Este documento presenta cambios en la estructura organizativa de la administración pública del Distrito Federal de México. Se reforman diversas disposiciones del Reglamento Interior para crear una nueva Dirección General de Vigilancia Ambiental, a la cual se le transfieren funciones relacionadas con la inspección y vigilancia ambiental. También se especifican las atribuciones de esta nueva dirección general en materia de cumplimiento de normas ambientales, operación de sistemas de vigilancia, imposición de sanciones y coordinación interinstitucional.
Este documento aprueba las disposiciones complementarias para el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC) para la formalización de actividades de pequeña minería y minería artesanal en curso. Establece que el IGAC tiene como objetivo adecuar estas actividades a las obligaciones ambientales legales vigentes, incluyendo medidas para prevenir, controlar, mitigar y remediar sus impactos ambientales. Además, define los requisitos, contenido, procedimientos y plazos para la elaboración, revisión, aprobación y seguimiento del
Este documento aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario con el objetivo de promover una adecuada gestión ambiental en las actividades agrícolas, pecuarias, forestales e hidráulicas. Establece que el Ministerio de Agricultura a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios es la autoridad ambiental competente responsable de la gestión ambiental y evaluación de proyectos en el sector agrario. Además, define los principios y lineamientos de la política ambiental del sector agrario.
Este decreto adopta el Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en Colombia. El plan tiene como objetivo servir como instrumento para prevenir, mitigar y corregir los daños causados por derrames, y dotar al sistema nacional de una herramienta para coordinar la prevención y respuesta a estos eventos. El decreto establece la estructura y principios del plan, así como las responsabilidades de las entidades públicas y privadas involucradas en su implementación y actualización.
Este documento presenta la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental de Perú. Establece el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental para identificar, prevenir y mitigar los impactos ambientales negativos de proyectos de inversión. Los proyectos están categorizados de acuerdo a su riesgo ambiental y deben obtener una certificación ambiental antes de su ejecución. Incluye disposiciones sobre el procedimiento de evaluación, participación ciudadana, seguimiento y autoridades competentes.
Este documento presenta un Estudio de Impacto Ambiental para una zona franca de producción de pieles para exportación en Masaya, Nicaragua. Describe el marco legal ambiental relevante y el proceso productivo, incluyendo el tratamiento de desechos líquidos y emisiones gaseosas. Identifica las etapas de construcción y operación, y propone un Programa de Gestión Ambiental para prevenir y mitigar los impactos ambientales negativos del proyecto.
Este documento aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento. El reglamento establece normas para la gestión ambiental de dichos proyectos y proteger el derecho a vivir en un ambiente saludable. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es la autoridad competente para aplicar este reglamento y realizar evaluaciones ambientales de proyectos en su ámbito.
Este documento presenta una serie de decretos realizados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal para reformar y agregar diversas disposiciones a la Ley Ambiental y de Protección a la Tierra en el Distrito Federal. Se definen nuevos términos como Suelo de Conservación y se modifican atribuciones de la Secretaría del Medio Ambiente y las delegaciones para mejor administrar y proteger las áreas naturales, de valor ambiental y suelo de conservación. También se crean mecanismos de apoyo para la participación ciudadana en la conservación de
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El sistema está compuesto por entidades públicas y privadas que trabajan para prevenir y atender desastres. Se crea la Oficina Nacional para la Atención de Desastres para coordinar el sistema y desarrollar un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. El decreto también requiere que las entidades territoriales incluyan componentes de prevención de desastres en sus planes de desarrollo.
Este documento aprueba las disposiciones complementarias para el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC) para la formalización de actividades de pequeña minería y minería artesanal en curso. Establece que el IGAC tiene como objetivo adecuar estas actividades a las obligaciones ambientales legales vigentes, incluyendo medidas para prevenir, controlar, mitigar y remediar sus impactos ambientales. Además, define los requisitos, contenido, procedimientos y plazos para la elaboración, revisión, aprobación y seguimiento del
Este documento aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario con el objetivo de promover una adecuada gestión ambiental en las actividades agrícolas, pecuarias, forestales e hidráulicas. Establece que el Ministerio de Agricultura a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios es la autoridad ambiental competente responsable de la gestión ambiental y evaluación de proyectos en el sector agrario. Además, define los principios y lineamientos de la política ambiental del sector agrario.
Este decreto adopta el Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en Colombia. El plan tiene como objetivo servir como instrumento para prevenir, mitigar y corregir los daños causados por derrames, y dotar al sistema nacional de una herramienta para coordinar la prevención y respuesta a estos eventos. El decreto establece la estructura y principios del plan, así como las responsabilidades de las entidades públicas y privadas involucradas en su implementación y actualización.
Este documento presenta la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental de Perú. Establece el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental para identificar, prevenir y mitigar los impactos ambientales negativos de proyectos de inversión. Los proyectos están categorizados de acuerdo a su riesgo ambiental y deben obtener una certificación ambiental antes de su ejecución. Incluye disposiciones sobre el procedimiento de evaluación, participación ciudadana, seguimiento y autoridades competentes.
Este documento presenta un Estudio de Impacto Ambiental para una zona franca de producción de pieles para exportación en Masaya, Nicaragua. Describe el marco legal ambiental relevante y el proceso productivo, incluyendo el tratamiento de desechos líquidos y emisiones gaseosas. Identifica las etapas de construcción y operación, y propone un Programa de Gestión Ambiental para prevenir y mitigar los impactos ambientales negativos del proyecto.
Este documento aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento. El reglamento establece normas para la gestión ambiental de dichos proyectos y proteger el derecho a vivir en un ambiente saludable. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es la autoridad competente para aplicar este reglamento y realizar evaluaciones ambientales de proyectos en su ámbito.
Este documento presenta una serie de decretos realizados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal para reformar y agregar diversas disposiciones a la Ley Ambiental y de Protección a la Tierra en el Distrito Federal. Se definen nuevos términos como Suelo de Conservación y se modifican atribuciones de la Secretaría del Medio Ambiente y las delegaciones para mejor administrar y proteger las áreas naturales, de valor ambiental y suelo de conservación. También se crean mecanismos de apoyo para la participación ciudadana en la conservación de
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El sistema está compuesto por entidades públicas y privadas que trabajan para prevenir y atender desastres. Se crea la Oficina Nacional para la Atención de Desastres para coordinar el sistema y desarrollar un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. El decreto también requiere que las entidades territoriales incluyan componentes de prevención de desastres en sus planes de desarrollo.
La resolución convoca a una audiencia pública para el 28 de diciembre en Malargüe para discutir una nueva reglamentación sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales en Mendoza, a fin de llenar un vacío legal y asegurar la participación ciudadana. Se establecen los procedimientos para la difusión de la convocatoria, acceso a la información y registro de oradores.
1. tuo ley 29090 ley regulacion habilitaciones urbanas y edificacionesCarlos Zea
Este documento presenta el Texto Único Ordenado de la Ley No 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. En primer lugar, resume los antecedentes y motivos para la creación de este Texto Único Ordenado. Luego, presenta los cinco títulos que contiene la ley, incluyendo disposiciones generales, procedimientos de habilitación urbana, licencias de edificación, fiscalización y recepción de obras. Por último, define los términos clave relacionados a habilitaciones
Medio Ambiente por MARIELA FERNANDEZ RAMOS, JEFA UNIDAD JURIDICAapaoladaza
El Ministerio del Medio Ambiente es el órgano del Estado encargado de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas.
Este documento aprueba el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos mediante un Decreto Supremo. El Reglamento establece disposiciones para promover la eficiencia en el uso de materiales, regular el manejo de residuos sólidos desde su generación hasta la disposición final, y establecer instrumentos de planificación como el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos y los Planes de Gestión de Residuos Sólidos Municipales.
Este documento contiene varios artículos de una ley mexicana relacionados con el medio ambiente. Establece que ciertas obras y actividades requerirán un informe preventivo en lugar de una manifestación de impacto ambiental si cumplen con ciertos criterios. También describe los tipos de áreas naturales protegidas y sus objetivos de preservar ecosistemas, biodiversidad y recursos naturales. Finalmente, estipula que los propietarios dentro de estas áreas deben sujetarse a las regulaciones establecidas para la protección del medio
ACUERDO N 48° DE 2014
Por medio del cual se adopta la revisión y ajuste de largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Medellín y se dictan otras disposiciones complementarias
Este documento establece lineamientos para la formulación y aprobación de planes de contingencia a nivel nacional, sectorial, regional y local. Define qué es un plan de contingencia, su contenido mínimo requerido e indica que deben formularse de acuerdo a la normativa vigente sobre gestión de riesgos de desastres. Además, aprueba estos lineamientos y designa al Instituto Nacional de Defensa Civil como la entidad encargada de promover y supervisar su cumplimiento.
Componente ambiental y de gestión del riesgoEktwr1982
Este documento hace un llamado a las autoridades ambientales y territoriales a promover la incorporación del componente ambiental y de gestión del riesgo en los planes de ordenamiento territorial de los municipios. Explica que los planes de ordenamiento territorial son instrumentos clave para el desarrollo sostenible del territorio y deben incluir determinantes ambientales. También resume brevemente el marco legal de los planes de ordenamiento y su importancia para la planificación territorial y la conservación ambiental.
El documento describe la organización de los sistemas de gestión ambiental a nivel regional y local en Perú. Establece que los gobiernos regionales y locales ejercen funciones ambientales de acuerdo con sus leyes orgánicas y la Ley General del Ambiente. También describe la conformación y objetivos de los Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, incluyendo sus órganos como las Comisiones Ambientales Regionales y Locales.
Este decreto legislativo modifica la Ley No 30556 para establecer medidas adicionales que permitan una ejecución más eficiente del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios en el Perú. Las modificaciones incluyen definir con más detalle las funciones de la Autoridad para la Reconstrucción y las entidades ejecutoras, así como facilitar la transferencia de bienes estatales necesarios para la implementación del plan de reconstrucción.
Este documento presenta el Plan Nacional de Protección Civil de Chile. El plan tiene como objetivo disponer de una planificación multisectorial en materia de protección civil para el desarrollo de acciones de prevención y atención de emergencias y desastres de manera integral. El plan establece los objetivos, marco conceptual, gestión, procedimientos, flujos de información y medidas administrativas y económicas para el manejo de emergencias a nivel nacional, regional y local.
Este documento presenta varios decretos y avisos relacionados con cambios en la estructura administrativa y operativa del gobierno de la Ciudad de México. Se reforman y adicionan artículos del Reglamento Interior de la Administración Pública para crear nuevas direcciones generales y ejecutivas, y definir sus atribuciones. También se prorroga la suspensión temporal del trámite de solicitudes ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
La Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza resolvió suspender el procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto inmobiliario "Fraccionamiento El Caramillo" debido a la declaración de emergencia ambiental en la zona del Piedemonte por 12 meses. La suspensión se aplica a todos los procedimientos ambientales en curso en esa zona durante el período de emergencia.
Este documento presenta un convenio de coordinación entre la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México, el estado de Sinaloa y el municipio de Navolato para establecer las bases para la formulación, aprobación, ejecución y modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del municipio de Navolato. El convenio describe los antecedentes legales y las declaraciones de cada parte con respecto a su autoridad para participar en el convenio.
Reglamento general sobre los procedimientos de evaluacion de impacto ambienta...Raisa Roca
Este documento establece el Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental en Costa Rica. El reglamento define los requisitos y procedimientos para determinar la viabilidad ambiental de nuevas actividades, obras o proyectos que puedan afectar el ambiente. El objetivo es lograr el desarrollo sostenible mediante la prevención, mitigación y compensación de impactos ambientales negativos de acuerdo con la legislación costarricense y tratados internacionales.
Este documento establece nuevos estándares de calidad ambiental (ECA) para el suelo en Perú. Aprobaron nuevos ECA para suelo que actualizan los valores límite de parámetros como hidrocarburos, metales pesados y compuestos orgánicos en el suelo. Los nuevos ECA para suelo constituyen valores de referencia obligatorios para proyectos e instrumentos de gestión ambiental y protegen la salud humana y el ambiente.
El documento insta a las autoridades ambientales a presentar un informe sobre el cumplimiento de la Ley 1124 de 2007 y el Decreto 1299 de 2008, los cuales requieren que las grandes y medianas empresas industriales tengan un Departamento de Gestión Ambiental. El informe debe incluir información como el número de empresas que han creado este departamento, los sectores a los que pertenecen, y las acciones tomadas contra aquellas que no lo han establecido.
Este documento establece nuevas normas legales relacionadas con la calidad ambiental del suelo en Perú. Aprobaron los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo, que definen los niveles máximos permitidos de sustancias contaminantes en el suelo. Además, se requiere que proyectos nuevos y en curso realicen muestreos de suelo y actualicen sus planes de gestión ambiental para cumplir con los nuevos estándares. También se especifican los procedimientos para identificar sitios contaminados y elaborar Planes
Este documento presenta el Reglamento de Ecología para el Municipio de San Luis Potosí. Establece las atribuciones del gobierno municipal en materia ambiental de acuerdo con la legislación mexicana. Incluye disposiciones sobre la formulación de políticas ambientales, prevención de la contaminación, manejo de residuos, protección de áreas naturales y cumplimiento de normas ambientales. El reglamento tiene como objetivo regular estas actividades para proteger el ambiente y la salud pública en el municipio.
Este documento presenta decretos y acuerdos del Gobierno del Distrito Federal relacionados con cambios en leyes y
reglamentos. Se realizan adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y a la Ley de
Protección y Fomento al Empleo para incluir definiciones y atribuciones relacionadas con el acoso laboral.
Este documento presenta varios avisos de diferentes dependencias del gobierno del Distrito Federal de México. Incluye un aviso de cambio de domicilio y días de suspensión de plazos de la Procuraduría Social del Distrito Federal, un aviso de enmienda a una cuota publicada previamente por la Secretaría del Medio Ambiente, y avisos sobre enlaces electrónicos a manuales administrativos de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial y el Instituto de la Juventud del Distrito Federal.
La resolución convoca a una audiencia pública para el 28 de diciembre en Malargüe para discutir una nueva reglamentación sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales en Mendoza, a fin de llenar un vacío legal y asegurar la participación ciudadana. Se establecen los procedimientos para la difusión de la convocatoria, acceso a la información y registro de oradores.
1. tuo ley 29090 ley regulacion habilitaciones urbanas y edificacionesCarlos Zea
Este documento presenta el Texto Único Ordenado de la Ley No 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. En primer lugar, resume los antecedentes y motivos para la creación de este Texto Único Ordenado. Luego, presenta los cinco títulos que contiene la ley, incluyendo disposiciones generales, procedimientos de habilitación urbana, licencias de edificación, fiscalización y recepción de obras. Por último, define los términos clave relacionados a habilitaciones
Medio Ambiente por MARIELA FERNANDEZ RAMOS, JEFA UNIDAD JURIDICAapaoladaza
El Ministerio del Medio Ambiente es el órgano del Estado encargado de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas.
Este documento aprueba el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos mediante un Decreto Supremo. El Reglamento establece disposiciones para promover la eficiencia en el uso de materiales, regular el manejo de residuos sólidos desde su generación hasta la disposición final, y establecer instrumentos de planificación como el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos y los Planes de Gestión de Residuos Sólidos Municipales.
Este documento contiene varios artículos de una ley mexicana relacionados con el medio ambiente. Establece que ciertas obras y actividades requerirán un informe preventivo en lugar de una manifestación de impacto ambiental si cumplen con ciertos criterios. También describe los tipos de áreas naturales protegidas y sus objetivos de preservar ecosistemas, biodiversidad y recursos naturales. Finalmente, estipula que los propietarios dentro de estas áreas deben sujetarse a las regulaciones establecidas para la protección del medio
ACUERDO N 48° DE 2014
Por medio del cual se adopta la revisión y ajuste de largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Medellín y se dictan otras disposiciones complementarias
Este documento establece lineamientos para la formulación y aprobación de planes de contingencia a nivel nacional, sectorial, regional y local. Define qué es un plan de contingencia, su contenido mínimo requerido e indica que deben formularse de acuerdo a la normativa vigente sobre gestión de riesgos de desastres. Además, aprueba estos lineamientos y designa al Instituto Nacional de Defensa Civil como la entidad encargada de promover y supervisar su cumplimiento.
Componente ambiental y de gestión del riesgoEktwr1982
Este documento hace un llamado a las autoridades ambientales y territoriales a promover la incorporación del componente ambiental y de gestión del riesgo en los planes de ordenamiento territorial de los municipios. Explica que los planes de ordenamiento territorial son instrumentos clave para el desarrollo sostenible del territorio y deben incluir determinantes ambientales. También resume brevemente el marco legal de los planes de ordenamiento y su importancia para la planificación territorial y la conservación ambiental.
El documento describe la organización de los sistemas de gestión ambiental a nivel regional y local en Perú. Establece que los gobiernos regionales y locales ejercen funciones ambientales de acuerdo con sus leyes orgánicas y la Ley General del Ambiente. También describe la conformación y objetivos de los Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, incluyendo sus órganos como las Comisiones Ambientales Regionales y Locales.
Este decreto legislativo modifica la Ley No 30556 para establecer medidas adicionales que permitan una ejecución más eficiente del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios en el Perú. Las modificaciones incluyen definir con más detalle las funciones de la Autoridad para la Reconstrucción y las entidades ejecutoras, así como facilitar la transferencia de bienes estatales necesarios para la implementación del plan de reconstrucción.
Este documento presenta el Plan Nacional de Protección Civil de Chile. El plan tiene como objetivo disponer de una planificación multisectorial en materia de protección civil para el desarrollo de acciones de prevención y atención de emergencias y desastres de manera integral. El plan establece los objetivos, marco conceptual, gestión, procedimientos, flujos de información y medidas administrativas y económicas para el manejo de emergencias a nivel nacional, regional y local.
Este documento presenta varios decretos y avisos relacionados con cambios en la estructura administrativa y operativa del gobierno de la Ciudad de México. Se reforman y adicionan artículos del Reglamento Interior de la Administración Pública para crear nuevas direcciones generales y ejecutivas, y definir sus atribuciones. También se prorroga la suspensión temporal del trámite de solicitudes ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
La Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza resolvió suspender el procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto inmobiliario "Fraccionamiento El Caramillo" debido a la declaración de emergencia ambiental en la zona del Piedemonte por 12 meses. La suspensión se aplica a todos los procedimientos ambientales en curso en esa zona durante el período de emergencia.
Este documento presenta un convenio de coordinación entre la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México, el estado de Sinaloa y el municipio de Navolato para establecer las bases para la formulación, aprobación, ejecución y modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del municipio de Navolato. El convenio describe los antecedentes legales y las declaraciones de cada parte con respecto a su autoridad para participar en el convenio.
Reglamento general sobre los procedimientos de evaluacion de impacto ambienta...Raisa Roca
Este documento establece el Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental en Costa Rica. El reglamento define los requisitos y procedimientos para determinar la viabilidad ambiental de nuevas actividades, obras o proyectos que puedan afectar el ambiente. El objetivo es lograr el desarrollo sostenible mediante la prevención, mitigación y compensación de impactos ambientales negativos de acuerdo con la legislación costarricense y tratados internacionales.
Este documento establece nuevos estándares de calidad ambiental (ECA) para el suelo en Perú. Aprobaron nuevos ECA para suelo que actualizan los valores límite de parámetros como hidrocarburos, metales pesados y compuestos orgánicos en el suelo. Los nuevos ECA para suelo constituyen valores de referencia obligatorios para proyectos e instrumentos de gestión ambiental y protegen la salud humana y el ambiente.
El documento insta a las autoridades ambientales a presentar un informe sobre el cumplimiento de la Ley 1124 de 2007 y el Decreto 1299 de 2008, los cuales requieren que las grandes y medianas empresas industriales tengan un Departamento de Gestión Ambiental. El informe debe incluir información como el número de empresas que han creado este departamento, los sectores a los que pertenecen, y las acciones tomadas contra aquellas que no lo han establecido.
Este documento establece nuevas normas legales relacionadas con la calidad ambiental del suelo en Perú. Aprobaron los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo, que definen los niveles máximos permitidos de sustancias contaminantes en el suelo. Además, se requiere que proyectos nuevos y en curso realicen muestreos de suelo y actualicen sus planes de gestión ambiental para cumplir con los nuevos estándares. También se especifican los procedimientos para identificar sitios contaminados y elaborar Planes
Este documento presenta el Reglamento de Ecología para el Municipio de San Luis Potosí. Establece las atribuciones del gobierno municipal en materia ambiental de acuerdo con la legislación mexicana. Incluye disposiciones sobre la formulación de políticas ambientales, prevención de la contaminación, manejo de residuos, protección de áreas naturales y cumplimiento de normas ambientales. El reglamento tiene como objetivo regular estas actividades para proteger el ambiente y la salud pública en el municipio.
Este documento presenta decretos y acuerdos del Gobierno del Distrito Federal relacionados con cambios en leyes y
reglamentos. Se realizan adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y a la Ley de
Protección y Fomento al Empleo para incluir definiciones y atribuciones relacionadas con el acoso laboral.
Este documento presenta varios avisos de diferentes dependencias del gobierno del Distrito Federal de México. Incluye un aviso de cambio de domicilio y días de suspensión de plazos de la Procuraduría Social del Distrito Federal, un aviso de enmienda a una cuota publicada previamente por la Secretaría del Medio Ambiente, y avisos sobre enlaces electrónicos a manuales administrativos de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial y el Instituto de la Juventud del Distrito Federal.
Este documento contiene varios avisos y anuncios de las autoridades del Distrito Federal de México. Incluye un nuevo concepto y cuota para pintura vinílica en la Subsecretaría de Sistema Penitenciario, la publicación de procedimientos integrados al manual de salud pública en la Secretaría de Salud, y decretos para delegar facultades a directores en materia de obras públicas en la Delegación Álvaro Obregón.
Este documento presenta varias reformas al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Se reforman y adicionan artículos relacionados con las atribuciones de la Oficialía Mayor, la Secretaría de Gobierno y la Coordinación General de Control y Profesionalización de las Unidades Responsables de la Administración. También se derogan algunas fracciones y artículos específicos. El objetivo general es establecer y clarificar las funciones de estas entidades en materia de administración pública.
Este documento presenta el Manual Específico de Operación del Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal. Describe la integración, atribuciones y funciones del Comité, así como los criterios y procedimientos de operación. El objetivo es otorgar becas a hijos del personal de la policía para fomentar el hábito del estudio de manera equitativa y dentro del marco legal.
Este documento contiene varios decretos y acuerdos relacionados con cambios en el Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal de México. Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones para
modificar las atribuciones de las direcciones generales y otras dependencias de la administración pública delegacional.
También se otorgan subsidios fiscales para el pago de impuestos prediales y sobre tenencia de vehículos.
El documento describe las atribuciones de varias dependencias normativas del gobierno mexicano relacionadas con la administración pública y los servicios urbanos. Detalla las funciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Gobernación, la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Desarrollo Social en relación con la gestión de bienes, la construcción y mantenimiento de instalaciones, y la prestación de servicios públicos como cárceles, centros de menores y vivienda.
Este documento presenta el índice de una edición de la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Incluye avisos de varias secretarías y dependencias del gobierno del Distrito Federal, como la Secretaría del Medio Ambiente, la Secretaría de Seguridad Pública y la Secretaría de Educación. También incluye convocatorias de licitación pública de diferentes dependencias y una sección de avisos varios.
Base Legal Para la Supervisión EFA DistritalDSKUQUIAN
Este documento establece la base legal para la supervisión de gobiernos locales (distritales) en Perú. Describe las leyes y decretos que otorgan a las municipalidades distritales y provinciales la autoridad para supervisar temas como gestión ambiental, calidad ambiental, áreas verdes, residuos sólidos, y recibir denuncias ambientales. También establece los planes y contenidos requeridos para instrumentos de planificación urbana como los Planes de Desarrollo Urbano y los Planes Urbanos Distritales.
Este documento presenta los lineamientos para la operación del Fideicomiso Asimilado a Público para la Atención Integral de las Adicciones en el Distrito Federal. Se establece que el fideicomiso tendrá como objetivo financiar proyectos de prevención, tratamiento, investigación, formación y capacitación relacionados con las adicciones. Se describen las partes involucradas, como el fideicomitente, fiduciario y fideicomisarios, así como sus funciones. También se especifica la constitución y funciones del Com
Este documento presenta el Programa de Acción ante el Cambio Climático de la Delegación Milpa Alta (PACDEL Milpa
Alta). El programa incluye un diagnóstico de las principales fuentes de emisiones de gases de efecto invernadero, un análisis
de la vulnerabilidad de la población y territorio a los efectos del cambio climático, y una serie de acciones de mitigación,
adaptación y educación para reducir los riesgos ambientales, sociales y económicos del cambio climático. El objetivo es
Este documento presenta información sobre la legislación y los aspectos a verificar durante una auditoría ambiental en materia de residuos peligrosos, residuos de manejo especial, residuos sólidos urbanos y otros residuos. Explica las facultades de la federación, los estados y los municipios sobre cada tipo de residuo, así como la legislación aplicable a los residuos peligrosos. También describe los aspectos documentales y físicos a revisar durante la auditoría para cada tipo de residuo.
Este documento presenta el Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo para el Distrito Federal de México. Establece las definiciones clave relacionadas con el impacto ambiental y riesgo, así como los procedimientos para evaluarlos e imponer medidas para prevenir o mitigar sus efectos negativos. El reglamento es de aplicación a programas, obras y actividades públicas o privadas en el Distrito Federal y busca promover el desarrollo sustentable protegiendo el ambiente.
El documento presenta modificaciones al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal. Se adicionan las partidas genéricas 4690 y 7590, y las partidas específicas 4691, 7592 y 7599. También se modifica la partida genérica 7590 y la partida específica 7591, con el objetivo de armonizar la clasificación del gasto con las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
Este documento presenta decretos para reformar y adicionar disposiciones a la Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal y a la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal. Se adiciona el concepto de "Mercado de Trueque" y se promueve el establecimiento de este mercado donde los habitantes puedan intercambiar residuos sólidos por productos agrícolas. También se adiciona un artículo para que la Secretaría promueva sistemas de intercambio de residuos por productos agrícolas y
Este documento contiene varios avisos relacionados con modificaciones a la Convocatoria y Reglas de Operación del Programa "Apoyo para el Desarrollo de las Sociedades Cooperativas de la Ciudad de México" Cooperativas CDMX 2015. Se realizan cambios a estos documentos para mejorar el cumplimiento de las metas del programa. También se publican listados de trámites de varias delegaciones político-administrativas del Distrito Federal. Finalmente, se incluyen decretos, acuerdos y convocatorias de licitación
Este documento anuncia que el Director General de Servicios Legales ha designado a varios servidores públicos de la Ciudad de México como apoderados generales para la defensa jurídica de la administración pública de la ciudad. También instruye a las secretarías de Obras y Servicios y Medio Ambiente a implementar un plan para convertir las instalaciones de la planta de asfalto en un espacio público ecológico. Finalmente, varias delegaciones anuncian convocatorias y actividades recreativas.
Este documento presenta el Manual Específico de Operación Archivística de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal. Incluye el marco jurídico, objetivo general, integración, atribuciones, funciones, criterios de operación, procedimientos y glosario relacionados con la administración de archivos en la Secretaría. Asimismo, delega facultades a diversos servidores públicos de dependencias del gobierno del Distrito Federal y publica convocatorias de licitación.
Decreto 185 09 - evaluacion de impacto ambientalCarol Villanueva
Este documento reglamenta el procedimiento de evaluación de impacto ambiental para proyectos en la provincia de Chubut, Argentina. Establece las etapas del procedimiento incluyendo la presentación de documentación, participación ciudadana, dictamen técnico y declaración de impacto ambiental. Además, define términos clave como impacto ambiental, estudio de impacto ambiental y declara la autoridad de aplicación de esta reglamentación.
DILIGENCIAS PRELIMINARES DE CURSO DE ESPCIALIAZCION.pptxRichardDiaz252741
SON PRIMEROS ACTOS DE INVESTIGACIÓN LLEVADOS A CABO POR LA POLICIA NACIONAL , DESPUES DE RECIBIR UNA DENUNCIA O CUANDO REALIZA VERIFICACIONES E INDAGACIONES INVESTIGATIVAS BAJO LA CONDUCCIÓN DEL FISCAL
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de...edwin70
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de la facultad multidisciplinaria de la universidad de Es Salvador, con el fin que puedan mostrar sus habilidades y destrezas para analizar y sintetizar cada uno de estos convenios
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvador
D075e01fa4607f85355eed69d75a630d
1. Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 1° DE DICIEMBRE DE 2015 No. 229
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Jefatura de Gobierno
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal 3
Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo
Aviso por el que se da a conocer el Manual Administrativo de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, con
número de Registro MA-55/091115-D-STYFE-14/2007 6
Delegación Miguel Hidalgo
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de la Actividad Institucional “Impulso a la Cultura de
los Derechos Humanos” de la Delegación Miguel Hidalgo, para el Ejercicio Fiscal 2015 7
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal.- Licitación
Pública Nacional número AEP/LPN/30090001/019-2015.- Convocatoria 015/2015.- Rehabilitación de la Calle
Corregidora_Corredor de la Nación 12
Continúa en la Pág. 2
2. 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Diciembre de 2015
Índice
Viene de la Pág. 1
SECCIÓN DE AVISOS
Communitas Aurum, S.A.P.I. de C.V. 15
Greats Games, S.A. de C.V. 17
Kaiya, S. de R.L. de C. V. 17
Bienes Raíces Rincón del Bosque, S.A. de C.V. 18
Jan Productos, S.A. de C.V. 18
Aviso 19
3. 1° de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
JEFATURA DE GOBIERNO
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122,
Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7º, 8º
fracción II, 67 fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 12, 14, 15 fracciones I y IV, 23 fracción XXII
y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman el numeral 7, fracción IV, del artículo 7º, la fracción VIII, del artículo 54, las
fracciones V, XVIII y XX, del artículo 55, el primer párrafo y las fracciones I, II, III, VI, VIII, IX, X, XI, XIII, XIV, XV,
XVI, XVII, XX, XXI, XXVI y XXVII del artículo 56 Quintus; y se adicionan las fracciones XXVIII, XXIX y XXX al
artículo 56 Quintus, todos del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, para quedar como
sigue:
Artículo 7°.- …
I. a III. …
IV…
1.- a 6.- …
7.- Dirección General de Vigilancia Ambiental.
…
Artículo 54.- …
I. a VII. …
VIII. Establecer criterios técnicos y coadyuvar con la Dirección General de Vigilancia Ambiental en la operación de los
sistemas de verificación de fuentes fijas de la jurisdicción del Distrito Federal, así como en los programas de reducción de
emisiones contaminantes y de combustibles alternos;
…
Artículo 55.- …
I. a IV. …
V. Establecer lineamientos y coadyuvar con la Dirección General de Vigilancia Ambiental, la observancia de las Normas
Oficiales Mexicanas y demás normativa en materia de medio ambiente y recursos naturales, en el ámbito de la competencia
del Distrito Federal;
VI. a XVII. …
XVIII. Realizar análisis costo-beneficio de las políticas e instrumentos ambientales y coadyuvar con la Dirección General
de Planeación y Coordinación de Políticas en la evaluación de programas e instrumentos de política ambiental;
XIX. …
4. 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Diciembre de 2015
XX. Coadyuvar con la Dirección General de Vigilancia Ambiental en la inspección y vigilancia ambiental, así como en la
operación de los sistemas de verificación ambiental de competencia del Distrito Federal;
…
Artículo 56 Quintus.- Corresponde a la Dirección General de Vigilancia Ambiental:
I. Coordinar las estrategias y acciones de inspección y vigilancia para verificar el cumplimiento de la legislación aplicable
en materia ambiental a las fuentes de contaminación ambiental, fijas y móviles, así como en suelo urbano, suelo de
conservación, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas, competencia del Distrito Federal;
II. Coordinar y operar los sistemas de vigilancia y de video-vigilancia ambiental en suelo urbano, suelo de conservación,
áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas del Distrito Federal, para verificar el cumplimiento de las
disposiciones jurídicas aplicables en materia ambiental de competencia local;
III. Establecer, coordinar y ordenar de conformidad con la normatividad aplicable en materia ambiental para el Distrito
Federal, los actos de inspección y vigilancia ambiental e imponer medidas correctivas de urgente aplicación y de seguridad,
así como las sanciones administrativas procedentes;
IV. a V. …
VI. Prevenir los actos u omisiones que atentan contra el medio ambiente por la emisión de contaminantes o la relación de
obras o actividades que requieran autorización en materia de impacto ambiental y riesgo;
VII. …
VIII. Proponer al titular de la Secretaría del Medio Ambiente las políticas y lineamientos en materia de inspección y
vigilancia ambiental;
IX. Coordinar las acciones de vigilancia en materia vehicular para verificar el cumplimiento de las normas sobre los niveles
de emisión de contaminantes, así como de aquellos que rebasen los límites máximos permisibles, establecidos en las
Normas Oficiales Mexicanas aplicables, o aquellos determinados por las autoridades competentes;
X. Coordinar la inspección y vigilancia ambiental en centros de verificación vehicular, mediante el apoyo de nuevas
tecnologías como la video-vigilancia remota y demás que se requieran;
XI. Coadyuvar con las diversas instancias de la Administración Pública del Distrito Federal y de la Administración Pública
Federal, en los actos de inspección y vigilancia en el ámbito de sus respectivas competencias;
XII. …
XIII. Participar en el ámbito de su competencia, en la elaboración de programas y medidas para prevenir y controlar
emergencias y contingencias ambientales;
XIV. Coordinar y operar la inspección y vigilancia en materia de impacto ambiental y riesgo de conformidad con la
normatividad aplicable para el Distrito Federal;
XV. Coordinar la inspección y vigilancia de las actividades relacionadas con la poda, trasplante y derribo de arbolado en
suelo urbano de conformidad con la normatividad aplicable;
XVI. Iniciar, tramitar y resolver los procedimientos administrativos derivados de los actos de inspección, verificación y
vigilancia que impliquen infracciones e incumplimientos a la normatividad ambiental aplicable en el Distrito Federal, e
imponer en su caso, las medidas de seguridad, correctivas o de urgente aplicación que sean necesarias, así como las
sanciones procedentes;
5. 1° de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5
XVII. Participar de manera interinstitucional en las acciones necesarias para la inspección y vigilancia del uso, destino y
cambio de uso de suelo en áreas de valor ambiental, suelo de conservación y áreas naturales protegidas del Distrito Federal;
XVIII. a XIX. …
XX. Promover la participación corresponsable en materia ambiental de la ciudadanía, de los sectores público, social y
privado, en acciones de vigilancia ambiental;
XXI. Vigilar en áreas naturales protegidas, zonas rurales y boscosas, el cumplimiento de la normatividad de las
declaratorias que se expidan en el ámbito de competencia de la Secretaría del Medio Ambiente;
XXII. a XXV. …
XXVI. Denunciar y colaborar con las autoridades competentes cuando, derivado del ejercicio de sus atribuciones, se tenga
conocimiento de un hecho u omisión que pudiera constituir delito de conformidad con la normatividad aplicable en la
materia;
XXVII. Proponer al titular de la Secretaría la celebración de convenios de coordinación, colaboración y concertación que
fortalezcan las actividades de vigilancia e inspección ambiental;
XXVIII. Suscribir los documentos y demás actos jurídicos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones;
XXIX. Substanciar y resolver los recursos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones y conforme a las
disposiciones jurídicas deba conocer; y
XXX. Las demás que le atribuyan otros ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor el día primero de diciembre de dos mil quince.
TERCERO.- Los asuntos competencia de la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental serán tramitados y resueltos por
la Dirección General de Vigilancia Ambiental, atendiendo las instrucciones del titular de la Secretaría del Medio Ambiente.
CUARTO.- A la Dirección General de Vigilancia Ambiental, se le transferirán los recursos humanos, materiales, técnicos y
financieros para el desempeño adecuado de sus atribuciones, en los términos y condiciones que establezca la Secretaría de
Finanzas y la Oficialía Mayor.
QUINTO.- La Secretaría del Medio Ambiente deberá adecuar su estructura orgánica y elaborar su Manual Administrativo
en los plazos y condiciones que establezca la Oficialía Mayor.
SEXTO.- Las referencias hechas en ordenamientos e instrumentos administrativos a la Dirección Ejecutiva de Vigilancia
Ambiental, se entenderán hechas a la Dirección General de Vigilancia Ambiental.
SÉPTIMO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Dado en la residencia oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México Distrito Federal, a los treinta
días del mes de noviembre de dos mil quince.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL
ANGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO
CASTRO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, TANYA MÜLLER GARCÍA.- FIRMA.
6. 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Diciembre de 2015
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO
C. AMALIA GARCÍA MEDINA, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo del Gobierno del Distrito Federal,
con fundamento en los artículos 15 fracción XVIII, 16 fracción IV y 23 ter de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, 1°, 15, 18 y Noveno Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y numeral Trigésimo Octavo de los
Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública del Distrito Federal y de conformidad con el registro MA-55/091115-D-STyFE-14/2007, otorgado por la
Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor del Distrito Federal, he tenido a bien dar a
conocer el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA
DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, CON NÚMERO DE REGISTRO: MA-55/091115-D-STyFE-
14/2007 OTORGADO POR LA COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACION
ADMINISTRATIVA, MEDIANTE OFICIO NÚMERO OM/CGMA/2126/2015 DE FECHA 9 DE
NOVIEMBRE DE 2015, EL CUAL PODRÁ CONSULTARSE EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN
ELECTRÓNICA: http://www.styfe.df.gob.mx/comunicacionSocial/Manual.php
ÚNICO. Se da a conocer el Manual Administrativo de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, con número de
Registro MA-55/091115-D-STyFE-14/2007, emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la
Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, se encuentra para su consulta en el Portal de Internet de la Secretaría de
Trabajo y Fomento al Empleo, en la siguiente liga electrónica:
http://www.styfe.df.gob.mx/comunicacionSocial/Manual.php
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.
SEGUNDO.- El presente Manual Administrativo entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal y para su consulta, deberá remitirse a la siguiente liga electrónica:
http://www.styfe.df.gob.mx/comunicacionSocial/Manual.php
Ciudad de México, Distrito Federal a 18 de noviembre del 2015
LA SECRETARIA
(Firma)
C. AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA
7. 1° de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
Ing. Bertha Xóchitl Gálvez Ruíz, Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en los artículos 1, 102 apartado
“B” de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos; 87, 104, 105, 112 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 1, 3 fracción III, 10 Fracción XI, 37, 38, 39 fracciones VIII, XLIV y XLV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 96 y 97, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 32, 33 y 34 fracción II
de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 8, 120 y 122 Bis fracción XI del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD
INSTITUCIONAL “IMPULSO A LA CULTURA DE LOS DERECHOS HUMANOS” DE LA
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.
CONSIDERANDO
I.- Que la Actividad Institucional “Impulso a la Cultura de los Derechos Humanos” está destinada al fomento de la
participación de los ciudadanos y el otorgamiento de cursos en materia de Derechos Humanos, con el que se pretende
integrar a la sociedad y el respeto de los derechos humanos en la Delegación Miguel Hidalgo.
II.- Por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo establece las Reglas de Operación con base a los Lineamientos y
Mecanismos para la operación de la Actividad Institucional denominada “Impulso a la Cultura de los Derechos
Humanos”.
DIAGNÓSTICO
La Delegación Miguel Hidalgo cuenta con un censo poblacional de un total de 372.889 habitantes, lo cual representa un
aumento del 0.54% en comparación del año 2000 a la fecha respecto de la tasa de crecimiento promedio anual, razón por la
cual, los servicios que brinda este Órgano Político Administrativo debe aumentarse de acuerdo al crecimiento poblacional,
garantizando los derechos humanos de los ciudadanos en busca de mejor calidad de vida a los diferentes grupos de niños,
niños, adolescentes, jóvenes, persona adultas mayores y personas discapacitadas que se encuentra vulnerables sus derechos
humanos.
Este Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo ha implementado acciones y estrategias a través de la impartición
de talleres, cursos y capacitaciones, los cuales permiten dar a conocer y entender los derechos humanos de las o los niños,
adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores y personas con alguna discapacidad con el propósito de sensibilizar en
materia de derechos humanos a los ciudadanos, en busca siempre de los principios de igualdad, tolerancia, respeto,
democracia, transparencia y rendición de cuentas, además de responsabilidad social, pluralidad, multiculturalidad y
corresponsabilidad, capacitando a la ciudadanía de manera constante.
En la demarcación territorial existen grupos o bloques de diversas edades de 0-4, 5-9, 10-14, 15-19, 19-40, 41-50, 51-60,
61-80 para su sensibilización, los hombres ocupan el 46.3% y las mujeres el 53.7% de la población total. Los infantes,
niñas, niños, jóvenes y personas en adultez temprana ocupan la mayoría de la población, sin embargo, la tasa de adultos
mayores asciende año tras año.
A través de esta actividad institucional denominada “Impulso a la Cultura de los Derechos Humanos”, la Delegación
Miguel Hidalgo imparte talleres, cursos y capacitaciones a los habitantes y ciudadanos que les sean de su interés, así como a
los servidores públicos, a efectos de difundir y orientar los derechos humanos, basados en los principios de igualdad y no
discriminación, tolerancia, derechos sexuales y reproductivos, el derecho a la educación, vivienda, salud, medio ambiente,
movilidad y entre otros, con el propósito de hacerlos valer en la vida diaria.
Dichos talleres, cursos y capacitaciones impartidos a los vecinos, servidores públicos y población en general interesada,
están enfocados a grupos vulnerables y funcionarios, con la finalidad de que adquieran conocimientos en derechos
humanos.
8. 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Diciembre de 2015
El compromiso de esta Delegación es mejorar en cada momento la calidad de vida de los habitantes y ciudadanos en general
y la eficacia y eficiencia de los servicios que brindan los servidores públicos de la misma, con el propósito de satisfacer las
necesidades de la ciudadanía, respetando los derechos civiles, sociales, políticos, económicos y científicos de manera
responsable y transparente, garantizando en todo momento los derechos humanos de cada habitante de esta Delegación.
1. Dependencia o Entidad Responsable de la Actividad Institucional.
Delegación Miguel Hidalgo.
Dirección General de Gobierno y Participación Ciudadana.
Dirección de Políticas de Gobierno.
Subdirección de Vinculación con Organismos Externos
2. Objetivos y alcances
Objetivo General: Contribuir a los cambios hacia una cultura ciudadana bajo el enfoque de derechos humanos, igualdad y
no discriminación, poniendo énfasis en los derechos de la infancia, de las y los jóvenes, de las personas adultas mayores y
discapacidad. Así como la promoción de los derechos a la alimentación, a la vivienda, educación, salud, sexuales y
reproductivos, movilidad, medio ambiente, entre otros.
Objetivo Específico: Promover e impartir talleres, cursos y capacitaciones que permitan el conocimiento y respeto de los
derechos humanos en la Delegación Miguel Hidalgo.
Alcances. Con la implementación de esta Actividad Institucional, se estaría respetando los derechos humanos en busca de la
reconstrucción del tejido social, con el objeto de sensibilizar a la población y servidores públicos de esta Delegación.
3. Metas físicas
Población objetivo: 6,170 personas.
Cobertura efectiva de la Actividad Institucional (meta física) de 544 actividades entre talleres, cursos y capacitaciones.
Esta Actividad se encuentra focalizada en los derechos humanos, de acuerdo al índice de marginación del Distrito Federal,
realizado por la COPLADET-DF para el acceso pleno al ejercicio de sus derechos humanos.
4. Programación presupuestal.
Que derivado del Presupuesto de Egresos 2015, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal realizó la asignación adicional
a la Delegación Miguel Hidalgo, por el monto de $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) al rubro “Impulso a la
cultura de los derechos humanos”, con motivo del fortalecimiento de acciones para “el fomento de la participación de los
ciudadanos y el otorgamiento de cursos en derechos humanos…”, mediante la partida presupuestal 4451 denominada
“Ayudas Sociales a Instituciones sin fines de lucro”, y por la cual se realizarán, por parte de Asociaciones Civiles, la
impartición de las capacitaciones correspondientes.
4.1 Temporalidad de esta actividad institucional
Las actividades tendientes a la ejecución de los talleres, cursos y capacitaciones se realizaran en los meses de noviembre y
diciembre del 2015.
5. Requisitos y procedimientos de acceso.
5.1. Mecanismos de acceso.
9. 1° de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9
La actividad institucional denominada “Impulso a la Cultura de los Derechos Humanos”, está abierta al público en
general, por lo que a partir de esta fecha, las personas interesadas realizarán su registro en la oficinas de la Dirección de
Políticas de Gobierno perteneciente a la Dirección General de Gobierno y Participación Ciudadana en Miguel Hidalgo,
ubicada en Avenida Parque Lira Número 94, Planta Baja, colonia Observatorio, Código Postal 11860, México Distrito
Federal, Delegación Política Miguel Hidalgo, y podrán obtener los detalles de los talleres, cursos y capacitaciones
correspondientes, mismos serán realizados en los edificios de esta Delegación, en espacios públicos y en coadyuvancia con
otras Dependencias o Instituciones situadas en esta demarcación.
5.2. Requisitos y Condiciones
5.2.1 Ser habitante y/o trabajador de la Delegación Miguel Hidalgo.
5.2.2 Que transite por la Delegación Miguel Hidalgo.
5.2.3 Tener interés en conocer sus derechos humanos.
Cabe hacer mención que los grupos no deberán exceder el cupo de 50 participantes del taller y/o curso, con el fin de que se
cumpla con el objetivo de la pedagogía.
5.3. Criterios de Selección
La selección de los interesados será de acuerdo a los talles y/o cursos que se estén impartiendo dependiendo el grupo de
población al que pertenezcan, ya sea niñas y niños y sus tutores, las y los adolescentes, las y los jóvenes, las y los adultos,
las personas adultas mayores y con alguna discapacidad.
5.4. Mecanismo de Respuesta
Los mecanismos de respuesta son inmediatos.
Al término del ejercicio fiscal se publicará el Padrón de los asistentes a los talles y/o cursos de los derechos humanos, a
través la dirección electrónica http://miguelhidalgo.gob.mx/DDHHactividades .
Las preguntas, comentarios, sugerencias o quejas sobre la Actividad Institucional “Impulso a la Cultura de los Derechos
Humanos”, podrán hacerse llegar a través del correo electrónico derechoshumanos@miguelhidalgo.gob.mx, o en las
oficinas de la Subdirección de Vinculación con Organismos Externos de la Dirección de Políticas de Gobierno perteneciente
a la Dirección General de Gobierno y Participación Ciudadana en Miguel Hidalgo, en un horario de 09:00 a 17:00 horas de
lunes a viernes, con domicilio en Parque Lira Número 94, Planta Baja, colonia Observatorio, Código Postal 11860, México,
Distrito Federal, Delegación Política Miguel Hidalgo o en el teléfono 5276 7700 Extensiones 7730 y 7717.
6. Procedimientos de Instrumentación
6.1 Instrumentación.
Las personas interesadas deberán acudir a las oficinas de la Dirección de Políticas de Gobierno para realizar el
registro correspondiente a los talleres, cursos o capacitaciones de su agrado.
Acudir a los espacios donde se llevan a cabo los talleres, cursos y capacitaciones para realizar directamente su
registro con el personal que impartirá los mismos.
Presentarse de manera puntual a los talleres, cursos o capacitaciones de su elección.
6.2 Requisitos y Procedimientos de Acceso y Exclusión a la Actividad Social.
No hay requisitos específicos ya que se trata de una Actividad Institucional abierta al público en general.
6.3 Requisitos de acceso.
10. 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Diciembre de 2015
Tener el interés en la Actividad Institucional denominada “Impulso a la Cultura de los Derechos Humanos”, que la
persona interesada sea habitante de la Delegación Miguel Hidalgo, transite o sea trabajador dentro de la misma.
6.4 Funciones y Responsabilidades.
Dirección de Políticas de Gobierno
La función de esta Dirección es supervisar la realización de los talleres, cursos y capacitaciones, de conformidad con los
lineamientos establecidos en las presentes reglas. La Dirección se apoyará en la Subdirección de Vinculación con
Organismos Externos para la coordinación y realización de las metas, alcances y objetivos de la Actividad Institucional. Así
como las siguientes:
- Compilar la base de datos del registro de asistentes que proporcionen las Organizaciones No Gubernamentales de
cada uno de los talleres, cursos y capacitaciones, mismos que serán entregados en forma física y electrónica en
archivo Word.
- Integrar el padrón de Asistentes de conformidad con el artículo 34 fracción segunda de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal.
- El manejo de los datos personales que se recaben de los participantes o beneficiarios, se realizará conforme lo
establecido por la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
- Publicar el padrón en la Gaceta Oficial de Distrito Federal, así como en la dirección electrónica de la actividad
(http://miguelhidalgo.gob.mx/DDHHactividades), dando vista a la Contraloría Interna, con el propósito de
transparentar las actividades y el presupuesto ejercido durante el ejercicio del 2015.
Difusión.
Las Reglas de Operación de la Actividad Institucional denominada “Impulso a la Cultura de los Derechos Humanos”,
serán publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en la página electrónica de la Delegación Miguel Hidalgo.
La difusión se realiza a través de las organizaciones encargadas de realizar los talleres, cursos y capacitaciones, así como en
los servicios y actividades que brinda esta Delegación, convocatoria a los Comités Ciudadanos, Consejo Delegacional,
vecinos y a los servidores públicos de la misma, Portal de Internet de la Delegación Miguel Hidalgo
(www.miguelhidalgo.gob.mx).
Informes.
Comunicarse a la Subdirección de Vinculación con Organismos Externos de la Dirección de Políticas de Gobierno, sita en
Parque Lira Número 94, Planta Baja, colonia Observatorio, Código Postal 11860, México, Distrito Federal, Delegación
Política Miguel Hidalgo o en el teléfono 5276 7700 Extensiones 7730 y 7717, en un horario de 09:00 a 17:00 horas de lunes
a viernes para solicitar informes sobre la actividad institucional denominada “Impulso a la Cultura de los Derechos
Humanos”.
7. La impartición de los talleres, cursos y capacitaciones.
Los talleres, cursos y capacitaciones se impartirán por Instituciones sin fines de lucro, especialistas en grupos de población
en específico y en diversas ramas de derechos humanos, las mismas que han participado en sensibilizaciones anteriores con
esta Delegación y que promoverán el respeto, la igualdad y no discriminación, la tolerancia y la transparencia en cada una
de sus actividades. La impartición se realizará en las instalaciones internas y externas de esta Órgano Político
Administrativo, así como en Deportivos, CENDIS, Faros del saber y espacios públicos que se encuentran dentro del
perímetro delegacional; así como en escuelas y otros espacios que pudieran ser útiles para la difusión de los derechos
humanos.
7.1 Temporalidad
11. 1° de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11
Las actividades tendientes a la ejecución de los talleres, cursos y capacitaciones se realizaran en los meses de noviembre y
diciembre del 2015.
7.2 Causas de Cancelación
a) Por falta de condiciones estructurales para llevar a cabo los talleres.
b) Por causas de fuerza mayor.
8. Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana:
Para el caso de inconformidad ingresar escrito dirigido a la Dirección General de Gobierno y Participación Ciudadana y/o
Dirección de Políticas de Gobierno.
Para la queja, presentar escrito dirigido a la Contraloría Interna en la Delegación Miguel Hidalgo, ubicada en la Av. de los
Alpes y Monte Altaí, colonia Lomas de Chapultepec V Sección., a los números telefónicos 55 20 10 98, 52 49 35 00
extensiones 2016 y 5506.
9. Mecanismos de exigibilidad:
Es obligación de los servidores públicos responsables de la ejecución de la Actividad, garantizar a la población interesada
en tomar los talles, cursos y capacitaciones, el ejercicio y goce pleno de sus derechos humanos, en igualdad de
oportunidades para el acceso a las actividades que serán impartidas, atendiendo a la disponibilidad de recursos financieros y
que para dicha causa se tienen destinados.
10. Mecanismos de evaluación y los indicadores:
Nombre del curso y número de beneficiarios.
Se aplican cuestionarios y/o encuestas al final del taller, curso y capacitación a los beneficiarios, para buscar el
mejoramiento y la excelencia de esta Actividad Institucional.
10. Formas de Participación Social:
Mediante la participación directa de los ciudadanos en los talleres, cursos, conferencias, seminarios, campañas y foros de los
derechos humanos a través de la Actividad Institucional “Impulso a la Cultura de los Derechos Humanos”, destinados a
mejorar la calidad de vida de la población de Miguel Hidalgo.
11. Articulación con otras Actividades o programas sociales:
Esta actividad institucional “Impulso a la Cultura de los Derechos Humanos”, en todo lo extenso de la palabra.
Esta actividad Institucional es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de esta actividad con
fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos a las normas de la materia. Quien haga uso
indebido de los recursos de esta actividad en el Distrito Federal será sancionado a lo que establece la Ley Federal
para Servidores Públicos y demás normas aplicables a la material, ante las autoridades competentes.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Ciudad de México a 27 de noviembre de 2015.
(Firma)
Ing. Bertha Xóchitl Gálvez Ruíz,
Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo,
12. CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal
Licitación Pública Nacional
Convocatoria: 015/2015
El C. Arq. Yakin Avendaño Velasco, Director Ejecutivo de Edificación del Espacio Público y con base en el oficio AEP-CG/370/72015 de fecha 02 de marzo
del 2015, Encargado del Despacho de la Dirección General de Proyectos, Construcción e Infraestructura de la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal
(AEPDF), Órgano Desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo establecido
en los artículos 134 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3° apartado A, fracción I y IV; 23, 24 apartado A), 25, apartado A), fracción I;
26, 28 y 44,fracción I, inciso a), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; 26, 27, 28, 29 y 30 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal; 198A,198B, 198C, fracciones IX, XI, XVIV y XV; 198D, fracciones V y IX, del Reglamento interior de la Administración Pública del Distrito Federal;
con base en el oficio AEP-CG/893/2015 signado por la C. MEM. Dhyana Shanti Quintanar Solares, en su carácter de Coordinadora General de la AEPDF, a
través de la Dirección General de Proyectos, Construcción e Infraestructura, convoca a las personas físicas y morales interesadas a participar en la licitación
pública de carácter nacional, para la contratación de la Obra Pública a base de precios unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado multianual,
conforme a lo siguiente:
No. de licitación
Costo de las Bases Fecha límite para
adquirir las bases
Visita al sitio de
realización de los
trabajos
Junta de
aclaraciones
Presentación y
apertura del
sobre único
Acto de fallo
AEP/LPN/30090001/
019-2015 $2,000.00
03/Dic./2015
hasta las 14:00 horas
04/Dic./2015
10:00 horas
11/Dic./2015
10:00 horas
18/Dic./2015
10:00 horas
28/Dic./2015
10:00 horas
Clave fsc (ccaop) Descripción general de la obra
Fecha de inicio
de los trabajos
Fecha de
terminación
Capital contable
requerido
S/C
“REHABILITACIÓN DE LA CALLE
CORREGIDORA_CORREDOR DE LA NACIÓN. 31/Dic./2015 30/Nov./2016 $40,200,000.00
Los recursos autorizados para la Licitación AEP/LPN/30090001/019-2015 fueron autorizados mediante Oficio de Otorgamiento de Suficiencia Presupuestal y
Multianualidad número AEP-DEA/1114/2015 de fecha 19 de noviembre de 2015, emitida por la Dirección Ejecutiva de Administración en la Autoridad del
Espacio Público.
El pago para la adquisición de las Bases de esta Licitación se deberá realizar mediante cheque de caja o cheque certificado, en el Banco SANTANDER, cuenta
bancaria N° 0141806550112346 referencia 2601 concepto: Venta de Bases para Licitaciones Públicas. Si el pago se realiza con cheque, éste deberá estar a
nombre del Gobierno del D.F/ Secretaría de Finanzas/ Tesorería del Gobierno del Distrito Federal.
Las Bases de la Licitación se encontrarán a la venta y consulta en la Dirección de Dictaminación Técnica y Jurídica de Procedimientos de Adjudicación de la
AEPDF., también podrán ser consultadas en la Página Oficial de la AEPDF: http://www.aep.df.gob.mx
13. 1.- Requisitos para adquirir las Bases:
Se deberá entregar en original o copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar:
1.1.- Escrito por parte del solicitante manifestando su interés en participar en la presente licitación, en papel membretado de la empresa, indicando los datos
completos del concurso en el que desea participar y comprobante de pago de las bases para su adquisición.
1.2.- Constancia del Registro de concursante actualizado, emitido por la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal.
1.2.1.- En caso de estar en trámite: Constancia de Registro en trámite, acompañado de documentos comprobatorios del capital contable mínimo (mediante
declaraciones fiscales, anual del último ejercicio fiscal y parciales del ejercicio fiscal actual), donde se compruebe el capital contable mínimo requerido, así como
estados financieros del ejercicio fiscal anterior, firmados por contador público registrado ante la S.H.C.P., anexando copia de la Cédula Profesional del mismo.
Los concursantes con los cuales se contrate la ejecución de la obra pública podrán presentar conjuntamente propuestas en los correspondientes concursos para
fines financieros, técnicos o de cualquier otra índole, sin necesidad de constituir una nueva sociedad, siempre que para tales efectos al celebrar el contrato
respectivo, se establezcan con precisión, a satisfacción del órgano desconcentrado, la proporción de participación financiera y las partes de la obra pública que
cada persona física o moral se obligará a realizar, así como la manera en que, en su caso, se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.
1.3.- Declaración escrita de no encontrarse en los supuestos de los Artículos 37 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 47 de la Ley Federal de
Responsabilidades de los servidores públicos.
1.4.- Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana.
2.- Información General
2.1.- El lugar de reunión para la visita a los sitios de los trabajos para la Licitación AEP/LPN/30090001-019-2015, será de acuerdo a lo siguiente:
10:00 Delegación Cuauhtémoc: calle Corregidora, esquina José María Pino Suárez, Colonia Centro, C.P. 06010.
Siendo obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico en construcción) acreditándose con cédula profesional, certificado de
técnico o carta de pasante (original y copia para su cotejo) y escrito de presentación en papel membretado de la empresa signado por el representante legal de la
misma.
2.3.- Las juntas de aclaraciones, actos de presentación y apertura de proposiciones, así como emisión del fallo, se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la
Autoridad del Espacio Público, ubicadas en: Insurgentes Centro N° 149, 3er piso, colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06470, el día y
hora indicados anteriormente. Siendo obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico en construcción) acreditándose con cédula
profesional, certificado de técnico o carta de pasante (original y copia para su cotejo) y escrito de presentación en papel membretado de la empresa signado por el
representante legal de la misma.
5.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español y en moneda nacional.
6.- Se otorgará un anticipo del 30% sobre el monto final de la propuesta ganadora.
7.- No se permitirá la subcontratación.
8.- Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas de
conformidad en el artículo 29, fracción V de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
14. 9.- La Autoridad del Espacio Público con base en los Artículos 40 fracción I, 41 fracción I y fracción I de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal efectuará
el análisis comparativo de las proposiciones admitidas, formulará el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante que reuniendo las condiciones
establecidas en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, haya presentado la postura legal, técnica, económica, financiera y administrativa
que presente la propuesta solvente más baja y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.
10.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.
11.- Las condiciones de pago son mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las que deberá realizarse por períodos máximos mensuales por concepto de
trabajo terminado, acompañados de la documentación que acredite la procedencia del pago.
12.- La forma de garantizar el cumplimiento y la debida aplicación del anticipo, serán mediante fianzas del 10 y 30%, respectivamente, a favor de la Secretaría de
Finanzas del Distrito Federal, a través de Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras del Distrito Federal.
13.- No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 37 de la Ley de Obras del Distrito Federal.
México, D.F., a 19 de noviembre de 2015
Arq. Yakin Avendaño Velasco
Director Ejecutivo de Edificación del Espacio Público y
Encargado del Despacho de la Dirección General de Proyectos,
Construcción e Infraestructura y Director Ejecutivo de Edificación del Espacio Público.
Responsable de la Licitación.
(Firma)
__________________________________________________________________
15. 1° de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15
SECCIÓN DE AVISOS
COMMUNITAS AURUM, S.A.P.I. DE C.V.
CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
PRIMERA CONVOCATORIA
De conformidad con las Cláusula 23 incisos (a), (d), (e) y (f) de los Estatutos Sociales de COMMUNITAS AURUM,
S.A.P.I. DE C.V. (la “Sociedad”), y en términos de los artículos 180, 182, 183, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles, SE CONVOCA a los accionistas de la Sociedad a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que se
celebrará el próximo día 18 de diciembre de 2015, a las 9:00 am horas, en Paseo de las Palmas 1397, Col. Lomas de
Chapultepec, Del. Miguel Hidalgo, C.P. 11010, México, Distrito Federal (la “Asamblea”). Los temas a tratar en la
Asamblea se resolverán conforme al siguiente:
Orden del Día
1. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación de la emisión de una nueva serie de
acciones, de conformidad con la Cláusula 7 de los Estatutos Sociales.
2. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación de la suscripción del aumento de capital de
la Sociedad, en su parte variable.
3. Asuntos varios relacionados con los anteriores.
En términos de la Cláusula 23 inciso (i) de los Estatutos Sociales y el artículo 192 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles, los accionistas podrán comparecer personalmente o por conducto de apoderado general o especial, designado
mediante simple carta poder firmada ante dos testigos.
México, Distrito Federal a 30 de noviembre de 2015
COMMUNITAS AURUM, S.A.P.I. DE C.V.
(Firma)
________________________________
Gerardo Obregón Salorio
Presidente del Consejo de Administración
16. 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Diciembre de 2015
AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL
A los Accionistas de COMMUNITAS AURUM, S.A.P.I. DE C.V.
Estimados Señores:
El 30 de noviembre de 2015 se llevó a cabo, en el domicilio social de Communitas Aurum, S.A.P.I. de C.V. (la
“Sociedad”), ubicado en Paseo de las Palmas 1397, Col. Lomas de Chapultepec, Del. Miguel Hidalgo, C.P. 11010, México,
Distrito Federal, la celebración de una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas (la “Asamblea”) mediante la cual se
resolvieron, entre otras cosas, aumentar el capital de la Sociedad en su parte variable por la cantidad de $4’800,000.00
(cuatro millones ochocientos mil pesos 00/100 Moneda Nacional).
Asimismo, los accionistas Conrad Jean Maurice Hottinger, Jorge Obregón Parlange, y María de la Asunción Gómez Mont
Urueta, manifestaron en la Asamblea su intención de suscribir dicho aumento de capital de la forma siguiente:
1.- El accionista Conrad Jean Maurice Hottinger, suscribirá la cantidad de $3’300,000.00 (tres millones trescientos mil
pesos 00/100 Moneda Nacional).
2.- El accionista Jorge Obregón Parlange, suscribirá la cantidad de $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 Moneda
Nacional).
3.- El accionista María de la Asunción Gómez Mont Urueta, suscribirá la cantidad de $500,000.00 (quinientos mil pesos
00/100 Moneda Nacional).
Por su parte, se acordó que las acciones que se emitan derivadas del aumento de capital aprobado, tendrán un derecho de
preferencia para suscribir $480,000.00 (cuatrocientos ochenta mil pesos 00/100 Moneda Nacional) con un 20% (veinte por
ciento) de descuento en el siguiente aumento de capital aprobado por la asamblea de accionistas.
Asimismo, se propuso emitir una nueva Serie de Acciones que incluya los derechos corporativos y económicos establecidos
en la Cláusula 8 inciso (e), e inciso (e) inciso (i) de los Estatutos Sociales, así como el derecho de preferencia señalado en el
párrafo anterior a efecto de que los accionistas de la Sociedad suscriban el aumento de capital aporbado.
Con base en la resolución anterior, y conforme a lo establecido en la Cláusula 11 de los Estatutos Sociales y el Artículo 132
de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se les informa a los accionistas de la Sociedad que tendrán un plazo de 15
(quince) días naturales, contados a partir de la publicación del presente aviso, para ejercer su derecho de preferencia para
suscribir el aumento de capital aprobado en la Asamblea, en la misma proporción al porcentaje que detente cada uno, de
acuerdo a los procedimientos establecidos en la Cláusula 11 de los Estatutos Sociales de la Sociedad.
La presente se emite para todos los efectos legales a que haya lugar.
México, Distrito Federal, a 30 de noviembre de 2015
(Firma)
_________________________________
Gerardo Obregón Salorio
Presidente del Consejo de Administración
de Communitas Aurum, S.A.P.I. de C.V.
17. 1° de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17
Greats Games, S.A. de C.V.
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de Accionistas
Con fundamento en el artículo Noveno de los Estatutos Sociales de GREATS GAMES, S.A. DE C.V. (en adelante, la
“Sociedad”), así como los artículos 183 y 186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de
la Sociedad a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que se celebrará el próximo 17 de diciembre de 2015, a las
10:00 horas en el inmueble ubicado en Bosque de Ciruelos 227, Colonia Bosques de las Lomas, Delegación Miguel
Hidalgo, código postal 11700, Distrito Federal, en la cual se desahogará el siguiente Orden del Día:
ORDEN DEL DÍA
I. Revocación y otorgamiento de poderes.
II. Nombramiento de nuevo Consejo de Administración.
III. Determinación de emolumentos correspondientes a los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad.
IV. Designación de delegados especiales para que ejecuten y formalicen las resoluciones adoptadas por la asamblea.
(Firma)
30 de noviembre de 2015
Mariano Anibal Garbini
Comisario de la Sociedad
KAIYA, S. de R.L. de C. V.
Estado de Posición Financiera Final de Liquidación
Al 16 de Noviembre de 2015
(Cifras Expresadas en Pesos)
En base de lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el balance final de
liquidación de la empresa KAIYA, S. de R.L. de C. V. en liquidación.
ACTIVO PASIVO
Capital Social $100,000.00
Caja $10,189.00 Reserva Legal $5,000.00
Bancos $48,686.66 Resultados Anteriores -$100,000.00
Resultado Ejercicio 0
Total Activo $58,875.66 Total Pasivo Mas Capital $5,000.00
El capital contable será reembolsado a cada uno de los accionistas en proposición al nuevo de sus acciones de las cuales son
tenedores.
Los papeles y libros de la sociedad quedan a disposición de los accionistas para efectos legales correspondientes.
México, D. F, a 16 de Noviembre de 2015
FENGQIN KAN DONG (Liquidadora) (Firma)
18. 18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Diciembre de 2015
BIENES RAICES RINCON DEL BOSQUE, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACIÓN)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
ACTIVO
CAJA 5,578
ACTIVOS CIRCULANTES 4,207,635
TOTAL ACTIVO 4,213,213
PASIVO
CUENTAS POR PAGAR 390,421
TOTAL PASIVO 390,421
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL 50,000
UTILIDADES ACUMULADAS 21,379,622
PERDIDAS ACUMULADAS -17,428,261
PERDIDA DEL EJERCICIO -178,569
TOTAL CAPITAL CONTABLE 3,822,792
TOTAL PASIVO Y CAPITAL 4,213,213
La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
México, D.F., a 29 de Octubre de 2015
Liquidador
(Firma)
Abdiel Ramírez Ramírez.
JAN PRODUCTOS, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE OCTUBRE DE 2015.
Activo circulante $369,156.04 Capital contable
Capital social 50,000.00
Resultados de ejercicios anteriores 760,854.85
Resultado del ejercicio -441,698.81
Total activo $369,156.04 Total Capital Contable $369,156.04
México, D.F. a 30 de octubre de 2015
(Firma)
Francisco Merinero Garrido
Liquidador Único
19. 1° de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y
Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al
público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
VIII. Rotular el disco con el título del documento;
IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta
responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué en el año 2015, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época
inserta en el Índice será la Décima Octava.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial del Distrito Federal se realizará de lunes a viernes, en días hábiles,
pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se
requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
20. 20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Diciembre de 2015
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno del Distrito Federal
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera...................................................................................... $ 1,702.00
Media plana............................................................................................ 915.50
Un cuarto de plana ................................................................................. 570.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.df.gob.mx
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)