Define las obligaciones según tres autores. La etimología indica que la palabra "obligación" significa "atar o estar amarrado". Las Institutas de Justiniano definen la obligación como "el vínculo de derecho que nos constriñe a cumplir una prestación a favor de otro". Carnelutti define la obligación como "el vínculo jurídico impuesto a la voluntad de un individuo para la subordinación de un interés". Rojina Villegas la define como "un estado de subordinación jurídica por virtud del cual el deudor qu
Study of content management systems joomla and drupaleSAT Journals
Abstract A content management system (CMS) is a software program that makes building and maintaining Web sites faster and easier. The system can automatically pull the content out and show it on the appropriate pages based on rules you set up in advance. There are several CMS available now a day’s varying based on functionalities and platforms. The challenge in correctly implementing a CMS is both the author’s utilization of the appropriate management system platform to create the content and the successful access by the end user to the published website. This paper discusses about comparative study of most widely used content management systems Joomla and Drupal. This study attempt to analyze each CMS on the basis of usage, design, performance, scalability, compatibility with different platforms, security purpose, and search engine visibility This study will help an individual or organization to choose an appropriate CMS for their specific web application. Keywords: CMS, Joomla, Drupal
A continuación se presenta un breve resumen de la Unidad I - El Derecho de Obligaciones que se propone manejar la estructura de las Obligaciones en el ámbito civil, de aplicación práctica. Que desarrolla principalmente aspectos de gran interés tales como, el derecho de Obligaciones. Origen, evolución histórica, definición, estructura, clasificación. Fundamento Legal. Las Obligaciones: cumplimiento, formas, principios, elementos, agravantes, Incumplimiento voluntario e involuntario, la mora, concepto, clases, acreedor, deudor, eximentes de las responsabilidad.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
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del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Lecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdf
Curso de obligaciones
1.
2. Definición de “obligaciones” según 3 diferentes autores:
ETIMOLOGÍA
La palabra Obligación tiene su origen en OBLIGATIO, formada por el prefijo OB: alrededor de y de LIGA: ligar atar.
Por tanto significa “atar o estar amarrado” a algo.
LAS INSTITUTAS DE JUSTINIANO
Traen una definición de obligación Obligatio est iuris vinculum, quo necessitate adstringimur alicuius solvendae rei
secundum nostrae civitatis iura. “La obligación es el vínculo de derecho que nos constriñe a cumplir una prestación
a favor de otro”.
FRANCESCO CARNELUTTI
Obligación es el vínculo jurídico impuesto a la de un individuo para la subordinación de un interés que se produce
mediante un vínculo impuesto a la voluntad del deudor. Este autor, si bien no sale del campo subjetivista pero, al
decir de cornejo, su noción presenta gran novedad en su expresión que aparta el criterio de la escuela técnico
jurídico, deriva de la enseñanza de IHERING.
RAFAEL ROJINA VILLEGAS
Define como un estado de subordinación jurídica por virtud del cual el deudor queda subordinado al acreedor para
exigirle una determinada conducta (llamada prestación).
3. Interpretación de
Contratos
¿En qué consiste?
Es averiguar el sentido en que la declaración de voluntad de
los que contratan es decisiva para el derecho, y así llegar a
conocer el alcance y efectos jurídicos de las voluntades que
en él intervinieron.
¿Cuándo es necesario?
Hay ocasiones en que no obstante que el acto parece que cumple
con los elementos requeridos por la ley, se presenta un problema a
la hora en que las partes que lo celebraron no dijeron con claridad
y exactitud lo que deseaban al otorgar el contrato.
Surge el problema en aquellos casos en que al celebrarse un
contrato, discrepa de la voluntad real o interna de los otorgantes
con la que aparece externada.
4. ¿Qué teorías existen?
¿Qué teoría recoge el Código Civil
que nos rige?
Alberga una interpretación de autonomía
de la voluntad, este atiende la voluntad
interna o real
Los artículos del Código Civil Fedral que
mencional las reglas de interpretación
son:
del 1851 al 1857
De la voluntad real o interna (Teoría de
la autonomía de la voluntad
En ella se afirma que si la voluntad de las partes es el
alma del contrato, habrá sin duda que atender a ella, y
por lo mismo el intérprete de un contrato, deberá
desarrollar la labor de un psicólogo, para desentrañar
la verdadera intención de los que otorgan el acto.
De la voluntad declarada (Teoría de la
declaración de voluntad)
Sostiene que para interpretar el contenido y alcance de
las voluntades de un contrato, se debe atender en
forma exclusiva a lo que exteriorizaron los otorgantes,
de manera independiente de que esa declaración
traduzca o no fielmente su querer interno.