2. Contexto derechos de los niños
Los niños y los jóvenes tienen los mismos derechos humanos generales que los adultos, y también
derechos específicos derivados de sus necesidades especiales. Los niños no son propiedad de sus
padres, ni beneficiarios indefensos de una obra de caridad. Son seres humanos y titulares de sus
propios derechos.
La Convención sobre los derechos del niño, establece los derechos que es preciso convertir en realidad
para que los niños puedan desarrollar todo su potencial.
La Convención ofrece una visión del niño/niña como individuo y como miembro de una familia y una
comunidad, con derechos y responsabilidades apropiados para su edad y su etapa de desarrollo. Al
reconocer los derechos de la infancia de esta manera, la Convención concibe al niño/niña como un ser
integral.
3. La Convención reconoce la dignidad humana fundamental de todos los niños y la urgente necesidad de
velar por su bienestar y su desarrollo. Deja clara la idea de que todos los niños deben tener derechos a
una calidad de vida básica, en lugar de ser un privilegio que pocos disfrutan.
De conformidad con la primera parte del articulo de la Ley General de los Derechos de las niñas, niños
y adolescentes, son niñas y niños los menores de 12 años, y adolescentes las personas de entre 12
años cumplidos y menos de 18 años.
Contexto derechos de los niños
6. El derecho a la vida, es un derecho universal, es decir, que le corresponde a todo ser humano. Es un
derecho necesario para poder concretizar todos los demás derechos universales. El derecho a la vida
significa tener la oportunidad de vivir nuestra propia vida. Si no hay vida, no tiene sentido que existan
los demás derechos fundamentales.
Para los niños el derecho a la vida , es la oportunidad de vivir su infancia y poder crecer, desarrollarse y
llegar a la edad adulta.
El derecho a la vida de los niños esta compuesto por dos derechos fundamentales:
• El derecho inherente a la vida
• El derecho a la supervivencia y al desarrollo.
Derecho a la vida
8. El derecho a la salud, es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio
adecuado de los demás derechos humanos, y que todo ser humano tiene derecho al disfrute del
mas alto nivel posible de salud que le permita vivir dignamente, entendida la salud no solo como
la ausencia de afecciones o enfermedades, sino también como un estado completo de bienestar
físico, mental y social, derivado de un estilo de vida que permita alcanzar a las personas un
balance integral.
La salud tiene una importancia vital para todos los seres humanos. Una persona con mala salud
no podrá estudiar o trabajar adecuadamente y no podrá disfrutar completamente de su vida.
Para los niños, el derecho a la salud es vital porque son seres vulnerables, mas expuestos a las
enfermedades y a las complicaciones de salud. Al proteger a los niños y niñas de la enfermedad,
estos podrán llegar a la edad adulta con buena salud y contribuir así al desarrollo de sociedades
mas dinámicas y productivas.
Derecho a la salud.
10. La infancia es el momento en el cual es ser humano es mas vulnerable, dado que aun no ha
acabado de desarrollarse ni física ni mentalmente. En otras palabras, los niños necesitan una
atención y una protección especial
El principio de interés superior del niño implica dos reglas importantes:
• Todas las decisiones que atañen al niño han de tomarse según el interés exclusivo del niño
para asegurar su bienestar inmediato y futuro.
• Todas las decisiones y todos los actos deben garantizar imperativamente los derechos del
niño. El interés superior del niño subordina la necesidad de una protección de los niños.
La protección de los niños/niñas debe ser provista ante todo por los padres y la comunidad que lo
acoge, y luego por el estado por medio de sus representantes.
Derecho a la protección
12. El derecho a la nacionalidad es un derecho humano fundamental. Esta prerrogativa abarca el
derecho de cada persona a adquirir, cambiar y mantener una nacionalidad.
Cuando una persona carece de nacionalidad puede verse imposibilitada de asistir a la escuela,
acudir a una consulta de un medico, obtener un empleo, aperturar una cuenta de banco o incluso
contraer matrimonio.
Desde su nacimiento, las niñas y los niños tienen derecho a adquirir una nacionalidad, según las
circunstancias en que se adquiera la nacionalidad puede ser de dos tipos:
• Nacionalidad Originaria o de sangre: El niño adquiere la nacionalidad de sus padres desde el
momento de su nacimiento.
• Nacionalidad por residencia: Aunque sus padres posean otra nacionalidad, el niño adquiere la
nacionalidad del territorio en el que nace.
Derecho a la nacionalidad.
14. El derecho a la identidad, es un derecho humano y por tanto fundamental para el desarrollo de las
personas y de las sociedades; este derecho que comprende diversos aspectos que distinguen a
una persona de otra, incluye el derecho a tener un nombre y la posibilidad de identificación a
través de un documento de identidad.
Las normas nacionales e internacionales, señalan claramente el derecho al nombre como uno de
los primeros derechos al que deben acceder las personas al nacer, su importancia no solo radica
en el hecho de ser un componente importante de la identidad de las personas. Esta acción
supone el reconocimiento inmediato por parte del Estado de la existencia del niño, y la
formalización de su nacimiento ante la ley.
Derecho a un nombre e identidad
16. El derecho a la libre expresión supone que todas las personas tenemos derecho a expresar lo que
opinamos sin ser perseguidos y hostigados por ello.
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a expresar libremente su opinión, así como a buscar,
recibir y difundir información e ideas de todo tipo y por cualquier medio. Teniéndose debidamente
en cuenta las opiniones del niño/niña, en función de la edad y madurez del mismo.
La libertad de expresión de niñas, niños y adolescentes implica el derecho a que se tome en
cuenta su opinión respecto de los asuntos que les afecten directamente, o a sus familias o
comunidades.
Derecho a la libre expresión.
18. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al descanso, al esparcimiento, al juego y a las
actividades recreativas propias de su edad, así como a participar libremente en actividades
culturales, deportivas y artísticas, como factores primordiales de su desarrollo y
crecimiento.
El juego y la recreación son esenciales para la salud y el bienestar del niño y promueven el
desarrollo de la creatividad, la imaginación y la confianza en si mismo y en la propicia
capacidad, así como la fuerza y las aptitudes físicas, sociales, cognitivas y emocionales. El
juego y la recreación contribuyen a todos los aspectos del aprendizaje
Derecho a la recreación.
20. El derecho a una familia, hace referencia al conjunto de normas jurídicas que regulan los
asuntos que afectan a los miembros de una familia, entendida como una institución natural
y social. Este derecho se enmarca dentro del ámbito del derecho civil.
La Convención internacional de los derechos del niño, da a todo niño/niña el derecho a una
familia. Este derecho permite relacionar al niño/niña a una historia y sobre todo le ofrece un
perímetro de protección contra la violación de sus derechos. Los niños alejados de su
familia se convierten en victimas fáciles de la violencia, la explotación, la trata, la
discriminación u otro tipo de maltrato. Sin embargo, puede pasar que la familia que debería
en principio debería proteger al niño/niña es quien le infringe malos tratos.
Derecho a la familia.
22. El derecho a la educación es un derecho fundamental de todos los seres humanos que les
permite adquirir conocimientos y alcanzar así una vida social plena. El derecho a la
educación es vital para el desarrollo económico, social y cultural de todas las sociedades.
Sin embargo continua siendo inaccesible para miles de niños del mundo.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya
al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y
de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana.
La educación debe ser accesible a todos los niños, sin discriminación alguna.
Debe fomentarse la convivencia escolar armónica y la generación de mecanismos para la
discusión, debate y resolución pacifica de conflictos.
Derecho a la educación.
23. Constitucion de la
Republica de
Honduras
01.
Convención
internacional sobre
los derechos del niño
02.
Codigo de familia
04.
Codigo de la niñez,
adolescencia y
familia
03.
Instrumentos nacionales e internacionales
relacionados a la niñez