Contiene un cuadro sobre diferencias, similitudes y contradicciones entre el Código Civil, Ley 247 de Regularización del Derecho propietario sobre bienes inmuebles urbanos y el Proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado. Puede también hallar mas artículos en nuestro sitio www.abogadossantacruz.blogspot.com o en nuestra red social http://www.facebook.com/abogadossantacruz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
Apectos legales de los Negocios Inmobiliarios
1. LOS DERECHOS REALES Y
LA CUESTIÓN SOCIAL
LOS DERECHOS REALES EN
NUESTRO CÓDIGO CIVIL
CARACTERÍSTICAS
2. Cosas en
CLASIFICACIÓN el comercio y Cosas divisibles
DE LAS COSAS fuera del y no divisibles
comercio
Cosas Cosas
muebles é principales y
inmuebles. accesorias
Cosas
Cosas
consumibles
fungibles y no
y no
fungibles
consumibles.
3. SON DERECHOS REALES
• El dominio, el condominio Y
• El usufructo
El uso y la habitación
• Las Servidumbres.
• La Prenda y la Hipoteca
SE PROTEGEN MEDIANTE
• Acción Reivindicatoria.
• Acción Confesoria.
• Acción Negatoria.
4. Bienes Inmuebles y
Muebles Art. 74 CC
Inmuebles = La tierra y
todo lo adherido Art. 75
Muebles = Todos los
otros bienes. Art. 76
5. LA PROPIEDAD
Poder Jurídico Art. 105 CC
La propiedad es un poder jurídico que
permite usar, gozar y disponer de una
cosa…
USO, GOCE Y DISPOSICIÓN
Compatible Colectividad En el marco de la ley
OJO.- Ley 247 de Regularización Toda persona tiene derecho a la propiedad
Der. Prop. privada individual o colectiva, siempre que
P. Ley de Ext. de Dom. ésta cumpla una función social.
DEBE CUMPLIR UNA FUNCIÓN SOCIAL
Art. 106 CC Art. 56 CPC actual
6. CARACTERISTICAS Y FACULTADES
Plenitud Autonomía Exclusividad
Perpetuidad IUS UTENDI IUS FRUENDI
IUS IUS
IUS JUDICATI
ABUTENDI DISPONIENDI
7. PROTECCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO
FRENTE A LOS PARTICULARES
• El propietario puede hacer valer acción reivindicatoria o acción negatoria. Las acciones
reales o petitorias, y acciones posesorias confieren al propietario una sólida y eficaz
defensa contra los ataques ilegítimos a que está expuesto en sus relaciones contra terceros.
FRENTE AL PODER PÚBLICO
• La propiedad no carece de protección frente al Estado. Es verdad que el Estado con
frecuencia se ve en la obligación de ocupar o autorizar la ocupación de bienes
pertenecientes a los particulares, para la mejor realización de sus fines, pero está obligado
a pagar un precio justo y en la forma que se establece previamente.
8. ARTÍCULO
EXPROPIACIÓN
108.- La
expropiación sólo procede
con pago de una justa y
previa indemnización, en los
casos siguientes: 1) Por causa
de utilidad pública. 2)
Cuando la propiedad no
cumple una función social.
Requisitos Fundamentos Naturaleza
9. ASPECTOS LEGALES – DIFERENCIAS – SIMILITUDES- CONTRADICCIONES
CÓDIGO CIVIL LEY 247 L. DE EXT. DE DOM. DE BIENES
D.L. 12760 REGUL. DEL D. PROPIETARIO A FAVOR DEL ESTADO
La Propiedad, es un Poder Art. 2 regular el derecho prop. Art. 1 (objeto): Regular el
jurídico (art. 105 C.C) 56 CPE De quien se encuentre en Proc. De Extinción de bienes
posesión continua, pública, de procedencia ilícita por
pacífica de un inmueble actividades de narcotráfico,
destinado a vivienda dentro el contrabando, corrupción y
radio urbano. legitimación de ganancias sin
contraprestación…
Art. 107 (Abuso del Derecho) Art 2 (Finalidad) regularizar Art. 2 (Fines): Identifica bienes
El propietario no puede legal y técnicamente la procedentes o utilizados en
realizar actos con el único propiedad de poseedores actividades ilícitas
propósito de perjudicar o de beneficiarios con o sin título.
ocasionar molestias a otros…
Art. 87 (Posesión), es un poder Art. 9 (Legitimación) Art 3 (Extinción del Dominio)
de hecho ejercido sobre una Poseedores beneficiarios en Acción Administrativa no
cosa con actos que denotan un plazo de 2 años a partir de judicial, que consiste en la
intención de ser dueño. ésta ley y publicación de la pérdida del derecho de
R.S. de la norma municipal q propiedad o posesión por las
delimita el radio urbano. conductas que prevé art. 5
10. ASPECTOS LEGALES – DIFERENCIAS – SIMILITUDES- CONTRADICCIONES
CÓDIGO CIVIL LEY 247 L. DE EXT. DE DOM. DE BIENES
D.L. 12760 REGUL. DEL D. PROPIETARIO A FAVOR DEL ESTADO
Art. 88 Presunción de Art. 9 (Legitimación) Esta legitimado el Estado
Posesión: Se presume Poseedores beneficiarios en mediante sus órganos de
poseedor, al que tiene poder un plazo de 2 años a partir de administración designados.
sobre la cosa siempre que se ésta ley y publicación de la (ASFI, Min. Público, Policía,
prueba que no empezó como R.S. de la norma municipal q Procuraduría Gral. del Estado)
detentador. delimita el radio urbano.
Art. 134 (Usucapión Art. 5.g) Principio de buena fe, Art. 5 (Causales ) Bienes
Quinquenal)Quien en virtud a concordante con el art. 93.II identificados en flagrancia.
TÍTULO IDÓNEO, para del C. Civil actual Cuando en juicio existan
transferir adquiere de buena elementos suficientes. Contra
fe un inmueble… bienes de servidor público.
Art. 149 (Usucapión de Mala Art. 11.- Adquiere la Es contundente e inmediata
fe) adquiere la propiedad a los propiedad a los 5 años. salvo lo previsto por el art. 11
10 años. (Impugnación) mediante
recursos administrativos.
11. CONTENIDO •CONSENTIMIENTO
ESENCIAL •OBJETO
DE UN
CONTRATO •CAUSA
452 cc •FORMA
12. Autorización de Venta a
Inmobiliarias
Contenido LA RESERVA
básico de la DE COMPRA
autorización INMOBILIARIA
13. DIFERENCIAS ENTRE CORREDOR Y
CORRETAJE
CORREDOR CORRETAJE
No actúa en representación Una persona ofrece su casa en
de las partes sin mandato, anticrético, la inmobiliaria se
solo logra un acercamiento. encarga de todo incluso
elabora el contrato y lo
entrega a las partes que lo
quieren vender.
Solo logra un acercamiento Logran el negocio