La Seguridad Social ya no notifica por correo, sino por medios electrónicos. Las empresas, trabajadores autónomos y sistemas especiales del régimen general, excepto empleados de hogar, deben recibir notificaciones de la Seguridad Social de forma telemática sobre reclamaciones de deuda, providencias de apremio y otros asuntos. Se ha creado un portal electrónico para que los usuarios puedan acceder a sus notificaciones utilizando certificado digital o SILCON y firmarlas de forma telemática.