El documento presenta un resumen del Código de Familia, definiendo conceptos clave como familia, matrimonio y autoridad parental. También establece artículos relacionados con la protección de la familia, los derechos de los menores y las personas de la tercera edad, así como causales de divorcio, inhabilidades y responsabilidades penales. El código busca establecer el régimen jurídico de la familia a través de normas que protejan a sus miembros.
Manipular a un hijo para generarle odio o desprecio hacia su padre o madre, será motivo de sanción e incluso pérdida de la patria potestad de los menores una vez que se apruebe la Iniciativa del Diputado Jesús de León Tello que busca salvaguardar el derecho de los padres a ver a sus hijos, proteger el interés superior de la Niñez y evitar este tipo de violencia familiar.
Los derechos humanos en Venezuela_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica
“Simón Rodríguez”
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com
Manipular a un hijo para generarle odio o desprecio hacia su padre o madre, será motivo de sanción e incluso pérdida de la patria potestad de los menores una vez que se apruebe la Iniciativa del Diputado Jesús de León Tello que busca salvaguardar el derecho de los padres a ver a sus hijos, proteger el interés superior de la Niñez y evitar este tipo de violencia familiar.
Los derechos humanos en Venezuela_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica
“Simón Rodríguez”
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com
En el Código de Familia para el Estado de Sonora,
subsiste en lo esencial la normatividad que ya se encontraba contemplada en el Código Civil para el Estado de Sonora, pero de manera especializada delimita y especifica cuestiones del orden familiar que salvaguardan los derechos de los individuos que la conforman y de manera especial la institución de la familia.
derecho de familia y menores, patria potestad, parentesco, impugnación de pat...Liss Uc
derecho de familia y menores, patria potestad, parentesco, impugnación de paternidad/maternidad.
normativa vigente para Colombia
HIJO EMANCIPADO: cuando un hijo siendo mayor de 16 años y con consentimiento de sus padres, vive de forma independiente.
En el Código de Familia para el Estado de Sonora,
subsiste en lo esencial la normatividad que ya se encontraba contemplada en el Código Civil para el Estado de Sonora, pero de manera especializada delimita y especifica cuestiones del orden familiar que salvaguardan los derechos de los individuos que la conforman y de manera especial la institución de la familia.
derecho de familia y menores, patria potestad, parentesco, impugnación de pat...Liss Uc
derecho de familia y menores, patria potestad, parentesco, impugnación de paternidad/maternidad.
normativa vigente para Colombia
HIJO EMANCIPADO: cuando un hijo siendo mayor de 16 años y con consentimiento de sus padres, vive de forma independiente.
Un catalogo de antiguos pero de muy buenos instrumentos para registrar parámetros eléctricos en ensayos de laboratorio. En el documento se pueden observar las características de los instrumentos.
Según la legislación, la obligación de compra de electricidad generada a partir de fuente renovable (sistemas de cuotas obligatorias) mediante un sistema de certificados verdes negociable es la única forma de incentivar la generación y uso de energías renovables en Rumanía.
En 2010 se aprobó la Ley 139/2010 de reforma de la Ley 220/2008 (ley para establecer el sistema de promoción de la producción energética con origen renovable) que modificó el número de certificados verdes (CVs) concedidos por MW producido con fuentes renovables, haciendo más favorable la situación para los productores de energía solar renovable y quedando la distribución para la energía solar de la siguiente forma:
La lonchera escolar es un complemento de la alimentación que se consume entre comidas principales y desempeña un papel importante en la nutrición de los escolares.
Referente sobre el derecho de familia en Bolivia una diapositiva lista y hecha para exponer, diseñado especialmente para universitarios de 1er año en la carrera de derecho
1. UNIVERSIDAD MODULAR ABIERTA
FACULTAD CIENCIAS Y HUMANIDADES
CATEDRA:
PSICOLOGÍA CRIMINOLÓGICA
CATEDRATICA:
JOSÉ ROBERTO RUANO
ALUMNOS:
PERLA CAROLINA ARIAS CÚA
WENDY ARELY HERNÁNDEZ CUELLAR
CARLOS JAVIER HERNÁNDEZ VÁSQUEZ
ERICK GABRIEL HERNÁNDEZ GUERRIDOS
ELENILSON JAVIER MIRANDA SOLÓRZANO
2.
3.
4. Cuando sucede un acto delincuencial, se
está atentando a la base de la sociedad,
Por ello se ha creado el código de familia, el
cual establece el régimen jurídico de la
familia a través de normativas establecidas
en los diferentes artículos. De los menores
y de las personas de la tercera edad tanto
en función social, cultural, familiar y valores
éticos.
5. GENERAL
O DAR A CONOSER QUE ES EL CODIGO DE
FAMILIA.
ESPECIFICOS
O ESTABLECER LA RELACION QUE EXISTE ENTRE
EL CODIGO DE FAMILIA Y LA PSICOLOGIA
CRIMINOLOGICA.
O IDENTIFICAR LOS ARTICULOS DEL CODIGO DE
FAMILIA QUE SE ENCUENTRAN RELACIONADOS
A LOS HECHOS DEL SUJETO CRIMINAL.
6. O Familia: es la unión de personas que
comparten un proyecto vital en común.
O psicología criminológica: ciencia que trata
de conocer los motivos que inducen a los
sujetos a delinquir y a conocer los
significados de esta conducta delictiva
para el individuo que la comete, a explicar
la falta de temor al castigo
7.
8. CONCEPTO DE FAMILIA
Art. 2.- La familia es el
grupo social permanente,
constituido por el
matrimonio, la unión no
matrimonial o el
parentesco.
9. OPROTECCION DE LA FAMILIA
Art. 3.- El Estado está obligado a
proteger a la familia, procurando su
integración, bienestar, desarrollo
social, cultural y económico.
10. O CONCEPTO DE MATRIMONIO
Art. 11.- El matrimonio es la unión legal de
un hombre y una mujer, con el fin de
establecer una plena y permanente
comunidad de vida.
11. O IMPEDIMENTOS RELATIVOS
Art. 15.- No podrán contraer matrimonio entre sí:
3o) El condenado como autor o cómplice del
homicidio doloso del cónyuge del otro. Si estuviere
pendiente juicio por el delito mencionado, no se
procederá a la celebración del matrimonio hasta que
se pronuncie sentencia absolutoria o sobreseimiento
definitivo.
12. O FRAUDE
Art. 61.- Cuando uno de los cónyuges
hubiere realizado actos en fraude de los
derechos del otro, será deudor de la misma
por su importe, y además si el adquiriente
hubiere procedido de mala fe, el acto será
nulo.
13. O MOTIVOS DE DIVORCIO
Art.106.- El divorcio podrá decretarse:
3o) Por ser intolerable la vida en común
entre los cónyuges. Se entiende que
concurre este motivo, en caso de
incumplimiento grave o reiterado de los
deberes del matrimonio, mala conducta
notoria de uno de ellos o cualquier otro
hecho grave semejante.
15. O CONCEPTO
Art. 206.- La autoridad parental es el
conjunto de facultades y deberes, que la ley
otorga e impone al padre y a la madre sobre
sus hijos menores de edad o declarados
incapaces, para que los protejan, eduquen,
asistan y preparen para la vida, y además,
para que los representen y administren sus
bienes.
Hijo de familia es quien está sujeto a
autoridad parental.
16. O RESPONSABILIDAD PENAL
Art. 222.- Los padres que abandonaren
moral y materialmente a sus hijos, o dejaren
de cumplir los deberes inherentes a la
autoridad parental o abusaren en el
ejercicio del derecho de corrección, serán
responsables conforme a la legislación
penal, sin perjuicio de exigírseles el
cumplimiento de los deberes que este
Código y demás leyes establecen.
17. O PRIVACION DE LA ADMINISTRACION
Art. 235.- El padre y la madre serán
privados de la administración de los bienes
del hijo, cuando fueren culpables de dolo o
de negligencia grave, en cuyo caso, la
administración será ejercida por la persona
que nombre el juez. Si sólo uno de ellos
fuere el culpable, el otro conservará la
administración.
18. O CAUSAS DE SUSPENSION
Art. 241.- El ejercicio de la autoridad parental se
suspenderá al padre, o a la madre o a ambos, por
las siguientes causas:
1ª) Por maltratar habitualmente al hijo o permitir que
cualquier otra persona lo haga;
2ª) Por alcoholismo, drogadicción o inmoralidad
notoria que ponga en peligro la salud, la seguridad o
la moralidad del hijo;
3ª) Por adolecer de enfermedad mental; y,
4ª) Por ausencia no justificada o enfermedad
prolongada.
19. O INHABILIDADES
Art. 301.- No pueden ser tutores:
2o) Los condenados a cualquier
pena privativa de libertad, mientras
estén cumpliendo la condena, y los
procesados por cualquier delito que
haga suponer fundadamente que
no desempeñarán
convenientemente la tutela.
20. O DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS
MENORES
Art. 351.- Todo menor tiene derecho:
10o) A ser protegido contra toda forma de
perjuicio o abuso físico, mental y moral,
descuido o negligencia, malos tratos,
tortura, sanciones o penas crueles,
inhumanas o degradantes.
21. O PROHIBICION DE
VENDER PRODUCTOS
NOCIVOS
Art. 369.- Queda prohibido
expender o suministrar a
los menores de edad
bebidas alcohólicas,
tabaco, estupefacientes, y
alucinógenos o sustancias
que generen dependencia
física o psíquica.
22. O MALTRATO FISICO Y MENTAL
Art. 387.- Se considera que un menor es
víctima de maltrato físico o mental, cuando
no se le provee de lo indispensable para su
normal desarrollo biopsicosocial o fuere
empleado en actividades ilícitas o en actos
que pusieren en peligro su vida o salud
física o mental, o sea sujeto de explotación
económica, sexual o de cualquier otra
índole.
23. O REGIMEN ESPECIAL
Art. 390.- El régimen especial de las
personas adultas mayores, establece los
principios en que se fundamenta su
protección; reconoce y regula sus derechos
y deberes; así como los deberes de la
familia, la sociedad y el Estado, para
garantizarles la protección integral.