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CATALINA ROA
 KARINE SAMPAYO
NESTOR VILLAFAÑE
ESTATUTO DE
PROFESIONALIZACION
DOCENTE
( Decreto 1278 de 2002)
Capitulo V
La profesión docente tiene su fundamento en el
reconocimiento de la dignidad de todo ser humano
y     sus     derechos      fundamentales,    en    el
autodesarrollo, en la autonomía, en la
comunicación y la solidaridad. Y su regulación
debe explicitar y facilitar la práctica de sus valores
propios,      destacando      por    lo   menos      la
responsabilidad, la honestidad, el conocimiento, la
justicia, el respeto y la transparencia.
El ejercicio de la docencia tiene como
fundamento la comprensión de la educación
como bien público, como actividad centrada
en los estudiantes y al servicio de la Nación y
de la sociedad. La profesión docente implica
una práctica que requiere idoneidad
académica y moral, posibilita el desarrollo y
crecimiento personal y social del educador y
del educando y requiere compromiso con los
diversos contextos socio-culturales en los
cuales se realiza.
a) Buscar de manera permanente el
incremento de la calidad del proceso de
enseñanza-aprendizaje        y        sus
resultados, mediante la investigación, la
innovación y el mejoramiento continuo, de
acuerdo con el plan de desarrollo
educativo de la correspondiente entidad
territorial y el Proyecto Educativo
Institucional del establecimiento donde
labora;
b) Cumplir con el calendario, la jornada
escolar y la jornada laboral, de acuerdo con
la reglamentación que expida el Gobierno
                  Nacional;


c) Educar a los alumnos en los principios
democráticos y en el respeto a la ley y a las
instituciones, e inculcar el amor a los valores
históricos y culturales de la Nación;
d) Observar una conducta acorde con la
función      educativa     y     con     los
fines, objetivos, derechos, principios y
criterios establecidos en la ley general de
educación y en los planes educativos;

e) Mantener relaciones cordiales con los
padres, acudientes, alumnos y compañeros
de trabajo, promoviendo una firme
vinculación y una cooperación vital entre la
escuela y la comunidad y respetar a las
autoridades educativas.
a) Abandonar o suspender sus labores
durante la jornada de trabajo sin justa
causa o sin autorización previa de sus
superiores;
b) Realizar propaganda o proselitismo
político o religioso dentro de los centros
educativos o lugares de trabajo;
c) Portar armas de cualquier clase durante
el desempeño de sus labores o dentro de
los centros educativos, o durante
actividades extraescolares;
d) Aplicar a los alumnos cualquier forma
de maltrato físico o psíquico que atente
contra su dignidad, su integridad
personal o el desarrollo de su
               personalidad;
e) Coartar el derecho de libre asociación de los
demás educadores o estudiantes;

f) Utilizar los centros educativos para
actividades ilícitas o no propias de la
enseñanza, o para vivienda sin la autorización
correspondiente;
g) Vender objetos o mercancías a los
alumnos o dentro del centro educativo en
beneficio propio o de terceros, que no
responda a proyectos institucionales;


h) Realizar actividades ajenas a sus
funciones docentes en la jornada de
trabajo;
i) Asistir al lugar de trabajo en estado de
embriaguez o bajo el influjo de drogas
narcóticas o estupefacientes;


j) Atentar o incitar a otros a atentar contra
los bienes del establecimiento o bienes
públicos o hacer uso indebido de las
propiedades o haberes de la institución o
del Estado puestos bajo su
responsabilidad;
k) Desempeñar simultáneamente más de
un empleo público o recibir más de una
asignación que provenga del tesoro
público, o de empresas o de instituciones
en las que tenga parte mayoritaria el
                Estado;

l) Realizar o ejecutar con sus educandos
acciones o conductas que atenten contra la
libertad y el pudor sexual de los mismos, o
acosar sexualmente a sus alumnos;
m) Manipular alumnos o padres de familia
para   obtener    apoyos    en   causas
personales o exclusivas de los docentes;
n) Ser elegido en un cargo de
representación popular, a menos que haya
renunciado al cargo docente o directivo con
seis (6) meses de antelación a la elección
respectiva;
o) Utilizar la evaluación de los alumnos para
buscar provecho personal o de terceros.
a) Los educadores que padezcan
enfermedad infecto-contagiosa u otra
que, previa valoración médica de la
correspondiente entidad de previsión
social, represente grave peligro para
los educandos o les imposibilite para la
docencia;
b) Los educadores que no se encuentren en
el   pleno    goce    de  sus    facultades
mentales,     dictaminada    por     médico
psiquiatra de la correspondiente entidad de
previsión social;

c) Los que habitualmente ingieran bebidas
alcohólicas o que consuman drogas o
sustancias no autorizadas o tengan
trastornos graves de la conducta, de forma
tal que puedan afectar el servicio.
El licenciado está en capacidad de:
 Planear, ejecutar y evaluar
     proyectos de investigación
     formuladas al interior de sus áreas
     de formación.
 Incentivar en su comunidad
     estudiantil la creación artística y
     literaria a través de su propia
     actividad docente y de escritura.
 Realizar trabajos interdisciplinarios
     con profesores y miembros de la
     comunidad académica.
 Valorar su trabajo investigativo y
     creativo y el de las demás
     personas, incluyendo el de sus
     propios alumnos.
El objetivo último de la educación
en Lengua y Literatura en la
Educación Secundaria Obligatoria
ha de ser que los alumnos y las
alumnas progresen en el dominio
personal de las cuatro destrezas
básicas e instrumentales de la
lengua, destrezas que han debido
haber adquirido ya en la etapa
anterior: escuchar, hablar, leer y
escribir. Al finalizar la Educación
Primaria, los alumnos deben
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lenguaje adquiere una importancia vital.
La enseñanza y el aprendizaje del área
de Español y           Literatura facilita la
adquisición       de     las         primeras
competencias lingüísticas que permiten
entrar en contacto con el mundo. En este
sentido, se busca que el alumno domine
su lengua materna, convirtiéndola en la
herramienta básica que posibilita el
desarrollo     de     los     procesos     de
pensamiento necesarios para abordar y
transformar otras disciplinas, otros
lenguajes,       discursos,     culturas    y
contextos; formando así un hombre
comprometido con el progreso cultural,
social y científico de su entorno.
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  desarrollo y la aplicación de
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  española, permiten la comprensión
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entre sí a través de diferentes
medios y sistemas: los gestos, la
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plásticas, los símbolos numéricos
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verbal, medio más universal de
comunicación, permite recibir y
transmitir      informaciones      de
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otras personas con las que
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La      comunicación       es,    por
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Español y literatura

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Español y literatura

  • 1. CATALINA ROA KARINE SAMPAYO NESTOR VILLAFAÑE
  • 3. La profesión docente tiene su fundamento en el reconocimiento de la dignidad de todo ser humano y sus derechos fundamentales, en el autodesarrollo, en la autonomía, en la comunicación y la solidaridad. Y su regulación debe explicitar y facilitar la práctica de sus valores propios, destacando por lo menos la responsabilidad, la honestidad, el conocimiento, la justicia, el respeto y la transparencia.
  • 4. El ejercicio de la docencia tiene como fundamento la comprensión de la educación como bien público, como actividad centrada en los estudiantes y al servicio de la Nación y de la sociedad. La profesión docente implica una práctica que requiere idoneidad académica y moral, posibilita el desarrollo y crecimiento personal y social del educador y del educando y requiere compromiso con los diversos contextos socio-culturales en los cuales se realiza.
  • 5. a) Buscar de manera permanente el incremento de la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje y sus resultados, mediante la investigación, la innovación y el mejoramiento continuo, de acuerdo con el plan de desarrollo educativo de la correspondiente entidad territorial y el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento donde labora;
  • 6. b) Cumplir con el calendario, la jornada escolar y la jornada laboral, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional; c) Educar a los alumnos en los principios democráticos y en el respeto a la ley y a las instituciones, e inculcar el amor a los valores históricos y culturales de la Nación;
  • 7. d) Observar una conducta acorde con la función educativa y con los fines, objetivos, derechos, principios y criterios establecidos en la ley general de educación y en los planes educativos; e) Mantener relaciones cordiales con los padres, acudientes, alumnos y compañeros de trabajo, promoviendo una firme vinculación y una cooperación vital entre la escuela y la comunidad y respetar a las autoridades educativas.
  • 8. a) Abandonar o suspender sus labores durante la jornada de trabajo sin justa causa o sin autorización previa de sus superiores; b) Realizar propaganda o proselitismo político o religioso dentro de los centros educativos o lugares de trabajo; c) Portar armas de cualquier clase durante el desempeño de sus labores o dentro de los centros educativos, o durante actividades extraescolares;
  • 9. d) Aplicar a los alumnos cualquier forma de maltrato físico o psíquico que atente contra su dignidad, su integridad personal o el desarrollo de su personalidad; e) Coartar el derecho de libre asociación de los demás educadores o estudiantes; f) Utilizar los centros educativos para actividades ilícitas o no propias de la enseñanza, o para vivienda sin la autorización correspondiente;
  • 10. g) Vender objetos o mercancías a los alumnos o dentro del centro educativo en beneficio propio o de terceros, que no responda a proyectos institucionales; h) Realizar actividades ajenas a sus funciones docentes en la jornada de trabajo;
  • 11. i) Asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas narcóticas o estupefacientes; j) Atentar o incitar a otros a atentar contra los bienes del establecimiento o bienes públicos o hacer uso indebido de las propiedades o haberes de la institución o del Estado puestos bajo su responsabilidad;
  • 12. k) Desempeñar simultáneamente más de un empleo público o recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado; l) Realizar o ejecutar con sus educandos acciones o conductas que atenten contra la libertad y el pudor sexual de los mismos, o acosar sexualmente a sus alumnos;
  • 13. m) Manipular alumnos o padres de familia para obtener apoyos en causas personales o exclusivas de los docentes; n) Ser elegido en un cargo de representación popular, a menos que haya renunciado al cargo docente o directivo con seis (6) meses de antelación a la elección respectiva; o) Utilizar la evaluación de los alumnos para buscar provecho personal o de terceros.
  • 14. a) Los educadores que padezcan enfermedad infecto-contagiosa u otra que, previa valoración médica de la correspondiente entidad de previsión social, represente grave peligro para los educandos o les imposibilite para la docencia;
  • 15. b) Los educadores que no se encuentren en el pleno goce de sus facultades mentales, dictaminada por médico psiquiatra de la correspondiente entidad de previsión social; c) Los que habitualmente ingieran bebidas alcohólicas o que consuman drogas o sustancias no autorizadas o tengan trastornos graves de la conducta, de forma tal que puedan afectar el servicio.
  • 16. El licenciado está en capacidad de:  Planear, ejecutar y evaluar proyectos de investigación formuladas al interior de sus áreas de formación.  Incentivar en su comunidad estudiantil la creación artística y literaria a través de su propia actividad docente y de escritura.  Realizar trabajos interdisciplinarios con profesores y miembros de la comunidad académica.  Valorar su trabajo investigativo y creativo y el de las demás personas, incluyendo el de sus propios alumnos.
  • 17. El objetivo último de la educación en Lengua y Literatura en la Educación Secundaria Obligatoria ha de ser que los alumnos y las alumnas progresen en el dominio personal de las cuatro destrezas básicas e instrumentales de la lengua, destrezas que han debido haber adquirido ya en la etapa anterior: escuchar, hablar, leer y escribir. Al finalizar la Educación Primaria, los alumnos deben dominar ya dichas destrezas.
  • 18. En la formación de todo individuo, el lenguaje adquiere una importancia vital. La enseñanza y el aprendizaje del área de Español y Literatura facilita la adquisición de las primeras competencias lingüísticas que permiten entrar en contacto con el mundo. En este sentido, se busca que el alumno domine su lengua materna, convirtiéndola en la herramienta básica que posibilita el desarrollo de los procesos de pensamiento necesarios para abordar y transformar otras disciplinas, otros lenguajes, discursos, culturas y contextos; formando así un hombre comprometido con el progreso cultural, social y científico de su entorno.
  • 19.  El dominio del español permite el desarrollo y la aplicación de proyectos educativos y culturales adecuados a las necesidades del entorno y de la realidad actual tanto nacional e internacional.  Desarrollo de exitosas propuestas comunicativas, necesarias tanto en la empresa como en el sector público, y las cuales se apoyan en el manejo de una comunicación oral y escrita de excelencia.  El conocimiento y el análisis de las manifestaciones literarias y de las culturas de lengua española, permiten la comprensión del pensamiento y la cultura de los pueblos de habla hispana.
  • 20. Los seres humanos se comunican entre sí a través de diferentes medios y sistemas: los gestos, la música, las representaciones plásticas, los símbolos numéricos y gráficos. El lenguaje verbal, medio más universal de comunicación, permite recibir y transmitir informaciones de diversa índole e influir sobre las otras personas con las que interactuamos, regulando y orientando su actividad, al mismo tiempo que ellas influyen sobre nosotros y pueden regular y orientar nuestra propia actividad. La comunicación es, por consiguiente, una función esencial del lenguaje en el intercambio social.