CIRCULAR INFORMATIVA
IMPORTANTE MOFICACIÓN:
LA SEGURIDAD SOCIAL YA NO NOTIFICA POR CORREO
POSTAL. A PARTIR DE AHORA LO HACE, AL IGUAL QUE
HACIENDA, POR PLATAFORMA ELECTRONICA.
IMPLANTACIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DE LA NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA La Orden
Ministerial ESS/485/2013, de 26 de marzo de 2013, por la que se regulan las
notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad
Social, establece los supuestos y condiciones en que los sujetos responsables en este
ámbito van a quedar obligados a recibir por medios electrónicos las notificaciones y
comunicaciones que les dirija la Administración de la Seguridad Social.
Esta obligación alcanza a los siguientes colectivos:
- Todas las empresas cualesquiera que sea su actividad, encuadradas en
cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social e
independientemente del número de trabajadores.
- Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, con excepción de los
correspondientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia
Agrarios, que al mismo tiempo tengan la condición de empresarios obligados a
transmitir por el Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) los datos
relativos a sus trabajadores.
- Empresas y demás sujetos responsables encuadrados en los Sistemas
Especiales del Régimen General, excepto el Sistema Especial de Empleados de
Hogar.
ACTOS NOTIFICABLES POR VÍA TELEMÁTICA
Los actos de gestión recaudatoria objeto de notificación telemática son los siguientes:
- Reclamaciones de deuda
- Providencias de apremio
- Comunicación del inicio del procedimiento de deducción
- Actos del procedimiento de apremio por cuotas y conceptos de recaudación
conjunta y otros recursos
- Actos del procedimiento administrativo de aplazamiento del pago de deudas
con la Seguridad Social
Paulatinamente, se irán incorporando nuevos actos. Sus fechas de inclusión se
regularán resoluciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
MANUAL DE AYUDA PARA LA GESTIÓN DE NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS
Para que nuestros clientes puedan acceder sin problemas al servicio de notificaciones
de la Seguridad Social, hemos elaborado una breve guía explicando los pasos que
deben seguir a la hora de entrar en el portal para realizar cualquier procedimiento.
Los accesos a la Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas estarán disponibles en
la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, https://sede.seg-
social.gob.es/. Desde esta página, el usuario deberá acceder a la sección "Mi sede
electrónica" y al apartado "Mis notificaciones" como muestra la siguiente pantalla:
El texto que se muestra al usuario en la sección de "Mis notificaciones" es el siguiente:
Para acceder a los servicios se requiere identificación mediante el certificado digital o
el certificado SILCON. EL certificado digital, según la entidad emisora, puede expedirse
para persona física o para persona jurídica. Por el contrario, el certificado SILCON se
emite únicamente para persona física.
El usuario podrá consultar y firmar sus notificaciones a través de los enlaces "Acceso
con certificado digital" y "Acceso con certificado SILCON". Estos enlaces están
disponibles en el apartado Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas dentro de la
página "Mis Notificaciones".
Tras acceder a la aplicación, al usuario le aparecerá una pantalla con todas las
notificaciones a las que tiene acceso, tanto personales como profesionales:
IMPORTANTE
Una vez puesta a disposición la notificación o comunicación en la Sede Electrónica, el
interesado deberá acceder en el plazo de 10 días naturales. Transcurrido este periodo
sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada, dándose por cumplido el
trámite de notificación y continuándose con el procedimiento.
Para obtener información acerca de un documento transcurridos esos 10 días desde su
publicación, el usuario deberá acudir a las Administraciones de la Seguridad Social.
En cada notificación se indica la siguiente información:
- Campo "Descripción", que contiene un texto con la descripción de la
notificación.
- Campo "Puesta a disposición", indica la fecha y hora en la que la notificación
fue puesta a disposición del usuario en la Sede.
- Campo "Tipo Destinatario", indica el tipo de destinatario objeto de la
notificación (Régimen CCC, NAF, NIF O NIE).
- Campo "Destinatario", indica el identificador NIF del destinatario.
- Campo "Nombre y apellidos/Razón Social", indica los datos del IPF al que va
referida la notificación.
- Campo "Acuse", puede tomar los valores:
o "Notificada": Significa que el usuario ha abierto la notificación, la
ha aceptado y se ha generado el certificado de acuse de la
notificación con la fecha de notificación en Sede.
o "Rechazada": Significa que el usuario ha abierto la notificación, la
ha rechazado y se ha generado el certificado de acuse de la
notificación con la fecha de rechazo en Sede.
o "No": Significa que el usuario no ha abierto la notificación, es
decir, no la ha firmado o rechazado.
El usuario tiene además la posibilidad de consultar la información de la notificación
seleccionada pulsando el botón "Ver Notificación" o de realizar la firma múltiple de las
notificaciones seleccionándolas previamente y pulsando en el botón "Firmar".

Circular informativa notificaciones seg social

  • 1.
    CIRCULAR INFORMATIVA IMPORTANTE MOFICACIÓN: LASEGURIDAD SOCIAL YA NO NOTIFICA POR CORREO POSTAL. A PARTIR DE AHORA LO HACE, AL IGUAL QUE HACIENDA, POR PLATAFORMA ELECTRONICA. IMPLANTACIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DE LA NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA La Orden Ministerial ESS/485/2013, de 26 de marzo de 2013, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social, establece los supuestos y condiciones en que los sujetos responsables en este ámbito van a quedar obligados a recibir por medios electrónicos las notificaciones y comunicaciones que les dirija la Administración de la Seguridad Social. Esta obligación alcanza a los siguientes colectivos: - Todas las empresas cualesquiera que sea su actividad, encuadradas en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social e independientemente del número de trabajadores. - Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, con excepción de los correspondientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, que al mismo tiempo tengan la condición de empresarios obligados a transmitir por el Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) los datos relativos a sus trabajadores. - Empresas y demás sujetos responsables encuadrados en los Sistemas Especiales del Régimen General, excepto el Sistema Especial de Empleados de Hogar. ACTOS NOTIFICABLES POR VÍA TELEMÁTICA Los actos de gestión recaudatoria objeto de notificación telemática son los siguientes: - Reclamaciones de deuda - Providencias de apremio - Comunicación del inicio del procedimiento de deducción
  • 2.
    - Actos delprocedimiento de apremio por cuotas y conceptos de recaudación conjunta y otros recursos - Actos del procedimiento administrativo de aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social Paulatinamente, se irán incorporando nuevos actos. Sus fechas de inclusión se regularán resoluciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. MANUAL DE AYUDA PARA LA GESTIÓN DE NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS Para que nuestros clientes puedan acceder sin problemas al servicio de notificaciones de la Seguridad Social, hemos elaborado una breve guía explicando los pasos que deben seguir a la hora de entrar en el portal para realizar cualquier procedimiento. Los accesos a la Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas estarán disponibles en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, https://sede.seg- social.gob.es/. Desde esta página, el usuario deberá acceder a la sección "Mi sede electrónica" y al apartado "Mis notificaciones" como muestra la siguiente pantalla:
  • 3.
    El texto quese muestra al usuario en la sección de "Mis notificaciones" es el siguiente: Para acceder a los servicios se requiere identificación mediante el certificado digital o el certificado SILCON. EL certificado digital, según la entidad emisora, puede expedirse para persona física o para persona jurídica. Por el contrario, el certificado SILCON se emite únicamente para persona física. El usuario podrá consultar y firmar sus notificaciones a través de los enlaces "Acceso con certificado digital" y "Acceso con certificado SILCON". Estos enlaces están disponibles en el apartado Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas dentro de la página "Mis Notificaciones".
  • 4.
    Tras acceder ala aplicación, al usuario le aparecerá una pantalla con todas las notificaciones a las que tiene acceso, tanto personales como profesionales: IMPORTANTE Una vez puesta a disposición la notificación o comunicación en la Sede Electrónica, el interesado deberá acceder en el plazo de 10 días naturales. Transcurrido este periodo sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada, dándose por cumplido el trámite de notificación y continuándose con el procedimiento. Para obtener información acerca de un documento transcurridos esos 10 días desde su publicación, el usuario deberá acudir a las Administraciones de la Seguridad Social. En cada notificación se indica la siguiente información: - Campo "Descripción", que contiene un texto con la descripción de la notificación. - Campo "Puesta a disposición", indica la fecha y hora en la que la notificación fue puesta a disposición del usuario en la Sede. - Campo "Tipo Destinatario", indica el tipo de destinatario objeto de la notificación (Régimen CCC, NAF, NIF O NIE).
  • 5.
    - Campo "Destinatario",indica el identificador NIF del destinatario. - Campo "Nombre y apellidos/Razón Social", indica los datos del IPF al que va referida la notificación. - Campo "Acuse", puede tomar los valores: o "Notificada": Significa que el usuario ha abierto la notificación, la ha aceptado y se ha generado el certificado de acuse de la notificación con la fecha de notificación en Sede. o "Rechazada": Significa que el usuario ha abierto la notificación, la ha rechazado y se ha generado el certificado de acuse de la notificación con la fecha de rechazo en Sede. o "No": Significa que el usuario no ha abierto la notificación, es decir, no la ha firmado o rechazado. El usuario tiene además la posibilidad de consultar la información de la notificación seleccionada pulsando el botón "Ver Notificación" o de realizar la firma múltiple de las notificaciones seleccionándolas previamente y pulsando en el botón "Firmar".