SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO AGRARIO
Barquisimeto-Edo-Lara
Autor:
Mariangel Montilla
DAA333-SAIAD
Abogado: Emily
Ramírez Márquez
Derecho Agrario y
Ambiental
DERECHO AGRARIO
Es la rama del derecho, que se ocupa de regular
jurídicamente la actividad agrícola, entendiéndose por tal,
la agricultura, la ganadería y la silvicultura (actividad
forestal) y actividades a ellas conexas.
Así mismo, es la fuente mas importante de la economía; y
las cosas destinadas a esa actividad en los primeros
tiempos eran consideradas res mancipi, y necesitaban
solemnidades para su transmisión (la mancipatio). La
actividad rural en los tiempos modernos perdió terreno
como fuente de riqueza de los estados, frente al
crecimiento del sector industrial y de servicios.
Sin embargo, algunos abogados, políticos y especialistas
que definían el Derecho Agrario en diferentes teorías.
Víctor Giménez Landínez.
Político venezolano definía el
derecho agrario como:
"Las normas jurídicas que
establecen y regulan el derecho
del hombre a la propiedad de la
tierra y las facultades y
obligaciones que para el individuo
y para el Estado se derivan del
mismo".
Antonio Vivanco C.
"El Derecho Agrario es el orden
jurídico que rige las relaciones entre
los sujetos intervinientes en la
actividad agraria con referencia a
objetos agrarios y con el fin de
proteger los recursos naturales
renovables, fomentar la producción
agropecuaria y asegurar el bienestar
de la comunidad rural".
Edgar Darío Núñez Alcántara. "El
Derecho Agrario es la conformación
jurídica de las normas sustantivas y
adjetivas que vinculan la actividad
agrícola, pecuaria, conservacionista y
agroindustrial, con el desarrollo
económico de la sociedad, expresado
en leyes, doctrinas, costumbres y
jurisprudencia".
Raúl Lemus García. "Es el
conjunto de principios,
preceptos e instituciones que
regulan las diversas formas de
tenencia de la tierra y los
sistemas de explotación agrícola,
con el propósito teleológico de
realizar la justicia social, el bien
común y la seguridad jurídica".
Principio de la Promoción de la Agricultura para la Seguridad Alimentaria
Venezuela es un país que presenta una gran biodiversidad ambiental y riqueza natural que lo hacen potencialmente viable para lograr
satisfacer las necesidades alimentarías y nutricionales de la población nacional, particularmente de aquellos sectores con grandes
restricciones de medios de producción y bajo nivel de desarrollo humano y social.
De tal manera, que las políticas que debe tomar el Ejecutivo Nacional en pro del desarrollo de la Nación, tengan su efectividad, las mismas
deben tener un basamento legal firme, los cuales se encuentran establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(Ob. cit.), en su título VI, del Sistema Socioeconómico,
Capítulo I, del Régimen Socioeconómico y de la Función Social del Estado en la Economía, establece la promoción de la agricultura como
base estratégica para el desarrollo rural, integral y sustentable de la Nación, tal como lo señala en su artículo 305:
El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral, y en consecuencia garantiza la
seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso
oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria deberá alcanzarse desarrollando y
privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y
acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental al desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el
Estado dictará las medidas de orden financiera, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de
mano de obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones
en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola.
La seguridad agroalimentaria de la población se ha enfocado a atender el abastecimiento
inmediato de los suministros de bienes básicos y a crear la base productiva interna, capaz de
enfrentar en el mediano plazo la insuficiencia de la producción nacional de alimentos, como
parte del objetivo estratégico de garantizar la soberanía económica de la Nación.
Objetivos Del Derecho Agrario
Venezolano
El objetivo de esta importante rama del Derecho puede
desdoblarse en una doble vertiente, uno, el aspecto
formal constituido por las normas y otro, el material, que
se conforma por hechos y valores. Teóricamente, la Ley
de Tierras y Desarrollo Agrario, como columna vertebral
del Derecho Agrario Nacional, persigue el cumplimiento
de las líneas gruesas trazadas por el constituyente en
1999, como es el establecimiento de estrategias
y planes para el desarrollo rural integral y sustentable, con la finalidad mediata de dar cumplimiento a la garantía de la
seguridad alimentaria de la población, lo que se define a su vez como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en
el ámbito nacional, aunado a la capacidad de la población para adquirir los bienes requeridos para su dieta diaria. Para
cumplir con este objetivo macro de la ley, deben combinarse factores de diversa índole como financieros, comerciales,
tecnológicos, crediticios, tenencia, previsiones de importación de insumos, etc., lo que implica el trazado y ejecución de
armoniosas políticas de Estado. Todas las otras orientaciones de la norma bajo especial en materia agraria en Venezuela,
como desarrollo rural integral y sustentable, justa distribución de la riqueza, planificación estratégica y participativa,
aseguramiento de la biodiversidad, protección del medio ambiente, etc., son en efecto, conceptos incorporados a la tutela
del Derecho Agrario moderno, que ya no tiene exclusivamente una orientación a la protección subjetiva, pero para el cabal
cumplimiento de su fines requiere, ante todo, conciliación entre los agentes de esta rama, entre los productores, el Estado
y los sujetos potenciales de la adjudicación como mecanismo necesario para la paz social.
El artículo 7 de la Ley de Tierras y Desarrollo
Agrario, señala taxativamente: “A los efectos del
presente Decreto Ley, se entiende por latifundio,
toda porción de terreno rural, ociosa o inculta,
que exceda de cinco mil hectáreas (5.000 ha) en
tierras de sexta y séptima clase o sus
equivalencias, según que al efecto se desarrolle
en el Reglamento de este Decreto Ley”. Como se
puede observar para que un fundo pueda ser
considerado como latifundio, debe tener una
superficie mayor a las cinco mil hectáreas, a su
vez, tiene que ser de sexta y séptima clase y que
el propietario lo mantenga ocioso o inculto.
El artículo 72 del Decreto Ley declara de
utilidad pública o interés social la
eliminación del latifundio, conforme a lo
previsto en el artículo 307 dela Constitución
Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, el
INTI procederá a la expropiación de las
tierras privadas que fueran necesarias para
la ordenación sustentable de las tierras de
vocación agrícola. Para asegurar su potencial
agroalimentario, queda subrogado en todos
los derechos y obligaciones que de
conformidad con el Decreto Ley puedan
corresponder a la República.
Principio Anti-latifundista
El derecho agrario, principalmente el venezolano y latinoamericano en general, tiene como un
principio orientador fundamental el anti-latifundismo, y así observamos que el artículo 307 dela
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece: “El régimen latifundista es contrario
al interés social. La ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas
y establecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas,
rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola.”
La Constitución de 1999, en el artículo 305, señala: “El
Estado promoverá la agricultura sustentable como base
estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar
la seguridad alimentaria de la población”. En una primera
lectura del texto constitucional se observa cómo el
constituyente incorpora el concepto de agricultura
sustentable como base del desarrollo. De esta manera se
impone una nueva dinámica en el ámbito productivo, el
modelo tradicional de productivismo da paso a una nueva
concepción de crecimiento donde la protección del medio
ambiente es parte integrante del desarrollo.
AGRICULTURA SUSTENTABLE
SEGURIDAD ALIMENTARIA
Artículo 305, se observa que el constituyente
bolivariano, vincula la estrategia de desarrollo
integral basada en una agricultura sustentable con
la seguridad alimentaria de la población. Concibe
esta última como la disponibilidad suficiente y
estable de alimentos en el ámbito nacional y el
acceso oportuno y permanente a éstos por parte del
público consumidor.
PARTICIPACIÓN DEL ESTADO EN EL
DESARROLLO AGRÍCOLA
Artículo 307 de la Constitución Bolivariana
enuncia como precepto fundamental del
ordenamiento jurídico agrario, las principales
acciones que debe emprender el Estado para
fomentar y promover la actividad agrícola y el
uso óptimo de la tierra mediante la dotación de
las obras de infraestructura, insumos, créditos,
servicios de capacitación y asistencia técnica.
Destaca el artículo la importancia de la
actividad agrícola como medio de generar
empleo y garantizar a la población campesina
un nivel adecuado de bienestar.
DERECHO DE PROPIEDAD
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo
115, establece: “Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona
tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La
propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y
obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de
interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social,
mediante sentencia, firma y pago oportuno de justa indemnización
podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes”.
PRINCIPIOS
AGRARIOS
CONSTITUCIONALES
Autonomía del Derecho Agrario
El Derecho Agrario en la actualidad es un Derecho Autónomo, en el sentido de que goza de:
 AUTONOMÍA JURÍDICA, representada por los principios que rigen al Derecho Agrario.
 AUTONOMÍA LEGISLATIVA constituida por el conjunto de leyes que regulan la materia agraria.
 AUTONOMÍA JURISDICCIONAL, reflejada por los Tribunales Agrarios del país en el cual se ventilan las causas
agrarias.
 AUTONOMÍA DIDÁCTICA representada por el Derecho Agrario como materia en las Universidades del país.
 AUTONOMÍA CIENTÍFICA, la cual está formada por la doctrina agraria a través de diversos textos legales de
autores estudiosos en la materia.
ESTRUCTURA AGRARIA
 LATIFUNDIO
Se define al LATIFUNDIO como la explotación
agraria de gran extensión, caracterizada por
el ineficaz uso de los recursos disponibles. El
concepto "gran extensión" debe enmarcarse
en las características físicas, sociales y
territoriales del espacio geográfico en que se
encuentre: por ejemplo en Europa puede
tener algunos cientos de hectáreas, mientras
que en Latinoamérica superará con facilidad
las diez mil. El latifundio está asociado a
ciertas características destacables:
• Bajos rendimientos,
• Subutilización de la tierra,
• Baja capitalización,
• Bajo nivel tecnológico,
• Explotación de la mano de obra y
• Bajo nivel de vida de los trabajadores.
 MINIFUNDIO
Son explotaciones familiares
orientadas al autoconsumo, de
precario nivel técnico, sin posibilidad
de destinar recursos a su mejora, y con
una economía complementada con
trabajos en otras explotaciones. Suelen
estar asociados a latifundios,
generando condiciones económicas,
políticas y sociales que bloquean el
desarrollo económico.
 EL DESARROLLO
RURAL
El desarrollo rural sustentable en
Venezuela, es entendido como un
modelo socioeconómico en el que las
comunidades y sus decisiones parten
desde adentro de la comunidad
misma, y sus fines son la búsqueda
de la satisfacción de las necesidades
básicas, la participación de la
comunidad, la protección del
ambiente y la localización de la
comunidad en un espacio
determinado. Busca que los procesos
locales y globales se complementen.
Su meta es el desarrollo en el nivel
local, de la comunidad, pero que
trascienda hacia arriba, hacia la
economía del país, y hacia el mundo.
Fuentes del Derecho Agrario
 Formales: Son los procedimientos para la creación de la norma jurídica, dentro de esta categoría vemos la Costumbre,
la Legislación y la Jurisprudencia.
 Históricas: Se consideran a las instituciones jurídicas que tuvieron vigencia en otras épocas y sirvieron para alimentar
las actuales, tal como los papiros, documentos, libros, etc.
 Reales: Abarcan los hechos, circunstancias y consideraciones que nutren la conducta del legislador y que se plasman en
el contenido de las normas.
Así vemos las Fuentes del Derecho Agrario, en dos manifestaciones que son:
Directas: La Ley. Indirectas: La costumbre, usos y prácticas.
El proceso agrario utiliza a la jurisprudencia y los principios generales del Derecho como fuentes de derecho; lo hace para
interpretar el contenido de las normas y resolver las dudas del juzgador del usuario del sistema judicial. También en este tópico
el legislador agrario venezolano se apartó del asunto y de esa manera le resta eficacia al proceso agrario venezolano. No existe
referencia a este tema en la nueva ley agraria.
En el caso venezolano, y como una referencia parcial a un método hermenéutico que permitiría la aplicación de estas fuentes
de derecho en el ámbito agrario, el artículo 335 constitucional faculta ala Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia
para que interprete el contenido y alcance de las normas y principios constitucionales, en cuyo caso su criterio es obligatorio
para todos los tribunales dela República. De todos modos la inobservancia legislativa es evidente. De esta forma la
jurisprudencia, aliada con la doctrina, puede cumplir la función que se les ha negado a los jueces agrarios en la ley.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derecho Agrario Ambiental
Derecho Agrario AmbientalDerecho Agrario Ambiental
Derecho Agrario Ambientalmariabello26
 
La Filiacion
La FiliacionLa Filiacion
La Filiacionluisecm10
 
Problemas Agrario en Venezuela
Problemas Agrario en VenezuelaProblemas Agrario en Venezuela
Problemas Agrario en VenezuelaAlexlnn
 
Evolución del derecho agrario en venezuela
Evolución del derecho agrario en venezuelaEvolución del derecho agrario en venezuela
Evolución del derecho agrario en venezuelaVivianny Este
 
Evolucion del derecho agrario en venezuela
Evolucion del derecho agrario en venezuelaEvolucion del derecho agrario en venezuela
Evolucion del derecho agrario en venezuelaRICHARDTORRES81
 
Función social de la propiedad agraria
Función social de la propiedad agrariaFunción social de la propiedad agraria
Función social de la propiedad agrariaramonquintero16
 
Anatomia del Derecho Agrario
Anatomia del Derecho Agrario Anatomia del Derecho Agrario
Anatomia del Derecho Agrario EDJorgeNavarro
 
Clasificacion derechos reales
Clasificacion derechos realesClasificacion derechos reales
Clasificacion derechos realesmichakevin
 
Resumen de la historia del Derecho agrario
Resumen de la historia del Derecho agrario Resumen de la historia del Derecho agrario
Resumen de la historia del Derecho agrario Jose Luis Rivera R
 
Evolucion historica del derecho agrario en venezuela
Evolucion historica del derecho agrario en venezuelaEvolucion historica del derecho agrario en venezuela
Evolucion historica del derecho agrario en venezuelaCarlos Gonzalez
 
Historia del Derecho Agrario en Venezuela
Historia del Derecho Agrario en VenezuelaHistoria del Derecho Agrario en Venezuela
Historia del Derecho Agrario en Venezuelaoriana Montilla
 
Propiedad civil y propiedad agraria 2- Solymar Del valle Rangel M
Propiedad civil y propiedad agraria  2- Solymar Del valle Rangel MPropiedad civil y propiedad agraria  2- Solymar Del valle Rangel M
Propiedad civil y propiedad agraria 2- Solymar Del valle Rangel Mruben10637348
 
Autonomía del derecho agrario
Autonomía del derecho agrarioAutonomía del derecho agrario
Autonomía del derecho agrarioRicardo Juarez
 
LA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHO
LA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHOLA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHO
LA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHOMarly Jaimes Angel
 
Derecho agrario
Derecho agrario Derecho agrario
Derecho agrario elbollogo35
 
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela
Evolución del Derecho Agrario en VenezuelaEvolución del Derecho Agrario en Venezuela
Evolución del Derecho Agrario en VenezuelaAnabelAPineda
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privadoyelitzalatorre
 
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado VenezolanoDerecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolanoyoslisbeth
 

La actualidad más candente (20)

Derecho Agrario Ambiental
Derecho Agrario AmbientalDerecho Agrario Ambiental
Derecho Agrario Ambiental
 
La Filiacion
La FiliacionLa Filiacion
La Filiacion
 
Problemas Agrario en Venezuela
Problemas Agrario en VenezuelaProblemas Agrario en Venezuela
Problemas Agrario en Venezuela
 
Evolución del derecho agrario en venezuela
Evolución del derecho agrario en venezuelaEvolución del derecho agrario en venezuela
Evolución del derecho agrario en venezuela
 
Evolucion del derecho agrario en venezuela
Evolucion del derecho agrario en venezuelaEvolucion del derecho agrario en venezuela
Evolucion del derecho agrario en venezuela
 
El conflicto de leyes
El conflicto de leyes El conflicto de leyes
El conflicto de leyes
 
Función social de la propiedad agraria
Función social de la propiedad agrariaFunción social de la propiedad agraria
Función social de la propiedad agraria
 
Anatomia del Derecho Agrario
Anatomia del Derecho Agrario Anatomia del Derecho Agrario
Anatomia del Derecho Agrario
 
Clasificacion derechos reales
Clasificacion derechos realesClasificacion derechos reales
Clasificacion derechos reales
 
Resumen de la historia del Derecho agrario
Resumen de la historia del Derecho agrario Resumen de la historia del Derecho agrario
Resumen de la historia del Derecho agrario
 
Evolucion historica del derecho agrario en venezuela
Evolucion historica del derecho agrario en venezuelaEvolucion historica del derecho agrario en venezuela
Evolucion historica del derecho agrario en venezuela
 
Historia del Derecho Agrario en Venezuela
Historia del Derecho Agrario en VenezuelaHistoria del Derecho Agrario en Venezuela
Historia del Derecho Agrario en Venezuela
 
Propiedad civil y propiedad agraria 2- Solymar Del valle Rangel M
Propiedad civil y propiedad agraria  2- Solymar Del valle Rangel MPropiedad civil y propiedad agraria  2- Solymar Del valle Rangel M
Propiedad civil y propiedad agraria 2- Solymar Del valle Rangel M
 
Autonomía del derecho agrario
Autonomía del derecho agrarioAutonomía del derecho agrario
Autonomía del derecho agrario
 
LA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHO
LA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHOLA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHO
LA IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO EN NUESTRO PAIS Y EN EL ESTUDIO DEL DERECHO
 
Acción oblicua - obligaciones- Materia civil
Acción oblicua - obligaciones- Materia civilAcción oblicua - obligaciones- Materia civil
Acción oblicua - obligaciones- Materia civil
 
Derecho agrario
Derecho agrario Derecho agrario
Derecho agrario
 
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela
Evolución del Derecho Agrario en VenezuelaEvolución del Derecho Agrario en Venezuela
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privado
 
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado VenezolanoDerecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
 

Destacado

Destacado (9)

Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 
Derecho agrario.
Derecho agrario.Derecho agrario.
Derecho agrario.
 
El derecho agrario
El derecho agrarioEl derecho agrario
El derecho agrario
 
Ensayo 1. Derecho Agrario.
Ensayo 1. Derecho Agrario.Ensayo 1. Derecho Agrario.
Ensayo 1. Derecho Agrario.
 
Evolucion derecho agrario
Evolucion derecho agrarioEvolucion derecho agrario
Evolucion derecho agrario
 
Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 
Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 
Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 
Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 

Similar a Derecho Agrario Venezolano: Principios y Objetivos

Presentacion Evolución de Derecho Agrario Venezolano
Presentacion Evolución de Derecho Agrario VenezolanoPresentacion Evolución de Derecho Agrario Venezolano
Presentacion Evolución de Derecho Agrario VenezolanoLIMENDEZ30
 
Actividad nro 2 derecho agrario y organos administrativos.
Actividad nro 2 derecho agrario y organos administrativos.Actividad nro 2 derecho agrario y organos administrativos.
Actividad nro 2 derecho agrario y organos administrativos.Astrid Rivero
 
T 4 bases del desarrollo rural integral y sustentable- Solymar Del valle Rang...
T 4 bases del desarrollo rural integral y sustentable- Solymar Del valle Rang...T 4 bases del desarrollo rural integral y sustentable- Solymar Del valle Rang...
T 4 bases del desarrollo rural integral y sustentable- Solymar Del valle Rang...ruben10637348
 
Derecho agrario en vzla. zuly g.
Derecho agrario en vzla. zuly g.Derecho agrario en vzla. zuly g.
Derecho agrario en vzla. zuly g.zuly garcia
 
Diferentes acepciones del derecho agrario
Diferentes acepciones del derecho agrarioDiferentes acepciones del derecho agrario
Diferentes acepciones del derecho agrarioLa Mivi Noguera
 
Ensayo de derecho agrario 2da evaluación
Ensayo de derecho agrario 2da evaluaciónEnsayo de derecho agrario 2da evaluación
Ensayo de derecho agrario 2da evaluaciónjm11540042
 
Derecho agrario y ambiental
Derecho agrario y ambientalDerecho agrario y ambiental
Derecho agrario y ambientalSusana Torres
 
Ensayo de derecho agrario 2da evaluación
Ensayo de derecho agrario 2da evaluaciónEnsayo de derecho agrario 2da evaluación
Ensayo de derecho agrario 2da evaluaciónjm11540042
 
Ensayo de agrario grecia marchan
Ensayo de agrario grecia marchanEnsayo de agrario grecia marchan
Ensayo de agrario grecia marchanGrecia M'Pereira
 
Ensayo derecho agrario temas 1y 2
Ensayo derecho agrario temas 1y 2Ensayo derecho agrario temas 1y 2
Ensayo derecho agrario temas 1y 2GIOCHIRINOS
 
El derecho agrario y la referencia a los órganos administrativos agrarios
El derecho agrario y la referencia a los órganos administrativos agrariosEl derecho agrario y la referencia a los órganos administrativos agrarios
El derecho agrario y la referencia a los órganos administrativos agrarioscarla delgado
 
Bases del desarrollo rural integral y sustentable
Bases del desarrollo rural integral y sustentableBases del desarrollo rural integral y sustentable
Bases del desarrollo rural integral y sustentableAngel Martinez
 
Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.
Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.
Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.Astrid Rivero
 
Evolución del derecho agrario en Venezuela
Evolución del derecho agrario en Venezuela Evolución del derecho agrario en Venezuela
Evolución del derecho agrario en Venezuela Marykatherine Beneitez
 

Similar a Derecho Agrario Venezolano: Principios y Objetivos (20)

Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 
Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 
Presentacion Evolución de Derecho Agrario Venezolano
Presentacion Evolución de Derecho Agrario VenezolanoPresentacion Evolución de Derecho Agrario Venezolano
Presentacion Evolución de Derecho Agrario Venezolano
 
Actividad nro 2 derecho agrario y organos administrativos.
Actividad nro 2 derecho agrario y organos administrativos.Actividad nro 2 derecho agrario y organos administrativos.
Actividad nro 2 derecho agrario y organos administrativos.
 
T 4 bases del desarrollo rural integral y sustentable- Solymar Del valle Rang...
T 4 bases del desarrollo rural integral y sustentable- Solymar Del valle Rang...T 4 bases del desarrollo rural integral y sustentable- Solymar Del valle Rang...
T 4 bases del desarrollo rural integral y sustentable- Solymar Del valle Rang...
 
Derecho agrario en vzla. zuly g.
Derecho agrario en vzla. zuly g.Derecho agrario en vzla. zuly g.
Derecho agrario en vzla. zuly g.
 
Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 
Diferentes acepciones del derecho agrario
Diferentes acepciones del derecho agrarioDiferentes acepciones del derecho agrario
Diferentes acepciones del derecho agrario
 
Derecho agrario
Derecho agrarioDerecho agrario
Derecho agrario
 
Ensayo de derecho agrario 2da evaluación
Ensayo de derecho agrario 2da evaluaciónEnsayo de derecho agrario 2da evaluación
Ensayo de derecho agrario 2da evaluación
 
Derecho agrario y ambiental
Derecho agrario y ambientalDerecho agrario y ambiental
Derecho agrario y ambiental
 
Ensayo de derecho agrario 2da evaluación
Ensayo de derecho agrario 2da evaluaciónEnsayo de derecho agrario 2da evaluación
Ensayo de derecho agrario 2da evaluación
 
Freddy fuentes castillo
Freddy fuentes castilloFreddy fuentes castillo
Freddy fuentes castillo
 
Ensayo de agrario grecia marchan
Ensayo de agrario grecia marchanEnsayo de agrario grecia marchan
Ensayo de agrario grecia marchan
 
Ensayo derecho agrario temas 1y 2
Ensayo derecho agrario temas 1y 2Ensayo derecho agrario temas 1y 2
Ensayo derecho agrario temas 1y 2
 
El derecho agrario y la referencia a los órganos administrativos agrarios
El derecho agrario y la referencia a los órganos administrativos agrariosEl derecho agrario y la referencia a los órganos administrativos agrarios
El derecho agrario y la referencia a los órganos administrativos agrarios
 
Bases del desarrollo rural integral y sustentable
Bases del desarrollo rural integral y sustentableBases del desarrollo rural integral y sustentable
Bases del desarrollo rural integral y sustentable
 
Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.
Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.
Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.
 
Wissleidy vasquez
Wissleidy vasquezWissleidy vasquez
Wissleidy vasquez
 
Evolución del derecho agrario en Venezuela
Evolución del derecho agrario en Venezuela Evolución del derecho agrario en Venezuela
Evolución del derecho agrario en Venezuela
 

Último

La importancia de la anatomía y fisiología de la célula vegetal
La importancia de la anatomía y fisiología de la célula vegetalLa importancia de la anatomía y fisiología de la célula vegetal
La importancia de la anatomía y fisiología de la célula vegetaljshdez2020
 
Fracking: amenaza para el clima en México.pdf
Fracking: amenaza para el clima en México.pdfFracking: amenaza para el clima en México.pdf
Fracking: amenaza para el clima en México.pdfSUSMAI
 
como se produjo la penicilina en la segunda guerra mundial .pdf
como se produjo la penicilina en la segunda guerra mundial .pdfcomo se produjo la penicilina en la segunda guerra mundial .pdf
como se produjo la penicilina en la segunda guerra mundial .pdfvaleriaori08
 
BASURERO COLOR ROJO todo sobre el motodo nde utilizar
BASURERO COLOR ROJO todo sobre el motodo nde utilizarBASURERO COLOR ROJO todo sobre el motodo nde utilizar
BASURERO COLOR ROJO todo sobre el motodo nde utilizarSundarAlejandroMarti
 
Presentacion historia de los Jardines.pdf
Presentacion historia de los Jardines.pdfPresentacion historia de los Jardines.pdf
Presentacion historia de los Jardines.pdfFelixChirinos2
 
Conceptos de las Normas ISO 14000 y 14001
Conceptos de las Normas ISO 14000 y 14001Conceptos de las Normas ISO 14000 y 14001
Conceptos de las Normas ISO 14000 y 14001Nicolle932479
 
ELABORAMOS NUESTRO DÍPTICO CON ACCIONES PRÁCTICAS PARA MITIGAR EL CALENTAMIEN...
ELABORAMOS NUESTRO DÍPTICO CON ACCIONES PRÁCTICAS PARA MITIGAR EL CALENTAMIEN...ELABORAMOS NUESTRO DÍPTICO CON ACCIONES PRÁCTICAS PARA MITIGAR EL CALENTAMIEN...
ELABORAMOS NUESTRO DÍPTICO CON ACCIONES PRÁCTICAS PARA MITIGAR EL CALENTAMIEN...carlos abel rodriguez saldaña
 
REGION NATURAL PERUANA COSTA CHALA DEL LITORAL
REGION NATURAL PERUANA COSTA CHALA DEL LITORALREGION NATURAL PERUANA COSTA CHALA DEL LITORAL
REGION NATURAL PERUANA COSTA CHALA DEL LITORALhenryalberx
 
Papu papu tienes una videollamada de papuandia favor de contestar.pptx
Papu papu tienes una videollamada de papuandia favor de contestar.pptxPapu papu tienes una videollamada de papuandia favor de contestar.pptx
Papu papu tienes una videollamada de papuandia favor de contestar.pptxTroxGt2011
 
5.-Sigersol No Municipal_MANIFIESTOS.pdf
5.-Sigersol No Municipal_MANIFIESTOS.pdf5.-Sigersol No Municipal_MANIFIESTOS.pdf
5.-Sigersol No Municipal_MANIFIESTOS.pdfCorona51
 
Guía Pedagógica INSO interpretación de normas de convivencia ambiental (2).pdf
Guía Pedagógica INSO interpretación de normas de convivencia ambiental (2).pdfGuía Pedagógica INSO interpretación de normas de convivencia ambiental (2).pdf
Guía Pedagógica INSO interpretación de normas de convivencia ambiental (2).pdfFernandaSegoviano
 
NIVELES DE ORGANIZACION DE LA NATURALEZA
NIVELES DE ORGANIZACION DE LA NATURALEZANIVELES DE ORGANIZACION DE LA NATURALEZA
NIVELES DE ORGANIZACION DE LA NATURALEZAhenryalberx
 
MAPA MENTAL SOBRE EL MODELO DE REGIONES EN COLOMBIA
MAPA MENTAL SOBRE EL MODELO DE REGIONES EN COLOMBIAMAPA MENTAL SOBRE EL MODELO DE REGIONES EN COLOMBIA
MAPA MENTAL SOBRE EL MODELO DE REGIONES EN COLOMBIAYamile Divina Acevedo
 
Problemas medioambientales para reflexionar.pptx
Problemas medioambientales para reflexionar.pptxProblemas medioambientales para reflexionar.pptx
Problemas medioambientales para reflexionar.pptxalejandragoded
 
Biodiversidad de Bolivia toma 1 para fauna y flora
Biodiversidad de Bolivia  toma 1  para fauna y floraBiodiversidad de Bolivia  toma 1  para fauna y flora
Biodiversidad de Bolivia toma 1 para fauna y floraSundarAlejandroMarti
 
Revista de volcanes de Él Salvador (1).pdf
Revista de volcanes de Él Salvador  (1).pdfRevista de volcanes de Él Salvador  (1).pdf
Revista de volcanes de Él Salvador (1).pdfaddriana1616
 
Hidrocarburos no convencionales en México.pdf
Hidrocarburos no convencionales en México.pdfHidrocarburos no convencionales en México.pdf
Hidrocarburos no convencionales en México.pdfSUSMAI
 
Environmental Risk Investigation Loa- Mario Leviguan del Rio.pdf
Environmental Risk Investigation Loa- Mario Leviguan del Rio.pdfEnvironmental Risk Investigation Loa- Mario Leviguan del Rio.pdf
Environmental Risk Investigation Loa- Mario Leviguan del Rio.pdfMarioLeviguanDelRio
 
7.-Sigersol No Municipal_CREACIÓN DE CUENTA.pdf
7.-Sigersol No Municipal_CREACIÓN DE CUENTA.pdf7.-Sigersol No Municipal_CREACIÓN DE CUENTA.pdf
7.-Sigersol No Municipal_CREACIÓN DE CUENTA.pdfCorona51
 

Último (20)

La importancia de la anatomía y fisiología de la célula vegetal
La importancia de la anatomía y fisiología de la célula vegetalLa importancia de la anatomía y fisiología de la célula vegetal
La importancia de la anatomía y fisiología de la célula vegetal
 
Fracking: amenaza para el clima en México.pdf
Fracking: amenaza para el clima en México.pdfFracking: amenaza para el clima en México.pdf
Fracking: amenaza para el clima en México.pdf
 
como se produjo la penicilina en la segunda guerra mundial .pdf
como se produjo la penicilina en la segunda guerra mundial .pdfcomo se produjo la penicilina en la segunda guerra mundial .pdf
como se produjo la penicilina en la segunda guerra mundial .pdf
 
BASURERO COLOR ROJO todo sobre el motodo nde utilizar
BASURERO COLOR ROJO todo sobre el motodo nde utilizarBASURERO COLOR ROJO todo sobre el motodo nde utilizar
BASURERO COLOR ROJO todo sobre el motodo nde utilizar
 
Presentacion historia de los Jardines.pdf
Presentacion historia de los Jardines.pdfPresentacion historia de los Jardines.pdf
Presentacion historia de los Jardines.pdf
 
Conceptos de las Normas ISO 14000 y 14001
Conceptos de las Normas ISO 14000 y 14001Conceptos de las Normas ISO 14000 y 14001
Conceptos de las Normas ISO 14000 y 14001
 
ELABORAMOS NUESTRO DÍPTICO CON ACCIONES PRÁCTICAS PARA MITIGAR EL CALENTAMIEN...
ELABORAMOS NUESTRO DÍPTICO CON ACCIONES PRÁCTICAS PARA MITIGAR EL CALENTAMIEN...ELABORAMOS NUESTRO DÍPTICO CON ACCIONES PRÁCTICAS PARA MITIGAR EL CALENTAMIEN...
ELABORAMOS NUESTRO DÍPTICO CON ACCIONES PRÁCTICAS PARA MITIGAR EL CALENTAMIEN...
 
REGION NATURAL PERUANA COSTA CHALA DEL LITORAL
REGION NATURAL PERUANA COSTA CHALA DEL LITORALREGION NATURAL PERUANA COSTA CHALA DEL LITORAL
REGION NATURAL PERUANA COSTA CHALA DEL LITORAL
 
Papu papu tienes una videollamada de papuandia favor de contestar.pptx
Papu papu tienes una videollamada de papuandia favor de contestar.pptxPapu papu tienes una videollamada de papuandia favor de contestar.pptx
Papu papu tienes una videollamada de papuandia favor de contestar.pptx
 
5.-Sigersol No Municipal_MANIFIESTOS.pdf
5.-Sigersol No Municipal_MANIFIESTOS.pdf5.-Sigersol No Municipal_MANIFIESTOS.pdf
5.-Sigersol No Municipal_MANIFIESTOS.pdf
 
Guía Pedagógica INSO interpretación de normas de convivencia ambiental (2).pdf
Guía Pedagógica INSO interpretación de normas de convivencia ambiental (2).pdfGuía Pedagógica INSO interpretación de normas de convivencia ambiental (2).pdf
Guía Pedagógica INSO interpretación de normas de convivencia ambiental (2).pdf
 
NIVELES DE ORGANIZACION DE LA NATURALEZA
NIVELES DE ORGANIZACION DE LA NATURALEZANIVELES DE ORGANIZACION DE LA NATURALEZA
NIVELES DE ORGANIZACION DE LA NATURALEZA
 
MAPA MENTAL SOBRE EL MODELO DE REGIONES EN COLOMBIA
MAPA MENTAL SOBRE EL MODELO DE REGIONES EN COLOMBIAMAPA MENTAL SOBRE EL MODELO DE REGIONES EN COLOMBIA
MAPA MENTAL SOBRE EL MODELO DE REGIONES EN COLOMBIA
 
Problemas medioambientales para reflexionar.pptx
Problemas medioambientales para reflexionar.pptxProblemas medioambientales para reflexionar.pptx
Problemas medioambientales para reflexionar.pptx
 
Biodiversidad de Bolivia toma 1 para fauna y flora
Biodiversidad de Bolivia  toma 1  para fauna y floraBiodiversidad de Bolivia  toma 1  para fauna y flora
Biodiversidad de Bolivia toma 1 para fauna y flora
 
El suelo en los ecosistemas naturales y agrícolas.
El suelo en los ecosistemas naturales y agrícolas.El suelo en los ecosistemas naturales y agrícolas.
El suelo en los ecosistemas naturales y agrícolas.
 
Revista de volcanes de Él Salvador (1).pdf
Revista de volcanes de Él Salvador  (1).pdfRevista de volcanes de Él Salvador  (1).pdf
Revista de volcanes de Él Salvador (1).pdf
 
Hidrocarburos no convencionales en México.pdf
Hidrocarburos no convencionales en México.pdfHidrocarburos no convencionales en México.pdf
Hidrocarburos no convencionales en México.pdf
 
Environmental Risk Investigation Loa- Mario Leviguan del Rio.pdf
Environmental Risk Investigation Loa- Mario Leviguan del Rio.pdfEnvironmental Risk Investigation Loa- Mario Leviguan del Rio.pdf
Environmental Risk Investigation Loa- Mario Leviguan del Rio.pdf
 
7.-Sigersol No Municipal_CREACIÓN DE CUENTA.pdf
7.-Sigersol No Municipal_CREACIÓN DE CUENTA.pdf7.-Sigersol No Municipal_CREACIÓN DE CUENTA.pdf
7.-Sigersol No Municipal_CREACIÓN DE CUENTA.pdf
 

Derecho Agrario Venezolano: Principios y Objetivos

  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS UNIVERSIDAD FERMIN TORO ESCUELA DE DERECHO DERECHO AGRARIO Barquisimeto-Edo-Lara Autor: Mariangel Montilla DAA333-SAIAD Abogado: Emily Ramírez Márquez Derecho Agrario y Ambiental
  • 2. DERECHO AGRARIO Es la rama del derecho, que se ocupa de regular jurídicamente la actividad agrícola, entendiéndose por tal, la agricultura, la ganadería y la silvicultura (actividad forestal) y actividades a ellas conexas. Así mismo, es la fuente mas importante de la economía; y las cosas destinadas a esa actividad en los primeros tiempos eran consideradas res mancipi, y necesitaban solemnidades para su transmisión (la mancipatio). La actividad rural en los tiempos modernos perdió terreno como fuente de riqueza de los estados, frente al crecimiento del sector industrial y de servicios. Sin embargo, algunos abogados, políticos y especialistas que definían el Derecho Agrario en diferentes teorías.
  • 3. Víctor Giménez Landínez. Político venezolano definía el derecho agrario como: "Las normas jurídicas que establecen y regulan el derecho del hombre a la propiedad de la tierra y las facultades y obligaciones que para el individuo y para el Estado se derivan del mismo". Antonio Vivanco C. "El Derecho Agrario es el orden jurídico que rige las relaciones entre los sujetos intervinientes en la actividad agraria con referencia a objetos agrarios y con el fin de proteger los recursos naturales renovables, fomentar la producción agropecuaria y asegurar el bienestar de la comunidad rural". Edgar Darío Núñez Alcántara. "El Derecho Agrario es la conformación jurídica de las normas sustantivas y adjetivas que vinculan la actividad agrícola, pecuaria, conservacionista y agroindustrial, con el desarrollo económico de la sociedad, expresado en leyes, doctrinas, costumbres y jurisprudencia". Raúl Lemus García. "Es el conjunto de principios, preceptos e instituciones que regulan las diversas formas de tenencia de la tierra y los sistemas de explotación agrícola, con el propósito teleológico de realizar la justicia social, el bien común y la seguridad jurídica".
  • 4. Principio de la Promoción de la Agricultura para la Seguridad Alimentaria Venezuela es un país que presenta una gran biodiversidad ambiental y riqueza natural que lo hacen potencialmente viable para lograr satisfacer las necesidades alimentarías y nutricionales de la población nacional, particularmente de aquellos sectores con grandes restricciones de medios de producción y bajo nivel de desarrollo humano y social. De tal manera, que las políticas que debe tomar el Ejecutivo Nacional en pro del desarrollo de la Nación, tengan su efectividad, las mismas deben tener un basamento legal firme, los cuales se encuentran establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Ob. cit.), en su título VI, del Sistema Socioeconómico, Capítulo I, del Régimen Socioeconómico y de la Función Social del Estado en la Economía, establece la promoción de la agricultura como base estratégica para el desarrollo rural, integral y sustentable de la Nación, tal como lo señala en su artículo 305: El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral, y en consecuencia garantiza la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria deberá alcanzarse desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental al desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiera, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola. La seguridad agroalimentaria de la población se ha enfocado a atender el abastecimiento inmediato de los suministros de bienes básicos y a crear la base productiva interna, capaz de enfrentar en el mediano plazo la insuficiencia de la producción nacional de alimentos, como parte del objetivo estratégico de garantizar la soberanía económica de la Nación.
  • 5. Objetivos Del Derecho Agrario Venezolano El objetivo de esta importante rama del Derecho puede desdoblarse en una doble vertiente, uno, el aspecto formal constituido por las normas y otro, el material, que se conforma por hechos y valores. Teóricamente, la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, como columna vertebral del Derecho Agrario Nacional, persigue el cumplimiento de las líneas gruesas trazadas por el constituyente en 1999, como es el establecimiento de estrategias y planes para el desarrollo rural integral y sustentable, con la finalidad mediata de dar cumplimiento a la garantía de la seguridad alimentaria de la población, lo que se define a su vez como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional, aunado a la capacidad de la población para adquirir los bienes requeridos para su dieta diaria. Para cumplir con este objetivo macro de la ley, deben combinarse factores de diversa índole como financieros, comerciales, tecnológicos, crediticios, tenencia, previsiones de importación de insumos, etc., lo que implica el trazado y ejecución de armoniosas políticas de Estado. Todas las otras orientaciones de la norma bajo especial en materia agraria en Venezuela, como desarrollo rural integral y sustentable, justa distribución de la riqueza, planificación estratégica y participativa, aseguramiento de la biodiversidad, protección del medio ambiente, etc., son en efecto, conceptos incorporados a la tutela del Derecho Agrario moderno, que ya no tiene exclusivamente una orientación a la protección subjetiva, pero para el cabal cumplimiento de su fines requiere, ante todo, conciliación entre los agentes de esta rama, entre los productores, el Estado y los sujetos potenciales de la adjudicación como mecanismo necesario para la paz social.
  • 6. El artículo 7 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, señala taxativamente: “A los efectos del presente Decreto Ley, se entiende por latifundio, toda porción de terreno rural, ociosa o inculta, que exceda de cinco mil hectáreas (5.000 ha) en tierras de sexta y séptima clase o sus equivalencias, según que al efecto se desarrolle en el Reglamento de este Decreto Ley”. Como se puede observar para que un fundo pueda ser considerado como latifundio, debe tener una superficie mayor a las cinco mil hectáreas, a su vez, tiene que ser de sexta y séptima clase y que el propietario lo mantenga ocioso o inculto. El artículo 72 del Decreto Ley declara de utilidad pública o interés social la eliminación del latifundio, conforme a lo previsto en el artículo 307 dela Constitución Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, el INTI procederá a la expropiación de las tierras privadas que fueran necesarias para la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola. Para asegurar su potencial agroalimentario, queda subrogado en todos los derechos y obligaciones que de conformidad con el Decreto Ley puedan corresponder a la República. Principio Anti-latifundista El derecho agrario, principalmente el venezolano y latinoamericano en general, tiene como un principio orientador fundamental el anti-latifundismo, y así observamos que el artículo 307 dela Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece: “El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola.”
  • 7. La Constitución de 1999, en el artículo 305, señala: “El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población”. En una primera lectura del texto constitucional se observa cómo el constituyente incorpora el concepto de agricultura sustentable como base del desarrollo. De esta manera se impone una nueva dinámica en el ámbito productivo, el modelo tradicional de productivismo da paso a una nueva concepción de crecimiento donde la protección del medio ambiente es parte integrante del desarrollo. AGRICULTURA SUSTENTABLE SEGURIDAD ALIMENTARIA Artículo 305, se observa que el constituyente bolivariano, vincula la estrategia de desarrollo integral basada en una agricultura sustentable con la seguridad alimentaria de la población. Concibe esta última como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. PARTICIPACIÓN DEL ESTADO EN EL DESARROLLO AGRÍCOLA Artículo 307 de la Constitución Bolivariana enuncia como precepto fundamental del ordenamiento jurídico agrario, las principales acciones que debe emprender el Estado para fomentar y promover la actividad agrícola y el uso óptimo de la tierra mediante la dotación de las obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Destaca el artículo la importancia de la actividad agrícola como medio de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel adecuado de bienestar. DERECHO DE PROPIEDAD Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 115, establece: “Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia, firma y pago oportuno de justa indemnización podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes”. PRINCIPIOS AGRARIOS CONSTITUCIONALES
  • 8. Autonomía del Derecho Agrario El Derecho Agrario en la actualidad es un Derecho Autónomo, en el sentido de que goza de:  AUTONOMÍA JURÍDICA, representada por los principios que rigen al Derecho Agrario.  AUTONOMÍA LEGISLATIVA constituida por el conjunto de leyes que regulan la materia agraria.  AUTONOMÍA JURISDICCIONAL, reflejada por los Tribunales Agrarios del país en el cual se ventilan las causas agrarias.  AUTONOMÍA DIDÁCTICA representada por el Derecho Agrario como materia en las Universidades del país.  AUTONOMÍA CIENTÍFICA, la cual está formada por la doctrina agraria a través de diversos textos legales de autores estudiosos en la materia.
  • 9. ESTRUCTURA AGRARIA  LATIFUNDIO Se define al LATIFUNDIO como la explotación agraria de gran extensión, caracterizada por el ineficaz uso de los recursos disponibles. El concepto "gran extensión" debe enmarcarse en las características físicas, sociales y territoriales del espacio geográfico en que se encuentre: por ejemplo en Europa puede tener algunos cientos de hectáreas, mientras que en Latinoamérica superará con facilidad las diez mil. El latifundio está asociado a ciertas características destacables: • Bajos rendimientos, • Subutilización de la tierra, • Baja capitalización, • Bajo nivel tecnológico, • Explotación de la mano de obra y • Bajo nivel de vida de los trabajadores.  MINIFUNDIO Son explotaciones familiares orientadas al autoconsumo, de precario nivel técnico, sin posibilidad de destinar recursos a su mejora, y con una economía complementada con trabajos en otras explotaciones. Suelen estar asociados a latifundios, generando condiciones económicas, políticas y sociales que bloquean el desarrollo económico.  EL DESARROLLO RURAL El desarrollo rural sustentable en Venezuela, es entendido como un modelo socioeconómico en el que las comunidades y sus decisiones parten desde adentro de la comunidad misma, y sus fines son la búsqueda de la satisfacción de las necesidades básicas, la participación de la comunidad, la protección del ambiente y la localización de la comunidad en un espacio determinado. Busca que los procesos locales y globales se complementen. Su meta es el desarrollo en el nivel local, de la comunidad, pero que trascienda hacia arriba, hacia la economía del país, y hacia el mundo.
  • 10. Fuentes del Derecho Agrario  Formales: Son los procedimientos para la creación de la norma jurídica, dentro de esta categoría vemos la Costumbre, la Legislación y la Jurisprudencia.  Históricas: Se consideran a las instituciones jurídicas que tuvieron vigencia en otras épocas y sirvieron para alimentar las actuales, tal como los papiros, documentos, libros, etc.  Reales: Abarcan los hechos, circunstancias y consideraciones que nutren la conducta del legislador y que se plasman en el contenido de las normas. Así vemos las Fuentes del Derecho Agrario, en dos manifestaciones que son: Directas: La Ley. Indirectas: La costumbre, usos y prácticas. El proceso agrario utiliza a la jurisprudencia y los principios generales del Derecho como fuentes de derecho; lo hace para interpretar el contenido de las normas y resolver las dudas del juzgador del usuario del sistema judicial. También en este tópico el legislador agrario venezolano se apartó del asunto y de esa manera le resta eficacia al proceso agrario venezolano. No existe referencia a este tema en la nueva ley agraria. En el caso venezolano, y como una referencia parcial a un método hermenéutico que permitiría la aplicación de estas fuentes de derecho en el ámbito agrario, el artículo 335 constitucional faculta ala Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para que interprete el contenido y alcance de las normas y principios constitucionales, en cuyo caso su criterio es obligatorio para todos los tribunales dela República. De todos modos la inobservancia legislativa es evidente. De esta forma la jurisprudencia, aliada con la doctrina, puede cumplir la función que se les ha negado a los jueces agrarios en la ley.