de deslinde jurisdiccional, la trascendencia y necesidad de conferir a la jurisdicción indígena originaria campesina competencia para la cualificación y cuantificación de los daños a reparar debido a las lesiones ambientales que pudieren sufrir los pueblos indígenas y tribales en sus territorios y hábitat. Para ello, abordo la especialidad de la "Responsabilidad Civil Extracontractual" en cuanto a su temática y presupuestos ingresando, luego de ello, al daño ambiental como interés supraindividual en sí mismo, su especial concurrencia de presupuestos y su resarcibilidad aún tratándose de intereses difusos o colectivos. Finalizo proponiendo una serie de observaciones a tener en cuenta a modo de conclusiones arribadas en esta investigación.
Incursiono en el estudio de la querella nullitatis romana, la que durante el transcurso del tiempo se fué amoldando con el paso de los siglos a una y otra legislación hasta nuestros días,todo ello con la finalidad de lograr la revisión efectiva de la res iudicata. En ello, la labor pretoriana del Tribunal Constitucional de Bolivia tuvo una extensa labor, con lo cual, existe una tesis permisiva de la Acción Autónoma de Nulidad por la Cosa Juzgada Írrita y, a su vez, delimita que la jurisdicción y competencia del Alto Tribunal ---en verdad--- solo lo es para concisas y precisas vulneraciones de raigambre constitucional, no así una tercera instancia a la cual los operadores del derecho solemos acudir vía la acción de amparo. Finalizo efectuando las conclusiones del caso estudiado como punto inicial de futuras investigaciones a realizar por parte del lector.
Determino las estrategias que debiera tenerse en cuenta para planificar, estructurar y finalmente escribir un artículo o "paper" de Ciencias Sociales conforme a la Asociación Americana de Psicología (APA) Sexta Edición. Se pretende que el lector produzca su propio trabajo.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.