VISIÓN ESTRATÉGICA DE LA
 CONTRATACIÓN PÚBLICA


              Alberto Santiago Aponte Léctor
ACTOS PREPARATORIOS
Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Documento de gestión que contiene las contrataciones
previstas para el corto plazo (año fiscal).

Busca el cumplimiento de las metas y objetivos previstos
en el PIA, POI y PEI.
Elaboración del PAC
                       Segundo Momento (15 días hábiles después)



          Aprobación de PIA               Aprobación
                                                                        Plan
                                                                        Anual


          Consolidación de
          cuadro de                                  Difundir:         SEACE
          necesidades                                Dentro de los 5
Primer                                               días hábiles de
Momento                                              aprobado          LOCAL Y WEB
                                                                       DE LA ENTIDAD
          Usuarios definen
          requerimientos
Forma de modificación del PAC
  Incluir o excluir procesos de selección; o
  Modificar la cantidad prevista de bienes, servicios u obras
  en más de 25% del valor estimado y ello pueda variar el
  tipo de proceso de selección.

Ejecución del PAC
A cargo del órgano encargado de las contrataciones
De los comités especiales y permanentes
Supervisión
Es responsabilidad del Titular de la Entidad / Evaluación
mínima es semestral
Expediente de Contratación
  Formulación
  (área usuaria, OEC)


  Aprobación
  Por funcionario competente


  Entrega al Comité Especial
Cada Entidad debe definir los procedimientos y plazos para la determinación y
aprobación del Exp. Contrat. y designación del Comité Especial (Directivas,
Instructivos) c
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN
 Requerimiento y/o Solicitud del área usuaria,
 Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado
 Sistema de contratación
 Modalidad de Selección
 Modalidad de ejecución contractual
 Disponibilidad Presupuestal
 Tipo de proceso
 Resumen ejecutivo
Funcionarios y órganos encargados
de las contrataciones

   •   Titular de la Entidad
   •   Área usuaria
   •   Órgano encargado de las
       contrataciones
   •   Comité Especial
El Comité Especial
Se designa por escrito, a través del funcionario
competente.
Comité Especial (ad hoc)
Comité Especial Permanente
Tres miembros: uno del área usuaria y otro del OEC. Por
lo menos 01 debe conocer técnicamente el objeto de la
contratación. 01 es el Presidente
Su función termina con la Buena Pro consentida /
Cancelación del proceso
¿Cuáles son las funciones del Comité
Especial

Elabora las Bases
Convoca al proceso
Absuelve Consultas y observaciones
Evalúa propuestas
Otorga la Buena Pro
Declara desierto
Consulta o propone las modificaciones de características
técnicas o del valor referencial
Otros actos necesarios
LAS BASES
Condiciones Mínimas
Art. 26º Ley
-   Especificaciones                                           Contenido de las propuestas
-   Calendario                                                 Art. 42º Rgto.
-   Metodología de evaluación                                  -   Copia certificado RNP
-   Proforma de contrato                                       -   DDJJ ART. 76º Rgto
-   Sistema/modalidad        de                                -   Doc. Obligatoria.
    contratación                                               -   Documentación facultativa
                                                               -   Oferta Económica



                          Valor Referencial
                          - Valor Referencial y Límites
                          - Antigüedad del Valor Referencial
PROCESO DE
 SELECCIÓN
TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN


                  Se determina dependiendo de:
                   A) Objeto del proceso.
                   B) Valor Referencial.

                                           Bienes
           Licitación Pública              Obras
Objeto
           Concurso Público                      Servicios


           Adjudicación Directa
              Selectiva / Pública
                                                 Bs., Ss y Obrs
           Menor Cuantía
Adjudicación de Menor Cuantía
            Bienes y servicios

     Convocatoria                                  Otorgamiento de la
                                                       Buena Pro



                            Mín. 2 días
                                                    Evaluación de la
                                                       Propuesta


Registro de Participantes
                                                   Presentación de la
                                                       Propuesta




                            Oscar Herrera Giurfa
Adjudicación de Menor Cuantía
      Consultoría y Ejecución de Obras
                                    Otorgamiento de la
   Convocatoria                         Buena Pro


                           6 días
    Registro de
                                     Evaluación de la
   Participantes
                                        Propuesta


   Consultas y
  observaciones                      Presentación de
                                            la
                                        Propuesta
Formulación: Mín. 2 días
Absolución: Máx. 2 días
Adjudicaciones Directa Pública /
                  Selectiva
                                     Otorgamiento de la
   Convocatoria                          Buena Pro


                           10 días
    Registro de
                                      Evaluación de la
   Participantes
                                         Propuesta


   Consultas y
  observaciones                       Presentación de
                                             la
                                         Propuesta
Formulación: Mín. 3 días
Absolución: Máx. 3 días
Licitación Pública y Concurso Público
    Convocatoria
(Publicación en SEACE)      Presentación de             Evaluación de
                               Propuestas                 Propuestas


    Registro de
   Participantes                                        Otorgamiento
                          Integración (2 días)          de la Buena Pro

Consultas (Mínimo 5
       días)
                                                        Consentimiento
                         Pronunciamiento de OSCE         de la Buena
  Absolución de          (10 días) Titular de entidad         Pro
Consultas (Máximo 5                 (8 días)
       días)


                              Absolución de                Contrato
   Observaciones              Observaciones
  (Máximo 5 días)            (Máximo 5 días)
CONVOCATORIA




Licitación Pública
Concurso Público                            Publicación en el SEACE
   Adj. Directa
       AMC




                     Oscar Herrera Giurfa
CONVOCATORIA


Publicación de las Bases

Publicación del resumen ejecutivo de estudio de
posibilidades que ofrece el mercado obligatorio para LP, CP
y AD.

Bajo sanción de nulidad




                      Oscar Herrera Giurfa
REGISTRO DE PARTICIPANTES



Proveedor debe tener RNP
vigente     y   no    estar
inhabilitado para contratar
con el Estado.

Para AMC de bienes y
servicios, el   registro se
efectuará   antes    de   la
presentación de propuestas.
OBSERVACIONES
El  Comité    Especial     absuelve      LAS   CONSULTAS    Y
OBSERVACIONES        mediante        pliego     fundamentado,
acogiéndolas o no. El pliego se publicará en el SEACE.

Elevación de observaciones al titular de la Entidad o al OSCE
                            cuando:

      No se acoge la(s) observación(es) del solicitante
      El acogimiento es contrario a la norma
      Se cuestiona el acogimiento de la observación de un
      tercero.


   ELEVACIÓN DE BASES
   Monto < a 300 UIT             - Titular de la Entidad
   Monto > a 300 UIT             - OSCE
INTEGRACIÓN DE BASES

  Cuando no se presentan consultas y/u observaciones: al
  día siguiente de vencido el plazo para absolver las
  observaciones.

  Cuando se presentan consultas y/u observaciones: al día
  siguiente de vencido el plazo para solicitar elevación de
  observaciones (4 días hábiles).

  Cuando se solicita la elevación de observaciones: en los
  dos días hábiles siguientes de notificado el
  pronunciamiento.
PRESENTACIÓN DE
PROPUESTAS

  Todos los documentos referidos a RTM y factores de
 evaluación    se presentan en castellano o
 acompañados de traducción (traductor público
 juramentado).

 Acreditación de representación: Vigencia de poder
 y, de ser el caso, carta poder.

 Propuesta económica: sólo en original
SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS

              Plazo: 1 ó 2 días desde la
              notificación
              Puede subsanarse en el
              mismo acto
              Propuesta económica:         No
              cabe      subsanación      por
              omisión    o     error, SALVO
              defectos de foliación y
              rúbrica de los folios.
Metodología de evaluación


                                Criterios

Factores de
                                 Puntaje       5, 10, 15, 20, ....
Evaluación

                                 Documentos
                                 Sustentatorios


       Los factores deben ser: Objetivos y Congruentes.
      Los criterios deben ser: Racionales y Proporcionales.
Evaluación Económica – Contenido de la
        propuesta económica


•        PROPUESTA ECONÓMICA:
        PRECIOS UNITARIOS pueden ser
         expresados con + de 2
         decimales
2   .      GARANTÍA DE SERIEDAD DE
         OFERTA en LP, CP o AD y
         declaración jurada en el caso
         de las AMC.




                           Oscar Herrera Giurfa
SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE
(73º Regl.)

 MYPES integradas por personas con discapacidad - LEY
 27050, sólo en AD y AMC.
 MYPES en estricto: AD y AMC
 Bienes y Obras.- mejor puntaje económico.
 Servicios - mejor puntaje técnico
 A PRORRATA*: no Consulta ni Obras
 SORTEO*
                (*) CITACIÓN OPORTUNA
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

       SOLO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS:
       SI LA OFERTA EXCEDE EL 100% DEL V.REF:
    Máx. 10 días hábiles desde la fecha del calendario, bajo
                  responsabilidad del Titular.
Presupuesto + Aprobación Titular, salvo acepte reducir su oferta
económica < V. Ref.
La aceptación es en acto público o por escrito -si es acto
privado-.
CONSENTIMIENTO DE LA
        BUENA PRO
Pluralidad de Postores
8 días hábiles (LP Y CP)
5 días AD y AMC; desde su notificación si no hay Recurso de
Apelación.

Un solo postor:
El día de su notificación
DECLARACIÓN DE DESIERTO
   Art. 32 Ley y 78 Regl.

            Si una LP, CP o ADP es
            declarada desierta en una
            oportunidad,      se    deberá
            convocar      una    AMC   (no
            electrónica).

            1 propuesta en Sub. Inversa =
            desierto.

            Registro en el SEACE al día
            sgte. de producida.
Culminación del Proceso

          - Se suscribe el contrato.
 Cuando
          - Se cancela el proceso
            de selección.
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Perfeccionamiento del Contrato
        Formalidad
        • Por Escrito: mediante suscripción del
          documento contractual.
        • Mediante orden de compra o de
          servicios en contratos: derivados de
          procesos de AMC (salvo en contratos de
          consultoría y ejecución de obras).

       Procesos por relación de ítems
        ◦   Documento contractual o con orden de
            compra o de servicios, según monto del
            VR de ítem.
Procedimiento de Suscripción
    CITACIÓN:
    Dentro de los 2 días hábiles siguientes de
    consentida la Buena Pro.

    SUSCRIPCIÓN:
    Postor ganador se presenta y suscribe.
    Dentro del plazo de las Bases (no < 5 ni >10 días
    hábiles siguientes a la recepción de la citación).
    En AMC para bienes y servicios, dicho plazo no
    podrá ser > 3 días hábiles.
Procedimiento de Suscripción

Para el postor:


Si no se presenta o suscribe: Pierde Buena Pro y
se cita al que ocupó el 2º lugar.

Si el 2º lugar no se presenta o no suscribe: Se
declara desierto el proceso.
Vigencia del contrato
    BIENES Y SERVICIOS: desde el día siguiente de su suscripción
    (o desde la recepción de la orden de compra o de servicio)
    hasta que funcionario competente dé conformidad y se
    efectúe el pago.

    Cómputo del plazo en la ejecución contractual: Cómputo en
    días naturales (regla general), las excepciones están
    reguladas de forma expresa.

    Plazo de ejecución contractual:
   Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo 3)
   Arrendamiento de inmuebles: contratos de hasta 3 años;
    renovables.
Desarrollo de la ejecución
 contractual
ADICIONALES Y REDUCCIONES:
  - Excepcionalmente
  - Previa sustentación del área usuaria.
  - La Entidad podrá ordenar y pagar directamente
  la
    ejecución de prestaciones adicionales en caso
  de
    bienes y servicios hasta el 25% de su monto.
  - Siempre que sean indispensables para alcanzar la
    finalidad del contrato.
  Igualmente, podrá disponerse la reducción de
  prestaciones hasta el 25%
Pagos
  Oportunidad:

      Después de ejecutada la
       prestación (parcial o total) y
       luego de emitida la
       conformidad del bien o
       servicio.

  Excepciones:
  Antes de ejecutada la prestación
  (según su naturaleza).
Resolución del Contrato
Es una atribución de las partes para dejar sin
efecto las obligaciones derivadas del
contrato.

      Causales:
    Mutuo acuerdo;
    Caso fortuito o fuerza mayor;
    Incumplimiento injustificado de una de
     las partes; y,
    Acumulación del monto máximo de la
     penalidad por mora o de las otras
     penalidades.
Resolución del Contrato

      Procedimiento de resolución de
      contrato:
      Carta     Notarial   requiriendo
      cumplimiento de obligación,
      bajo apercibimiento.

      Plazo:
        Ordinariamente : No mayor a
         5 días.

      Carta Notarial de resolución.
Nulidad del contrato

Se declara de oficio por la Entidad cuando
contratista incurra en causales contenidas en el
artículo 56º de la Ley:

   Trasgresión al principio de presunción de
    veracidad.
   Suscripción cuando se encontraba en trámite
    recurso de apelación.
   No utilización del proceso de selección
    correspondiente.
Culminación del contrato

     CULMINACIÓN DEL CONTRATO

 En caso de BIENES Y SERVICIOS:

   conformidad de la última prestación más el
  pago correspondiente (para bienes y
  servicios)
 En caso de OBRAS:
Liquidación, más el pago
Contratación Complementaria


Es considerada un contrato nuevo.
Las condiciones para que se realice son las
  siguientes:
  Dentro de los 3 meses de culminado el contrato
  original.
  Mismo contratista.
  Mientras culmine proceso de selección
  convocado
  Por los mismos bienes y/o servicios.
  Por única vez.
Contratación Complementaria


 Hasta por un máximo del 30% del contrato
  original.
 Preservando las condiciones que dieron lugar
  a la adquisición o contratación original.

Los requisitos:
  No estar inhabilitado.
  Estar inscrito en el RNP
  Garantías, cuando corresponda
GRACIAS

Contrataciones del estado dr.aponte

  • 1.
    VISIÓN ESTRATÉGICA DELA CONTRATACIÓN PÚBLICA Alberto Santiago Aponte Léctor
  • 2.
  • 3.
    Plan Anual deContrataciones (PAC) Documento de gestión que contiene las contrataciones previstas para el corto plazo (año fiscal). Busca el cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el PIA, POI y PEI.
  • 4.
    Elaboración del PAC Segundo Momento (15 días hábiles después) Aprobación de PIA Aprobación Plan Anual Consolidación de cuadro de Difundir: SEACE necesidades Dentro de los 5 Primer días hábiles de Momento aprobado LOCAL Y WEB DE LA ENTIDAD Usuarios definen requerimientos
  • 5.
    Forma de modificacióndel PAC Incluir o excluir procesos de selección; o Modificar la cantidad prevista de bienes, servicios u obras en más de 25% del valor estimado y ello pueda variar el tipo de proceso de selección. Ejecución del PAC A cargo del órgano encargado de las contrataciones De los comités especiales y permanentes Supervisión Es responsabilidad del Titular de la Entidad / Evaluación mínima es semestral
  • 6.
    Expediente de Contratación Formulación (área usuaria, OEC) Aprobación Por funcionario competente Entrega al Comité Especial Cada Entidad debe definir los procedimientos y plazos para la determinación y aprobación del Exp. Contrat. y designación del Comité Especial (Directivas, Instructivos) c
  • 7.
    CONTENIDO DEL EXPEDIENTEDE CONTRATACIÓN Requerimiento y/o Solicitud del área usuaria, Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado Sistema de contratación Modalidad de Selección Modalidad de ejecución contractual Disponibilidad Presupuestal Tipo de proceso Resumen ejecutivo
  • 8.
    Funcionarios y órganosencargados de las contrataciones • Titular de la Entidad • Área usuaria • Órgano encargado de las contrataciones • Comité Especial
  • 9.
    El Comité Especial Sedesigna por escrito, a través del funcionario competente. Comité Especial (ad hoc) Comité Especial Permanente Tres miembros: uno del área usuaria y otro del OEC. Por lo menos 01 debe conocer técnicamente el objeto de la contratación. 01 es el Presidente Su función termina con la Buena Pro consentida / Cancelación del proceso
  • 10.
    ¿Cuáles son lasfunciones del Comité Especial Elabora las Bases Convoca al proceso Absuelve Consultas y observaciones Evalúa propuestas Otorga la Buena Pro Declara desierto Consulta o propone las modificaciones de características técnicas o del valor referencial Otros actos necesarios
  • 11.
    LAS BASES Condiciones Mínimas Art.26º Ley - Especificaciones Contenido de las propuestas - Calendario Art. 42º Rgto. - Metodología de evaluación - Copia certificado RNP - Proforma de contrato - DDJJ ART. 76º Rgto - Sistema/modalidad de - Doc. Obligatoria. contratación - Documentación facultativa - Oferta Económica Valor Referencial - Valor Referencial y Límites - Antigüedad del Valor Referencial
  • 12.
  • 13.
    TIPOS DE PROCESOSDE SELECCIÓN Se determina dependiendo de: A) Objeto del proceso. B) Valor Referencial. Bienes Licitación Pública Obras Objeto Concurso Público Servicios Adjudicación Directa Selectiva / Pública Bs., Ss y Obrs Menor Cuantía
  • 14.
    Adjudicación de MenorCuantía Bienes y servicios Convocatoria Otorgamiento de la Buena Pro Mín. 2 días Evaluación de la Propuesta Registro de Participantes Presentación de la Propuesta Oscar Herrera Giurfa
  • 15.
    Adjudicación de MenorCuantía Consultoría y Ejecución de Obras Otorgamiento de la Convocatoria Buena Pro 6 días Registro de Evaluación de la Participantes Propuesta Consultas y observaciones Presentación de la Propuesta Formulación: Mín. 2 días Absolución: Máx. 2 días
  • 16.
    Adjudicaciones Directa Pública/ Selectiva Otorgamiento de la Convocatoria Buena Pro 10 días Registro de Evaluación de la Participantes Propuesta Consultas y observaciones Presentación de la Propuesta Formulación: Mín. 3 días Absolución: Máx. 3 días
  • 17.
    Licitación Pública yConcurso Público Convocatoria (Publicación en SEACE) Presentación de Evaluación de Propuestas Propuestas Registro de Participantes Otorgamiento Integración (2 días) de la Buena Pro Consultas (Mínimo 5 días) Consentimiento Pronunciamiento de OSCE de la Buena Absolución de (10 días) Titular de entidad Pro Consultas (Máximo 5 (8 días) días) Absolución de Contrato Observaciones Observaciones (Máximo 5 días) (Máximo 5 días)
  • 18.
    CONVOCATORIA Licitación Pública Concurso Público Publicación en el SEACE Adj. Directa AMC Oscar Herrera Giurfa
  • 19.
    CONVOCATORIA Publicación de lasBases Publicación del resumen ejecutivo de estudio de posibilidades que ofrece el mercado obligatorio para LP, CP y AD. Bajo sanción de nulidad Oscar Herrera Giurfa
  • 20.
    REGISTRO DE PARTICIPANTES Proveedordebe tener RNP vigente y no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Para AMC de bienes y servicios, el registro se efectuará antes de la presentación de propuestas.
  • 21.
    OBSERVACIONES El Comité Especial absuelve LAS CONSULTAS Y OBSERVACIONES mediante pliego fundamentado, acogiéndolas o no. El pliego se publicará en el SEACE. Elevación de observaciones al titular de la Entidad o al OSCE cuando: No se acoge la(s) observación(es) del solicitante El acogimiento es contrario a la norma Se cuestiona el acogimiento de la observación de un tercero. ELEVACIÓN DE BASES Monto < a 300 UIT - Titular de la Entidad Monto > a 300 UIT - OSCE
  • 22.
    INTEGRACIÓN DE BASES Cuando no se presentan consultas y/u observaciones: al día siguiente de vencido el plazo para absolver las observaciones. Cuando se presentan consultas y/u observaciones: al día siguiente de vencido el plazo para solicitar elevación de observaciones (4 días hábiles). Cuando se solicita la elevación de observaciones: en los dos días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento.
  • 23.
    PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Todos los documentos referidos a RTM y factores de evaluación se presentan en castellano o acompañados de traducción (traductor público juramentado). Acreditación de representación: Vigencia de poder y, de ser el caso, carta poder. Propuesta económica: sólo en original
  • 24.
    SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS Plazo: 1 ó 2 días desde la notificación Puede subsanarse en el mismo acto Propuesta económica: No cabe subsanación por omisión o error, SALVO defectos de foliación y rúbrica de los folios.
  • 25.
    Metodología de evaluación Criterios Factores de Puntaje 5, 10, 15, 20, .... Evaluación Documentos Sustentatorios Los factores deben ser: Objetivos y Congruentes. Los criterios deben ser: Racionales y Proporcionales.
  • 26.
    Evaluación Económica –Contenido de la propuesta económica • PROPUESTA ECONÓMICA: PRECIOS UNITARIOS pueden ser expresados con + de 2 decimales 2 . GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA en LP, CP o AD y declaración jurada en el caso de las AMC. Oscar Herrera Giurfa
  • 27.
    SOLUCIÓN EN CASODE EMPATE (73º Regl.) MYPES integradas por personas con discapacidad - LEY 27050, sólo en AD y AMC. MYPES en estricto: AD y AMC Bienes y Obras.- mejor puntaje económico. Servicios - mejor puntaje técnico A PRORRATA*: no Consulta ni Obras SORTEO* (*) CITACIÓN OPORTUNA
  • 28.
    OTORGAMIENTO DE LABUENA PRO SOLO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS: SI LA OFERTA EXCEDE EL 100% DEL V.REF: Máx. 10 días hábiles desde la fecha del calendario, bajo responsabilidad del Titular. Presupuesto + Aprobación Titular, salvo acepte reducir su oferta económica < V. Ref. La aceptación es en acto público o por escrito -si es acto privado-.
  • 29.
    CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Pluralidad de Postores 8 días hábiles (LP Y CP) 5 días AD y AMC; desde su notificación si no hay Recurso de Apelación. Un solo postor: El día de su notificación
  • 30.
    DECLARACIÓN DE DESIERTO Art. 32 Ley y 78 Regl. Si una LP, CP o ADP es declarada desierta en una oportunidad, se deberá convocar una AMC (no electrónica). 1 propuesta en Sub. Inversa = desierto. Registro en el SEACE al día sgte. de producida.
  • 31.
    Culminación del Proceso - Se suscribe el contrato. Cuando - Se cancela el proceso de selección.
  • 32.
  • 33.
    Perfeccionamiento del Contrato Formalidad • Por Escrito: mediante suscripción del documento contractual. • Mediante orden de compra o de servicios en contratos: derivados de procesos de AMC (salvo en contratos de consultoría y ejecución de obras). Procesos por relación de ítems ◦ Documento contractual o con orden de compra o de servicios, según monto del VR de ítem.
  • 34.
    Procedimiento de Suscripción CITACIÓN: Dentro de los 2 días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro. SUSCRIPCIÓN: Postor ganador se presenta y suscribe. Dentro del plazo de las Bases (no < 5 ni >10 días hábiles siguientes a la recepción de la citación). En AMC para bienes y servicios, dicho plazo no podrá ser > 3 días hábiles.
  • 35.
    Procedimiento de Suscripción Parael postor: Si no se presenta o suscribe: Pierde Buena Pro y se cita al que ocupó el 2º lugar. Si el 2º lugar no se presenta o no suscribe: Se declara desierto el proceso.
  • 36.
    Vigencia del contrato BIENES Y SERVICIOS: desde el día siguiente de su suscripción (o desde la recepción de la orden de compra o de servicio) hasta que funcionario competente dé conformidad y se efectúe el pago. Cómputo del plazo en la ejecución contractual: Cómputo en días naturales (regla general), las excepciones están reguladas de forma expresa. Plazo de ejecución contractual:  Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo 3)  Arrendamiento de inmuebles: contratos de hasta 3 años; renovables.
  • 37.
    Desarrollo de laejecución contractual ADICIONALES Y REDUCCIONES: - Excepcionalmente - Previa sustentación del área usuaria. - La Entidad podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales en caso de bienes y servicios hasta el 25% de su monto. - Siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Igualmente, podrá disponerse la reducción de prestaciones hasta el 25%
  • 38.
    Pagos Oportunidad:  Después de ejecutada la prestación (parcial o total) y luego de emitida la conformidad del bien o servicio. Excepciones: Antes de ejecutada la prestación (según su naturaleza).
  • 39.
    Resolución del Contrato Esuna atribución de las partes para dejar sin efecto las obligaciones derivadas del contrato. Causales:  Mutuo acuerdo;  Caso fortuito o fuerza mayor;  Incumplimiento injustificado de una de las partes; y,  Acumulación del monto máximo de la penalidad por mora o de las otras penalidades.
  • 40.
    Resolución del Contrato Procedimiento de resolución de contrato: Carta Notarial requiriendo cumplimiento de obligación, bajo apercibimiento. Plazo:  Ordinariamente : No mayor a 5 días. Carta Notarial de resolución.
  • 41.
    Nulidad del contrato Sedeclara de oficio por la Entidad cuando contratista incurra en causales contenidas en el artículo 56º de la Ley:  Trasgresión al principio de presunción de veracidad.  Suscripción cuando se encontraba en trámite recurso de apelación.  No utilización del proceso de selección correspondiente.
  • 42.
    Culminación del contrato CULMINACIÓN DEL CONTRATO  En caso de BIENES Y SERVICIOS: conformidad de la última prestación más el pago correspondiente (para bienes y servicios)  En caso de OBRAS: Liquidación, más el pago
  • 43.
    Contratación Complementaria Es consideradaun contrato nuevo. Las condiciones para que se realice son las siguientes: Dentro de los 3 meses de culminado el contrato original. Mismo contratista. Mientras culmine proceso de selección convocado Por los mismos bienes y/o servicios. Por única vez.
  • 44.
    Contratación Complementaria  Hastapor un máximo del 30% del contrato original.  Preservando las condiciones que dieron lugar a la adquisición o contratación original. Los requisitos: No estar inhabilitado. Estar inscrito en el RNP Garantías, cuando corresponda
  • 45.

Notas del editor

  • #11 Elabora las Bases :Siendo esta una competencia exclusiva, salvo los procesos de menor cuantía, los procesos exonerados en los que la dependencia encargada de las contrataciones quien las elabora las elevará a la autoridad competente para su aprobación, luego de lo cual dispondrá la realización de la convocatoria. Convoca al proceso A través del SEACE y mediante invitación a tres (03) postores como mínimo. Absuelve Consultas y observaciones: Relativas al incumplimiento de las condiciones mínimas o de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección Evalúa propuestas En base a los requerimientos técnicos mínimos y los factores de evaluación contenidos en la bases. Otorga la Buena Pro Luego de la evaluación técnica y económica al postor que hubiera obtenido la mayor calificación. Declara desierto El Proceso cuando no se hubieran presentado propuestas validas Consulta o propone las modificaciones de características técnicas o del valor referencial Las mismas que deberán ser evaluadas por las áreas que formularon el requerimiento o las dependencias encargadas de las contrataciones y adquisiciones, ello dependerá del extremo que es materia de modificación. Otros actos necesarios: Relacionados al proceso de selección
  • #33 Permite a la entidad, contratar nuevamente con el contratista que está a punto de culminar la ejecución contractual. Este caso se presenta; por ejemplo, cuando se anula un proceso de selección destinado a contratar el servicio de vigilancia para una entidad. Se entiende que si se anula el proceso por algún vicio, la entidad puede contratar nuevamente con el contratista que presta actualmente servicios de vigilancia, con la finalidad de que el lugar no esté desguarnecido. Asimismo, para que la entidad tenga más tiempo para desarrollar otro proceso de selección. Para que se permita esta contratación complementaria, el contrato anterior debe culminar. El nuevo contrato debe estar diseñado en las mismas condiciones del contrato original. Salvo, en el tema de la garantía. Ya que si el monto de la contratación complementaria llega a una menor cuantía, se podrá exonerar de la presentación de garantías. Para este contrato, la entidad no deberá obligar al contratista a suscribir un contrato complementario y viceversa. Todo contrato es consensual. El plazo para la contratación complementario es de tres meses y tiene un tope, hasta el 30% del contrato original. Conclusiones Sistema de garantías asegura el debido cumplimiento de las prestaciones. GFC y GA buscan que la Entidad vea satisfechas sus expectativas de contar con la prestación de acuerdo a lo ofertado por el contratista. La garantía por adelanto cuida que el desembolso de dinero se emplee para los fines solicitados. Carta fianza y póliza de caución son los tipos permitidos de constitución de todas las clases de garantías. La retención del 10% es una forma alternativa de constitución de garantía, a disposición de MYPES en contratos de ejecución periódica. Situaciones de excepción a la GFC y GA.
  • #37 ¿Cuáles son las obligaciones y responsabilidades? Para ambas partes: las establecidas en la Ley, el Reglamento, las Bases y el contrato. Así: Para el Contratista: Comunicar fallas y defectos Tributos y gravámenes Obligaciones laborales y sociales Para la Entidad: Modificaciones Licencias, autorizaciones, permisos.
  • #38 ¿Se puede hacer una Subcontratación? Salvo prohibición expresa en el Reglamento, Bases o Contrato Requisitos: Aprobación previa por escrito No exceder 60% de la prestación Capacitación y tecnología (extranjeros) No estar suspendido o inhabilitado Estar inscrito en el RNP Preferencia a MYPES Iniciada la ejecución contractual, podría presentarse una situación en la cual el contratista está obligado a subcontratar. Esta figura es muy conocida en el derecho civil; el contratista puede transferir sus obligaciones a un tercero (subcontratista) para que esta la realice. La relación privada se rige por el código civil, pero, en contratación pública, existen requisitos que se deben cumplir para que la contratación proceda. ¿Cuándo procede la subcontratación? Procede cuando no está prohibida expresamente o cuando no se hace mención en las bases o en el contrato. Debemos partir por lo siguiente. Si el reglamento prohíbe la subcontratación, entonces no se tocará el tema. Por ejemplo, cuando estemos en un contrato, derivado de una exoneración de servicios personalísimos, por prohibición expresa del reglamento, no procede la subcontratación. Del mismo modo, la contratación por exoneración entre entidades del Estado, prohíbe que se subcontrate. En las bases o en el contrato se puede establecer expresamente la prohibición de subcontratar. Esta es una facultad de la entidad. Si el postor se da cuenta que en las bases no se toma en cuenta la opción de subcontratar y en consecuencia, presenta una observación, esta será rechazada ya que la entidad es libre de indicar si la subcontratación procede o no. Para que la subcontratación proceda, deberá establecerse una serie de requisitos: La aprobación previa. El contratista debe solicitar la autorización previa a la entidad para que pueda subcontratar. Hay que tener presente que, el reglamento señala como una causal de sanción la subcontratación sin autorización. Pero, aquí hay una figura, que aparentemente es un vacío normativo: “el contratista deberá solicitar la autorización para subcontratar, la entidad tiene cinco días hábiles para responder a esa solicitud… en caso de que la entidad no responda después de los cinco días hábiles, operará el silencio administrativo positivo &amp;quot;. La subcontratación no debe exceder el 60% de las prestaciones.  No tiene sentido que la subcontratación sea amplia y total. La contratación se desnaturaliza. Si el contratista es extranjero y va a subcontratar, debe asegurarse la transferencia de capacitación y de tecnología a la empresa nacional. El subcontratista también debe cumplir los mismos requisitos que el contratista. Por ejemplo, no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Finalmente, se debe dar preferencia  a la micro y a la pequeña empresa. Ojo, la norma sólo habla de preferencias, no de obligaciones.
  • #39 El reglamento prevé excepciones. Antes de la prestación (según su naturaleza). Por ejemplo. Las aerolíneas exigen primero el pago de los pasajes para luego ejecutar la prestación. También existen los pagos periódicos; por ejemplo en los contratos de locación de servicios, se contrata por un año y se paga periódicamente por un mes. En obras se paga, previa valorización. El reglamento establece que el plazo para el pago debe estar especificado en el contrato. Si la entidad no paga dentro del plazo previsto en el contrato. En ese caso opera EL INTERÉS LEGAL. La norma nos remite al código civil y éste nos remite al Banco Central de Reserva, el cual dice que la tasa de interés será establecida por el BCR.
  • #40 La norma prevé la resolución del contrato y las causales de la misma. Dentro de este tema hay un concepto muy importante llamado Emplazamiento Previo . Un requerimiento que debe hacer la parte perjudicada por incumplimiento del contrato a la otra parte. Es decir, no se puede resolver el contrato unilateralmente. Tocaremos este tema más adelante, Ahora citaremos las tres causales de resolución de contrato. Las causales son tres: Mutuo acuerdo.- La entidad y el contratista pueden llegar a un acuerdo para resolver el contrato cuando lo crean conveniente. Caso Fortuito o fuerza mayor.- La norma nos remite al código civil y el código aclara que se necesitan tres requisitos para que este suceso se presente: El evento debe ser irresistible, extraordinario e imprevisible. Por ejemplo, un accidente, un evento natural imprevisible, etc. Cuando ocurre algo así, se liquidará lo realizado hasta el momento sin perjuicio para ninguna de las partes. Incumplimiento de la parte .- Una de las partes incumple con el contrato y obliga a la resolución de la misma. Se puede atribuir al contratista las siguientes causales que originaron el incumplimiento del contrato.
  • #42 La norma dice que la entidad, de oficio, deberá decretar la nulidad del contrato. Esta decisión deberá ser comunicada vía carta notarial. El contratista deberá esclarecer este tema en la vía de arbitraje en el plazo de 15 días hábiles para definir el tema en esta instancia.
  • #43 En bienes y servicios se habla de CONFORMIDAD DE LA RECEPCIÓN . Cuando la entidad recibe los bienes y presenta observaciones a los mismos, el contratista deberá subsanarlas en un plazo de dos a 10 días.  Evidentemente, si el contratista no subsana, la entidad estará habilitada de resolver el contrato. Si la entidad da la conformidad sin observaciones, se elaborará el acta de conformidad respectiva. Con el acta culminará la relación contractual, se cierra el expediente de contratación culmina la ejecución contractual.  Qué sucede si la entidad, luego de una semana, detecta que el bien tenía un VICIO OCULTO .  Por ejemplo, computadoras que vienen con fallas ocultas, que a simple vista no se pueden ver. El reglamento prevé la solución de este problema en la vía de conciliación y arbitraje. El plazo para reclamar el vicio oculto es de un año. Si el vicio se detecta después no se podrá reclamar.
  • #44 Permite a la entidad, contratar nuevamente con el contratista que está a punto de culminar la ejecución contractual. Este caso se presenta; por ejemplo, cuando se anula un proceso de selección destinado a contratar el servicio de vigilancia para una entidad. Se entiende que si se anula el proceso por algún vicio, la entidad puede contratar nuevamente con el contratista que presta actualmente servicios de vigilancia, con la finalidad de que el lugar no esté desguarnecido. Asimismo, para que la entidad tenga más tiempo para desarrollar otro proceso de selección. Para que se permita esta contratación complementaria, el contrato anterior debe culminar. El nuevo contrato debe estar diseñado en las mismas condiciones del contrato original. Salvo, en el tema de la garantía. Ya que si el monto de la contratación complementaria llega a una menor cuantía, se podrá exonerar de la presentación de garantías. Para este contrato, la entidad no deberá obligar al contratista a suscribir un contrato complementario y viceversa. Todo contrato es consensual. El plazo para la contratación complementario es de tres meses y tiene un tope, hasta el 30% del contrato original. Conclusiones Sistema de garantías asegura el debido cumplimiento de las prestaciones. GFC y GA buscan que la Entidad vea satisfechas sus expectativas de contar con la prestación de acuerdo a lo ofertado por el contratista. La garantía por adelanto cuida que el desembolso de dinero se emplee para los fines solicitados. Carta fianza y póliza de caución son los tipos permitidos de constitución de todas las clases de garantías. La retención del 10% es una forma alternativa de constitución de garantía, a disposición de MYPES en contratos de ejecución periódica. Situaciones de excepción a la GFC y GA.
  • #45 Permite a la entidad, contratar nuevamente con el contratista que está a punto de culminar la ejecución contractual. Este caso se presenta; por ejemplo, cuando se anula un proceso de selección destinado a contratar el servicio de vigilancia para una entidad. Se entiende que si se anula el proceso por algún vicio, la entidad puede contratar nuevamente con el contratista que presta actualmente servicios de vigilancia, con la finalidad de que el lugar no esté desguarnecido. Asimismo, para que la entidad tenga más tiempo para desarrollar otro proceso de selección. Para que se permita esta contratación complementaria, el contrato anterior debe culminar. El nuevo contrato debe estar diseñado en las mismas condiciones del contrato original. Salvo, en el tema de la garantía. Ya que si el monto de la contratación complementaria llega a una menor cuantía, se podrá exonerar de la presentación de garantías. Para este contrato, la entidad no deberá obligar al contratista a suscribir un contrato complementario y viceversa. Todo contrato es consensual. El plazo para la contratación complementario es de tres meses y tiene un tope, hasta el 30% del contrato original. Conclusiones Sistema de garantías asegura el debido cumplimiento de las prestaciones. GFC y GA buscan que la Entidad vea satisfechas sus expectativas de contar con la prestación de acuerdo a lo ofertado por el contratista. La garantía por adelanto cuida que el desembolso de dinero se emplee para los fines solicitados. Carta fianza y póliza de caución son los tipos permitidos de constitución de todas las clases de garantías. La retención del 10% es una forma alternativa de constitución de garantía, a disposición de MYPES en contratos de ejecución periódica. Situaciones de excepción a la GFC y GA.