EL Rol Del Abogado En El Nuevo Codigo Procesal Penalguest3a4eb8e
EL EX VICE PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA DR. FERMÍN JULIO CÉSAR CHUNGA CHÁVEZ, PARTICIPÓ EL ÚLTIMO 25 DE SETIEMBRE DEL 2009, EN LA CONFERENCIA DENOMINADA "ALCANCES DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL " , LA MISMA QUE FUE ORGANIZADA POR POR LA DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN Y EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL DE LIMA-NORTE -SUTRAPJ-LN, EN LAS INSTALACIONES DEL AUDITORIO "SAN LÁZARO " SEDE CAL LIMA NORTE -AV. CARLOS YZAGUIRRE Nº 200 -INDEPENDENCIA .
A CONTINUACIÓN, PRESENTAMOS LA CONFERENCIA MAGISTRAL DICTADA POR EL JURISTA DR. FERMÍN JULIO CÉSAR CHUNGA CHÁVEZ, ALGÚN COMENTARIO POR FAVOR GENERARLO AL CORREO ELECTRÓNICO fjcchunga@hotmail.com
Este documento presenta un resumen del curso de Derecho Procesal Penal I impartido por el Mtro. Carlos Marcelo Ponce Arpasi en la Universidad Jose Carlos Mariategui durante el año 2021. Se detalla el contenido del curso, la legislación y bibliografía utilizada, y conceptos clave sobre la ley procesal penal, el proceso penal, sus sujetos, principios, etapas e instituciones.
El documento define al imputado como la persona a quien se atribuye participación en un hecho punible. Explica que en el sistema inquisitivo el imputado era considerado un objeto de la investigación penal, mientras que en el sistema acusatorio actual el imputado es un sujeto procesal con derechos. Se adquiere la calidad de imputado desde la primera actuación en su contra y se mantiene hasta la ejecución completa de la sentencia. El derecho de defensa es la facultad del imputado de intervenir en el proceso en su contra para o
El documento describe el principio del debido proceso y sus antecedentes históricos. Explica que el debido proceso protege los derechos fundamentales de las personas en los procedimientos legales y debe respetarse en todos los sistemas legales. También analiza cómo la Constitución ecuatoriana de 2008 incorpora garantías relacionadas con el debido proceso penal como el derecho a un juicio justo y a no ser detenido arbitrariamente.
El documento describe el principio del debido proceso y sus antecedentes históricos. Explica que el debido proceso protege los derechos fundamentales de las personas en los procedimientos legales y debe respetarse en todos los sistemas legales. También analiza cómo la Constitución ecuatoriana de 2008 incorpora garantías relacionadas con el debido proceso penal como el derecho a un juicio justo y a no ser detenido arbitrariamente.
Este documento presenta un resumen de los principios y normas del derecho procesal penal en Perú. Explica los principios fundamentales del derecho penal sustantivo y adjetivo, así como los bienes jurídicos que protege. Luego describe los principales aspectos del Código Procesal Penal peruano de 1991 y 2004, incluidos los principios constitucionales, las etapas del proceso penal como la investigación preparatoria, la etapa intermedia y el juzgamiento. Finalmente, presenta esquemas y diagramas de flujo que resumen el proceso penal
Este documento presenta un resumen de los principales aspectos del Código Procesal Penal Peruano. Explica las etapas del proceso penal como la denuncia, la investigación preparatoria, el requerimiento de sobreseimiento y la acusación. También describe los principios que rigen el proceso penal como la presunción de inocencia, el debido proceso, la publicidad y la oralidad. Resalta que el Ministerio Público dirige la investigación con objetividad mientras que el juez controla la legalidad de los actos.
EL Rol Del Abogado En El Nuevo Codigo Procesal Penalguest3a4eb8e
EL EX VICE PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA DR. FERMÍN JULIO CÉSAR CHUNGA CHÁVEZ, PARTICIPÓ EL ÚLTIMO 25 DE SETIEMBRE DEL 2009, EN LA CONFERENCIA DENOMINADA "ALCANCES DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL " , LA MISMA QUE FUE ORGANIZADA POR POR LA DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN Y EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL DE LIMA-NORTE -SUTRAPJ-LN, EN LAS INSTALACIONES DEL AUDITORIO "SAN LÁZARO " SEDE CAL LIMA NORTE -AV. CARLOS YZAGUIRRE Nº 200 -INDEPENDENCIA .
A CONTINUACIÓN, PRESENTAMOS LA CONFERENCIA MAGISTRAL DICTADA POR EL JURISTA DR. FERMÍN JULIO CÉSAR CHUNGA CHÁVEZ, ALGÚN COMENTARIO POR FAVOR GENERARLO AL CORREO ELECTRÓNICO fjcchunga@hotmail.com
Este documento presenta un resumen del curso de Derecho Procesal Penal I impartido por el Mtro. Carlos Marcelo Ponce Arpasi en la Universidad Jose Carlos Mariategui durante el año 2021. Se detalla el contenido del curso, la legislación y bibliografía utilizada, y conceptos clave sobre la ley procesal penal, el proceso penal, sus sujetos, principios, etapas e instituciones.
El documento define al imputado como la persona a quien se atribuye participación en un hecho punible. Explica que en el sistema inquisitivo el imputado era considerado un objeto de la investigación penal, mientras que en el sistema acusatorio actual el imputado es un sujeto procesal con derechos. Se adquiere la calidad de imputado desde la primera actuación en su contra y se mantiene hasta la ejecución completa de la sentencia. El derecho de defensa es la facultad del imputado de intervenir en el proceso en su contra para o
El documento describe el principio del debido proceso y sus antecedentes históricos. Explica que el debido proceso protege los derechos fundamentales de las personas en los procedimientos legales y debe respetarse en todos los sistemas legales. También analiza cómo la Constitución ecuatoriana de 2008 incorpora garantías relacionadas con el debido proceso penal como el derecho a un juicio justo y a no ser detenido arbitrariamente.
El documento describe el principio del debido proceso y sus antecedentes históricos. Explica que el debido proceso protege los derechos fundamentales de las personas en los procedimientos legales y debe respetarse en todos los sistemas legales. También analiza cómo la Constitución ecuatoriana de 2008 incorpora garantías relacionadas con el debido proceso penal como el derecho a un juicio justo y a no ser detenido arbitrariamente.
Este documento presenta un resumen de los principios y normas del derecho procesal penal en Perú. Explica los principios fundamentales del derecho penal sustantivo y adjetivo, así como los bienes jurídicos que protege. Luego describe los principales aspectos del Código Procesal Penal peruano de 1991 y 2004, incluidos los principios constitucionales, las etapas del proceso penal como la investigación preparatoria, la etapa intermedia y el juzgamiento. Finalmente, presenta esquemas y diagramas de flujo que resumen el proceso penal
Este documento presenta un resumen de los principales aspectos del Código Procesal Penal Peruano. Explica las etapas del proceso penal como la denuncia, la investigación preparatoria, el requerimiento de sobreseimiento y la acusación. También describe los principios que rigen el proceso penal como la presunción de inocencia, el debido proceso, la publicidad y la oralidad. Resalta que el Ministerio Público dirige la investigación con objetividad mientras que el juez controla la legalidad de los actos.
Este documento analiza el ámbito de tutela del proceso de Habeas Data a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano. Examina los derechos de acceso a la información y a la autodeterminación informativa protegidos por este proceso, así como aspectos procesales y casos relevantes resueltos por el Tribunal.
Este documento discute el derecho a guardar silencio y prestar declaración del detenido y el rol del defensor como "cinturón de seguridad" para asegurar que este derecho se respete. En primer lugar, introduce el tema y explica que a menudo los defensores alegan que las garantías como la información de derechos no se cumplen realmente cuando el imputado es detenido. Luego, analiza el derecho a defensa, derecho a guardar silencio y no autoincriminarse desde una perspectiva histórica y legal. Finalmente, con
El documento describe el derecho procesal penal como un instrumento para determinar la verdad en los casos penales. Explica que el derecho procesal penal regula el proceso penal a través del Código Procesal Penal de 2004, el cual divide el proceso en tres etapas: investigación preparatoria, intermedia y juzgamiento. También describe los principios que rigen el tratamiento al imputado, como el derecho a un juicio justo y la defensa legal.
La etapa de investigación tiene como objetivo determinar si existen bases para sustentar una acusación penal mediante la recolección de pruebas. Actúan el fiscal, la policía y peritos. Inicia con una denuncia y concluye con la vinculación a proceso de una persona. Durante esta etapa se protegen los derechos del imputado y de la víctima a presentar pruebas y a ser informados de las decisiones.
Este documento discute el derecho al debido proceso legal según la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Explica que el debido proceso es la garantía procesal más comúnmente violada por los estados y que debe estar presente en todo tipo de procesos, no solo penales. También analiza principios como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, y la necesidad de equilibrar las garantías del acusado con los derechos de las víctimas. Concluye señalando que las legislaciones nacionales deben dar
El nuevo sistema de justicia penal tiene como objetivos contar con un sistema más eficiente, expedito, respetuoso de las garantías individuales, justo, humano, transparente y que racionalice adecuadamente los recursos. El nuevo código de procedimientos penales de Baja California es vanguardista al implementar un sistema basado en audiencias orales ante la presencia del órgano jurisdiccional.
El juicio de amparo es un proceso judicial autónomo distinto al proceso penal cuya finalidad es salvaguardar los derechos fundamentales y el orden constitucional, sin que sea un obstáculo para la agilidad del proceso penal acusatorio. Puede concebirse como un modo diferenciado de protección de derechos que garantiza el sistema de frenos y contrapesos entre autoridades sin menoscabar la impartición de justicia penal pronta.
El documento describe el juicio penal como la etapa en la que las partes pueden complementar, ampliar y discutir las pruebas para obtener una resolución definitiva. Explica los principios rectores como la imputación, oralidad, contradicción, publicidad e inmediación, y las etapas del juicio incluyendo la preparación, desarrollo y conclusión.
ENJ-200 Presentación Curso Derecho de Amparo 5ta ediciónENJ
El documento presenta la agenda de un primer encuentro de un curso sobre derecho de amparo que se llevará a cabo del 5 al 7 de julio. La agenda incluye presentaciones sobre los contenidos y módulos del curso, diagnósticos orales, visitas a tribunales, análisis de casos y discusiones sobre temas como la internacionalización y constitucionalización de los derechos fundamentales, el amparo en la República Dominicana y en España, y los procesos de amparo en distintas jurisdicciones.
Este documento analiza el derecho al secreto de las comunicaciones según la Constitución peruana y la experiencia comparada. Examina las características de este derecho como su contenido, titularidad y límites. También revisa las restricciones legítimas como las órdenes judiciales para intervenir comunicaciones en procesos penales. Finalmente, resume la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano sobre este tema.
Este documento analiza el derecho al secreto de las comunicaciones según la Constitución peruana y la experiencia comparada. Examina las características de este derecho como su contenido, titularidad y límites. También revisa las restricciones legítimas como las órdenes judiciales para intervenir comunicaciones en procesos penales. Finalmente, resume la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano sobre este tema.
MEDIDAS DE COERCIÓN,DERECHO PROCESAL PENAL I.docxAlexMalchic
Este documento define y explica las medidas de coerción en el proceso penal. Resume las medidas de coerción como actos que limitan derechos fundamentales con el objetivo de asegurar la aplicación de la ley penal. Explica que existen medidas de coerción personales, como la citación, conducción, aprehensión y detención, y medidas de coerción reales o patrimoniales, como el embargo y secuestro. También describe las características, fines y tipos de medidas de coerción personales y patrimoniales que pueden adoptarse durante un proceso penal.
La Audiencia Inicial representa el primer contacto del imputado con el juez y marca el inicio del proceso penal. En esta audiencia, el juez informa al imputado de sus derechos, realiza el control de legalidad de la detención, el Ministerio Público formula la imputación, y se resuelve sobre la solicitud de vinculación a proceso y medidas cautelares. Adicionalmente, se define el plazo para el cierre de la investigación complementaria. El resultado de la Audiencia Inicial determina la continuidad del procedimiento penal.
El documento habla sobre el rol del juez de paz como juez de control durante la investigación de un caso penal. Explica que el juez de control debe garantizar el respeto a los derechos constitucionales y la objetividad de la investigación. También describe varias medidas de coerción como el arresto, registro de moradas, secuestro de objetos y correspondencia, y interceptación de comunicaciones que requieren autorización judicial.
El documento describe el nuevo sistema de justicia penal en México basado en un proceso acusatorio y adversarial oral y público. Reconoce los derechos de las víctimas y los imputados e implementa mecanismos como la defensoría pública, la valoración de pruebas y criterios de oportunidad.
El documento describe los principios y aspectos clave del nuevo sistema de justicia penal en México implementado en 2008, incluyendo: 1) Un sistema acusatorio adversarial donde un juez imparcial decide entre las solicitudes de las partes, 2) Los conflictos jurídicos se resuelven en audiencias orales públicas y contradictorias, 3) Mayores derechos para las víctimas como ser escuchadas y obtener una reparación.
El documento describe los principios y características del nuevo sistema de justicia penal en México implementado en 2008, incluyendo audiencias orales y públicas, presunción de inocencia para el imputado, y mayores derechos para las víctimas. El sistema se basa en un proceso acusatorio-adversarial donde un juez toma decisiones de forma imparcial considerando las solicitudes de las partes involucradas. El documento también explica los roles del fiscal, defensor, juez de garantía, testigos, tribunal y víctima u ofendido en el proceso
Este documento analiza el ámbito de tutela del proceso de Habeas Data a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano. Examina los derechos de acceso a la información y a la autodeterminación informativa protegidos por este proceso, así como aspectos procesales y casos relevantes resueltos por el Tribunal.
Este documento discute el derecho a guardar silencio y prestar declaración del detenido y el rol del defensor como "cinturón de seguridad" para asegurar que este derecho se respete. En primer lugar, introduce el tema y explica que a menudo los defensores alegan que las garantías como la información de derechos no se cumplen realmente cuando el imputado es detenido. Luego, analiza el derecho a defensa, derecho a guardar silencio y no autoincriminarse desde una perspectiva histórica y legal. Finalmente, con
El documento describe el derecho procesal penal como un instrumento para determinar la verdad en los casos penales. Explica que el derecho procesal penal regula el proceso penal a través del Código Procesal Penal de 2004, el cual divide el proceso en tres etapas: investigación preparatoria, intermedia y juzgamiento. También describe los principios que rigen el tratamiento al imputado, como el derecho a un juicio justo y la defensa legal.
La etapa de investigación tiene como objetivo determinar si existen bases para sustentar una acusación penal mediante la recolección de pruebas. Actúan el fiscal, la policía y peritos. Inicia con una denuncia y concluye con la vinculación a proceso de una persona. Durante esta etapa se protegen los derechos del imputado y de la víctima a presentar pruebas y a ser informados de las decisiones.
Este documento discute el derecho al debido proceso legal según la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Explica que el debido proceso es la garantía procesal más comúnmente violada por los estados y que debe estar presente en todo tipo de procesos, no solo penales. También analiza principios como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, y la necesidad de equilibrar las garantías del acusado con los derechos de las víctimas. Concluye señalando que las legislaciones nacionales deben dar
El nuevo sistema de justicia penal tiene como objetivos contar con un sistema más eficiente, expedito, respetuoso de las garantías individuales, justo, humano, transparente y que racionalice adecuadamente los recursos. El nuevo código de procedimientos penales de Baja California es vanguardista al implementar un sistema basado en audiencias orales ante la presencia del órgano jurisdiccional.
El juicio de amparo es un proceso judicial autónomo distinto al proceso penal cuya finalidad es salvaguardar los derechos fundamentales y el orden constitucional, sin que sea un obstáculo para la agilidad del proceso penal acusatorio. Puede concebirse como un modo diferenciado de protección de derechos que garantiza el sistema de frenos y contrapesos entre autoridades sin menoscabar la impartición de justicia penal pronta.
El documento describe el juicio penal como la etapa en la que las partes pueden complementar, ampliar y discutir las pruebas para obtener una resolución definitiva. Explica los principios rectores como la imputación, oralidad, contradicción, publicidad e inmediación, y las etapas del juicio incluyendo la preparación, desarrollo y conclusión.
ENJ-200 Presentación Curso Derecho de Amparo 5ta ediciónENJ
El documento presenta la agenda de un primer encuentro de un curso sobre derecho de amparo que se llevará a cabo del 5 al 7 de julio. La agenda incluye presentaciones sobre los contenidos y módulos del curso, diagnósticos orales, visitas a tribunales, análisis de casos y discusiones sobre temas como la internacionalización y constitucionalización de los derechos fundamentales, el amparo en la República Dominicana y en España, y los procesos de amparo en distintas jurisdicciones.
Este documento analiza el derecho al secreto de las comunicaciones según la Constitución peruana y la experiencia comparada. Examina las características de este derecho como su contenido, titularidad y límites. También revisa las restricciones legítimas como las órdenes judiciales para intervenir comunicaciones en procesos penales. Finalmente, resume la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano sobre este tema.
Este documento analiza el derecho al secreto de las comunicaciones según la Constitución peruana y la experiencia comparada. Examina las características de este derecho como su contenido, titularidad y límites. También revisa las restricciones legítimas como las órdenes judiciales para intervenir comunicaciones en procesos penales. Finalmente, resume la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano sobre este tema.
MEDIDAS DE COERCIÓN,DERECHO PROCESAL PENAL I.docxAlexMalchic
Este documento define y explica las medidas de coerción en el proceso penal. Resume las medidas de coerción como actos que limitan derechos fundamentales con el objetivo de asegurar la aplicación de la ley penal. Explica que existen medidas de coerción personales, como la citación, conducción, aprehensión y detención, y medidas de coerción reales o patrimoniales, como el embargo y secuestro. También describe las características, fines y tipos de medidas de coerción personales y patrimoniales que pueden adoptarse durante un proceso penal.
La Audiencia Inicial representa el primer contacto del imputado con el juez y marca el inicio del proceso penal. En esta audiencia, el juez informa al imputado de sus derechos, realiza el control de legalidad de la detención, el Ministerio Público formula la imputación, y se resuelve sobre la solicitud de vinculación a proceso y medidas cautelares. Adicionalmente, se define el plazo para el cierre de la investigación complementaria. El resultado de la Audiencia Inicial determina la continuidad del procedimiento penal.
El documento habla sobre el rol del juez de paz como juez de control durante la investigación de un caso penal. Explica que el juez de control debe garantizar el respeto a los derechos constitucionales y la objetividad de la investigación. También describe varias medidas de coerción como el arresto, registro de moradas, secuestro de objetos y correspondencia, y interceptación de comunicaciones que requieren autorización judicial.
El documento describe el nuevo sistema de justicia penal en México basado en un proceso acusatorio y adversarial oral y público. Reconoce los derechos de las víctimas y los imputados e implementa mecanismos como la defensoría pública, la valoración de pruebas y criterios de oportunidad.
El documento describe los principios y aspectos clave del nuevo sistema de justicia penal en México implementado en 2008, incluyendo: 1) Un sistema acusatorio adversarial donde un juez imparcial decide entre las solicitudes de las partes, 2) Los conflictos jurídicos se resuelven en audiencias orales públicas y contradictorias, 3) Mayores derechos para las víctimas como ser escuchadas y obtener una reparación.
El documento describe los principios y características del nuevo sistema de justicia penal en México implementado en 2008, incluyendo audiencias orales y públicas, presunción de inocencia para el imputado, y mayores derechos para las víctimas. El sistema se basa en un proceso acusatorio-adversarial donde un juez toma decisiones de forma imparcial considerando las solicitudes de las partes involucradas. El documento también explica los roles del fiscal, defensor, juez de garantía, testigos, tribunal y víctima u ofendido en el proceso
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Principios del derecho penal en el peru, asi como sus fines
DERECHOS A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD
1. El derecho a la libertad y a la seguridad
Florentino-Gregorio Ruiz Yamuza, Magistrado
2. Esquema
1. Un marco normativo complejo
2. La preservación de los Derechos Fundamentales en el procedimiento penal
3. Las Directivas de Refuerzo de Derechos Procesales y su transposición en España
3. El contenido y la naturaleza del derecho a la libertad y seguridad
5. Casos prácticos
Esquema
1. Un marco normativo complejo
2. La preservación de los Derechos Fundamentales en el procedimiento penal
3. Las Directivas de Refuerzo de Derechos Procesales y su transposición en España
4. El contenido y la naturaleza del derecho a la libertad y seguridad
5. Casos prácticos
3. .
1. Un marco normativo complejo .
Art. 5 CEDH Derecho a la libertad
Art. 6 CEDH Derecho al debido proceso
Art. 6 CDFUE Derecho a la libertad
Art. 47 CDFUE Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 48 CDFUE Presunción de inocencia y derecho de defensa
Directivas Refuerzo Derechos procesales
Art. 17 CE
Art. 24 CE
Ley Enjuiciamiento Criminal
4. Derechos procesales/Derechos fundamentales (arts. 6 y 47 CDFUE, 5 y 6 CEDH, 17 y 24 CE)
2. La preservación de los Derechos Fundamentales en el procedimiento penal
Galaxia constitucional Constitución española (CE)
Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH)
Carta de derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE)
Preservación de los derechos fundamentales en el procedimiento
Nivel nacional
Control de compatibilidad concentrado (Recurso amparo)
Control de compatibilidad constitucional difuso
Art. 53.1 y 2 CE
Art. 117 CE
Arts. 238 y ss. LOPJ (art. 241.1)
Vía de recurso
Nivel supranacional
Cuestión prejudicial TJUE
Recurso ante TEDH
Control
Jurisdicción Vía de recurso
TC TEDH y TJUE
5. .
3. El derecho a la libertad y seguridad, art. 5 CEDH y art. 6 CDFUE
Contenido art. 5 CEDH
A. Legalidad Formal ( Derecho interno) y Material (Compatibilidad con CEDH)
-Proporcionalidad
B. Carácter tasado excepciones al disfrute de la libertad
-Sentencia dictada por Tribunal competente, tras un proceso regular
(Revisión en el tiempo) S.T.C. 169/21, de 6 de octubre
- Desobediencia a orden judicial/aseguramiento obligación legal
- Comparecencia ante autoridad Judicial
Supuesta comisión infracción
Impedir comisión infracción
Impedir fuga
Puesta a disposición en plazo razonable y rápida tramitación de la causa
-Detención de menores
Vigilar su educación
Comparecer and la autoridad
- Detención por razones médicas o sociales
(alcohólicos, vagabundos)
- Detención para impedir entrada en el país o asegurar expulsión o extradición
Art. 6 CDFUE. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad
6. .
4. La naturaleza del derecho a la libertad y seguridad y sus posibles restricciones
Derecho de carácter no absoluto (STC 179/1985)
Limitaciones (STC 341/1993)
Proporcionalidad - Juicio de idoneidad respecto de un objetivo
- Necesidad y subsidiariedad
- Proporcionalidad stricto sensu: balance beneficio interés público/sacrificio ejercicio
derecho
Relaciones entre el art. 17 y los arts. 9, 24, 25 y 81 CE
7. .
5. El derecho a la libertad y a la seguridad, art. 17 CE
Art. 17 CE
1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su
libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la
forma previstos en la ley.
2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la
realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso,
en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a
disposición de la autoridad judicial.
3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea
comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a
declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y
judiciales, en los términos que la ley establezca.
4. La ley regulará un procedimiento de "habeas corpus" para producir la inmediata puesta a
disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el
plazo máximo de duración de la prisión provisional.
8. Esquema
1. Un marco normativo complejo
2. La preservación de los Derechos Fundamentales en el procedimiento penal
3. Las Directivas de Refuerzo de Derechos Procesales y su transposición en España
3. El contenido y la naturaleza del derecho a la libertad y seguridad
5. Casos prácticos
Directivas Refuerzo Derechos Procesales
9. .
7. Directiva 2010/64/UE, sobre traducción e interpretación
Contenido
Derecho a la interpretación. Determinación de necesidad.
Recurso.
Discapacidad.
Renuncia
Derecho a la traducción. De documentos esenciales.
Recurso
Calidad de la traducción e interpretación.
Confidencialidad.
Listas traductores e intérpretes
Consecuencias de la vulneración de estos derechos (SS.T.S 01.01.16,29.06.17, indefensión
material)
10. .
8. Directiva 2012/13/UE, sobre derecho a la Información
Contenido
Información sobre derechos
- asistencia abogado
- justicia gratuita
- contenido acusación
- derechos interpretación y traducción
- derecho permanecer en silencio
Información sobre acusación
- hecho imputado
- razones detención
- información detallada sobre la acusación (*remisión al Juzgado)
Acceso a los materiales del caso
- documentos esenciales para oponerse a la privación de libertad
- evidencia material (*remisión al Juzgado)
Puede denegarse si:
- existe serio riesgo para la vida o derechos fundamentals de un tercero
- es estrictamente necesario para salvaguradar un importante interés
.
Revisión judicial de la denegación
11. .
9. Directiva 2013/48/UE, sobre asistencia letrada
Contenido
Asistencia letrada (sin dilación)
- entrevista privada antes del interrogatorio;
- presencia y participación del letrado en el interrogatorio.
- presencia del letrado en los actos de prueba
(i) reconocimiento en rueda
(ii) careos
(iii) reconstruction de hechos
Excepciones (en instrucción):
- lejanía del letrado pudiera retrasar la privación de libertad o perjudicar investigación
- evitar riesgo para vida o integridad física de terceros
Información sobre detención a una tercera persona
Comunicación con terceras personas mientras dura la detención
Comunicación con autoridades consulares
12. .
10. Directiva 2016/343/UE, sobre presunción de inocencia y asistencia a juicio
(Arts. 47 y 48 CDFUE y 6 CEDH). STC sentencia 128/1995, de 26 de julio, en referencia a la prisión
provisional, afirma que la presunción de inocencia "opera en el seno del proceso como una regla de juicio;
pero constituye a la vez una regla de tratamiento, en virtud de la cual el imputado tiene el derecho a recibir la
consideración y el trato de no autor o no participe en hechos de carácter delictivo “
Contenido
Todas las fases del proceso
-Supresión referencias a la culpabilidad por autoridades públicas (seguimiento)
-Presentación pública sospechosos y acusados y coercion física
-Carga de la prueba
-Derecho a guardar silencio. (TEDH Murray c. GB, 1996, TS y TC)
-Derecho a estar presente en juicio (DM 2009/299/JAI, Melloni)
En ausencia si -Citación
-Representación letrada
-Recurso y derecho a nuevo juicio
Exclusión temporal del acusado del juicio
Recursos
13. .
11. Directiva 2016/800/UE Garantías menores sospechosos o acusados en procesos penales
Contenido
-Información y acompañamiento titulares patria potestad
-Evaluación individualizada y reconocimiento médico
-Recurso preferente alternativas a privación libertad
-Condiciones privación libertad
-Grabación declaraciones policiales
-Preservación de su vida privada
-Formación y especialización del personal
14. .
12. Directiva 2016/1919/UE. Asistencia jurídica gratuita sospechosos o acusados
Completa Directivas 2013/48/UE y 2016/800/UE
. Contenido
-Aplica a quienes conforme Directiva 2013/48/UE tengan derecho a asistencia letrada y
a) estén privados de libertad;
b) deban ser asistidos por un letrado de conformidad con el Derecho nacional o de la Unión, o
c) deban o puedan asistir a un acto de investigación o de obtención de pruebas, incluidos, como
mínimo: ruedas de reconocimiento, careos y reconstrucciones de hechos
d) Persona buscada por OEDE que tenga derecho letrado
e) Inicialmente no sospechoso pasen a serlo ante policía
-Excepciones infracciones leves:
a) sanción autoridad no judicial y recurso judicial
b) cuando no pueda imponerse una sanción de privación de libertad
-Evaluación medios económicos
-Sin demora, antes interrogatorios actos obtención prueba (información interesado)
- OEDE en Estado emisión para asistir a letrado en estado ejecución
-Calidad de los servicios de asistencia jurídica gratuita y formación
-Vulnerabilidad
15. .
13. La Ley de Enjuiciamiento Criminal
LECr. Libro I Disposiciones Generales
Tít. V Del derecho a la defensa, a la asistencia jurídica gratuita y a la traducción e interpretación en
los juicios criminales
Cap I Derecho a la defensa y a la asistencia jurídica gratuita (arts.118-122)
Cap. II Derecho a la traducción e interpretación (arts.123-127)
Tít. X De los recursos (arts. 216-138 ter)
*Art. 302 Secreto actuaciones art. 505 comparecencia prisión y liberación información esencial
Libro II Del sumario
Tít. V De la comprobación del delito y averiguación del delincuente
Caps. IV y V Declaraciones de los procesados y de los testigos (arts. 385-450)
Tít. VI De la citación, la detención y la prisión provisional
Cap. IV Ejercicio del derecho de defensa, de la asistencia de abogado y del tratamiento de los
detenidos y presos (arts. 520-527)
* Art. 509 Incomunicado y derechos del 527 que se restringen
La Ley 23/2014, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.
16. .
14. Transposición de la Directiva 2010/64/UE
L.O. 5/2015 transpone Directiva 2010/64/UE, derecho a interpretación y a traducción y Directiva 2012/13/UE,
derecho a la información en los procesos penales (arts.5 y 6 CEDH, TEDH)
Derecho traducción e interpretación. Arts. 123 y ss.LECr.
-Todas las actuaciones y comunicaciones con Abogado.
-Traducción documentos esenciales, o sus pasajes, en plazo razonable.
-Auto de prisión, escritos de acusación y sentencias siempre esenciales.
-Recurso contra denegación de interpretación o traducción,
-Listados traductores e intérpretes. Casos urgentes. Lengua de signos.
Art. 118. 1. f) LECr.
Art. 416.3 secreto traductores
17. .
15. Transposición de la Directiva 2012/13/UE
Derecho a la información.
Art. 118 LECr. A quien se impute acto punible:
a. Hechos, cambio objeto investigación o hechos,
b. Derechos:
-examinar actuaciones
-designar abogado
- justicia gratuita,
-traducción e interpretación
-guardar silencio y no confesarse culpable
-examen actuaciones con antelación para su defensa
Art. 520 LECr. A detenidos y presos:
a. Derechos:
-acceso elementos de las actuaciones esenciales para impugnar la legalidad de la detención y
procedimiento para ello
-intérprete,
-plazo máximo de detención
Derecho de acceso al expediente. Art, 118 y 302 (secreto actuaciones)
. b. Información lenguaje accesible y adaptado. Detenidos o presos, siempre por escrito.
c. Investigados sin demora, detenidos inmediatamente.
18. .
16. Transposición de la Directiva 2013/48/UE
L.O. 13/2015 transpone Directiva 2013/48/UE
Art.118 Ejercicio derecho de defensa, sin más limitaciones que la ley, desde la atribución del hecho punible
hasta la extinción de la pena.
Contenido esencial: asistencia de abogado de libre designación o de oficio, con el que podrá comunicarse
y entrevistarse reservadamente en cualquier momento y que estará presente en todas sus declaraciones y en
cuantas diligencias de reconocimiento, careo o reconstrucción de hecho se practiquen.
Confidencialidad de las comunicaciones entre el investigado o encausado y su abogado,
Información derechos del investigado o encausado se facilitará en lenguaje comprensible y adaptado a las
circunstancias personales
Art. 520. Detenidos o privados de libertad, designar abogado con el que podrá entrevistarse reservadamente,
incluso antes de que se le reciba declaración por la policía, el fiscal o la autoridad judicial.
Lejanía geográfica, comunicación telefónica o por videoconferencia
Derecho a poner en conocimiento de un familiar su privación de libertad, el derecho a comunicarse
telefónicamente con un tercero de su elección y el derecho a comunicarse con las autoridades consulares, en caso
de detenidos o presos extranjeros.
Atestado policial refleje el lugar y hora de la detención y de la puesta a disposición judicial o en libertad.
Derechos constitucionales al honor, intimidad e imagen del detenido, siguiendo la doctrina del TEDH y art.
20 CE
Art. 520 ter. Detenciones en espacios marinos alejados del territorio español.
Art. 527. Prisión incomunicada presupuestos legalmente previstos de acuerdo con la nueva redacción dada al
art. 509. Faculta al juez para limitar algunos derechos.
19. .
17. Transposición Directivas 2016/343/UE y 2016/1919/UE
Directiva 2016/343/UE Presunción de inocencia y derecho a estar presente en juicio
-Evitar referencias públicas como culpables de los investigados o acusados (art. 520.1 LECr.
-Derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismos.
-Derecho a estar presente en juicio y excepciones (art. 786.1 LECr.)
Directiva 2016/1919/UE Asistencia jurídica gratuita a sospechosos y acusados
-Reforma LAJG, Ley 3/2018
Vulnerabilidad
Generalización JG para delitos leves a solicitud investigado y lo acuerde el Juzgado circunstancias
Sustitución letrado inicialmente designado e impugnación denegación
Efectividad del derecho ATS 07.07.17, citando Directiva 2013/48/UE y TEDH asunto Artico c. Italia, 1980
20. .
18. El derecho a la libertad y seguridad en otras leyes
Ley 6/1984, de 24 de mayo de Habeas corpus
Ley Orgánica General Penitenciaria
Ley Orgánica 4/2000. Derechos de los extranjeros, art. 61 y ss.
Ley 23/2014, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
Ley Orgánica 4/2015 de seguridad ciudadana, art. 16. Retención/detención
Devoluciones en caliente (STEDH ND y NT c España, 2020)
Ley Enjuiciamiento Civil, art. 763
Ley Orgánica 3/1986. Medidas especiales en materia de salud publica.
Arts.19 CE. Libertad residencia y circulación.
Jurisdicción contencioso administrativa
Ley Orgánica 4/1981. Estados de alarma, excepción y sitio (art. 116 CE)
Suspensión derechos en estados de excepción y sitio (art. 55 CE)
Real Decreto 962/20. Estado de alarma.
22. .
20. Retención, detención
La inexistencia de zonas intermedias entre libertad y detención (STC 98/1986, STEDH caso Guzzardi, 1980)
Aplicación garantías art. 520 LECr. (STC de 10 de julio de 1986)
-STC 341/93 sobre art, 20 Ley Orgánica 1/1992 (traslado a comisaría para identificación)
Presupuestos habilitantes. Proporcionalidad
Inexigibilidad garantías prisión preventiva (figura autónoma y distinta)
Limitación temporal
Ley Orgánica 41/2015, Protección Seguridad Ciudadana
Categorías de retención -Retención o prevención in situ (art. 16.1 LOPSC)
Cacheos en vía pública, controles tráfico, identificaciones
-Retención con traslado (art. 16.2 LOPSC)
Limitación temporal 6 horas
Información
Libro registro y certificación
Tertium genus entre libertad y detención, art. 19 LOPSC
23. Esquema
1. Un marco normativo complejo
2. La preservación de los Derechos Fundamentales en el procedimiento penal
3. Las Directivas de Refuerzo de Derechos Procesales y su transposición en España
3. El contenido y la naturaleza del derecho a la libertad y seguridad
5. Casos prácticos
Casos prácticos
24. .
H, de 18 años interno en un centro penitenciario, es trasladado al psiquiátrico penitenciario de Sevilla en un
hospital psiquiátrico en el que estuvo ingresado 17 días. Formuló una queja al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria
por no haberse tramitado su caso conforme al art. 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, alegando vulneración del
plazo para comunicar el internamiento a la autoridad judicial y de su derecho fundamental a la libertad al no estar
justificado el ingreso, esta decisión fue que fue rechazada en apelación.
Justifique la viabilidad de plantear en su caso recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, y expresamente la
viabilidad de la misma si el ingreso se hubiese producido en un hospital común.
Art. 763 LEC
Arts.36 y ss Ley Orgánica 1/1979, General Penitenciaria
STC 182/2015
25. .
Caso práctico 1. Internamiento involuntario
H, de 18 años interno en un centro penitenciario, es trasladado al psiquiátrico penitenciario de Sevilla en un
hospital psiquiátrico en el que estuvo ingresado 17 días. Formuló una queja al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria
por no haberse tramitado su caso conforme al art. 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, alegando vulneración del
plazo para comunicar el internamiento a la autoridad judicial y de su derecho fundamental a la libertad al no estar
justificado el ingreso, esta decisión fue que fue rechazada en apelación.
Justifique la viabilidad de plantear en su caso recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, y expresamente la
viabilidad de la misma si el ingreso se hubiese producido en un hospital común.
Art. 763 LEC
Arts.36 y ss. Ley Orgánica 1/1979, General Penitenciaria
SSTC 141/12 y 182/2015
26. .
Caso práctico 2. Prisión provisional y secreto actuaciones
El Juzgado de Instrucción decreta la prisión provisional de G, ciudadano español acusado de un delito contra la
salud pública. Como la causa se encontraba secreta, G solicitó en el trámite de comparecencia del art. 503 LECr.
la información relativa a la justificación de la medida cautelar que se pudiera acordar.
Fue acordada prisión provisional, decisión que se confirmó por la Audiencia Provincial desestimando un recurso
que efectuaba alegaciones en cuanto a su participación en los hechos y la falta de fundamentación del auto
recurrido-
Inmediatamente después de recibir el auto de la Audiencia, se promueve incidente de nulidad de actuaciones,
conforme al art. 240.2 LOPJ, alegando infracción del derecho a la información y ausencia de la debida
fundamentación en el auto dictado por el Juzgado, que se notificó suprimiendo los fundamentos de derecho.
Justifique la prosperabilidad de la pretensión de G y considere las distintas hipótesis en relación con la causación
de indefensión.
Arts. 17, 24 y 120 CE
Arts. 302, 503 y ss. LECr.
Directiva 2012/13/UE
STC 47/2000, de 17 de febrero
STC 83/2019, de 17 de junio de 2019.
27. .
Caso práctico 2. Prisión provisional y secreto actuaciones
El Juzgado de Instrucción decreta la prisión provisional de G, ciudadano español acusado de un delito contra la
salud pública. Como la causa se encontraba secreta, G solicitó en el trámite de comparecencia del art. 503 LECr.
la información relativa a la justificación de la medida cautelar que se pudiera acordar, lo que así hizo el Juzgado.
Fue acordada prisión provisional, decisión que se confirmó por la Audiencia Provincial desestimando un recurso
que efectuaba alegaciones en cuanto a su participación en los hechos y la falta de fundamentación del auto
recurrido-
Inmediatamente después de recibir el auto de la Audiencia, se promueve incidente de nulidad de actuaciones,
conforme al art. 240.2 LOPJ, alegando infracción del derecho a la información y ausencia de la debida
fundamentación en el auto dictado por el Juzgado.
Justifique la prosperabilidad de la pretensión de G y considere las distintas hipótesis en relación con la causación
de indefensión.
Arts. 17, 24 y 120 CE
Arts. 302, 503 y ss. LECr.
Directiva 2012/13/UE
STC 47/2000, de 17 de febrero
STC 83/2019, de 17 de junio de 2019.
28. .
21. Caso práctico 3. Seguridad. Derechos de la persona detenida
La defensa de B, ciudadano macedonio acusado junto con C, D y F de nacionalidad albanesa, de los delitos de
robo, detención ilegal, agresión sexual y lesiones presentó, al inciarse la vista en el procedimiento sumario contra
él seguido como cuestiones previas conforme al art. 786.2 LECr., las siguientes: cuando fue detenido en mayo de
2016, el intérprete que se le facilitó en comisaría hablaba serbio, con lo que no puedo entenderse bien con él, no
se le ni conocer las causas del arresto, tampoco se le permitió entrevistarse con su abogado antes de ser
interrogado por la policía y el registro de su domicilio se practicó sin estar él presente ni su abogado ya que fue
detenido en una ciudad distinta a la de su residencia.
La Audiencia Provincial, desestimó todas estas cuestiones puesto que el sumario ordinario no prevé la posibilidad
de alegar cuestiones previas al comienzo del juicio. Todos los acusados fueron condenados.
La defensa de B solicitó, conforme al art. 241.1 LOPJ la declaración de nulidad de actuaciones, que fue rechazada.
La misma pretensión se incluye en el recurso de apelación interpuesto ante el TSJ.
Justifique la decisión del Tribunal de apelación en las diferentes hipótesis de que se hubiera causado indefensión o
no al apelante.
STC 21/2018 de 5 de marzo
Arts. 118 a 127 LECr.
Arts. 520 y ss. LECr.
Directiva 2013/48/UE
29. .
21. Caso práctico 3. Seguridad. Derechos de la persona detenida
La defensa de B, ciudadano macedonio acusado junto con C, D y F de nacionalidad albanesa, de los delitos de
robo, detención ilegal, agresión sexual y lesiones presentó, al inciarse la vista en el procedimiento sumario contra
él seguido como cuestiones previas conforme al art. 786.2 LECr., las siguientes: cuando fue detenido en mayo de
2016, el intérprete que se le facilitó en comisaría hablaba serbio, con lo que no puedo entenderse bien con él, no
se le ni conocer las causas del arresto, tampoco se le permitió entrevistarse con su abogado antes de ser
interrogado por la policía y el registro de su domicilio se practicó sin estar él presente ni su abogado ya que fue
detenido en una ciudad distinta a la de su residencia.
La Audiencia Provincial, desestimó todas estas cuestiones puesto que el sumario ordinario no prevé la posibilidad
de alegar cuestiones previas al comienzo del juicio. Todos los acusados fueron condenados.
La defensa de B solicitó, conforme al art. 241.1 LOPJ la declaración de nulidad de actuaciones, que fue rechazada.
La misma pretensión se incluye en el recurso de apelación interpuesto ante el TSJ.
Justifique la decisión del Tribunal de apelación en las diferentes hipótesis de que se hubiera causado indefensión o
no al apelante.
STC 21/2018 de 5 de marzo
Arts. 118 a 127 LECr.
Arts. 520 y ss. LECr.
Directiva 2013/48/UE
30. .
Caso práctico. Habeas corpus
El Juzgado de Instrucción de Guardia recibe el mismo fin de semana tres peticiones de habeas corpus.
a) La primera procede de un detenido que se encuentra en los calabozos de la Policía Nacional, petición respecto de la que se
desestima la incoación de un procedimiento de habeas corpus, por no ser la privación de libertad ilícita y no concurrir ninguno de
los supuestos del art. 1 LOHC.
b) El segundo es una instancia de un preso que se ha mantenido en aislamiento, encontrándose con bronconeumonía, y con
esposas durante 72 horas
c) El tercero lo remite el centro penitenciario relativa a una persona que sostiene que su hermano gemelo, que se encontraba
cumpliendo condena en la misma prisión por diferente causa, ha sido puesto en libertad en lugar de él por error, por lo que él
debe ser liberado.
Como valoraría estas tres situaciones.
Art. 1 LOHC A los efectos de esta ley se consideran personas ilegalmente detenidas: a) Las que lo fueren por una
autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido
las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las leyes. b) Las que estén ilícitamente internadas en cualquier
establecimiento o lugar. c) Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen
puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención. d) Las privadas de libertad a quienes no les sean
respetados los derechos que la Constitución y las leyes procesales garantizan a toda persona detenida.
Sentencia TC 72/2019, de 20 de mayo de 2019
Arts. 42, 43 y 76. 2 d) de la Ley Orgánica 1/1979, de General Penitenciaria
31. .
Caso práctico 4. Habeas corpus
El Juzgado de Instrucción de Guardia recibe el mismo fin de semana tres peticiones de habeas corpus.
a) La primera procede de un detenido que se encuentra en los calabozos de la Policía Nacional, petición respecto de la que se
desestima la incoación de un procedimiento de habeas corpus, por no ser la privación de libertad ilícita y no concurrir ninguno de
los supuestos del art. 1 LOHC.
b) El segundo es una instancia de un preso que se ha mantenido en aislamiento, encontrándose con bronconeumonía, y con
esposas durante 72 horas
c) El tercero lo remite el centro penitenciario relativa a una persona que sostiene que su hermano gemelo, que se encontraba
cumpliendo condena en la misma prisión por diferente causa, ha sido puesto en libertad en lugar de él por error, por lo que él
debe ser liberado.
Como valoraría estas tres situaciones.
Art. 1 LOHC A los efectos de esta ley se consideran personas ilegalmente detenidas: a) Las que lo fueren por una
autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido
las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las leyes. b) Las que estén ilícitamente internadas en cualquier
establecimiento o lugar. c) Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen
puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención. d) Las privadas de libertad a quienes no les sean
respetados los derechos que la Constitución y las leyes procesales garantizan a toda persona detenida.
Sentencia TC 72/2019, de 20 de mayo de 2019
Arts. 42, 43 y 76. 2 d) de la Ley Orgánica 1/1979, de General Penitenciaria