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CUESTIONES LEGALES DE UN
              PROYECTO TIC EN
              COLABORACIÓN

       NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS, LSSI,
        MARKETING ONLINE Y SEGURIDAD EN LAS
           TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS

Víctor Salgado Seguín                           NACCE - Pontevedra
Abogado-Socio del Bufete Pintos & Salgado
Profesor-Investigador de la UDC             20 de septiembre de 2012
Web 2.0




          Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Derecho en Internet
     Protección de Datos                       Telecomunicaciones                                                                                  Firma Digital




                                                                                                                                         •Directiva 1999/93/CE, de 13 de
                                                                                                                                         diciembre, marco comunitario para la
•Convenio 108 del Consejo de Europa de      •Ley 32/2003, de 3 de noviembre,                                                             Firma Electrónica.
28 de enero de 1981.                        General de Telecomunicaciones..
                                                                                                                                         •Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de
•Directiva 95/46/CE, de 24 de octubre
                                                                                                                                         Firma Electrónica.
de 1995.
                                                                                                 Propiedad Intelectual
•Art. 18.4 de la Constitución.
                                             Criminalidad Informática
•Ley Orgánica 15/1999        de   13   de
diciembre (LOPD).                                                                                                                            Comercio Electrónico
•Real Decreto 1720/2007, de 21 de
diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento desarrollo de la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de junio de                                                          •Directiva   2001/29/CE      sobre    los
protección  de  datos  de   carácter        Código Penal de 1995 (Ley Orgánica               Derechos de Autor y derechos afines en la
personal.                                   10/1995 de 23 de noviembre):                     Sociedad de la Información de 22 de
                                                                                             mayo de 2001. (DOCE L167 de 22 de
                                                 −Artículos 197 y 198: Del descubrimiento    junio de 2001)
                                                 y revelación de secretos.                                                               •Ley Modelo de la CNUDMI sobre
                                                                                                                                         Comercio Electrónico (1996)
                                                 −Artículo 248: De la estafa.                •Ley de Propiedad Intelectual R.D.
                                                                                             Legislativo 11/1996 de 12 de abril (ref.
                                                 −Artículo 270 y ss: Delito contra la        por Ley 23/2006, de 7 de julio).            •DIRECTIVA 2000/31/CE, de 8 de
                                                 propiedad intelectual e industrial.                                                     junio de 2000, sobre el Comercio
                                                                                             •Real Decreto 733/1993, de 14 de mayo,      Electrónico.
                                                 −Artículos 390      a   399:   Falsedades
                                                 documentales.                               del Registro General de la Propiedad
                                                                                             Intelectual.                                •Ley 34/2002, de 11 de julio de 2002,
                                                 −Artículos 413 a 416: Infidelidad en la                                                 de Servicios de la Sociedad de la
                                                 custodia de documentos.                     •Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de         Información y de Comercio Electrónico
                                                                                             Marcas.                                     (LSSI).


                                                                                                                                  Copyright © Pintos & Salgado, 2012
¿Cómo se protege la
privacidad en la Red?
Protección de Datos de carácter Personal




                                Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Esferas de Protección




                  Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Una privacidad, dos sistemas
         Privacy: EE.UU.                    Privacidad: U.E.

♦   No es un derecho                ♦   Es un derecho constitucional
    constitucional:                     distinto de la intimidad.

♦   Definido poco a poco por la     ♦   Es el derecho a la protección
    doctrina y la jurispudencia         de datos personales.

♦   “The right to be let alone”     ♦   Hay Directiva Europea de
                                        Protección de Datos y LOPD
♦   No hay Ley de protección de
    datos federal                   ♦   Requisitos y sanciones.

♦   “Políticas de Privacidad”: El   ♦   El dueño de los datos es la
    dueño de los datos es la            persona.
    empresa


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¿Y en España?
φ Directiva 95/46/CE, de 24 de octubre de 1995.


φ Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de 1999,
 de Protección de Datos de Carácter Personal.
 (LOPD)

φ Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el
 que se aprueba el Reglamento desarrollo de la Ley
 Orgánica 15/1999, de 13 de junio de protección de
 datos de carácter personal.



                                         Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Principios Básicos LOPD




                   Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Inspección y Sanciones
   Agencia de Protección de Datos (APD)
       Arts. 35 a 42 de la LOPD
       Potestad de Inspección (40)


   Infracciones y Sanciones (44 y 45)
       Leves:             900 a 40.000 euros.
       Graves:            40.001 a 300.000 euros.
       Muy Graves:        300.001 a 600.000 euros.




                                                 Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Proceso de Datos
                      Información                Consentimiento
                        y (e.s.c.)                Sup. Cesión
                     Consentimiento               Contrato ET


Interesados                                                        Terceros
(clientes, proveedores,           Fichero                   (Bancos, Seguridad Social,
                                                                Hacienda, asesorías,
 empleados, contactos,
    agentes, visitas,            de Datos                   transportistas, agencias de
                                                              publicidad, empresas del
   encuestados, etc.)                                           grupo, distribuidores,
                                                             tribunales, agencias viaje,
                                                               administraciones, etc.)
                                      ENTIDAD



                             LOPD y Medidas de Seguridad
                              Control de su cumplimiento

                                                             Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Las Medidas de
   Seguridad
•Titulo
     VIII del Real Decreto 1720/2007,
Reglamento de Desarrollo de la LOPD




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Niveles de seguridad I
   Nivel Básico (81.1)
     Datos personales en general.



   Nivel Medio (81.2)
     Comisión de infracciones administrativas o penales,

     Administraciones tributarias,

     Entidades financieras,

     Entidades gestoras y Servicios de Seguridad Social

     Solvencia patrimonial y crédito,

     Suficiencia para evaluación de la personalidad.




                                               Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Niveles de seguridad II
   Nivel Alto (81.3)
       Ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen
        racial, salud o vida sexual.
       Datos policiales recabados sin consentimiento.
       Datos derivados de actos de violencia de genero.
       Datos de trafico y localización por prestadores servicios
        de comunicaciones electrónicas.




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Medidas de seguridad

         NIVEL ALTO

         NIVEL MEDIO


         NIVEL BÁSICO
            ldkfñglkd



                        Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Requisitos para nuestro
establecimiento “online”
   Ley 34/2002, de 11 de julio de 2002, de
 Servicios de la Sociedad de la Información
      y de Comercio Electrónico (LSSI)




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Establecimiento de Prestadores
•   Libertad de establecimiento
    •   No necesaria autorización previa (art.6)
    •   Libre circulación de servicios UE-EEE (art. 7)


•   Restricciones solo en base a (8):
    •   Orden Público, investigación penal, seguridad pública y defensa
        nacional;
    •   Protección de la Salud y de los consumidores;
    •   Dignidad Humana y no discriminación;
    •   Protección de la infancia y juventud.
    •   Derechos de Propiedad Intelectual (Ley Sinde)
    •   (También: aplicables a prestadores extranjeros).



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Información mínima en sitio
•   Nombre completo, domicilio y datos de contacto.
•   Datos de Inscripción en Registros.
•   Datos de Autorización Previa (en su caso).
•   Datos Profesiones reguladas (colegio, título y Estado de
    obtención u homologación y normas profesionales).
•   NIF o CIF.
•   Precios con impuestos y gastos de envío.
•   Adhesión a Códigos de Conducta (en su caso).


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Control de Contenidos
•   Limitación general de responsabilidad:

    •   Sólo sobre contenidos propios

    •   No sobre transmisión, copia,
        almacenamiento o localización de
        contenidos ajenos




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Responsabilidad de Intermediarios
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                                       Proveedor de
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                    Operador de      Acceso a Internet
                                     Acceso a Internet
   Usuario      Telecomunicaciones
                Telecomunicaciones         (ISP)
                                            (ISP)



Prestador SSI
                                     Copia Temporal
                                     Copia Temporal
     Final                              de Datos
                                        de Datos




 Alojamiento
 Alojamiento      Buscadores
                  Buscadores
     Web
     Web            Enlaces
                    Enlaces
                                     INTERNET


                                     Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Contratos Electrónicos
•   Plena validez jurídica (23)
•   Equivalencia a “contrato escrito” (23.3)
    •   Si se contiene en un soporte
        electrónico


•   Ámbitos excluidos:
    •   Derecho de Familia y Sucesiones
    •   Escrituras y documentos públicos

                                       Copyright © Víctor Salgado, 2012
Localización del e-contrato
•   Si no hay consumidor (29):
    •   Lugar de establecimiento del prestador ó
    •   Lugar que se pactase


•   Si hay consumidor:
    •   Lugar de residencia habitual del consumidor
        (siempre)




                                                   Copyright © Víctor Salgado, 2012
Publicidad y Marketing
        “online”
Requisitos derivados de la LOPD y de la LSSI




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Publicidad Online
•   Ley General de Publicidad y LOPD (19).

•   Información exigida (20):

    •   Identificación clara y datos anunciante

    •   Identificación y condiciones de ofertas y
        concursos promocionales




                                       Copyright © Pintos & Salgado, 2012
¿Qué pasa con el SPAM?




•   Publicidad por Correo electrónico:
    •   Prohibición absoluta del “SPAM” (art.21)
    •   Se permite para clientes previos
    •   “Publicidad” en el Asunto (“Subject”)



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Campañas Publicitarias (I)

  Deber de Información (45 RLOPD):
   Datos obtenidos de Fuentes Accesibles al Público: se
   debe Informar “en cada comunicación”
   Datos obtenidos de interesados: necesario
   información y consentimiento concreto para
   “publicidad o prospección comercial” y sobre
   “sectores específicos y concretos de actividad
   respecto de los que podrá recibir información o
   publicidad”.




                                          Copyright © Pintos & Salgado, 2012
Campañas Publicitarias (II)

  Contratación de Proveedor para
  campaña (46 RLOPD):
   El RF será quién defina los “parámetros identificativos
   de los destinatarios de la campaña”. (Si los 2 =
   ambos RF).
   La entidad que encargue deberá “adoptar las
   medidas necesarias” para asegurarse de que la
   entidad contratada ha recabado los datos
   lícitamente.

  Tratamiento cruzado = cesión de datos (47
  RLOPD).
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Ficheros Exclusión Publicitaria

  FEP Individuales del RF (48 RLOPD):
    Conservación permitida de “datos mínimos” para
    “exclusión” de publicidad.



  FEP Comunes Generales o Sectoriales
  (Listas “Robinson” – 49 RLOPD):
    Permitidos previa información y consentimiento del
    afectado.
    Obligación de consulta para RF del Sector o
    generales.


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¿Dar o no dar mi tarjeta en la
           Red?
               Art. 106.1 Ley de Consumidores y Usuarios:
               Art. 106.1 Ley de Consumidores y Usuarios:

               “Cuando el importe de una compra
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                usuario titular de ella podrá exigir la
               inmediata anulación del cargo. En tal
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               caso, las correspondientes anotaciones de
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               empresario y del consumidor y usuario
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                titular de la tarjeta se efectuarán a la
               mayor brevedad.”
                mayor brevedad.”




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•   Artículo 25 LSSI:

•   1. Las partes podrán pactar que un tercero archive las
    declaraciones de voluntad que integran los contratos
    electrónicos y que consigne la fecha y la hora (Time-
    Stamping) en que dichas comunicaciones han tenido
    lugar. (…)

•   2. El tercero deberá archivar en soporte informático las
    declaraciones que hubieran tenido lugar por vía
    telemática entre las partes por el tiempo estipulado
    que, en ningún caso, será inferior a cinco años.




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•   Sólo contenidos lícitos y autorizados (licencia-fuente).
•   Tratar datos personales previo cumplimiento LOPD.
•   Retirar contenidos ilícitos o nocivos de terceros.
•   Publicidad claramente identificada y evitar Spam.
•   Redactar condiciones y clausulado del sitio web.
•   Utilizar pago seguro, firma electrónica y/o TTP.


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Gracias por la Atención
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     Pintos & Salgado Abogados
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               Tlfno. 981 227076

               Fax: 981 211713

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Cuestiones legales proyectos TIC en colaboración

  • 1. CUESTIONES LEGALES DE UN PROYECTO TIC EN COLABORACIÓN NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS, LSSI, MARKETING ONLINE Y SEGURIDAD EN LAS TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS Víctor Salgado Seguín NACCE - Pontevedra Abogado-Socio del Bufete Pintos & Salgado Profesor-Investigador de la UDC 20 de septiembre de 2012
  • 2. Web 2.0 Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 3. Derecho en Internet Protección de Datos Telecomunicaciones Firma Digital •Directiva 1999/93/CE, de 13 de diciembre, marco comunitario para la •Convenio 108 del Consejo de Europa de •Ley 32/2003, de 3 de noviembre, Firma Electrónica. 28 de enero de 1981. General de Telecomunicaciones.. •Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de •Directiva 95/46/CE, de 24 de octubre Firma Electrónica. de 1995. Propiedad Intelectual •Art. 18.4 de la Constitución. Criminalidad Informática •Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre (LOPD). Comercio Electrónico •Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de junio de •Directiva 2001/29/CE sobre los protección de datos de carácter Código Penal de 1995 (Ley Orgánica Derechos de Autor y derechos afines en la personal. 10/1995 de 23 de noviembre): Sociedad de la Información de 22 de mayo de 2001. (DOCE L167 de 22 de −Artículos 197 y 198: Del descubrimiento junio de 2001) y revelación de secretos. •Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico (1996) −Artículo 248: De la estafa. •Ley de Propiedad Intelectual R.D. Legislativo 11/1996 de 12 de abril (ref. −Artículo 270 y ss: Delito contra la por Ley 23/2006, de 7 de julio). •DIRECTIVA 2000/31/CE, de 8 de propiedad intelectual e industrial. junio de 2000, sobre el Comercio •Real Decreto 733/1993, de 14 de mayo, Electrónico. −Artículos 390 a 399: Falsedades documentales. del Registro General de la Propiedad Intelectual. •Ley 34/2002, de 11 de julio de 2002, −Artículos 413 a 416: Infidelidad en la de Servicios de la Sociedad de la custodia de documentos. •Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Información y de Comercio Electrónico Marcas. (LSSI). Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 4. ¿Cómo se protege la privacidad en la Red? Protección de Datos de carácter Personal Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 5. Esferas de Protección Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 6. Una privacidad, dos sistemas Privacy: EE.UU. Privacidad: U.E. ♦ No es un derecho ♦ Es un derecho constitucional constitucional: distinto de la intimidad. ♦ Definido poco a poco por la ♦ Es el derecho a la protección doctrina y la jurispudencia de datos personales. ♦ “The right to be let alone” ♦ Hay Directiva Europea de Protección de Datos y LOPD ♦ No hay Ley de protección de datos federal ♦ Requisitos y sanciones. ♦ “Políticas de Privacidad”: El ♦ El dueño de los datos es la dueño de los datos es la persona. empresa Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 7. ¿Y en España? φ Directiva 95/46/CE, de 24 de octubre de 1995. φ Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. (LOPD) φ Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de junio de protección de datos de carácter personal. Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 8. Principios Básicos LOPD Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 9. Inspección y Sanciones  Agencia de Protección de Datos (APD)  Arts. 35 a 42 de la LOPD  Potestad de Inspección (40)  Infracciones y Sanciones (44 y 45)  Leves: 900 a 40.000 euros.  Graves: 40.001 a 300.000 euros.  Muy Graves: 300.001 a 600.000 euros. Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 10. Proceso de Datos Información Consentimiento y (e.s.c.) Sup. Cesión Consentimiento Contrato ET Interesados Terceros (clientes, proveedores, Fichero (Bancos, Seguridad Social, Hacienda, asesorías, empleados, contactos, agentes, visitas, de Datos transportistas, agencias de publicidad, empresas del encuestados, etc.) grupo, distribuidores, tribunales, agencias viaje, administraciones, etc.) ENTIDAD LOPD y Medidas de Seguridad Control de su cumplimiento Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 11. Las Medidas de Seguridad •Titulo VIII del Real Decreto 1720/2007, Reglamento de Desarrollo de la LOPD Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 12. Niveles de seguridad I  Nivel Básico (81.1)  Datos personales en general.  Nivel Medio (81.2)  Comisión de infracciones administrativas o penales,  Administraciones tributarias,  Entidades financieras,  Entidades gestoras y Servicios de Seguridad Social  Solvencia patrimonial y crédito,  Suficiencia para evaluación de la personalidad. Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 13. Niveles de seguridad II  Nivel Alto (81.3)  Ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual.  Datos policiales recabados sin consentimiento.  Datos derivados de actos de violencia de genero.  Datos de trafico y localización por prestadores servicios de comunicaciones electrónicas. Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 14. Medidas de seguridad NIVEL ALTO NIVEL MEDIO NIVEL BÁSICO ldkfñglkd Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 15. Requisitos para nuestro establecimiento “online” Ley 34/2002, de 11 de julio de 2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 16. Establecimiento de Prestadores • Libertad de establecimiento • No necesaria autorización previa (art.6) • Libre circulación de servicios UE-EEE (art. 7) • Restricciones solo en base a (8): • Orden Público, investigación penal, seguridad pública y defensa nacional; • Protección de la Salud y de los consumidores; • Dignidad Humana y no discriminación; • Protección de la infancia y juventud. • Derechos de Propiedad Intelectual (Ley Sinde) • (También: aplicables a prestadores extranjeros). Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 17. Información mínima en sitio • Nombre completo, domicilio y datos de contacto. • Datos de Inscripción en Registros. • Datos de Autorización Previa (en su caso). • Datos Profesiones reguladas (colegio, título y Estado de obtención u homologación y normas profesionales). • NIF o CIF. • Precios con impuestos y gastos de envío. • Adhesión a Códigos de Conducta (en su caso). Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 18. Control de Contenidos • Limitación general de responsabilidad: • Sólo sobre contenidos propios • No sobre transmisión, copia, almacenamiento o localización de contenidos ajenos Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 19. Responsabilidad de Intermediarios Proveedor de Proveedor de Operador de Operador de Acceso a Internet Acceso a Internet Usuario Telecomunicaciones Telecomunicaciones (ISP) (ISP) Prestador SSI Copia Temporal Copia Temporal Final de Datos de Datos Alojamiento Alojamiento Buscadores Buscadores Web Web Enlaces Enlaces INTERNET Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 20. Contratos Electrónicos • Plena validez jurídica (23) • Equivalencia a “contrato escrito” (23.3) • Si se contiene en un soporte electrónico • Ámbitos excluidos: • Derecho de Familia y Sucesiones • Escrituras y documentos públicos Copyright © Víctor Salgado, 2012
  • 21. Localización del e-contrato • Si no hay consumidor (29): • Lugar de establecimiento del prestador ó • Lugar que se pactase • Si hay consumidor: • Lugar de residencia habitual del consumidor (siempre) Copyright © Víctor Salgado, 2012
  • 22. Publicidad y Marketing “online” Requisitos derivados de la LOPD y de la LSSI Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 23. Publicidad Online • Ley General de Publicidad y LOPD (19). • Información exigida (20): • Identificación clara y datos anunciante • Identificación y condiciones de ofertas y concursos promocionales Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 24. ¿Qué pasa con el SPAM? • Publicidad por Correo electrónico: • Prohibición absoluta del “SPAM” (art.21) • Se permite para clientes previos • “Publicidad” en el Asunto (“Subject”) Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 25. Campañas Publicitarias (I) Deber de Información (45 RLOPD): Datos obtenidos de Fuentes Accesibles al Público: se debe Informar “en cada comunicación” Datos obtenidos de interesados: necesario información y consentimiento concreto para “publicidad o prospección comercial” y sobre “sectores específicos y concretos de actividad respecto de los que podrá recibir información o publicidad”. Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 26. Campañas Publicitarias (II) Contratación de Proveedor para campaña (46 RLOPD): El RF será quién defina los “parámetros identificativos de los destinatarios de la campaña”. (Si los 2 = ambos RF). La entidad que encargue deberá “adoptar las medidas necesarias” para asegurarse de que la entidad contratada ha recabado los datos lícitamente. Tratamiento cruzado = cesión de datos (47 RLOPD). Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 27. Ficheros Exclusión Publicitaria FEP Individuales del RF (48 RLOPD): Conservación permitida de “datos mínimos” para “exclusión” de publicidad. FEP Comunes Generales o Sectoriales (Listas “Robinson” – 49 RLOPD): Permitidos previa información y consentimiento del afectado. Obligación de consulta para RF del Sector o generales. Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 28. Pagos y seguridad Con referencia a la firma electrónica y a los terceros de confianza Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 29. ¿Dar o no dar mi tarjeta en la Red? Art. 106.1 Ley de Consumidores y Usuarios: Art. 106.1 Ley de Consumidores y Usuarios: “Cuando el importe de una compra “Cuando el importe de una compra hubiese sido cargado fraudulenta o hubiese sido cargado fraudulenta o indebidamente utilizando el número de indebidamente utilizando el número de una tarjeta de pago, el consumidor y una tarjeta de pago, el consumidor y usuario titular de ella podrá exigir la usuario titular de ella podrá exigir la inmediata anulación del cargo. En tal inmediata anulación del cargo. En tal caso, las correspondientes anotaciones de caso, las correspondientes anotaciones de adeudo y reabono en las cuentas del adeudo y reabono en las cuentas del empresario y del consumidor y usuario empresario y del consumidor y usuario titular de la tarjeta se efectuarán a la titular de la tarjeta se efectuarán a la mayor brevedad.” mayor brevedad.” Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 30. ¿Tienes firma electrónica? Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 31. Terceros de Confianza (TTP) • Artículo 25 LSSI: • 1. Las partes podrán pactar que un tercero archive las declaraciones de voluntad que integran los contratos electrónicos y que consigne la fecha y la hora (Time- Stamping) en que dichas comunicaciones han tenido lugar. (…) • 2. El tercero deberá archivar en soporte informático las declaraciones que hubieran tenido lugar por vía telemática entre las partes por el tiempo estipulado que, en ningún caso, será inferior a cinco años. Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 32. Recomendaciones finales • Incluir los datos mínimos del titular del servicio online. • Sólo contenidos lícitos y autorizados (licencia-fuente). • Tratar datos personales previo cumplimiento LOPD. • Retirar contenidos ilícitos o nocivos de terceros. • Publicidad claramente identificada y evitar Spam. • Redactar condiciones y clausulado del sitio web. • Utilizar pago seguro, firma electrónica y/o TTP. Copyright © Pintos & Salgado, 2012
  • 33. Gracias por la Atención Víctor Salgado Pintos & Salgado Abogados Juan Flórez, 8 - 6º (A Coruña) Tlfno. 981 227076 Fax: 981 211713 pintos-salgado@pintos-salgado.com www.pintos-salgado.com @abonauta Copyright © Pintos & Salgado, 2012

Notas del editor

  1. Artículo 25. Intervención de terceros de confianza. 1. Las partes podrán pactar que un tercero archive las declaraciones de voluntad que integran los contratos electrónicos y que consigne la fecha y la hora en que dichas comunicaciones han tenido lugar. La intervención de dichos terceros no podrá alterar ni sustituir las funciones que corresponde realizar a las personas facultadas con arreglo a Derecho para dar fe pública. 2. El tercero deberá archivar en soporte informático las declaraciones que hubieran tenido lugar por vía telemática entre las partes por el tiempo estipulado que, en ningún caso, será inferior a cinco años.