El documento discute la protección jurídica del software en Argentina y Estados Unidos. Explica que en Argentina, el software está protegido bajo la ley de derechos de autor desde 1988, pero que se necesitan normas adicionales para proteger la propiedad intelectual y así promover la industria del software. También identifica tres tipos de software que pueden ser patentados e indica que en Estados Unidos, los secretos comerciales y el derecho de autor protegen el software orientado a consumidores, mientras que las patentes surgieron para proteger inversiones en software.