El documento establece normas sobre la higiene y condiciones sanitarias requeridas para la producción, importación, exportación y comercialización de alimentos en Perú. Se asigna al Ministerio de Salud la supervisión de la inocuidad de los alimentos procesados industrialmente y elaborados por servicios de alimentación para pasajeros de transporte, y se crea una Comisión Multisectorial Permanente para coordinar las actividades de garantía de la inocuidad de los alimentos.