Este documento compara los cambios legislativos en materia laboral antes de 2010, con la Ley 35/2010 y el RDL 3/2012. Resume los principales cambios en cuestiones como contratos temporales, despidos colectivos, despidos objetivos, indemnizaciones y modificaciones de condiciones de trabajo. El RDL 3/2012 introdujo nuevas flexibilizaciones en comparación con normativas anteriores.
Resumen sobre las diferencias provocadas por la reforma laboral de 12.02.2012jopelgar
Este documento resume las principales modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre el mercado laboral español. Redujo la indemnización por despido improcedente a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Amplió las causas para el despido objetivo e introdujo incentivos para la contratación de jóvenes, parados de larga duración y emprendedores. También modificó las condiciones de los contratos formativos y a tiempo parcial así como los permisos y derechos de los trabaj
La reforma laboral reduce la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado, amplía las causas de despido objetivo, y elimina la necesidad de autorización administrativa previa para los ERE. También crea nuevos contratos indefinidos para pymes, fomenta la contratación de jóvenes y parados de larga duración, e impulsa la formación continua de los trabajadores.
Este documento compara tres iniciativas de reforma laboral propuestas por el PAN, PRI y el presidente Felipe Calderón. Todas las iniciativas incluyen nuevas formas de contratación laboral con mayor flexibilidad, fórmulas para vincular la productividad con los salarios, y regulan la subcontratación. Sin embargo, el PRI no incluye algunas medidas como la vinculación de la formación profesional con la demanda laboral y no tipifica el trabajo infantil como un delito.
La Reforma Laboral de 2012 tuvo como objetivos facilitar la contratación, potenciar los contratos indefinidos, y acabar con la rigidez del mercado laboral. Sus principales medidas incluyeron reducir la indemnización por despido improcedente, limitar la ultraactividad de los convenios colectivos, e introducir el despido objetivo. Sus efectos iniciales fueron la destrucción de empleo y una disminución en la contratación. La reforma recibió críticas por ser injusta y no resolver los problemas del mercado laboral español.
La reforma laboral tiene como objetivos frenar la destrucción de empleo, crear empleo estable, romper la dualidad del mercado laboral y promover la flexibilidad interna en las empresas. Incluye medidas como facilitar la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, potenciar la formación profesional de los trabajadores, crear nuevos contratos para fomentar la contratación indefinida, especialmente de jóvenes y parados de larga duración, y combatir el fraude y el absentismo laboral.
El documento habla sobre los diferentes tipos de modificaciones y extinciones de contratos laborales, incluyendo movilidad funcional y geográfica, suspensión temporal, y despido disciplinario, objetivo o colectivo. Explica los procedimientos y efectos de cada tipo de modificación o extinción, así como los derechos de los trabajadores.
El documento compara el marco normativo antes y después de la reforma laboral de 2012 en España. La reforma introdujo cambios en los contratos formativos, como aumentar la duración máxima de dos a tres años. También permitió que los trabajadores a tiempo parcial realicen horas extraordinarias y que la formación en contratos de aprendizaje se imparta en empresas bajo ciertas condiciones. Otras modificaciones incluyeron definir el trabajo a distancia y regularizar las horas complementarias.
Este documento presenta la unidad de trabajo 6 sobre la modificación, suspensión y extinción de la relación laboral. Explica los diferentes tipos de modificación de las condiciones de trabajo como la movilidad funcional y geográfica. También cubre la suspensión del contrato, la extinción por decisión mutua o llegada del término, y las causas de extinción por parte del trabajador o empresario. Incluye casos prácticos para ilustrar estos conceptos.
Resumen sobre las diferencias provocadas por la reforma laboral de 12.02.2012jopelgar
Este documento resume las principales modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre el mercado laboral español. Redujo la indemnización por despido improcedente a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Amplió las causas para el despido objetivo e introdujo incentivos para la contratación de jóvenes, parados de larga duración y emprendedores. También modificó las condiciones de los contratos formativos y a tiempo parcial así como los permisos y derechos de los trabaj
La reforma laboral reduce la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado, amplía las causas de despido objetivo, y elimina la necesidad de autorización administrativa previa para los ERE. También crea nuevos contratos indefinidos para pymes, fomenta la contratación de jóvenes y parados de larga duración, e impulsa la formación continua de los trabajadores.
Este documento compara tres iniciativas de reforma laboral propuestas por el PAN, PRI y el presidente Felipe Calderón. Todas las iniciativas incluyen nuevas formas de contratación laboral con mayor flexibilidad, fórmulas para vincular la productividad con los salarios, y regulan la subcontratación. Sin embargo, el PRI no incluye algunas medidas como la vinculación de la formación profesional con la demanda laboral y no tipifica el trabajo infantil como un delito.
La Reforma Laboral de 2012 tuvo como objetivos facilitar la contratación, potenciar los contratos indefinidos, y acabar con la rigidez del mercado laboral. Sus principales medidas incluyeron reducir la indemnización por despido improcedente, limitar la ultraactividad de los convenios colectivos, e introducir el despido objetivo. Sus efectos iniciales fueron la destrucción de empleo y una disminución en la contratación. La reforma recibió críticas por ser injusta y no resolver los problemas del mercado laboral español.
La reforma laboral tiene como objetivos frenar la destrucción de empleo, crear empleo estable, romper la dualidad del mercado laboral y promover la flexibilidad interna en las empresas. Incluye medidas como facilitar la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, potenciar la formación profesional de los trabajadores, crear nuevos contratos para fomentar la contratación indefinida, especialmente de jóvenes y parados de larga duración, y combatir el fraude y el absentismo laboral.
El documento habla sobre los diferentes tipos de modificaciones y extinciones de contratos laborales, incluyendo movilidad funcional y geográfica, suspensión temporal, y despido disciplinario, objetivo o colectivo. Explica los procedimientos y efectos de cada tipo de modificación o extinción, así como los derechos de los trabajadores.
El documento compara el marco normativo antes y después de la reforma laboral de 2012 en España. La reforma introdujo cambios en los contratos formativos, como aumentar la duración máxima de dos a tres años. También permitió que los trabajadores a tiempo parcial realicen horas extraordinarias y que la formación en contratos de aprendizaje se imparta en empresas bajo ciertas condiciones. Otras modificaciones incluyeron definir el trabajo a distancia y regularizar las horas complementarias.
Este documento presenta la unidad de trabajo 6 sobre la modificación, suspensión y extinción de la relación laboral. Explica los diferentes tipos de modificación de las condiciones de trabajo como la movilidad funcional y geográfica. También cubre la suspensión del contrato, la extinción por decisión mutua o llegada del término, y las causas de extinción por parte del trabajador o empresario. Incluye casos prácticos para ilustrar estos conceptos.
Tema 5 correspondiente al módulo de FOL impartido en el Ciclo Formativo de Grado Medio de Gestión Administrativa del IES San Martín de Talayuela (Cáceres)
Este documento trata sobre la modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo según la legislación española. Explica los diferentes tipos de modificación del contrato como la movilidad funcional, geográfica y cambios sustanciales en las condiciones. También cubre la suspensión del contrato, excedencias, y las causas de extinción como despidos, dimisiones y otras.
El documento describe las modificaciones, suspensiones y extinciones de la relación laboral. Explica que el contrato de trabajo puede ser modificado en términos de funciones, ubicación geográfica y condiciones sustanciales, siempre que existan causas justificadas. También cubre la suspensión temporal del contrato y las distintas formas de extinción, como el vencimiento del plazo, la renuncia, el despido o la muerte del empleador. Finalmente, detalla los procedimientos y derechos de los trabajadores en cada caso.
U.d. 4: Modificación, suspensión y extinciónRosa Barroso
El documento habla sobre la modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Explica los tipos de movilidad funcional y geográfica que puede sufrir un trabajador y los derechos que tiene en cada caso. También describe las diferentes causas por las que se puede suspender un contrato temporalmente, como incapacidad temporal o excedencia. Finalmente, detalla las posibles causas por las que puede extinguirse un contrato de trabajo de forma definitiva, como despido, dimisión o jubilación.
Este documento resume los principales aspectos relacionados con el tiempo de trabajo y su retribución en España. Explica conceptos como la jornada laboral, las horas extraordinarias, los horarios, los descansos, las vacaciones y los permisos. También define el salario, sus tipos, complementos y estructura, así como cómo y cuándo se debe abonar a los trabajadores.
El documento habla sobre las modificaciones del contrato de trabajo, incluyendo modificaciones sustanciales y no sustanciales, y los tipos de movilidad laboral como funcional y geográfica. Las modificaciones sustanciales pueden ser individuales o colectivas y alteran aspectos como tiempo de trabajo y sistema de remuneración, requiriendo un periodo de consultas si son colectivas. La movilidad funcional incluye cambios horizontales o verticales entre categorías, mientras que la geográfica implica traslados o desplazamientos temporales.
Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato 2014, versión 97-2003jossansan1
Este documento resume los principales temas relacionados con la modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Explica que el contrato puede ser modificado en cuanto a cambios de puesto o centro de trabajo, siempre que se cumplan ciertos requisitos. También cubre la suspensión temporal del contrato por motivos como la maternidad o las excedencias. Finalmente, detalla las distintas causas por las que puede extinguirse el contrato, como el despido o la jubilación, así como los derechos de los trabajadores en cada
Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo T5Ana Pérez
El documento habla sobre la modificación y suspensión del contrato de trabajo. Explica que el empresario puede cambiar las tareas del trabajador dentro de la misma categoría profesional o entre categorías equivalentes sin causa. También puede trasladar al trabajador a otra categoría o centro de trabajo si existen causas económicas, técnicas u organizativas. El trabajador puede aceptar los cambios, renunciar con indemnización o reclamar ante el juzgado. El contrato también se puede suspender temporalmente por diversas causas como la
Este documento resume los principales tipos de modificación y suspensión del contrato de trabajo en España. Describe las modalidades de modificación funcional, geográfica y sustancial del contrato, así como los derechos de los trabajadores ante dichas modificaciones. También explica las causas y tipos de suspensión del contrato, incluyendo la excedencia voluntaria, forzosa y para el cuidado de hijos o familiares.
Unidad 5: Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajoAntonio Guirao Silvente
Este documento describe los tipos de modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Explica las causas que pueden dar lugar a estos cambios como razones económicas, técnicas u organizativas de la empresa. También describe los procedimientos como la notificación a los trabajadores y sus opciones para aceptar los cambios o rescindir el contrato.
MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATOnereaeizaguirre
1) El documento describe tres tipos de modificaciones a los contratos laborales: movilidad funcional, movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
2) También explica diferentes tipos de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo la excedencia voluntaria e involuntaria.
3) Finalmente, resume los derechos de los trabajadores ante modificaciones o suspensiones, como el derecho a la misma categoría y salario o a indemnizaciones.
Este documento resume los principales puntos de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. La ley introduce cambios en el contrato temporal por obra o servicio, limitando su duración a 3 años, en la concatenación de contratos temporales, elevando la indemnización por su finalización, ampliando el contrato de fomento a nuevos colectivos y modificando los despidos objetivos y colectivos.
Este documento presenta un resumen de los aspectos principales de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2012 en México. Algunos de los puntos más relevantes son: 1) Se establecen nuevas modalidades de contratación como contratos por tiempo determinado, de capacitación inicial y de temporada; 2) Se obliga a los patrones a capacitar a los trabajadores y se crean comisiones mixtas de productividad; 3) Se regulan las prácticas de outsourcing y subcontratación; y 4) Se modifican las causales de rescisión de
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoformapaco
El documento resume los principales artículos del Estatuto de los Trabajadores relacionados con el contrato de trabajo, incluyendo la modificación, suspensión y extinción del contrato. Se explican conceptos como la movilidad funcional y geográfica, las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, las causas y efectos de la suspensión del contrato, así como diferentes tipos de excedencias.
Conoce a modo de TEST los puntos más sangrantes de la reciente REFORMA LABORAL antes de decidir si participas de la Huelga General del 29M.
¡INFORMATE!
Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003jossansan1
Este documento resume los principales aspectos de la jornada de trabajo en España, incluyendo la jornada ordinaria de 40 horas semanales, las horas extraordinarias, los permisos retribuidos, las vacaciones y los planes de igualdad. También cubre temas como los horarios laborales, las reducciones de jornada y el trabajo nocturno.
Este documento resume los principales tipos de modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo, incluyendo la modificación de condiciones, movilidad funcional y geográfica, suspensión, y extinción por voluntad de las partes, despido disciplinario u objetivo, y ERE. También cubre organismos como la Inspección de Trabajo y el FOGASA.
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)UNAM
La iniciativa preferente de reforma laboral tuvo como objetivos principales promover la generación de empleos formales, impulsar la productividad y competitividad, garantizar condiciones de trabajo digno, y aumentar la transparencia y democracia sindical. Se propusieron nuevas modalidades de contratación para facilitar el acceso al mercado laboral. También se buscó fortalecer la impartición de justicia laboral y actualizar las facultades normativas de la autoridad para mejorar las condiciones laborales.
El documento habla sobre la atención primaria en salud, explicando que es el primer nivel de atención y la puerta de entrada al sistema de salud. Describe la organización del área de salud, dividida en zonas básicas de salud con centros de salud. También cubre los conceptos de equipo de trabajo, funciones del centro de salud, historia clínica del paciente y responsabilidad profesional.
El documento presenta el dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social sobre una iniciativa del Ejecutivo Federal para reformar la Ley Federal del Trabajo. La iniciativa propone 13 objetivos principales como incorporar el concepto de trabajo decente, incluir nuevas modalidades de contratación para facilitar la entrada al mercado laboral, regular la subcontratación, tipificar el trabajo infantil como delito, otorgar mayor protección a los trabajadores mexicanos en el extranjero, fortalecer los derechos de la mujer trabajadora y establecer
Tema 5 correspondiente al módulo de FOL impartido en el Ciclo Formativo de Grado Medio de Gestión Administrativa del IES San Martín de Talayuela (Cáceres)
Este documento trata sobre la modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo según la legislación española. Explica los diferentes tipos de modificación del contrato como la movilidad funcional, geográfica y cambios sustanciales en las condiciones. También cubre la suspensión del contrato, excedencias, y las causas de extinción como despidos, dimisiones y otras.
El documento describe las modificaciones, suspensiones y extinciones de la relación laboral. Explica que el contrato de trabajo puede ser modificado en términos de funciones, ubicación geográfica y condiciones sustanciales, siempre que existan causas justificadas. También cubre la suspensión temporal del contrato y las distintas formas de extinción, como el vencimiento del plazo, la renuncia, el despido o la muerte del empleador. Finalmente, detalla los procedimientos y derechos de los trabajadores en cada caso.
U.d. 4: Modificación, suspensión y extinciónRosa Barroso
El documento habla sobre la modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Explica los tipos de movilidad funcional y geográfica que puede sufrir un trabajador y los derechos que tiene en cada caso. También describe las diferentes causas por las que se puede suspender un contrato temporalmente, como incapacidad temporal o excedencia. Finalmente, detalla las posibles causas por las que puede extinguirse un contrato de trabajo de forma definitiva, como despido, dimisión o jubilación.
Este documento resume los principales aspectos relacionados con el tiempo de trabajo y su retribución en España. Explica conceptos como la jornada laboral, las horas extraordinarias, los horarios, los descansos, las vacaciones y los permisos. También define el salario, sus tipos, complementos y estructura, así como cómo y cuándo se debe abonar a los trabajadores.
El documento habla sobre las modificaciones del contrato de trabajo, incluyendo modificaciones sustanciales y no sustanciales, y los tipos de movilidad laboral como funcional y geográfica. Las modificaciones sustanciales pueden ser individuales o colectivas y alteran aspectos como tiempo de trabajo y sistema de remuneración, requiriendo un periodo de consultas si son colectivas. La movilidad funcional incluye cambios horizontales o verticales entre categorías, mientras que la geográfica implica traslados o desplazamientos temporales.
Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato 2014, versión 97-2003jossansan1
Este documento resume los principales temas relacionados con la modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Explica que el contrato puede ser modificado en cuanto a cambios de puesto o centro de trabajo, siempre que se cumplan ciertos requisitos. También cubre la suspensión temporal del contrato por motivos como la maternidad o las excedencias. Finalmente, detalla las distintas causas por las que puede extinguirse el contrato, como el despido o la jubilación, así como los derechos de los trabajadores en cada
Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo T5Ana Pérez
El documento habla sobre la modificación y suspensión del contrato de trabajo. Explica que el empresario puede cambiar las tareas del trabajador dentro de la misma categoría profesional o entre categorías equivalentes sin causa. También puede trasladar al trabajador a otra categoría o centro de trabajo si existen causas económicas, técnicas u organizativas. El trabajador puede aceptar los cambios, renunciar con indemnización o reclamar ante el juzgado. El contrato también se puede suspender temporalmente por diversas causas como la
Este documento resume los principales tipos de modificación y suspensión del contrato de trabajo en España. Describe las modalidades de modificación funcional, geográfica y sustancial del contrato, así como los derechos de los trabajadores ante dichas modificaciones. También explica las causas y tipos de suspensión del contrato, incluyendo la excedencia voluntaria, forzosa y para el cuidado de hijos o familiares.
Unidad 5: Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajoAntonio Guirao Silvente
Este documento describe los tipos de modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Explica las causas que pueden dar lugar a estos cambios como razones económicas, técnicas u organizativas de la empresa. También describe los procedimientos como la notificación a los trabajadores y sus opciones para aceptar los cambios o rescindir el contrato.
MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATOnereaeizaguirre
1) El documento describe tres tipos de modificaciones a los contratos laborales: movilidad funcional, movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
2) También explica diferentes tipos de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo la excedencia voluntaria e involuntaria.
3) Finalmente, resume los derechos de los trabajadores ante modificaciones o suspensiones, como el derecho a la misma categoría y salario o a indemnizaciones.
Este documento resume los principales puntos de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. La ley introduce cambios en el contrato temporal por obra o servicio, limitando su duración a 3 años, en la concatenación de contratos temporales, elevando la indemnización por su finalización, ampliando el contrato de fomento a nuevos colectivos y modificando los despidos objetivos y colectivos.
Este documento presenta un resumen de los aspectos principales de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2012 en México. Algunos de los puntos más relevantes son: 1) Se establecen nuevas modalidades de contratación como contratos por tiempo determinado, de capacitación inicial y de temporada; 2) Se obliga a los patrones a capacitar a los trabajadores y se crean comisiones mixtas de productividad; 3) Se regulan las prácticas de outsourcing y subcontratación; y 4) Se modifican las causales de rescisión de
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoformapaco
El documento resume los principales artículos del Estatuto de los Trabajadores relacionados con el contrato de trabajo, incluyendo la modificación, suspensión y extinción del contrato. Se explican conceptos como la movilidad funcional y geográfica, las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, las causas y efectos de la suspensión del contrato, así como diferentes tipos de excedencias.
Conoce a modo de TEST los puntos más sangrantes de la reciente REFORMA LABORAL antes de decidir si participas de la Huelga General del 29M.
¡INFORMATE!
Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003jossansan1
Este documento resume los principales aspectos de la jornada de trabajo en España, incluyendo la jornada ordinaria de 40 horas semanales, las horas extraordinarias, los permisos retribuidos, las vacaciones y los planes de igualdad. También cubre temas como los horarios laborales, las reducciones de jornada y el trabajo nocturno.
Este documento resume los principales tipos de modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo, incluyendo la modificación de condiciones, movilidad funcional y geográfica, suspensión, y extinción por voluntad de las partes, despido disciplinario u objetivo, y ERE. También cubre organismos como la Inspección de Trabajo y el FOGASA.
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)UNAM
La iniciativa preferente de reforma laboral tuvo como objetivos principales promover la generación de empleos formales, impulsar la productividad y competitividad, garantizar condiciones de trabajo digno, y aumentar la transparencia y democracia sindical. Se propusieron nuevas modalidades de contratación para facilitar el acceso al mercado laboral. También se buscó fortalecer la impartición de justicia laboral y actualizar las facultades normativas de la autoridad para mejorar las condiciones laborales.
El documento habla sobre la atención primaria en salud, explicando que es el primer nivel de atención y la puerta de entrada al sistema de salud. Describe la organización del área de salud, dividida en zonas básicas de salud con centros de salud. También cubre los conceptos de equipo de trabajo, funciones del centro de salud, historia clínica del paciente y responsabilidad profesional.
El documento presenta el dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social sobre una iniciativa del Ejecutivo Federal para reformar la Ley Federal del Trabajo. La iniciativa propone 13 objetivos principales como incorporar el concepto de trabajo decente, incluir nuevas modalidades de contratación para facilitar la entrada al mercado laboral, regular la subcontratación, tipificar el trabajo infantil como delito, otorgar mayor protección a los trabajadores mexicanos en el extranjero, fortalecer los derechos de la mujer trabajadora y establecer
Este documento resume la historia clínica laboral de un trabajador, incluyendo información personal, ocupacional, condiciones de trabajo actuales, antecedentes médicos, hábitos y un examen físico. El objetivo es evaluar los riesgos para la salud relacionados con el trabajo actual y brindar recomendaciones para la prevención.
Alterar, ocultar o destruir la historia clinica es delitoviluvedu
Departamento Penal SCARE
Elaboraron en conjunto el presente artículo los doctores Luisa Fernanda Gaona Fernández, Olga J Cubides Moreno, John Eduardo Fonseca Corredor, Miguel Marú Bustos y Fernando José Mejía Liévano.
Este documento resume los principales aspectos de la reforma laboral de 2010 en España, incluyendo cambios en las indemnizaciones por despido, la contratación temporal y las bonificaciones para contratar jóvenes y desempleados. Algunos de los puntos clave son flexibilizar los despidos económicos, aumentar progresivamente la indemnización por contratos temporales y bonificar la contratación indefinida de grupos vulnerables.
El documento resume las principales formas de contratación laboral propuestas en la reforma, incluyendo el outsourcing, nuevas formas de contratación como prueba, capacitación inicial, temporada y teletrabajo, así como discute beneficios para padres y madres trabajadores. También cubre temas como el pago por hora y datos estadísticos sobre empresas y población económicamente activa. En conclusión, existe inconformidad con la reforma debido a que trae más desventajas que ventajas para los trabajadores.
Cuadro Resumen de Bonificaciones-Reducciones a la Contratación Laboralmiguelangelgarcialillo
Este documento resume las principales bonificaciones y reducciones a la contratación laboral vigentes en España en marzo de 2012. Detalla los tipos de contratos, colectivos beneficiarios, cuantías anuales de las bonificaciones y la normativa aplicable para cada medida. También incluye bonificaciones para el mantenimiento del empleo de trabajadores afectados por ERES.
La reforma laboral afecta a varios aspectos de las empresas como la contratación, vacaciones, distribución de jornada, clasificación profesional, movilidad funcional y geográfica, modificación de condiciones de trabajo, negociación colectiva, y despidos. Introduce nuevos contratos, bonificaciones para la contratación, y restringe el encadenamiento de contratos temporales. También modifica normas sobre vacaciones, movilidad laboral, y despidos objetivos.
Este documento resume los principales puntos de la reforma laboral presentada por el ejecutivo federal en septiembre de 2012, actualizada con la minuta aprobada por la cámara de diputados en noviembre de 2012. Se abordan temas como subcontratación, tipos de contrato laboral, salario por unidad de tiempo, formas de pago de salario, y rescisión de la relación laboral. También se incluyen conceptos generales como igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, no discriminación, trabajo de menores, derechos de la mujer
Este documento presenta la Ley Federal del Trabajo de México. Resume los principales derechos laborales establecidos en la constitución mexicana como la jornada máxima de 8 horas, el descanso semanal obligatorio y las protecciones para mujeres embarazadas. También cubre temas como salarios mínimos, participación de utilidades, condiciones de seguridad e higiene, sindicatos, huelgas y resolución de disputas laborales. La ley establece los derechos y responsabilidades de trabajadores y empleadores en México
Taller de inducción de publicidad en medios digitales Grupo El Comercio (Part...Miguel Angel Urbina
El documento presenta estadísticas sobre el tráfico de páginas vistas y usuarios únicos de diferentes redes de medios en Perú. Incluye gráficos que comparan las métricas de cada red a lo largo de varios meses. También detalla el perfil demográfico promedio de los usuarios de acuerdo a variables como género, nivel socioeconómico y edad.
Los multimedios se refieren a sistemas que utilizan múltiples medios de expresión como texto, gráficos, imágenes, animación, video y sonido para presentar información. Existen varios tipos de multimedios que se pueden ver en escenarios, proyectarse, transmitirse o reproducirse localmente. Los multimedios ofrecen ventajas como presentar información de manera completa e impactante, estar disponibles las 24 horas y reducir costos, pero también tienen desventajas como tender a la adicción y requerir equipo para funcion
Este documento define los multimedios como un entorno que integra elementos como audio, video, imágenes y texto para brindar información interactiva de manera amigable al usuario. Explica que las características de los multimedios incluyen la combinación de diferentes formatos de contenido y su naturaleza interactiva y portable. Además, ofrece ventajas como una comunicación rica y acceso a amplia información que permite un aprendizaje más rápido, pero también señala desventajas como la posibilidad de visiones simplistas de los concept
Este documento analiza los errores encontrados en una página web y los clasifica en cuatro categorías: errores de diseño, errores ortográficos, errores gramaticales y un error no especificado. Se enumeran varios errores de cada tipo sin dar detalles sobre su naturaleza.
El documento describe las características, ventajas y desventajas de los multimedios. Los multimedios integran audio, video, animación, texto y gráficos para brindar información interactiva y amigable al usuario. Entre las ventajas se encuentran que permiten una comunicación rica e impactar varios sentidos para mejorar la comprensión, mientras que entre las desventajas están que el aprendizaje puede ser incompleto y superficial y pueden distraer y causar ansiedad. El documento fue preparado por estudiantes de la Universidad Pedagó
Este documento presenta un portafolio educativo sobre el diseño y elaboración de multimedios. Explica las etapas para crear un multimedio, incluyendo el guión didáctico, storyboard y análisis de multimedios existentes. También analiza conceptos como características de los multimedios, interfaz y navegación. El objetivo es recopilar información sobre cada etapa del diseño de multimedios educativos.
Este documento define los conceptos de multimedios, hipermedia e hipertexto. Explica que un multimedios combina diferentes formatos de contenido como texto, sonido, imágenes, animación y video. La hipermedia es una forma interactiva de multimedia que permite una navegación más compleja entre los contenidos. El hipertexto permite enlazar texto para acceder a otros textos relacionados. También describe las características, tipologías, funciones, ventajas y desventajas de los multimedios.
Este documento presenta información sobre proyectos web, dominios y hosting. En la unidad se explica que al finalizar los estudiantes conocerán conceptos como proyecto web, dominios, hosting, DNS y URL. También se identificarán los tipos de dominios y hosting y se distinguirán entre ellos. Finalmente, se presenta información sobre el registro de dominios, la importancia de elegir un buen nombre de dominio y los tipos de dominios como genéricos y territoriales.
El documento compara los cambios legislativos en materia laboral realizados por la Ley 35/2010, el RDL 3/2012 y las enmiendas aprobadas al RDL 3/2012. Algunos de los cambios más significativos incluyen: 1) la ampliación del contrato de fomento de la contratación indefinida a nuevos colectivos como mujeres, mayores de 45 años y víctimas de violencia; 2) la reducción del periodo de preaviso en despidos objetivos de 30 a 15 días; y 3) la precisión de las causas económicas para
La reforma laboral de 2010 introdujo cambios en los contratos temporales, el despido colectivo y objetivo, y el contrato para fomentar la contratación indefinida. Respecto a los contratos temporales, limitó su duración máxima a 3 años y estableció la conversión a indefinido tras 24 meses de contratación. En cuanto al despido objetivo, objetivizó las causas económicas, técnicas u organizativas y redujo el preaviso a 15 días. Además, amplió la posibilidad del contrato para fomentar
La reforma laboral española de 2010 introdujo cambios en varios aspectos del mercado laboral, incluyendo: 1) reducir la temporalidad mediante la conversión de contratos temporales en indefinidos y limitando la cadena de contratos temporales; 2) modificar las condiciones de despido objetivo y flexibilizar mecanismos internos como traslados geográficos y modificaciones de condiciones; 3) permitir que agencias de empleo operen con ánimo de lucro y ampliar el uso de empresas temporales.
La reforma laboral aprobada por el gobierno facilita y abarata el despido, incrementa la temporalidad y limita la negociación colectiva. El documento analiza detalladamente los cambios introducidos por la reforma en materia de despidos, contratación, indemnizaciones, trabajo temporal y negociación colectiva. Se convoca una huelga general para el 29 de septiembre en respuesta a las agresiones que la reforma supone para los derechos de los trabajadores.
Este documento resume las principales modificaciones de la reforma laboral de 2012 al Estatuto de los Trabajadores. Algunas de las modificaciones incluyen reducir la indemnización por despido improcedente, facilitar el despido colectivo y objetivo, ampliar el uso de contratos temporales y formativos, permitir horas extras en contratos a tiempo parcial, y dar más prioridad a los convenios de empresa sobre los sectoriales. El documento argumenta que estas modificaciones quitan derechos a los trabajadores y deben ser impedidas.
Presentación utilizada en el marco del Grupo de Trabajo de Responsables de Recursos Humanos organizado por el Club de Calidad con el patrocinio de Laboral Kutxa, en el desayuno de trabajo sobre "Tendencias en Legislación Laboral". Debate dinamizado con la colaboración de Belén Fraga, Socia Derecho Laboral de Vaciero
El documento resume las propuestas de reforma laboral del gobierno ecuatoriano, incluyendo restablecer contratos a plazo fijo por un año, regular nuevas modalidades de contratos como el teletrabajo, mantener el periodo de prueba, reformar el cómputo de vacaciones y la jubilación patronal, y eliminar el desahucio voluntario y el sobrecargo del 30% en contratos eventuales. También propone ajustar la masa salarial del gobierno a través de recortes de empleos.
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones y una huelga general para protestar contra las medidas, las cuales creen que empeorarán la precariedad laboral.
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones, huelgas y otras acciones para protestar contra los cambios.
Este documento describe los cambios propuestos en la legislación laboral española que facilitan los despidos y reducen los derechos de los trabajadores. Se argumenta que la reforma supone la mayor agresión contra los derechos laborales al permitir despidos más fáciles y baratos, reducir la negociación colectiva y aumentar el poder de los empresarios sobre las condiciones laborales. También señala que la reforma podría afectar negativamente a los trabajadores de la enseñanza.
2010 07 21 tabla cambios reforma laboralPSOE Alaquàs
La reforma laboral introduce cambios para facilitar la actividad empresarial sin perder derechos laborales, fomentar contratos indefinidos sobre temporales, y hacer del despido la última solución. No cambia las indemnizaciones por despido, e incluso aumentan para contratos temporales. También limita los contratos por obra o servicio y facilita la conversión a indefinidos.
1) El documento describe diferentes modalidades de contratos laborales en Argentina, incluyendo contratos por tiempo indeterminado, contratos a plazo fijo, contratos eventuales, contratos de temporada y contratos a tiempo parcial.
2) Explica los requisitos y características de cada modalidad, como los períodos de prueba, causas que los justifican, derechos de los trabajadores, y reglas sobre extinción y renovación.
3) También compara los enfoques de otros países de América Latina y Europa respecto a los períodos
Este documento resume las principales medidas de la Ley 35/2010 de reforma laboral en España para reducir la dualidad y temporalidad en el mercado laboral, favorecer la flexibilidad interna negociada y el uso de la reducción de jornada, promover el empleo de jóvenes y desempleados, mejorar los mecanismos de intermediación laboral y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Algunas de las medidas clave son limitar la duración de los contratos temporales, restringir su encadenamiento y establecer indemnizaciones mayores por su extin
Resumen ley 35 2010 reforma del mercado laboral[1]660525649
Este documento resume las principales modificaciones y novedades introducidas por la Ley 35/2010 sobre la reforma laboral en España. Entre ellas se incluyen: 1) limitar la temporalidad mediante la reducción de la duración máxima de los contratos temporales y el establecimiento de criterios para la conversión en indefinidos; 2) fomentar la flexibilidad interna negociada y la reducción de jornada como instrumento de ajuste; y 3) promover el empleo de jóvenes y desempleados a través de bonificaciones y contratos
La reforma laboral introduce cambios en la contratación temporal, el despido colectivo y objetivo, y la movilidad geográfica. Respecto a la contratación temporal, se establece un límite máximo de 3 años para los contratos por obra o servicio y se amplían los supuestos que pueden considerarse encadenamiento. En el despido colectivo, se modifican las causas económicas, técnicas, organizativas y productivas. En el despido objetivo, se equiparan sus causas a las del despido colectivo y se reducen los plazos de
2010 06 11 lineas esenciales de la reforma laboralPSOE Alaquàs
La reforma laboral tiene como objetivo reducir la tasa de desempleo y aumentar la productividad mediante la corrección de la dualidad en el mercado laboral, promoviendo la estabilidad en el empleo e incrementando la flexibilidad interna de las empresas. Algunas de las principales medidas son ampliar el uso de contratos indefinidos, reducir los costos de despido, limitar los contratos temporales y aumentar la indemnización por su finalización, e introducir más flexibilidad en la negociación colectiva.
Novedades laborales en el RD-ley 16-2013 - IFRA ASESORESIFRA asesores
Mediante el Real Decreto-Ley 16/2013 se realizan cambios sustanciales en diversas
materias de índole laboral, como en los contratos a tiempo parcial, la distribución irregular
de la jornada, la reducción de jornada por el cuidado de menores, base mínima de
cotización para determinados autónomos, etc.
ASESORES ASOCIADOS IFRA
http://www.ifra-asesores.com
Este documento resume los principales cambios introducidos por la reforma laboral de 2010 en materia de contratos temporales, despidos colectivos y objetivos, suspensiones y reducciones de jornada, y modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Entre los cambios introducidos se eliminan los límites temporales de los contratos de obra o servicio, se endurecen los requisitos para que los contratos temporales se conviertan en indefinidos, y se facilita la aplicación de suspensiones y reducciones de jornada por parte de las empresas.
Curso Formación CGT-PV «Acció sindical i negociació col·lectiva»: Curso reformasCGTPV
El documento resume las principales reformas laborales y de la negociación colectiva en España entre 2010 y 2011 impulsadas por los acuerdos del Pacto del Euro y la reforma del artículo 135 de la Constitución. Las reformas incluyen la flexibilización de los contratos temporales, la reducción de la indemnización por despido y el fortalecimiento de los despidos objetivos, con el objetivo declarado de aumentar la competitividad y reducir el desempleo.
El documento resume los principales cambios introducidos por la reforma laboral de 2012 en España en materia de flexibilidad, negociación colectiva, empleabilidad y formación, despidos y tipos de contratos. Algunos de los cambios clave incluyen dar prioridad a los convenios de empresa, facilitar suspensiones y modificaciones de contratos, ampliar las causas de despido objetivo, e introducir un nuevo contrato indefinido para pymes.
Similar a Cuadro comparativo reforma_laboral_2012 (20)
1. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
15.1.a) Estatuto de Contrato Obra y Duración incierta. Indemnización 8 días. Máximo 3 años, 1 año más por negociación colectiva. Indemnización Se mantiene igual.
Trabajadores: Servicio progresiva hasta 12 días. Se aplica también al personal laboral de la
Admón. Pública y sus organismos públicos vinculados o dependientes. El
trabajador seguirá trabajando hasta la cobertura mediante oposición del
puesto.
15.5 Estatuto de Concatenaciones 24 en 30, mismo puesto misma empresa. 24 en 30, mismo o distinto puesto, misma empresa o grupo empresarial, Nuevamente se restituye la regla limitativa de los 24/30 meses a partir del
Trabajadores: sucesiones y subrogaciones. Se aplica también al personal laboral de la 1/1/13.
Admón. Pública y sus organismos públicos vinculados o dependientes. El
trabajador seguirá trabajando hasta la cobertura mediante oposición del
puesto. La regla de los 24 meses en 30 queda suspendida por dos años
tras el RDL 10/2011 de 26/8/2011
15.9 Estatuto de Conversión en No existía ninguna aclaración formal. El empresario antes de los 10 días posteriores a cumplir 24 meses debía Sigue igual aunque se reinstaura la regla del encadenamiento de 24 en 30 a
Trabajadores indefinido comunicarlo al trabajador. El empresario debe remitir escrito a la partir del 1/1/2013.
Representación Legal de los Trabajadores y comunicarlo al SPE. Si no lo
hace el trabajador es igualmente fijo. Regla 24/30 suspendida por el RDL
10/2011
49.1.c) Estatuto de Indemnizaciones en 8 días a su finalización. 12 días, esta norma se aplicará progresivamente de 8 hasta 12 en Se mantiene igual.
Trabajadores: contratos 2015.
temporales
Arts. 51 y 52 del ERE y Despido Plazo negociación mínimo EREs 30 días (o 15 días en Plazo de negociaición máximo de EREs: 30 días (15 en empresas de Igual que antes.
Estatuto Objetivo empresas de menos de 50 trabajadores) menos de 50 trabajadores).
Trabajadores: Preaviso de objetivos: 30 días. Plazo preaviso objetivos: 15 días Se mantiene igual.
No se daba definición a las causas de despido objetivo. Se define escuetamente las causas de despido objetivo. Se precisa más en Se precisa más aun en las causas económicas: existirán cuando haya
causas económicas que dan lugar a despidos objetivos y EREs (basta pérdidas actuales o previstas o ante disminución persistente en el volumen
acreditar existencia de pérdidas o disminución de relevante de beneficios, o de ingresos y este se entenderá que existe cuando, durante tres trimestres
falta persistente de liquidez. Objetivo mínimo: preservar posición consecutivos, haya una disminución del volumen de ingresos o ventas. Se
competitiva en mercado). elimina la coletilla siguiente de la Ley 35/2010: "se deduce la razonabilidad
de la decisión extintiva para contribuir a prevenir una evolución negativa de
la empresa o a mejorar la situación de la misma a través de una más
adecuada organización de los recursos, que favorezca su posición
competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la
demanda" lo que flexibiliza más aun el concepto.
En EREs extintivos: plazo de 15 días para dictar resolución En EREs extintivos con acuerdo: hay un plazo de 7 días para la resolución Ahora no es la Autoridad Laboral la que decidirá sobre la procedencia o no
administrativa que habilita a extinguir contratos (tanto con que habilita a extinguir contratos (15 días en el caso en que no haya del ERE extintivo (salvo en los casos de fuerza mayor) sino que en caso de
acuerdo como sin acuerdo). acuerdo). desacuerdo el empresario se limitará a comunicarlo a la Autoridad Laboral y
a comunicar también a los representantes de los trabajadores y a los
trabajadores las rescisiones, las cuales serán impugnables por la vía social.
La interposición de acciones por los representantes de los trabajadores
paralizará las acciones individuales hasta la resolución de aquella (la fecha
de efecto de la rescisión deberá ser al menos 30 días posterior al inicio del
periodo de consultas comunicado a la Aut Lab).
Se precisa que en la comunicación de ERE dirigida a los representantes de
los trabajadores y a la Autoridad Laboral se ha de hacer constar: causas, nº
y clas. prof. de los trabaladores afectados, nº y clas. prof. de los
trabajadores contratados el último año, periodo previsto para realizar los
despidos y criterios de selección para el despido.
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup
2. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
En despidos colectivos que afecten a trabajadores mayores de 50 años o
en empresas con beneficios se deberá realizar aportación a Tesoro Público
de conformidad con la da 16 de la Ley 27/2011 si se da alguna de estas
circunstancias: a) Si la empresa o su grupo empresarial emplea a más de
500 trab, b) Si se despide a trab > 50 años o c) si se tienen beneficios en
los dos últimos ejercicios
Art. 52 Estatuto de Despido Objetivo Defectos formales, despidos nulos. Defectos formales, despido improcedente. Se mantiene igual.
Trabajadores: En el despido objetivo por ausencias inferiores a 20 días Modificado por la Ley Orgánica 1/2004: Se reduce el requisito de Se elimina el mínimo del 2,5% de absentismo sobre la plantilla del centro de
consecutivos se precisaba un absentismo por ctro. de absentismo medio de plantilla del 5% al 2,5 % trabajo.
trabajo superior al 5%.
En el supuesto de despido objetivo por inadecuación a modificaciones
técnicas del trabajador se recoge como preceptivo la obligación de
formación de reciclaje para la empresa y en el supuesto de despido objetivo
por absetismo se elimina el requisito de absentismo medio de plantilla del
centro de trabajo.
Ley 12/2001 Incremento de Dirigido entre otros colectivos a parados de más de 6 Desempleados que cumplan los siguientes requisitos (mismos colectivos Pierde su razón de ser este contrato al generalizarse la indemnización de
(Contrato de Empleo y Mejora de meses. Conversión a CFCI si está dado de alta en la que antes de la reforma con novedades en negrita): 33 días. Se deroga (da 12 RDL 3/2012).
Fomento de la su calidad empresa. Jóvenes 16-30 años,
contratación Mujeres para ocupaciones con menor índice de empleo femenino,
indefinida: Mayores de 45 años,
Colectivos de Personas con discapacidad,
aplicación): En vez de parados de más tres meses que recogía el RDL 10/2010, se
universaliza el CFCI a los parados de más de un mes en la Ley 35/2010.
Trabajadores indefininidos despedidos en los 2 últimos años y trabajadores
que en los 2 últimos 2 años sólo hubieran sido contratados por contrato
temporal,
Contratos celebrados antes del 31.12.2010. Contrato celebrados
después 18.06.2010 y convertidos antes 31.12.11 y máximo 6 meses
antigüedad.
Validez de la transformación de temporal a CFCI a partir de los 20 días tras
la transformación (ello aporta seguridad jurídica a la parte empresarial)
Se amplia el CFCI al siguiente colectivo de mujeres desempleadas:
En los 2 años siguientes a la maternidad
Que se incorporen al mercado laboral tras inactividad de 5 años
Victimas de violencia de género y trata de seres humanos
Ley 12/2001 Incremento de Despidos objetivos declarados judicialmente como Despidos objetivos declarados judicialmente o reconocidos unilateralmente Pierde su razón de ser este contrato al generalizarse la indemnización de
(Limitaciones): Empleo y Mejora de improcedentes: 33 días. por el empresario como improcedentes: 33 días. Se presume, salvo prueba 33 días. Se deroga (da 12 RDL 3/2012).
su calidad en contrario que demuestre la existencia de fraude de ley, cuya carga tiene
el trabajador, que todo despido objetivo reconocido como improcedente
(para acabar en 33 días) es perfectamente válido.
En despidos objetivos reconocidos como improcedentes: En despidos objetivos reconocidos como improcedentes: limitación de 6
limitación de 6 meses para contratar a través de CFCI para meses para contratar a través de CFCI para el mismo puesto y centro de
la misma categoría y centro de trabajo. trabajo.
Art. 33 Estatuto FOGASA 8 días No se contempla aportar 8 días. Contratos fijos ordinarios o CFCI celebrados después del 18.06.2010 el Sólo se aportará dicha cantidad por el FOGASA a las empresas inferiores a
Trabajadores FOGASA aporta 8 días sin los topes establecidos en el art 33 ET siempre 25 trabajadores y siempre que el despido objetivo del 52 c o el despido
(Disposición que el contrato sea superior a un año. El FOGASA sólo cumplirá esta colectivo no haya sido declarado improcedente.
Transitoria 3ª RD-L) función hasta la entrada en vigor del Fondo de capitalización en 1/1/12.
Dicha situación ha sido prorrogada con posterioridad.
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup
3. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
Modelo Austriaco: Fondos de No se contempla esta figura. Pendiente de desarrollo legislativo antes 01.01.2012. No supondrá Se mantiene igual.
capitalización de incremento en el coste de cotización. Debido a la situación de crisis
futuras macroeconómica se deja pendiente de aplicación dicha medida remitiendo
indemnizaciones el RDL 10/2011 a su desarrollo en en primer trimestre de 2013.
Art.40 y 41 Estatuto Movilidad geográfica Medida que afecte a condiciones sustanciales que suponga En la modificación colectiva cuando no exista representación de los La designación en los casos en que no haya representación deberá hacerse
de Trabajadores: y modificación una más adecuada organización de recursos, que favorezca trabajadores se podrá designar comisión de trabajadores o de en los cinco días siguientes al inicio del periodo de consultas y la no
sustancial de posición competetitiva en el mercado o que de mejor representantes de los sindicatos más representativos del sector (la empresa designación no paralizará el mismo.
condiciones de respuesta a exigencias de demanda. también podrá designar representación a través de Asociaciones
trabajo empresariales). Se posibilita en este ámbito el procedimiento del arbitraje
(cuyo funcionamiento se deberá definir en los acuerdos interprofesionales).
Se añade una nueva causa de modificación sustancial: prevenir la Se flexibiliza la Movilidad geográfica y la Modificación sustancial de
evolución negativa de empresas o mejorar situación y perspectivas de la condiciones de trabajo: Se definen las causas justificactivas de índole
misma. En las modificaciones sustanciales de carácter colectivo en que se económico, técnico, organizativo o de producción como aquellas que estén
llegue a acuerdo sólo serán impugnables ante la Jurisdicción Social por relacionadas con la competitividad, productividad u organización
dolo, coacción o abuso de derecho, sin perjuicio de la rescisión individual técnica o del trabajo de la empresa, así como las contrataciones
de 20 días por parte del trabajador. referidas a la actividad empresarial. Se elimina la posibilidad de que la
Autoridad Laboral amplíe el plazo de negociación en la movilidad geográfica
colectiva, con lo que el plazo de neg. será de 15 días. Se establece
prioridad de permanencia de los rptantes. de los trabajadores y se
establece la posibilidad de fijar en la negociación criterios de preferencia
para no movilidad como cargas familiares, mayores de determinada edad o
personas con discapacidad.
Modificación colectiva: Periodo de negociación no inferior a Modificación colectiva: Periodo de negociación no superior a 15 días. Se mantiene igual.
15 días.
Rigidez en el concepto de modificación sustancial de Igual que antes. Se flexibiliza el concepto:
condiciones de trabajo individual.
Modificación colectiva: Representando trabajadores: los Sigue igual (en los temas de representación).
representantes de trabajadores o comisión de
trabajadores.
Modificacion sustancial individual: Las que afecten a Modif. individual: puede afectar a condiciones reconocidas en ontrato,
los trabajadores a título individual. acuerdo o pacto colectivo o por decisión unilateral del empresario de
efectos colectivos.
Modificación sustancial colectiva: La que afecte a Modif. colectiva: Sólo la que supere los umbrales cuantitativos del 41
trabajadores en virtud de acuerdo o pacto colectivo o ET.
por decisión unilateral empresarial de efectos
colectivos. También las individuales que yuperen el
umbral cuantitativo del 41 ET.
Plazo de preaviso en modificaciones sustanciales a Igual que antes. Plazo de preaviso en modificaciones sustanciales a trabajadores y
trabajadores y representantes de los trabajadores: 30 representantes de los trabajadores: 15 días.
días.
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup
4. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
Art. 82.3 Estatuto de Convenios Para inaplicar el salario establecido en Convenio colectivo superior al Se definen las áreas y motivos en las que la empresa y los representantes
Trabajadores colectivos ámbito de empresa en supuestos de ausencia de representación legal de de los trabajadores habilitados para negociar convenios pueden intervenir
trabajadores se podrá nombrar comisión negociadora de trabajadores de para inaplicar condiciones de trabajo por motivos económicos, técnicos,
tres trabajadores o de sindicatos más representativos de tres miembros. organizativos o de producción (pe. ej. si la empresa tiene una disminución
de ingresos o ventas en dos trimestres consecutivos). Las áreas son:
jornada, horario y distribución, trabajo a turnos, sistema de remuneración y
su cuantía, sistema de trabajo, funciones cuando excedan del 39 ET y
mejoras voluntarias de SS. En caso de discrepancia se puede someter a la
Comisión paritaria del CC que en 7 días debe pronunciarse y si no lo hace
se podrá someter a a la Comisión consultiva nacional de CC que se
pronunciará en menos de 25 días.
En un año se deberán adaptar los CC al nuevo sistema de clasificación
profesional.
Art 10 Ley 35/2010: Bonificaciones por • 16-30 años: 800€ • Desempleados de más de 12 meses de 16-30 años sin ESO o sin No se dice nada en la reforma al respecto.
contratación • Mujeres: 850€ titulación profesional: 800€ ; si son mujeres 1000 €
indefinida o CFCI • Mayores 45 años: 1.200€. • Desempleados de más de 12 meses mayores 45 años: 1.200€, si
es mujer 1.400€
• Mujeres después parto 100 € x48 m. • Transformación indefinido de contr formativo, de relevo o sust por
anticip jubil.: 500€ , mujer 700€
• Mujeres reincorporadas 100€ x48m. Contratos formativos 100% cuotas siempre que haya incremento medio de
• Desempleados + 6 meses 1.200€. plantilla
• Exclusión social 600€.
• Violencia de género 850€
Se clarifica que las cuantías son anuales.
Podrán ser beneficiarios de estas bonificaciones los trabajadores
autónomos, sociedades laborales y cooperativas.
Art.11 Estatuto Contratos No desempleo ni en prácticas ni en formación. Sí desempleo pero sólo para formación y aprendizaje. Se mantiene igual.
Trabajadores: Formativos Prácticas 4 años. Prácticas 5 años. Siete si es discapacitado.
No se puede trabajar a través de prácticas más de 2 años No se puede trabajar en la misma empresa más de 2 años aun tratándose
por la misma titulación en la misma o diferente empresa en de diferente titulación en prácticas (el resto sigue igual).
el contrato de prácticas.
La IT, riesgo en el embarazo, maternidad, adopción, riesgo La IT, riesgo en el embarazo, maternidad, adopción, riesgo de lactancia y Lo mismo que en la Ley 35/2010.
de lactancia y paternidad no interrumpen el cómputo paternidad SÍ interrumpen el cómputo máximo de los contratos formativos.
máximo de los contratos formativos.
Edad tope de 21 años para formación. Mínimo seis meses y En los contratos de formación y aprendizaje el tope de edad será de 25 La duración del contrato formativo y de aprendizaje será de un año a
máximo dos años. El tiempo dedicado a formación no podrá años y sin límite en el caso de trabajadores con discapadidad. Este contrato tres años el tope de edad será de 25 años y sin límite en el caso de
ser inferior al 15% de jornada. tendrá una duración mínima de un año y máxima de dos prorrogable trabajadores con discapacidad. Los CC podrán determinar otras
hasta otro año más (según lo que desarrolle reglamentariamente). Tras el duraciones sin que sea posible una duración menor de 6 meses ni mayor
contrato se podrá obtener título de FP o certificados de profesionalidad ante de tres años. No se podrá contratar a través de este contrato de formación
la AP. El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% de y aprendizaje cuando el puesto de trabajo del contrato haya sido
jornada. La retribución se determinará en CC y no podrá ser nunca inferior desarrollado con anterioridad en la misma empresa durante más de 12
al SMI. Existen bonificaciones de cuotas SS del 100% en emp <250 t y 75% meses. El trabajador recibirá la formación inherente al puesto en ctro.
en el resto si se contrata > 20 años desempleados antes del 16/8/11 sin formativo de red conforme a da 5ª LO 5/2002 o en la propia empresa si
formación, siempre que la empresa acredite un incremento neto de plantilla. estuviera habilitada para ello. El tiempo de trabajo efectivo no podrá
También se incentiva la transformación a indefinidos de dichos contratos. superar el 75% el 1º año, 85% el segundo y el 100% de la jornada máxima
RDL 10/2011. de CC el 3º. Existen bonificaciones de cuotas SS del 100% en emp <250
t y 75% en el resto si se contrata a través de formación y apendizaje a
desempleados inscritos antes del 1/1/12, siempre que la empresa acredite
un incremento neto de plantilla.
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup
5. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
También se incentiva la transformación a indefinidos de dichos contratos:
Reducc. cuota emp 1500 €/año hombres y 1800 €/mujeres (por tres años)
Mientras en España haya más de un 15% de desempleo se podrán
formalizar estos contratos con menores de 30 años.
Art, 47 Estatuto de Suspensión o Si el trabajador con ERE de reducción o suspensión es Si el trabajador con ERE de reducción o suspensión es finalmente Se debe comunicar a la Autoridad Laboral con independencia del nº de
Trabajadores y 203 reducción del finalmente despedido se le repondrá la prestación de despedido se le repondrá la prestación de desempleo hasta el límite de 180 afectados. Se abre simultaneamente un periodo de consultas no superior a
TR LGSS contrato por causas desempleo hasta el límite de 120 días. días. 15 días. La Autoridad Laboral da traslado a la ITSS para emisión de informe
objetivas que deberá formalizarse en quince días desde la notif de la Aut. Lab. del fin
del periodo de consultas. Si finaliza con acuerdo se presume que concurren
las causas. Contra dicha decisión se podrá accionar por los trabajadores
individual o colectivamente si se superan los úmbrales cuantitativos del 51
ET (la acción de conflicto colectivo paraliza las individuales).
Máximo de bonificación de cuotas: 50%. Bonificaciones del 50 al 80 % (dependiendo si la empresa lleva a cabo Bonificación de cuotas de CC: 50%.
acciones formativas).
Reducción de jornada de 1/3 hasta la mitad de de jornada. Reducción de jornada de 10% al 70%. Igual que anteriormente.
Para poder bonificar cuotas se necesitaba compromiso de Igual que antes de la reforma RDL 10/2010. Igual que anteriormente.
mantenimiento de empleo del trabajador suspendido de un
año.
Durante el periodo de reducción de jornada no podrá realizarse horas extra Lo dispuesto en este apartado respecto a las bonificaciones del 50% de las
salvo fuerza mayor. Lo dispuesto en este art. es para solicitudes de ERE cuotas de CC es para regulaciones de empleo solicitadas desde enero 2012
desde 1/10/08 hasta 31/12/11. Para acuerdos posteriores a 18/6/10 para hasta diciembre de 2013. No se podrá superar 240 días por trabajador a
poder bonificar cuotas se necesita compromiso de mantenimiento de efectos de bonificaciones. Al trabajador se le repondrán las prestaciones de
empleo del trabajador suspendido de sólo seis meses. Lo contenido en este desempleo con el límite de 180 días si después de la suspensión es efecto
apartado es para solicitudes de ERE desde 1/1/10 hasta 31/12/11 por un despido objetivo del 52c o por despido colectivo siempre que la
suspensión fuerqa entre 1/1/12 y 31/12/12 y el despido antes de 31/12/13.
Los ERES iniciados antes de la reforma se regirán por las normas vigentes
en el momento de su inicio.
Art 16 ET y art 1 Ley Agencias de Eran las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro Ahora pueden ser privadas con y sin ánimo de lucro. Se añade una nueva Las ETTs quedan autorizadas como Agencias de Colocación. Se requiere
14/1994 colocación dedicadas a realizar actividades de intermediación laboral redacción que complementa el contenido inicial de la ley de empleo declaración responsable y cumplir con Ley 53/2003 de Empleo.
de acuerdo con el art. 20 Ley 56/2003 (ley de empleo). 56/2003. Requisito: El trabajador deberá estar inscrito como solicitante de
empleo del SPEE y suscribir compromiso de actividad. Una vez inscrito el
trabajadores beneficiarios de prestaciones y subsidios podrán requerir los
servicios de agencias de colocación.
Sólo entidades sin ánimo de lucro. Se puede actuar como colaborador directo del SPE y también de forma
autónoma pero coordinada con el SPE.
Pueden tener ánimo de lucro y además se menciona expresamente que los
SPE asumen la intermediación laboral "si bien podrán establecer con otras
entidades y con agencias de colocación, convenios, acuerdos u otros
instrumentos de coordinación que tenga por objeto favorecer la colocación
de demandantes de empleo" (Art. 22.3 del nuevo texto corregido por el RDL
10/2010 de la ley de empleo 56/2003). También en el texto del congreso se
reconoce legalmente como agencias de colocación a las empresas de
recolocación (especializadas en recolocación de los trabajadores que
resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial
determinados en los planes sociales de dicha reestructuración).
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup
6. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
La intermediación si es del SPE o de la agencia en colaboración con el SPE
no debe comportar ningún coste ni al trabajador ni al empresario. Si la
intermediación se realiza por la agencia directamente no debe comportar
coste para el trabajador.
Art. 8 Ley 14/1994: Sectores y Prohibiciones: Radiaciones ionizantes, exposición a agentes Podrán estar liberados todos los sectores desde el 01.04.2011. En Se mantiene igual.
actividades cancerígenos, mutagénicos o tóxicos para reprod de 1ª y 2ª principio se suprime con carácter general cualquier tipo de limitación
prohibidas a ETTs cat, agentes biológicos (gr 3 y 4), construcción, minería a sectorial a la contratación de puesta a disposición a partir de 1/1/2011
cielo abierto e interior, ind extractiva por sondeo, excepto Radiaciones ionizantes, exposición a agentes cancerígenos,
plataformas marinas, fabric manipulación y utiliz de mutagénicos o tóxicos para reprod de 1ª y 2ª cat, agentes biológicos (gr 3 y
explosivos, alta tensión. 4).
No hay obligación directa específica de constituir Comité de Se deberá constituir un Comité de Seguridad y Salud con un mínimo de 4
Seguridad y Salud delegados de Prevención (8 integrantes como mínimo).
Art. 11 Ley 14/1994: Equiparación salarial Realizaba definición de equiparación. Se aplica directiva comunitaria, en la práctica no hay cambio alguno ya que Se mantiene igual.
así veníamos aplicándolo.
Art. 16.3 Ley Responsabilidad En caso de responsabilidad solidaria no se incluía la Incluye indemnización. Se mantiene igual.
14/1994: E.U. indemnización
Art. 17 Ley 14/1994: Otros derechos Sólo recogía comedor y transporte colectivo. No contempla Lo amplia a todas las instalaciones y servicios que dispongan los Se mantiene igual.
planes de igualdad. No contempla PRL de embarazadas y trabajadores de la empresa usuaria. Incluye los planes de igualdad de la
lactantes. usuaria, o contempla y ha de aplicarse mismo criterio de la empresa
usuaria. La empresa usuaria ha de informar a los trabajadores puestos a
disposición sobre las posibles vacantes de puestos mediante anuncio
público u otros medios previstos en NC (p. ej. tablón de anuncios).
No existía una equiparación formativa entre trabajadores de Mediante negociación colectiva se adoptarán las medidas adecuadas para
la empresa usuaria y los de ETT. facilitar el acceso de los trabajadores de ETT a la formación disponible de
los trabajadores de la empresa usuaria.
d.a. 4ª de la Ley Aplicación de puesta No se permitía la puesta a disposición en el ámbito de las Antes del 1/4/2011 y previa negociación en la Mesa de Negociación de las Se mantiene igual.
14/1994 de ETT a disposición en el Administraciones Públicas. Administraciones Públicas, el Gobierno aprobará un reglamento en el que
ámbito de las esteblezcan los supuestos y requisitos de la aplicación de las limitaciones
Administraciones de la puesta a disposición en el ámbito de las Administraciones Públicas.
Públicas
d.a. 15ª RDL 10/2010 Competencia de la La competencia sobre impugnación de resoluciones sobre En 6 meses se aprobará proyecto de ley modificando la LPL para que sea la La nueva LRJS asigna la competencia de impugnación de ERES e
(texto de 29 de julio Jurisdicción Social ERES de reducción de jornada, suspensión y despidos Jurisdicción social la encargada de resolver impugnaciones sobre impugnación de sanciones administrativas a la Jurisdicción social en lugar
2010) colectivos correspondía a la Jurisdicción Contencioso resoluciones de ERES de reducción de jornada, suspensión y despidos de la contenciosa administrativa.
Administrativa. colectivos. Esto se ha estipulado en la nueva LRJS.
Art 23 ET Formación de los Se reconocían permisos por la asistencia a exámenes y Igual que antes. Flexibilidad: Se reconoce como derecho del trabajador el recibir formación
trabajadores preferencia de elección de turno para asistir a formación de para adapatarse a las modificaciones del puesto y para favorecer su
cuando esta tiene como objeto la obtención de un título empleabilidad que deberá ser a cargo de la empresa. Se añade el derecho
académico o profesional. Asimismo se reconoce la a 20 h. de permiso acumulables por tres años para formación del trabajador
adaptación de la jornada para poder asistir a cursos de FP. vinculada al puesto de trabajo cuyo disfrute será fijado de mutuo acuerdo
con la empresa.
Art 4 RDL 3/2012 Contrato indefinido No se contemplaba nada. No se contemplaba nada. Para empresas de menos de 50 trab. contrato indefinido a jornada
de apoyo a los completa. Particularidad: por ley el periodo de prueba será de un año.
emprendedores
Incentivos a dicha contratación:
a) 3000 € por contratar < 30 años
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup
7. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
b) Por contratar desempleados que llevaran percibiendo prestación
contributiva durante más de tres meses deducción fiscal del 50% de la
prestación de desempleo que el trabajador tuviera pendiente de recibir con
el tope de 12 meses (el trabajador podrá compatibilizar el salario de cada
mes con el 25% de la cuantía de la prestación, si no lo hace se le mantndrá
el derecho íntegro a las prestaciones pendientes)
Bonificaciones en SS por contratar desempleados (se deberá
mantener al empleado al menos tres años y si no se deberá reintegrar
lo bonificado salvo dimisión, muerte, jubilación, IP o despido
disciplinario procedente del trabajador):
a) Por contratar desempleados < 30 años (durante 3 años). 1000 € 1º año,
1200 € 2º año y 1200 3º año
b) > 45 años desempleados inscritos durante menos de un año en el INEM
en los 18 ultimos meses antes del contrato: 1300 € año (durante 3 años),
para mujeres en sectores de poca repreentación femenina (1800 € X 3
años)
No se podrá realizar este contrato en empresas que en los 6 meses
anteriores al contrato hubieran extinguido contratos por despidos objetivos
declarados improcedentes por sentencia o si hubieran hecho despidos
colectivos. En cualquier casdo el límite sólo afectará a rescisiones
posteriores a la entrada en vigor de esta ley y sólo por el número y tipo de
puesto en los contratos afectados por las rescisiones previas al contrato
indefinido de apoyo a emprendedores.
Art 12 ET Contrato a tiempo No se permitían horas extra. No se permitían horas extra. Se permiten las horas extra en un número proporcional a la jornada
parcial trabajada en proporcion con el tope anual de 80 horas para jornada
completa.
Art 6 RDL 3/2012 Trabajo a distancia No se definía específicamente. No se definía específicamente. Se define como aquel en el que el trabajador presta servicios
preponderamente en su domiclio o en el sitio designado por este. Ha de ser
contrato por escrito. Tendrán los mismos derechos que el resto de
trabajadores.
Art 7 Bonificaciones de No se contemplaba nada. Para empresas de menos de 50 trabajadores en el momento de la
cuotas por contratación que empleen por cuenta ajena 500 € año (3 años), mujeres
transformación de 700 €/año.
contratos en
prácticas, de relevo
y de sustitución en
indefinidos
Art 22 ET y 39 ET Clasificacion Antes se establecía una clasifiación por categorías o No cambia lo anterior. Ahora sólo se divide por grupos (que agrupa aptitudes prof., titulaciones y
profesional grupos. contenido gral. de la prestación incluyendo diferentes tareas, especialidades
profs. y responsabilidades). La redacción del art. 39 ET se altera en orden
pero refleja un texto similar al anterior.
Art 34 ET Tiempo de trabajo Mediante CC, acuerdo colectivo se podrá pactar la En caso de no haber pacto la empresa podrá distribuir irregularmente el 5%
distribución irregular de la jornada de trabajo. de la jornada de trabajo respetendo los descansos mínimos legales.
Art 39 ET Movilidad funcional La movilidad funcional sólo tendrá como límite los requisitos Igual que anteriormente. Se elimina el sistema de clasificación profesional por categorías
de titulación académica y profesional necesarias. Se podrá profesionales.
llevar a cabo entre categorías equivalentes.
Art 50 ET Extincion unilateral Se contemplaba modificaciones substanciales en las Igual que . Sólo se contempla las que supongan menoscabo de la dignidad.
del contrato de condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su
trabajo formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup
8. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
Art. 84.3 ET Prioridad de lo No. Con ciertos límites. Se define de manera más clara que en la situación anterior la prioridad
establecido en CC de aplicativa de los convenios de empresa sobre los de diferente ámbito en
empresa sobre otros materias como: cuantía de salarios, horas extra y retribución de turnos,
de distinto ámbito distribución del horario y vacaciones, sistema de clasificación profesional,
adaptación de la contratación al marco de convenio de empresa,
condiciones a los que se refiera el art. 83.2 ET (CC estatales y de CA). Los
CC estatales y de CA no podrán prevalecer sobre lo dispuesto en los CC de
empresa en lo contemplado aquí.
Art 86.3 ET y 89.2 ET Vigencia de los CC Nada específico al respecto. Nada específico al respecto. Una vez denunciado un CC y concluida su duración, la vigencia del CC se
producirá en los términos pactados en él, si bien decaerán las clausulas
convencionales por las que se renunciara al ejercicio de huelga.
Transcurridos dos años una vez denunciado y terminada la vigencia sin
acordar un nuevo CC o sin dictar laudo arbitral en caso de disputa, la
vigencia del CC decaerá aplicándose el CC de ámbito superior que
fuera de aplicación. (Si la denuncia fuera antes de la entrada en vigor de
la ley el plazo de los dos años comenzará a computarse tras la entrada en
vigor de la reforma.)
En el plazo de un mes tras la recepción de la comunicación se deberá
proceder a constituir la Comisión Negociadora que establecerá el
calendario.
Art 56 ET Despido La indemnización legal por despido improcedente es de 45 Igual que antes. Ahora es de 33 días. Para los trabajadores contratados antes de la reforma
improcedente días de salario por año trabajado. será de 45 días hasta el día de publicación y a partir de ahí por los días
trabajados a partir de 12/2/12 se calculará a razón de 33 días (lo mismo
para los CFCI anteriores a la reforma).
En caso de improcedencia si la empresa optaba por la Igual que antes. En el caso de improcedencia con opción por la indemnización se eliminan
indemnización la empresa estaba obligada a abonar salarios los salarios de trámite (estos siguen existiendo en el caso de la readmisión).
de trámite hasta la notificación de sentencia o hasta que Las prestaciones de desempleo se abonarán desde el día siguiente a la
unilateralmente reconociera la improcedencia ante el extinción y se tomará como fecha de cumplimiento la del acta de
juzgado (a no ser que lo hiciera en las 48 h. siguientes al conciliación o providencia con opción a indemnización o la de la resolución
despido en cuyo caso no se generban salarios de trámite). judicial.
Si se optara por la improcedencia el trabajador estará en situación de
desempleo desde la fecha siguiente a la extinción, no obstante si este
recurriera y el TSJ determinara una cuantía superior de indemnización el
empresario en los 5 dias siguientes a la notificacion de sentencia podra
cambiar la opcion a readmisión compensando lo ya abonado por
indemnización y con la obligación de abonar las diferencias en salarios de
tramite y cotización. Podrá reclamar el exceso de salarios de y tramite al
estado (no en el caso de despido nulo).
LRJS Procedimiento En vigor la LPL. En vigor la LPL con modificaciones. En vigor la nueva LRJS modificada por el RDL 3/2012: las resoluciones
laboral de los órganos administrativos sobre sanciones en materia laboral y sindical
se verán ante el Juzgado de lo social.
El procedimiento de impugnación de despido colectivo impugnado por los
representantes de los trabajadores deberá instarse en instancia única ante
el TSJ siempre que no se exceda del ámbito de la comunidad autónoma. Si
se excede del ámbito de la CA será competente la AN. Asimismo no será
necesaria conciliación ni reclamación previa. La nueva normativa de
procedimiento será aplicable a los despidos colectivos que tengan lugar
después de la reforma.
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup
9. Cuadro comparativo de los cambios Legislativos en Materia Laboral
Texto modificado Anterior a 2010 Ley 35/2010 RDL 3/2012
EL TSJ conocerá en única instancia de la impugnación de actos
administrativos cuando estos hayan sido dictados por el Consejo de
Gobierno de la CA o por el ministro o secretario de estado.
En las impugnaciones de despidos colectivos la demanda se basará en los
siguientes motivos: a) No concurrencia de la causa legal alegada; b) No
respeto del 51.2 o 51.7 ET, C) Decisión extintiva con fraude, dolo o coación
o abuso de derecho (No cabrá impugnar por falta de respeto de reglas de
prioridad que quedarán en todo caso como aciones individuales). Si el ERE
es con acuerdo se deberá demandar a los firmantes del acuerdo. La prueba
documental o pericial se deberá aportar con carácter anticipado dada la
complejidad en estos temas. Sólo cabrá recurso de casación.
En los casos en que se impugne el criterio de elección se deberá demandar
a los trabajadores afectados por este tema y a los representantes de los
trabajadores si estos estuvieron conformes. Las acciones individuales se
paralizarán ante demanda de los representantes de los trabajadores por
este tema.
Si no se sigue el 51.2 o el 51.7 ET o las reglas de prioridad establecidas en
las leyes, convenio o acuerdo durante el periodo de consultas el despido
será nulo.
Similar es la situación de los procesos del 51 ET para los casos de
impugnación de medidas colectivas del 40 y 41 ET.
Las resoluciones del juzgado sobre movilidad geográfica o modificación
sustancial y sobre los EREs de suspensión y reducción NO serán
recurribles en suplicación por la vía social si el número de trabajadores está
por debajo del umbral del 51.1 ET.
Administraciones d a 1ª RDL 3/2012 Depende de la Ley de contratos con el sector público. Nuevo texto refundido para la contratación con el sector público. Para el personal laboral que trabaja para la Admon. el 47 ET no es de
públicas aplicación aunque el 51 ET, sí, si hay una situación de insuficiencia
presupuestaria sobrevenida durante tres trimestres consecutivos.
Alta Dirección del d a 8ª RDL 3/2012 Nada específico al respecto. Nada específico al respecto. Se establecen normas de racionalización y control de gasto a nivel laboral.
sector publico
estatal
Art 38 ET Vacaciones Se pierden si no se disfrutan en año natural. La jurisprudencia y la ley 35/2010 matizaron el tema permitiendo que fueran Sólo se podrán disfrutar en año siguiente si no han transcurrdo más de 18
disfrutadas en el año siguiente en los casos en que coincidían con periodos meses a partir del año en que se hayan generado.
de IT.
(c) Departamento de Relaciones Laborales de ManpowerGroup