6. La
fitorremediación aprovecha
la capacidad de ciertas
plantas para absorber,
acumular, metabolizar,
volatilizar o estabilizar
contaminantes presentes en
el suelo, aire, agua o
sedimentos
La microrremediación, utiliza
seres microscópicos para
apoyar, sintetizar o degradar
el material orgánico
La ficorremediación, es una
de las tecnologías más
prometedoras para el
tratamiento y eliminación
de materia orgánica y
nutrientes, de las aguas
residuales de tipo urbana de
los pequeños núcleos de
población.
9. Los manglares son
ecosistemas claves pues
albergan una gran
biodiversidad, brindan
protección a la costa y
almacenan dióxido de
carbono (un gas que
contribuye al
calentamiento global).
En Ecuador,
los manglares son
bosques
esenciales para la
supervivencia de
las comunidades
locales y son
únicos en el
mundo.
– En cuanto a
la flora de los
manglares, se han
registrado por el
momento 179
especies de plantas.
– Los manglares
más grandes
del mundo han
sido registrados
en Majagual,
en la provincia
de Esmeraldas.
Históricamente, en los
años 80 y 90 los
manglares se vieron
afectados por
las camaroneras y la
tala para la
construcción de
viviendas. Sin embargo,
ahora son considerados
bienes nacionales
e intangibles.
– Para proteger a los
manglares, el MAE
ha llevado a
cabo Socio Manglar.
La iniciativa incentiva
la conservación de
estos ecosistemas.
12. •En Manabí, el estado de
conservación momentáneo y final
de los bosques de manglar es
crítico y las amenazas son
considerablemente altas.
•Los bosques de manglar
mantienen una fuerte relación
ecológica con otras regiones de la
costa y de tierra firme, incluyendo
áreas adyacentes afectadas por
diversas actividades humanas.
•En Cojimíes, por ejemplo, la
deforestación es evidente y crítica
y sus efectos específicos están
estrechamente relacionados con
las actividades camaroneras.
•En 1985, el gobierno implementó
la prohibición de construir granjas
camaroneras en o cerca de los
bosques de manglar costeros. Sin
embargo, las planicies de aguas
bajas cercanas se utilizan para la
cría de camarones como una
alternativa.
•En la región de Cojimíes se
realizan extensas actividades de
construcción de granjas
camaroneras y desarrollo de
pastizales, mientras que en Chone
existe la perturbación añadida de
los ríos y los procesos de
sedimentación.
•Los bosques de manglar de Manabí
fueron declarados prioritarios dentro de
las nuevas estrategias adoptadas por el
Sistema Nacional de Áreas Protegidas y
la Fundación Natura en 1989, pero en la
costa ecuatoriana sólo existen cuatro
áreas protegidas que abarcan los
ambientes marinos y costeros, y ninguna
de ellas incluye los bosques de manglar
de Manabí
•Algunas organizaciones no
gubernamentales que operan en el
país han dedicado su atención a
importantes áreas de investigación
y capacitación en la gestión
ambiental de estos y otros bosques
de manglar en el país.
13. •El avance de la construcción de piscinas para las granjas
camaroneras.
•Los factores que tienen un impacto directo en los ecosistemas
son el desarrollo urbano, la construcción de carreteras y puertos,
las obras de drenaje, la eliminación de residuos.
•Los efectos indirectos se producen por el sobre pastoreo en
tierras altas, afectando la sedimentación en el bosque de
manglar.
•En la sub-región de Cojimíes se presentan graves eventos de
fragmentación de hábitat.
•Estudios indican la pérdida de 9,03 km2 de bosque de manglar
y un aumento de 2,85 km2 en la cobertura de los criaderos de
camarones.
14. Leyes que regulan la protección de los
manglares en Ecuador.
•Constitución de la
República del Ecuador de
2008:Art. 242. El estado se
organiza territorialmente en
regiones, provincias,
cantones y parroquias
rurales. Por razones de
conservación ambiental,
étnico-culturales o de
población podrán
constituirse regímenes
especiales.
•Art. 257. (Segundo inciso)
Las parroquias, cantones o
provincias conformados
mayoritariamente por
comunidades, pueblos o
nacionalidades indígenas,
afro ecuatorianos,
montubios o ancestrales
podrán adoptar este
régimen de administración
especial, luego de una
consulta aprobado por al
menos las dos terceras
partes de los votos válidos.
•Art. 405. El sistema
nacional de áreas
protegidas garantizará la
conservación de la
biodiversidad y el
mantenimiento de las
funciones ecológicas.