1. Exp. : Nº 00341 – 2023 – FC.
Sec. : Roberth Castillo Pinada.
Sumilla: Se apersona y Contesta demanda.
SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE YUNGAY:
JESÚS ATILIO FLORES PALA, identificado
con DNI Nº 76083610, con dirección domiciliaria
en el Centro Poblado de Cochapampa S/N., Distrito
y Provincia de Carhuaz, señalando domicilio
procesal en el Jirón Río Buín Nº 608, 2do. Piso, Of.
201, Carhuaz, casilla electrónica Nº 61018, correo
electrónico casimiroaranibar@gmail.com y celular
Nº 900264652, en los seguidos por LIZETH
LILIANA GONZALES CHÁVEZ, sobre
alimentos; atentamente, digo:
Que, dentro del plazo de ley, formulo
CONTESTACIÓN DE DEMANDA, en base a las siguientes
consideraciones de hecho y de derecho:
I. FUNDAMENTOS DE HECHO:
1.1.Que, es cierto lo señalado por la demandante en el primer punto de
los fundamentos de hecho de su demanda, en el sentido que con la
actora y el recurrente hemos procreado a nuestro menor hijo, el cual
tienen derecho a toda atención.
1.2.Que, con respecto al segundo punto de los fundamentos de hecho de
la demanda cabe indica que es totalmente falso y fuera de verdad lo
que manifiesta la actora, puesto que la persona hasta la fecha de que
decide abandonarme de nuestro hogar que habíamos formado he
mantenido y he atendido a la actora como a m i menor hijo, y cuando
2. decide abandonarme también he estado dado de acuerdo a mis
posibilidades.
1.3.Que, con respecto a tercer punto de los fundamentos de hecho de la
demanda cabe manifestar que es en parte es cierto lo que indica la
demandante, que viene a ser mi hijo, que es falso lo que indica que
he sustraído la obligación de pasar los alimentos, sino que siempre he
estado pasando los alimentos de acuerdo con mis posibilidades, para
acreditar ello adjunto la presente las boletas de venta, con el cual
acredito lo que estoy pasando a favor de mi menor hija.
1.4.Que, de misma forma debo manifestar señor Juez, el recurrente es un
obrero, pues el recurrente es un obrero que tengo trabajos eventuales,
de cual percibo un salario mensual aproximado ascendente a S/.
300.00 a 400.00 soles, del cual tengo que ver para mi propia
subsistencia, como son los alimentos, pasajes y otros gastos y
realizando un esfuerzo por tratar de mi menor hijo, aunque con ello
puedo afectar mi propia subsistencia el recurrente va a aportar la
suma de S/. 150.00 soles (Ciento cincuenta con 00/100 soles) que
debo pasar a favor de mi menor hijo, y la madre siendo una persona
joven debe aportar los demás a bien de nuestras menores hijas.
1.5.Que, de misma forma tiene que ver que el recurrente es el único
sostén de mi anciana madre, que también requiere mi atención para
que pueda subsistir.
1.6.Que, en consecuencia, ante lo expuesto precedentemente, en especial
lo concerniente a la carencia de veracidad de la afirmación de la
demandante en el sentido de que el demandado ha incumplido con su
obligación de proveer al sostenimiento del hogar, debe declararse
infundada la demanda, tanto más si los hechos expuestos en ésta no
han sido debidamente probados.
3. II. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:
Fundamento mi contestación de demanda en lo dispuesto en los
siguientes preceptos legales:
- Artículo 481º del Código Civil, cuyo primer párrafo prescribe que los
alimentos se regulan por el juez en proporción a las necesidades de
quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo
además a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las
obligaciones a que se halle sujeto el deudor.
- Artículo 200º del Código Procesal Civil, numeral del cual se
desprende que si la parte no acredita con medios probatorios los
hechos que ha afirmado en su demanda (como ocurre en el presente
caso), éstos no se tendrán por verdaderos y su demanda será declarada
infundada.
III. MEDIOS PROBATORIOS:
Ofrezco el mérito de los siguientes medios de prueba:
3.1.Ofrezco como medio probatorio lo ofrecido por la actora en la
incoación de la demanda.
3.2.El mérito de la declaración jurade de ingresos, con el cual demuestro
que percibo en realidad un ingreso mensual de S/. 300.00 Soles.
3.3.Boletas de venta de las compras que he realizado a favor de mi menor
hijo, con el cual pruebo todos los puntos de los fundamentos de hecho
de la contestación.
3.4.Boletas de venta, de la compra de medicinas a favor de recurrente por
cuanto me he encontrado enfermo, con el cual pruebo todos los
puntos de los fundamento de hecho de la contestación.
POR TANTO:
4. Al Juzgado, solicito se sirva tener por
formulada mi contestación de demanda y darle el trámite que a su naturaleza
corresponde, conforme a mi derecho y de acuerdo a ley.
PRIMER OTROSÍ DIGO: Que, delego las facultades generales de
representación, a que se refiere el artículo 80º del Código Procesal Civil, al
Dr. Mario CASIMIRO ARANIBAR, con Reg. C.A.A. Nº 1687 y declaro
estar instruido acerca de sus alcances. En cuanto al domicilio del
representado, requisito para la representación judicial por abogado, señalo
que se encuentra indicado en la parte introductoria del presente escrito de
contestación de demanda.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Que, con arreglo a lo previsto en el primer
párrafo del artículo 565º del Código Procesal Civil, cumplo con acompañar
al presente escrito de contestación de demanda la última declaración jurada,
de fecha 04 de enero del 2024, con el cual se cumple con el requisito de ley.
TERCER OTROSÍ DIGO: Que, adjunto los siguientes anexos:
1.A Tasa judicial por concepto de ofrecimiento de pruebas.
1.B Fotocopia del D.N.I. del demandado.
1.C Declaración Jurada de Ingresos.
1.D. Boletas de venta de las compras a favor de mi menor hijo.
1.E. Boletas de ventas de compras de medicamento a favor de recurrente.
Carhuaz, 12 de enero de 2024.