Este decreto establece los principios y garantías procesales del Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Define conceptos como presunción de inocencia, debido proceso, participación ciudadana, autonomía judicial, publicidad y oralidad de los juicios, entre otros. Además, regula aspectos como el ejercicio de la acción penal, las excepciones al proceso y la protección de las víctimas.