Derecho
Daniel Morales Acosta
Derecho:
• Normatividad
• Bilateralidad
• Coercibilidad
Normatividad
Se traduce en que el derecho se encuentra inmerso dentro de la
realidad social, en el marco cultural. El derecho pertenece a la
familia de las normas y está constituido por normas, más
específicamente dentro de las reglas obligatorias de conducta.
Bilateralidad
El derecho es bilateral porque requiere de interactividad de dos
o más personas. Uno de los rasgos distintivos de las normas
jurídicas frente a las normas morales es la bilateralidad. En
efecto, la bilateralidad del derecho se hace evidente no solo por
su necesidad primordial de interrelacionar, cuando menos, dos
personas, sino también en la heteronomía, condición de la
voluntad que se rige por imperativos que están fuera de ella
misma, pues, una es la fuente de la norma jurídica y la otra la
persona sujeta a su cumplimiento. En la coercibilidad,
igualmente resalta la misma dicotomía: quien dispone de la
fuerza y quien es compelido por ella
Coercibilidad
La coercibilidad es la exigencia de amparar el derecho en la
fuerza para obtener la ejecución de la conducta prescrita,
constituyendo la característica propia del derecho. Se destaca así
claramente la coercibilidad de las normas jurídicas frente a la
incoercibilidad de las de trato social.
La norma jurídica, así como todos los objetos de conocimiento,
presenta diversos caracteres propios que la hacen diferente de
las demás reglas de conducta. Interesa destacarlos para llegar a
una concepción algo más precisa del instrumento a través de la
cual se integra el conjunto de preceptos que ordena, con
caracteres de obligatoriedad, la conducta de los hombres.
La cuestión de los caracteres de la norma enlaza con el problema
de los caracteres del sistema jurídico normativo. Cuando se
distingue al ordenamiento jurídico del ordenamiento moral y del
ordenamiento que integran las reglas del trato social, se
encuentra que el ordenamiento jurídico tiene como notas la
exterioridad, la heteronomía, la bilateralidad y la coercibilidad.
Conclusiones
• Es inherente a toda norma jurídica una proyección hacia la efectividad
de la justicia en las relaciones humanas, como algo esencial y
definitorio de ella.
• El derecho presenta las siguientes características:
normativo, bilateral, coercible, con una pretensión de
inviolabilidad, se manifiesta como un sistema y posee una
proyección de justicia.
• El Derecho es un aliado de la sociedad para preservar el orden que permita la sana
convivencia entre los individuos y el mismo debe estar en constante transformación para
adecuarse a los cambios que se van dando en la vida social, inclusive debe ir ajustándose a
los avances tecnológicos, para ir creando nuevas normas que cubran las necesidades del
mundo cambiante en que vivimos.

Derecho

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    Normatividad Se traduce enque el derecho se encuentra inmerso dentro de la realidad social, en el marco cultural. El derecho pertenece a la familia de las normas y está constituido por normas, más específicamente dentro de las reglas obligatorias de conducta.
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    Bilateralidad El derecho esbilateral porque requiere de interactividad de dos o más personas. Uno de los rasgos distintivos de las normas jurídicas frente a las normas morales es la bilateralidad. En efecto, la bilateralidad del derecho se hace evidente no solo por su necesidad primordial de interrelacionar, cuando menos, dos personas, sino también en la heteronomía, condición de la voluntad que se rige por imperativos que están fuera de ella misma, pues, una es la fuente de la norma jurídica y la otra la persona sujeta a su cumplimiento. En la coercibilidad, igualmente resalta la misma dicotomía: quien dispone de la fuerza y quien es compelido por ella
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    Coercibilidad La coercibilidad esla exigencia de amparar el derecho en la fuerza para obtener la ejecución de la conducta prescrita, constituyendo la característica propia del derecho. Se destaca así claramente la coercibilidad de las normas jurídicas frente a la incoercibilidad de las de trato social. La norma jurídica, así como todos los objetos de conocimiento, presenta diversos caracteres propios que la hacen diferente de las demás reglas de conducta. Interesa destacarlos para llegar a una concepción algo más precisa del instrumento a través de la cual se integra el conjunto de preceptos que ordena, con caracteres de obligatoriedad, la conducta de los hombres. La cuestión de los caracteres de la norma enlaza con el problema de los caracteres del sistema jurídico normativo. Cuando se distingue al ordenamiento jurídico del ordenamiento moral y del ordenamiento que integran las reglas del trato social, se encuentra que el ordenamiento jurídico tiene como notas la exterioridad, la heteronomía, la bilateralidad y la coercibilidad.
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    Conclusiones • Es inherentea toda norma jurídica una proyección hacia la efectividad de la justicia en las relaciones humanas, como algo esencial y definitorio de ella. • El derecho presenta las siguientes características: normativo, bilateral, coercible, con una pretensión de inviolabilidad, se manifiesta como un sistema y posee una proyección de justicia. • El Derecho es un aliado de la sociedad para preservar el orden que permita la sana convivencia entre los individuos y el mismo debe estar en constante transformación para adecuarse a los cambios que se van dando en la vida social, inclusive debe ir ajustándose a los avances tecnológicos, para ir creando nuevas normas que cubran las necesidades del mundo cambiante en que vivimos.