REP1JBLICA DEL ECUADOR
                      ASAIItrBI,EA hIACIONAL
                                                                          AN-GL-20L2-277
                                                                 Quito, 05 de abril del 2012
                                                                    CONTRALORIA GENERAT tJEL ESTADO
                                                                    DOCUMf, NTA CION Y ARC-HIYo
                                                                       CORRESPONDENCIA
                                                                     RECIBIDA Y REGISTRADA

Seflor Doctor
Carlos Polit
CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
En su Despacho.-


De mis consideraciones:


Tal como podr6 observar del oficio remitido al Ministro de Defensa Xavier Ponce,
conforme a las atribuciones que me concede la Constituci6n, y toda vez que estoy
facultado y en la obligaci6n de ejercer la fiscalizaci6n, procedi a realizar la primera visita
In Situ donde se encuentran los radares oue ha comorado el Estado Ecuatoriano a
trav6s de la FAE, especificamente el YLC-18 M que es prestado, y el YLC-18 que fue
comprado, pude constatar entre otras cosas lo siguiente:

En relaci6n al radar YLC 18 M prestado, pude observar que se encontraba en
funcionamiento; con respecto al YLC 18 comprado, pude verificar que el mismo fue
prendido por el motivo de mi visita, para lo cual inclusive estaban presentes t6cnicos de
nacionalidad China quienes en compafria del Gral, C6sar Ramos y el Crnel. Cobos me
supieron manifestar que este radar aun no estaba en funcionamiento por cuanto es un
sistema integrado y el mismo funciona una vez que los cuatro radares en si entren en
funcionamiento, motivo por el cual este se encontraba apagado.

A pesar de todo ello, y ya habiendo transcurrido 18 meses para la entrega de           los
radares y el sistema integrado -conforme a lo estipulado en el contrato para la compra
de dichos radares- se pudo evidenciar que ya han transcurrido casi L6 meses
adicionales de la terminaci6n del contrato suscrito con CETC International y el Ministerio
de Defensa (tomando en cuenta que la forma de pago ha sido variable), habiendo
desembolsado 36 millones de d6lares como anticioo.
Cabe indicar que     el   radar YLC-18 M en        la   actualidad que se encuentra en
funcionamiento, el enfriamiento del mismo se lo realiza con liquido; adem6s dicho radar
no mantiene un sistema interconectado con los aviones Tucano y el radar YLC 18
comprado no mantiene un sistema interconectado con ningrin avi6n.

En tal virtud solicit6 que se aplique una multa de conformidad con el Art.71 inciso 2s de
la Ley OrgSnica del Sistema Nacional de Contrataci6n P(blica, esto es por los
retrasos as( como incumolimientos contractuales.



                                                                                  @btsa
                                                                                 CdGdIEffiNIM
                                                                                   Y   Corlfid, PCgnoo
REPUBLICA DEL ECUADOR
                                ASAP[[!I.EA                   NTACT ONIAI-
   AN-cL-20t2.277
   Quito,05 de abrit det 2Ot2
   Serior Doctor
   Carlos Polit , CONTRALOR GENERAL DEL
                                        ESTADO
   P6gina 2,-



                                                                           la garantia del fiel cumplimiento
                                                                            que procede tambi6n aplicar la
                                                                           94 numeral 3 del mismo cueroo


 sin embargo, fuera de ra imposici6n de murtas, debe considerarse
                                                                     que er radar prestado
 sigue sin cumplir con ros requerimientos t6cnicos Je
                                                        enfriamiento por aire, por ro que
 tambi6n cabe la terminaci6n unilateral del contrato en vista
                                                              oe to oispuestolri et Art. 94
 numeral 7 ibidem.


  De todo lo anterior, solicito que Usted orde
 esta contrataci6n asi como a su ejecucidn,
                                              1
 adoptar, y si de los resultados de dicho exai
 administrativas y penales, por la falta de aplici
 del contrato por concepto de multa, por cada dia de retraso- el cobro
                                                                         de las oarantias
 respectivas, asi como la terminaci6n unilateral de dicha relaci6n
 los constantes incumplimientos en este caso.
                                                                   *nira.tr.l.n" vista de


Sinceramente,




Ind
                   LA COMISI6N DE FISCATIZACIoN Y CONTROL POLITICO
MIEMBR
                   A_COM|S|6N DE DERECHOS COLECTTVOS COMUNTTARTOS                                           y LA
INTERC
arcntvo
GULM/KR



  Av 10 de Agosto N11-511 Edificio Alameda ll, entre santa Prisca y Pasaje carios lbana
                                                                                        sdptimo piso, oficina 701

Contralor radares

  • 1.
    REP1JBLICA DEL ECUADOR ASAIItrBI,EA hIACIONAL AN-GL-20L2-277 Quito, 05 de abril del 2012 CONTRALORIA GENERAT tJEL ESTADO DOCUMf, NTA CION Y ARC-HIYo CORRESPONDENCIA RECIBIDA Y REGISTRADA Seflor Doctor Carlos Polit CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO En su Despacho.- De mis consideraciones: Tal como podr6 observar del oficio remitido al Ministro de Defensa Xavier Ponce, conforme a las atribuciones que me concede la Constituci6n, y toda vez que estoy facultado y en la obligaci6n de ejercer la fiscalizaci6n, procedi a realizar la primera visita In Situ donde se encuentran los radares oue ha comorado el Estado Ecuatoriano a trav6s de la FAE, especificamente el YLC-18 M que es prestado, y el YLC-18 que fue comprado, pude constatar entre otras cosas lo siguiente: En relaci6n al radar YLC 18 M prestado, pude observar que se encontraba en funcionamiento; con respecto al YLC 18 comprado, pude verificar que el mismo fue prendido por el motivo de mi visita, para lo cual inclusive estaban presentes t6cnicos de nacionalidad China quienes en compafria del Gral, C6sar Ramos y el Crnel. Cobos me supieron manifestar que este radar aun no estaba en funcionamiento por cuanto es un sistema integrado y el mismo funciona una vez que los cuatro radares en si entren en funcionamiento, motivo por el cual este se encontraba apagado. A pesar de todo ello, y ya habiendo transcurrido 18 meses para la entrega de los radares y el sistema integrado -conforme a lo estipulado en el contrato para la compra de dichos radares- se pudo evidenciar que ya han transcurrido casi L6 meses adicionales de la terminaci6n del contrato suscrito con CETC International y el Ministerio de Defensa (tomando en cuenta que la forma de pago ha sido variable), habiendo desembolsado 36 millones de d6lares como anticioo. Cabe indicar que el radar YLC-18 M en la actualidad que se encuentra en funcionamiento, el enfriamiento del mismo se lo realiza con liquido; adem6s dicho radar no mantiene un sistema interconectado con los aviones Tucano y el radar YLC 18 comprado no mantiene un sistema interconectado con ningrin avi6n. En tal virtud solicit6 que se aplique una multa de conformidad con el Art.71 inciso 2s de la Ley OrgSnica del Sistema Nacional de Contrataci6n P(blica, esto es por los retrasos as( como incumolimientos contractuales. @btsa CdGdIEffiNIM Y Corlfid, PCgnoo
  • 2.
    REPUBLICA DEL ECUADOR ASAP[[!I.EA NTACT ONIAI- AN-cL-20t2.277 Quito,05 de abrit det 2Ot2 Serior Doctor Carlos Polit , CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO P6gina 2,- la garantia del fiel cumplimiento que procede tambi6n aplicar la 94 numeral 3 del mismo cueroo sin embargo, fuera de ra imposici6n de murtas, debe considerarse que er radar prestado sigue sin cumplir con ros requerimientos t6cnicos Je enfriamiento por aire, por ro que tambi6n cabe la terminaci6n unilateral del contrato en vista oe to oispuestolri et Art. 94 numeral 7 ibidem. De todo lo anterior, solicito que Usted orde esta contrataci6n asi como a su ejecucidn, 1 adoptar, y si de los resultados de dicho exai administrativas y penales, por la falta de aplici del contrato por concepto de multa, por cada dia de retraso- el cobro de las oarantias respectivas, asi como la terminaci6n unilateral de dicha relaci6n los constantes incumplimientos en este caso. *nira.tr.l.n" vista de Sinceramente, Ind LA COMISI6N DE FISCATIZACIoN Y CONTROL POLITICO MIEMBR A_COM|S|6N DE DERECHOS COLECTTVOS COMUNTTARTOS y LA INTERC arcntvo GULM/KR Av 10 de Agosto N11-511 Edificio Alameda ll, entre santa Prisca y Pasaje carios lbana sdptimo piso, oficina 701