El documento describe la evolución del concepto de contrato desde el derecho romano hasta la actualidad. En el derecho romano, el contrato aparecía como un acuerdo (conventio) entre dos o más partes. Los contratos se dividían en pactos y contratos propiamente dichos. Más tarde, los contratos se clasificaron como nominados e innominados. En los siglos XVII y XVIII, la escuela del derecho natural consideró que el fundamento del vínculo obligatorio es la libre voluntad de los contratantes. Actualmente, el concepto moderno
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y
JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
EVOLUCION DEL
CONTRATO
INTEGRANTE
Yoccimar Medina Mendoza
Docente: Keydis Pérez
Derecho civil (contratos y garantías)
2017/A
SAIA (Barquisimeto)
Barquisimeto, mayo 2018
2. Evolución del
contrato
En el derecho
romano el contrato
aparecía como una
forma de acuerdo
(conventio).
La convención es
el consentimiento
de dos o mas
personas que se
avienen sobre una
cosa que deben dar
o prestar. La con
sensualidad era el
prototipo
dominante.
3. La convención se dividía
en:
(Pactum) pacto: Es
aquel que no tiene
nombre ni causa. hace
referencia únicamente
a las relaciones que
solo engendran una
excepción. La causa
es alguna cosa
presente de la cual
deriva la obligación. Se
asimila al contrato al
considerar las
acciones para exigir su
complimiento
(Contractrus)
contrato es aquel
que tiene nombre y
causa en la cual se
aplica a todo
acuerdo de
voluntades dirigido
a crear
obligaciones
civilmente exigibles
y estaba siempre
protegido por una
acción que le
atribuía plena
eficacia jurídica.
4. A su vez se dividen en
contratos nominados e
innominados
Los nominados eran aquellos que
tenían un nombre especifico y
particular, (ej. Compraventa.
Los innominados aquellos que aun
teniendo causa no tenían nombre.
Los contratos innominados eran
cuatro:
1. Do ut des (doy para que des).
2. Do uf facias (doy para que
hagas).
3. Facias ut des (hago para que
des).
4. Ficio ut facias(hago para que
hagas).
La principal características de ello es
5. aestimatium: contrato en virtud del cual una
parte recibe objetos basados con la
obligación de venderlos o devolverlos
después de cierto tiempo.
Convento in manum: contrato verbal en
virtud del cual la mujer al contraer nupcias
entra a la familia del marido, ocupando
jurídicamente el lugar de su hija.
Depositum: (Deposito) contrato que se
perfecciona con la entrega de la cosa que al
depositarlo ha de devolver cundo el
depositante lo requiera.
Depositum irregulare es aquel deposito de
dinero o bienes fungibles).
Contrato verbis en el que el padre, un
tercero o la mujer se comprometen a
constituir una dote.
Iusiurandum liberti es aquel contrato verbal
en virtud del cual el esclavo se compromete
a prestar ciertos servicios al patrón.
Locatio conductio: arrendamiento.
6. Precarium: contrato innomido por
el cual una de las partes concede el
préstamo de una cosa a la otra
parte, quien se lo ha solicitado
especialmente la que esta obligada
a devolverlo a la primera solicitud.
En este análisis evolutivo también
es notable la influencia del
voluntarismo jurídico y de la
escuela del derecho natural
racionalista dado que refuerzan el
paradigma de la voluntad como
fuerza generadora, ahora bien
desde lo expuesto entendemos el
contrato desde el sentido romano,
como el acto entre particulares,
donde se pretende proteger la
seguridad jurídica, por norma
general poseedores de la
formación adecuada para contratar
7. Evolución
En los siglos XVII y XVIII, con la escuela
del derecho natural se llega a que el
fundamento del vinculo obligatorio esta
en la libre voluntad de los contratantes y
el respeto a la palabra dada tomando
como punto de partida el racionalismo y
el individualismo jurídico. El
presupuesto ideológico parte de la
ilustración hiperbolizando la fuerza
obligatoria del consenso y llevando la
noción del contrato al plano político, al
entender que el poder político es obra
del acuerdo de los hombres que
decidieron ceder parte de su esfera de
la libertad a favor del Estado que surge
entonces del llamado contrato social.
8. El concepto moderno de contrato se basa
en tres presupuesto fundaméntalas en la
son:
La economía.
La igualdad de los contratantes.
La autonomía de la voluntad.
En cualquier intento de definir el contrato
podemos basar en dos ideas fundamenta
cual es la voluntad y la obligación jurídica
tanto es el que crea un vinculo obligacion
el que las partes quedan inmersas porque
lo han decidido; pero además pueden, en
virtud de las fuerza de sus voluntades mo
o extinguir tal vinculo del mismo modo qu
hicieron nacer a la vida jurídica, ósea de
manera concordante y bilateral.