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CONTROL DEL TIEMPO DE
TRABAJO
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LES RECORDAMOS QUE LA AUDIENCIA
NACIONAL SEÑALÓ:
Las empresas están obligadas a llevar a cabo un
registro diario de las horas que realice cada empleado
con independencia de su tipo de contrato, a fin de
poder asegurar el control de las horas extraordinarias.
Las empresas deberán implantar sistemas de control
para elaborar y gestionar el registro de la jornada
laboral.
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COMO CONSECUENCIA DE LA
SENTENCIA DE LA AUDIENCIA
NACIONAL
La Inspección deTrabajo está llevando a cabo una
CAMPAÑA de control de la jornada de trabajo de todos
los trabajadores.
Pretende evitar el fraude en la realización de horas
extraordinarias y en la contratación de trabajadores a
tiempo parcial indebida, y procurar su correcta
vigilancia, retribución y cotización.
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OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS
Implantar un sistema de control de la jornada diaria, con
el horario concreto de entrada y salida de cada trabajador,
sirviendo medios documentales o electrónicos.
Conservación de los registros de jornada durante un
periodo mínimo de cuatro años
Entregar a los representantes legales de los trabajadores
copia de los resúmenes de jornada con las horas extras
realizadas.
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TRABAJADORES ATIEMPO PARCIAL
Realización del cómputo total
por mes de las horas
ordinarias y
complementarias, y entrega
de copia del resumen al
trabajador junto a su nómina.
De comprobarse falta alguna
en el registro de jornada, el
contrato del trabajador
contratado a tiempo parcial
se presumirá
automáticamente a jornada
completa.
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INCUMPLIMIENTOS EN MATERIA
DE REGISTRO DE JORNADA
No implantar un sistema de control de la jornada diaria
de trabajo de todos los trabajadores de la empresa.
No entregar los resúmenes mensuales a los trabajadores
contratados a tiempo parcial, incluidos los trabajadores
con reducción de jornada por conciliación de la vida
laboral y familiar.
No entregar a los representantes legales de los
trabajadores copia de los resúmenes de jornada con las
horas extras realizadas.
Y cualesquiera otros relacionados con la jornada de
trabajo.
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A DV E RT E N C I A
La Inspección deTrabajo está
requiriendo a las empresas la
entrega mensual, a todos sus
trabajadores , del registro de
jornada.
Y ello a pesar de que algunos
juzgados no lo consideran
ajustado a derecho
fomentando así la inseguridad
Jurídica.
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SANCIONES
En caso de incumplimiento en materia de registro de
jornada, la Inspección de trabajo podrá sancionar con
multas que van desde los 626€ a los 6.250€.
Sin perjuicio de las cotizaciones que puedan derivarse
de la jornada efectivamente realizada.
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Circular control del tiempo de trabajo.

  • 1.
  • 2.
    www.corporacion-jurídica.es LES RECORDAMOS QUELA AUDIENCIA NACIONAL SEÑALÓ: Las empresas están obligadas a llevar a cabo un registro diario de las horas que realice cada empleado con independencia de su tipo de contrato, a fin de poder asegurar el control de las horas extraordinarias. Las empresas deberán implantar sistemas de control para elaborar y gestionar el registro de la jornada laboral.
  • 3.
    www.corporacion-jurídica.es COMO CONSECUENCIA DELA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL La Inspección deTrabajo está llevando a cabo una CAMPAÑA de control de la jornada de trabajo de todos los trabajadores. Pretende evitar el fraude en la realización de horas extraordinarias y en la contratación de trabajadores a tiempo parcial indebida, y procurar su correcta vigilancia, retribución y cotización.
  • 4.
    www.corporacion-jurídica.es OBLIGACIONES DE LASEMPRESAS Implantar un sistema de control de la jornada diaria, con el horario concreto de entrada y salida de cada trabajador, sirviendo medios documentales o electrónicos. Conservación de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años Entregar a los representantes legales de los trabajadores copia de los resúmenes de jornada con las horas extras realizadas.
  • 5.
    www.corporacion-jurídica.es TRABAJADORES ATIEMPO PARCIAL Realizacióndel cómputo total por mes de las horas ordinarias y complementarias, y entrega de copia del resumen al trabajador junto a su nómina. De comprobarse falta alguna en el registro de jornada, el contrato del trabajador contratado a tiempo parcial se presumirá automáticamente a jornada completa.
  • 6.
    www.corporacion-jurídica.es INCUMPLIMIENTOS EN MATERIA DEREGISTRO DE JORNADA No implantar un sistema de control de la jornada diaria de trabajo de todos los trabajadores de la empresa. No entregar los resúmenes mensuales a los trabajadores contratados a tiempo parcial, incluidos los trabajadores con reducción de jornada por conciliación de la vida laboral y familiar. No entregar a los representantes legales de los trabajadores copia de los resúmenes de jornada con las horas extras realizadas. Y cualesquiera otros relacionados con la jornada de trabajo.
  • 7.
    www.corporacion-jurídica.es A DV ERT E N C I A La Inspección deTrabajo está requiriendo a las empresas la entrega mensual, a todos sus trabajadores , del registro de jornada. Y ello a pesar de que algunos juzgados no lo consideran ajustado a derecho fomentando así la inseguridad Jurídica.
  • 8.
    www.corporacion-jurídica.es SANCIONES En caso deincumplimiento en materia de registro de jornada, la Inspección de trabajo podrá sancionar con multas que van desde los 626€ a los 6.250€. Sin perjuicio de las cotizaciones que puedan derivarse de la jornada efectivamente realizada.
  • 9.