REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
Núcleo Barquisimeto
Barquisimeto, Estado Lara
Integrante:
LUIS ARCIDA 100% SAIA
Cedula: V-15668410
Materia: INFORMATICA JURIDICA
Prof. EMILY RAMIREZ
Sección: SAIA-E
TAREA: CUADRO EXPLICATIVO
Conceptos Básicos del Derecho Informático
(Ejemplos)
Derecho de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones
DERECHO DE INTERNET
La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha
declarado el acceso a Internet como derecho humano altamente protegido. La
ONU exige a los países miembros facilitar un servicio accesible y asequible
para todos y estima como una prioridad asegurar a la ciudadanía el acceso a
Internet.
DERECHO PATRIMONIAL
Consiste en la facultad que tiene el autor para explotar por sí mismo su obra,
así como para autorizar o prohibir a terceros dicha explotación en cualquier
forma dentro de los límites que señala la Ley Federal del Derecho de Autor.
DERECHO MORAL
Consiste en el derecho que tiene el autor a ser reconocido como tal, a decidir
el momento de la divulgación de su obra y evitar plagio.
Ejemplo: Utilizar material de otro con previo consentimiento.
DERECHO DE AUTOR
Es el reconocimiento que otorga el Estado a cualquier creador de obras
literarias y artísticas, es decir; a toda persona física que crea una obra literaria
y artística.
Ejemplo: La composición (letra) de una Canción.
PATENTE
Es considerada como la certificación que el Gobierno de nuestro país otorga, a
personas físicas y a personas morales, la cual les permite explotar
exclusivamente invenciones de nuevos productos o procesos durante un plazo
de 20 años contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente
a dicho tramite.
Ejemplo: Douglas E. en el año de 1970 patento el mouse o el ratón.
NUEVAS PATENTES
La Ley de la Propiedad Industrial establece que serán patentables las
invenciones que sean nuevas, es decir; todo aquello que no se encuentre en el
estado de registro y que sean susceptibles para su aplicación industrial.
La vida contemporánea del hombre está siendo transformada
por la presencia de la tecnología de la información y
la comunicación; es decir, la tecnología digital. Con el
surgimiento de la red de redes (Internet), en diversos medios se
ha empezado a hablar de Inclusión Digital, ya que no mucha
gente se ha visto beneficiada por esta transformación; motivo
por el cual se hace necesario la búsqueda de diversas formas
y estrategias para integrarlas al espacio de información y
tecnología.
El hecho de que Internet se haya democratizado y convertido en
una infraestructura técnica orientada a proporcionar una
cobertura de comunicación barata, horizontal y de ámbito
global, hace que la libertad de expresión y el resto de las
libertades asociadas a ella no sólo deban aplicarse en toda su
extensión a las actividades personales que se llevan a cabo en la
red, sino en las actividades de diversos órdenes como
educativos, sociales, políticos.
El derecho a la comunicación reclama la existencia de espacios
tecnológicos y sociales abiertos para el intercambio de
información, el debate y el diálogo democráticos, que faciliten
la construcción de consensos e imaginarios colectivos,
materialicen la participación y fortalezcan la ciudadanía.
La comunicación y las Tecnologías de la información y la
comunicación (TIC) se conjugan de manera cotidiana. El uso de
las TIC como herramienta amplía las posibilidades de acceso a
medios de comunicación nuevos y tradicionales. Para garantizar
el uso democrático de los medios y para generar estrategias que
permitan el libre ejercicio del derecho a la comunicación es
precisa la existencia de espacios tecnológicos accesibles.
León, Osvaldo (coord.) Democratizar la palabra. Movimientos convergentes en comunicación. Alai
Vela y Smith, Estefanía y Erika. «"La violencia de género en México y las tecnologías de la información"».
En Juan Carlos Lara. Internet en México: Derechos Humanos en el entorno digital. Derechos Digitales.
Consultado el 2 de julio de 2016.
https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_a_la_comunicaci%C3%B3n
https://www.tirant.com/editorial/ebook/derecho-tic-derecho-de-las-tecnologias-de-la-informacion-y-de-la-
comunicacion-aurelio-lopez-tarruella-martinez-9788491197447
https://www.monografias.com/trabajos37/derechos-ciberespacio/derechos-ciberespacio2.shtml

Cuadro expliativo informatica juridica luis arcida

  • 1.
    REPUBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA UNIVERSIDAD FERMIN TORO Núcleo Barquisimeto Barquisimeto, Estado Lara Integrante: LUIS ARCIDA 100% SAIA Cedula: V-15668410 Materia: INFORMATICA JURIDICA Prof. EMILY RAMIREZ Sección: SAIA-E TAREA: CUADRO EXPLICATIVO
  • 2.
    Conceptos Básicos delDerecho Informático (Ejemplos) Derecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones DERECHO DE INTERNET La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha declarado el acceso a Internet como derecho humano altamente protegido. La ONU exige a los países miembros facilitar un servicio accesible y asequible para todos y estima como una prioridad asegurar a la ciudadanía el acceso a Internet. DERECHO PATRIMONIAL Consiste en la facultad que tiene el autor para explotar por sí mismo su obra, así como para autorizar o prohibir a terceros dicha explotación en cualquier forma dentro de los límites que señala la Ley Federal del Derecho de Autor. DERECHO MORAL Consiste en el derecho que tiene el autor a ser reconocido como tal, a decidir el momento de la divulgación de su obra y evitar plagio. Ejemplo: Utilizar material de otro con previo consentimiento. DERECHO DE AUTOR Es el reconocimiento que otorga el Estado a cualquier creador de obras literarias y artísticas, es decir; a toda persona física que crea una obra literaria y artística. Ejemplo: La composición (letra) de una Canción. PATENTE Es considerada como la certificación que el Gobierno de nuestro país otorga, a personas físicas y a personas morales, la cual les permite explotar exclusivamente invenciones de nuevos productos o procesos durante un plazo de 20 años contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente a dicho tramite. Ejemplo: Douglas E. en el año de 1970 patento el mouse o el ratón. NUEVAS PATENTES La Ley de la Propiedad Industrial establece que serán patentables las invenciones que sean nuevas, es decir; todo aquello que no se encuentre en el estado de registro y que sean susceptibles para su aplicación industrial. La vida contemporánea del hombre está siendo transformada por la presencia de la tecnología de la información y la comunicación; es decir, la tecnología digital. Con el surgimiento de la red de redes (Internet), en diversos medios se ha empezado a hablar de Inclusión Digital, ya que no mucha gente se ha visto beneficiada por esta transformación; motivo por el cual se hace necesario la búsqueda de diversas formas y estrategias para integrarlas al espacio de información y tecnología. El hecho de que Internet se haya democratizado y convertido en una infraestructura técnica orientada a proporcionar una cobertura de comunicación barata, horizontal y de ámbito global, hace que la libertad de expresión y el resto de las libertades asociadas a ella no sólo deban aplicarse en toda su extensión a las actividades personales que se llevan a cabo en la red, sino en las actividades de diversos órdenes como educativos, sociales, políticos. El derecho a la comunicación reclama la existencia de espacios tecnológicos y sociales abiertos para el intercambio de información, el debate y el diálogo democráticos, que faciliten la construcción de consensos e imaginarios colectivos, materialicen la participación y fortalezcan la ciudadanía. La comunicación y las Tecnologías de la información y la comunicación (TIC) se conjugan de manera cotidiana. El uso de las TIC como herramienta amplía las posibilidades de acceso a medios de comunicación nuevos y tradicionales. Para garantizar el uso democrático de los medios y para generar estrategias que permitan el libre ejercicio del derecho a la comunicación es precisa la existencia de espacios tecnológicos accesibles.
  • 3.
    León, Osvaldo (coord.)Democratizar la palabra. Movimientos convergentes en comunicación. Alai Vela y Smith, Estefanía y Erika. «"La violencia de género en México y las tecnologías de la información"». En Juan Carlos Lara. Internet en México: Derechos Humanos en el entorno digital. Derechos Digitales. Consultado el 2 de julio de 2016. https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_a_la_comunicaci%C3%B3n https://www.tirant.com/editorial/ebook/derecho-tic-derecho-de-las-tecnologias-de-la-informacion-y-de-la- comunicacion-aurelio-lopez-tarruella-martinez-9788491197447 https://www.monografias.com/trabajos37/derechos-ciberespacio/derechos-ciberespacio2.shtml