REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
                    UNIVERSIDAD FERMIN TORO
                          VENEZUELA




                                                                Autoras:
                                             - Fringuelli Vilein C.I V – 16.065.040
                                             - Perozo Nereyda C.I V – 15.967.131
Profa. Enid Moreno                           - Villegas Yusmary C.I V – 13.278.090
Curso: Evolución Socio – Política y          - Diana Pérez        C.I V – 18.422.814
       Económica de Venezuela II
SAIA A                                                Relaciones Industriales
                                                       Estudios a Distancia
                           BARINAS, JUNIO DE 2012
Definición de Descentralización:


Descentralización según el diccionario www.wordreference.com:
Es el traspaso de competencias y servicios de la Administración central a
corporaciones locales o regionales, la descentralización debería favorecer la
agilización de los trámites burocráticos.


 En otros términos, la Descentralización es el proceso en el
 cuál se trata de Transferir poder y competencias de la
 autonomía central a la Regional, local y comunitarias-

Descentralización según Elías Santana, rebelion.org:
En los artículos 4 y 6 de la Constitución venezolana queda claro que Venezuela
es una República con un estado federal descentralizado, ésa es la clave del
concepto, que por cierto nos acerca mucho al concepto brasilero de organización
político-administrativa, pero en el artículo 4 se habla de la integridad territorial: Es el
traspaso de competencias y servicios de la Administración central a corporaciones
locales o regionales, la descentralización debería favorecer la agilización de los
trámites burocráticos.
                                        Aunque en la Carta Magna existe la palabra
                                        DESCENTRALIZACIÖN, para el Gobierno Bolivariano
                                        Venezolano la palabra Descentralización es sustituida
                                        por TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS A LAS
                                        COMUNIDADES.
Características de la descentralización:

 Transferencias de competencias desde la
administración central a nuevos entes morales o
jurídicos.
El estado dota de entidad jurídica al órgano
descentralizado.
Se le asigna un patrimonio propio y una gestión
independiente de la administración central.
El estado solo ejerce tutela sobre estos.
Se basa en un principio de autarquía
(organización política y económica de un Estado
fundada en el autoabastecimiento).
La descentralización refuerza el carácter
democrático de un Estado y el principio de
participación colaborativo    consagrado       en
numerosas constituciones de la tradición jurídica
hispanoamericana.
Antecedentes de la descentralización:
                                                          Desarrollo
 C.O.P.R.E.:                                            Sociopolítico

                        Desarrollo                                                          Producción
                        Económico                       C.O.P.R.E
                                                                                            Territorial


                                                      Concentración de los
                                                      Recursos en la Nación

L.O.D.:     la más reciente modificación realizada el pasado 17 de Marzo de 2009, implicó una severa limitación al
proceso de descentralización y al desarrollo local venezolano, en el sentido de que el poder central revirtió competencias
exclusivas, previamente cedidas con carácter constitucional en 1999 a los estados, especialmente en lo atinente al
régimen de conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos
y aeropuertos de uso comercial, lo cual fortalece la desconcentración administrativa de funciones en desmedro de la
verdadera descentralización administrativa, ya que cercena la autonomía de los estados a disponer libremente de estas
fuentes de ingresos fiscales en aras del fortalecimiento del desarrollo local, a través del diseño y aplicación de soluciones
propias de cada localidad a la solución de sus necesidades más apremiantes.

 Delimitación y transferencias de competencias del poder público.                                        La presente ley tiene por
objeto desarrollar los principios constitucionales para promover la descentralización administrativa, delimitar competencias
entre el Poder Nacional y los Estados, determinar las funciones de los Gobernadores como agentes del Ejecutivo Nacional,
determinar las fuentes de ingresos de los Estados, coordinar los planes anuales de inversión de las Entidades Federales con los
que realice el Ejecutivo Nacional en ellas y facilitar la transferencia de la prestación de los servicios del Poder Nacional a los
Estados.

Elección de Gobernadores y Alcaldes 1989 mayor autonomía en los Municipios 1989.
PROCESO ACTUAL DE LA DESCENTRALIZACIÓN

                         “Células de autogobierno local” llamadas consejos comunales. Capaces
 COMUNAS                 de formular, ejecutar y autogestionar proyectos de infraestructura, programas
SOCIALISTAS              sociales, servicios básicos y actividades productivas en correspondencia con
                         el presupuesto transferido por las instituciones del Estado


                                    Estructura superior a los Consejos Comunales, con el fin de
         COMUNAS                    mejorar la calidad de vida de los integrantes de una comunidad o
                                    de las comunidades en general desarrollando proyectos
                                    productivos
                                          Es la instancia de participación, articulación e integración entre las diversas
                                          organizaciones comunitarias, grupos sociales y, los ciudadanos y
                       CONSEJO            ciudadanas, que permiten al pueblo organizado, ejercer directamente la
                       COMUNAL            gestión de políticas públicas y proyectos orientados a responder a las
                                          necesidades y aspiraciones de la comunidad en la CONSTRUCCIÓN DE
                                          UNA SOCIEDAD DE EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL
                                                                Tiene por objeto regular la constitución, conformación,
                                                                organización y funcionamiento de los consejos
                                                                comunales como una instancia de participación para el
                       L.O.C.C.                                 ejercicio directo de la soberanía popular y su relación
                                                                con los órganos y entes del Poder Público para la
                                                                formulación, ejecución, control y evaluación de las
                                                                políticas públicas, así como los planes y proyectos
                                                                vinculados al desarrollo comunitario.

         COMUNIDADES                 La Comunidad lo que hace es crear una directiva sin fines de lucro
         ORGANIZADAS                 para resolver conflictos o problemas y crear actividades para
                                     enriquecer a sus miembros. Más representar esta ante el Municipio.


                           LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO: es la vía para
                           lograr el fortalecimiento de las organizaciones de base del Poder Popular y el
  L.O.C.F.G                desarrollo armónico de los Distritos Motores de Desarrollo y regiones del país,
                           en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
Tiene por objeto regular la organización y
                             funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno y, en
    Consejo Federal          virtud de ello, y a fin de desarrollar las competencias
     de Gobierno             que el texto constitucional le ha trazado, establecer los
                             lineamientos de la planificación y coordinación de las
                             políticas y acciones necesarias para el adecuado
                             desarrollo     regional.    Igualmente      atiende    al
                             establecimiento del régimen para la transferencia de
                             las competencias de los entes territoriales, a las
                             organizaciones detentadoras de la soberanía originaria
                             del Estado.


Ley de Consejo Estadal       Tiene por objeto la creación, organización de políticas
de Planificación Pública Y   públicas que funcionará en cada estado, como órgano
Coordinación de Políticas    rector de la planificación de las políticas públicas, a los
Públicas                     fines de promover el desarrollo armónico equilibrado y
                             sustentable. Esta ley se rige por la constitución de la
                             República Bolivariana de Venezuela.


                                  .
                                Tiene por objeto establecer las disposiciones y
                                bases para la organización y funcionamiento de los
   Consejo Local de             Consejos Locales de Planificación Pública, para
     Planificación              hacer eficaz su intervención en la planificación que
        Publica                 conjuntamente efectuará con el gobierno municipal
                                respectivo, y el concurso de las comunidades
                                organizadas

Descentralizacion equipo 4

  • 1.
    REPÚBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMIN TORO VENEZUELA Autoras: - Fringuelli Vilein C.I V – 16.065.040 - Perozo Nereyda C.I V – 15.967.131 Profa. Enid Moreno - Villegas Yusmary C.I V – 13.278.090 Curso: Evolución Socio – Política y - Diana Pérez C.I V – 18.422.814 Económica de Venezuela II SAIA A Relaciones Industriales Estudios a Distancia BARINAS, JUNIO DE 2012
  • 2.
    Definición de Descentralización: Descentralizaciónsegún el diccionario www.wordreference.com: Es el traspaso de competencias y servicios de la Administración central a corporaciones locales o regionales, la descentralización debería favorecer la agilización de los trámites burocráticos. En otros términos, la Descentralización es el proceso en el cuál se trata de Transferir poder y competencias de la autonomía central a la Regional, local y comunitarias- Descentralización según Elías Santana, rebelion.org: En los artículos 4 y 6 de la Constitución venezolana queda claro que Venezuela es una República con un estado federal descentralizado, ésa es la clave del concepto, que por cierto nos acerca mucho al concepto brasilero de organización político-administrativa, pero en el artículo 4 se habla de la integridad territorial: Es el traspaso de competencias y servicios de la Administración central a corporaciones locales o regionales, la descentralización debería favorecer la agilización de los trámites burocráticos. Aunque en la Carta Magna existe la palabra DESCENTRALIZACIÖN, para el Gobierno Bolivariano Venezolano la palabra Descentralización es sustituida por TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS A LAS COMUNIDADES.
  • 3.
    Características de ladescentralización:  Transferencias de competencias desde la administración central a nuevos entes morales o jurídicos. El estado dota de entidad jurídica al órgano descentralizado. Se le asigna un patrimonio propio y una gestión independiente de la administración central. El estado solo ejerce tutela sobre estos. Se basa en un principio de autarquía (organización política y económica de un Estado fundada en el autoabastecimiento). La descentralización refuerza el carácter democrático de un Estado y el principio de participación colaborativo consagrado en numerosas constituciones de la tradición jurídica hispanoamericana.
  • 4.
    Antecedentes de ladescentralización: Desarrollo C.O.P.R.E.: Sociopolítico Desarrollo Producción Económico C.O.P.R.E Territorial Concentración de los Recursos en la Nación L.O.D.: la más reciente modificación realizada el pasado 17 de Marzo de 2009, implicó una severa limitación al proceso de descentralización y al desarrollo local venezolano, en el sentido de que el poder central revirtió competencias exclusivas, previamente cedidas con carácter constitucional en 1999 a los estados, especialmente en lo atinente al régimen de conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso comercial, lo cual fortalece la desconcentración administrativa de funciones en desmedro de la verdadera descentralización administrativa, ya que cercena la autonomía de los estados a disponer libremente de estas fuentes de ingresos fiscales en aras del fortalecimiento del desarrollo local, a través del diseño y aplicación de soluciones propias de cada localidad a la solución de sus necesidades más apremiantes.  Delimitación y transferencias de competencias del poder público. La presente ley tiene por objeto desarrollar los principios constitucionales para promover la descentralización administrativa, delimitar competencias entre el Poder Nacional y los Estados, determinar las funciones de los Gobernadores como agentes del Ejecutivo Nacional, determinar las fuentes de ingresos de los Estados, coordinar los planes anuales de inversión de las Entidades Federales con los que realice el Ejecutivo Nacional en ellas y facilitar la transferencia de la prestación de los servicios del Poder Nacional a los Estados. Elección de Gobernadores y Alcaldes 1989 mayor autonomía en los Municipios 1989.
  • 5.
    PROCESO ACTUAL DELA DESCENTRALIZACIÓN “Células de autogobierno local” llamadas consejos comunales. Capaces COMUNAS de formular, ejecutar y autogestionar proyectos de infraestructura, programas SOCIALISTAS sociales, servicios básicos y actividades productivas en correspondencia con el presupuesto transferido por las instituciones del Estado Estructura superior a los Consejos Comunales, con el fin de COMUNAS mejorar la calidad de vida de los integrantes de una comunidad o de las comunidades en general desarrollando proyectos productivos Es la instancia de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y, los ciudadanos y CONSEJO ciudadanas, que permiten al pueblo organizado, ejercer directamente la COMUNAL gestión de políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL Tiene por objeto regular la constitución, conformación, organización y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia de participación para el L.O.C.C. ejercicio directo de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así como los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitario. COMUNIDADES La Comunidad lo que hace es crear una directiva sin fines de lucro ORGANIZADAS para resolver conflictos o problemas y crear actividades para enriquecer a sus miembros. Más representar esta ante el Municipio. LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO: es la vía para lograr el fortalecimiento de las organizaciones de base del Poder Popular y el L.O.C.F.G desarrollo armónico de los Distritos Motores de Desarrollo y regiones del país, en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
  • 6.
    Tiene por objetoregular la organización y funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno y, en Consejo Federal virtud de ello, y a fin de desarrollar las competencias de Gobierno que el texto constitucional le ha trazado, establecer los lineamientos de la planificación y coordinación de las políticas y acciones necesarias para el adecuado desarrollo regional. Igualmente atiende al establecimiento del régimen para la transferencia de las competencias de los entes territoriales, a las organizaciones detentadoras de la soberanía originaria del Estado. Ley de Consejo Estadal Tiene por objeto la creación, organización de políticas de Planificación Pública Y públicas que funcionará en cada estado, como órgano Coordinación de Políticas rector de la planificación de las políticas públicas, a los Públicas fines de promover el desarrollo armónico equilibrado y sustentable. Esta ley se rige por la constitución de la República Bolivariana de Venezuela. . Tiene por objeto establecer las disposiciones y bases para la organización y funcionamiento de los Consejo Local de Consejos Locales de Planificación Pública, para Planificación hacer eficaz su intervención en la planificación que Publica conjuntamente efectuará con el gobierno municipal respectivo, y el concurso de las comunidades organizadas