REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
UNIVERSIDAD YACAMBU
DERECHO PROBATORIO
LIDIA CERVANTES
CI: V-14590721
CJP-131-00199V
permite dar por acreditados en
un proceso judicial unos hechos
sobre los que no existe una
prueba directa,
Sala penal del Tribunal
Supremo.
por lo que hace
referencia a
los “indicios” o hechos
base.
Así, conforme a su
sentencia
número 700/2007,
de 20 de julio
a) Que estén plenamente
acreditados,
b) Que sean plurales, o
excepcionalmente único pero de
una singular potencia acreditativa,
LA PRUEBA INDICIARIA EN EL
PROCESO CIVIL
En el proceso civil, a través
de la denominada prueba
de presunciones judiciales
regulada en el artículo.
LA PRUEBA INDICIARIA EN EL
PROCESO PENAL
386.1 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil, también es posible que los
órganos judiciales, partiendo de
un hecho admitido o probado,
puedan presumir la certeza
a los efectos del proceso,
de otro hecho, si entre el
admitido o demostrado
y el presunto existe un
enlace preciso y directo,
según las reglas del criterio
humano.
d) Que estén
interrelacionados, cuando
sean varios, de modo que se
refuercen entre
e) En cuanto a la inducción o
inferencia es decir que no
solamente no sea arbitraria,
absurda o infundada, sino
que responda plenamente a
las reglas de la lógica
c) Que sean
concomitantes al hecho
que se trate de probar

Derecho probatorio 8

  • 1.
    REPUBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS UNIVERSIDAD YACAMBU DERECHO PROBATORIO LIDIA CERVANTES CI: V-14590721 CJP-131-00199V
  • 2.
    permite dar poracreditados en un proceso judicial unos hechos sobre los que no existe una prueba directa, Sala penal del Tribunal Supremo. por lo que hace referencia a los “indicios” o hechos base. Así, conforme a su sentencia número 700/2007, de 20 de julio a) Que estén plenamente acreditados, b) Que sean plurales, o excepcionalmente único pero de una singular potencia acreditativa, LA PRUEBA INDICIARIA EN EL PROCESO CIVIL En el proceso civil, a través de la denominada prueba de presunciones judiciales regulada en el artículo. LA PRUEBA INDICIARIA EN EL PROCESO PENAL 386.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, también es posible que los órganos judiciales, partiendo de un hecho admitido o probado, puedan presumir la certeza a los efectos del proceso, de otro hecho, si entre el admitido o demostrado y el presunto existe un enlace preciso y directo, según las reglas del criterio humano. d) Que estén interrelacionados, cuando sean varios, de modo que se refuercen entre e) En cuanto a la inducción o inferencia es decir que no solamente no sea arbitraria, absurda o infundada, sino que responda plenamente a las reglas de la lógica c) Que sean concomitantes al hecho que se trate de probar