Este documento es una resolución emitida por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia de Venezuela que establece normas y principios para regular el uso progresivo y diferenciado de la fuerza por parte de la policía. La resolución introduce una escala de siete niveles para el uso de la fuerza policial en respuesta a diferentes niveles de resistencia por parte de los ciudadanos, desde la intimidación psicológica hasta el uso potencialmente mortal de la fuerza. También establece procedimientos de informes, capacitación y supervisión
Uso progresivo y Diferenciado de la FuerzaJuan Sampablo
Este documento describe el método de uso progresivo y diferenciado de la fuerza por parte de funcionarios de seguridad. Se basa en los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Explica que la fuerza solo debe usarse como último recurso y de manera mínima para lograr un objetivo legal. Detalla los diferentes niveles de fuerza, desde la presencia hasta el uso de armas de fuego, y que la respuesta debe estar determinada por la conducta de la persona y no por la predisposición del funcionario. Concluye que este método permite
Este documento define y explica el concepto de uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial. Describe los diferentes niveles de fuerza que puede usar un oficial de policía, desde la presencia hasta el uso de armas potencialmente mortales. También explica conceptos como estrés de supervivencia, pirámide de resistencia, y principios como legalidad, necesidad y proporcionalidad que rigen el uso de la fuerza.
Uso progresivo y diferenciado de la fuerza y uso de la fuerza ´potenciamente ...domingo granado alcala
Este documento describe el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza (UPDF) utilizado por la policía venezolana. Explica que el UPDF consiste en un esquema piramidal que categoriza los niveles de fuerza policial autorizados en respuesta a diferentes niveles de resistencia o agresión por parte de los ciudadanos. Los niveles van desde la presencia policial hasta el uso de fuerza potencialmente mortal. El documento enfatiza que la verbalización debe mantenerse a lo largo de todo el proceso del UPDF para intentar
Este documento presenta las normas y procedimientos para el uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial en Venezuela de acuerdo con los derechos humanos. Explica los marcos legales internacionales y nacionales, conceptos como violencia y fuerza, y los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. También describe la preparación psicológica de los policías, la pirámide de resistencia-control, y técnicas como la presencia y distancia. El objetivo es regular el uso de la fuerza policial bajo los principios
El documento presenta lineamientos sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza por parte de la policía. Define tres principios clave: legalidad, necesidad y proporcionalidad. Luego describe seis niveles de resistencia ciudadana y tres niveles de control policial por parte de los funcionarios. Finalmente, detalla varias técnicas de control policial que van desde la presencia hasta el uso de armas intermedias, señalando que su aplicación debe respetar el marco jurídico y minimizar el daño a los ciudadanos.
Uso progresivo y diferenciado de la fuerzaJuan Sampablo
El documento proporciona información sobre la aplicación del Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza (UPDF) por parte de la policía. Explica que el UPDF se basa en los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y que la fuerza sólo debe usarse como último recurso. También describe las técnicas de posicionamiento, diálogo y esposamiento que debe emplear la policía de acuerdo con este enfoque.
Aspectos generales del acta policial_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Uso progresivo y Diferenciado de la FuerzaJuan Sampablo
Este documento describe el método de uso progresivo y diferenciado de la fuerza por parte de funcionarios de seguridad. Se basa en los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Explica que la fuerza solo debe usarse como último recurso y de manera mínima para lograr un objetivo legal. Detalla los diferentes niveles de fuerza, desde la presencia hasta el uso de armas de fuego, y que la respuesta debe estar determinada por la conducta de la persona y no por la predisposición del funcionario. Concluye que este método permite
Este documento define y explica el concepto de uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial. Describe los diferentes niveles de fuerza que puede usar un oficial de policía, desde la presencia hasta el uso de armas potencialmente mortales. También explica conceptos como estrés de supervivencia, pirámide de resistencia, y principios como legalidad, necesidad y proporcionalidad que rigen el uso de la fuerza.
Uso progresivo y diferenciado de la fuerza y uso de la fuerza ´potenciamente ...domingo granado alcala
Este documento describe el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza (UPDF) utilizado por la policía venezolana. Explica que el UPDF consiste en un esquema piramidal que categoriza los niveles de fuerza policial autorizados en respuesta a diferentes niveles de resistencia o agresión por parte de los ciudadanos. Los niveles van desde la presencia policial hasta el uso de fuerza potencialmente mortal. El documento enfatiza que la verbalización debe mantenerse a lo largo de todo el proceso del UPDF para intentar
Este documento presenta las normas y procedimientos para el uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial en Venezuela de acuerdo con los derechos humanos. Explica los marcos legales internacionales y nacionales, conceptos como violencia y fuerza, y los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. También describe la preparación psicológica de los policías, la pirámide de resistencia-control, y técnicas como la presencia y distancia. El objetivo es regular el uso de la fuerza policial bajo los principios
El documento presenta lineamientos sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza por parte de la policía. Define tres principios clave: legalidad, necesidad y proporcionalidad. Luego describe seis niveles de resistencia ciudadana y tres niveles de control policial por parte de los funcionarios. Finalmente, detalla varias técnicas de control policial que van desde la presencia hasta el uso de armas intermedias, señalando que su aplicación debe respetar el marco jurídico y minimizar el daño a los ciudadanos.
Uso progresivo y diferenciado de la fuerzaJuan Sampablo
El documento proporciona información sobre la aplicación del Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza (UPDF) por parte de la policía. Explica que el UPDF se basa en los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y que la fuerza sólo debe usarse como último recurso. También describe las técnicas de posicionamiento, diálogo y esposamiento que debe emplear la policía de acuerdo con este enfoque.
Aspectos generales del acta policial_IAFJSRMauri Rojas
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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Este documento presenta información sobre las actas policiales en Venezuela. Explica la importancia del acta policial como documento legal que respalda las acciones policiales y su redacción correcta siguiendo principios como exactitud, secuencia, brevedad e imparcialidad. También describe los tipos de actas policiales, su estructura y fundamentos constitucionales y legales conforme al Código Orgánico Procesal Penal venezolano. Finalmente, detalla lo que el juez debe hacer frente a las actas policiales y evidencias criminales de ac
Este documento proporciona instrucciones sobre el uso adecuado de un arma de fuego. Detalla los pasos progresivos para sacar el arma, apuntarla y dispararla de manera segura, incluyendo la postura correcta, el agarre, la presentación y el control del disparador. También explica los diferentes estados del arma (cargada, descargada, etc.) y cuando es apropiado usar fuerza letal.
La Policía Nacional Bolivariana tiene una estructura jerárquica con el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz a la cabeza. Debajo del Ministro se encuentra el Director General, quien supervisa a los Directores Estadales y al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Este documento proporciona información sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial. Define conceptos como violencia, fuerza policial, y los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Explica los diferentes niveles de resistencia ciudadana y los correspondientes niveles de control policial, desde la presencia hasta el uso potencialmente mortal de la fuerza. Finalmente, resume el marco legal que rige el uso de la fuerza en la Ley Orgánica del Servicio Policial y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.
Este documento presenta la unidad curricular "Vigilancia y patrullaje policial I" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad busca formar a los estudiantes policiales en nuevas técnicas de vigilancia y patrullaje basadas en valores como los derechos humanos y un enfoque preventivo y de proximidad con la ciudadanía. La unidad consta de tres temas: el rol del policía en el nuevo modelo policial, la vigilancia y patrullaje como factores para prevenir delitos, y técnicas básicas
El documento presenta información sobre la correspondencia policial y los diferentes tipos de documentos que se utilizan en este ámbito, como oficios, circulares, memorandums, actas policiales, informes, entre otros. Se describe la estructura, contenido básico, naturaleza jurídica y fundamentos legales de los actas policiales, que son documentos oficiales donde se certifican sucesos vinculados al servicio policial.
Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En primer lugar, la policía es una institución encargada de velar por la seguridad de todos los ciudadanos sin discriminación. En segundo lugar, la policía es obediente pero se abstiene de órdenes ilegales o que violen derechos humanos. En tercer lugar, la policía promueve la participación ciudadana y mecanismos de autorregulación comunitaria para prevenir la violencia.
Explicar el propósito del uso táctico de la fuerza policial y su importancia en el uso progresivo diferenciado de la fuerza y en UFPM.
Uno de los propósitos del uso táctico es Proporcionar a los funcionarios un cuerpo de conocimientos teóricos y prácticos acerca de las tácticas policiales, para el desempeño de sus funciones como futuras y futuros oficiales de policía, que garantice las más estrictas normas de seguridad, de acuerdo con los principios de afirmación a la vida, legalidad, necesidad, proporcionalidad, eficiencia, así como el respeto a los Derechos Humanos. El Uso progresivo de la fuerza es lograr el control en una situación que atenta contra el orden público o la integridad de las personas.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Describe el nuevo modelo policial integrado, incluyendo la sala de situación, el centro de operaciones policiales y los puestos de comunicaciones. También explica el servicio de vigilancia y patrullaje, su estructura, funciones y principios para alinearse con el nuevo modelo policial basado en los derechos humanos y la participación ciudadana.
Este documento presenta la información sobre un curso de ascenso de policía a cabo de policía que se llevará a cabo de mayo a agosto de 2010 a distancia. Incluye la introducción del curso, los objetivos de aprendizaje, contenidos divididos en 5 unidades, bibliografía, orientaciones generales y la evaluación del curso. El curso busca perfeccionar a los policías en técnicas de recolección de datos para la prevención y control del delito.
El uso progresivo y diferenciado de la fuerzaluciaolival
Este documento presenta los conceptos y esquemas de los niveles de control de la fuerza policial. Explica los estados de alerta mental, la dinámica del miedo, la estructura de la agresión y la fisiología del estrés de sobrevivencia, incluyendo la activación del sistema nervioso simpático durante situaciones de estrés.
Ley orgánica del servicio policial y del cuerpo de policía nacionalJulio Jose Marin
1) El documento presenta un decreto con rango, valor y fuerza de ley orgánica que regula el servicio de policía en Venezuela y crea el Cuerpo de Policía Nacional. 2) El decreto establece los principios, funciones y naturaleza del servicio de policía, así como los principios generales como respeto a los derechos humanos, imparcialidad y proporcionalidad. 3) El objetivo del decreto es adecuar el servicio de policía a las necesidades de seguridad de la nación.
Este documento presenta los conceptos y métodos del Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial (UPDFP). Explica que el UPDFP implica aplicar el menor nivel de fuerza necesario para lograr el objetivo, respetando los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Describe los diferentes niveles de fuerza que puede usar un oficial de policía en respuesta a los niveles de resistencia de un ciudadano, así como los bloques de control asociados a cada nivel de fuerza. También presenta las técnicas
El servicio de orden público dentro del cuerpo de policía se encarga de dirigir estratégica y operativamente la actuación policial cuando el orden público ha sido alterado, empleando los recursos institucionales de manera adecuada. El documento describe las bases legales, principios y funciones del servicio de orden público policial, así como su estructura organizativa dentro de la policía nacional y estadal.
Este documento describe los diferentes niveles de fuerza que pueden utilizarse en situaciones policiales y militares, desde la presencia hasta el uso de armas de fuego. También explica tácticas, procedimientos y consideraciones legales para cada nivel de fuerza.
La Policía Nacional del Perú tiene como marco normativo la Constitución Política del Perú y diversas leyes como la Ley de la Policía Nacional del Perú. La función policial incluye garantizar el orden interno, prestar protección a las personas, garantizar el cumplimiento de las leyes, prevenir e investigar delitos. La Policía Nacional del Perú se rige por principios como la primacía de los derechos humanos y la legalidad.
Este documento presenta información sobre procedimientos y protocolos policiales en Venezuela. Explica conceptos como patrullaje, inspección de personas y vehículos, registro de lugares públicos, protección de escenas del crimen, y actuación con niños, niñas y adolescentes. También describe normas legales que rigen la actuación policial y el uso de la fuerza. El objetivo es brindar una guía sobre cómo deben realizarse las funciones policiales de manera legal y respetuosa de los derechos humanos.
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con la policía y la seguridad ciudadana. Explica que la policía tiene como función principal la prevención y el auxilio a la población, y que la seguridad ciudadana requiere la cooperación del Estado, la sociedad y la policía. También describe los métodos básicos de patrullaje policial, como la prevención de factores de riesgo, la identificación de delincuentes y la interacción con la comunidad.
Este documento presenta la Ley del Estatuto de la Función Policial de Venezuela. Establece las disposiciones generales que rigen las relaciones laborales entre los funcionarios policiales y los cuerpos de policía nacionales, estadales y municipales. Define la función policial, los derechos, garantías y deberes de los funcionarios policiales, así como los principios que rigen el sistema de administración de personal policial.
Este documento describe los principios fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En tres oraciones o menos, el resumen es:
El nuevo modelo policial busca que la policía sea una institución que proteja los derechos humanos del pueblo de manera no discriminatoria y no criminalice a los pobres, que resuelva conflictos de forma no violenta pero use la fuerza de manera gradual cuando sea necesario, y que promueva la participación ciudadana y la autorregulación comunitaria para prevenir la violencia.
Aspectos generales del acta policial2_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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Este documento presenta información sobre las actas policiales en Venezuela. Explica la importancia del acta policial como documento legal que respalda las acciones policiales y su redacción correcta siguiendo principios como exactitud, secuencia, brevedad e imparcialidad. También describe los tipos de actas policiales, su estructura y fundamentos constitucionales y legales conforme al Código Orgánico Procesal Penal venezolano. Finalmente, detalla lo que el juez debe hacer frente a las actas policiales y evidencias criminales de ac
Este documento proporciona instrucciones sobre el uso adecuado de un arma de fuego. Detalla los pasos progresivos para sacar el arma, apuntarla y dispararla de manera segura, incluyendo la postura correcta, el agarre, la presentación y el control del disparador. También explica los diferentes estados del arma (cargada, descargada, etc.) y cuando es apropiado usar fuerza letal.
La Policía Nacional Bolivariana tiene una estructura jerárquica con el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz a la cabeza. Debajo del Ministro se encuentra el Director General, quien supervisa a los Directores Estadales y al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Este documento proporciona información sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial. Define conceptos como violencia, fuerza policial, y los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Explica los diferentes niveles de resistencia ciudadana y los correspondientes niveles de control policial, desde la presencia hasta el uso potencialmente mortal de la fuerza. Finalmente, resume el marco legal que rige el uso de la fuerza en la Ley Orgánica del Servicio Policial y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.
Este documento presenta la unidad curricular "Vigilancia y patrullaje policial I" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad busca formar a los estudiantes policiales en nuevas técnicas de vigilancia y patrullaje basadas en valores como los derechos humanos y un enfoque preventivo y de proximidad con la ciudadanía. La unidad consta de tres temas: el rol del policía en el nuevo modelo policial, la vigilancia y patrullaje como factores para prevenir delitos, y técnicas básicas
El documento presenta información sobre la correspondencia policial y los diferentes tipos de documentos que se utilizan en este ámbito, como oficios, circulares, memorandums, actas policiales, informes, entre otros. Se describe la estructura, contenido básico, naturaleza jurídica y fundamentos legales de los actas policiales, que son documentos oficiales donde se certifican sucesos vinculados al servicio policial.
Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En primer lugar, la policía es una institución encargada de velar por la seguridad de todos los ciudadanos sin discriminación. En segundo lugar, la policía es obediente pero se abstiene de órdenes ilegales o que violen derechos humanos. En tercer lugar, la policía promueve la participación ciudadana y mecanismos de autorregulación comunitaria para prevenir la violencia.
Explicar el propósito del uso táctico de la fuerza policial y su importancia en el uso progresivo diferenciado de la fuerza y en UFPM.
Uno de los propósitos del uso táctico es Proporcionar a los funcionarios un cuerpo de conocimientos teóricos y prácticos acerca de las tácticas policiales, para el desempeño de sus funciones como futuras y futuros oficiales de policía, que garantice las más estrictas normas de seguridad, de acuerdo con los principios de afirmación a la vida, legalidad, necesidad, proporcionalidad, eficiencia, así como el respeto a los Derechos Humanos. El Uso progresivo de la fuerza es lograr el control en una situación que atenta contra el orden público o la integridad de las personas.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Describe el nuevo modelo policial integrado, incluyendo la sala de situación, el centro de operaciones policiales y los puestos de comunicaciones. También explica el servicio de vigilancia y patrullaje, su estructura, funciones y principios para alinearse con el nuevo modelo policial basado en los derechos humanos y la participación ciudadana.
Este documento presenta la información sobre un curso de ascenso de policía a cabo de policía que se llevará a cabo de mayo a agosto de 2010 a distancia. Incluye la introducción del curso, los objetivos de aprendizaje, contenidos divididos en 5 unidades, bibliografía, orientaciones generales y la evaluación del curso. El curso busca perfeccionar a los policías en técnicas de recolección de datos para la prevención y control del delito.
El uso progresivo y diferenciado de la fuerzaluciaolival
Este documento presenta los conceptos y esquemas de los niveles de control de la fuerza policial. Explica los estados de alerta mental, la dinámica del miedo, la estructura de la agresión y la fisiología del estrés de sobrevivencia, incluyendo la activación del sistema nervioso simpático durante situaciones de estrés.
Ley orgánica del servicio policial y del cuerpo de policía nacionalJulio Jose Marin
1) El documento presenta un decreto con rango, valor y fuerza de ley orgánica que regula el servicio de policía en Venezuela y crea el Cuerpo de Policía Nacional. 2) El decreto establece los principios, funciones y naturaleza del servicio de policía, así como los principios generales como respeto a los derechos humanos, imparcialidad y proporcionalidad. 3) El objetivo del decreto es adecuar el servicio de policía a las necesidades de seguridad de la nación.
Este documento presenta los conceptos y métodos del Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial (UPDFP). Explica que el UPDFP implica aplicar el menor nivel de fuerza necesario para lograr el objetivo, respetando los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Describe los diferentes niveles de fuerza que puede usar un oficial de policía en respuesta a los niveles de resistencia de un ciudadano, así como los bloques de control asociados a cada nivel de fuerza. También presenta las técnicas
El servicio de orden público dentro del cuerpo de policía se encarga de dirigir estratégica y operativamente la actuación policial cuando el orden público ha sido alterado, empleando los recursos institucionales de manera adecuada. El documento describe las bases legales, principios y funciones del servicio de orden público policial, así como su estructura organizativa dentro de la policía nacional y estadal.
Este documento describe los diferentes niveles de fuerza que pueden utilizarse en situaciones policiales y militares, desde la presencia hasta el uso de armas de fuego. También explica tácticas, procedimientos y consideraciones legales para cada nivel de fuerza.
La Policía Nacional del Perú tiene como marco normativo la Constitución Política del Perú y diversas leyes como la Ley de la Policía Nacional del Perú. La función policial incluye garantizar el orden interno, prestar protección a las personas, garantizar el cumplimiento de las leyes, prevenir e investigar delitos. La Policía Nacional del Perú se rige por principios como la primacía de los derechos humanos y la legalidad.
Este documento presenta información sobre procedimientos y protocolos policiales en Venezuela. Explica conceptos como patrullaje, inspección de personas y vehículos, registro de lugares públicos, protección de escenas del crimen, y actuación con niños, niñas y adolescentes. También describe normas legales que rigen la actuación policial y el uso de la fuerza. El objetivo es brindar una guía sobre cómo deben realizarse las funciones policiales de manera legal y respetuosa de los derechos humanos.
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con la policía y la seguridad ciudadana. Explica que la policía tiene como función principal la prevención y el auxilio a la población, y que la seguridad ciudadana requiere la cooperación del Estado, la sociedad y la policía. También describe los métodos básicos de patrullaje policial, como la prevención de factores de riesgo, la identificación de delincuentes y la interacción con la comunidad.
Este documento presenta la Ley del Estatuto de la Función Policial de Venezuela. Establece las disposiciones generales que rigen las relaciones laborales entre los funcionarios policiales y los cuerpos de policía nacionales, estadales y municipales. Define la función policial, los derechos, garantías y deberes de los funcionarios policiales, así como los principios que rigen el sistema de administración de personal policial.
Este documento describe los principios fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En tres oraciones o menos, el resumen es:
El nuevo modelo policial busca que la policía sea una institución que proteja los derechos humanos del pueblo de manera no discriminatoria y no criminalice a los pobres, que resuelva conflictos de forma no violenta pero use la fuerza de manera gradual cuando sea necesario, y que promueva la participación ciudadana y la autorregulación comunitaria para prevenir la violencia.
Este documento presenta las normas sobre el sistema policial venezolano y resoluciones ministeriales del año 2012. Incluye 8 resoluciones publicadas en la Gaceta Oficial sobre temas como ascensos en la carrera policial, creación de instancias de control interno, implementación de servicios de vigilancia y patrullaje policial, y evaluación del desempeño de funcionarios policiales. También presenta 3 resoluciones aprobadas por el Consejo General de Policía sobre actuación policial con niños, procesos de habilitación de cuerpos
Esta resolución corrige un error material en la Resolución No 086 publicada anteriormente sobre ascensos en la carrera policial. Específicamente, corrige la palabra "fallecido" por "activo" en el artículo 37, referido a los ascensos de honor por mérito extraordinario en acto de servicio, para referirse al funcionario policial que realizó la acción meritoria en lugar de uno fallecido. Además, se reimprimirá el texto completo de la resolución anterior con la corrección.
Esta resolución corrige un error material en la Resolución No 086 publicada anteriormente sobre ascensos en la carrera policial. Específicamente, corrige la palabra "fallecido" por "activo" en el artículo 37, que trata sobre los ascensos de honor por mérito extraordinario en acto de servicio, a fin de que se aplique a funcionarios policiales activos y no fallecidos. Adicionalmente, se reimprimirá el texto completo de la resolución anterior con la corrección.
Este documento presenta información sobre las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. Explica que son agrupaciones vecinales que contribuyen a la Policía Nacional para mejorar la seguridad a nivel comunal mediante el trabajo voluntario y la provisión de información relevante. Detalla los requisitos para integrar una Junta Vecinal, sus funciones como apoyar la capacitación vecinal y reportar incidentes a la policía, y la importancia de promover la participación ciudadana en materia de seguridad.
Pre publicacion proyecto_contravenciones_pnp_2015Dayana1z
Este documento presenta un proyecto de decreto para aprobar el Código Administrativo de Contravenciones de Policía en Perú. El código establecería normas para regular conductas que afectan la convivencia ciudadana y el orden público pero que no constituyen delitos. El documento explica la necesidad de tales normas y que serían aplicadas por la policía para imponer sanciones administrativas como multas. El proyecto de decreto aprobaría el código y establecería su implementación en la policía nacional.
Este documento establece normas para mejorar la coordinación y articulación entre los servicios de serenazgo municipal y la Policía Nacional del Perú. Se definen sectores de patrullaje comunes y se promueve la interconexión de cámaras de videovigilancia y sistemas de monitoreo. También se establecen lineamientos uniformes para la indumentaria de los serenos y se promueve el uso de tecnologías de información compatibles entre municipalidades.
Este documento establece la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de Venezuela. Define el servicio de policía como el conjunto de acciones ejercidas por el Estado a través de los cuerpos de policía para proteger los derechos de las personas. Designa al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de seguridad ciudadana como el órgano rector del servicio de policía. También crea el Sistema Integrado de Policía para articular a los distintos cuerpos de policía del país
Este documento presenta el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal en materia de circulación peatonal, vehicular y seguridad vial en la Ciudad de México. Establece las definiciones y lineamientos que deben seguir los agentes de policía para regular el tránsito, controlar el estacionamiento y aplicar sanciones a las infracciones de tránsito de una manera ordenada, eficiente y respetuosa de los derechos humanos.
Reglamento de la_ley_del_servicio_militarCesar Paul
Este decreto supremo aprueba el reglamento de la Ley No 29248, Ley del Servicio Militar, para regular el servicio militar voluntario en el Perú de acuerdo con las modificaciones realizadas a dicha ley. El reglamento establece normas y procedimientos para la aplicación de la ley y asigna responsabilidades al Ministerio de Defensa para la organización y administración del servicio militar. También define aspectos como los objetivos, alcance y beneficios del servicio militar, así como programas de alfabetización y educ
El documento establece el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano para la Alcaldía Municipal de San Jerónimo para el año 2013. El plan busca crear confianza entre la comunidad y la entidad a través de procesos transparentes y garantizando el control social. Incluye elementos como el mapa de riesgos de corrupción, medidas para mitigarlos, estrategias para mejorar la atención al ciudadano y racionalizar trámites. El plan se basa en la ley colombiana, especialmente la Ley 1474 de 2011 sobre anticor
El Decreto Supremo N° 003-2016-TR que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1187 - Decreto Legislativo que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil, el cual desarrolla y articula medidas de prevención y control en relación a la comisión de delitos vinculados a la actividad de construcción civil, contribuyendo a la preservación de la seguridad ciudadana y el orden público. Asimismo, desarrolla los mecanismos de denuncia y de protección de la identidad de los trabajadores y empleadores y de los denunciantes.
Este documento presenta un resumen del tema "Imagen Policial" para un curso de etiqueta social. En el capítulo 1 se define el problema y los objetivos del documento, que son describir la imagen policial de la Policía Nacional del Perú y explicar sus funciones y cómo deben ser sus miembros. En el capítulo 2 presenta el marco teórico con antecedentes, bases teóricas, legalidad y definición de términos. El capítulo 3 realiza un análisis y las conclusiones recomiendan mejorar la imagen de la PNP.
La resolución establece normas para la adquisición, registro y control de armas, municiones y equipos de los cuerpos de policía. Requiere que estas adquisiciones estén avaladas por la Dirección General de Armas y Explosivos del Ministerio de Defensa, clasificando el tipo de armamento autorizado según el nivel político-territorial de cada cuerpo policial. Además, establece condiciones sobre el resguardo y almacenamiento de esta dotación.
09. ley orgánica del servicio de policía y del cuerpo de policía nacional bol...Javier Parra
Este documento presenta la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de Venezuela. Establece que el objetivo de la ley es regular el servicio de policía a nivel nacional, estatal y municipal, así como crear y organizar el Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana. Designa al Ministerio del Poder Popular con competencia en seguridad ciudadana como el órgano rector del servicio de policía y define los principios como la prevención, la eficiencia, el respeto a los derechos humanos y la
2 modelo desarrollado de inv monográficaPamela Huayta
Este documento presenta una investigación monográfica sobre la percepción de la comunidad ante la falta de seguridad en la jurisdicción del distrito de José Luis Bustamante y Rivero en Arequipa, Perú durante los años 2010-2011. El objetivo general es conocer esta percepción de la comunidad, mientras que los objetivos específicos incluyen identificar los delitos frecuentes, establecer las funciones de la policía y municipalidad en seguridad ciudadana, y determinar la percepción de los ciudadanos sobre el trabajo policial. El documento conti
Esta resolución conjunta entre el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y el Ministerio del Poder Popular para la Defensa establece normas para la adquisición, registro y control de armamento, municiones, equipos y accesorios para los cuerpos de policía y órganos de seguridad ciudadana. Señala que dichas adquisiciones deben estar avaladas por normas técnicas de la Dirección General de Armas y Explosivos del Ministerio de la Defensa, y clasifica el tipo de armamento y municiones autorizados para cada
sobre la entrega y recepcion de indicios Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público; Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público; Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público;
Similar a Cuadro uso progresivo diferenciado-fuerza policial (20)
Cuadro uso progresivo diferenciado-fuerza policial
1. BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA
DESPACHO DEL MINISTRO
199° y 150°
No. ___________ FECHA: _____________
RESOLUCIÓN
El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y de Justicia, según Decreto No.
6.398 de fecha 9 de Septiembre de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 39.012 de esa misma fecha, en ejercicio de las atribuciones
que le confiere lo dispuesto en los numerales 2, 12 y 19 del artículo 77 del Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública en concordancia con lo
establecido en el artículo 7, numerales 2 y 3 del Decreto sobre Organización y
Funcionamiento de la Administración Pública Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 38.654 de fecha 28 de marzo de 2007 y de
conformidad con lo previsto en los numerales 2, 3, 6, 8 y 17 del artículo 18 y en el artículo 68
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo
de Policía Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No. 5.940. Extraordinario del 7 de Diciembre de 2009, en concordancia con lo
establecido en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley del Estatuto de la Función Policial.
CONSIDERANDO
Que es deber del Estado Venezolano garantizar la seguridad de las personas y sus bienes,
en los distintos ámbitos políticos territoriales, mediante la formulación de políticas públicas,
estrategias y directrices, a fin de regular y coordinar la actuación del Cuerpo de Policía
Nacional Bolivariana y de los cuerpos de policía estadales y municipales.
CONSIDERANDO
Que el uso potencial de la fuerza física es una atribución inherente al desempeño de la
función policial, según lo establecido en el primer aparte del artículo 3 de la Ley del Estatuto
de la Función Policial.
CONSIDERANDO
Que el despliegue de dicho potencial debe estar orientado por el principio de afirmación de la
vida como valor supremo constitucional y legal, mediante la adopción de escalas progresivas
y procedimientos de seguimiento, supervisión, entrenamiento y difusión de instructivos entre
la comunidad, conforme a lo previsto en el artículo 68 de la Ley Orgánica del Servicio de
Policía y Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.
CONSIDERANDO
Que las normas legales y reglamentarias existentes en esta materia son genéricas e
imprecisas, no estando adecuadas ni habiendo sido instrumentalizadas en función del
2. cumplimiento de los principios adoptados por la Ley Orgánica del Servicio de Policía y
Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.
CONSIDERANDO
Que debe ser adoptada una política de carácter nacional para adecuar el uso potencial de la
fuerza física policial a las exigencias constitucionales y legales de forma efectiva, que permita
entrenar, supervisar, evaluar y corregir permanentemente, entre los funcionarios y
funcionarias policiales, dicha utilización, potenciando su efecto de contención, disuasión y
minimizando la lesividad a la integridad física y derechos de los ciudadanos y habitantes
dentro del país, contribuyendo de este modo a minimizar la violencia social.
CONSIDERANDO
Que como consecuencia de la falta de esta política pública sobre el uso de la fuerza policial
se ha hecho difícil controlar efectivamente su despliegue en variadas situaciones, lograr su
utilización comedida y necesaria y determinar las responsabilidades individuales por los
excesos cometidos, así como no se han aplicado planes específicos de capacitación para
los funcionarios policiales en el uso progresivo y diferenciado de la fuerza y en la utilización
de los equipos y técnicas vinculados a dicho uso.
CONSIDERANDO
Que a este Ministerio, en su carácter de Órgano Rector del Servicio de Policía, le
corresponde dictar las resoluciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones
contenidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía
y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, conforme a lo previsto en el artículo 18 numeral
17.
RESUELVE
Dictar las siguientes:
Normas y principios para el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial por
parte de los funcionarios y funcionarias de los cuerpos de policía en sus diversos
ámbitos político territoriales.
3. Artículo 1: Los cuerpos de policía del país, en sus diversos ámbitos político territoriales,
adoptarán normas y principios comunes y uniformes para aplicar la fuerza policial que fuere
necesaria de forma progresiva y diferenciada, orientados en todo caso por la afirmación de
la vida como valor supremo constitucional y legal y en función exclusivamente del nivel de
resistencia y oposición que manifieste la persona para impedir, obstaculizar o enervar una
intervención policial, disminuyendo la utilización de la fuerza hasta el mínimo requerido para
la contención efectiva, evitando o reduciendo la probabilidad de producir lesiones o daños a
un tercero o a sí misma. Estas normas estarán basadas en los principios de Legalidad,
Necesidad y Proporcionalidad.
Artículo 2: A los efectos de cumplir con lo señalado en el artículo primero de esta
Resolución, los funcionarios y funcionarias policiales en el ejercicio de sus funciones,
aplicarán la escala de uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial indicada en el
siguiente diagrama:
En el cual, los diversos peldaños avanzan desde la base, que representa el nivel mínimo de
fuerza, hasta el tope, que representa el nivel máximo de fuerza, indicando a la izquierda la
actitud y conducta del ciudadano sujeto a un procedimiento policial y a la derecha la
correspondiente respuesta de la policía, de modo que esta última siempre estará a nivel del
mismo peldaño o debajo de él, en relación a la conducta del ciudadano sujeto a un
procedimiento policial y bajo ningún supuesto por encima de dicha conducta. La fuerza
policial se aplica para neutralizar, contener y, preferentemente, hacer descender el nivel de
confrontación y resistencia en relación al ciudadano sujeto al procedimiento policial, evitando
la escalada o incremento de dicha confrontación o resistencia.
Artículo 3: A los efectos de los términos indicados en el anterior diagrama de la escala de
uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial, desde el nivel más bajo hasta el más alto,
se entiende:
a) Primero: Intimidación psicológica por parte del ciudadano significa una
situación de desafío efectivo mediante gestos y modales, que implica un riesgo
4. latente de confrontación física y frente al cual el policía responde con su presencia
y exhibición ostensiva.
b)Segundo: Indeciso por parte del ciudadano significa no acatamiento visible de la
instrucción policial, frente al cual el policía realiza el despliegue táctico de sus recursos
disuasivos.
c)Tercero: Violencia verbal por parte del ciudadano significa lenguaje rudo, obsceno o
insultante, frente al cual el policía utiliza el diálogo disuasivo. A partir de este nivel se
mantendrá el contacto verbal con la persona, adecuado al nivel de resistencia que asuma,
pero manteniéndolo hasta el último peldaño en orden ascendente, dado que el contacto
verbal procura siempre disminuir la resistencia y hacer descender el nivel de confrontación.
d)Cuarto: Violencia pasiva del ciudadano significa inmovilidad, peso muerto o resistencia sin
activación muscular, frente a la cual el policía aplicará técnica suave de control, consistente
en inducción física sin producción de dolor.
e)Quinto: Violencia defensiva del ciudadano significa oposición mediante activación
muscular, frente a la cual el policía aplicará técnica dura de control, consistente en inducción
física con producción de molestias físicas tendentes a hacer ceder la resistencia u oposición.
f)Sexto: Violencia activa del ciudadano significa activación para atacar o agredir, frente a la
cual el policía puede utilizar armas intermedias o no letales para neutralizar la conducta.
g)Séptimo: Violencia mortal por parte del ciudadano significa creación de una situación de
riesgo mortal, frente al cual el policía aplicará el método del uso de la fuerza potencialmente
mortal, bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal.
Artículo 4: La aplicación de la escala de uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial
forma parte de un protocolo de procedimientos de seguimiento y supervisión de su
utilización, entrenamiento policial permanente, equipamiento básico y difusión de instructivos
entre la comunidad. Este protocolo será desarrollado por el Manual sobre el Uso Progresivo y
Diferenciado de la Fuerza Policial, que se considera parte de la presente Resolución y que
desarrollará en forma detallada las normas para la aplicación, evaluación, entrenamiento
reporte, correctivos y mejoramiento del entrenamiento policial sobre el uso de la fuerza física.
A fin de facilitar la contraloría social, se publicará y difundirá entre el público en general un
resumen de dicho Manual que contendrá, por lo menos, la explicación de la escala de uso
progresivo y diferenciado de la fuerza policial, las obligaciones y procedimientos para
preparar el informe sobre su utilización y los correctivos que prevea el cuerpo policial en caso
de no acatarse las pautas previstas en el correspondiente Manual.
Artículo 5: Constituyen criterios para graduar el uso de la fuerza física por parte de los
funcionarios y funcionarias policiales, los siguientes:
1.Proporcionalidad: Solo la actitud y conducta de la persona sujeta a un procedimiento
policial, en el momento del desarrollo de dicha intervención, determina el nivel de fuerza a
ser empleado por la policía.
5. 2.Progresividad: El nivel de fuerza empleado por la policía se incrementa solo en la medida
en que aumenta la resistencia de la persona sujeta a un procedimiento policial, de modo que
el uso de la fuerza potencialmente mortal solo está autorizado en una situación que
constituya una amenaza cierta y efectiva a la vida de cualquier persona envuelta en la
situación, con el fin de preservarla.
3.Minimización: Los funcionarios y funcionarias policiales al aplicar la escala para el uso
progresivo y diferenciado de la fuerza policial, buscarán en todo momento utilizar las técnicas
menos lesivas posibles, de acuerdo al nivel de resistencia, procurando siempre disminuir la
situación de confrontación.
4.Instrumentalidad: La utilización de la fuerza física por parte de la policía pretende
exclusivamente vencer la resistencia, controlar la situación y reducir el riesgo de muerte o
daño implicado en cada situación de intervención, sin que pueda interpretarse como un
castigo o retribución por la conducta anterior o concomitante de la persona sujeta a un
procedimiento policial.
Artículo 6: Los episodios que impliquen la utilización de la escala de uso progresivo y
diferenciado de la fuerza policial en que se produce el contacto físico, requerirá un informe
escrito y circunstanciado del o de los funcionarios y funcionarias que la hayan aplicado, que
será sometido a consideración del supervisor que indique el Manual correspondiente. Los
cuerpos de policía en los distintos ámbitos político territoriales elaborarán un informe anual
sobre las situaciones más frecuentes y los niveles mayormente utilizados de la fuerza física,
con el fin de determinar constantes, patrones o tendencias y adoptar los correctivos a que
hubiere lugar.
Artículo 7: Sin perjuicio de las normas sobre uso progresivo y diferenciado de la fuerza
policial antes descritas, cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los
funcionarios y funcionarias policiales:
a)Tomarán precauciones especiales para proteger la vida humana, reducir los daños y
lesiones y evitar afectar a otras personas ajenas a la situación que amerita su intervención,
sin que sirva como pretexto resolver de la forma más rápida posible la situación planteada.
b)Procederán de modo que se presten asistencia y servicios médicos a las personas heridas
o afectadas a la brevedad posible.
c)Procurarán notificar lo sucedido, a los parientes o personas cercanas del herido o afectado,
a la brevedad posible.
Artículo 8: Los cuerpos de policía dispondrán de medios y métodos que permitan el
equipamiento y la capacitación permanente de los funcionarios y funcionarias, para el uso
progresivo y diferenciado de la fuerza policial, particularmente en lo que se refiere a técnicas
de disuasión, convencimiento y armas intermedias, cuya utilización estará siempre orientada
hacia la minimización de las lesiones y a evitar el uso de la fuerza como castigo situacional o
diferido. El reentrenamiento o actualización en la materia será obligatorio una vez al año para
los funcionarios y funcionarias policiales. El Órgano Rector podrá implementar programas
6. especiales y regionales para tal entrenamiento, que serán de obligatorio seguimiento por
parte de todos los cuerpos de policía del país.
Artículo 9: Con la entrada en vigencia de la presente resolución, todos lo Cuerpos de Policía
en sus diversos ámbitos político territoriales, deben ajustarse a sus prescripciones y adoptar
el Manual Sobre el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial que se considera
anexo a la presente Resolución. Dicho Manual podrá ser revisado y modificado por el Órgano
Rector sin modificar el alcance, propósito y aplicación de la presente Resolución.
Artículo 10: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Comuníquese y Publíquese.
TARECK EL AISSAMI
MINISTRO