El Decreto 2025 del 16 de octubre de 2015, habilita a la Policía Nacional a llevar un registro de las empresas legalmente constituidas que se dedican a la importación y exportación de teléfonos celulares en Colombia.
Resolucion 48 2016 DIAN, Resolución 048 del 10 de junio de 2016 de la DIAN, que modifica la Resolución 4240 de 2000. (Restricciones al ingreso de mercancías - Subpartidas 8517.12.00.00 correspondiente a Teléfonos móviles inteligentes, Teléfonos móviles celulares y 8517.70.00.00 correspondiente a sus partes)
Este documento es una ley que establece la Zona Franca de Tacna (ZOFRATACNA) y la Zona Comercial de Tacna para promover el desarrollo socioeconómico de la región. La ley define las zonas, establece los beneficios tributarios para empresas que realicen exportaciones y actividades productivas en la zona franca, y exonera impuestos a mercancías comercializadas en la zona comercial. Además, regula aspectos como las actividades permitidas, el régimen aduanero, y disposiciones sobre contabilidad
El documento resume las principales modificaciones a los impuestos sobre las ventas y la renta introducidas por las leyes 788/2002, 812/2003 y 818/2003 en Colombia. En cuanto al IVA, se amplió la base gravable, se modificaron tarifas y bienes exentos. Por otro lado, se introdujeron descuentos tributarios y rentas exentas en el impuesto sobre la renta para promover sectores como el forestal, hotelero y de energías renovables.
El documento resume las principales modificaciones a los impuestos sobre las ventas y la renta introducidas por las leyes 788/2002, 812/2003 y 818/2003 en Colombia. Se describen los bienes y servicios gravados a diferentes tasas de IVA, así como los exentos y excluidos. También se detallan cambios como el descuento especial del IVA por adquisición de maquinaria y nuevas rentas exentas del impuesto sobre la renta.
Este documento establece la aprobación y oficialización de la Tercera Revisión del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 034 sobre elementos mínimos de seguridad en vehículos automotores. El objetivo es garantizar la seguridad de los usuarios y disminuir los niveles de mortalidad e invalidez causados por accidentes de tránsito. Se aplica a todo vehículo que ingrese al parque automotor ecuatoriano, excepto a vehículos de competencia, clásicos, históricos y de cole
El documento describe las tarifas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicables a diferentes bienes y servicios en Colombia, incluyendo tarifas generales, diferenciales y exenciones. Explica que los bienes están gravados con tarifas entre el 10% y 35%, mientras que algunos servicios tienen tarifas del 10%, 16%, 20% o están exentos. También describe los bienes excluidos y exentos del IVA.
Este documento resume las principales modificaciones a los impuestos sobre las ventas y la renta introducidas por las leyes 788/2002, 812/2003 y 818/2003 de la reforma tributaria colombiana. Entre los cambios se encuentran la ampliación de la base gravada del IVA, nuevas tarifas entre el 2% y 20%, bienes excluidos y exentos, y descuentos especiales del IVA por maquinaria. También se modificaron los límites de beneficios para ingresos no constitutivos de renta.
El documento describe los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) en México, los cuales permiten a empresas importar insumos con aranceles preferenciales para producir bienes destinados a la exportación o mercado nacional. Explica que los PROSEC cubren 22 sectores industriales y requieren solicitud y aprobación por parte de las secretarías de Economía y Hacienda. El objetivo es promover sectores estratégicos y reducir costos para empresas mexicanas a través de aranceles más bajos para la importación de insumos.
Resolucion 48 2016 DIAN, Resolución 048 del 10 de junio de 2016 de la DIAN, que modifica la Resolución 4240 de 2000. (Restricciones al ingreso de mercancías - Subpartidas 8517.12.00.00 correspondiente a Teléfonos móviles inteligentes, Teléfonos móviles celulares y 8517.70.00.00 correspondiente a sus partes)
Este documento es una ley que establece la Zona Franca de Tacna (ZOFRATACNA) y la Zona Comercial de Tacna para promover el desarrollo socioeconómico de la región. La ley define las zonas, establece los beneficios tributarios para empresas que realicen exportaciones y actividades productivas en la zona franca, y exonera impuestos a mercancías comercializadas en la zona comercial. Además, regula aspectos como las actividades permitidas, el régimen aduanero, y disposiciones sobre contabilidad
El documento resume las principales modificaciones a los impuestos sobre las ventas y la renta introducidas por las leyes 788/2002, 812/2003 y 818/2003 en Colombia. En cuanto al IVA, se amplió la base gravable, se modificaron tarifas y bienes exentos. Por otro lado, se introdujeron descuentos tributarios y rentas exentas en el impuesto sobre la renta para promover sectores como el forestal, hotelero y de energías renovables.
El documento resume las principales modificaciones a los impuestos sobre las ventas y la renta introducidas por las leyes 788/2002, 812/2003 y 818/2003 en Colombia. Se describen los bienes y servicios gravados a diferentes tasas de IVA, así como los exentos y excluidos. También se detallan cambios como el descuento especial del IVA por adquisición de maquinaria y nuevas rentas exentas del impuesto sobre la renta.
Este documento establece la aprobación y oficialización de la Tercera Revisión del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 034 sobre elementos mínimos de seguridad en vehículos automotores. El objetivo es garantizar la seguridad de los usuarios y disminuir los niveles de mortalidad e invalidez causados por accidentes de tránsito. Se aplica a todo vehículo que ingrese al parque automotor ecuatoriano, excepto a vehículos de competencia, clásicos, históricos y de cole
El documento describe las tarifas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicables a diferentes bienes y servicios en Colombia, incluyendo tarifas generales, diferenciales y exenciones. Explica que los bienes están gravados con tarifas entre el 10% y 35%, mientras que algunos servicios tienen tarifas del 10%, 16%, 20% o están exentos. También describe los bienes excluidos y exentos del IVA.
Este documento resume las principales modificaciones a los impuestos sobre las ventas y la renta introducidas por las leyes 788/2002, 812/2003 y 818/2003 de la reforma tributaria colombiana. Entre los cambios se encuentran la ampliación de la base gravada del IVA, nuevas tarifas entre el 2% y 20%, bienes excluidos y exentos, y descuentos especiales del IVA por maquinaria. También se modificaron los límites de beneficios para ingresos no constitutivos de renta.
El documento describe los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) en México, los cuales permiten a empresas importar insumos con aranceles preferenciales para producir bienes destinados a la exportación o mercado nacional. Explica que los PROSEC cubren 22 sectores industriales y requieren solicitud y aprobación por parte de las secretarías de Economía y Hacienda. El objetivo es promover sectores estratégicos y reducir costos para empresas mexicanas a través de aranceles más bajos para la importación de insumos.
Argentina adoptó dos medidas recientes relacionadas con las importaciones: 1) Incrementó los aranceles de importación a 100 productos provenientes de países no miembros del Mercosur, aunque esto no afecta a los productos peruanos debido a un acuerdo comercial. 2) Eliminó el requisito de licencias no automáticas para la importación de casi 600 productos, lo que facilitará el ingreso de productos importados incluyendo los peruanos.
El documento explica el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador. Señala que el IVA grava la transferencia de bienes y servicios en todas sus etapas comerciales, y que existen dos tarifas principales (12% y 0%). Luego detalla las transferencias y bienes/servicios que están exentos del impuesto o tienen tarifa 0%, como alimentos, medicinas, libros, transporte público y educación.
Este documento presenta información sobre un curso de preferencias arancelarias dictado en Arequipa, Perú en 2009. Brinda detalles sobre el instructor como su experiencia académica y publicaciones. Luego resume la legislación aduanera relevante y normas generales sobre la Zona Franca de Tacna y Zona Comercial de Tacna. Explica procedimientos de ingreso, permanencia, salida y control de mercancías y operadores en estas zonas.
Este decreto supremo boliviano tiene como objetivo incentivar el uso de energía eléctrica a través de: 1) incentivos tributarios y financieros para vehículos eléctricos e híbridos y maquinaria agrícola eléctrica; 2) incentivos tributarios para equipos de generación distribuida. Modifica las alícuotas arancelarias y del impuesto a los consumos específicos para vehículos eléctricos. También establece condiciones para créditos para la fabricación y compra de vehículos eléctricos
Presentacion Desarrollo De Software en ZofratacnaCarlos Ruiz
La Zona Franca de Tacna ofrece ventajas tributarias para empresas de desarrollo de software como la exoneración de impuestos a la renta y ventas. Existen dos alternativas para las empresas: lotes habilitados o un parque tecnológico en construcción. La zona cuenta con infraestructura, servicios complementarios y mano de obra calificada disponible en la región de Tacna.
Esta ley establece medidas de control y fiscalización de insumos químicos y productos que pueden ser utilizados para elaborar drogas ilícitas. Se crea un Registro Único para el Control de estos productos y se requiere un Certificado de Usuario otorgado por la policía para realizar actividades con ellos. La ley detalla los organismos responsables del control y fiscalización, los procedimientos para obtener y actualizar el Certificado de Usuario, y las causales para su cancelación.
Este decreto supremo establece incentivos tributarios y financieros para promover el uso de energía eléctrica a través de: 1) reducciones de impuestos a la importación y compra de vehículos eléctricos, híbridos y maquinaria agrícola eléctrica; 2) tasas de interés bajas para créditos destinados a la fabricación y compra de dichos productos; 3) reducciones de impuestos a la importación de equipos para sistemas de energía y recarga eléctrica.
Este documento presenta el reglamento del Registro Único de Proveedores del Estado de Bolivia (RUPE). El RUPE tiene como objetivo centralizar información sobre los proveedores del Estado para simplificar y agilizar los procesos de contratación pública. El reglamento establece los requisitos para el registro de proveedores, la información que debe contener el registro, la emisión de certificados, y las responsabilidades de los proveedores registrados.
La Zona Franca de Tacna ofrece varias ventajas para empresas de call centers como exoneraciones tributarias, acceso a tecnología de punta y mano de obra capacitada. Existen dos alternativas para empresas interesadas: alquilar lotes habilitados o espacios en el futuro Parque Tecnológico, el cual proveerá infraestructura especializada. La Zona Franca busca convertirse en el principal parque tecnológico del Perú para call centers y software, aprovechando su ubicación estratégica, recursos humanos y con
Este decreto establece condiciones para la exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA) para materias primas químicas utilizadas en la fabricación de medicamentos, plaguicidas, insecticidas y fertilizantes. Excluye del IVA a las materias primas químicas importadas o vendidas en el país que sean destinadas a la fabricación de estos productos, siempre que el fabricante o importador cumpla con ciertos requisitos como certificaciones y listas aprobadas por el Invima o el ICA. También establece sanciones si las
Este documento describe los pliegos y condiciones de una subasta inversa electrónica para la adquisición de cloro para plantas de tratamiento de agua en Urcuquí. Se convoca a proveedores habilitados a presentar ofertas técnicas y económicas. El presupuesto referencial es de $12,500 y el plazo de ejecución es de 10 días. El documento explica el objeto, cronograma, evaluación y obligaciones de la subasta.
Este documento proporciona una explicación detallada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Explica qué es el IVA y cómo se aplica a diferentes bienes y servicios, incluyendo las tarifas del 0%, 1.6%, 10%, 14%, 16%, 20%, 25% y 35% para diferentes categorías de productos y servicios. También enumera los bienes y servicios que están exentos del IVA o sujetos a una tarifa del 0%.
El documento describe el Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) en México, incluyendo sus beneficios, vigencia y causas de cancelación. También discute cómo el Artículo 303 del TLCAN restringe la devolución de aranceles aduaneros sobre productos exportados y los programas de diferimiento de aranceles aduaneros.
Front legal 1--decreto-supremo-0-20150416_1032Naida Labra
Este documento presenta el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por decreto supremo en 2003. Establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para transitar en el país. Incluye disposiciones sobre clasificación vehicular, identificación, requisitos técnicos generales y específicos para diferentes categorías de vehículos. Deroga normas anteriores y es de aplicación a todo el territorio nacional.
Este documento establece las bases para la adjudicación de menor cuantía para el servicio de reparación de una fisura en la Central Térmica Tumbes de Electroperú. Se detallan los requisitos técnicos mínimos, el proceso de evaluación y calificación de las propuestas técnicas y económicas, y el cronograma del proceso de selección que incluye la convocatoria, registro de participantes, presentación de propuestas, evaluación y otorgamiento de la buena pro.
Este documento presenta una lista de bienes y servicios gravados con IVA en Colombia en 2013, incluyendo tarifas. Los bienes exentos o con tarifa 0% incluyen alimentos básicos como carnes, leche, huevos y cereales. Los bienes gravados al 5% incluyen café, trigo y aceites. Los servicios exentos son exportaciones, turismo internacional, e internet para estratos bajos.
Este documento lista una serie de bienes y servicios gravados con una tarifa del 0% de IVA en Ecuador. Incluye productos alimenticios, medicamentos, libros, servicios educativos y de salud, transporte público, y otros. También especifica los plazos para declarar y pagar el IVA dependiendo del último dígito del RUC de los contribuyentes.
Este documento establece los índices unificados de precios de la construcción para las seis áreas geográficas del Perú correspondientes al mes de febrero de 2022. Aprueba los índices reportados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática para cada uno de los códigos de materiales y áreas geográficas. Dispone la publicación de estos índices en el Diario Oficial para su aplicación.
Este decreto reglamenta las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica en Colombia con fines de masificación y control fiscal. Establece que la factura electrónica debe cumplir con ciertos requisitos tecnológicos y de contenido fiscal como el uso de un formato electrónico estándar, numeración consecutiva, inclusión de firma digital o electrónica, y código único de factura electrónica. También regula las condiciones para la entrega de la factura electrónica al adquirente y la representación grá
Este documento modifica el régimen de zonas francas en Colombia para estimular la inversión. Establece una tarifa impositiva del 15% para los usuarios industriales y de servicios de zonas francas. También limita los costos y gastos deducibles para estos usuarios y exime del impuesto a las ventas la importación de alimentos y medicinas al departamento del Amazonas. El objetivo es promover la competitividad, empleo y nuevas inversiones a través de zonas francas.
Argentina adoptó dos medidas recientes relacionadas con las importaciones: 1) Incrementó los aranceles de importación a 100 productos provenientes de países no miembros del Mercosur, aunque esto no afecta a los productos peruanos debido a un acuerdo comercial. 2) Eliminó el requisito de licencias no automáticas para la importación de casi 600 productos, lo que facilitará el ingreso de productos importados incluyendo los peruanos.
El documento explica el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador. Señala que el IVA grava la transferencia de bienes y servicios en todas sus etapas comerciales, y que existen dos tarifas principales (12% y 0%). Luego detalla las transferencias y bienes/servicios que están exentos del impuesto o tienen tarifa 0%, como alimentos, medicinas, libros, transporte público y educación.
Este documento presenta información sobre un curso de preferencias arancelarias dictado en Arequipa, Perú en 2009. Brinda detalles sobre el instructor como su experiencia académica y publicaciones. Luego resume la legislación aduanera relevante y normas generales sobre la Zona Franca de Tacna y Zona Comercial de Tacna. Explica procedimientos de ingreso, permanencia, salida y control de mercancías y operadores en estas zonas.
Este decreto supremo boliviano tiene como objetivo incentivar el uso de energía eléctrica a través de: 1) incentivos tributarios y financieros para vehículos eléctricos e híbridos y maquinaria agrícola eléctrica; 2) incentivos tributarios para equipos de generación distribuida. Modifica las alícuotas arancelarias y del impuesto a los consumos específicos para vehículos eléctricos. También establece condiciones para créditos para la fabricación y compra de vehículos eléctricos
Presentacion Desarrollo De Software en ZofratacnaCarlos Ruiz
La Zona Franca de Tacna ofrece ventajas tributarias para empresas de desarrollo de software como la exoneración de impuestos a la renta y ventas. Existen dos alternativas para las empresas: lotes habilitados o un parque tecnológico en construcción. La zona cuenta con infraestructura, servicios complementarios y mano de obra calificada disponible en la región de Tacna.
Esta ley establece medidas de control y fiscalización de insumos químicos y productos que pueden ser utilizados para elaborar drogas ilícitas. Se crea un Registro Único para el Control de estos productos y se requiere un Certificado de Usuario otorgado por la policía para realizar actividades con ellos. La ley detalla los organismos responsables del control y fiscalización, los procedimientos para obtener y actualizar el Certificado de Usuario, y las causales para su cancelación.
Este decreto supremo establece incentivos tributarios y financieros para promover el uso de energía eléctrica a través de: 1) reducciones de impuestos a la importación y compra de vehículos eléctricos, híbridos y maquinaria agrícola eléctrica; 2) tasas de interés bajas para créditos destinados a la fabricación y compra de dichos productos; 3) reducciones de impuestos a la importación de equipos para sistemas de energía y recarga eléctrica.
Este documento presenta el reglamento del Registro Único de Proveedores del Estado de Bolivia (RUPE). El RUPE tiene como objetivo centralizar información sobre los proveedores del Estado para simplificar y agilizar los procesos de contratación pública. El reglamento establece los requisitos para el registro de proveedores, la información que debe contener el registro, la emisión de certificados, y las responsabilidades de los proveedores registrados.
La Zona Franca de Tacna ofrece varias ventajas para empresas de call centers como exoneraciones tributarias, acceso a tecnología de punta y mano de obra capacitada. Existen dos alternativas para empresas interesadas: alquilar lotes habilitados o espacios en el futuro Parque Tecnológico, el cual proveerá infraestructura especializada. La Zona Franca busca convertirse en el principal parque tecnológico del Perú para call centers y software, aprovechando su ubicación estratégica, recursos humanos y con
Este decreto establece condiciones para la exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA) para materias primas químicas utilizadas en la fabricación de medicamentos, plaguicidas, insecticidas y fertilizantes. Excluye del IVA a las materias primas químicas importadas o vendidas en el país que sean destinadas a la fabricación de estos productos, siempre que el fabricante o importador cumpla con ciertos requisitos como certificaciones y listas aprobadas por el Invima o el ICA. También establece sanciones si las
Este documento describe los pliegos y condiciones de una subasta inversa electrónica para la adquisición de cloro para plantas de tratamiento de agua en Urcuquí. Se convoca a proveedores habilitados a presentar ofertas técnicas y económicas. El presupuesto referencial es de $12,500 y el plazo de ejecución es de 10 días. El documento explica el objeto, cronograma, evaluación y obligaciones de la subasta.
Este documento proporciona una explicación detallada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Explica qué es el IVA y cómo se aplica a diferentes bienes y servicios, incluyendo las tarifas del 0%, 1.6%, 10%, 14%, 16%, 20%, 25% y 35% para diferentes categorías de productos y servicios. También enumera los bienes y servicios que están exentos del IVA o sujetos a una tarifa del 0%.
El documento describe el Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) en México, incluyendo sus beneficios, vigencia y causas de cancelación. También discute cómo el Artículo 303 del TLCAN restringe la devolución de aranceles aduaneros sobre productos exportados y los programas de diferimiento de aranceles aduaneros.
Front legal 1--decreto-supremo-0-20150416_1032Naida Labra
Este documento presenta el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por decreto supremo en 2003. Establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para transitar en el país. Incluye disposiciones sobre clasificación vehicular, identificación, requisitos técnicos generales y específicos para diferentes categorías de vehículos. Deroga normas anteriores y es de aplicación a todo el territorio nacional.
Este documento establece las bases para la adjudicación de menor cuantía para el servicio de reparación de una fisura en la Central Térmica Tumbes de Electroperú. Se detallan los requisitos técnicos mínimos, el proceso de evaluación y calificación de las propuestas técnicas y económicas, y el cronograma del proceso de selección que incluye la convocatoria, registro de participantes, presentación de propuestas, evaluación y otorgamiento de la buena pro.
Este documento presenta una lista de bienes y servicios gravados con IVA en Colombia en 2013, incluyendo tarifas. Los bienes exentos o con tarifa 0% incluyen alimentos básicos como carnes, leche, huevos y cereales. Los bienes gravados al 5% incluyen café, trigo y aceites. Los servicios exentos son exportaciones, turismo internacional, e internet para estratos bajos.
Este documento lista una serie de bienes y servicios gravados con una tarifa del 0% de IVA en Ecuador. Incluye productos alimenticios, medicamentos, libros, servicios educativos y de salud, transporte público, y otros. También especifica los plazos para declarar y pagar el IVA dependiendo del último dígito del RUC de los contribuyentes.
Este documento establece los índices unificados de precios de la construcción para las seis áreas geográficas del Perú correspondientes al mes de febrero de 2022. Aprueba los índices reportados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática para cada uno de los códigos de materiales y áreas geográficas. Dispone la publicación de estos índices en el Diario Oficial para su aplicación.
Este decreto reglamenta las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica en Colombia con fines de masificación y control fiscal. Establece que la factura electrónica debe cumplir con ciertos requisitos tecnológicos y de contenido fiscal como el uso de un formato electrónico estándar, numeración consecutiva, inclusión de firma digital o electrónica, y código único de factura electrónica. También regula las condiciones para la entrega de la factura electrónica al adquirente y la representación grá
Este documento modifica el régimen de zonas francas en Colombia para estimular la inversión. Establece una tarifa impositiva del 15% para los usuarios industriales y de servicios de zonas francas. También limita los costos y gastos deducibles para estos usuarios y exime del impuesto a las ventas la importación de alimentos y medicinas al departamento del Amazonas. El objetivo es promover la competitividad, empleo y nuevas inversiones a través de zonas francas.
Este documento aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo No 940, el cual establece el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central. El sistema tiene como finalidad generar fondos para el pago de deudas tributarias y aportaciones a ESSALUD y ONP. Los sujetos obligados a efectuar depósitos son los adquirentes de bienes, usuarios de servicios, transportistas y propietarios que realicen traslados de bienes. Los depósitos se realiz
El documento resume varias reformas legales relacionadas con el comercio exterior en México, incluyendo: 1) El establecimiento de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior para agilizar trámites aduaneros; 2) Reformas al decreto para fomentar la industria maquiladora, como definir el término de operación de maquila para efectos fiscales; 3) Modificaciones a las reglas generales de comercio exterior.
El documento resume diversas reformas legales relacionadas con el comercio exterior, la industria manufacturera y maquiladora, la prevención del secuestro y los procedimientos contenciosos administrativos. Entre los puntos principales se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, reformas al decreto IMMEX, la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos de Secuestro, y cambios a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
El documento resume varias reformas legales relacionadas con el comercio exterior en México, incluyendo: 1) El establecimiento de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior para agilizar trámites aduaneros; 2) Reformas al decreto para fomentar la industria maquiladora, como definir el término de operación de maquila para efectos fiscales; 3) Modificaciones a las reglas generales de comercio exterior.
La Resolución 1649 de 2016 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo establece las disposiciones relativas a los Sistemas Especiales de Importación-Exportación. Define conceptos como programas de sistemas especiales, asociación empresarial y modalidades de operación. Establece también los requisitos para la presentación de solicitudes de acceso a estos programas, incluyendo documentos como balances financieros, contratos y aval económico.
Exencion Sobre el Impuesto a la ventas Decreto 2223 del 11 de octubre de 2013normasresumidas
Este decreto reglamenta parcialmente el artículo 481 del Estatuto Tributario de Colombia relacionado con la exención del impuesto sobre las ventas. Establece que los servicios prestados desde Colombia hacia el exterior para ser utilizados exclusivamente fuera del país están exentos del impuesto, así como los servicios relacionados con cine, televisión y desarrollo de software exportados. También detalla los requisitos para acreditar la exención como estar inscrito como exportador, conservar documentos que acrediten la exportación y una certificación,
Este documento describe los sistemas administrativos del Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú, incluyendo el sistema de detracciones, retenciones y percepciones. Explica las últimas modificaciones a los sistemas de detracciones para contratos de construcción y mantenimiento de bienes muebles, así como la base legal de estos sistemas. También detalla los bienes y servicios incluidos en los anexos sujetos a estos sistemas, los porcentajes aplicables, y las operaciones exceptuadas.
La resolución aprueba el uso del Formulario F-110 v.3, el Módulo Formulario Electrónico F-110 v.3 FACILITO, el Módulo Agente de Retención RC-IVA FACILITO y el aplicativo QRquincho. Establece los procedimientos para el llenado y presentación del Formulario F-110 v.3 por contribuyentes en relación de dependencia, contribuyentes directos del RC-IVA, contribuyentes del IUE y el tratamiento de la información por los agentes de retención.
Este documento regula el funcionamiento de los Almacenes de Depósito Temporal y de los Locales Autorizados para mercancías declaradas de exportación en España. Establece los requisitos para la concesión de estas autorizaciones, como disponer de instalaciones adecuadas, contabilidad de existencias y comunicaciones electrónicas con Aduanas. También regula las operaciones permitidas con mercancías en estos locales, los plazos de permanencia y los documentos necesarios. El objetivo es adaptar la normativa a los nuevos sistemas de comunicación electrónica y
El documento presenta un caso de asesoría legal sobre los requisitos de importación de alfombras antiderrapantes y toallas de pelo largo a México. Se explica que ambos productos están sujetos a regulaciones y aranceles para su importación temporal bajo el programa IMMEX, y que la empresa Textil Mink debe cumplir con ciertos requisitos como ventas de exportación mínimas y destinar los productos a su uso autorizado. También se especifican los posibles regímenes aduaneros de importación temporal o definitiva para destinar la mercancía
La Ley 7 de 1991 establece las normas generales para regular el comercio exterior de Colombia. Creó el Ministerio de Comercio Exterior y el Consejo Superior de Comercio Exterior, y determinó sus funciones. También creó el Banco de Comercio Exterior y el Fondo de Modernización Económica para estimular las exportaciones y la inversión. La ley establece principios como impulsar la internacionalización de la economía colombiana y promover el comercio exterior, en especial las exportaciones.
Resolución de modificaciones a las reglas generales de comercioEX ARTHUR MEXICO
Este documento presenta una resolución que modifica las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016. Se realizan cambios y adiciones a varias reglas, incluyendo aquellas relacionadas con la ampliación de superficies de Recintos Fiscalizados Estratégicos, los requisitos para la habilitación de nuevos Recintos Fiscalizados Estratégicos, y los procedimientos para regularizar mercancías que han excedido los plazos de permanencia en dichos recintos importándolas de forma definitiva.
La ley establece el marco legal para el funcionamiento de zonas francas industriales y de comercialización en El Salvador. El objetivo es regular las zonas francas y depósitos de perfeccionamiento activo, así como los beneficios fiscales para empresas que operen en estas zonas. Se definen términos clave y se especifican las actividades permitidas y no permitidas en zonas francas.
La ley establece el marco legal para el funcionamiento de zonas francas industriales y de comercialización en El Salvador. El objetivo es regular las zonas francas y depósitos de perfeccionamiento activo, así como los beneficios fiscales para empresas que operen en estas zonas. Se definen términos clave y se especifican las actividades permitidas y no permitidas en zonas francas.
La ley establece el marco legal para el funcionamiento de zonas francas industriales y de comercialización en El Salvador. El objetivo es regular las zonas francas y depósitos de perfeccionamiento activo, así como los beneficios fiscales para empresas que operen en estas zonas. Se definen términos clave y se especifican las actividades permitidas y no permitidas en zonas francas.
Este documento presenta el Arancel Aduanero de Importaciones para 2024 aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de Bolivia. Incluye información sobre los niveles de gravámenes arancelarios, preferencias arancelarias derivadas de acuerdos de integración, mercancías sujetas a certificados y autorizaciones previas, estructura y contenido del Arancel, así como las reglas para la interpretación de la Nomenclatura Arancelaria Común de la Comunidad Andina.
Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en materi...rafaelmedinaaldui
Este documento presenta la Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012. Se realizan reformas y derogaciones a varias reglas, así como modificaciones a anexos relacionados con declaraciones aduaneras, sectores específicos, aduanas autorizadas y el instructivo para llenar el pedimento. La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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Por la cual se decide una actuación administrativa. 88777. LA DIRECTORA DE INVESTIGACIONES DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
En ejercicio de sus facultades legales, en especial por las conferidas por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo-Ley 1437 de 2011-, el Decreto 4886 de 2011, la Ley 1480 de
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Por la cual se implementan modelos piloto para la aplicación de la vacuna contra el Covid-19 a personas que pertenecen a regímenes de excepción y otras poblaciones especiales que hacen parte de la etapa 3 de que trata el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los decretos 404 y 466 de 2021.
Este decreto modifica el Artículo 7 del Decreto 109 de 2021 sobre el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 en Colombia. Se incluyen nuevos grupos en la Etapa 2 de vacunación debido a su alto riesgo de contagio o complicaciones, como personal de salud que atiende pacientes fuera de instalaciones médicas, cuidadores de adultos mayores o personas con discapacidad, y personal de primera línea en situaciones de emergencia. También se amplía la lista de condiciones médicas de alto riesgo e incluye nuevos grup
Las Confederaciones: CUT, CGT y CTC y las Federaciones Sindicales de Empleados Públicos: FECODE, FENALTRASE, UTRADEC y FECOTRASERVIPUBLICOS, presentan al Gobierno Nacional para su Negociación Colectiva de ámbito general o de contenido común, con fundamento en la declaración universal de los derechos humanos, la constitución política de Colombia en sus artículos 1, 2, 23, 38, 39, 53, 55, 56 y 58, los convenios internacionales de la OIT 151 de 1978 y 154 de 1981, relativos a las relaciones de trabajo en la administración pública y el fomento de la negociación colectiva, incorporados en la legislación Nacional mediante las leyes 411 y 524 de 1997 y 1999 respectivamente, en la condición de estado social de derecho y el Decreto 160 de 2014 compilado en el Decreto único del sector trabajo 1072 de 2015.
La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, ORDENÓ a la modelo y DJ Natalia París Gaviria, CESAR de manera inmediata la promoción del producto dióxido de cloro y retirar los comentarios en los que invitaba a las personas a consumir este producto para prevenir el contagio del COVID-19.
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), en cumplimiento de las funciones establecidas por la Resolución 2378 de 2008, advierte a la ciudadanía en general, que
mediante denuncia presentada a la autoridad sanitaria, se tuvo conocimiento sobre la posible promoción y patrocinio de investigaciones clínicas en seres humanos, con el producto Dióxido de Cloro como tratamiento para el Covid-19, sin contar con la autorización para tal fin. A la fecha no se han presentado solicitudes en Colombia ante el Invima, para realizar estudios clínicos sobre la seguridad y eficacia del Dióxido de Cloro en el tratamiento del Covid-19.
Comunicado de olympus Signing of Memorandum of Understanding for Divestiture ...Fundacion ACCION 13
Olympus Corporation ("Olympus") and Japan Industrial Partners, Inc. ("JIP") hereby announce that, today, the parties signed a memorandum of understanding to carveout Olympus’s Imaging business to a new company (“NewCo”) and subsequently transfer its shares to a fund managed, operated or otherwise handled by JIP (the "Transaction").
World Health Organization Coronavirus disease (COVID-19) Situation Report – 140 Fundacion ACCION 13
This document provides a summary of the COVID-19 situation as of June 8, 2020. It highlights a new technical note on medical certification and coding of COVID-19 deaths. It also discusses new funding pledged for vaccines at the Global Vaccine Summit. The document reports global and regional case and death counts. It provides an update on partner coordination activities, including the work of various organizations on areas such as surveillance, contact tracing, risk communication and emergency response.
Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de arrendamiento de locales comerciales, en el marco del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica de que trata el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020
Este decreto tiene como objetivo simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios en la administración pública colombiana para hacerlos más sencillos, ágiles, coordinados y digitales. Establece lineamientos para la implementación de trámites digitales entre autoridades y la integración de sistemas para la interoperabilidad de información, con el fin de mejorar la eficiencia de la gestión pública y la atención a ciudadanos. También busca eliminar trámites redundantes y cobros no autorizados
Por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
Catalogación de los panteones de Santa Paula de Guanajuato, Municipal de Irap...Gonzalo Marin Art
CAPÍTULO III
de la tesis "Los panteones municipales centenarios de Santa Paula, Municipal de Irapuato y San Nicolás: catalogación y protección jurídica del patrimonio funerario material".
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Triptico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Decreto 2025 del 16 de octubre de 2015
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MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TÜRMfJfO $S. QL ••,&!lMQ< • ..,..,.-."."
DECRETo"'N'úMER02 025 DE
16 OCT> 2015
Por el cual se establecen medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos
móviles inteligentes, teléfonos móviles celulares, y sus partes, clasificables en las
subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, se adiciona el
Decreto 2685 de 1999 Y se deroga el Decreto 2365 de 2012.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el numeral 25
del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo establecido en la Ley 7a de
1991, en los numerales 1 y 4 del artículo 4° y 1 del artículo 18 de la Ley 1341 de 2009, yen
la Ley 1609 de 2013,
CONSIDERANDO:
Que el hurto de teléfonos móviles inteligentes y teléfonos móviles celulares tiene carácter
transnacional, y que mediante la Decisión 786 de la Comunidad Andina se consideró como
un instrumento fundamental para desestimular su comercialización tanto a nivel local como
en mercados de la Subregión y mitigar la problemática, el Intercambio de información de
equipos terminales móviles extraviados, robados o hurtados y recuperados en la Comunidad
Andina.
Que el Gobierno Nacional, con fundamento en lo previsto en la Ley 1341 de 2009, expidió
el Decreto 1630 del 19 de mayo de 2011 "Por medio del cual se adoptan medidas para
restringir la operación de equipos terminales hurtados que son utilizados para la prestación
de servicios de telecomunicaciones móviles", compilado en el Decreto 1078 de 2015, a
través del cual se establece el marco reglamentario en materia de medidas para combatir
el hurto de equipos terminales móviles en el país.
Que mediante el Decreto 2365 de 2012 se adoptaron medidas de control para las
exportaciones de equipos terminales móviles, sus partes o sus componentes, con la
finalidad de combatir el tráfico transnacional de dichos bienes con reporte de hurto o extravío
en la base de datos negativa de que trata el artículo 106 de la Ley 1453 de 2011.
Que si bien el Gobierno Nacional ha adoptado algunas medidas tendientes a disminuir el
hurto de teléfonos móviles inteligentes y teléfonos móviles celulares, se requiere reforzar e
integrar los controles para contrarrestar efectivamente el fenómeno descrito, por lo cual se
hace necesaria la expedición de medidas adicionales para el régimen de exportación de
teléfonos móviles celulares, teléfonos móviles inteligentes y sus partes y establecer medidas
específicas en materia de importación de estos bienes, siendo entonces necesario derogar
el Decreto 2365 de 2012, para unificar y complementar las medidas de control.
GD·FM-017 V2
2. 2DECRETO NÚIVIERO.... ~.' 20 5 de 2015 Hoja N°,
Por el cual se establecen medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles
celulares, y sus partes, clasíficables en las subpartidas 8517.12.00.00 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, se adiciona el Decreto
2685 de 1999 y se deroga el 2365 de 2012.
Que en Sesión número 286 del 10 al 12 agosto 2015, el Comité de Asuntos
Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó la adopción de controles
adicionales a la importación y exportación de teléfonos móviles, así como sus partes,
clasificables en las subpartidas 1 12.00.00 Y 17.70.00.00 del Arancel de Aduanas.
Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1
el proyecto de decreto publicado en el sitio web del 4 12 agosto
de 2015 para comentarios y observaciones.
DECRETA:
ARTíCULO 1. Ámbito de aplicación. presente decreto será aplicable a la importación y
exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles celulares, y sus partes
clasificables en subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas.
ARTicULO Definiciones. Para la aplicación e interpretación de disposiciones
establecidas en el presente decreto, se tendrán en cuenta definiciones y acrónimos
dispuestos en el artículo de Resolución de la Comisión de Regulación de
Comunicaciones (CRC) 3128 2011 o aquella la modifique, adicione o sustituya.
CAPITULO I
IMPORTACiÓN
ARTíCULO 3. Disposiciones especiales para la Importación La importación teléfonos
móviles inteligentes y teléfonos móviles celulares, así como de sus partes, se autorizará
conforme a lo señalado en Decreto. No podrán ser objeto de importación los teléfonos
móviles cuyo IMEI (por sus siglas en inglés, International Mobile Equipment Identity) se
encuentre registrado en las datos negativa o positiva que trata el artículo 106
la Ley 1453 2011, salvo que se trate un IMEI reportado en base de datos positiva
por tratarse de la importación en cumplimiento garantía o la reimportación de teléfonos
previamente exportados. Los equipos, cuyo se encuentre registrado en la base
datos positiva, podrán ser reembarcados de conformidad con lo previsto en el Decreto 2685
1999, sus modificaciones y adiciones.
Parágrafo 1. podrán importar teléfonos móviles inteligentes y teléfonos móviles
celulares cuando el viajero lleve consigo teléfonos móviles inteligentes o teléfonos móviles
al momento del ingreso territorio aduanero nacional y que hagan parte de sus
efectos personales, en cantidad no superior a (3) unidades. El registro del IMEI de
dichos equipos en la base datos positiva deberá realizarlo su propietario o usuario
autorizado ante Proveedor Redes y Servicios de Telecomunicaciones Móviles en
Colombia. conformidad con lo previsto en Resolución CRC 3128 de 2011 o aquella
que modifique, adicione o sustituya. exceptúan los equipos terminales móviles que se
encuentren realizando Roaming Internacional (o Itinerancia Internacional) en alguna las
los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones móviles que operan
país.
Parágrafo No se permitirá la importación teléfonos móviles inteligentes o teléfonos
móviles celulares, o partes, bajo la modalidad tráfico postal y envíos urgentes.
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3. -------DECRETO NÚMt:RO....., 2025 3
Por el cual se establecen medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles
celulares, y sus partes, clpsificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, se adiciona el Decreto
2685 de 1999 y se deroga el Decreto 2365 de 2012.
ARTíCULO 4. Módulo de Consulta y Verificación de 1MEl. Ministerio de Tecnologías
de la Información y de las Comunicaciones (Ministerio de TIC) habilitará en su página web
un módulo consulta y verificación de IMEI, en donde el importador previamente inscrito
en registro policial de que trata el articulo 8, transmitirá los IMEI cada uno los
equipos móviles objeto de importación, con anterioridad a la presentación y aceptación
la declaración importación.
El Ministerio TIC verificará la información ingresada de cada uno de los IMEI, con
anterioridad a la importación, en las bases datos positiva y negativa de que trata el
artículo 106 la Ley 1453 de 2011. El resultado dicha verificación enviado al
importador para sirva como documento soporte de la declaración de importación, para
lo cual el Ministerio de TIC entregará la relación de IMEI uno a uno con el resultado de la
verificación. documento corresponderá al 100% los que se describen en
la Declaración de Importación y en ningún momento podrá utilizarse para varias
declaraciones de importación.
Autorizado el levante de la mercancía por parte de la autoridad aduanera, dicha entidad
informará al Ministerio TIC el número y fecha de la declaración correspondiente de
acuerdo al documento expedido por dicho Ministerio para que se incluyan en base de
datos positiva los IMEI de los teléfonos móviles inteligentes y teléfonos móviles celulares
efectivamente importados, los cuales deberán coincidir con los que, según lo informado por
el Ministerio de TIC. no se encontraban en la datos positiva o negativa. El
importador será responsable de la veracidad de la información que sea suministrada a
través del módulo de consulta del Ministerio de TIC y que misma corresponda a los IMEI
detallados en la Declaración de Importación.
El Ministerio de TIC y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), dentro del
mes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial, acordarán los
términos y periodicidad entrega de la información a que se refiere el inciso anterior.
Parágrafo 1. Ministerio de TIC habilitará dentro de seis (06) meses posteriores a la
entrada en vigencia del presente decreto, módulo de consulta y verificación de IME!.
Ministerio de TIC, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto y hasta la
habilitación del módulo de consulta y verificación, recibirá las solicitudes descritas en
presente artículo a través de la cuenta de correo electrónico que informe en su página web
con este fin. Las solicitudes remitidas durante periodo serán recibidas en días hábiles
de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde, resultado de la verificación se enviará a más
tardar dentro de los dos (02) días hábiles siguientes al recibo de la solicitud. solicitudes
que se reciban en días y horarios diferentes a los descritos se considerarán recibidas en
d hábil siguiente a su recepción.
Parágrafo 2. Serán objeto de bloqueo e incluidos en la datos negativa y
desactivados en las redes de servicios móviles en país, los IMEI importados país que
no sean cargados en la base de datos positiva, de acuerdo con la regulación que para tal
efecto expida la Comisión de Regulación de Comunicaciones.
Parágrafo 3. caso de requerir declaración de legalización que implique la modificación
total o parcial un IMEI, importador deberá surtir nuevamente el proceso de consulta y
verificación en el módulo que trata artículo.
ARTICULO Adiciónese el parágrafo 3 al artículo 121 del Decreto 2685 de 1999, el cual
quedará
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4. 4DECRETO NÚMER<Y ~ 2025 de 2015 Hoja N°.',J
Por el cual se establecen medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles
celulares, y sus partes, clasificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, se adiciona el Decreto
2685 de 1999 y se deroga el Decreto 2365 de 2012.
"Artículo 121. Documentos soporte de la Declaración de Importación. Para efectos
aduaneros, el declarante está obligado a obtener antes de la presentación y aceptación de
la Declaración y a conservar por un período de cinco (5) años contados a partir de dicha
fecha, el original de los siguientes documentos que deberá poner a disposición de la
autoridad aduanera, cuando ésta así lo requiera:
a) Registro o licencia de importación que ampare la mercancía, cuando a ello hubiere lugar;
b) Factura comercial, cuando hubiere lugar a ella;
c) Documento de transporte;
d) Certificado de origen, cuando se requiera para la aplicación de disposiciones especiales;
e) Certificado de sanidad y aquellos otros documentos exigidos por normas especiales,
cuando hubiere lugar;
f) Lista de empaque, cuando hubiere lugar a ella;
g) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente
a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado;
h) Declaración Andina del Valor y los documentos soporte cuando a ello hubiere lugar;
i) Declaración de exportación o el documento que acredite la operación de exportación ante
la autoridad aduanera del país de procedencia de la mercancía, en los eventos en que la
Dirección de Impuestos y Aduanas así lo exija;
j) Las autorizaciones previas establecidas por la Dian para la importación de determinadas
mercancías;
k) Documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal cuando los documentos de
transporte y demás documentos soporte de la operación de comercio exterior se consignen,
endosen o expidan, según corresponda, a nombre de un Consorcio o de una Unión
Temporal;
1) Certificación de marcación física o electrónica expedida por el SUNIR, para los bienes
sujetos al pago del impuesto al consumo de que trata la Ley 223 de 1995. Este documento
soporte solo será obligatorio una vez entre en producción la fase del SUNIR correspondiente
a la obtención de información para cada industria.
Parágrafo 1. En el original de cada uno de los documentos soporte que deben conservarse
de conformidad con el presente artículo, el declarante deberá consignar el número y fecha
de la presentación y aceptación de la Declaración de Importación a la cual corresponden.
Cuando las mercancías amparadas en un registro o licencia de importación, certificado de
origen, documento de transporte, factura comercial, sean objeto de despachos parciales, el
declarante deberá dejar constancia de cada una de las declaraciones presentadas al dorso
del original o copia del documento correspondiente, indicando el número de aceptación de
la Declaración de Importación, la fecha y la cantidad declarada.
Parágrafo 2. Las autorizaciones o vistos buenos de carácter sanitario que se requieran
como documento soporte de la declaración de importación anticipada, los registros o
licencias de importación que se deriven de estos vistos buenos, así como la certificación de
marcación expedida por el SUNIR, física o electrónica, deberán obtenerse previamente a la
inspección física o documental o a la determinación de levante automático de las
mercancías.
Parágrafo 3. Para la importación de teléfonos móviles inteligentes y teléfonos móviles
celulares clasificables en la subpartida 8517.12.00.00 constituye elemento soporte de la
declaración de importación el certificado de homologación de marca y modelo del equipo
terminal móvil expedido por la CRC y el documento expedido por el Ministerio de
Tecnologías de la Información y de Comunicaciones, relativo a la verificación de los IMEI
de los teléfonos móviles inteligentes y teléfonos móviles celulares. Estos documentos
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5. 5DECRETO NÚMl:t«tJ ~; 2O25 de 2015 Hoja N°.
Por el cual se establecen medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles
celulares, y sus partes, clasificabies en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, se adiciona el Decreto
2685 de 1999 y se deroga el Decreto 2365 de 2012.
soporte deberán ser obtenidos por el importador antes de la presentación y aceptación de
la declaración de importación."
ARTíCULO 6. Declaración anticipada. La DIAN podrá establecer la obligatoriedad de
presentar declaración de importación anticipada para las mercancías de que trata el
presente decreto, sin importar su origen o procedencia.
CAPITULO 11
EXPORTACiÓN
ARTíCULO 7. Disposiciones especiales para la exportación. Únicamente se podrán
exportar teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles celulares y sus partes clasificables
en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel deAduanas, en los siguientes
eventos:
1. Cuando el viajero lleve consigo teléfonos móviles inteligentes o teléfonos móviles
celulares al momento de salida del territorio aduanero nacional y que hagan parte de
sus efectos personales, en cantidad no superior a tres (3) unidades.
2. Bajo la modalidad de exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, de
conformidad con lo previsto en los artículos 289 y siguientes del Decreto 2685 de
1999, siempre que estén homologados por la Comisión de Regulación de
Comunicaciones.
3. Bajo la modalidad de exportación definitiva de conformidad con lo establecido en los
artículos 265 y siguientes del Decreto 2685 de 1999, siempre que los teléfonos
móviles inteligentes, teléfonos móviles celulares o sus partes sean considerados
como Residuos de Aparatos Eléctricos o Electrónicos -RAEE-. La exportación de
Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) provenientes de la telefonía
móvil se regirán por lo dispuesto en la Ley 1672 de 2013 y la reglamentación que
para tal efecto expidan las autoridades competentes. Será documento soporte de
esta operación la factura o documento equivalente con indicación expresa de que el
destino del material es para la destrucción o reutilización.
En todo caso, los exportadores de los RAEE deberán conservar durante el término
de cinco (5) años la prueba de transferencia de dominio de la mercancía a exportar
o la factura de compraventa emitida por la empresa vendedora de los RAEE en
Colombia. Lo anterior, a efectos de poner dichos documentos a disposición de las
autoridades competentes, cuando éstas así lo requieran. Por su parte, los
exportadores mencionados deberán conservar el documento de transporte
internacional, con indicación expresa de que el destino del material es para la
destrucción o reutilización.
Los anteriores documentos deberán cumplir con las normas vigentes aplicables a
cada materia.
Parágrafo 1. Para los eventos de que tratan los numerales 2 y 3 del presente artículo, en la
declaración de exportación de los teléfonos móviles inteligentes y teléfonos móviles
celulares, se deberá establecer, como parte de la descripción del bien, la identificación del
IME!.
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6. 6
2025
DECRETO NÚMERO -------- de 2015 Hoja N°.
Por el cual se establecen medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles
celulares, y sus partes, clasificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, se adiciona el Decreto
2685 de 1999 y se deroga el Decreto 2365 de 2012.
Parágrafo 2. No se permitirá la exportación de teléfonos móviles inteligentes o teléfonos
móviles celulares o de sus partes, bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.
Parágrafo 3. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá limitar los
lugares habilitados para el ingreso o salida de teléfonos móviles inteligentes o teléfonos
móviles celulares, o de sus partes, del territorio aduanero nacional, de conformidad con el
artículo 41 del Decreto 2685 de 1999.
Parágrafo Transitorio. Las exportaciones definitivas de teléfonos móviles inteligentes y
teléfonos móviles celulares clasificables en la subpartida 8517.12.00.00 del Arancel de
Aduanas no mencionadas en el artículo 7 del presente Decreto, se permitirán antes del 31
de enero de 2016, siempre que los IMEI no se encuentren registrados en la Base de Datos
Negativa de que trata el artículo 106 de la Ley 1453 de 2011.
CAPITULO 111
DISPOSICIONES FINALES
ARTíCULO 8. Registro Policial. La Policía Nacional creará, dentro de los dos (2) meses
siguientes a la publicación de este decreto en el Diario Oficial, un registro policial en el cual
se deberán inscribir las personas naturales o jurídicas que pretendan importar o exportar
teléfonos móviles inteligentes o teléfonos móviles celulares, o sus partes, para lo cual el
importador o exportador deberá formular una solicitud escrita a esta Entidad, acreditando
los siguientes requisitos:
a) Estar inscrito en el Registro Único Tributario en el que conste su condición de usuario
aduanero importador o exportador.
b) Diligenciar el formulario oficial
c) Acreditar su existencia y representación si es persona jurídica, o inscripción como
comerciante en el Registro Mercantil, si se trata de persona natural, con el certificado
expedido por Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario
anteriores a la solicitud.
d) Estar domiciliado o representado legalmente en el país
e) Informar el nombre del importador o del exportador, cuando sea persona natural, y
su domicilio, el cual debe coincidir con el registrado en el RUT.
f) Informar las subpartidas arancelarias de los productos que pretende importar.
g) En caso de ser fabricante de teléfonos móviles inteligentes o teléfonos móviles
celulares clasificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel
de Aduanas, se deberá informar dicha condición.
Parágrafo 1. El presente artículo no aplica para los importadores o exportadores en la
modalidad de viajeros, de que trata el Decreto 2685 de 1999.
Parágrafo 2. La Policía Nacional, en el mismo término de dos (02) meses mencionado en
este artículo, deberá establecer y publicar en su página web el procedimiento para la
inscripción en este registro. La inscripción no podrá exceder los tres (03) días hábiles
siguientes al momento en el que el solicitante presente la totalidad de la documentación
requerida. La Policía Nacional expedirá la respectiva constancia de inscripción.
ARTíCULO 9. Vigencia del registro. El registro policial para importadores y para
exportadores de teléfonos móviles inteligentes o teléfonos móviles celulares, o de sus
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7. 7
, ." U~.J 2025DECRETO NUMERO _______ de 2015 Hoja N°.
Por el cual se establecen medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles
celulares, y sus partes. clasificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, se adiciona el Decreto
2685 de 1999 y se deroga el Decreto 2365 de 2012.
partes, no tiene ningún costo y tendrá vigencia de dos (2) años y podrá ser renovado antes
de su vencimiento por el mismo importador o exportador.
ARTICULO 10. Disposiciones de Control. La Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales - DIAN aplicará controles especiales con fundamento en el Sistema de
Administración y Perfilamiento de Riesgos para las importaciones y exportaciones de los
bienes señalados en el artículo 10
del presente Decreto.
Parágrafo. En los eventos en que, con posterioridad al levante, no se pueda cargar en la
base de datos positiva algún IMEI por estar registrado en la base de datos negativa o
positiva de que trata el artículo 106 de la Ley 1453 de 2011, el Ministerio de Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones informará a la DIAN, en un plazo no mayor a
veinticuatro (24) horas, para que adopte las medidas pertinentes dentro del Sistema de
Administración y Perfilamiento de Riesgos, y a las demás autoridades para que se inicien
las' acciones penales y administrativas a que haya lugar.
ARTíCULO 11. Instrucción a Importadores y Exportadores. A partir de la fecha de
publicación del presente Decreto en el Diario Oficial, en un plazo no mayor a treinta (30)
días, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), instruirán a los importadores
y a los exportadores sob~e el presente decreto.
ARTíCULO 12. Disposición transitoria. Las medidas establecidas en el presente decreto
no se exigirán para las' mercancías que hayan sido embarcadas hacia Colombia con
anterioridad a su fecha de entrada en vigencia, para lo cual se tomará como fecha de
embarque, la expedición del documento de transporte.
ARTíCULO 13. Vigencia y Derogatoria. El presente decreto rige a partir del primero (01)
de diciembre de 2015 y deroga el Decreto 2365 de 2012.
Publíquese y cúmplase.
'i60CT2 5
Dado en Bogotá, D. C., a
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
,
4tMv1M ~ ~ L-, J
AURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA
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8. ---------------- 8
.. vV." 2025
DECRETO NÚMERO de 2015 Hoja N°.
Por el cual se establecen medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles
celulares, y sus partes, clasificabies en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, se adiciona el Decreto
2685 de 1999 y se deroga el Decreto 2365 de 2012.
El Ministro de Defensa Nacional
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo
EVERRI
CECILIA ALVAREZ CORREA GLEN
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
GD-FM-17.v2