En Eurosega ayudamos a las empresas a cumplir con lo establecido en el 85.2 del Estatuto de los Trabajadores, según el cual y sin perjuicio de la libertad de contratación que se reconoce a las partes, a través de la negociación colectiva, se articulará el deber de negociar planes de igualdad en las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores de la siguiente forma: a) En los convenios colectivos de ámbito empresarial, el deber de negociar se formalizará en el marco de la negociación de dichos convenios. b) En los convenios colectivos de ámbito superior a la empresa, el deber de negociar se formalizará a través de la negociación colectiva que se desarrolle en la empresa en los términos y condiciones que se hubieran establecido en los indicados convenios para cumplimentar dicho deber de negociar a través de las oportunas reglas de complementariedad. El art. 85.2 contiene la obligación de introducir en la negociación colectiva medidas en materia de igualdad, estando vigente esta exigencia desde la primera denuncia del convenio colectivo producida a partir de la entrada en vigor de la LO 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Esta ley ha sido modificada extendiendo el deber de negociar planes de igualdad en las empresas de más de 50 trabajadores con un calendario de aplicación paulatina previsto en la disposición transitoria 2, un año desde la publicación de la ley para las empresas entre 150 y 250 trabajadores; 2 años para las empresas entre 100 y 150 trabajadores; y 3 años para las empresas entre 50 y 100 personas). El Plan de igualdad es un conjunto ordenado de medidas tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Eurosega elabora el Plan de Igualdad que su empresa necesita y lo convierte en una apuesta de inversión para garantizar los objetivos integrales de la entidad, y lo convierte en un elemento estratégico que introduce en las empresas formas innovadoras de gestión y mejora su eficacia organizativa, aportando además una imagen positiva de la entidad. Los profesionales de EUROSEGA ayudarán a su empresa a conseguir que la política de igualdad se convierta en uno de los ejes prioritarios de la cultura empresarial, la cual, incorporada de forma permanente en la gestión del capital humano de la entidad garantizará, de forma efectiva, que tanto las mujeres como los hombres cuenten con las mismas oportunidades en el acceso, participación y permanencia en todas las prácticas de dicha gestión. Los planes de igualdad elaborados por Eurosega contemplarán aspectos relativos al acceso al empleo, ordenación de los tiempos de trabajo para facilitar la conciliación vida personal, laboral y familiar, clasificación profesional, promoción y desarrollo de carrera, formación continua, retribución, acoso sexual y por razón de sexo, lenguaje y comunicación no sexista y salud laboral, entre otros.