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XIX Jornadas de Derecho y Genoma Humano


Composición y funciones de los Comités Externos de los Biobancos

Iciar Alfonso Farnós
      Alfonso Farnós
Médico Especialista en Farmacología Clínica
Secretaria del Comité Ético de Investigación Clínica de Euskadi
Dirección de Farmacia. Gobierno Vasco
•   LEY 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica.
          /    ,         j ,              g
    CAPÍTULO IV. Biobancos

•   Real Decreto 1 16/2011 d 18 d noviembre, por el que se
        l        1716/2011, de      de    i b          l
    establecen los requisitos básicos de autorización y
    funcionamiento de los biobancos con fines de investigación
    biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de
    origen humano, y se regula el funcionamiento y organización
    del Registro Nacional de Biobancos para investigación
            g                               p            g
    biomédica.
              Entra en vigor el 2 de Junio de 2012
Esquema
Definición de biobanco

Comités externos de los biobancos con fines de
investigación biomédica: composición y funciones

Experiencia CEIC de Euskadi como comité ético externo de
los biobancos autorizados en Euskadi

Aspectos que deben desarrollarse con la nueva normativa

Reflexiones finales y conclusiones
Definición de Biobanco
Definición de Biobanco
        «Biobanco con fines de investigación biomédica»:
        establecimiento público o privado, sin á
            bl           úbl                     ánimo de
        lucro, que acoge una o varias colecciones de
        muestras biológicas de origen humano con fines
        de investigación biomédica, organizadas como
        una unidad técnica con criterios de calidad, orden
        y destino con independencia de que albergue
          destino,
        muestras con otras finalidades.


        En la práctica, un biobanco es una plataforma de
        apoyo a la investigación que actúa de nexo de
        unión entre donantes, clínicos e investigadores
        con el propósito de asegurar un tratamiento
        seguro y eficaz de las muestras biologicas y datos
        asociados.
        asociados
Organización de un Biobanco
    Organización de un Biobanco

           Comité                                            Comité 
            Ético 
            Ético                                           Científico 
                                                            Científico
           Externo                                           Externo
                                    Director 
                                    Científico 
                                       del 
                                       del
                                    Biobanco


LIB Art 66. Organización del biobanco.
Real Decreto 1716/2011 Artículo 5
             1716/2011,Artículo 5.
        El biobanco esté adscrito a dos comités externos: uno científico y otro de ética.
LEY 14/2007/R.D. 1716/2011. Organización del biobanco

 Los COMITÉS EXTERNOS (científico y de ética) asistirán al director del biobanco en
 sus FUNCIONES:
 Velar por el cumplimiento de la legislación vigente
 Elaborar la memoria descriptiva que recoja:
     las características de las colecciones
     criterios de inclusión y propósitos para los cuales se constituyen
     la forma en que se ha reunido la colección histórica, y
     la información que puede asociarse a las muestras.
            EVALUACIÓN DE INCORPORACIONES DE COLECCIONES DE MUESTRAS
                    Ó
 Garantizar la calidad, seguridad y trazabilidad de los datos y muestras biológicas
 almacenadas
 Mantener un registro de actividades del biobanco/Elaborar un informe anual de
 actividades.
 Atender las consultas o reclamaciones que puedan dirigirse al biobanco.
Funciones del comités científico y ético

          LIB art.69. Art. 34 R.D. 1716/2011.

          La CESIÓN DE MUESTRAS será informada de forma positiva por los comités
          científico y de ética …



          Los comités externos realizarán la EVALUACIÓN CIENTÍFICA/ÉTICA de las
          solicitudes de cesión de muestras y datos asociados a las mismas por parte
          del biobanco.

               En el caso de que un comité emita un dictamen desfavorable, éste
               tendrá carácter vinculante.



          R.D. 1716/2011. Cuando el CEI que debe emitir el dictamen relativo al
          proyecto sea asimismo el comité de ética del biobanco, será suficiente con
          la emisión de un ÚNICO DICTAMEN relativo al proyecto.
Función asesora del comité científico y ético a la 
dirección científica del Biobanco. RD 1716/2011
d      ó       íf d l       b              /


 Asesoramiento desde el punto de vista científico/ético acerca de
 la d
 l adecuación d
          ió de:
       los procedimientos para garantizar la calidad, la seguridad y la
       trazabilidad d l DATOS y MUESTRAS almacenadas y
       t    bilid d de los                l      d
       los procedimientos asociados al FUNCIONAMIENTO del biobanco


 Asesoramiento acerca de los aspectos científicos/éticos‐jurídicos
 del
 d l DOCUMENTO DE BUENA PRÁCTICA d l bi b
                                      del biobanco.
Art.15 R.D. 1716/2011. Comités externos del biobanco: 
             Procedimiento y C
             P    di i t Composicióni ió


  Ambos comités contarán con sendos reglamentos internos de
  funcionamiento, que establecerán los mecanismos para asegurar la
  INDEPENDENCIA Y AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS en la toma de
  decisiones.


  Las funciones del comité de ética externo podrán ser asumidas por un
  COMITÉ DE ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN YA EXISTENTE que aplicará su
                                             EXISTENTE,
  propio reglamento.
Art.15 R.D. 1716/2011. Comités externos del biobanco: 
             Composición y Procedimiento
             Composición y Procedimiento

COMPOSICIÓN
   Los comités externos científico y de ética estarán integrados cada uno de ellos por
   un mínimo de 4 miembros con CONOCIMIENTOS SUFICIENTES en las funciones
   que la norma les otorga, y que no tengan participación directa en la actividad del
   biobanco


La MODIFICACIÓN del reglamento interno de funcionamiento de los
comités externos o de su composición se consideran modificaciones
sustanciales             autorización de las autoridades competentes que
autorizaron constitución funcionamiento
a tori aron la constit ción y f ncionamiento del biobanco
                                                 biobanco.
Comité                    Comité 
      Ético                   Científico 
     Externo                   Externo
                Director 
                Director
                Científico 
                   del 
                Biobanco
                   b



Función de un COMITÉ CIENTÍFICO externo
Funciones ACTUALES del comité científico externo
Funciones ACTUALES del comité científico externo

   Comités constituidos para tal fin. El número de miembros oscila: unos
   comités están formados 4‐5 personas, y otros por unos 10‐12 personas
   científicamente relevantes.
    i tífi      t    l    t

   Funcionamiento:
      Emiten informe científico ante una solicitud de muestras al
      Biobanco:
          La mayoría de los biobancos solicitan el informe del comité
          científico y del comité ético.
          Algunos biobancos hasta la fecha no han solicitado informe al
          comité científico en todas las solicitudes de cesión de muestras.
          Han consultado en función de aspectos como entidad
          financiadora (FIS,…)
Funciones actuales del comité científico externo


     Funcionamiento:
        Tienen su propio PNT
        Reuniones presenciales anuales
        No se reúnen cada vez que emite un informe (vía e‐mail)
                En algún Biobanco la causa principal de la denegación
                de la cesión de muestras ha sido por informe
                desfavorable del COMITÉ CIENTÍFICO EXTERNO

     Labor asesora en actividades de formación, en incorporación de
     colecciones de muestras
Comité 
     Comité Ético 
                                   Científico 
       Externo
       E t
                                    Externo
                     Director 
                     Di
                     Científico 
                        del 
                     Biobanco



Función de un COMITÉ ÉTICO EXTERNO
Organización actual de los comités éticos 
                externos

Los biobancos se adscriben a 3 tipos de comité ético externo:
 1. Comités constituidos con la función de ser comité ético externo
     de un biobanco
 2. Comités constituidos como Comités de ética de la investigación
 3. Comités acreditados como Comités Éticos de Investigación
     Clínica (en cumplimiento de la normativa que regula la
     realización de ensayos clínicos con medicamentos): CEIC de
     Euskadi
Exigencias d composición d un CEIC
                    E i    i   de      i ió de




Composición R.D. 223/2004 (art. 12)
     Médicos (1 farmacólogo clínico)
     1 farmacéutico de hospital
     1 Diplomado universitario en Enfermería
     1 miembro independiente de los centros en los que se lleven a cabo proyectos
     de investigación
           ⇒ CEIC‐E: Director Cátedra de Genoma U. Deusto
     2 miembros ajenos a las profesiones sanitarias, un Licenciado en Derecho.
     1 miembro de la Comisión de Investigación o Comité de Ética Asistencial si
     existe en el centro.
Composición CEIC
                Composición CEIC


Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y
productos sanitarios
1 farmacéutico de Atención Primaria


Exigencias de composición del CEIC‐E: 
 Médicos:
 Médi
        2 médicos especialistas con labor asistencial en un centro 
           p
        hospitalario
        1 médico con labor asistencial en un centro de AP
        1 experto en epidemiología clínica.
 Farmacéuticos: 1 farmacéutico de CEVIME
COMPOSICION COMITÉ DE ÉTICA 
                   DE LA INVESTIGACIÓN



CEIC: Composición actual orientada a la evaluación de la investigación
con medicamentos
      di     t


Necesidad de establecer exigencias de composición de los CEI que realicen
las funciones de comité ético externo de los Biobancos:

         Desarrollo del decreto de CEI (profesionales con formación en
         biología molecular, …). CEIC‐E: genetista.
Conclusiones de la jornada de Biobancos 
•   Se debe fomentar la participación de los donantes en la investigación
                             p    p                                       g
    biomédica y la incorporación de sus opiniones y puntos de vista, más allá del
    momento de otorgar el consentimiento. La incorporación de miembros legos a
    los CEIs y a los Comités de Ética externos de los biobancos es una medida
    adecuada en esta dirección.
Mayo Clinic Biobank Access
Committee ⇒ Cuando un IP solicita
muestras , revisa la solicitud,
aprobando,    denegando         o
planteando consideraciones en
base a:

1. ¿Es la investigación importante?
2. Ti
2 ¿Tiene el Bi b
            l Biobanco suficiente nº
                           fi i    º
   de muestras para satisfacer la
   demanda?
3.
3 ¿Debe reali arse un contacto
            realizarse n
   adicional con los donantes para
   suministrar           información
   adicional?

A veces solicita asesoramiento al
Community Advisory Board (CAB)
asegurando el punto de vista de la
comunidad.
Comité Ético de Investigación (IRB)
  p               g      p p                   g
•Aprueba o deniega las propuestas de investigación
•Aprueba las directrices, procedimientos y 
formularios  del Biobanco
•Evalúa y minimiza el riesgo a los participantes



 Grupo de Supervisión de Muestras 
 Grupo de Supervisión de Muestras
            biológicas
•Aprueba o deniega proyectos que                     Comité asesor comunitario
 soliciten acceso al Biobanco
 soliciten acceso al Biobanco                        •Aconseja al Grupo Supervisor
                                                     •Aconseja al Grupo Supervisor
•Crea y pone en marcha directrices de                •Proporciona la perspectiva 
 seguridad y acceso                                   comunitaria al Biobanco. 
•Supervisa reclutamiento de donantes
 Supervisa reclutamiento de donantes



                         Biobanco Clínica Mayo
•      The Biospecimen Trust Oversight Group has 
                p                     g        p
       developed a detailed governance structure 
       for the Mayo Clinic Biobank. All researchers 
       wishing to use the Biobank must submit a 
       protocol that addresses the scientific, legal 
       and ethical components of the proposed 
          d thi l              t f th            d
       study. This protocol must first be approved by 
       the Mayo Clinic Institutional Review Board. 
       The Biospecimen Trust Oversight Group 
       controls all access to the Biobank, while a 
       controls all access to the Biobank, while a
       Community Advisory Board provides an 
       important component of Biobank governance


    The BTOG is a committee of scientists,
    physicians, lawyers and ethicists charged
    with overseeing the operations of the
    Mayo Cli i
    M         Clinic Bi b k and other
                       Biobank       d    th
    biospecimen collections at Mayo. Its
    duties include creating and implementing
    p
    policies concerning the storage of donor
                       g          g
    samples      and     health   information,
    evaluating and approving potential
    research studies, and regulating access to
    biospecimens collected at M
    bi      i        ll t d t Mayo.
Funcionamiento de un Comité É
                               Ético externo de
                   Biobanco

   Experiencia del Comité Ético de Investigación
                Clínica de Euskadi

RESOLUCIÓN 30 de octubre de 2009, del Director de Planificación y 
Ordenación Sanitaria, por la que se otorga la acreditación al CEIC‐E: 
Ordenación Sanitaria por la que se otorga la acreditación al CEIC E:
Asumirá las funciones de CEI de los biobancos autorizados en CAPV 
en tanto no existan CEI acreditados en la comunidad
Comité ético externo Biobancos autorizados en Euskadi




Biobanco vasco para la investigación desde 2 de abril de 2009 
O U gest o ado po a u dac ó asca de
OEHUN  gestionado por la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias‐BIOEF.
                                                o ac ó e est gac ó Sa ta as O .
Funciona como un Biobanco en red en el que participan los centros de Osakidetza, Departamento de 
Sanidad del Gobierno vasco y Onkologikoa.
Comité ético externo Biobancos autorizados en Euskadi




Inbiobank desde 3 de julio de 2009
Biobanco de Inbiomed (fundación privada dedicada a la INVESTIGACIÓN y la MEDICINA
REGENERATIVA). El objetivo de INBIOBANK es aislar y almacenar células madre primarias adultas para
investigación
Modelos de consentimiento para la donación de muestras a inbiobank (en
    fase de publicación)
            p          )
    Modelo de consentimiento para la donación de muestra disociada de sangre de cordón
    umbilical
    Modelo de consentimiento para la donación de muestra anonimizada de sangre de
    cordón umbilical

Opción de utilizar los modelos de consentimientos aprobados por el CEIC-E
Funciones del CEIC‐E como Comité Ético Externo 
              de los Biobancos de Euskadi
              de los Biobancos de Euskadi


Asesoramiento a los Biobancos en el CUMPLIMENTO DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS Y
LEGALES:
LEGALES
   Elaboración de modelos de CI acorde a la legislación vigente
   Evaluación de incorporaciones d colecciones d muestras
   E l ió d i              i     de l i        de


Aprobación, o denegación     de SOLICITUDES DE MUESTRAS recibidas en el
Biobanco
Evaluación de incorporaciones de muestras a los
                   Biobancos
Las incorporaciones (donaciones) 
    individuales a través de la 
    i di id l       t é d l
 utilización de los modelos de CI 


        Garantía ética de
Modelos de consentimiento informado para la 
                  donación de muestras al Biobanco de BIOEF

 Donación y extracción de muestras biológicas relacionadas con el sistema
 nervioso al Bi b
     i      l Biobanco
     El donante autoriza la extracción postmortem de tejido nervioso tras su
     fallecimiento

 Extracción postmortem y donación de muestras biológicas relacionadas
 con el sistema nervioso al Biobanco
     Autoriza el familiar o representante legal

 Donación de muestras al Biobanco (excedente de un procedimiento
 diagnóstico)

 Donación expresa de muestras al Biobanco, sin coincidir con un procedimiento
 diagnóstico (enfermedades raras )
                           raras,…)

 Realización de proyectos de investigación con muestras

 Modelo de consentimiento para la donación de sangre de cordón umbilical
(en fase de publicación)
Modelo de HI para PI que impliquen la utilización de muestras biológicas



   HOJA DE INFORMACIÓN DEL PROYECTO

   OPCIONES DE DESTINO DE LAS MUESTRAS INFORMACIÓN AL FINALIZAR EL PROYECTO
   INFORMACIÓN SOBRE EL BIOBANCO




      CONSENTIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

      Solicito la destrucción de la muestra excedente
      Solicito la incorporación del excedente en el Biobanco




CONSENTIMIENTO PARA DONACIÓN DE MUESTRAS AL BIOBANCO VASCO PARA LA            INVESTIGACIÓN

Se otorga en el acto de obtención de la muestra o con posterioridad
Simplificación del CI para cesión de muestras al biobanco
              HOJA DE INFORMACIÓN PARA DONACIÓN DE MUESTRAS AL BIOBANCO VASCO PARA LA INVESTIGACIÓN DE BIOEF

              •    INFORMACIÓN CLÍNICO/CENTRO
              •    INFORMACIÓN MUESTRA
              •    BENEFICIOS. DESTINO DE LAS MUESTRAS
                   BENEFICIOS. DESTINO DE LAS MUESTRAS
              •    ACCESO A LAS MUESTRAS Y/O LOS RESULTADOS
              •    DERECHO ACCESO, REVOCACIÓN



CONSENTIMIENTO PARA DONACIÓN DE MUESTRAS AL BIOBANCO VASCO PARA LA INVESTIGACIÓN
                          Ó                                                   Ó

Responsable clínico: Dr. _____________________
Yo______________________________
He sido informado sobre ……….
Yo DOY mi consentimiento para que el ………..
Se me ha advertido sobre la posibilidad de consentir en donar la muestra y los datos asociados de forma anonimizada:
       DESEO QUE LAS MUESTRAS Y DATOS ESTÉN ANONIMIZADOS**
       DESEO QUE LAS MUESTRAS Y DATOS ESTÉN CODIFICADOS*
Se me ha advertido sobre la posibilidad de recibir información derivada de futuros análisis g
                            p                                                               genéticos q
                                                                                                      que p
                                                                                                          pudieran
realizarse sobre mi muestra biológica
      Yo solicito información
       Yo no quiero recibir información
Fecha …………………… Firma del paciente ………………………………..
                                p
Fecha …………………….. Firma representante legal (si procede)………………..
Nombre representante legal:
clínico responsable           Fecha …………………… Firma ……………………………


                                   ANEXO ACLARATORIO
                                   ANEXO ACLARATORIO
                                   NORMATIVA APLICABLE
                                   EXPLICACIÓN DE QUE ES UN BIOBANCO
Evaluación de incorporaciones de colecciones de 
            muestras a los Biobancos
                  t    l Bi b




  Evaluación de la solicitud de Incorporación de colecciones:


      Colecciones procedentes de excedente de proyectos de
      investigación: Utilización de CI aprobado por el CEIC‐E:
      Evaluación ética favorable


      Colecciones que no disponen de CI para la cesión a un
      Biobanco ⇒ solicitud de aclaraciones
Solicitud de incorporación de COLECCIONES 
                             Solicitud de incorporación de COLECCIONES
                          EXISTENTES DE MUESTRAS OBTENIDAS CON FINES 
                            ASISTENCIALES,  SIN CI PARA INVESTIGACIÓN


•   LIB: El consentimiento del sujeto fuente será siempre necesario cuando se
    pretendan utilizar con fines de investigación biomédica muestras biológicas que
    hayan sido obtenidas con una finalidad distinta, se proceda o no a su
    anonimización.


    RD: las
    RD l muestras bi ló i
                 t    biológicas que se i
                                        incorporen a l bi b
                                                      los biobancos podrán utilizarse
                                                                       d á tili
    para cualquier investigación biomédica siempre que el sujeto fuente o, en su caso,
    sus representantes legales hayan prestado su CI en estos términos.
Solicitud de incorporación de COLECCIONES 
                                          p
                     EXISTENTES DE MUESTRAS OBTENIDAS CON FINES 
                       ASISTENCIALES,  SIN CI PARA INVESTIGACIÓN


Debe evaluarse individualmente cada colección de muestras teniendo en
cuenta
c enta
       Año de recogida: DT LIB. Si se recogieron antes de 2007 opción de
       anonimización
       Valorar el esfuerzo necesario para recontactar con los pacientes y
       solicitar su consentimiento, en función de si presentan patología
       crónica o no
       Valorar otros aspectos como: prevalencia de la enfermedad,..


Es necesario realizar labores de difusión de principios éticos y legales para
evitar esta situación (actividades que están siendo realizadas actualmente por
el Biobanco de BIOEF y el CEIC‐E)
                           CEIC E)
Art.24. Tratamiento excepcional de muestras biológicas de origen humano con fines 
de investigación biomédica en ausencia de consentimiento expreso del sujeto fuente.
          g                                                 p          j    f
   Con carácter excepcional, las muestras codificadas o identificadas podrán tratarse con
   fines de investigación sin CI del sujeto fuente cuando la obtención no sea posible o
   represente un esfuerzo no razonable (empleo de tiempo, gastos y trabajo
   desproporcionado).
   El CEI correspondiente d b á emitir di
                   di     deberá  i i dictamen f
                                               favorable, teniendo en cuenta que:
                                                     bl      i d
       No se disponga de una alternativa viable para la REALIZACIÓN DEL PROYECTO
       con muestras para las que se disponga de CI.
       Investigación de interés general.
       La investigación se lleve a cabo por la misma institución que solicitó el CI para la
                 g                      p                        q                  p
       obtención de las muestras,
       En el caso de muestras de sujetos identificados o identificables, que la
       investigación sea menos efectiva o no sea posible sin los datos identificativos del
       sujeto fuente.
       No conste una objeción expresa del sujeto fuente o de su representante legal
                                                                              legal.
       Se hayan valorado esfuerzo, tiempo y recursos para obtener el CI.
Incorporación colecciones de muestras
Informe Incorporaciones




                          83.3%
Evaluación de cesiones de muestras de los
                Biobancos
Evaluación de cesiones de muestras de los
                         Biobancos


Premisas para proceder a la Aprobación, o denegación       de SOLICITUDES DE
MUESTRAS recibidas en el Biobanco:


   Las muestras almacenadas en el biobanco serán cedidas a título gratuito a
                                                                   g
   terceros que las precisen con fines de investigación biomédica.


   Sólo se cederán muestras para las solicitudes que procedan de proyectos de
   investigación que hayan sido científicamente aprobados.


   RD 1716/2011. Para llevar a cabo una investigación con muestras biológicas de
   origen humano será preciso el dictamen favorable del CEI correspondiente.
Cesiones de muestras evaluadas
Procedimiento de evaluación ética de las cesiones 
                         de muestras del Biobanco



REQUISITOS
   La SOLICITUD contendrá información:
      El proyecto a desarrollar
      Autorización del CEI del proyecto de investigación asociado a la cesión de
      muestras/ Solicitud de evaluación del CEIC‐E como CEI
      Visto bueno del clínico depositario de las muestras
      Compromiso del IP de no utilizar el material solicitado para un uso
      diferente del señalado en el mismo.
      Acuerdo de cesión de muestras entre el biobanco y el destinatario
      CI utilizado para la donación al Biobanco
   La evaluación de MODIFICACIONES:
      Ampliación (Nº muestras) de cesión aprobada
Requisitos para evaluar la cesión de muestras del 
                                 Biobanco


ACUERDO DE CESIÓN DE MUESTRAS entre el biobanco y el destinatario, que
contemple:
     • Obligación del destinatario de asegurar la trazabilidad de la muestra (si
       no ha sido anonimizada).
     • Garantía de disponiblidad de la información genética que se obtenga
       del análisis de las muestras.
     • Compromiso de informar al biobanco acerca de los resultados de la
       investigación.
     • Compromiso de observar el reglamento del biobanco
     • Compromiso de destruir o devolver al biobanco el material sobrante al
       finalizar el proyecto.
Informe solicitudes de muestras
Procedimiento de evaluación de cesiones de 
                       muestras


Son revisadas por un GRUPO EVALUADOR: genetista, abogados, secretaria y un
clínico del área relacionado ⇒ INFORME que se discute en reunión.
   Verificación de aspectos éticos y legales, para garantizar los derechos de los donantes:
   información sobre cómo se han recogido las muestras que van a cederse.


PETICIÓN DE ACLARACIONES (38% de las solicitudes):
   Muestras que proceden de colecciones sin CI para la utilización con fines de
   investigación: aprobación final tras la anonimización u obtención del CI
   Otras dudas: ej. información sobre el papel del Biobanco ⇒ dan lugar a
   modificaciones menores que son aprobadas/notificadas por el CEI evaluador
   del proyecto


     Motivos por l que el CEIC‐E h otorgado INFORME DESFAVORABLE:
                 los    l        ha      d
             Solicitud de muestras para DOCENCIA
Cesiones de muestras de Inbiobank




Inbiobank: nodo del banco nacional de líneas celulares. La mayoría de
                                                             y
las cesiones     Informe Favorable de la Comisión Técnica del BNLC


      Notificación informativa al CEIC-E cuando Inbiobank actúa
      como nodo del BNLC del Instituto de Salud Carlos III.
•   Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se
    establecen los requisitos básicos de autorización y
    funcionamiento de los biobancos con fines de investigación
    biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de
    origen humano, y se regula el funcionamiento y organización
    del Registro N i
    d l R i       Nacional d Bi b
                          l de Biobancos para i    investigación
                                                         i ió
    biomédica.

         Aspectos pendientes de desarrollo con la 
         Aspectos pendientes de desarrollo con la
                    nueva normativa
Menores
  RD: En el caso de almacenamiento de muestras de menores de edad,
  garantía d acceso a l i f
        í de            la información sobre l muestra por el sujeto
                                   ió     b la              l j
  fuente cuando éste alcance la mayoría de edad.
      Debe preverse esta situación en el CI: CEIC‐E ELABORANDO UN
      MODELO DE CI PARA MENORES


Comunicación d i f
C    i ió de información a l d
                     ió los donantes
                                 t
  El comité de ética externo del biobanco o el CEI que evaluó el proyecto
  de investigación decidirán en qué casos será imprescindible que se envíe
  la información de manera individualiza, en relación los resultados de los
  análisis realizados cuando puedan ser relevantes para su salud.
      Respetando el derecho a la información y derecho a no ser
      informado (LIB).
Aspectos a desarrollar con la 
                           p
                              nueva normativa



RD 1716/2011:
     quedan incluidas en el ámbito de aplicación de este RD las muestras
     biológicas obtenidas en ensayos clínicos (ec) con medicamentos y
     productos sanitarios, una vez terminado el ensayo clínico
     correspondiente y siempre que entren a formar parte de una
           p                 p q                          p
     colección o de un biobanco.
         Los CEIC evaluadores de los ec deberemos comprobar el
         cumplimiento d l normativa: verificar CI
               li i t de la       ti       ifi CI,…
Estudios evaluados por el CEIC-E




                                   27%
Aspectos a desarrollar con la 
                               Aspectos a desarrollar con la
                                    nueva normativa

Líneas de in estigación a las q e se destinarán las m estras
          investigación       que                   muestras


•   RD 1716/2011 l muestras que se i
       1716/2011: las  t           incorporen a un bi b
                                                   biobanco podrán utilizarse
                                                              d á tili
    para cualquier investigación biomédica en los términos que prescribe la Ley
    14/2007,
    14/2007 de 3 de julio siempre que el sujeto fuente o en su caso sus
                    julio,                             o,      caso,
    representantes legales hayan prestado su consentimiento en estos términos.


•   Modelo de CI Biobanco Vasco: ……………………………. destinada a futuras
    investigaciones biomédicas relacionadas con la enfermedad o proceso
    mencionado u otros relacionados.
Consentimiento para la cesión de muestras
            para almacenamiento en un biobanco
            Información sobre el Biobanco
            Garantía de cumplimiento de la legislación
            Líneas de investigación a las que se destinarán las muestras
            Líneas de investigación a las que se destinarán las muestras
            Acceso a la información,..

Yo DOY mi consentimiento para que el centro sanitario _______ transfiera mis muestras y los datos de salud
                            p    q
relevantes (excepto los que me identifiquen) de la patología o proceso (____________), al Biobanco Vasco para
la Investigación.

            Se me ha advertido sobre la posibilidad de consentir en donar la muestra y los datos asociados de
                                        p
               forma anonimizada:

            DESEO QUE LAS MUESTRAS Y DATOS ESTÉN ANONIMIZADOS
            DESEO QUE LAS MUESTRAS Y DATOS ESTÉN CODIFICADOS

            Se me ha advertido sobre la posibilidad de recibir información relativa a mi salud derivada de
               futuros análisis genéticos que pudieran realizarse sobre mi muestra biológica (si la muestra se
               ha donado codificada).
               YO SOLICITO INFORMACIÓN
               YO NO QUIERO RECIBIR INFORMACIÓN
muestras biológicas        Aspectos a desarrollar con la 
                           Aspectos a desarrollar con la
procedentes de otros 
       países
                                nueva normativa




  RD. Artículo 31. Utilización de muestras biológicas de origen humano
  procedentes de otros países.
  Sólo se podrán utilizar muestras biológicas de origen humano procedentes
  de otros países, con fines de investigación biomédica, cuando se hayan
  observado………………………….. las garantías previstas en el presente RD y
  observado
  demás normativa aplicable, lo cual será valorado por el CEI que evalúe el
  proyecto de investigación y, en su caso, por los comités externos del
  biobanco.
Temas pendientes
         Temas pendientes
Necesidad de establecer exigencias de composición de los CEI que
realicen las funciones de comité ético externo de los Biobancos:
profesionales con formación en biología molecular, genetista (CEIC‐E),…



Proyectos multicéntricos que obtienen muestras de varios biobancos:
Necesidad d unificar criterio d evaluación entre comités é
N    id d de ifi       i i de      l ió             i é éxternos



En marcha la creación de la Asociación Nacional de Comités de Ética
de Investigación
Reflexiones
Preocupa la existencia de colecciones a las que no se les exige (como a los
Biobancos) la conservación en condiciones de calidad y bioseguridad
adecuadas
   CEI evaluador del proyecto: Verificar el CI, es preciso un consentimiento
   expreso para cada cesión.

   Los responsables de colecciones de muestras para fines de investigación
          p                                    p                    g
   biomédica deberán comunicar los datos relativos a las colecciones y a las
   muestras al ESTABLECIMIENTO en cuyas instalaciones se conserven

   Comunicación al REGISTRO NACIONAL DE BIOBANCOS para Investigación
   Biomédica
Conclusiones 
                       Conclusiones
•   Los comités externos de los biobancos tenemos un papel fundamental
    como asesores de los Biobancos, contribuyendo a garantizar los derechos
    de los donantes

•   Los comités externos de los Biobancos podemos colaborar en la difusión
    de la normativa vigente, para evitar las existencia de colecciones de
    muestras obtenidas sin consentimiento para utilizar con fines de
    investigación

•   Debemos adaptarnos a las nuevas exigencias del RD, que parte de la
    perspectiva d que una INVESTIGACIÓN DE CALIDAD es aquella que se
           ti de                                                   ll
    desarrolla con respeto de los derechos de los sujetos involucrados y bajo
    unas determinadas garantías de calidad.
MUCHAS GRACIAS




                        Iciar Alfonso Farnós
Médico Especialista en Farmacología Clínica
                           Secretaria CEIC-E

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Composición y funciones de los Comités Externos de los Biobancos. Iciar Alfonso Farnós

  • 1. XIX Jornadas de Derecho y Genoma Humano Composición y funciones de los Comités Externos de los Biobancos Iciar Alfonso Farnós Alfonso Farnós Médico Especialista en Farmacología Clínica Secretaria del Comité Ético de Investigación Clínica de Euskadi Dirección de Farmacia. Gobierno Vasco
  • 2. LEY 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica. / , j , g CAPÍTULO IV. Biobancos • Real Decreto 1 16/2011 d 18 d noviembre, por el que se l 1716/2011, de de i b l establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para investigación g p g biomédica. Entra en vigor el 2 de Junio de 2012
  • 3. Esquema Definición de biobanco Comités externos de los biobancos con fines de investigación biomédica: composición y funciones Experiencia CEIC de Euskadi como comité ético externo de los biobancos autorizados en Euskadi Aspectos que deben desarrollarse con la nueva normativa Reflexiones finales y conclusiones
  • 4. Definición de Biobanco Definición de Biobanco «Biobanco con fines de investigación biomédica»: establecimiento público o privado, sin á bl úbl ánimo de lucro, que acoge una o varias colecciones de muestras biológicas de origen humano con fines de investigación biomédica, organizadas como una unidad técnica con criterios de calidad, orden y destino con independencia de que albergue destino, muestras con otras finalidades. En la práctica, un biobanco es una plataforma de apoyo a la investigación que actúa de nexo de unión entre donantes, clínicos e investigadores con el propósito de asegurar un tratamiento seguro y eficaz de las muestras biologicas y datos asociados. asociados
  • 5. Organización de un Biobanco Organización de un Biobanco Comité  Comité  Ético  Ético Científico  Científico Externo Externo Director  Científico  del  del Biobanco LIB Art 66. Organización del biobanco. Real Decreto 1716/2011 Artículo 5 1716/2011,Artículo 5. El biobanco esté adscrito a dos comités externos: uno científico y otro de ética.
  • 6. LEY 14/2007/R.D. 1716/2011. Organización del biobanco Los COMITÉS EXTERNOS (científico y de ética) asistirán al director del biobanco en sus FUNCIONES: Velar por el cumplimiento de la legislación vigente Elaborar la memoria descriptiva que recoja: las características de las colecciones criterios de inclusión y propósitos para los cuales se constituyen la forma en que se ha reunido la colección histórica, y la información que puede asociarse a las muestras. EVALUACIÓN DE INCORPORACIONES DE COLECCIONES DE MUESTRAS Ó Garantizar la calidad, seguridad y trazabilidad de los datos y muestras biológicas almacenadas Mantener un registro de actividades del biobanco/Elaborar un informe anual de actividades. Atender las consultas o reclamaciones que puedan dirigirse al biobanco.
  • 7. Funciones del comités científico y ético LIB art.69. Art. 34 R.D. 1716/2011. La CESIÓN DE MUESTRAS será informada de forma positiva por los comités científico y de ética … Los comités externos realizarán la EVALUACIÓN CIENTÍFICA/ÉTICA de las solicitudes de cesión de muestras y datos asociados a las mismas por parte del biobanco. En el caso de que un comité emita un dictamen desfavorable, éste tendrá carácter vinculante. R.D. 1716/2011. Cuando el CEI que debe emitir el dictamen relativo al proyecto sea asimismo el comité de ética del biobanco, será suficiente con la emisión de un ÚNICO DICTAMEN relativo al proyecto.
  • 8. Función asesora del comité científico y ético a la  dirección científica del Biobanco. RD 1716/2011 d ó íf d l b / Asesoramiento desde el punto de vista científico/ético acerca de la d l adecuación d ió de: los procedimientos para garantizar la calidad, la seguridad y la trazabilidad d l DATOS y MUESTRAS almacenadas y t bilid d de los l d los procedimientos asociados al FUNCIONAMIENTO del biobanco Asesoramiento acerca de los aspectos científicos/éticos‐jurídicos del d l DOCUMENTO DE BUENA PRÁCTICA d l bi b del biobanco.
  • 9. Art.15 R.D. 1716/2011. Comités externos del biobanco:  Procedimiento y C P di i t Composicióni ió Ambos comités contarán con sendos reglamentos internos de funcionamiento, que establecerán los mecanismos para asegurar la INDEPENDENCIA Y AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS en la toma de decisiones. Las funciones del comité de ética externo podrán ser asumidas por un COMITÉ DE ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN YA EXISTENTE que aplicará su EXISTENTE, propio reglamento.
  • 10. Art.15 R.D. 1716/2011. Comités externos del biobanco:  Composición y Procedimiento Composición y Procedimiento COMPOSICIÓN Los comités externos científico y de ética estarán integrados cada uno de ellos por un mínimo de 4 miembros con CONOCIMIENTOS SUFICIENTES en las funciones que la norma les otorga, y que no tengan participación directa en la actividad del biobanco La MODIFICACIÓN del reglamento interno de funcionamiento de los comités externos o de su composición se consideran modificaciones sustanciales autorización de las autoridades competentes que autorizaron constitución funcionamiento a tori aron la constit ción y f ncionamiento del biobanco biobanco.
  • 11. Comité  Comité  Ético  Científico  Externo Externo Director  Director Científico  del  Biobanco b Función de un COMITÉ CIENTÍFICO externo
  • 12. Funciones ACTUALES del comité científico externo Funciones ACTUALES del comité científico externo Comités constituidos para tal fin. El número de miembros oscila: unos comités están formados 4‐5 personas, y otros por unos 10‐12 personas científicamente relevantes. i tífi t l t Funcionamiento: Emiten informe científico ante una solicitud de muestras al Biobanco: La mayoría de los biobancos solicitan el informe del comité científico y del comité ético. Algunos biobancos hasta la fecha no han solicitado informe al comité científico en todas las solicitudes de cesión de muestras. Han consultado en función de aspectos como entidad financiadora (FIS,…)
  • 13. Funciones actuales del comité científico externo Funcionamiento: Tienen su propio PNT Reuniones presenciales anuales No se reúnen cada vez que emite un informe (vía e‐mail) En algún Biobanco la causa principal de la denegación de la cesión de muestras ha sido por informe desfavorable del COMITÉ CIENTÍFICO EXTERNO Labor asesora en actividades de formación, en incorporación de colecciones de muestras
  • 14. Comité  Comité Ético  Científico  Externo E t Externo Director  Di Científico  del  Biobanco Función de un COMITÉ ÉTICO EXTERNO
  • 15. Organización actual de los comités éticos  externos Los biobancos se adscriben a 3 tipos de comité ético externo: 1. Comités constituidos con la función de ser comité ético externo de un biobanco 2. Comités constituidos como Comités de ética de la investigación 3. Comités acreditados como Comités Éticos de Investigación Clínica (en cumplimiento de la normativa que regula la realización de ensayos clínicos con medicamentos): CEIC de Euskadi
  • 16. Exigencias d composición d un CEIC E i i de i ió de Composición R.D. 223/2004 (art. 12) Médicos (1 farmacólogo clínico) 1 farmacéutico de hospital 1 Diplomado universitario en Enfermería 1 miembro independiente de los centros en los que se lleven a cabo proyectos de investigación ⇒ CEIC‐E: Director Cátedra de Genoma U. Deusto 2 miembros ajenos a las profesiones sanitarias, un Licenciado en Derecho. 1 miembro de la Comisión de Investigación o Comité de Ética Asistencial si existe en el centro.
  • 17. Composición CEIC Composición CEIC Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios 1 farmacéutico de Atención Primaria Exigencias de composición del CEIC‐E:  Médicos: Médi 2 médicos especialistas con labor asistencial en un centro  p hospitalario 1 médico con labor asistencial en un centro de AP 1 experto en epidemiología clínica. Farmacéuticos: 1 farmacéutico de CEVIME
  • 18. COMPOSICION COMITÉ DE ÉTICA  DE LA INVESTIGACIÓN CEIC: Composición actual orientada a la evaluación de la investigación con medicamentos di t Necesidad de establecer exigencias de composición de los CEI que realicen las funciones de comité ético externo de los Biobancos: Desarrollo del decreto de CEI (profesionales con formación en biología molecular, …). CEIC‐E: genetista.
  • 19. Conclusiones de la jornada de Biobancos  • Se debe fomentar la participación de los donantes en la investigación p p g biomédica y la incorporación de sus opiniones y puntos de vista, más allá del momento de otorgar el consentimiento. La incorporación de miembros legos a los CEIs y a los Comités de Ética externos de los biobancos es una medida adecuada en esta dirección.
  • 20. Mayo Clinic Biobank Access Committee ⇒ Cuando un IP solicita muestras , revisa la solicitud, aprobando, denegando o planteando consideraciones en base a: 1. ¿Es la investigación importante? 2. Ti 2 ¿Tiene el Bi b l Biobanco suficiente nº fi i º de muestras para satisfacer la demanda? 3. 3 ¿Debe reali arse un contacto realizarse n adicional con los donantes para suministrar información adicional? A veces solicita asesoramiento al Community Advisory Board (CAB) asegurando el punto de vista de la comunidad.
  • 21. Comité Ético de Investigación (IRB) p g p p g •Aprueba o deniega las propuestas de investigación •Aprueba las directrices, procedimientos y  formularios  del Biobanco •Evalúa y minimiza el riesgo a los participantes Grupo de Supervisión de Muestras  Grupo de Supervisión de Muestras biológicas •Aprueba o deniega proyectos que  Comité asesor comunitario soliciten acceso al Biobanco soliciten acceso al Biobanco •Aconseja al Grupo Supervisor •Aconseja al Grupo Supervisor •Crea y pone en marcha directrices de  •Proporciona la perspectiva  seguridad y acceso comunitaria al Biobanco.  •Supervisa reclutamiento de donantes Supervisa reclutamiento de donantes Biobanco Clínica Mayo
  • 22. The Biospecimen Trust Oversight Group has  p g p developed a detailed governance structure  for the Mayo Clinic Biobank. All researchers  wishing to use the Biobank must submit a  protocol that addresses the scientific, legal  and ethical components of the proposed  d thi l t f th d study. This protocol must first be approved by  the Mayo Clinic Institutional Review Board.  The Biospecimen Trust Oversight Group  controls all access to the Biobank, while a  controls all access to the Biobank, while a Community Advisory Board provides an  important component of Biobank governance The BTOG is a committee of scientists, physicians, lawyers and ethicists charged with overseeing the operations of the Mayo Cli i M Clinic Bi b k and other Biobank d th biospecimen collections at Mayo. Its duties include creating and implementing p policies concerning the storage of donor g g samples and health information, evaluating and approving potential research studies, and regulating access to biospecimens collected at M bi i ll t d t Mayo.
  • 23. Funcionamiento de un Comité É Ético externo de Biobanco Experiencia del Comité Ético de Investigación Clínica de Euskadi RESOLUCIÓN 30 de octubre de 2009, del Director de Planificación y  Ordenación Sanitaria, por la que se otorga la acreditación al CEIC‐E:  Ordenación Sanitaria por la que se otorga la acreditación al CEIC E: Asumirá las funciones de CEI de los biobancos autorizados en CAPV  en tanto no existan CEI acreditados en la comunidad
  • 24. Comité ético externo Biobancos autorizados en Euskadi Biobanco vasco para la investigación desde 2 de abril de 2009  O U gest o ado po a u dac ó asca de OEHUN  gestionado por la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias‐BIOEF. o ac ó e est gac ó Sa ta as O . Funciona como un Biobanco en red en el que participan los centros de Osakidetza, Departamento de  Sanidad del Gobierno vasco y Onkologikoa.
  • 25. Comité ético externo Biobancos autorizados en Euskadi Inbiobank desde 3 de julio de 2009 Biobanco de Inbiomed (fundación privada dedicada a la INVESTIGACIÓN y la MEDICINA REGENERATIVA). El objetivo de INBIOBANK es aislar y almacenar células madre primarias adultas para investigación
  • 26.
  • 27.
  • 28. Modelos de consentimiento para la donación de muestras a inbiobank (en fase de publicación) p ) Modelo de consentimiento para la donación de muestra disociada de sangre de cordón umbilical Modelo de consentimiento para la donación de muestra anonimizada de sangre de cordón umbilical Opción de utilizar los modelos de consentimientos aprobados por el CEIC-E
  • 29. Funciones del CEIC‐E como Comité Ético Externo  de los Biobancos de Euskadi de los Biobancos de Euskadi Asesoramiento a los Biobancos en el CUMPLIMENTO DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS Y LEGALES: LEGALES Elaboración de modelos de CI acorde a la legislación vigente Evaluación de incorporaciones d colecciones d muestras E l ió d i i de l i de Aprobación, o denegación de SOLICITUDES DE MUESTRAS recibidas en el Biobanco
  • 30. Evaluación de incorporaciones de muestras a los Biobancos
  • 31. Las incorporaciones (donaciones)  individuales a través de la  i di id l t é d l utilización de los modelos de CI  Garantía ética de
  • 32. Modelos de consentimiento informado para la  donación de muestras al Biobanco de BIOEF Donación y extracción de muestras biológicas relacionadas con el sistema nervioso al Bi b i l Biobanco El donante autoriza la extracción postmortem de tejido nervioso tras su fallecimiento Extracción postmortem y donación de muestras biológicas relacionadas con el sistema nervioso al Biobanco Autoriza el familiar o representante legal Donación de muestras al Biobanco (excedente de un procedimiento diagnóstico) Donación expresa de muestras al Biobanco, sin coincidir con un procedimiento diagnóstico (enfermedades raras ) raras,…) Realización de proyectos de investigación con muestras Modelo de consentimiento para la donación de sangre de cordón umbilical (en fase de publicación)
  • 33. Modelo de HI para PI que impliquen la utilización de muestras biológicas HOJA DE INFORMACIÓN DEL PROYECTO OPCIONES DE DESTINO DE LAS MUESTRAS INFORMACIÓN AL FINALIZAR EL PROYECTO INFORMACIÓN SOBRE EL BIOBANCO CONSENTIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN Solicito la destrucción de la muestra excedente Solicito la incorporación del excedente en el Biobanco CONSENTIMIENTO PARA DONACIÓN DE MUESTRAS AL BIOBANCO VASCO PARA LA INVESTIGACIÓN Se otorga en el acto de obtención de la muestra o con posterioridad
  • 34. Simplificación del CI para cesión de muestras al biobanco HOJA DE INFORMACIÓN PARA DONACIÓN DE MUESTRAS AL BIOBANCO VASCO PARA LA INVESTIGACIÓN DE BIOEF • INFORMACIÓN CLÍNICO/CENTRO • INFORMACIÓN MUESTRA • BENEFICIOS. DESTINO DE LAS MUESTRAS BENEFICIOS. DESTINO DE LAS MUESTRAS • ACCESO A LAS MUESTRAS Y/O LOS RESULTADOS • DERECHO ACCESO, REVOCACIÓN CONSENTIMIENTO PARA DONACIÓN DE MUESTRAS AL BIOBANCO VASCO PARA LA INVESTIGACIÓN Ó Ó Responsable clínico: Dr. _____________________ Yo______________________________ He sido informado sobre ………. Yo DOY mi consentimiento para que el ……….. Se me ha advertido sobre la posibilidad de consentir en donar la muestra y los datos asociados de forma anonimizada: DESEO QUE LAS MUESTRAS Y DATOS ESTÉN ANONIMIZADOS** DESEO QUE LAS MUESTRAS Y DATOS ESTÉN CODIFICADOS* Se me ha advertido sobre la posibilidad de recibir información derivada de futuros análisis g p genéticos q que p pudieran realizarse sobre mi muestra biológica Yo solicito información Yo no quiero recibir información Fecha …………………… Firma del paciente ……………………………….. p Fecha …………………….. Firma representante legal (si procede)……………….. Nombre representante legal: clínico responsable Fecha …………………… Firma …………………………… ANEXO ACLARATORIO ANEXO ACLARATORIO NORMATIVA APLICABLE EXPLICACIÓN DE QUE ES UN BIOBANCO
  • 35. Evaluación de incorporaciones de colecciones de  muestras a los Biobancos t l Bi b Evaluación de la solicitud de Incorporación de colecciones: Colecciones procedentes de excedente de proyectos de investigación: Utilización de CI aprobado por el CEIC‐E: Evaluación ética favorable Colecciones que no disponen de CI para la cesión a un Biobanco ⇒ solicitud de aclaraciones
  • 36. Solicitud de incorporación de COLECCIONES  Solicitud de incorporación de COLECCIONES EXISTENTES DE MUESTRAS OBTENIDAS CON FINES  ASISTENCIALES,  SIN CI PARA INVESTIGACIÓN • LIB: El consentimiento del sujeto fuente será siempre necesario cuando se pretendan utilizar con fines de investigación biomédica muestras biológicas que hayan sido obtenidas con una finalidad distinta, se proceda o no a su anonimización. RD: las RD l muestras bi ló i t biológicas que se i incorporen a l bi b los biobancos podrán utilizarse d á tili para cualquier investigación biomédica siempre que el sujeto fuente o, en su caso, sus representantes legales hayan prestado su CI en estos términos.
  • 37. Solicitud de incorporación de COLECCIONES  p EXISTENTES DE MUESTRAS OBTENIDAS CON FINES  ASISTENCIALES,  SIN CI PARA INVESTIGACIÓN Debe evaluarse individualmente cada colección de muestras teniendo en cuenta c enta Año de recogida: DT LIB. Si se recogieron antes de 2007 opción de anonimización Valorar el esfuerzo necesario para recontactar con los pacientes y solicitar su consentimiento, en función de si presentan patología crónica o no Valorar otros aspectos como: prevalencia de la enfermedad,.. Es necesario realizar labores de difusión de principios éticos y legales para evitar esta situación (actividades que están siendo realizadas actualmente por el Biobanco de BIOEF y el CEIC‐E) CEIC E)
  • 38. Art.24. Tratamiento excepcional de muestras biológicas de origen humano con fines  de investigación biomédica en ausencia de consentimiento expreso del sujeto fuente. g p j f Con carácter excepcional, las muestras codificadas o identificadas podrán tratarse con fines de investigación sin CI del sujeto fuente cuando la obtención no sea posible o represente un esfuerzo no razonable (empleo de tiempo, gastos y trabajo desproporcionado). El CEI correspondiente d b á emitir di di deberá i i dictamen f favorable, teniendo en cuenta que: bl i d No se disponga de una alternativa viable para la REALIZACIÓN DEL PROYECTO con muestras para las que se disponga de CI. Investigación de interés general. La investigación se lleve a cabo por la misma institución que solicitó el CI para la g p q p obtención de las muestras, En el caso de muestras de sujetos identificados o identificables, que la investigación sea menos efectiva o no sea posible sin los datos identificativos del sujeto fuente. No conste una objeción expresa del sujeto fuente o de su representante legal legal. Se hayan valorado esfuerzo, tiempo y recursos para obtener el CI.
  • 41. Evaluación de cesiones de muestras de los Biobancos
  • 42. Evaluación de cesiones de muestras de los Biobancos Premisas para proceder a la Aprobación, o denegación de SOLICITUDES DE MUESTRAS recibidas en el Biobanco: Las muestras almacenadas en el biobanco serán cedidas a título gratuito a g terceros que las precisen con fines de investigación biomédica. Sólo se cederán muestras para las solicitudes que procedan de proyectos de investigación que hayan sido científicamente aprobados. RD 1716/2011. Para llevar a cabo una investigación con muestras biológicas de origen humano será preciso el dictamen favorable del CEI correspondiente.
  • 43. Cesiones de muestras evaluadas
  • 44. Procedimiento de evaluación ética de las cesiones  de muestras del Biobanco REQUISITOS La SOLICITUD contendrá información: El proyecto a desarrollar Autorización del CEI del proyecto de investigación asociado a la cesión de muestras/ Solicitud de evaluación del CEIC‐E como CEI Visto bueno del clínico depositario de las muestras Compromiso del IP de no utilizar el material solicitado para un uso diferente del señalado en el mismo. Acuerdo de cesión de muestras entre el biobanco y el destinatario CI utilizado para la donación al Biobanco La evaluación de MODIFICACIONES: Ampliación (Nº muestras) de cesión aprobada
  • 45. Requisitos para evaluar la cesión de muestras del  Biobanco ACUERDO DE CESIÓN DE MUESTRAS entre el biobanco y el destinatario, que contemple: • Obligación del destinatario de asegurar la trazabilidad de la muestra (si no ha sido anonimizada). • Garantía de disponiblidad de la información genética que se obtenga del análisis de las muestras. • Compromiso de informar al biobanco acerca de los resultados de la investigación. • Compromiso de observar el reglamento del biobanco • Compromiso de destruir o devolver al biobanco el material sobrante al finalizar el proyecto.
  • 47. Procedimiento de evaluación de cesiones de  muestras Son revisadas por un GRUPO EVALUADOR: genetista, abogados, secretaria y un clínico del área relacionado ⇒ INFORME que se discute en reunión. Verificación de aspectos éticos y legales, para garantizar los derechos de los donantes: información sobre cómo se han recogido las muestras que van a cederse. PETICIÓN DE ACLARACIONES (38% de las solicitudes): Muestras que proceden de colecciones sin CI para la utilización con fines de investigación: aprobación final tras la anonimización u obtención del CI Otras dudas: ej. información sobre el papel del Biobanco ⇒ dan lugar a modificaciones menores que son aprobadas/notificadas por el CEI evaluador del proyecto Motivos por l que el CEIC‐E h otorgado INFORME DESFAVORABLE: los l ha d Solicitud de muestras para DOCENCIA
  • 48. Cesiones de muestras de Inbiobank Inbiobank: nodo del banco nacional de líneas celulares. La mayoría de y las cesiones Informe Favorable de la Comisión Técnica del BNLC Notificación informativa al CEIC-E cuando Inbiobank actúa como nodo del BNLC del Instituto de Salud Carlos III.
  • 49. Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro N i d l R i Nacional d Bi b l de Biobancos para i investigación i ió biomédica. Aspectos pendientes de desarrollo con la  Aspectos pendientes de desarrollo con la nueva normativa
  • 50. Menores RD: En el caso de almacenamiento de muestras de menores de edad, garantía d acceso a l i f í de la información sobre l muestra por el sujeto ió b la l j fuente cuando éste alcance la mayoría de edad. Debe preverse esta situación en el CI: CEIC‐E ELABORANDO UN MODELO DE CI PARA MENORES Comunicación d i f C i ió de información a l d ió los donantes t El comité de ética externo del biobanco o el CEI que evaluó el proyecto de investigación decidirán en qué casos será imprescindible que se envíe la información de manera individualiza, en relación los resultados de los análisis realizados cuando puedan ser relevantes para su salud. Respetando el derecho a la información y derecho a no ser informado (LIB).
  • 51. Aspectos a desarrollar con la  p nueva normativa RD 1716/2011: quedan incluidas en el ámbito de aplicación de este RD las muestras biológicas obtenidas en ensayos clínicos (ec) con medicamentos y productos sanitarios, una vez terminado el ensayo clínico correspondiente y siempre que entren a formar parte de una p p q p colección o de un biobanco. Los CEIC evaluadores de los ec deberemos comprobar el cumplimiento d l normativa: verificar CI li i t de la ti ifi CI,…
  • 52. Estudios evaluados por el CEIC-E 27%
  • 53. Aspectos a desarrollar con la  Aspectos a desarrollar con la nueva normativa Líneas de in estigación a las q e se destinarán las m estras investigación que muestras • RD 1716/2011 l muestras que se i 1716/2011: las t incorporen a un bi b biobanco podrán utilizarse d á tili para cualquier investigación biomédica en los términos que prescribe la Ley 14/2007, 14/2007 de 3 de julio siempre que el sujeto fuente o en su caso sus julio, o, caso, representantes legales hayan prestado su consentimiento en estos términos. • Modelo de CI Biobanco Vasco: ……………………………. destinada a futuras investigaciones biomédicas relacionadas con la enfermedad o proceso mencionado u otros relacionados.
  • 54. Consentimiento para la cesión de muestras para almacenamiento en un biobanco Información sobre el Biobanco Garantía de cumplimiento de la legislación Líneas de investigación a las que se destinarán las muestras Líneas de investigación a las que se destinarán las muestras Acceso a la información,.. Yo DOY mi consentimiento para que el centro sanitario _______ transfiera mis muestras y los datos de salud p q relevantes (excepto los que me identifiquen) de la patología o proceso (____________), al Biobanco Vasco para la Investigación. Se me ha advertido sobre la posibilidad de consentir en donar la muestra y los datos asociados de p forma anonimizada: DESEO QUE LAS MUESTRAS Y DATOS ESTÉN ANONIMIZADOS DESEO QUE LAS MUESTRAS Y DATOS ESTÉN CODIFICADOS Se me ha advertido sobre la posibilidad de recibir información relativa a mi salud derivada de futuros análisis genéticos que pudieran realizarse sobre mi muestra biológica (si la muestra se ha donado codificada). YO SOLICITO INFORMACIÓN YO NO QUIERO RECIBIR INFORMACIÓN
  • 55. muestras biológicas  Aspectos a desarrollar con la  Aspectos a desarrollar con la procedentes de otros  países nueva normativa RD. Artículo 31. Utilización de muestras biológicas de origen humano procedentes de otros países. Sólo se podrán utilizar muestras biológicas de origen humano procedentes de otros países, con fines de investigación biomédica, cuando se hayan observado………………………….. las garantías previstas en el presente RD y observado demás normativa aplicable, lo cual será valorado por el CEI que evalúe el proyecto de investigación y, en su caso, por los comités externos del biobanco.
  • 56. Temas pendientes Temas pendientes Necesidad de establecer exigencias de composición de los CEI que realicen las funciones de comité ético externo de los Biobancos: profesionales con formación en biología molecular, genetista (CEIC‐E),… Proyectos multicéntricos que obtienen muestras de varios biobancos: Necesidad d unificar criterio d evaluación entre comités é N id d de ifi i i de l ió i é éxternos En marcha la creación de la Asociación Nacional de Comités de Ética de Investigación
  • 57. Reflexiones Preocupa la existencia de colecciones a las que no se les exige (como a los Biobancos) la conservación en condiciones de calidad y bioseguridad adecuadas CEI evaluador del proyecto: Verificar el CI, es preciso un consentimiento expreso para cada cesión. Los responsables de colecciones de muestras para fines de investigación p p g biomédica deberán comunicar los datos relativos a las colecciones y a las muestras al ESTABLECIMIENTO en cuyas instalaciones se conserven Comunicación al REGISTRO NACIONAL DE BIOBANCOS para Investigación Biomédica
  • 58. Conclusiones  Conclusiones • Los comités externos de los biobancos tenemos un papel fundamental como asesores de los Biobancos, contribuyendo a garantizar los derechos de los donantes • Los comités externos de los Biobancos podemos colaborar en la difusión de la normativa vigente, para evitar las existencia de colecciones de muestras obtenidas sin consentimiento para utilizar con fines de investigación • Debemos adaptarnos a las nuevas exigencias del RD, que parte de la perspectiva d que una INVESTIGACIÓN DE CALIDAD es aquella que se ti de ll desarrolla con respeto de los derechos de los sujetos involucrados y bajo unas determinadas garantías de calidad.
  • 59. MUCHAS GRACIAS Iciar Alfonso Farnós Médico Especialista en Farmacología Clínica Secretaria CEIC-E