Este documento establece el proceso debido para faltas graves o de alto riesgo en una institución educativa. Indica que el profesor o director informará sobre las faltas al Comité de Convivencia, quien analizará el caso y hará recomendaciones al Consejo Directivo para que imponga una sanción administrativa en primera instancia por el Rector y en segunda por el Consejo Directivo. Las sanciones pueden ir desde la mayor suspensión hasta la desescolarización por hasta dos años.