Las Corporaciones Autónomas Regionales son entes públicos creados por la ley para administrar las regiones de Colombia desde una perspectiva ambiental. Son autónomas administrativa y financieramente, y están integradas por las entidades territoriales que conforman una misma unidad geográfica, biogeográfica o hidrogeográfica. Tienen como objetivo principal la ejecución de políticas ambientales a nivel regional y cuentan con órganos como la Asamblea Corporativa, el Consejo Directivo y el Director General.
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2. Corporaciones Autónomas
Regionales de Colombia
Entes corporativos de carácter público,
creados por la Ley.
Integrados por las entidades territoriales
que por sus características constituyen
geográficamente un mismo ecosistema o
conforman una unidad geopolítica,
biogeográfica o hidrogeográfica.
Con autonomía administrativa y
financiera, patrimonio propio y personería
jurídica
3. NORMAS
Decreto 127 de 1976 (enero 26).
Adscribe algunas Corporaciones Autónomas Regionales al Departamento Nacional
de Planeación y se dictan otras disposiciones.
Ley 2ª de 1978 (febrero 9).
Aclara el Decreto 133 de 1976, sobre le manejo de los recursos naturales renovables
en la jurisdicción de la Corporación.
Decreto 393 de 1991 (febrero 8).
Dicta normas sobre asociaciones para actividades científicas y tecnológicas,
proyectos de investigación y creación de tecnología
Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Unifica el objeto, las funciones y los órganos de dirección y administración de las
Corporaciones Autónomas Regionales.
4. NORMAS
Decreto 632 de 1994 (marzo 22).
Dicta disposiciones sobre los órganos de dirección y administración de las
Corporaciones Autónomas Regionales.
Decreto 1768 de 1994 (1768)
Por el cual se desarrolla parcialmente el literal h) del artículo 116 en lo relacionado
con el establecimiento, organización o reforma de las CARs y de las Corporaciones
de Régimen Especial, creadas o transformadas por la Ley 99 de 1993.
Ley 344 de 1996 (diciembre 27)
Dictan normas tendientes a la racionalización del gasto público, se conceden unas
facultades extraordinarias y se dictan otras facultades.
Decreto 1728 de 2002 (Agosto 6)
Reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencia Ambiental.
5. NORMAS
Decreto 1523 de 2003 (junio 6)
Por el cual se reglamenta el procedimiento de elección del representante y suplente
de las comunidades negras ante los consejos directivos de las Corporaciones
Autónomas Regionales y se adoptan otras disposiciones.
Ley 1263 de 2008 (diciembre 26)
Por medio de la cual se modifica parcialmente los artículos 26 y 28 de la Ley 99 de
1993.
Decreto 2350 de 2009 (Junio 24)
Por medio del cual se reglamenta la transición de los Planes de Acción de las
Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible prevista en el
parágrafo del articulo 3 de la ley 1263 de 2008.
6. OBJETIVOS
La ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos
sobre medio ambiente y recursos naturales renovables, así como
dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales
vigentes sobre su disposición, administración, manejo y
aprovechamiento, conforme a las regulaciones, pautas y
directrices expedidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial.
7. FUNCIONES
1. Ejecutar las políticas,
planes y programas
nacionales en materia
ambiental definidos por la
ley
3. Promover y desarrollar la
participación comunitaria
2. Ejercer la función de
máxima autoridad
ambiental en el área de su
jurisdicción
4. Coordinar el proceso de
preparación de los planes,
programas y proyectos de
desarrollo medioambiental
que deban formular los
diferentes organismos y
entidades del SINA
5. Participar en los procesos
de planificación y
ordenamiento territorial
6. Celebrar contratos y
convenios cuyo objeto sea
la defensa y protección del
medio ambiente y los
recursos naturales
renovables
8. FUNCIONES
7. Promover y realizar
estudios e
investigaciones en
materia de medio
ambiente y recursos
naturales renovables
8. Asesorar a las
entidades territoriales en
la formulación de
planes de educación
ambienta
9. Otorgar concesiones,
permisos, autorizaciones
y
licencias ambientales
requeridas por la Ley
10. Ejercer las funciones
de evaluación, control y
seguimiento ambiental
de las actividades
11. Ordenar y
establecer las normas y
directrices para el
manejo de las cuencas
hidrográficas
12. Promover y ejecutar
programas de
abastecimiento de
agua a las
comunidades indígenas
y negras
9. Corporaciones Autónomas
Regionales de Colombia
Las Corporaciones Autónomas
Regionales que tiene Colombia
son la primera autoridad
ambiental a nivel regional.
Son entes de carácter público,
integrados por las entidades
territoriales, que por sus
características constituyen
geográficamente un mismo
ecosistema o conforman una
unidad geopolítica,
biogeográfica o
hidrogeográfica.
10. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional del Río
Grande de la Magdalena - CORMAGDALENA
• Artículo 331 de la Constitución Política de 1991
Corporación Autónoma Regional de La
Meseta de Bucaramanga - C.D.M.B
Escritura Pública 2769 de 1965
Corporación Autónoma Regional de Boyacá -
CORPOBOYACA
• Ley 99 de 1993
11. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional De Caldas -
CORPOCALDAS
•Ley 40 de 1971 (diciembre 23)
Corporación Autónoma Regional Del Canal
Del Dique - CARDIQUE
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22)
Corporación Autónoma Regional Del Cauca -
CRC
•Ley 11 de 1983 (junio 23)
12. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional Del Centro
De Antioquia - CORANTIOQUIA
•Ley 99 de 1993 (diciembre 17).
Corporación Autónoma Regional Del Cesar -
CORPOCESAR
•Decreto 3454 de 1983 (diciembre 17).
Corporación Autónoma Regional De Chivor -
CORPOCHIVOR
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
13. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional De
Cundinamarca - CAR
•Ley 3ª de 1961. (enero 21)
Corporación Autónoma Regional Del Guavio -
CORPOGUAVIO
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Corporación Autónoma Regional De La
Frontera Nororiental - CORPONOR
•Decreto 3450 de 1983 (diciembre 17)
14. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional De La
Guajira - CORPOGUAJIRA
•Decreto 3453 de 1983 (diciembre 17
Corporación Autónoma Regional De La
Orinoquia - CORPORINOQUIA
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22)
Corporación Autónoma Regional De Cuencas
De Los Rios Negro Y Nare - CORNARE
•Ley 60 de 1983 (diciembre 28)
15. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional De Los
Valles Del Sinú Y Del San Jorge - CVS
•Ley 13 de 1973 (Octubre 11).
Corporación Autónoma Regional Del Alto
Magdalena - CAM
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Corporación Autónoma Regional Del
Magdalena - CORPAMAG
•Ley 28 de 1988 (marzo 16).
16. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional De Nariño -
CORPONARIÑO
•Ley 27 de 1982 (febrero 5).
Corporación Autónoma Regional del Quindío
- CRQ
•Ley 66 de 1964 (diciembre 31)
Corporación Autónoma Regional De
Risaralda - CARDER
•Ley 66 de 1981 (noviembre 23).
17. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional De
Santander - CAS
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Corporación Autónoma Regional Del Sur De
Bolívar - CSB
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Corporación Autónoma Regional del Tolima -
CORTOLIMA
•Ley 10 de 1981 (enero 15)
18. Corporaciones Autónomas
Regionales en Colombia
Corporación Autónoma Regional Del Valle
Del Cauca - CVC
•Decreto 3110 de 1954 (octubre 22).
Corporación Autónoma Regional De Sucre -
CARSUCRE
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Corporación Autónoma Regional Del
Atlántico - CRA
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22)
19. Corporaciones Autónomas para
el Desarrollo Sostenible – C.D.S.
Estas corporaciones además de las funciones propias de las
corporaciones autónomas regionales, tienen como encargo
principal promover el conocimiento de los recursos naturales
renovables y del medio ambiente de la jurisdicción , ejercer
actividades de promoción e investigación científica y
transferencia de tecnología , dirigir el proceso de planificación
regional de uso del suelo para mitigar o desactivar explotaciones
inadecuadas del territorio entre otras.
20. Corporaciones Autónomas
Para el Desarrollo Sostenible
Corporación Para El Desarrollo Sostenible Del
Archipiélago De San Andrés, Providencia Y Santa
Catalina - CORALINA
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Corporación Para El Desarrollo Sostenible Del Chocó -
CODECHOCÓ
•Decreto 760 de 1968 (mayo 22)
Corporación Para El Desarrollo Sostenible Del Área De
Manejo Especial La Macarena - CORMACARENA
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
21. Corporaciones Autónomas
Para el Desarrollo Sostenible
Corporación Para El Desarrollo Sostenible De La
Mojana Y El San Jorge - CORPOMOJANA
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22)
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte
y del Oriente Amazónico - CDA
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Corporación Para El Desarrollo Sostenible Del Sur De
La Amazonía - CORPOAMAZONÍA
•Ley 99 de 1993 (diciembre 22).
Corporación Para El Desarrollo Sostenible Del Urabá
- CORPOURABÁ
. Ley 65 de 1968 (diciembre 26).
22. Órganos de Dirección y
Administración
Las Corporaciones Autónomas Regionales tendrán tres órganos
principales de dirección y administración:
•La Asamblea Corporativa.
•El Consejo Directivo.
•El Director General.
23. Asamblea Corporativa
Es el principal órgano de
dirección de la Corporación y
estará integrada por todos los
representantes legales de las
entidades territoriales de su
jurisdicción.
24. Funciones de la Asamblea
Corporativa
Elegir el Consejo Directivo.
Designar el revisor fiscal o auditor interno de la Corporación.
Conocer y aprobar el informe de gestión de la Administración.
Conocer y aprobar las cuentas de resultados de cada
período anual.
Adoptar los estatutos de la Corporación y las reformas que se
le introduzcan y someterlos a la aprobación del MINISTERIO
DEL MEDIO AMBIENTE.
Las demás que le fijen los reglamentos.
25. Consejo Directivo
Es el órgano de administración de la Corporación y
estará conformado por:
El gobernador del departamento. Corresponderá
al gobernador o a su delegado presidir el Consejo
Directivo.
Un representante del Presidente de la República.
Un representante del Ministro del Medio Ambiente.
Hasta cuatro alcaldes de los municipios
comprendidos dentro del territorio de la
jurisdicción de la Corporación.
Dos representantes del sector privado.
Un representante de las comunidades indígenas o
etnias tradicionalmente asentadas en el territorio
de la jurisdicción de la Corporación.
Dos representantes de las entidades sin ánimo de
lucro, que tengan su domicilio en el área de
jurisdicción de la Corporación y cuyo objeto sea la
protección del medio ambiente y los recursos
naturales renovables.
26. Funciones del Consejo
Directivo
Determinar la estructura interna de la Corporación para lo
cual podrá crear, suprimir y fusionar dependencias y asignarles
responsabilidades conforme a la Ley.
Proponer a la Asamblea Corporativa la adopción de los
estatutos y de sus reformas.
Autorizar la delegación de funciones de la entidad.
Aprobar el plan general de actividades y el presupuesto anual
de inversiones.
Nombrar de acuerdo al artículo siguiente o remover de
conformidad con los estatutos, al Director General de la
Corporación.
Dictar normas adicionales, a las legalmente establecidas,
sobre el estatuto de contratación de la Entidad.
27. Director General
El Director General será el
representante legal de la Corporación
y su primera autoridad ejecutiva.
Será designado por el Consejo
Directivo para un período de cuatro
(4) años.
28. Rentas de las C.A.R.’s
El porcentaje del impuesto predial.
Las transferencias del sector eléctrico.
Los recursos que le transfieran las entidades territoriales.
Los recursos provenientes de derechos, contribuciones, tasas,
tarifas, multas y participaciones.
El 50% de las indemnizaciones por
concepto de acciones populares.
El 50% del valor de las multas impuestas por las autoridades de las
entidades territoriales.
Los derechos causados por el otorgamiento de licencias,
permisos, autorizaciones, concesiones y salvoconductos
29. Plan de Gestión Ambiental
Regional (P.G.A.R.)
Es el instrumento de planificación
estratégico de largo plazo de las
Corporaciones Autónomas Regionales
para el área de su jurisdicción (10
años), que permite orientar su gestión
e integrar las acciones de todos los
actores regionales con el fin de que el
proceso de desarrollo avance hacia la
sostenibilidad de las regiones.
30. Plan de Acción Trienal (P.A.T.)
Es el instrumento de planeación de
las corporaciones Autónomas
Regionales, en el cual se concreta el
compromiso institucional de estas
para el logro de los objetivos y
metas planteados en el PGAR. En él
se definen las acciones e inversiones
que se adelantarán en el área de su
jurisdicción y su proyección
corresponde al periodo de
administración (3 años).
31. Seguimiento y Evaluación a los
Instrumentos
de Planificación de las C.A.R.’s
El seguimiento al Plan de Gestión Ambiental Regional permitirá
conocer el impacto de la planificación y gestión ambiental
regional en el largo plazo, sobre la calidad de vida de la
población y las condiciones de desarrollo regional. El seguimiento
y la evaluación del Plan de Acción Trienal por objeto establecer
el nivel de cumplimiento del Plan en términos de productos,
desempeño de las Corporaciones en el corto y mediano plazo y
su aporte al cumplimiento del PGAR y de los objetivos de
desarrollo sostenible.
32. ASOCARS
La Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales y de
Desarrollo Sostenible ASOCARS, es una entidad sin ánimo de
lucro, creada mediante Escritura Pública No. 6025 del 28 de
agosto de 1996, que se rige por las normas del derecho privado,
con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio
propio. Asocia a 34 Autoridades Ambientales con jurisdicción en
diferentes regiones de todo el territorio Nacional así:
27 Corporaciones Autónomas Regionales.
7 Corporaciones Autónomas Regionales de Desarrollo
Sostenible.
33. Objetivos de las ASOCARS
Promover el desarrollo de procesos de cooperación horizontal
administrativa, jurídica financiera y técnica entre los
asociados.
Motivar la integración entre las diferentes Autoridades
Ambientales, con entidades afines a nivel nacional e
internacional, impulsando el intercambio de experiencias en
materia técnico-ambiental, jurídica y administrativa.
Apoyar el diseño y elaboración de los procesos de
ordenamiento, planificación y gestión ambiental de las
Autoridades Ambientales, para que se enmarquen dentro de
las políticas locales, regionales nacionales e internacionales.
Contribuir a la capacitación y actualización, a nivel normativo
y de jurisprudencia, de los asociados en temas de interés.