Este documento presenta una introducción sobre el marco normativo aplicable al despliegue de redes de telecomunicaciones en España, incluyendo la Ley General de Telecomunicaciones y otras leyes relevantes. Explica los permisos necesarios para el despliegue, que consisten principalmente en la presentación de un Plan de Despliegue de Red y posterior Declaración Responsable ante la administración competente. También destaca algunas causas frecuentes de denegación de permisos, como la falta de detalle en el plan de despliegue o la ubicación de la
Con este artículo, Abanlex Abogados pretende facilitar a los ayuntamientos el cumplimiento de la normativa aplicable para que puedan prestar fácilmente wifi u otros tipos de acceso a Internet a sus ciudadanos.
El documento describe las modificaciones realizadas al Código Penal colombiano para proteger la información y los datos. Se creó un nuevo delito llamado "obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación". También se describen artículos importantes relacionados con daño informático, violación de datos personales y hurto por medios informáticos. La conclusión enfatiza la importancia de aprender estos cambios legales para no cometer delitos tecnológicos.
La Ley 1273 de 2009 en Colombia creó nuevos delitos informáticos relacionados con el acceso y daño a sistemas y datos informáticos, la interceptación de datos, el uso de software malicioso y la violación de datos personales, con penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos. Algunos de los delitos específicos mencionados son el acceso abusivo a sistemas, la obstaculización de sistemas o redes, la suplantación de sitios web y el hurto por medios informáticos
Este documento modifica el Código Penal colombiano para incluir un nuevo Título que protege la información y los datos. Se crean delitos informáticos como el acceso abusivo a sistemas, la obstaculización de sistemas, la interceptación de datos, el daño informático, el uso de software malicioso y la violación de datos personales. Se establecen penas de prisión y multas para quienes cometan estas conductas.
Este documento resume las leyes y normas contra los delitos informáticos en Colombia. Establece penas de prisión de 48 a 96 meses y multas de 100 a 1000 salarios mínimos para delitos como acceso abusivo a sistemas, obstaculización ilegítima de sistemas o redes, interceptación de datos, daño informático, uso de software malicioso, violación de datos personales, y suplantación de sitios web para capturar datos personales. También establece penas para hurto por medios informáticos y transferencia no consentida de activ
La Ley 1273 de 2009 creó nuevos tipos penales relacionados con delitos informáticos y la protección de datos, incluyendo acceso abusivo a sistemas, obstaculización de sistemas e interceptación de datos sin orden judicial. Estos delitos se sancionan con penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos, con el fin de proteger la información y disuadir actos ilegales relacionados con sistemas y datos.
Esta ley modifica el Código Penal de Colombia para proteger la información y los datos. Se crea un nuevo título que tipifica delitos como el acceso abusivo a sistemas informáticos, la obstaculización de sistemas o redes, la interceptación de datos sin orden judicial, y el daño a sistemas o datos. También se establecen agravantes cuando estos delitos afecten sistemas estatales o financieros, y sanciones por el hurto o transferencia no consentida de activos a través de medios informáticos.
Esta ley modifica el Código Penal de Colombia para proteger la información y los datos. Se crea un nuevo título que tipifica delitos como el acceso abusivo a sistemas informáticos, la obstaculización de sistemas o redes, la interceptación de datos sin orden judicial, y el daño a sistemas o datos. También se establecen agravantes cuando estos delitos afecten sistemas estatales o financieros, y sanciones para quien revele información de manera ilegal o obtenga ganancias de estas conductas.
Con este artículo, Abanlex Abogados pretende facilitar a los ayuntamientos el cumplimiento de la normativa aplicable para que puedan prestar fácilmente wifi u otros tipos de acceso a Internet a sus ciudadanos.
El documento describe las modificaciones realizadas al Código Penal colombiano para proteger la información y los datos. Se creó un nuevo delito llamado "obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación". También se describen artículos importantes relacionados con daño informático, violación de datos personales y hurto por medios informáticos. La conclusión enfatiza la importancia de aprender estos cambios legales para no cometer delitos tecnológicos.
La Ley 1273 de 2009 en Colombia creó nuevos delitos informáticos relacionados con el acceso y daño a sistemas y datos informáticos, la interceptación de datos, el uso de software malicioso y la violación de datos personales, con penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos. Algunos de los delitos específicos mencionados son el acceso abusivo a sistemas, la obstaculización de sistemas o redes, la suplantación de sitios web y el hurto por medios informáticos
Este documento modifica el Código Penal colombiano para incluir un nuevo Título que protege la información y los datos. Se crean delitos informáticos como el acceso abusivo a sistemas, la obstaculización de sistemas, la interceptación de datos, el daño informático, el uso de software malicioso y la violación de datos personales. Se establecen penas de prisión y multas para quienes cometan estas conductas.
Este documento resume las leyes y normas contra los delitos informáticos en Colombia. Establece penas de prisión de 48 a 96 meses y multas de 100 a 1000 salarios mínimos para delitos como acceso abusivo a sistemas, obstaculización ilegítima de sistemas o redes, interceptación de datos, daño informático, uso de software malicioso, violación de datos personales, y suplantación de sitios web para capturar datos personales. También establece penas para hurto por medios informáticos y transferencia no consentida de activ
La Ley 1273 de 2009 creó nuevos tipos penales relacionados con delitos informáticos y la protección de datos, incluyendo acceso abusivo a sistemas, obstaculización de sistemas e interceptación de datos sin orden judicial. Estos delitos se sancionan con penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos, con el fin de proteger la información y disuadir actos ilegales relacionados con sistemas y datos.
Esta ley modifica el Código Penal de Colombia para proteger la información y los datos. Se crea un nuevo título que tipifica delitos como el acceso abusivo a sistemas informáticos, la obstaculización de sistemas o redes, la interceptación de datos sin orden judicial, y el daño a sistemas o datos. También se establecen agravantes cuando estos delitos afecten sistemas estatales o financieros, y sanciones por el hurto o transferencia no consentida de activos a través de medios informáticos.
Esta ley modifica el Código Penal de Colombia para proteger la información y los datos. Se crea un nuevo título que tipifica delitos como el acceso abusivo a sistemas informáticos, la obstaculización de sistemas o redes, la interceptación de datos sin orden judicial, y el daño a sistemas o datos. También se establecen agravantes cuando estos delitos afecten sistemas estatales o financieros, y sanciones para quien revele información de manera ilegal o obtenga ganancias de estas conductas.
El documento presenta varios artículos de un blog sobre fincas inmobiliarias. Un artículo discute una sentencia sobre el cierre de fincas y acceso a locales comerciales. Otro cubre las actualizaciones a una póliza de seguros para negocios. Un artículo final analiza las hipotecas sobre viviendas en marzo de 2014, notando un pequeño incremento interanual en la concesión de préstamos hipotecarios.
Este documento resume el Decreto 2870 de 2017 sobre la convergencia en las telecomunicaciones en Colombia. El decreto establece seis títulos que regulan los títulos habilitantes, contraprestaciones, oferta mayorista, espectro electromagnético y define las TIC. También explica los requisitos para obtener un título habilitante convergente y las obligaciones de los operadores con posición dominante en el mercado.
CUARTA. Reglamentación
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante decreto supremo, reglamenta la presente Ley en un plazo máximo de noventa (90) días hábiles desde el inicio de su vigencia.
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los quince días del mes de mayo de dos mil trece.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
Este documento presenta un resumen de la Ley 1341 de 2009 de Colombia, la cual establece los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Define TIC e instituye el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones para regular el sector de las TIC. También determina aspectos como el acceso al espectro radioeléctrico, la interconexión de redes y la solución de controversias
Este documento presenta un resumen de la Ley 1341 de 2009 de Colombia, la cual establece los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Define TIC, crea la Agencia Nacional de Espectro, y establece las funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones en relación con la regulación del sector TIC.
Manual Práctico para Fiscalizar Proyectos Inmobiliarios - Folleto - Imprimir.pdfmanuelgch2
El documento presenta un manual práctico para fiscalizar proyectos inmobiliarios que incluye información sobre las normas aplicables, cómo denunciar irregularidades y sitios web de interés. Explica que las normas urbanísticas y ambientales deben cumplirse obligatoriamente y que es posible revisar las autorizaciones e invalidar permisos irregulares. Además, indica que las denuncias deben realizarse formalmente ante las municipalidades, la Seremi de Vivienda y Urbanismo o la Contraloría General de la República, adjunt
El documento describe el Sistema para la Construcción de Obras por Terceros (SISPROTER) de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en México. SISPROTER proporciona una plataforma en línea para que desarrolladores, diseñadores, constructores y CFE supervisen proyectos de obras eléctricas que luego serán transferidas a CFE. El sistema ofrece monitoreo del proceso de construcción y conexión a la red eléctrica de manera uniforme y eficiente.
El secretario general de la CMT, Ignacio Redondo, presenta la Circular 1/2010 por la que se regulan las condiciones de explotación de redes y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por parte de las Administraciones Públicas.
Este decreto establece tres cosas principales: 1) Requiere que los operadores de telefonía móvil implementen medidas técnicas para prevenir comunicaciones no autorizadas desde centros penitenciarios. 2) Simplifica los trámites para obtener permisos de instalación de infraestructura de transmisión de datos en bienes públicos. 3) Establece un arbitrio anual de Q0.70 por metro que las empresas deben pagar a las municipalidades por el uso y autorización de bienes públicos para dicha infraestructura.
Información actualizada y relevante sobre la implementación del Reglamento Interno de Redes de Telecomunicaciones – RITEL en Colombia, expedido por la CRC con el fin de promover el acceso a nuevas tecnologías desde los hogares y la libre competencia entre prestadores de servicios de telecomunicaciones.
Este documento presenta una serie de normas legales relacionadas con las telecomunicaciones en Perú. Cubre temas como gestión pública, banda ancha, red, nube, acceso a contenido web, inclusión digital, teletrabajo, telesalud, drones, dinero electrónico, firma y certificado digital, correo electrónico y análisis e implementación de normas regulatorias. Proporciona información sobre el objetivo, ámbito de aplicación y detalles clave de varias leyes, decretos, resoluciones y reglamentos relacion
Este documento resume la legislación de telecomunicaciones en Colombia. Detalla los objetivos de regular la instalación de infraestructura de telecomunicaciones, proteger la exposición a campos electromagnéticos, y facilitar el despliegue de redes para mejorar el acceso a servicios de telecomunicaciones. También explica los requisitos para obtener permisos de instalación e informa a los ciudadanos sobre los efectos en la salud de los campos electromagnéticos.
Principal norma del día 05 junio del 2013 ley nº 30036Karo S. Amar
El documento regula el acceso abierto a la información científica y tecnológica producida por entidades públicas en Perú. Establece que dicha información debe ser registrada y difundida de manera continua en repositorios digitales, incluyendo proyectos financiados con fondos públicos, investigaciones científicas estatales y trabajos de becarios. Asimismo, regula el teletrabajo en el sector público y privado, estableciendo su carácter voluntario y reversible y que los derechos laborales de los teletra
Portafolio class telecomunication grupo 208060 7JohnRomero36
Este documento presenta la misión, visión, objetivos y servicios de CLASS Telecommunication, una empresa de telecomunicaciones. La misión es proporcionar la mejor tecnología e innovación para mejorar la conectividad empresarial. La visión es ser líderes mundiales en nuevas soluciones tecnológicas de forma ética. Los servicios incluyen asesoría empresarial en telecomunicaciones y suministro de equipos. También se discuten las normas nacionales relacionadas con el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones
Este documento contiene 23 artículos sobre la regulación de las telecomunicaciones en Colombia. Establece que el uso del espectro radioeléctrico requiere permiso del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Crea la Comisión de Regulación de Comunicaciones para promover la competencia en las redes y servicios de comunicaciones. Define las funciones del Ministerio y de la Comisión, como regular los precios de los servicios solo cuando no haya suficiente competencia o haya fallas de mercado.
Este documento presenta un decreto que aprueba un nuevo Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones. El decreto señala que la normativa actual sobre telecomunicaciones se ha quedado obsoleta debido a la convergencia tecnológica y la aparición de nuevos servicios, por lo que es necesario actualizar la regulación para proteger mejor los derechos de los usuarios y promover la competencia en un contexto dinámico.
Este documento presenta un programa de cursos sobre administración electrónica y seguridad. El tema 10 se centra en la seguridad y administración electrónica. Cubre la legislación sobre seguridad en administración electrónica, incluido el Real Decreto 4/2010, materiales de consulta como guías CCN-STIC y webs de referencia como INCIBE e INTECO. Explica conceptos clave como interoperabilidad, estándares, hora oficial y política de firma electrónica.
La ley define las TIC, crea la Agencia Nacional de Espectro y establece el marco para las políticas públicas de TIC. Define los principios de acceso, competencia, eficiencia y protección de usuarios. Asigna funciones como regular la competencia y mercados TIC al Comisión de Regulación de Comunicaciones.
1) El documento presenta información sobre la legislación de telecomunicaciones en Colombia y buenas prácticas para impulsar el despliegue de infraestructura. 2) Incluye detalles sobre normas nacionales y municipales relacionadas con la instalación de infraestructura, así como consideraciones técnicas y clasificación del suelo. 3) El objetivo es superar la desigualdad y marginalidad en el acceso a las TIC, promoviendo el despliegue de infraestructura de manera eficiente.
Este documento establece los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en Colombia. Define TIC y crea la Agencia Nacional de Espectro para regular su uso. Establece los objetivos, principios y funciones del Estado para formular políticas públicas sobre TIC, promover la inversión y garantizar el acceso equitativo a la sociedad de la información.
Este documento presenta una guía sobre mediación parental en la educación digital de los menores. Explica conceptos clave como mediación activa y restrictiva, e incluye recomendaciones sobre privacidad, seguridad, tiempo de uso y recursos de apoyo para padres.
El documento presenta varios artículos de un blog sobre fincas inmobiliarias. Un artículo discute una sentencia sobre el cierre de fincas y acceso a locales comerciales. Otro cubre las actualizaciones a una póliza de seguros para negocios. Un artículo final analiza las hipotecas sobre viviendas en marzo de 2014, notando un pequeño incremento interanual en la concesión de préstamos hipotecarios.
Este documento resume el Decreto 2870 de 2017 sobre la convergencia en las telecomunicaciones en Colombia. El decreto establece seis títulos que regulan los títulos habilitantes, contraprestaciones, oferta mayorista, espectro electromagnético y define las TIC. También explica los requisitos para obtener un título habilitante convergente y las obligaciones de los operadores con posición dominante en el mercado.
CUARTA. Reglamentación
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante decreto supremo, reglamenta la presente Ley en un plazo máximo de noventa (90) días hábiles desde el inicio de su vigencia.
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los quince días del mes de mayo de dos mil trece.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
Este documento presenta un resumen de la Ley 1341 de 2009 de Colombia, la cual establece los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Define TIC e instituye el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones para regular el sector de las TIC. También determina aspectos como el acceso al espectro radioeléctrico, la interconexión de redes y la solución de controversias
Este documento presenta un resumen de la Ley 1341 de 2009 de Colombia, la cual establece los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Define TIC, crea la Agencia Nacional de Espectro, y establece las funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones en relación con la regulación del sector TIC.
Manual Práctico para Fiscalizar Proyectos Inmobiliarios - Folleto - Imprimir.pdfmanuelgch2
El documento presenta un manual práctico para fiscalizar proyectos inmobiliarios que incluye información sobre las normas aplicables, cómo denunciar irregularidades y sitios web de interés. Explica que las normas urbanísticas y ambientales deben cumplirse obligatoriamente y que es posible revisar las autorizaciones e invalidar permisos irregulares. Además, indica que las denuncias deben realizarse formalmente ante las municipalidades, la Seremi de Vivienda y Urbanismo o la Contraloría General de la República, adjunt
El documento describe el Sistema para la Construcción de Obras por Terceros (SISPROTER) de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en México. SISPROTER proporciona una plataforma en línea para que desarrolladores, diseñadores, constructores y CFE supervisen proyectos de obras eléctricas que luego serán transferidas a CFE. El sistema ofrece monitoreo del proceso de construcción y conexión a la red eléctrica de manera uniforme y eficiente.
El secretario general de la CMT, Ignacio Redondo, presenta la Circular 1/2010 por la que se regulan las condiciones de explotación de redes y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por parte de las Administraciones Públicas.
Este decreto establece tres cosas principales: 1) Requiere que los operadores de telefonía móvil implementen medidas técnicas para prevenir comunicaciones no autorizadas desde centros penitenciarios. 2) Simplifica los trámites para obtener permisos de instalación de infraestructura de transmisión de datos en bienes públicos. 3) Establece un arbitrio anual de Q0.70 por metro que las empresas deben pagar a las municipalidades por el uso y autorización de bienes públicos para dicha infraestructura.
Información actualizada y relevante sobre la implementación del Reglamento Interno de Redes de Telecomunicaciones – RITEL en Colombia, expedido por la CRC con el fin de promover el acceso a nuevas tecnologías desde los hogares y la libre competencia entre prestadores de servicios de telecomunicaciones.
Este documento presenta una serie de normas legales relacionadas con las telecomunicaciones en Perú. Cubre temas como gestión pública, banda ancha, red, nube, acceso a contenido web, inclusión digital, teletrabajo, telesalud, drones, dinero electrónico, firma y certificado digital, correo electrónico y análisis e implementación de normas regulatorias. Proporciona información sobre el objetivo, ámbito de aplicación y detalles clave de varias leyes, decretos, resoluciones y reglamentos relacion
Este documento resume la legislación de telecomunicaciones en Colombia. Detalla los objetivos de regular la instalación de infraestructura de telecomunicaciones, proteger la exposición a campos electromagnéticos, y facilitar el despliegue de redes para mejorar el acceso a servicios de telecomunicaciones. También explica los requisitos para obtener permisos de instalación e informa a los ciudadanos sobre los efectos en la salud de los campos electromagnéticos.
Principal norma del día 05 junio del 2013 ley nº 30036Karo S. Amar
El documento regula el acceso abierto a la información científica y tecnológica producida por entidades públicas en Perú. Establece que dicha información debe ser registrada y difundida de manera continua en repositorios digitales, incluyendo proyectos financiados con fondos públicos, investigaciones científicas estatales y trabajos de becarios. Asimismo, regula el teletrabajo en el sector público y privado, estableciendo su carácter voluntario y reversible y que los derechos laborales de los teletra
Portafolio class telecomunication grupo 208060 7JohnRomero36
Este documento presenta la misión, visión, objetivos y servicios de CLASS Telecommunication, una empresa de telecomunicaciones. La misión es proporcionar la mejor tecnología e innovación para mejorar la conectividad empresarial. La visión es ser líderes mundiales en nuevas soluciones tecnológicas de forma ética. Los servicios incluyen asesoría empresarial en telecomunicaciones y suministro de equipos. También se discuten las normas nacionales relacionadas con el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones
Este documento contiene 23 artículos sobre la regulación de las telecomunicaciones en Colombia. Establece que el uso del espectro radioeléctrico requiere permiso del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Crea la Comisión de Regulación de Comunicaciones para promover la competencia en las redes y servicios de comunicaciones. Define las funciones del Ministerio y de la Comisión, como regular los precios de los servicios solo cuando no haya suficiente competencia o haya fallas de mercado.
Este documento presenta un decreto que aprueba un nuevo Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones. El decreto señala que la normativa actual sobre telecomunicaciones se ha quedado obsoleta debido a la convergencia tecnológica y la aparición de nuevos servicios, por lo que es necesario actualizar la regulación para proteger mejor los derechos de los usuarios y promover la competencia en un contexto dinámico.
Este documento presenta un programa de cursos sobre administración electrónica y seguridad. El tema 10 se centra en la seguridad y administración electrónica. Cubre la legislación sobre seguridad en administración electrónica, incluido el Real Decreto 4/2010, materiales de consulta como guías CCN-STIC y webs de referencia como INCIBE e INTECO. Explica conceptos clave como interoperabilidad, estándares, hora oficial y política de firma electrónica.
La ley define las TIC, crea la Agencia Nacional de Espectro y establece el marco para las políticas públicas de TIC. Define los principios de acceso, competencia, eficiencia y protección de usuarios. Asigna funciones como regular la competencia y mercados TIC al Comisión de Regulación de Comunicaciones.
1) El documento presenta información sobre la legislación de telecomunicaciones en Colombia y buenas prácticas para impulsar el despliegue de infraestructura. 2) Incluye detalles sobre normas nacionales y municipales relacionadas con la instalación de infraestructura, así como consideraciones técnicas y clasificación del suelo. 3) El objetivo es superar la desigualdad y marginalidad en el acceso a las TIC, promoviendo el despliegue de infraestructura de manera eficiente.
Este documento establece los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en Colombia. Define TIC y crea la Agencia Nacional de Espectro para regular su uso. Establece los objetivos, principios y funciones del Estado para formular políticas públicas sobre TIC, promover la inversión y garantizar el acceso equitativo a la sociedad de la información.
Este documento presenta una guía sobre mediación parental en la educación digital de los menores. Explica conceptos clave como mediación activa y restrictiva, e incluye recomendaciones sobre privacidad, seguridad, tiempo de uso y recursos de apoyo para padres.
Charla para los alumnos de 1º de ESO del IES Isidra de Guzman, de Alcalá de Henares, (Madrid), sobre CIBERACOSO, a través del programa IS4K del INCIBE.
Charla para los alumnos de 5º y 6º del CEIP Nuestra Señora del Castillo de Perales de Tajuña (Madrid), sobre el Uso seguro y responsable de las TIC, a través del programa IS4K del INCIBE.
Tras salir publicado Real Decreto-Ley 28/2018 de 28 de
diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo; resumimos las principales novedades para trabajadores autónomos y empleadores
de hogar.
Charla sobre el Uso seguro y responsable de las TIC impartida para alumnos de 3º de ESO del IES San Isidro de Azuqueca de Henares (Gualajara), el 11/05/2018.
Este documento describe un programa para la prevención de delitos penales en las empresas. El programa incluye 9 pasos: 1) identificar riesgos, 2) elaborar protocolos para prevenir delitos, 3) crear un órgano de cumplimiento, 4) controlar recursos financieros, 5) establecer un canal de denuncias, 6) aplicar un sistema disciplinario, 7) comunicación y formación, 8) verificar el modelo periódicamente, y 9) obtener asistencia externa. El objetivo es ayudar a las empresas a cumplir con la ley
Servicio de Asesoramiento Jurídico en Páginas Webs y Comercio Electrónico. Adaptación a las exigencias de la LSSICE y Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias
La ley de protección de datos personales en España requiere que las empresas registren sus bases de datos con información personal, implementen medidas de seguridad, informe a los individuos sobre cómo se usa su información y realicen auditorías periódicas. Una compañía llamada PrivaZ ofrece servicios para ayudar a las empresas a cumplir con estos requisitos legales de protección de datos. Sin embargo, algunas empresas ofrecen estos servicios gratuitamente financiados con fondos de formación laboral, lo que puede constituir un fraude.
Mi Carnaval, sistema utilizará algoritmos de ML para optimizar la distribució...micarnavaltupatrimon
El sistema utilizará algoritmos de ML para optimizar la distribución de recursos, como el transporte, el alojamiento y la seguridad, en función de la afluencia prevista de turistas. La plataforma ofrecerá una amplia oferta de productos, servicios, tiquetería e información relevante para incentivar el uso de está y generarle valor al usuario, además, realiza un levantamiento de datos de los espectadores que se registran y genera la estadística demográfica, ayudando a reducir la congestión, las largas filas y otros problemas, así como a identificar áreas de alto riesgo de delincuencia y otros problemas de seguridad.
El-Codigo-De-La-Abundancia para todos.pdfAshliMack
Si quieres alcanzar tus sueños y tener el estilo de vida que deseas, es primordial que te comprometas contigo mismo y realices todos los ejercicios que te propongo para recibieron lo que mereces, incluso algunos milagros que no tenías en mente
La estructura organizativa del trabajo que tenga una empresa influye directamente en la percepción que pueda tener un trabajador de sus condiciones laborales y en su rendimiento profesional.
2. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
0. ¿Quiénes somos?
• Juan Pedro Peña
– Responsable del Área TIC de IBEROLEX.
– Fue el abogado que tramitó la mayoría de las
antiguas Licencias C1 ante la CMT (hoy CNMC).
– Fue quien creó jurídicamente a AOTEC y durante sus
primeros años fue su asesor legal.
– 14 años de experiencia en asesoramiento a
empresas tecnológicas.
– jppena@iberolex.com / 690951522
2
3. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
0. ¿Quiénes somos?
• José Manuel Ortiz
– Responsable del Área TAC de IBEROLEX.
– Administrador Concursal, experto en Franquicias
y profesor en el Centro de Estudios del Colegio
de Abogados de Madrid.
– 35 años de experiencia en asesoramiento
empresarial.
– jmortiz@iberolex.com / 609081808
3
4. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
0. ¿Qué hacemos aquí?
• AOTEC nos ha encomendado la tarea de “dibujar”
el panorama jurídico del despliegue de redes.
• Vosotros sois operadores que estáis desplegando
redes nuevas FTTH.
– Otros estáis sustituyendo vuestras actuales redes HFC
por redes FTTH.
• Estamos pues para resolver dudas genéricas, no
cuestiones particulares.
– Si tienes dudas particulares ¡contrátanos!
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5. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
0. Índice
1. Concepto.
2. Normativa aplicable.
3. Permisos.
4. Denegación del permiso: motivos más frecuentes.
5. Necesidad de un buen planteamiento.
6. Cómo actuar en casos de despliegue en zonas declaradas BIC.
(Despliegues nuevos y migraciones a fibra en despliegues existentes)
7. Redes Históricas que no tengan Licencia Municipal. Pasos a seguir
8. Que dice la ley en caso de que un vecino se niegue a que un cable
pase por su fachada.
9. Turno de preguntas de los asociados.
5
6. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
1 y 2 . Despliegue:
Normativa. La Agenda Digital
• La Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
(LGTel) surgió como necesidad de cumplir con la llamada
Agenda Digital para Europa , principal instrumento para el
cumplimiento de los objetivos de la Estrategia Europa 2020.
• El objetivo es que en 2020 todos los europeos tengan la
posibilidad de acceder a conexiones de banda ancha a una
velocidad como mínimo de 30 Mbps, y que, al menos, un 50 %
de los hogares europeos estén abonados a conexiones de banda
ancha superiores a 100 Mbps.
• Estos objetivos han quedado incorporados a la agenda digital
española, aprobada por el Gobierno en febrero de 2013.
• ¡Tú eres una parte muy importante de todo esto!
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7. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
1 y 2 . Despliegue:
Normativa aplicable.
• Ley 12/2012, de 26 de Diciembre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios.
– Su Disposición Adicional Tercera ya mencionaba a las “estaciones o instalaciones radioeléctricas utilizadas para la
prestación de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles para el público” para la “Inexigibilidad de licencia” y su
sustitución por “Declaración responsable o comunicación previa” siempre que las instalaciones ocuparan más de 300
metros cuadrados.
• Ley 20/2013, de 9 de Diciembre, de Garantía de Unidad de Mercado (LGUM).
– Establece que se puede exigir autorización siempre que concurran los principios de necesidad y proporcionalidad, que
habrán de motivarse suficientemente en la Ley que establezca dicho régimen.
• La Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones (LGTel),
– Su disposición Final Tercera, modifica la Disposición Adicional Octava de la Ley 38/1999 de 5 de Noviembre de
Ordenación de Edificación, indicando que “Las obras de instalación de infraestructuras de red o estaciones radioeléctricas
en edificaciones de dominio privado no requerirán la obtención de licencia de obras o edificación ni otras autorizaciones, si
bien, en todo caso el promotor de las mismas habrá de presentar ante la autoridad competente en materia de obras de
edificación una declaración responsable donde conste que las obras se llevarán a cabo según un proyecto o una memoria
técnica suscritos por técnico competente […] justificativa del cumplimiento de los requisitos aplicables del Código Técnico de
la Edificación”,
– Su Art. 32 regula la “ubicación compartida y uso compartido de la propiedad pública o privada” y es el precepto que
establece que los operadores podrán celebrar voluntariamente acuerdos para este uso compartido y que las
Administraciones, deben fomentarlos.
– Su Art. 33 establece las “limitaciones a la propiedad” y a los “derechos de uso del dominio público radioléctrico”.
– Su Art. 34 establece las reglas para la colaboración entre las Administraciones Públicas en el despliegue de redes. Este es un
artículo vital y que desarrollamos a continuación.
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8. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
1 y 2 . Normativa aplicable
.Art. 34 LGTel: Derechos
operadores
• Deber de las Administraciones de colaborar
para hacer efectivo el derecho de los
operadores a ocupar la propiedad pública y
privada (reguladas en Art. 29 y 30).
• Redes: constituyen equipamiento básico y en
planificación urbanística son estructurantes:
instalación y despliegue son obras de interés
general.
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9. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
1 y 2 . Normativa aplicable.
Art. 34 LGTel: Fomento por las
Administraciones
• La normativa de las Administraciones que afecte al despliegue,
debe recoger disposiciones para impulsar o facilitar el
despliegue y garantizar la libre competencia en la instalación y
prestación.
• No podrán establecerse restricciones absolutas o
desproporcionadas al derecho de ocupación ni imponer
soluciones tecnológicas concretas, itinerarios o ubicaciones
– Si es imposible debe estar plenamente justificada la condición e
ir acompañado por alternativas.
• Deben contribuir a garantizar y hacer real una oferta suficiente
de lugares y espacios físicos para la ubicación de infraestructuras
de los operadores.
9
10. Sevilla 06/03/2018
Alicante 08/03/2018 Despliegue de Redes: Perspectiva Legal
1 y 2 . Normativa aplicable.
Art. 34 LGTel: Canalizaciones
• Los operadores deberán hacer uso de las
canalizaciones subterráneas o en interior de
edificaciones, que permitan el despliegue.
• Si no existen o no sea posible su uso por
razones técnicas y económicas, podrán efectuar
despliegues aéreos siguiendo los existentes.
• En los mismos casos, podrán efectuar por
fachadas despliegue utilizando en la medida de
lo posible los ya instalados.
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3. Permisos. Seguimos con
Art. 34 LGTel
• Para la instalación de estaciones o infraestructuras radioeléctricas que ocupen
una superficie superior a 300 metros cuadrados, no podrá exigirse la obtención
de licencia previa de ningún tipo.
• Para la instalación de redes públicas o estaciones radioeléctricas en dominio
privado distintas a las anteriores, no podrá exigirse obtención de licencia o
autorización previa, siempre y cuando haya presentado un Plan de Despliegue
de Red en el cual:
– Se contemplen las mismas,
– Se indiquen los supuestos en los que se van a efectuar despliegues aéreos o por fachadas.
– Que se haya aprobado por la Administración competente.
• Si no se ha aprobado expresamente en 4 meses, se considera aprobado por acto presunto (Silencio
Administrativo Positivo).
• Aprobado el Plan por acto expreso (Resolución) o presunto (Silencio
Administrativo), se presenta Declaración Responsable:
– Manifestando el cumplimiento de los requisitos que resulten aplicables y estar en posesión
de la documentación que lo acredite.
– A partir de ese momento se encuentra habilitado para ejecutar la instalación.
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3. Permisos. Condiciones.
• La Declaración Responsable y su ejecución inmediata:
– No prejuzgará en modo alguno la situación y efectivo acomodo de las
condiciones de la infraestructura o estación radioeléctrica a la normativa
aplicable, ni limitará el ejercicio de las potestades administrativas de
comprobación, inspección, sanción, y, en general, de control que a la
administración en cualquier orden, estatal, autonómico o local, le estén
atribuidas por el ordenamiento sectorial aplicable en cada caso.
– La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato,
manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una
declaración responsable, o la no presentación de la declaración
responsable determinará la imposibilidad de explotar la instalación y, en su
caso, la obligación de retirarla desde el momento en que se tenga
constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales,
civiles o administrativas a que hubiera lugar.
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3. Permisos. Excepciones:
Vigencia de Licencias.
• Art. 17 LGUM: Se podrá establecer la exigencia de una
autorización siempre que concurran los principios de necesidad y
proporcionalidad, que habrán de motivarse suficientemente en la
Ley que establezca dicho régimen.
– Concurren estos principios:
• Respecto a las instalaciones o infraestructuras físicas necesarias para el
ejercicio de actividades económicas, cuando sean susceptibles de generar
daños sobre el medio ambiente y el entorno urbano, la seguridad o la salud
pública y el patrimonio histórico artístico, y estas razones no puedan
salvaguardarse mediante la presentación de una declaración responsable o
de una comunicación
• Ley 12/2012, antes indicado: instalaciones que ocupen menos
de 300 metros cuadrados,
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4. Permisos. Causas de
denegación: Impedimento
normativo explícito
• Concurren las circunstancias del Art. 17 LGUM
Susceptibles de generar daños sobre el
medio ambiente y el entorno urbano, la
seguridad o la salud pública y el patrimonio
histórico artístico.
• No concurren las circunstancias de Ley
12/2012: estaciones o instalaciones
radioeléctrcias, que ocupen más de 300 metros
cuadrados.
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4. Permisos. Causas de
denegación: Impedimento
normativo implícito
• Se ha solicitado una Licencia de Obra.
– Un error muy común.
– Los Ayuntamientos, por desconocimiento de la LGTel o por desidia (al filo de la prevaricación) no
siguen su procedimiento y se mantiene en la normativa anterior.
– El operador, deseoso de comenzar con la obra, sigue este procedimiento erróneo.
• No se ha presentado un Plan de Despliegue.
– Otro error muy común es presentar directamente Declaración Responsable porque “como ya no
hay licencias…” .
– El Ayuntamiento toma este acto como una solicitud de Licencia y de nuevo sigue un
procedimiento erróneo.
– Mismo “bucle” que antes.
• Se ha presentado un Plan de Despliegue, pero es insuficiente técnicamente.
– Se ha presentado un Plan en donde se contempla un despliegue de Red Troncal.
– Otro error suele ser no detallar el despliegue por fachada.
• Se ha presentado un Plan pero se contempla el Despliegue en zonas protegidas por patrimonio
histórico (Zonas BIC – Bien de Interés Cultural-) o zonas de seguridad.
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5. Necesidad de un buen
planteamiento
• Como se ha indicado anteriormente, es absolutamente imprescindible la realización de
un Plan de Despliegue que contenga todos los supuestos.
• Entre dichos supuestos, hay que tener muy en cuenta si la red va a discurrir por zona
protegida, pues ya hemos visto que es inviable.
• La visión de IBEROLEX es que el operador tiene que ser profesional no sólo en la
prestación de los servicios, sino en la fase anterior, es decir en el Despliegue.
• Para ello, debe asesorarse adecuadamente y encargar a los profesionales aquellas tareas
que simple y llanamente no conozcan:
– Una empresa de ingeniería es imprescindible.
– Pero es incluso más un buen despacho de abogados.
• Ya hemos visto que presentar el documento no adecuado puede ser catastrófico.
• El hecho de confiar en el hecho de que se lleva uno muy bien con el Alcalde y que éste permite el
despliegue, es un suicidio, porque el Alcalde mañana no estará.
• Por consiguiente, lo único que dará seguridad jurídica a la red es una Resolución del Ayuntamiento, y para
ello, hay que contar con un asesoramiento jurídico especializado.
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6. Cuestiones prácticas:
Despliegue en zonas BIC
• Como hemos visto, es inviable desplegar en
estas zonas, con lo cual, no debe
contemplarse en el Plan de Despliegue.
• No obstante, entendemos que el
Ayuntamiento debe proponer alternativas,
pues en ningún caso, debe imponer
“restricciones absolutas” al despliegue.
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7. Cuestiones prácticas: Redes
existentes sin permiso
• Art. 34.7 LGTel:
– En el caso de que sobre una infraestructura de red pública de
comunicaciones electrónicas, fija o móvil, incluidas las estaciones
radioeléctricas de comunicaciones electrónicas, ya esté ubicada en dominio
público o privado, se realicen actuaciones de innovación tecnológica o
adaptación técnica que supongan la incorporación de nuevo equipamiento
o la realización de emisiones radioeléctricas en nuevas bandas de
frecuencias o con otras tecnologías, sin variar los elementos de obra civil y
mástil, no se requerirá ningún tipo de concesión, autorización o licencia
nueva o modificación de la existente o declaración responsable o
comunicación previa a las administraciones públicas competentes por
razones de ordenación del territorio, urbanismo o medioambientales.
• Es decir, en el caso de sustitución de red HFC por red FTTH:
– Si no se varían elementos de obra civil o mástil: es válido el permiso que ya
tuviera.
– Si varía, se aplicaría todo lo explicado.
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8. Cuestiones prácticas:
Negativa al despliegue por
fachada
• Art. 45.4 LGTel
– En el caso de edificios en los que no exista una infraestructura común de comunicaciones
electrónicas en el interior del edificio o conjunto inmobiliario, o la existente no permita
instalar el correspondiente acceso ultrarrápido, dicha instalación podrá realizarse haciendo
uso de los elementos comunes de la edificación. En los casos en los que no sea posible
realizar la instalación en el interior de la edificación o finca por razones técnicas o
económicas, la instalación podrá realizarse utilizando las fachadas de las edificaciones.
– El operador que se proponga instalar los tramos finales de red y sus recursos asociados a
que se refiere el presente apartado, deberá comunicarlo por escrito a la comunidad de
propietarios o, en su caso, al propietario del edificio, junto con un proyecto de la actuación
que pretende realizar, antes de iniciar cualquier instalación.
– En todo caso, corresponderá al operador acreditar que la comunicación escrita ha sido
entregada.
• El derecho a desplegar confronta con el derecho de la propiedad y por lo tanto, el primero está
delimitado por el segundo y no es algo gratuito.
• Hay que tener en cuenta que la fachada tiene parte privada y parte pública.
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8. Cuestiones prácticas:
Negativa al despliegue por
fachada
• Tres supuestos para conseguir el OK del
vecino al despliegue por fachada:
– Contrato de alquiler con la comunidad o el
propietario,
– Contrato de comodato, sin contraprestación
económica.
– Expropiación forzosa o servidumbre de paso
forzosa.
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8. Cuestiones prácticas: La
expropiación forzosa
• El expediente debe presentarse ante el
MINETAD acompañado de un proyecto
justificativo, así como de la acreditación de
haber tratado de llegar a un acuerdo.
• Como cualquier expediente de este tipo, no
es gratuito, pues existe un justiprecio que
establecería por el órgano competente de la
expropiación.
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