La Coalición lamenta que pese a que “si bien vivimos en tiempos de Democracia, la tortura sigue vigente en nuestro país, en formas diversas y manifestando graves secuelas”.
Reporte de Coyuntura - Transparent Noviembre 2020Cristina CG
Reporte de las noticias más relevantes ocurridas en noviembre de 2020. En este mes, incluimos el ítem de opinión en el que se incluye el análisis de diversos temas inherentes a Ecuador.
presentacion realizada en base a dos leyes venezolanas como seon la ley de proteccion a la mujer a una vida libre de violencia y la ley de drogas en venezuela
Ley 8/2014, de 28 de octubre, de no discrimina- ción por motivos de identidad de género y de re- conocimiento de los derechos de las personas transexuales (BOC 215, de 5.11.2014)
Termina el 2012 con la astronómica cifra de casi cuatro millones de
ciudadanos desplazados forzosamente por la violencia en el país. Esta población representa el ochenta y cuatro por ciento de las víctimas y nos recuerdan segundo a segundo que las acciones adelantadas por las instituciones del Gobierno y los órganos del Estado deben estar enmarcadas bajo la premisa de la existencia de un conflicto armado.
formas de violencia contra las mujeres, atribuciones de los organismos competentes, las diversas especies del delito. Responsabilidad civil. Circunstancias agravantes. Legitimación para denunciar. Órganos receptores de denuncia.
La Ley de Drogas, generalidades, definiciones básicas.
Informe sobre estándares internacionales de derechos humanosEmisor Digital
Publicación de la Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) para legislación sobre el aborto en Chile
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA, DERECHOS HUMANOS, MATERIA DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, INFORME DE MICHEL BACHELET DE VENEZUELA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN DEL ARCO MINERO DEL ORINOCO
Reporte de Coyuntura - Transparent Noviembre 2020Cristina CG
Reporte de las noticias más relevantes ocurridas en noviembre de 2020. En este mes, incluimos el ítem de opinión en el que se incluye el análisis de diversos temas inherentes a Ecuador.
presentacion realizada en base a dos leyes venezolanas como seon la ley de proteccion a la mujer a una vida libre de violencia y la ley de drogas en venezuela
Ley 8/2014, de 28 de octubre, de no discrimina- ción por motivos de identidad de género y de re- conocimiento de los derechos de las personas transexuales (BOC 215, de 5.11.2014)
Termina el 2012 con la astronómica cifra de casi cuatro millones de
ciudadanos desplazados forzosamente por la violencia en el país. Esta población representa el ochenta y cuatro por ciento de las víctimas y nos recuerdan segundo a segundo que las acciones adelantadas por las instituciones del Gobierno y los órganos del Estado deben estar enmarcadas bajo la premisa de la existencia de un conflicto armado.
formas de violencia contra las mujeres, atribuciones de los organismos competentes, las diversas especies del delito. Responsabilidad civil. Circunstancias agravantes. Legitimación para denunciar. Órganos receptores de denuncia.
La Ley de Drogas, generalidades, definiciones básicas.
Informe sobre estándares internacionales de derechos humanosEmisor Digital
Publicación de la Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) para legislación sobre el aborto en Chile
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA, DERECHOS HUMANOS, MATERIA DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, INFORME DE MICHEL BACHELET DE VENEZUELA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN DEL ARCO MINERO DEL ORINOCO
En Bolivia, no hay una política de lucha contra la tortura. Hay una política de negación de esta práctica nefasta. Bolivia ha firmado y ratificado la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas el 12 de abril de 1999 y ratificó el Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura el 23 de mayo de 2006.
Cuadro Comparativo sobre el procedimiento de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, Ley Orgánica Sobre el Derecho a Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por ultimo Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente
Silencio a La Fuerza 'Detenciones Arbitrarias por Motivos Políticos en Venezu...Rasjomanny Puntorg
Amnistía Internacional 'Lanzamos campaña global contra detenciones arbitrarias en Venezuela'
https://www.amnesty.org/es/documents/amr53/6014/2017/en/
Silencio a La Fuerza: Detenciones Arbitrarias por Motivos Políticos en Venezuela detalla el catálogo de acciones ilegales por parte de las autoridades venezolanas para reprimir la libre expresión.
Estas incluyen las detenciones sin órdenes judiciales por parte del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), el procesamiento de activistas pacíficos por delitos “contra la patria” y la imposición de medidas de prisión preventiva sin justificación y campañas difamatorias en medios de comunicación contra miembros de la oposición, entre otras medidas.
“En Venezuela está prohibido disentir. Las autoridades parecen no tener límite a la hora de aplicar un sinnúmero de argucias legales para castigar a quienes expresan una opinión diferente de la oficial,” dijo Erika Guevara Rosas, Directora para las Américas de Amnistía Internacional.
“En vez de obsesionarse por acallar cualquier opinión contraria a la oficial, las autoridades venezolanas deberían enfocarse en buscar soluciones prácticas y duraderas a la profunda crisis que sufre el país.”
Silencio a La Fuerza 'Detenciones Arbitrarias por Motivos Políticos en Venezu...Selassie Networks
Amnistía Internacional 'Lanzamos campaña global contra detenciones arbitrarias en Venezuela'
https://www.amnesty.org/es/documents/amr53/6014/2017/en/
Silencio a La Fuerza: Detenciones Arbitrarias por Motivos Políticos en Venezuela detalla el catálogo de acciones ilegales por parte de las autoridades venezolanas para reprimir la libre expresión.
Estas incluyen las detenciones sin órdenes judiciales por parte del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), el procesamiento de activistas pacíficos por delitos “contra la patria” y la imposición de medidas de prisión preventiva sin justificación y campañas difamatorias en medios de comunicación contra miembros de la oposición, entre otras medidas.
“En Venezuela está prohibido disentir. Las autoridades parecen no tener límite a la hora de aplicar un sinnúmero de argucias legales para castigar a quienes expresan una opinión diferente de la oficial,” dijo Erika Guevara Rosas, Directora para las Américas de Amnistía Internacional.
“En vez de obsesionarse por acallar cualquier opinión contraria a la oficial, las autoridades venezolanas deberían enfocarse en buscar soluciones prácticas y duraderas a la profunda crisis que sufre el país.”
La fiscalía amenaza con más “pruebas” que habrían surgido en último momento y un emisario del Ministerio de Gobierno ofrece procedimiento abreviado, es decir, que Uría acepte una culpa inexistente a cambio de libertad o 15 años de cárcel de la mano del ministro —o acaso juez— Eduardo del Castillo.
Contar con un Protocolo de Atención al Usuario permitirá establecer
parámetros de comunicación, sino que también ayudará a los
servidores judiciales a seguir una misma línea de comunicación que
responda las preguntas y quejas de los usuarios, litigantes y abogados
sin contratiempos.
La presente Ley tiene por objeto establecer el marco normativo sabre las medidas que permitan proteger a la persona, la familia y la comunidad, contra las consecuencias sanitarias, sociales. ambientales y económicas del consume de tabaco y de la exposición al humo de tabaco.
El control del tabaco es sumamente importante para acelerar el progreso hacia la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, dada la carga que los productos de tabaco imponen sobre la salud, la
economía, el medioambiente y las sociedades en general. El tabaco sigue siendo el único producto
de consumo legal que mata hasta la mitad de quienes lo consumen siguiendo las instrucciones
de los fabricantes, y es un factor de riesgo de las cuatro enfermedades no transmisibles (ENT) más prevalentes en todo el mundo.
Las enfermedades no transmisibles siguen planteando un importante desafío de salud pública en todos los países, especialmente en los países de ingresos bajos y medianos, en los que se registran tres cuartas partes de las muertes por esas enfermedades, agrega la OMS.
De conformidad con las consideraciones de hecho y de derecho vertidas en el presente informe de fondo, la Comisión concluye que el Estado boliviano es responsable por la violación de los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, garantías judiciales y protección judicial.
Mario Tadic y Elöd Tóásó afirman que, durante el operativo policial, los agentes tiraron las puertas de sus habitaciones y los sacaron casi desnudos al pasillo donde los esposaron, golpearon y les
propinaron patadas en todo el cuerpo. Resaltan que ninguno de los dos opuso resistencia y que no se encontraron armas de fuego en sus habitaciones; y que lo anterior fue confirmado posteriormente por los informes policiales.
Con motivo de los hechos de violencia que tuvieron lugar en Bolivia en el contexto de la crisis política
y social desatada alrededor de las elecciones del 20 de octubre de 2019, la CIDH realizó una visita de
observación a Bolivia entre los días 22 y 25 de noviembre de 2019.
La Defensoría del Pueblo observó que el Estado vulnera el derecho a la protección que tienen los niños, niñas y adolescentes (NNA) trabajadores debido a que no ha desarrollado los planes y programas establecidos en la norma para proteger a esta población y porque las instancias competentes no cuentan con registros y no hacen inspecciones específicas para verificar sus condiciones laborales, entre otras deficiencias.
En base a esta guía metodológica, El SEPRET logró identificar aproximadamente cerca de
180 personas víctimas de tortura entre 2019-2020 en toda Bolivia. De ese sector, pudo recabar
testimonios a cerca de 111 víctimas, de las cuales 48 víctimas dieron continuidad a tales
evaluaciones.
Algunos pasajes de la historia de Marco Antonio Aramayo
que mejor ejemplifican la vastedad de las torturas y otros tratos crueles, inhumanos y
degradantes de los que ha sido víctima desde su reclusión.
La presente Ley tiene por objeto establecer lineamientos y mecanismos para promover hábitos alimentarios saludables en la población boliviana, a fin de prevenir las enfermedades crónicas relacionadas con la dieta.
El Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial 442, declara Epidemia Nacional de Malnutrición por Exceso, Sobrepeso y Obesidad en Bolivia, por lo que se establece la necesidad de trabajar de manera integral y con enfoque multisectorial a partir del sistema de salud.
El derecho a protestar o manifestar inconformidad contra alguna acción o decisión
estatal está protegido por el derecho de reunión, consagrado en el artículo 15 de la
Convención Americana.
El Comité insta además al Gobierno a revisar la eficacia de los programas de prevención, detección y tratamiento de enfermedades infecciosas en las cárceles, instrucciones, métodos y prácticas de interrogatorio.
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Oscar Hassenteufel Salazar, rechazó este miércoles las afirmaciones de la exvocal Rosario Baptista, que el sábado pasado presentó su renuncia al cargo, y las calificó de temerarias y fantasiosas, debido a que, según dijo, la exfuncionaria suscribió todos los documentos oficiales del Órgano sin presentar observaciones y mucho menos denuncia alguna.
El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa
conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido
nuevas informaciones y solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en
Honduras.
Redes, colectivos, articulaciones y organizaciones de Derechos Humanos plantean al Gobierno la creación de un mecanismo de implementación de las recomendaciones del informe para ejecutar las recomendaciones del Grupo Internacional de Expertos Independientes (GIEI) realizadas en el informe presentado el 17 de agosto pasado.
Este reporte constituye la relatoría de la visita oficial que se realizó a Bolivia el 11 y 12 de marzo de
2020 para constatar la situación de los migrantes y refugiados venezolanos que han llegado a este
país.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
Coalición contra la Tortura
1. COALICIÓN CONTRA LA TORTURA
Av. 6 de Agosto 2006, Edif. V Centenario, Piso 1, Dpto. 1A ∙ Casilla 8185 ∙ Tel. +591 2 2911916 ∙ Fax +591 2 2154094 ∙
e-mail: administracion@itei.org.bo
La Paz – Bolivia
PRONUNCIAMIENTO DE LA COALICION CONTRA LA TORTURA
26 de junio – Día Internacional de las NNUU en Apoyo de las Víctimas de la Tortura
DETENCIÓN PREVENTIVA Y TORTURA
Si bien vivimos en tiempos de Democracia, la tortura sigue vigente en nuestro país, en formas diversas y
manifestando graves secuelas. De acuerdo al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y
Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Subcomité respectivo realizó su segunda visita
a Bolivia en mayo de 2017 y sacó conclusiones alarmantes de sus visitas a las cárceles.
Como primer punto a rescatar en ese valioso informe, el Servicio para la Prevención de la Tortura
(SEPRET) no puede cumplir con los requerimientos del Protocolo Facultativo. Citando el informe: “En
relación a la metodología de trabajo del SEPRET, el Subcomité notó que el organismo ponía un énfasis
desproporcionado en las condiciones materiales de detención, no entrando en detalle en eventuales
alegaciones de tortura y malos tratos”. Esto se debe en gran parte a que el SEPRET no tiene la
independencia institucional necesaria del Ministerio de Justicia que le permita denunciar al Estado. En este
panorama funesto, en el que se perpetúa la tortura, el SEPRET no es lo suficientemente libre como para
evitarlo.
En la actualidad, surgen nuevas formas de tortura, tan dañinas ―a nivel de secuelas― que merecen tanta
atención como las que ya se reconocen desde hace mucho tiempo. Entre ellas, el más crítico y frecuente en
nuestro país, es el abuso desmesurado de la detención preventiva. Al respecto, el Subcomité urge al Estado
a formular una política criminal con atenta mirada a la vulnerabilidad y los derechos humanos, rechazando
una aplicación generalizada de la detención preventiva en favor de una justicia restaurativa reparadora.
Todo ello teniendo en cuenta que la gran mayoría de las detenciones preventivas conciernen crímenes de
bagatela (según destacan los comisionados) de personas sin antecedentes criminales. En la práctica, la
detención preventiva sigue constituyendo la regla, a pesar de su carácter excepcional.
La justicia boliviana está repleta de resoluciones infundadas, sobornos, amenazas e incluso torturas. El
sistema de justicia carece de los recursos y mecanismos que se requieren para realizar una investigación
rigurosa y objetiva. La adherencia al procedimiento de obtención y valoración de pruebas es virtualmente
inexistente, haciendo de la confesión la panacea de todo juicio penal. Se ha documentado la existencia de
una perversa alianza entre la policía y los operadores de justicia, misma que expone al presunto culpable a
formas de tortura y/o de amedrentamiento para someterla y “ablandarla”. ¿Para qué molestarse en romper
las cadenas de este esquema para presentar un argumento jurídicamente fundado y basado en pruebas
fehacientes?
El “Informe sobre el estado de la Justicia 2018”1
subraya que solamente un microscópico 0,35% del
presupuesto total del Tesoro General de la Nación (TGN) se proporciona al Órgano Judicial, haciendo que
el Estado también sea responsable de esta situación. Por su parte, de acuerdo a la ética jurídica, los
abogados se encuentran legalmente obligados a “defender con lealtad y eficiencia” los intereses de las
1
“Informe sobre el Estado de la Justicia en Bolivia 2018”, elaborado por la Plataforma Ciudadana por el Acceso a la
Justicia y los Derechos Humanos, apoyado por la Unión Europea y la Fundación para el Debido Proceso, publicado
abril de 2019.
2. COALICIÓN CONTRA LA TORTURA
Av. 6 de Agosto 2006, Edif. V Centenario, Piso 1, Dpto. 1A ∙ Casilla 8185 ∙ Tel. +591 2 2911916 ∙ Fax +591 2 2154094 ∙
e-mail: administracion@itei.org.bo
La Paz – Bolivia
personas y a “observar en todo momento una conducta íntegra, honesta, ecuánime, digna y respetuosa del
ordenamiento jurídico”, al contrario, se aprovechan de las debilidades del sistema en el que trabajan y de
la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los procesados prometiéndoles la liberación y
exigiendo honorarios imposibles.
El problema de esta situación es la cantidad de presos preventivos y la duración indefinida de su
detención. Los daños psicológicos y físicos, además de políticos, económicos y sociales son graves para la
víctima y repercuten en el entorno familiar, persistiendo más allá de su liberación. Las personas detenidas
sin justificación ni condena, privadas hasta de sus derechos humanos más elementales, se hallan en un
estado alarmante de impotencia, desesperación y depresión. El solo hecho de encontrarse en detención
preventiva representa un fuerte golpe a las probabilidades de absolución o siquiera de un justo
enjuiciamiento de la persona acusada. Como se muestra en la tabla siguiente, la detención preventiva da
lugar a una serie de alarmantes irregularidades procesales que se acumulan en tanto tratos crueles,
inhumanos y degradantes, hasta llegar a calificarse como tortura, en contravención de la Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Nos encontramos frente a una
serie de nuevas formas de tortura que comparten una misma finalidad: la destrucción de la persona
humana.
N° de casos tratados
por el ITEI entre 2016
y 2018
Violación a los derechos humanos sufrida
52 Falta de respeto a la presunción de inocencia
48 Retardación de justicia
42
Extensión de la detención preventiva a un período mayor a 6
meses
15 Allanamientos ilegales
14 Amenazas de la policía para obtener información/confesiones
14 Tortura física
12 Amenazas dirigidas a abogados de defensa
10
Extensión de la detención preventiva a un período mayor a 3
años
7 Acumulación de juicios
7 Desconsideración de necesidades médicas durante el juicio
5 Amenazas a la familia de la víctima
La desesperación que experimenta la persona detenida conlleva en numerosos casos secuelas traumáticas.
Sin embargo, no se limita al sufrimiento psicológico, allí donde emerge todo un abanico de dolencias
físicas, tales como artritis, hipertensión, asma y problemas cardiacos. A su vez, los medios de
comunicación suelen señalar lo que ellos consideran cierto, sin pruebas válidas de por medio, vulnerando
el derecho a la reputación y dañando familias enteras, en particular a niños y niñas.
3. COALICIÓN CONTRA LA TORTURA
Av. 6 de Agosto 2006, Edif. V Centenario, Piso 1, Dpto. 1A ∙ Casilla 8185 ∙ Tel. +591 2 2911916 ∙ Fax +591 2 2154094 ∙
e-mail: administracion@itei.org.bo
La Paz – Bolivia
La gran mayoría de los funcionarios judiciales ignoran las condiciones que se sufren dentro de la realidad
que son las cárceles bolivianas. Si, acorde a las palabras de Nelson Mandela, hay que juzgar a las naciones
por cómo tratan a sus reclusos, la mirada extranjera debería juzgar severamente las acciones del Estado
boliviano (tal y como lo hizo el Subcomité). De tal manera, se ha hecho de la detención preventiva una
medida habitual, allí donde ha instaurado una operación automática e injustificada, creando un alarmante
nivel de hacinamiento, que ahora alcanza un 330%. Literalmente, los presos ya no caben en las celdas y
los sufrimientos biopsicososiales ya no caben en sus mentes ni en sus cuerpos. El Estado debería estar
avergonzado, así como también los jueces, fiscales y abogados que permiten que esta nueva forma de
tortura (que a su vez promueve la vulnerabilidad a otras numerosas formas de tortura) continué.
Por lo expuesto, necesitamos ―ahora más que nunca― una nueva especie de operadores de justicia, que
sean:
- Honestos y competentes con una mentalidad y ética profesionales;
- Respetuosos de las debidas garantías procesales (con la finalidad de la administración de la justicia);
- Defensores en contra de todo tipo de tortura y de malos tratos como método de investigación;
- Abyectos a las tentaciones de soborno, a las presiones políticas, económicas y mediáticas;
- Exigentes de las condiciones y la independencia necesarias para velar por el debido proceso.
Las organizaciones de Coalición Contra la Tortura ―con el respaldo del citado informe del Subcomité―
recomienda las siguientes acciones a seguir para las autoridades bolivianas:
- Que instituyan a prontitud un mecanismo nacional de prevención que goce de una total autonomía
financiera y funcional en el ejercicio de sus funciones;
- Que otorguen al mecanismo nacional de prevención los recursos suficientes para desempeñar su labor
con eficacia;
- Que sigan detenidamente las demás condiciones exigidas en el Protocolo Facultativo y en sintonía con
las directrices relativas a los mecanismos nacionales de prevención;
- Que aseguren una nueva legislación que tipifique la tortura y otros malos tratos en concordancia con la
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
ADHESIONES INSTITUCIONALES
Instituto de Terapia e Investigación sobre las Secuelas de la Tortura y Violencia Estatal – ITEI
Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia.
Asamblea Permanente de Derechos Humanos de La Paz.
Comunidad de Derechos Humanos
Sociedad Boliviana de Ciencias Forenses
Capítulo Boliviano de Derechos Humanos Democracia y Desarrollo
Adesproc Libertad GLBT
Libertades Laicas Red Iberoamericana
4. COALICIÓN CONTRA LA TORTURA
Av. 6 de Agosto 2006, Edif. V Centenario, Piso 1, Dpto. 1A ∙ Casilla 8185 ∙ Tel. +591 2 2911916 ∙ Fax +591 2 2154094 ∙
e-mail: administracion@itei.org.bo
La Paz – Bolivia
PRONUNCIAMIENTO DE LA COALICION CONTRA LA TORTURA
26 de junio – Día Internacional de las NNUU en Apoyo de las Víctimas de la Tortura
DETENCIÓN PREVENTIVA Y TORTURA
ADHESIONES PERSONALES