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DICAPTA
ENFERMERIA CON GRADO DE LICENCIATURA
”DEONTOLOGÍA Y LEGISLACIÓN”
Licenciada en Derecho Verónica Elizabeth Olvera García
“La mujer y el Hombre son iguales ante la ley. Esta protegerá la
organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a
decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el
espaciamiento de sus hijos.”
ENFOQUE DE LA ASIGNATURA: La asignatura pretende dotar de la esencia de las leyes como lo es la
Constitución Mexicana, proporcionando algunas nociones generales del derecho, conociendo los aspectos
legales que rigen a la salud, así como las bases de la Ley General de Salud y Las normas oficiales
mexicanas,ello con el objetivo de aplicar la reglamentación que regula el Sis tema Nacional de Salud,ademas
de los aspectos éticos que contribuyan en el campo clínico – hospitalario.
CONTENIDO:
Unidad I : Generalidades de Deontología.
1.1- Concepto de Deontología
1.2- Concepto de Profesión, Profesional, Profesionista
1.3- Ética Profesional
1.4- Secreto Profesional
1.5- Ejercicio Profesional
1.5.1- Pasante
1.5.2- Práctico
1.6- Servicios Profesionales de Índole Social
1.6.1- Formación, Capacitación y Actualización del Personal
1.7- Título Profesional
1.8- Condiciones para obtener el título profesional.
NOTA: Al término del contenido de esta unidad, el alumno conocerá el concepto de deontología. Diferenciará
entre profesión, profesional y profesionista. Identificará los derechos, obligaciones y prohibiciones de los
profesionistas.
Unidad II : Generalidades de Derecho y Reglamentación a la Salud.
2.1- Concepto de Derecho
2.1.1- Fuentes del Derecho
2.1.2- Características del Derecho
2.2- Artículo 4° de la Constitución
2.3- Reglamentación del Derecho de la Salud
2.4- Autoridades Sanitarias
2.5- Finalidades a la protección de la Salud
2.6- Sistema Nacional de Salud
2.7- Atención Médica
2.8- Servicios básicos de Salud
2.9- Derechos y Obligaciones del beneficiario del Servicio de Salud
NOTA: Al término del contenido de esta segunda unida, del alumno conocerá el concepto de derecho,
identificará el derecho a la protección de la Salud,establecerá la forma en que se reglamenta el derecho a la
Salud,indicará quienes son las autoridades sanitarias, asícomo sus funciones,conocerá sobre la finalidad de
la protección de la salud, el objetivo del sistema Nacional de Salud, de igual manera podrá identificar los
derechos y obligaciones de los beneficiarios del Servicio de Salud.
Unidad III : Responsabilidad Profesional.
3.1- Obligación, Concepto y sus Fuentes
3.1.1- Hecho ilícito
3.1.2- Riesgo Creado
3.2- Responsabilidad, concepto y tipos.
3.3- Indemnización, Concepto y tipos.
3.4- Delito, concepto
3.4.1- Clasificación
3.5- Responsabilidad Profesional
3.6- Responsabilidad Médica.
NOTA: Al término del contenido de esta última unidad, el alumno conocerá el concepto de obligación y sus
fuentes, identificará el hecho ilícito y riesgo creado como fuente de obligación y de responsabilidad,
establecerá los tipos de Indemnización,conocerá el concepto de delito y los casos en los cuales una conducta
puede ser considera delito, y por último, identificará la responsabilidad profesional y Médica, así como sus
sanciones.
BIBLIOGRAFIA:
VARGAS Alvarado, Eduardo
Bioética y Deontología Médica
1ª Ed
Edit. Trillas
México 2009.
BASILE, Alejandro A.
Fundamentos de Medicina
legal, Deontología y Bioética
5ª Ed.
Edit. El Ateneo
México 2006
DESARROLLO DEL CONTENIDO:
I- Generalidades de Deontología.
1.1- Concepto de Deontología.- Proviene del Griego ontos= lo que es
necesario/deber y logia= conocimiento/estudio/ciencia, es decir, LA CIENCIA
QUE ESTUDIA EL DEBER.
La Deontología es denominada una ciencia perteneciente a la ética, que trata
sobre el conjunto de deberes y principios éticos, que rigen las actividades de una
profesión, oficio o ámbito laboral.
La Deontología se encarga de fijar las normas que rigen la conducta así como el
desempeño profesional, dichas normas determinan la responsabilidad en los actos
ligados acorde a cada profesión.
Es una ciencia aplicada al ámbito moral, que se enfoca en regular todas aquellas
conductas y actuaciones que no están contempladas ni en el derecho ni sometidas
al control de la legislación pública.
Esta encargada y o su objetivo es regular aquellas conductas que tenemos en
nuestro trabajo.
Conductas de manera moral
1.2- Concepto de Profesión, Profesional, Profesionista
Profesión.- Proviene del latín “professio”. El término profesión designa un oficio,
empleo u ocupación, para la cual una persona se ha preparado para ejercer, y a
cambio recibe una retribución económica.
Toda actividad mediante la cual obtenemos dinero
Profesional.- Es una persona que se ha formado académicamente y que trabaja
en un área laboral específica y especializada.
Es igual es toda actividad mediante podemos obtener dinero pero es ya existe una
preparación académicamente específicamente en un ámbito
Profesionista.- funciona como adjetivo para referirse a la persona que desarrolla
un oficio habiendo obtenido un título que le acredite para ello, por el cual tendrá
derecho a recibir una retribución económica.
Al igual que los demás es un medio para obtener dinero , pero en este caso ya
tiene un titulo que respalda que estamos capacitados
1.3- Ética Profesional.- Es el conjunto de nomas de carácter ético, aplicadas en
el desarrollo de una actividad laboral. La ética puede aparecer reflejada en
códigos deontológicos o códigos profesionales, atreves de principios y valores. Se
encarga de marcar pautas de conducta para el desempeño de funciones propias
de un cargo dentro de un marco ético, cabe destacar que aunque la ética
profesional utiliza valores universales del ser humano, se centra en cómo estos
son aplicables en el entorno laboral.
Conducta a modo ético que no debemos hacer
1.4- Secreto Profesional.- Es un derecho y un deber que ejercen algunos
profesionales, el cual consiste en mantener reserva sobre la información que
recibe de los clientes o las personas que solicitan sus servicios, este elemento
garantiza la confidencialidad entre el profesional y la persona para quien trabaja.
Cabe hacer mención, que a este solo se tendrá acceso por razón laboral, por lo
tanto el profesional tiene la obligación de no divulgar las confidencias que se le
han confiado.
El secreto profesional tiene legislación
1.5- Ejercicio Profesional.- Se considerará ejercicio profesional a toda actividad
técnica, científica y/o docente así como su consiguiente responsabilidad, sean
estas realizadas en forma pública o privada, libremente en relación de
dependencia y que requieren de una capacitación que otorga el titulo
proporcionado por universidades. Dicho ejercicio profesional deberá llevarse a
cabo mediante la prestación personal de servicios, a través de personas de
existencia física legalmente habilitados y bajo responsabilidad de su sola firma.
El trabajo que yo realizo , mi responsabilidad que conlleva
1.5.1- Pasante.- Son personas que están culminando sus estudios o recién han
egresado de la carrera, y que al hacer prácticas profesionales buscan ganar
experiencia laboral. El objetivo de la pasantía es que el individuo ponga en
práctica los conocimientos adquiridos durante sus años de estudio.
El pasante se convertirá en un aprendiz que adquiera la capacitación para
desempeñarse en un determinado puesto de trabajo, dicha preparación la recibirá
por parte de su mentor o de las personas que lo tendrán a su cargo.
1.5.2- Práctico.-
Es un apoyo, principalmente para los estudiantes, les permite adquirir
conocimientos nuevos, desarrollar habilidades, en base a normas o reglas
que tienen cada procedimiento contribuyendo a la mejora de la salud del
paciente.
Que debe guiar: exige una relación entre enfermero y paciente es decir que
utilizar la comunicación como instrumento, así ayuda a poder realizar de
manera mas eficaz los procedimientos.
Es tener habilidades, decubrimiento
1.6- Servicios Profesionales de Índole Social.- Son aquellos servicios que
prestan los profesionales tales como abogados, asesores, médicos, artistas,
deportistas, etc., ejerciendo su actividad a través de sociedades. Tiene por objeto
realizar las actividades en beneficio de la sociedad, extendiendo los beneficios de
la ciencia, la tecnología y la cultura, además de fomentar en el prestador una
conciencia de solidaridad y fraternidad ante la comunidad a la cual pertenece.
1.6.1- Formación, Capacitación y Actualización del Personal.-
Formación.- La formación es proporcionar los conocimientos, aptitudes y
habilidades que requieren los trabajadores para logara un desempeño
satisfactorio, es la orientación a la expansión de habilidades de una persona en
función de las responsabilidades futuras.
Capacitación.- Es el acto de mejorar los conocimientos, habilidades y conductas,
constituye una herramienta que permite mejorar la productividad, la gestión y la
optimización de recursos,
Actualización.- Es el acto de obtener las herramientas necesarias y los nuevos y
suficientes conocimientos para desempeñar correctamente su labor. Permite un
mejor ejercicio de su actual puesto y de aquellos que pueda ejercer en el futuro,
adaptándose a las exigencias cambiantes del entorno. Fortalece la seguridad en sí
mismo ya que es una continua actualización de conocimientos y habilidades.
Las actividades de capacitación y actualización tienen además el efecto de hacer
que el empleado se sienta más agradecido y comprometido con la empresa o
institución para la cual labora, logrando una mayor permanencia del empleado
reduciendo la rotación del personal.
1.7- Título Profesional.- Es un documento expedido por instituciones del Estado o
descentralizada, y/o instituciones particulares que tengan reconocimiento de
validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios
correspondientes o demostrado tener los conocimientos necesarios de
conformidad con la Ley.
1.8- Condiciones para obtener el título profesional.- Para obtener un título
profesional es indispensable que el profesionista se someta a un proceso de
evaluación, donde se evaluara en el nivel en el que se encuentra, en relación a los
conocimientos propios de su profesión o rama profesional, así como las
habilidades, aptitudes y destrezas que posee para el ejercicio de la misma., el cual
deberá de acreditar y demostrar que ha cumplido con los requisitos académicos
previstos por las leyes aplicables.
Unidad II : Generalidades de Derecho y Reglamentación a la Salud.
2.1- Concepto de Derecho.- El derecho es un sistema normativo de regulación de
la conducta social, producido y garantizado coactivamente por el poder político de
una autoridad soberana, el cual facilita y asegura la convivencia o cooperación
social y cuya valides (obligatoriedad) está condicionada por los valores jurídicos y
éticos de los cuales es generador y portador, respectivamente, en un momento y
lugar histórico determinado.
Que el derecho es un sist. Normativo (conjunto de reglas diseñadas
específicamente para regular la conducta de todas las personas en la
sociedad)
2.1.1- Fuentes del Derecho.- Es el conjunto de normas jurídicas aplicables en un
estado y en un momento determinado. En nuestro país, en el cual predomina el
derecho escrito, las principales fuentes son textos escritos, como los tratados
internacionales, las constituciones, las leyes y los reglamentos, pero cabe
destacar que también existen otras, como las costumbres y los principios
generales del derecho.
Según el ordenamiento de nuestro código civil vigente, en su artículo 1°, son
fuentes de Derecho la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
-En la categoría de Ley y como norma fundamental se encuentra La constitución.
-La costumbre es una norma creada o impuesta por el uso social, sus requisitos
son el uso reiterado y uniforme en el tiempo, no ser contraria a la moral y al orden
público, así como ser aprobada. Actividad que hay en determinado lugar y se
realiza en generacion en generacion
ejemplo en enfermería: muchas mujeres se rigen con costumbres que se guían
con los pensamientos del hombre.
-Los principios generales del derecho son orientadores y que en virtud de lo
previsto en el mencionado artículo 1° CC, tienen una doble función: 1 informan al
ordenamiento jurídico, de manera que estos son considerados tanto en la
elaboración como en la aplicación de las normas y el 2do. También son utilizados
para hallar soluciones concretas a casos determinados.
Ayudan ala creación de normas
Se van a encarga de visualizar cuales son las necesidades
2.1.2- Características del Derecho.- Las normas que estructuran la ciencia
del Derecho tienen algunas características que no deben pasar por alto, ya que
son éstas las que las diferencia de otras. Por ejemplo, las normas religiosas,
morales entre otras. Estas características son:
1. Bilateralidad: Se refiere a que así como impone derechos también los
concede al individuo. Esto quiere decir que requiere de la interactividad de
dos o más personas para ser efectivas, lo que constituye elemento
fundamental para el ejercicio jurídico.
2. Exterioridad: La norma jurídica toma en consideración la adecuación
externa de la conducta con el deber estatuido en la norma, sin importarle si
hay o no intención.
La ley te va juzgar por lo que hiciste, no por la intención
3. Heteronomía: Es un término utilizado para describir la voluntad que no es
propia del sujeto, sino que sigue la voluntad de un tercero. Es decir que
esta característica ocasiona que un sujeto siga una ley que no es generada
por el mismo.
Aunque tu no lo desees , debes de cumplir con ciertas obligaciones ,
ya que así esta estipulado en la ley.
Ejemplo: pagar impuestos
4. Coercibilidad: Consiste en que la norma puede ser cumplida incluso en
contra de la voluntad de la persona, en otras palabras, el estado tiene la
posibilidad de aplicar una norma y la sanción a través de la fuerza física si
el involucrado se niega a cumplirla. Todas las personas están conscientes
que una sanción es un daño que proviene del incumplimiento de una
norma, por lo que todas tienen una sanción y debe ser aplicada
dependiente del caso.
2.2- Artículo 4° de la Constitución.- “La mujer y el Hombre son iguales ante la
ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene
derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el
espaciamiento de sus hijos.”
2.3- Reglamentación del Derecho de la Salud.- El 26 de diciembre de 1983 el
Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Salud, reglamentaria del párrafo
tercero del mencionado Artículo 4o. Constitucional, la cual fue publicada en el
Diario Oficial de la Federación del 7 de febrero de 1984, y entró en vigor desde el
1o. de julio del mismo año.
En la mencionada Ley se definieron, en cumplimiento del mandato constitucional,
las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud; la integración,
objetivos y funciones del Sistema Nacional de Salud, así como la distribución de
competencias entre la Federación y las Entidades Federativas en materia de
salubridad general;
El Sistema Nacional de Salud ha sido concebido y definido como la instancia
mediante la cual los sectores público, social y privado deberán
corresponsabilizarse en el efectivo cumplimiento del derecho a la protección de la
salud, a través de mecanismos de coordinación y concertación de acciones, así
como la de racionalización de los recursos al efecto disponibles;
Todos se rigen por la misma ley sea publico o privado
Artículo 1°.- Dicho reglamento es de observancia general en toda la República,
sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto proveer,
en la esfera administrativa, a la observancia de la Ley General de Salud en lo que
se refiere a Sanidad internacional.
2.4- Autoridades Sanitarias La Secretaría de salud tendrá a su cargo la
operación de los servicios de Sanidad internacional, tanto los de carácter
migratorio como los relacionados con los puertos marítimos, los puestos
fronterizos y los demás lugares legalmente autorizados para el tránsito
internacional de personas y de carga.
Cuales son las actividades de las autoridades sanitarias
Realizan acciones de control y fomentos sanitarios
Regulación y fiscalización del funcionamiento del sistema de atención a la salud
Preservan y promocionan la salud a la sociedad
Vigilan las enfermedades para erradicarlas, y evitar una posible pandemia
Sancionan cualquier falta
Tienen vínculos internacionales
2.5- Finalidades a la protección de la Salud.- Ley General de Salud. Titulo
Primero. Disposiciones Generales, Capitulo ÚNICO. Artículo 2o. Dice: El derecho
a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:
I. El bienestar físico y mental del hombre para contribuir al ejercicio pleno de sus
capacidades;
II. La prolongación y el mejoramiento de la calidad de la vida humana;
III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación,
conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo
social; ( métodos anticonceptivos)
IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la
preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;
(Aquí entraría el uso de cubrebocas , mascarillas)
V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y
oportunamente las necesidades de la población;
Dependiendo el tipo de necesidades, será la manera de satisfacerlas
Ejemplo de un lugar con frio haya algún paciente con picadura de estos animales
si no existen en la zona
VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los
servicios de salud, y
El conocer los servicios accesibles para la contratación
VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la
salud.
2.6- Sistema Nacional de Salud.- El Sistema Nacional de Salud es el conjunto de
los Servicios de Salud de la Administración del Estado y de los Servicios
de Salud de las Comunidades Autónomas de manera que en él se integran todas
las estructuras y servicios públicos sanitarios.
Nos dice que es todos los servicios de salud
2.7- Atención Médica.- La Ley General de Salud en su artículo 1° reglamenta el
derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del
artículo 4° De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así
mismo establece las bases y modalidades para el acceso a servicios de salud y la
concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad
general. Dicha disposición es de aplicación en toda la República y sus
disposiciones son de orden público e interés social.
2.8- Servicios básicos de Salud.- Son aquellas prestaciones que brindan
asistencia sanitaria. La articulación de estos servicios constituye un sistema de
atención orientado al mantenimiento, la restauración y la promoción de la salud de
las personas.
-Atención Médica: control de crecimiento y desarrollo, control pre y post natal,
vacunas, desparasitación, vitaminización, campañas de peso y talla.
-Farmacias y laboratorios clínicos.
-Atención odontológica
-Formación de promotores de salud
-Botiquines rurales
-Educación sexual y reproductiva: métodos de planificación familiar y talleres de
planificación familiar
Jornadas medicas: papanicolau, odontológicas y oftalmológicas.
2.9- Derechos y Obligaciones del beneficiario del Servicio de Salud
Derechos.- Los beneficiarios de los diversos servicios de salud tienen el derecho
de recibir la atención sin ningún tipo de discriminación, desde la relación médico-
paciente como de los medicamentos y los insumos esenciales para un oportuno y
temprano diagnóstico y tratamiento de los padecimientos detectados por las
unidades médicas de consulta, hospitalización y de alta especialización, conforme
a las instituciones encargadas y autorizadas para dar los servicios. El acceso a los
servicios deberá ser de manera igualitaria para toda la población, y equitativa
atendiendo al derecho de proporcionalidad, es decir, en la misma proporción en
que sean requeridos por los beneficiarios serán proporcionados para ellos, sin
distinción cuantitativa y cualitativa, de ahí que, con el propio artículo 1 de la
Constitución Federal, desde el año 2011 se pueda establecer como un derecho
humano. El trato debe ser digno, respetuoso bajo un esquema de calidad, no
importando la condición económica, física o mental de los beneficiarios, alejado de
todo apodo o adjetivo peyorativo. Deberán suministrarse los medicamentos
necesarios correspondientes al servicio que se brinda y bajo el cuidado de que
sean calificados como adecuados por el profesionista médico encargado de
prescribirlos, sin que se tenga que variar la fórmula o envase que ha sido
calificado como autorizado por las autoridades sanitarias. Que el beneficiario
reciba toda la información necesaria, suficiente, clara, oportuna y veraz sobre su
situación física o mental diagnosticada por el personal de salud, conforme al
servicio que corresponda, así como la orientación sobre la atención médica en
relación con los posibles riesgos y alternativas de los procedimientos diagnósticos
terapéuticos y quirúrgicos que se le pretenden aplicar; por lo que el beneficiario o
usuario del servicio debe comprender razonadamente todo procedimiento al que el
personal de salud pretenda someterlo. Ello le permitirá decir libremente sobre su
atención, así como otorgar el consentimiento válidamente informado y razonado
para admitir o rechazar el tratamiento o procedimiento del que se trate. Derivado
de tal derecho, el usuario del servicio o paciente tiene la obligación de dar la
información que tenga acerca del estado de salud que haya padecido previamente
o las atenciones derivadas del padecimiento o de otros padecimientos. Todo
beneficiario del servicio de salud debe también contar con un expediente clínico,
que deberá ser requisitado y llenado por el personal de salud con los datos que
establece para ello la Norma Oficial Mexicana de Salud. La información y atención
derivada del servicio deberá darse bajo el principio de confidencialidad y
protección de los datos personales del beneficiario por los sujetos obligados.
Obligaciones.- El beneficiario del servicio deberá responsabilizarse del buen uso
de las instalaciones y del servicio por el que son atendidos, conforme a los
reglamentos internos de cada institución. Entre las obligaciones de los
beneficiarios de los servicios de salud se encuentran conducir sus acciones
tendientes a proteger la salud y prevenir las enfermedades; hacer uso de las
credenciales o identificación del servicio sin transferirlas; informarse sobre los
procedimientos que rigen en el establecimiento que le brinde el servicio; informarle
veraz y oportunamente al personal de salud acerca de sus antecedentes,
necesidades y problemas de salud; cumplir con las recomendaciones de
prescripción, tratamiento o procedimiento en general que le otorgue el personal de
salud; informarse acerca de los riesgos y alternativas de los procedimientos
terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen, así como de los
procedimientos de consulta y quejas. Los pacientes o usuarios deben ante todo
dar un trato respetuoso al personal de salud.
Unidad III : Responsabilidad Profesional.
3.1- Obligación, Concepto y sus Fuentes.-
La Obligación: es una palabra que emana del latín, y significa todo aquello que
una persona está forzada o forzado a hacer. Puede tratarse de una imposición
legal, exigencia ética, y exigencia moral. Es cuando estamos obligados
EJEMPLOS:
1.- Pagar los impuestos es una obligación de todos los ciudadanos.
2.- Si quieres seguir trabajando para nosotros, tienes la obligación de llegar
puntual todas las mañanas.
3.- Ayudar a los más necesitados es una obligación de todos los que tenemos la
suerte de tener trabajo.
Por lo tanto, una obligación puede ser un vínculo que lleva a hacer o a abstenerse
de hacer algo, fijado en ley o por normativa.
Son fuentes de obligación de aquellos hechos jurídicos que dan origen a la
obligación entre las personas y son:
El contrato. Produce obligaciones porque tanto el acreedor como el deudor han
manifestado su voluntad de contratar.
El pago de lo indebido. Este se presenta cuando una persona (deudor) paga a
quien no es su acreedor. La ley obliga a aquel que ha recibido el pago tiene la
obligación de repetirlo.
La gestión de negocios. Consiste en la obligación que adquiere aquel que sin estar
obligado, asume la gestión de negocios ajenos, de continuar la gestión
comenzada y de llevarla a término hasta que el dueño se halle en estado de
proveer a sí mismo a ellas, debiendo también someterse a las consecuencias del
negocio y a las obligaciones derivadas de un mandato.
Enriquecimiento sin causa. se dan ciertos supuestos en donde todo aquel que se
enriquece sin justa causa a expensas de otro, está obligado a indemnizar dentro
de los límites de su propio enriquecimiento, de todo lo que aquel se hubiese
empobrecido.
Hecho ilícito. En el cual se agrupan las obligaciones provenientes del daño
causado con intención por el agente a la persona o al patrimonio de la víctima, o
cuando se causa el daño sin intención por imprudencia, negligencia, impericia, se
responde por el daño causado por un hecho propio, o bien por los hechos de una
persona sometida a nuestra guarda, o de una cosa o animal sobre los cuales
debíamos haber ejercido una vigilancia correcta.
3.1.1- Hecho ilícito.- Es todo acto contrario al ordenamiento jurídico vigente,
generado por la intención, la imprudencia, impericia, negligencia, mala fe, abuso
de derecho e inobservancia normativa de una persona (culpable), que tiene por
contrapartida una responsabilidad civil en favor de otra persona (perjudicado o
victima) el cual que debe cubrir el agente del daño causado.
3.1.2- Riesgo Creado.- es una fuente de obligaciones reconocida en algunos
códigos, En virtud del cual que hace el uso de cosas peligrosas, debe reparar los
daños que cause, aun cuando haya procedido lícitamente.
3.2- Responsabilidad, concepto y tipos.
Responsabilidad: se refiere al valor que se encuentra en la conciencia de cada
persona. Cuando se pone en práctica, se establece la capacidad de esta acción y
la manera de enfrentarla de forma integral y positiva.
Una persona se puede caracterizar a través de su responsabilidad, ya que no solo
tiene la virtud de saber tomar decisiones conscientemente, sino que también es
capaz de asumir cualquier consecuencia por causa de sus decisiones. Ser
responsable indica poder cumplir con algunos compromisos específicos. La
responsabilidad no solo es indispensable en el ámbito profesional, también lo es
en los compromisos sociales. EJEMPLO: Todo trabajador debe cumplir
eficientemente en su jornada de trabajo y en caso de tener una cita, es importante
llegar a la hora acordada.
Tipos de responsabilidad:
-Responsabilidad social: Se basa en las obligaciones y características que posee
cada persona que participe en una sociedad para poder ejecutar alguna labor
específica, donde sus acciones sean las adecuadas y a su vez mantengan una
responsabilidad de dichas acciones.
Toda acción que tiene un individuo en la sociedad
-Responsabilidad Civil: En este sentido es importante resaltar que, en este tipo de
responsabilidad, se deben asumir los daños que hayan podido perjudicar a una
persona, sin poder repararlos. Estos podrían ser a través de la adquisición de
algún contrato que quede estipulado por la ley, logrando una denominación
llamada extra – contractual.
-Responsabilidad Solidaria: Aquí se adquiere un compromiso interno en una
empresa específica y de esa forma poder responder ante los actos y acciones que
se generen dentro de la misma. En ese caso, se podrían atender todas las
obligaciones de cada una de las personas que laboran dentro de la empresa.
Agarrar la responsabilidad entre todos los miembros de la empresa
-Responsabilidad Limitada: En este tipo de responsabilidad se habla de una
sociedad mercantil, en donde se manifiestan todas las obligaciones que se
encuentren dentro del sistema laboral.
Nos dice que debemos abocarnos en lo que nos corresponde
Responsabilidad funcional: Se refiere al resultado que se presenta cuando se lleva
una función pública o administrativa.
Responsabilidad Contractual: Es la obligación que debe adquirir cada persona
cuando desobedece lo que haya estipulado en un contrato que tenga validez.
Responsabilidad Penal: Se trata de un acto penal por ley, que debe realizar una
persona a la que se le haya declarado culpable sobre un hecho que cometió.
Responsabilidad moral: Esta clasificación incide en la conciencia de las personas,
ya que se manifiesta por medio de sus reacciones, que demuestran los
remordimientos y arrepentimientos de sus acciones.
Responsabilidad Extracontractual: Esta clasificación se genera por causa de un
tercero.
Responsabilidad Colectiva: Se muestra cuando se garantiza que una determinada
obligación sea cumplida.
Responsabilidad Jurídica: Se refiere a la obligación que tienen los magistrados o
jueces, en caso de que surja una violación de ley o cuando se infringen las
funciones que establece la ley. Dependiendo de la falta que se cometa se puede
caracterizar como una responsabilidad penal o civil.
Responsabilidad del Valor humano: Para referirse a este tipo de responsabilidad,
se puede decir que es una característica positiva adoptada por las personas, al ser
capaces de asumir un compromiso y a su vez accionar de la mejor manera ante
una determinada situación, obedeciendo la ética y la moral.
3.3- Indemnización, Concepto y tipos.
Concepto: La indemnización es una compensación de índole económica que
recibe una persona, institución o empresa, como resultado de haber recibido algún
daño o perjuicio. Este concepto también suele hacer referencia al monto que se
utiliza en el acto de indemnizar.
Para determinar la indemnización, esta debe calcularse a través de una
investigación y emisión de la justicia sujeta a las leyes dispuestas en el país en
cuestión. Por otro lado, también existen indemnizaciones automáticas, las cuales
se llevan a cabo cuando existe una serie de episodios que la ley defiende de
antemano.
Tipos de indemnización: Si bien las indemnizaciones pueden variar según las
leyes vigentes de cada país, estas se pueden clasificar de la siguiente manera:
-Indemnización por finalización de contrato temporal: esto sucede cuando un
contrato temporal finaliza porque ha terminado el motivo del contrato. Aquí, el
trabajador o empresa cuenta con el derecho a exigir una indemnización.
-Indemnización por cambios que realiza la empresa: el trabajador al que se
cambia de lugar o tipo de trabajo puede decidir si aceptar o no estos cambios. Si
no los acepta, puede exigir una indemnización.
-Indemnización por incumplimiento: sucede cuando la empresa no cumple con lo
estipulado en el contrato de trabajo, por lo que debe retribuir al trabajador o
empresa afectada.
-Indemnización por fallecimiento: si un trabajador fallece de forma natural, la
empresa en donde trabajaba debe dar una indemnización a su familia.
-Indemnización por discapacidad, fallecimiento o jubilación de empresario
autónomo: si una empresa no puede continuar con su actividad, debe indemnizar
a sus trabajadores.
-Indemnización por disolución de sociedad: si una sociedad decide
repentinamente romper pero continúa con contratos vigentes, debe indemnizar a
sus trabajadores activos.
-Indemnización por despido justificado: situaciones de despido justificadas por
motivos disciplinarios, tales como falta de adaptación, ineptitud o inasistencia. En
algunos casos, el empleador tiene el derecho a no abonarlas.
3.4- Delito, concepto.- Un delito es una infracción o una conducta que va en
contra al ordenamiento jurídico de la sociedad y será castigada con la
correspondiente pena o sanción.
El delito es:
1. Instantáneo, cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se
han realizado todos sus elementos constitutivos;
2. Permanente o continuo, cuando la consumación se prolonga en el tiempo.
Ósea el robo permanece por tiempo.
3. Continuado, cuando con unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas y
unidad de sujeto pasivo, se viola el mismo precepto legal.
Ejemplo : un acoso sexual y laboral
3.4.1- Clasificación
Hay varias formas de clasificar los delitos, siendo una de ellas su gravedad. En
función de su gravedad tenemos la siguiente clasificación de delitos:
-Delitos graves
-Delitos menos graves
-Delitos leves
-Delitos de mera actividad
Además, los delitos pueden clasificarse como dolosos o culposos.
Ejemplos de delitos comunes
Para finalizar, algunos ejemplos de delitos son:
-Homicidio
-Secuestro-extorsión
-Robo
-Lesiones
-Fraude
-Delito de amenazas
-Cohecho
-Delitos fiscales
-Abuso sexual
-Allanamiento de morada
-Abuso de autoridad
-Delito de daños
3.5- Responsabilidad Profesional.- La responsabilidad profesional es una
modalidad de la responsabilidad consistente en la obligación que recae sobre
un profesional de reparar el daño que ha causado a otro en el ejercicio de su
profesión u oficio.
3.6- Responsabilidad Médica.
Responsabilidad Profesional Médica. La obligación que tienen los médicos de
reparar y satisfacer las consecuencias de los actos, omisiones y errores
voluntarios e involuntarios incluso, dentro de ciertos límites, cometidos en el
ejercicio de su profesión.

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  • 1. DICAPTA ENFERMERIA CON GRADO DE LICENCIATURA ”DEONTOLOGÍA Y LEGISLACIÓN” Licenciada en Derecho Verónica Elizabeth Olvera García “La mujer y el Hombre son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.”
  • 2. ENFOQUE DE LA ASIGNATURA: La asignatura pretende dotar de la esencia de las leyes como lo es la Constitución Mexicana, proporcionando algunas nociones generales del derecho, conociendo los aspectos legales que rigen a la salud, así como las bases de la Ley General de Salud y Las normas oficiales mexicanas,ello con el objetivo de aplicar la reglamentación que regula el Sis tema Nacional de Salud,ademas de los aspectos éticos que contribuyan en el campo clínico – hospitalario. CONTENIDO: Unidad I : Generalidades de Deontología. 1.1- Concepto de Deontología 1.2- Concepto de Profesión, Profesional, Profesionista 1.3- Ética Profesional 1.4- Secreto Profesional 1.5- Ejercicio Profesional 1.5.1- Pasante 1.5.2- Práctico 1.6- Servicios Profesionales de Índole Social 1.6.1- Formación, Capacitación y Actualización del Personal 1.7- Título Profesional 1.8- Condiciones para obtener el título profesional. NOTA: Al término del contenido de esta unidad, el alumno conocerá el concepto de deontología. Diferenciará entre profesión, profesional y profesionista. Identificará los derechos, obligaciones y prohibiciones de los profesionistas. Unidad II : Generalidades de Derecho y Reglamentación a la Salud. 2.1- Concepto de Derecho 2.1.1- Fuentes del Derecho 2.1.2- Características del Derecho 2.2- Artículo 4° de la Constitución 2.3- Reglamentación del Derecho de la Salud 2.4- Autoridades Sanitarias 2.5- Finalidades a la protección de la Salud 2.6- Sistema Nacional de Salud 2.7- Atención Médica 2.8- Servicios básicos de Salud 2.9- Derechos y Obligaciones del beneficiario del Servicio de Salud NOTA: Al término del contenido de esta segunda unida, del alumno conocerá el concepto de derecho, identificará el derecho a la protección de la Salud,establecerá la forma en que se reglamenta el derecho a la Salud,indicará quienes son las autoridades sanitarias, asícomo sus funciones,conocerá sobre la finalidad de la protección de la salud, el objetivo del sistema Nacional de Salud, de igual manera podrá identificar los derechos y obligaciones de los beneficiarios del Servicio de Salud. Unidad III : Responsabilidad Profesional. 3.1- Obligación, Concepto y sus Fuentes 3.1.1- Hecho ilícito 3.1.2- Riesgo Creado 3.2- Responsabilidad, concepto y tipos. 3.3- Indemnización, Concepto y tipos. 3.4- Delito, concepto
  • 3. 3.4.1- Clasificación 3.5- Responsabilidad Profesional 3.6- Responsabilidad Médica. NOTA: Al término del contenido de esta última unidad, el alumno conocerá el concepto de obligación y sus fuentes, identificará el hecho ilícito y riesgo creado como fuente de obligación y de responsabilidad, establecerá los tipos de Indemnización,conocerá el concepto de delito y los casos en los cuales una conducta puede ser considera delito, y por último, identificará la responsabilidad profesional y Médica, así como sus sanciones. BIBLIOGRAFIA: VARGAS Alvarado, Eduardo Bioética y Deontología Médica 1ª Ed Edit. Trillas México 2009. BASILE, Alejandro A. Fundamentos de Medicina legal, Deontología y Bioética 5ª Ed. Edit. El Ateneo México 2006
  • 4. DESARROLLO DEL CONTENIDO: I- Generalidades de Deontología. 1.1- Concepto de Deontología.- Proviene del Griego ontos= lo que es necesario/deber y logia= conocimiento/estudio/ciencia, es decir, LA CIENCIA QUE ESTUDIA EL DEBER. La Deontología es denominada una ciencia perteneciente a la ética, que trata sobre el conjunto de deberes y principios éticos, que rigen las actividades de una profesión, oficio o ámbito laboral. La Deontología se encarga de fijar las normas que rigen la conducta así como el desempeño profesional, dichas normas determinan la responsabilidad en los actos ligados acorde a cada profesión. Es una ciencia aplicada al ámbito moral, que se enfoca en regular todas aquellas conductas y actuaciones que no están contempladas ni en el derecho ni sometidas al control de la legislación pública. Esta encargada y o su objetivo es regular aquellas conductas que tenemos en nuestro trabajo. Conductas de manera moral 1.2- Concepto de Profesión, Profesional, Profesionista Profesión.- Proviene del latín “professio”. El término profesión designa un oficio, empleo u ocupación, para la cual una persona se ha preparado para ejercer, y a cambio recibe una retribución económica. Toda actividad mediante la cual obtenemos dinero Profesional.- Es una persona que se ha formado académicamente y que trabaja en un área laboral específica y especializada. Es igual es toda actividad mediante podemos obtener dinero pero es ya existe una preparación académicamente específicamente en un ámbito Profesionista.- funciona como adjetivo para referirse a la persona que desarrolla un oficio habiendo obtenido un título que le acredite para ello, por el cual tendrá derecho a recibir una retribución económica. Al igual que los demás es un medio para obtener dinero , pero en este caso ya tiene un titulo que respalda que estamos capacitados 1.3- Ética Profesional.- Es el conjunto de nomas de carácter ético, aplicadas en el desarrollo de una actividad laboral. La ética puede aparecer reflejada en códigos deontológicos o códigos profesionales, atreves de principios y valores. Se encarga de marcar pautas de conducta para el desempeño de funciones propias de un cargo dentro de un marco ético, cabe destacar que aunque la ética
  • 5. profesional utiliza valores universales del ser humano, se centra en cómo estos son aplicables en el entorno laboral. Conducta a modo ético que no debemos hacer 1.4- Secreto Profesional.- Es un derecho y un deber que ejercen algunos profesionales, el cual consiste en mantener reserva sobre la información que recibe de los clientes o las personas que solicitan sus servicios, este elemento garantiza la confidencialidad entre el profesional y la persona para quien trabaja. Cabe hacer mención, que a este solo se tendrá acceso por razón laboral, por lo tanto el profesional tiene la obligación de no divulgar las confidencias que se le han confiado. El secreto profesional tiene legislación 1.5- Ejercicio Profesional.- Se considerará ejercicio profesional a toda actividad técnica, científica y/o docente así como su consiguiente responsabilidad, sean estas realizadas en forma pública o privada, libremente en relación de dependencia y que requieren de una capacitación que otorga el titulo proporcionado por universidades. Dicho ejercicio profesional deberá llevarse a cabo mediante la prestación personal de servicios, a través de personas de existencia física legalmente habilitados y bajo responsabilidad de su sola firma. El trabajo que yo realizo , mi responsabilidad que conlleva 1.5.1- Pasante.- Son personas que están culminando sus estudios o recién han egresado de la carrera, y que al hacer prácticas profesionales buscan ganar experiencia laboral. El objetivo de la pasantía es que el individuo ponga en práctica los conocimientos adquiridos durante sus años de estudio. El pasante se convertirá en un aprendiz que adquiera la capacitación para desempeñarse en un determinado puesto de trabajo, dicha preparación la recibirá por parte de su mentor o de las personas que lo tendrán a su cargo. 1.5.2- Práctico.- Es un apoyo, principalmente para los estudiantes, les permite adquirir conocimientos nuevos, desarrollar habilidades, en base a normas o reglas que tienen cada procedimiento contribuyendo a la mejora de la salud del paciente. Que debe guiar: exige una relación entre enfermero y paciente es decir que utilizar la comunicación como instrumento, así ayuda a poder realizar de manera mas eficaz los procedimientos.
  • 6. Es tener habilidades, decubrimiento 1.6- Servicios Profesionales de Índole Social.- Son aquellos servicios que prestan los profesionales tales como abogados, asesores, médicos, artistas, deportistas, etc., ejerciendo su actividad a través de sociedades. Tiene por objeto realizar las actividades en beneficio de la sociedad, extendiendo los beneficios de la ciencia, la tecnología y la cultura, además de fomentar en el prestador una conciencia de solidaridad y fraternidad ante la comunidad a la cual pertenece. 1.6.1- Formación, Capacitación y Actualización del Personal.- Formación.- La formación es proporcionar los conocimientos, aptitudes y habilidades que requieren los trabajadores para logara un desempeño satisfactorio, es la orientación a la expansión de habilidades de una persona en función de las responsabilidades futuras. Capacitación.- Es el acto de mejorar los conocimientos, habilidades y conductas, constituye una herramienta que permite mejorar la productividad, la gestión y la optimización de recursos, Actualización.- Es el acto de obtener las herramientas necesarias y los nuevos y suficientes conocimientos para desempeñar correctamente su labor. Permite un mejor ejercicio de su actual puesto y de aquellos que pueda ejercer en el futuro, adaptándose a las exigencias cambiantes del entorno. Fortalece la seguridad en sí mismo ya que es una continua actualización de conocimientos y habilidades. Las actividades de capacitación y actualización tienen además el efecto de hacer que el empleado se sienta más agradecido y comprometido con la empresa o institución para la cual labora, logrando una mayor permanencia del empleado reduciendo la rotación del personal. 1.7- Título Profesional.- Es un documento expedido por instituciones del Estado o descentralizada, y/o instituciones particulares que tengan reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios correspondientes o demostrado tener los conocimientos necesarios de conformidad con la Ley. 1.8- Condiciones para obtener el título profesional.- Para obtener un título profesional es indispensable que el profesionista se someta a un proceso de
  • 7. evaluación, donde se evaluara en el nivel en el que se encuentra, en relación a los conocimientos propios de su profesión o rama profesional, así como las habilidades, aptitudes y destrezas que posee para el ejercicio de la misma., el cual deberá de acreditar y demostrar que ha cumplido con los requisitos académicos previstos por las leyes aplicables. Unidad II : Generalidades de Derecho y Reglamentación a la Salud. 2.1- Concepto de Derecho.- El derecho es un sistema normativo de regulación de la conducta social, producido y garantizado coactivamente por el poder político de una autoridad soberana, el cual facilita y asegura la convivencia o cooperación social y cuya valides (obligatoriedad) está condicionada por los valores jurídicos y éticos de los cuales es generador y portador, respectivamente, en un momento y lugar histórico determinado. Que el derecho es un sist. Normativo (conjunto de reglas diseñadas específicamente para regular la conducta de todas las personas en la sociedad) 2.1.1- Fuentes del Derecho.- Es el conjunto de normas jurídicas aplicables en un estado y en un momento determinado. En nuestro país, en el cual predomina el derecho escrito, las principales fuentes son textos escritos, como los tratados internacionales, las constituciones, las leyes y los reglamentos, pero cabe destacar que también existen otras, como las costumbres y los principios generales del derecho. Según el ordenamiento de nuestro código civil vigente, en su artículo 1°, son fuentes de Derecho la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. -En la categoría de Ley y como norma fundamental se encuentra La constitución. -La costumbre es una norma creada o impuesta por el uso social, sus requisitos son el uso reiterado y uniforme en el tiempo, no ser contraria a la moral y al orden público, así como ser aprobada. Actividad que hay en determinado lugar y se realiza en generacion en generacion ejemplo en enfermería: muchas mujeres se rigen con costumbres que se guían con los pensamientos del hombre. -Los principios generales del derecho son orientadores y que en virtud de lo previsto en el mencionado artículo 1° CC, tienen una doble función: 1 informan al ordenamiento jurídico, de manera que estos son considerados tanto en la elaboración como en la aplicación de las normas y el 2do. También son utilizados para hallar soluciones concretas a casos determinados. Ayudan ala creación de normas Se van a encarga de visualizar cuales son las necesidades
  • 8. 2.1.2- Características del Derecho.- Las normas que estructuran la ciencia del Derecho tienen algunas características que no deben pasar por alto, ya que son éstas las que las diferencia de otras. Por ejemplo, las normas religiosas, morales entre otras. Estas características son: 1. Bilateralidad: Se refiere a que así como impone derechos también los concede al individuo. Esto quiere decir que requiere de la interactividad de dos o más personas para ser efectivas, lo que constituye elemento fundamental para el ejercicio jurídico. 2. Exterioridad: La norma jurídica toma en consideración la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido en la norma, sin importarle si hay o no intención. La ley te va juzgar por lo que hiciste, no por la intención 3. Heteronomía: Es un término utilizado para describir la voluntad que no es propia del sujeto, sino que sigue la voluntad de un tercero. Es decir que esta característica ocasiona que un sujeto siga una ley que no es generada por el mismo. Aunque tu no lo desees , debes de cumplir con ciertas obligaciones , ya que así esta estipulado en la ley. Ejemplo: pagar impuestos 4. Coercibilidad: Consiste en que la norma puede ser cumplida incluso en contra de la voluntad de la persona, en otras palabras, el estado tiene la posibilidad de aplicar una norma y la sanción a través de la fuerza física si el involucrado se niega a cumplirla. Todas las personas están conscientes que una sanción es un daño que proviene del incumplimiento de una norma, por lo que todas tienen una sanción y debe ser aplicada dependiente del caso. 2.2- Artículo 4° de la Constitución.- “La mujer y el Hombre son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.”
  • 9. 2.3- Reglamentación del Derecho de la Salud.- El 26 de diciembre de 1983 el Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Salud, reglamentaria del párrafo tercero del mencionado Artículo 4o. Constitucional, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 7 de febrero de 1984, y entró en vigor desde el 1o. de julio del mismo año. En la mencionada Ley se definieron, en cumplimiento del mandato constitucional, las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud; la integración, objetivos y funciones del Sistema Nacional de Salud, así como la distribución de competencias entre la Federación y las Entidades Federativas en materia de salubridad general; El Sistema Nacional de Salud ha sido concebido y definido como la instancia mediante la cual los sectores público, social y privado deberán corresponsabilizarse en el efectivo cumplimiento del derecho a la protección de la salud, a través de mecanismos de coordinación y concertación de acciones, así como la de racionalización de los recursos al efecto disponibles; Todos se rigen por la misma ley sea publico o privado Artículo 1°.- Dicho reglamento es de observancia general en toda la República, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto proveer, en la esfera administrativa, a la observancia de la Ley General de Salud en lo que se refiere a Sanidad internacional. 2.4- Autoridades Sanitarias La Secretaría de salud tendrá a su cargo la operación de los servicios de Sanidad internacional, tanto los de carácter migratorio como los relacionados con los puertos marítimos, los puestos fronterizos y los demás lugares legalmente autorizados para el tránsito internacional de personas y de carga. Cuales son las actividades de las autoridades sanitarias Realizan acciones de control y fomentos sanitarios Regulación y fiscalización del funcionamiento del sistema de atención a la salud Preservan y promocionan la salud a la sociedad Vigilan las enfermedades para erradicarlas, y evitar una posible pandemia Sancionan cualquier falta Tienen vínculos internacionales 2.5- Finalidades a la protección de la Salud.- Ley General de Salud. Titulo Primero. Disposiciones Generales, Capitulo ÚNICO. Artículo 2o. Dice: El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:
  • 10. I. El bienestar físico y mental del hombre para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; II. La prolongación y el mejoramiento de la calidad de la vida humana; III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social; ( métodos anticonceptivos) IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud; (Aquí entraría el uso de cubrebocas , mascarillas) V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; Dependiendo el tipo de necesidades, será la manera de satisfacerlas Ejemplo de un lugar con frio haya algún paciente con picadura de estos animales si no existen en la zona VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y El conocer los servicios accesibles para la contratación VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud. 2.6- Sistema Nacional de Salud.- El Sistema Nacional de Salud es el conjunto de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas de manera que en él se integran todas las estructuras y servicios públicos sanitarios. Nos dice que es todos los servicios de salud 2.7- Atención Médica.- La Ley General de Salud en su artículo 1° reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4° De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así mismo establece las bases y modalidades para el acceso a servicios de salud y la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Dicha disposición es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. 2.8- Servicios básicos de Salud.- Son aquellas prestaciones que brindan asistencia sanitaria. La articulación de estos servicios constituye un sistema de
  • 11. atención orientado al mantenimiento, la restauración y la promoción de la salud de las personas. -Atención Médica: control de crecimiento y desarrollo, control pre y post natal, vacunas, desparasitación, vitaminización, campañas de peso y talla. -Farmacias y laboratorios clínicos. -Atención odontológica -Formación de promotores de salud -Botiquines rurales -Educación sexual y reproductiva: métodos de planificación familiar y talleres de planificación familiar Jornadas medicas: papanicolau, odontológicas y oftalmológicas. 2.9- Derechos y Obligaciones del beneficiario del Servicio de Salud Derechos.- Los beneficiarios de los diversos servicios de salud tienen el derecho de recibir la atención sin ningún tipo de discriminación, desde la relación médico- paciente como de los medicamentos y los insumos esenciales para un oportuno y temprano diagnóstico y tratamiento de los padecimientos detectados por las unidades médicas de consulta, hospitalización y de alta especialización, conforme a las instituciones encargadas y autorizadas para dar los servicios. El acceso a los servicios deberá ser de manera igualitaria para toda la población, y equitativa atendiendo al derecho de proporcionalidad, es decir, en la misma proporción en que sean requeridos por los beneficiarios serán proporcionados para ellos, sin distinción cuantitativa y cualitativa, de ahí que, con el propio artículo 1 de la Constitución Federal, desde el año 2011 se pueda establecer como un derecho humano. El trato debe ser digno, respetuoso bajo un esquema de calidad, no importando la condición económica, física o mental de los beneficiarios, alejado de todo apodo o adjetivo peyorativo. Deberán suministrarse los medicamentos necesarios correspondientes al servicio que se brinda y bajo el cuidado de que sean calificados como adecuados por el profesionista médico encargado de prescribirlos, sin que se tenga que variar la fórmula o envase que ha sido calificado como autorizado por las autoridades sanitarias. Que el beneficiario reciba toda la información necesaria, suficiente, clara, oportuna y veraz sobre su situación física o mental diagnosticada por el personal de salud, conforme al servicio que corresponda, así como la orientación sobre la atención médica en relación con los posibles riesgos y alternativas de los procedimientos diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le pretenden aplicar; por lo que el beneficiario o usuario del servicio debe comprender razonadamente todo procedimiento al que el personal de salud pretenda someterlo. Ello le permitirá decir libremente sobre su atención, así como otorgar el consentimiento válidamente informado y razonado para admitir o rechazar el tratamiento o procedimiento del que se trate. Derivado de tal derecho, el usuario del servicio o paciente tiene la obligación de dar la información que tenga acerca del estado de salud que haya padecido previamente o las atenciones derivadas del padecimiento o de otros padecimientos. Todo beneficiario del servicio de salud debe también contar con un expediente clínico,
  • 12. que deberá ser requisitado y llenado por el personal de salud con los datos que establece para ello la Norma Oficial Mexicana de Salud. La información y atención derivada del servicio deberá darse bajo el principio de confidencialidad y protección de los datos personales del beneficiario por los sujetos obligados. Obligaciones.- El beneficiario del servicio deberá responsabilizarse del buen uso de las instalaciones y del servicio por el que son atendidos, conforme a los reglamentos internos de cada institución. Entre las obligaciones de los beneficiarios de los servicios de salud se encuentran conducir sus acciones tendientes a proteger la salud y prevenir las enfermedades; hacer uso de las credenciales o identificación del servicio sin transferirlas; informarse sobre los procedimientos que rigen en el establecimiento que le brinde el servicio; informarle veraz y oportunamente al personal de salud acerca de sus antecedentes, necesidades y problemas de salud; cumplir con las recomendaciones de prescripción, tratamiento o procedimiento en general que le otorgue el personal de salud; informarse acerca de los riesgos y alternativas de los procedimientos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen, así como de los procedimientos de consulta y quejas. Los pacientes o usuarios deben ante todo dar un trato respetuoso al personal de salud. Unidad III : Responsabilidad Profesional. 3.1- Obligación, Concepto y sus Fuentes.- La Obligación: es una palabra que emana del latín, y significa todo aquello que una persona está forzada o forzado a hacer. Puede tratarse de una imposición legal, exigencia ética, y exigencia moral. Es cuando estamos obligados EJEMPLOS: 1.- Pagar los impuestos es una obligación de todos los ciudadanos. 2.- Si quieres seguir trabajando para nosotros, tienes la obligación de llegar puntual todas las mañanas. 3.- Ayudar a los más necesitados es una obligación de todos los que tenemos la suerte de tener trabajo. Por lo tanto, una obligación puede ser un vínculo que lleva a hacer o a abstenerse de hacer algo, fijado en ley o por normativa. Son fuentes de obligación de aquellos hechos jurídicos que dan origen a la obligación entre las personas y son: El contrato. Produce obligaciones porque tanto el acreedor como el deudor han manifestado su voluntad de contratar.
  • 13. El pago de lo indebido. Este se presenta cuando una persona (deudor) paga a quien no es su acreedor. La ley obliga a aquel que ha recibido el pago tiene la obligación de repetirlo. La gestión de negocios. Consiste en la obligación que adquiere aquel que sin estar obligado, asume la gestión de negocios ajenos, de continuar la gestión comenzada y de llevarla a término hasta que el dueño se halle en estado de proveer a sí mismo a ellas, debiendo también someterse a las consecuencias del negocio y a las obligaciones derivadas de un mandato. Enriquecimiento sin causa. se dan ciertos supuestos en donde todo aquel que se enriquece sin justa causa a expensas de otro, está obligado a indemnizar dentro de los límites de su propio enriquecimiento, de todo lo que aquel se hubiese empobrecido. Hecho ilícito. En el cual se agrupan las obligaciones provenientes del daño causado con intención por el agente a la persona o al patrimonio de la víctima, o cuando se causa el daño sin intención por imprudencia, negligencia, impericia, se responde por el daño causado por un hecho propio, o bien por los hechos de una persona sometida a nuestra guarda, o de una cosa o animal sobre los cuales debíamos haber ejercido una vigilancia correcta. 3.1.1- Hecho ilícito.- Es todo acto contrario al ordenamiento jurídico vigente, generado por la intención, la imprudencia, impericia, negligencia, mala fe, abuso de derecho e inobservancia normativa de una persona (culpable), que tiene por contrapartida una responsabilidad civil en favor de otra persona (perjudicado o victima) el cual que debe cubrir el agente del daño causado. 3.1.2- Riesgo Creado.- es una fuente de obligaciones reconocida en algunos códigos, En virtud del cual que hace el uso de cosas peligrosas, debe reparar los daños que cause, aun cuando haya procedido lícitamente. 3.2- Responsabilidad, concepto y tipos. Responsabilidad: se refiere al valor que se encuentra en la conciencia de cada persona. Cuando se pone en práctica, se establece la capacidad de esta acción y la manera de enfrentarla de forma integral y positiva. Una persona se puede caracterizar a través de su responsabilidad, ya que no solo tiene la virtud de saber tomar decisiones conscientemente, sino que también es capaz de asumir cualquier consecuencia por causa de sus decisiones. Ser responsable indica poder cumplir con algunos compromisos específicos. La
  • 14. responsabilidad no solo es indispensable en el ámbito profesional, también lo es en los compromisos sociales. EJEMPLO: Todo trabajador debe cumplir eficientemente en su jornada de trabajo y en caso de tener una cita, es importante llegar a la hora acordada. Tipos de responsabilidad: -Responsabilidad social: Se basa en las obligaciones y características que posee cada persona que participe en una sociedad para poder ejecutar alguna labor específica, donde sus acciones sean las adecuadas y a su vez mantengan una responsabilidad de dichas acciones. Toda acción que tiene un individuo en la sociedad -Responsabilidad Civil: En este sentido es importante resaltar que, en este tipo de responsabilidad, se deben asumir los daños que hayan podido perjudicar a una persona, sin poder repararlos. Estos podrían ser a través de la adquisición de algún contrato que quede estipulado por la ley, logrando una denominación llamada extra – contractual. -Responsabilidad Solidaria: Aquí se adquiere un compromiso interno en una empresa específica y de esa forma poder responder ante los actos y acciones que se generen dentro de la misma. En ese caso, se podrían atender todas las obligaciones de cada una de las personas que laboran dentro de la empresa. Agarrar la responsabilidad entre todos los miembros de la empresa -Responsabilidad Limitada: En este tipo de responsabilidad se habla de una sociedad mercantil, en donde se manifiestan todas las obligaciones que se encuentren dentro del sistema laboral. Nos dice que debemos abocarnos en lo que nos corresponde Responsabilidad funcional: Se refiere al resultado que se presenta cuando se lleva una función pública o administrativa. Responsabilidad Contractual: Es la obligación que debe adquirir cada persona cuando desobedece lo que haya estipulado en un contrato que tenga validez. Responsabilidad Penal: Se trata de un acto penal por ley, que debe realizar una persona a la que se le haya declarado culpable sobre un hecho que cometió.
  • 15. Responsabilidad moral: Esta clasificación incide en la conciencia de las personas, ya que se manifiesta por medio de sus reacciones, que demuestran los remordimientos y arrepentimientos de sus acciones. Responsabilidad Extracontractual: Esta clasificación se genera por causa de un tercero. Responsabilidad Colectiva: Se muestra cuando se garantiza que una determinada obligación sea cumplida. Responsabilidad Jurídica: Se refiere a la obligación que tienen los magistrados o jueces, en caso de que surja una violación de ley o cuando se infringen las funciones que establece la ley. Dependiendo de la falta que se cometa se puede caracterizar como una responsabilidad penal o civil. Responsabilidad del Valor humano: Para referirse a este tipo de responsabilidad, se puede decir que es una característica positiva adoptada por las personas, al ser capaces de asumir un compromiso y a su vez accionar de la mejor manera ante una determinada situación, obedeciendo la ética y la moral. 3.3- Indemnización, Concepto y tipos. Concepto: La indemnización es una compensación de índole económica que recibe una persona, institución o empresa, como resultado de haber recibido algún daño o perjuicio. Este concepto también suele hacer referencia al monto que se utiliza en el acto de indemnizar. Para determinar la indemnización, esta debe calcularse a través de una investigación y emisión de la justicia sujeta a las leyes dispuestas en el país en cuestión. Por otro lado, también existen indemnizaciones automáticas, las cuales se llevan a cabo cuando existe una serie de episodios que la ley defiende de antemano. Tipos de indemnización: Si bien las indemnizaciones pueden variar según las leyes vigentes de cada país, estas se pueden clasificar de la siguiente manera: -Indemnización por finalización de contrato temporal: esto sucede cuando un contrato temporal finaliza porque ha terminado el motivo del contrato. Aquí, el trabajador o empresa cuenta con el derecho a exigir una indemnización. -Indemnización por cambios que realiza la empresa: el trabajador al que se cambia de lugar o tipo de trabajo puede decidir si aceptar o no estos cambios. Si no los acepta, puede exigir una indemnización.
  • 16. -Indemnización por incumplimiento: sucede cuando la empresa no cumple con lo estipulado en el contrato de trabajo, por lo que debe retribuir al trabajador o empresa afectada. -Indemnización por fallecimiento: si un trabajador fallece de forma natural, la empresa en donde trabajaba debe dar una indemnización a su familia. -Indemnización por discapacidad, fallecimiento o jubilación de empresario autónomo: si una empresa no puede continuar con su actividad, debe indemnizar a sus trabajadores. -Indemnización por disolución de sociedad: si una sociedad decide repentinamente romper pero continúa con contratos vigentes, debe indemnizar a sus trabajadores activos. -Indemnización por despido justificado: situaciones de despido justificadas por motivos disciplinarios, tales como falta de adaptación, ineptitud o inasistencia. En algunos casos, el empleador tiene el derecho a no abonarlas. 3.4- Delito, concepto.- Un delito es una infracción o una conducta que va en contra al ordenamiento jurídico de la sociedad y será castigada con la correspondiente pena o sanción. El delito es: 1. Instantáneo, cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se han realizado todos sus elementos constitutivos; 2. Permanente o continuo, cuando la consumación se prolonga en el tiempo. Ósea el robo permanece por tiempo. 3. Continuado, cuando con unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas y unidad de sujeto pasivo, se viola el mismo precepto legal. Ejemplo : un acoso sexual y laboral 3.4.1- Clasificación Hay varias formas de clasificar los delitos, siendo una de ellas su gravedad. En función de su gravedad tenemos la siguiente clasificación de delitos: -Delitos graves -Delitos menos graves -Delitos leves -Delitos de mera actividad Además, los delitos pueden clasificarse como dolosos o culposos.
  • 17. Ejemplos de delitos comunes Para finalizar, algunos ejemplos de delitos son: -Homicidio -Secuestro-extorsión -Robo -Lesiones -Fraude -Delito de amenazas -Cohecho -Delitos fiscales -Abuso sexual -Allanamiento de morada -Abuso de autoridad -Delito de daños 3.5- Responsabilidad Profesional.- La responsabilidad profesional es una modalidad de la responsabilidad consistente en la obligación que recae sobre un profesional de reparar el daño que ha causado a otro en el ejercicio de su profesión u oficio. 3.6- Responsabilidad Médica. Responsabilidad Profesional Médica. La obligación que tienen los médicos de reparar y satisfacer las consecuencias de los actos, omisiones y errores voluntarios e involuntarios incluso, dentro de ciertos límites, cometidos en el ejercicio de su profesión.