2. El Derecho es concebido como un medio por el cual las
sociedades logran alcanzar ciertos fines que permiten
mantener la paz y la tranquilidad entre los integrantes de
las mismas.
La Moral es el conjunto de principios, criterios, normas y
valores que dirigen nuestro comportamiento. La moral
nos hace actuar de una determinada manera y nos permite
saber que debemos de hacer en una situación concreta. Es
como una especie de brújula que nos orienta, nos dice
cuál es el camino a seguir, dirige nuestras acciones en una
determina dirección. La brújula nos indica el camino. En
la vida hay que intentar no perder el norte.
3. Coercibilidad: Es la característica de la norma que consiste en
que si el sujeto a quien va dirigida no la cumple, el Estado puede
obligarlo a su cumplimiento, aun en contra de su voluntad.
Incoercibilidad: Consiste en que el funcionamiento de la
norma debe darse de forma espontánea, siendo condición
fundamental la voluntad del sujeto a quien se dirige la norma.
Interioridad: Lo importante es la conciencia del individuo, que
cumpla la norma por convicción propia, más allá de cualquier
tipo de sanción formal o social.
Exterioridad: Lo importante estriba en el hecho de que el
individuo cumpla con lo establecido en la norma, esté conforme
con ello o no.
4. Unilateralidad: Una norma es unilateral cuando únicamente
impone obligaciones, sin establecer directamente
contraprestación alguna a favor del individuo.
Bilateralidad: Una norma es bilateral cuando a la vez de
establecer obligaciones, conceden derechos al sujeto, como
contraprestación por su cumplimiento.
Autonomía: Esta característica implica la autodeterminación o
autorregulación, es decir, que el propio sujeto es quien fija la
norma y sus alcances.
Heteronomía: Consiste en la sujeción a una voluntad ajena,
con renuncia a la facultad de autodeterminación.
5. Se originan de la conciencia de la persona. Dirigen
nuestra conducta para actuar con ética. Nadie puede
obligarnos a cumplirlas. Su incumplimiento produce
remordimiento o culpa propia.
6. Son reglas creadas por una autoridad soberana para
regular la conducta de los hombres. Cumplirlas es un
deber para quien van dirigidas. Su incumplimiento se
sanciona y puede obligar al gobernado a acatarlas aun
en contra de su voluntad mediante el uso de la fuerza
pública.
7. Las normas religiosas plantean las condiciones que el
hombre debe cumplir para agradar a Dios, haciendo
su voluntad para así alcanzar la recompensa de la
salvación o la vida eterna.
8. Son normas creadas por la sociedad y, en muchas
ocasiones, tienen su origen en las costumbres de cada
grupo. Los modales o la cortesía son algunos
ejemplos. Su incumplimiento puede conducir al
rechazo del grupo social. Cambian según la época y el
lugar.
9. La primera semejanza estriba en su carácter social. El
segundo punto de contacto se encuentra en la
exterioridad-interioridad. Una tercera nota en común
es la absoluta pretensión de validez.