2. Dirección General de la serie:
Alberto Piedra
Con la participación de:
Lorena Aguilar. Camilo Aristizabal. LucíaBetancur. Mónica Carbonell. Sonia Carbonell. Jorge Durango. Alexander Fernández. Carla Martínez. Lorena Osorio. Sandra Ríos. Aura Ruíz. Andrés Saldarriaga. Margarita Saenz. Angélica Serna. Lourdes Sierra. Florence Thomas. Juan Tisnes. Diana Uribe. Leovigildo Vivanco.
uniambientaledu@gmail.com
3. Corporaciones autónomas
regionales de Colombia
Entes corporativos de carácter público, creados por la Ley.
Integrados por las entidades territoriales que por
sus características constituyen geográficamente
un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica,
biogeográficao hidrogeográfica.
Con autonomía administrativa y financiera,
patrimonio propio y personería jurídica.
4. Las CAR’s
Encargados de administrar, dentro del área de su jurisdicción,
el medio ambiente y los recursos naturales renovables
y propender por el desarrollo sostenible,
de conformidad con las disposiciones legales
y las políticas del Gobierno Nacional.
5. Las 33 Corporaciones Autónomas Regionales que tiene Colombia
son la primera autoridad ambiental a nivel regional.
Son entes de carácter público, integrados por las entidades
territoriales, que por sus características constituyen
geográficamente un mismo ecosistema
o conforman una unidad geopolítica,
biogeográficao hidrogeográfica.
8. CAM
Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena
CAR
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CARDER
Corporación Autónoma Regional de Risaralda
CARDIQUE
Corporación Autónoma Regional del Canal Del Dique
CARSUCRE
Corporación Autónoma Regional de Sucre
CAS
Corporación Autónoma Regional de Santander
CDMB
Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga
CORANTIOQUIA
Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia
CORNARE
Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare
CORPAMAG
Corporación Autónoma Regional del Magdalena
CORPOBOYACA
Corporación Autónoma Regional de Boyacá
CORPOCALDAS
Corporación Autónoma Regional de Caldas
CORPOCESAR
Corporación Autónoma Regional del Cesar
9. CORPOCHIVOR
Corporación Autónoma Regional de Chivor
CORPOGUAJIRA
Corporación Autónoma Regional de La Guajira
CORPOGUAVIO
Corporación Autónoma Regional del Guavio
CORPONARIÑO
Corporación Autónoma Regional de Nariño
CORPONOR
Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental
CORPORINOQUIA
Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia
CORTOLIMA
Corporación Autónoma Regional del Tolima
CRA
Corporación Autónoma Regional del Atlántico
CRC
Corporación Autónoma Regional del Cauca
CRQ
Corporación Autónoma Regional del Quindío
CSB
Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar
CVC
Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
CVS
Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinúy del San Jorge
10. Todas las Corporaciones Autónomas Regionales
tendrán por objeto la ejecución de las políticas,
planes, programas y proyectos sobre medio ambiente
y recursos naturales renovables,
así como dar cumplida y oportuna aplicación
a las disposiciones legales vigentes
sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento,
conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas
por el Ministerio de Medio Ambiente.
11. Corporaciones Autónomas para el
Desarrollo Sostenible –C.D.S.
Estas corporaciones además de las funciones propias
de las corporaciones autónomas regionales,
tienen como encargo principal promover el conocimiento
de los recursos naturales renovables y del medio ambiente
de la jurisdicción, ejercer actividades de promoción
e investigación científica y transferencia de tecnología,
dirigir el proceso de planificación regional de uso del suelo
para mitigar o desactivar explotaciones inadecuadas
del territorio entre otras.
12. CDA
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico
CODECHOCO
Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó
CORALINA
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
CORMACARENA
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial de La Macarena
CORPOAMAZONIA
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia
CORPOMOJANA
Corporación para el Desarrollo Sostenible de La Mojanay El San Jorge
CORPOURABA
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá
13. Órganos de Dirección y Administración
Las Corporaciones Autónomas Regionales
tendrán tres órganos principales de dirección y administración:
La Asamblea Corporativa.
El Consejo Directivo.
El Director General.
14. Asamblea Corporativa
Es el principal órgano de dirección de la Corporación
y estará integrada por todos los representantes legales
de las entidades territoriales de su jurisdicción.
15. Funciones de la
Asamblea Corporativa
Elegir el Consejo Directivo.
Designar el revisor fiscal o auditor interno de la Corporación.
Conocer y aprobar el informe de gestión de la Administración.
Conocer y aprobar las cuentas de resultados de cada período anual.
Adoptar los estatutos de la Corporación y las reformas que se
le introduzcan y someterlos a la aprobación del Ministerio de Medio Ambiente.
Las demás que le fijen los reglamentos.
16. Consejo Directivo
Es el órgano de administración de la Corporación y estará conformado por:
El gobernador del departamento. Corresponderá al gobernador
o a su delegado presidir el Consejo Directivo.
Un representante del Presidente de la República.
Un representante del Ministro del Medio Ambiente.
Hasta cuatro alcaldes de los municipios comprendidos
dentro del territorio de la jurisdicción de la Corporación.
Dos representantes del sector privado.
17. Consejo Directivo
Un representante de las comunidades indígenas o etnias tradicionalmente
asentadas en el territorio dela jurisdicción de la Corporación.
Dos representantes de las entidades sin ánimo de
lucro, que tengan su domicilio en el área de jurisdicción
de la Corporación y cuyo objeto sea la protección
del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
18. Funciones del Consejo Directivo
Proponer a la Asamblea Corporativa la adopción de los
estatutos y de sus reformas.
Determinar la planta de personal de la Corporación.
Disponer la participación de la Corporación en la constitución
y organización de sociedades o asociaciones y fundaciones o
el ingreso a las ya existentes.
Dictar normas adicionales, a las legalmente establecidas,
sobre el estatuto de contratación de la Entidad.
Disponer la contratación de créditos externos.
19. Determinar la estructura interna de la Corporación
para lo cual podrá crear, suprimir y fusionar dependencias
y asignarles responsabilidades conforme a la Ley.
Aprobar la incorporación o sustracción de áreas
de que trata el numeral 16 del artículo 31 de esta Ley.
Autorizar la delegación de funciones de la entidad.
Aprobar el plan general de actividades y el
presupuesto anual de inversiones.
Nombrar de acuerdo al artículo siguiente o remover
de conformidad con los estatutos, al Director General de la Corporación.
20. Director General
El Director General será el representante legal de la
Corporación y su primera autoridad ejecutiva.
Será designado por el Consejo Directivo
para un período de tres (3) años.
21. Principales funciones de las CAR´S
Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales
en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del
Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones
o por el MAVDT, así como los del orden regional
que le hayan sido confiados conforme a la ley,
dentro del ámbito de su jurisdicción.
Ejercer la función de máxima autoridad ambiental
en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas
de carácter superior y conforme a los criterios y directrices
trazadas por el Ministerio de Medio Ambiente.
22. Coordinar el proceso de preparación de los planes,
programas y proyectos de desarrollo medio ambiental
que deban formular los diferentes organismos y entidades
integrantes del Sistema Nacional Ambiental -SINA-en el área de su jurisdicción
y en especial, asesorar a los departamentos, distritos y municipios
de su comprensión territorial en la definición de los
planes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos
en materia de protección del medio ambiente
y los recursos naturales renovables,
de manera que se asegure la armonía y coherencia
de las políticas y acciones adoptadas
por las distintas entidades territoriales;
23. Participar con los demás organismos y entes competentes
en el ámbito de su jurisdicción, en los procesos de
planificación y ordenamiento territorial a fin de que
el factor ambiental sea tenido en cuenta con
las decisiones que se adopten.
Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales
adscritos y vinculados al Ministerio de Medio Ambiente,
y con las entidades de apoyo técnico y científico del SINA,
estudios e investigaciones en materia de medio ambiente
y recursos naturales renovables.
24. Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente. Otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos forestales, concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas para la caza y pesca deportiva. Fijar en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de emisión, descarga, transporte o depósito de sustancias, productos, compuestos o cualquier otra materia que pueda afectar el medio ambiente o los recursos naturales renovables y prohibir, restringir o regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento de sustancias causantes de degradación ambiental.
25. Ejercer las funciones de evaluación, control
y seguimiento ambiental de las actividades de
exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y depósito
de los recursos naturales no renovables.
Ejercer las funciones de evaluación, control y
seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y
los demás recursos naturales renovables.
26. Recaudar, conforme a la ley, las contribuciones,
tasas, derechos, tarifas y multas por concepto
del uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables,
fijar su monto en el territorio de su jurisdicción
con base en las tarifas mínimas establecidas
por el Ministerio de Medio Ambiente.
Imponer y ejecutar las medidas de policía
y las sanciones previstas en la ley, en caso de violación
a las normas de protección ambiental y de manejo
de recursos naturales renovables, y exigir
la reparación de los daños causados.
27. Rentas de las CAR’s
El porcentaje del impuesto predial.
Las transferencias del sector eléctrico.
Los recursos que le transfieran las entidades territoriales.
Los recursos provenientes de derechos, contribuciones, tasas,
tarifas, multas y participaciones.
28. El 50% de las indemnizaciones por concepto
de acciones populares.
El 50% del valor de las multas impuestas por las
autoridades de las entidades territoriales.
Los derechos causados por el otorgamiento de
licencias, permisos, autorizaciones, concesiones
y salvoconductos.
29. Plan de Gestión
Ambiental Regional (PGAR)
Es el instrumento de planificación estratégico de largo plazo
de las Corporaciones Autónomas Regionales
para el área de su jurisdicción (10 años),
que permite orientar su gestión e integrar
las acciones de todos los actores regionales
con el fin de que el proceso de desarrollo
avance hacia la sostenibilidad de las regiones.
30. Plan de Acción Trienal (PAT)
Es el instrumento de planeación de las corporaciones
Autónomas Regionales, en el cual se concreta
el compromiso institucional de estas para el logro
de los objetivos y metas planteados en el PGAR.
En él se definen las acciones e inversiones que se
adelantarán en el área de su jurisdicción
y su proyección corresponde al periodo
de administración (3 años).
31. Seguimiento y evaluación a los instrumentos
de planificación de las Corporaciones
Autónomas Regionales
El seguimiento al Plan de Gestión Ambiental
Regional permitirá conocer el impacto de la
planificación y gestión ambiental regional en el
largo plazo, sobre la calidad de vida de la
población y las condiciones de desarrollo regional.
El seguimiento y la evaluación del Plan de Acción
Trienal por objeto establecer el nivel de
cumplimiento del Plan en términos de productos,
desempeño de las Corporaciones en el corto y
mediano plazo y su aporte al cumplimiento del
PGAR y de los objetivos de desarrollo sostenible.
32. Anualmente el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial,
construirá un índice de desempeño de las
Corporaciones Autónomas Regionales
a partir de los indicadores mínimos,
entre otros, cuyo objetivo es dotar
a los Consejos Directivos de insumos
para orientar el mejoramiento continuo
de la gestión.
33. El Director presentará informes periódicos
ante el Consejo Directivo de la Corporación
que den cuenta de los avances en la ejecución física
y financiera de los programas y proyectos del PAT,
así mismo podrá solicitar, debidamente soportado
técnica y financieramente los ajustes al PAT.
Semestralmente deberá enviarse un
informe integral de avance de ejecución
del PAT al Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial.
34. ASOCARS
La Asociación de Corporaciones Autónomas
Regionales y de Desarrollo Sostenible ASOCARS,
es una entidad sin ánimo de lucro,
creada mediante Escritura Pública No. 6025
del 28 de agosto de 1996,
que se rige por las normas del derecho privado,
con personería jurídica, autonomía administrativa
y patrimonio propio.
Asocia a 33 Autoridades Ambientales con
jurisdicción en diferentes regiones de todo el
territorio Nacional así:
26 Corporaciones Autónomas Regionales.
7 Corporaciones Autónomas Regionales de
Desarrollo Sostenible.
36. Objetivos de ASOCARS
Promover el desarrollo de procesos de
cooperación horizontal administrativa,
jurídica financiera y técnica entre los asociados.
Promocionar ante el Gobierno Nacional
y demás autoridades administrativas competentes
las iniciativas que se consideren necesarias,
consiguiendo así, que las normas aplicables
auspicien y respalden el desarrollo
de las entidades asociadas.
Motivar la integración entre
las diferentes Autoridades Ambientales,
con entidades afines a nivel nacional e internacional,
impulsando el intercambio de experiencias en materia
técnico-ambiental, jurídica y administrativa.
37. Objetivos de ASOCARS
Apoyar el diseño y elaboración
de los procesos de ordenamiento, planificación
y gestión ambiental de las Autoridades Ambientales,
para que se enmarquen dentro de las políticas locales,
regionales nacionales e internacionales.
Promover actividades tendientes al desarrollo
de la descentralización de la gestión ambiental
y el fortalecimiento de la autonomía.
38. Objetivos de ASOCARS
Participar en la consolidación de contratos,
convenios, acuerdos y alianzas estratégicas
con entidades públicas y privadas,
nacionales e internacionales,
que propendan por el cumplimiento del objeto.
Contribuir a la consolidación de la Asociación
como organismo de consulta capacitación,
interventoría, auditoria y outsourcing
para el Gobierno Nacional y demás entidades
nacionales e internacionales,
tanto públicas como privadas, en asuntos ambientales.
Integrar la prestación servicios de consultoría,
a las entidades asociadas y a las entidades públicas y privadas.
39. Objetivos de ASOCARS
Aunar esfuerzos para contribuir a la consolidación
del Sistema de Información Ambiental para Colombia,
en pro de la estandarización de los desarrollos tecnológicos.
Generar procesos de comunicación y divulgación
fundamentados en los programas y proyectos de los asociados,
movilizando a la opinión pública en torno a
temas de interés nacional y regional ambiental.
Contribuira la capacitación y actualización,
a nivel normativo y de jurisprudencia,
de los asociados en temas de interés.